Universidad El Bosque – Programa de Filosofía Carlos Mario Moreno – Problemas de Ética Contemporánea
NOTA: 5
Avance de Investigación Pregunta de investigación: ¿Por qué es necesario que una sociedad pluralista y democrática mantenga una distinción entre los asuntos públicos y los asuntos privados? Justificación. Desde el liberalismo de John Rawls, en este curso hemos observado los distintos tipos de problemas que se presentan en las sociedades humanas —desigualdades, discriminaciones, divisiones y todo tipo de conflictos políticos y religiosos—. John Rawls se pregunta en su obra por la forma en que una sociedad democrática y pluralista puede establecer y mantener la unidad y la estabilidad a pesar de que está caracterizada por una profunda división de doctrinas religiosas, morales, filosóficas conflictivas e inconmensurables. En esta investigación quiero mostrar que una sociedad con las características que menciona Rawls para ser justa y mantenerse unida y estable en ella se debe hacer una distinción clara entre los asuntos públicos y los asuntos privados. En mi ensayo tendré que definir lo que son los asuntos públicos y los privados. Tomaré como punto de partida para esa definición de los asuntos públicos aquello que Rawls llama razón pública. Haré una reconstrucción histórica de ese concepto empezando por Immanuel Kant en Respuesta a la pregunta ¿Qué es la Ilustración? donde este filósofo esboza una definición de razón pública y privada importante para la historia de la filosofía. También, consideraré la misma forma histórica de abordar la razón pública y privada por Michel Foucault en ¿Qué es Sobre la Ilustración.? Una vez haya hecho la reconstrucción y definición de razón pública y razón privada podré señalar cuáales son los asuntos públicos y privados para una democracia pluralista. Ya en este punto argumentaré por qué una distinción clara de los asuntos públicos y privados mantendrá la unidad y estabilidad de una democracia pluralista en una sociedad con profundas divisiones y diferencias de doctrinas religiosas, morales y filosóficas. Desde luego, para esto último me será de provecho la obra que hemos venido leyendo en este curso, Liberalismo político de John Rawls. Bibliografía Aranda, Fernando. “La idea de razón pública (y su revisión) en el último Rawls”. Philosophica. 21:5-31 (2003). Ferrer, Urbano. “García-cano Lizcano, Fernando: La razón pública Y su configuración dialógica: Transhumanismo, ideología de género, laicismo Y pluralismo cosmovisivo”. Daimon: Revista Internacional de Filosofía 57:179-180 (2012). Foucault, Michel. Sobre la Ilustración. Tecnos: Madrid, 2013. Kant, Immanuel. “Respuesta a la pregunta ¿Qué es la ilustración?”. Traducción de Rubén Jaramillo Vélez. Revista Colombiana de Psicología. 3: 7-10. (1994).
Marx, K. “Sobre la cuestión judía”. Antología. Buenos Aires: Siglo veintiuno editores, 2015. 59-90. Impreso Nussbaum, Martha. “El discernimiento de la percepción: una concepción aristotélica de la razón privada y pública”. Estudios de filosofía. 11: 107-168 (1995). Rawls, John. “La idea de una razón pública”. Isegoría. 9:5-40 (1994). --------------. Liberalismo político. Fondo de Cultura Económica: México, 2006. Vatter, Miguel. “El concepto de lo político y la razón pública en Schmitt y Rawls”. Editado por Rodolfo Arango. Filosofía de la Democracia: Fundamentos Conceptuales. Ediciones Uniandes, Ceso. pp. 91--124 (2007).