UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES REALES Presentado por: RUBEN DARIO HERNANDEZ GONZALEZ NOVEDADES Y PROBLEMATICAS DE LA LEY DE GARANTIAS MOBILIBARIAS La ley 1676 de 2013, conocida también como ley de garantías mobiliarias, en su artículo primero nos pone de manifiesto el objeto de la misma, el cual es
“incrementar el acceso al crédito mediante la ampliación de bienes, derechos o acciones que pueden ser objeto de garantía mobiliaria simplificando la constitución, oponibilidad, prelación y ejecución de las mismas”, lo que, en otras palabras, permitiría el acceso al crédito a los pequeños y medianos empresarios del país, al incluir como garantía los bienes muebles. Entre los bienes que se incluyen con esta ley podemos encontrar las cuentas bancarias, las cuentas por cobrar y los contratos de venta garantizada, inventarios y materias primas, derechos de propiedad intelectual, bienes de equipo, productos agrícolas (cosechas, ganado) y vehículos. De acuerdo con la exposición de motivos de esta ley, se buscaba terminar con muchos inconvenientes que se venían presentando en las garantías en los bienes muebles como lo eran la demora en los procesos, falta de eficiencia de los mismos, entre otros, lo cual propiciaba un desvalor y depreciación del bien mueble o hasta la pérdida del mismo. Esta ley implementó varios cambios, entre los cuales podemos observar: -
El cambio en el concepto de prenda conocido hasta el momento, pasando a conocerse como garantía mobiliaria toda aquella prenda, civil o comercial, con tenencia o sin tenencia, prenda de establecimiento de comercio, prenda agraria, prenda minera, entre otras.
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El artículo tercero de la ley permite la constitución de estas a través de contratos principales, sobre activos circulantes, cosas presentes y futuras, corporales e incorporales, lo cual cambia, puesto que, con anterioridad a esta, era necesaria una obligación principal de la cual esta sería accesoria, tal como lo estipulaba el artículo 2410 del código civil.
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Deroga el artículo 1210 del Código de Comercio al unificar el registro de las garantías mobiliarias quedando así en un solo sistema de carácter público y virtual la inscripción, modificación, prórroga, entre otras, el cual es asumido por las Cámaras de Comercio.
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Se crea el Registro Nacional de Garantías, el cual busca ofrecer transparencia y economía en la constitución de gravámenes.
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Ampliación del espectro de los bienes que sirven para respaldar una obligación, puesto que hasta el momento las garantías eran constituidas sobre bienes inmuebles; es así, como la ley reconoce los créditos a favor del deudor como un medio para garantizar el pago de una obligación.
La ley de garantías mobiliarias se promueve en Colombia a partir de dos situaciones, la generación de empleo y las cifras de acceso al crédito que en comparación con otros países eran inferiores, ante lo cual se nombre una comisión encargada de reunir información sobre la Ley de Modelo de Garantías Mobiliarias creada por la OEA, información que fue estudiada por el Congreso de la República durante cuatro debates para finalmente ser promulgada. Cabe resaltar que la ley presenta varias novedades frente al proyecto de la misma, entre los cuales cabe resaltar: -
Se establece que los plazos de las garantías serán acordados por las partes, mientras que en el proyecto de ley el plazo era de cinco años, prorrogables por tres años más.
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El único que puede realizar la inscripción del registro es aquel que pone su bien como garantía, lo cual no se encontraba dispuesto en el proyecto de ley.
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La ley contempla disposiciones para el pago en caso de insolvencia del garante.
A pesar de que con la promulgación de la ley se buscaba un mayor acceso al crédito, la implementación ha tenido serios problemas para cumplir su cometido, toda vez que las condiciones del mercado crediticio no han sido las adecuadas para que los empresarios puedan acceder al crédito por este medio, teniendo que enfrentar problemas como el hecho de que las instituciones financieras no muestran interés en aceptar activos mobiliarios como prenda, sino que en su mayoría prefieren respaldar los créditos a través de terrenos, edificios u otros bienes inmuebles. Entre los retos que ha tenido que afrontar la ley podemos encontrar: -
Cambios institucionales y en la mentalidad, no solo del gobierno, sino de los entes reguladores y los sistemas judiciales.
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La no obligatoriedad de la ley de garantías mobiliarias hacia los bancos, por lo cual sería necesario que estos se adaptaran a los cambios y se creen nuevas modalidades de crédito.
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La necesidad de empresas especializadas en los procesos de evaluación de los activos financieros.
En conclusión, podemos afirmar que la ley de garantías mobiliarias nace con un digno propósito de incentivar y facilitar el acceso al crédito por parte de los empresarios propietarios de pequeñas y medianas empresas, ampliando el listado de bienes que pueden ser objeto de esta, lo cual permitiría un desarrollo en el mercado que generaría nuevos empleos de trabajo y el crecimiento de la industria nacional; y si bien, hay algunos retos que se deben afrontar, es posible que se cumple la finalidad de la misma.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES REALES BIBLIOGRAFÍA Arenas Guevara , L. V., & López Marín, Y. (2015). Repositorio Politecnico Grancolombiano. Obtenido de RETOS DE LA LEY DE GARANTÍAS MOBILIARIAS EN COLOMBIA.: http://repository.poligran.edu.co/bitstream/handle/10823/614/RETOS%20D E%20LA%20LEY%20DE%20GARANTIAS%20MOBILIARIAS.pdf?sequence= 1&isAllowed=y Campa, A. A. (17 de 09 de 2013). Supersociedades. Obtenido de Posible impacto del nuevo sistema de: https://www.supersociedades.gov.co/prensa/Garantias%20Mobiliarias/Impa cto%20Garantias%20mobiliarias.pdf República, C. d. (2013). Presidencia de la República. Obtenido de Ley 1676 de 2013: http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Leyes/Documents/2013/LEY%201 676%20DEL%2020%20DE%20AGOSTO%20DE%202013.pdf Serna, J. M. (01 de 08 de 2017). Ambito Jurídico. Obtenido de Garantías mobiliarias y su procedimiento de ejecución especial : https://www.ambitojuridico.com/noticias/general/mercantil-propiedadintelectual-y-arbitraje/garantias-mobiliarias-y-su