MEMORÁNDUM N°
-19-REGPOL-LIMA/DIVPOL-CENTRO.1/CAU-DEINPOL Lima, 20 de Febrero del 2019.
SEÑOR
:
ALFZ PNP LEYVA LOBATO, Abner Franklin
REF. : Disposición Superior. _________________________________________________________________ Me dirijo a Ud. en calidad de Oficial de Permanencia, habiendo constatado en varias oportunidades, su persona como Oficial de Informes y Auxilio, no está dando y/o está obviando dar cuenta, así como salvando el conducto regular y/o línea de mando y comando, sobre actividades e intervenciones de trascendencia, detectando a su vez una serie de irregularidades, por lo que este despacho hace una LLAMADA DE ATENCION, para evitar que sucedan actos que deshonren la imagen de esta Comisaria PNP, así como de la Policía Nacional del Perú, por lo que DISPONE: •
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Dar cuenta al suscrito de cualquier intervención policial, por más pequeña o intrascendente que parezca, sin perjuicio de supervisar el normal desenvolvimiento de dicha intervención, así como la formulación del parte de ocurrencia o acta de intervención policial, debiendo verificar que dicho documento sea recibido o puesto a disposición del área que corresponda. Ante una intervención policial, donde se traslade o conduzca a los INTERVENIDOS o DETENIDOS, al interior de las instalaciones de esta Comisaria PNP, deberá designar y/o supervisar que los policías intervinientes tomen sus medidas de precaución, a posibles fugas de las instalaciones policiales a pesar de no haber terminado el documento correspondiente (parte y/o acta de intervención policial), ni haber puesto a disposición al área que corresponda, así como exigir que le sea colocada el grillete conforme el manual de derechos humanos aplicados a la función policial vigente, sin perjuicio de dar cuenta a la superioridad respetando los escalafones establecidos. Deberá estar al pendiente, mediante quien corresponda, sobre la verificación de la bandeja de entrada del correo de esta Comisaria PNP, sobre las diferentes disposiciones de comando y/o requerimientos de la superioridad, para la designación de quien corresponda, sin causar perjuicio a las áreas que estuviesen con carga laboral (intervenciones de trascendencia y/o detenidos en cantidad considerable), a excepción de que sea estrictamente necesario, teniendo la obligación de dar cuenta al Oficial de Permanencia. Ante la visita de cualquier órgano de control o quien haga sus veces, tiene la obligación de poner en conocimiento de forma inmediata, por cualquier medio, al Oficial de Permanencia, sin perjuicio de atenderlo como sugiere el régimen disciplinario, respetando el grado y jerarquía que ostenta.
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Deberán tener actualizado, la relación de vehículos que se encuentran en el interior o a cargo de esta dependencia policial, así como una ayuda memoria de las intervenciones más resaltantes y/o DETENIDOS que se registraron durante el servicio.
Habiendo dado las siguientes disposiciones, se recomienda, que fuera de las órdenes verbales directas o instrucciones orales que brinde al personal, las mismas deberían ser plasmadas con documento, ya teniendo conocimiento que las ordenes son verbales o escritas, esta queda a su criterio como Oficial; se continuara supervisando el servicio y se continuara con las disposiciones, conforme a las irregularidades que sean observadas, para obtener un producto optimo y de calidad, todo ello a favor de nuestra institución, pese a ello, de continuar constatando las mismas deficiencias, se procederá conforme al Régimen Disciplinario Vigente. __________________________________________________________________
MEMORÁNDUM N°
-19-REGPOL-LIMA/DIVPOL-CENTRO.1/CAU-DEINPOL Lima, 20 de Febrero del 2019.
SEÑOR
:
ALFZ PNP VILLEGAS CASTAÑEDA, Eduar David.
REF. : Disposición Superior. _________________________________________________________________ Me dirijo a Ud. en calidad de Oficial de Permanencia, habiendo constatado en varias oportunidades, su persona como Oficial de Orden y Seguridad, no está dando y/o está obviando dar cuenta, así como salvando el conducto regular y/o línea de mando y comando, sobre actividades e intervenciones de trascendencia, detectando a su vez una serie de irregularidades, por lo que este despacho hace una LLAMADA DE ATENCION, para evitar que sucedan actos que deshonren la imagen de esta Comisaria PNP, así como de la Policía Nacional del Perú, por lo que DISPONE: •
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Dar cuenta al suscrito de cualquier intervención policial, por más pequeña o intrascendente que parezca, sin perjuicio de supervisar el normal desenvolvimiento de dicha intervención, así como la formulación del parte de ocurrencia o acta de intervención policial, debiendo verificar que dicho documento sea recibido o puesto a disposición del área que corresponda. Ante una intervención policial, donde se traslade o conduzca a los INTERVENIDOS o DETENIDOS, al interior de las instalaciones de esta Comisaria PNP, deberá designar y/o supervisar que los policías intervinientes tomen sus medidas de precaución, a posibles fugas de las instalaciones policiales a pesar de no haber terminado el documento correspondiente (parte y/o acta de intervención policial), ni haber puesto a disposición al área que corresponda, así como exigir que le sea colocada el grillete conforme el manual de derechos humanos aplicados a la función policial vigente, sin perjuicio de dar cuenta a la superioridad respetando los escalafones establecidos. Ante la visita de cualquier órgano de control o quien haga sus veces, tiene la obligación de poner en conocimiento de forma inmediata, por cualquier medio, al Oficial de Permanencia, sin perjuicio de atenderlo como sugiere el régimen disciplinario, respetando el grado y jerarquía que ostenta. Deberá verificar al inicio del servicio que cada una de sus unidades móviles, cuenten con su respectiva hoja de ruta, así como sus cuadernos de control y abastecimiento, con las debidas firmas de quien corresponda, que los conductores cuenten con su licencia correspondiente y VIGENTE, sin perjuicio de dar cuenta de las novedades. Ante el inicio de cualquier Operativo Policial, deberá mantener informado al Oficial de Permanencia, antes, durante y después de dicha operación, sin perjuicio de brindar las instrucciones, designando tareas y funciones, del personal a su cargo antes de dicha ejecución.
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Deberá mantener constante comunicación con las tripulaciones bajo su comando, así como estar alerta a la central 105.
Habiendo dado las siguientes disposiciones, se recomienda, que fuera de las órdenes verbales directas o instrucciones orales que brinde al personal, las mismas deberían ser plasmadas con documento, ya teniendo conocimiento que las ordenes son verbales o escritas, esta queda a su criterio como Oficial; se continuara supervisando el servicio y se continuara con las disposiciones, conforme a las irregularidades que sean observadas, para obtener un producto optimo y de calidad, todo ello a favor de nuestra institución, pese a ello, de continuar constatando las mismas deficiencias, se procederá conforme al Régimen Disciplinario Vigente. __________________________________________________________________