Mancomunidad - Chumpitaz

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Congreso de la República

Comisión de Descentralización, Regionaliz Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión

Mancomunidades Municipales y Promoción del Desarrollo César Chumpitaz Ayudante Asesor Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado CONGRESO DE LA REPÚBLICA

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL

Las mancomunidades municipales son una herramienta que contribuye al fortalecimiento del Proceso de Descentralización con ello se evidencia una vez más el aforismo: “La unión hace la fuerza”.

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DEFINICIÓN Art.2 de la Ley Nº 29029 “Es el acuerdo voluntario de dos o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios, y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos”

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL BASE LEGAL

1.

Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 124º “Las relaciones que mantienen las municipalidades entre ellas, son de coordinación, de cooperación o de asociación para la ejecución de obras o prestación de servicios. Se desenvuelve con respeto mutuo de sus competencias y gobierno”.

2.

Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal. Tiene como objeto establecer el marco jurídico para el desarrollo y la promoción de las relaciones de asociatividad municipal previstas en el artículo 124º de la Ley Orgánica de Municipalidades

3. Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros. En los artículos 39.7 y 39.18 se establecen las funciones de la Secretaría de Descentralización en materia de Promoción a la Conformación de Mancomunidades. 4. Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM, que dispone la apertura del Registro de Mancomunidades Municipales y aprueba su Reglamento.

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL ¿Por qué se juntan las municipalidades?

Por un sentido gremial reivindicativo para hacer frente a actores externos Para conseguir más recursos y brindar o mejorar la calidad de los servicios que presta

• •

¿Qué opción: Asociaciones o mancomunidades? Asociación

• Representación de intereses compartidos • Forma de asociaciones civiles sin fines de lucro Mancomunidad • Gestión articulada de funciones, objetivos, servicios, proyectos y/o recursos

5

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL Recomendaciones para constituir una mancomunidad 1. Cumplir reglamento de la Ley 29029, que establece los requisitos y formalidades 3. La finalidad de la mancomunidad no es el de constituir una plataforma política sino una base de colaboración mutua para resolver problemas comunes. 5. La constitución de una mancomunidad debe tener un objetivo bien definido y saber cual es el problema común que se desea resolver. 7. La mancomunidad debe responder e informar clara y permanentemente a la población. 9. Predisposición a unir sus energías y potencialidades individuales para resolver un problema común.

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL Posibilidades de Mancomunidades: 2. Mancomunidades Provinciales 3. Mancomunidades Distritales 4. Mancomunidades Provincial - distrital Objetivos y Metas de la Mancomunidad 2. Contribuir al Proceso de Descentralización 3. Ejecución de obras o prestación de servicios públicos locales 4. Fortalecer el acceso a recursos 5. optimización de la gestión local 6. implementación de Programas técnicos y productivos

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL Art.3 de la Ley Nº 29029

Principios de la Mancomunidad: 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11.

Integración Pluralismo Concertación Desarrollo Local Equidad Autonomía Eficiencia Solidaridad Subsidiariedad Sostenibilidad

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL Art.5 de la Ley Nº 29029 Constitución de Mancomunidades: •

Voluntad de constituir la Mancomunidad.



Formulación del estatuto basada en los informes técnicos que aseguren su viabilidad.



Estatuto debe ser aprobado por los respectivos Concejos Municipales integrantes

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL Art.5 de la Ley Nº 29029 •

El estatuto debe contener lo siguiente: • domicilio, • ámbito territorial, • objeto y funciones, • órganos directivos, • recursos, • plazo de duración, • reglas de disposición de bienes en caso de disolución y • otras condiciones necesarias para su funcionamiento.

3.

La PCM a través de la Secretaría de Descentralización verifica el cumplimiento de los requisitos, luego emite la Resolución respectiva y la inscribe en el Registro de Mancomunidades.

5.

La Mancomunidad ya inscrita formalmente es beneficiaria de los beneficios de la ley.

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL Beneficios en la Ley Nº 29029 1.

Proyectos de inversión pública de alcance intermunicipal

3.

Prioridad en el Plan Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica en Gestión Pública

5.

Recursos del Canon, Sobrecanon, Regalías, FONCOMUN y Rentas de aduanas para el financiamiento de proyectos

7.

Proyectos en el presupuesto participativo

9.

Prioridad y tasa de interés preferencial en PREBAM

11.

Asistencia técnica y desarrollo de capacidades por las universidades públicas de la región.

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL Rol de la PCM 2.

Conducir el registro de mancomunidades municipales. Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM.

4.

Otorgar a las mancomunidades municipales prioridad en el Plan Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica en Gestión Pública, para la obtención de la acreditación de las municipalidades que la integran, en la transferencia de programas sociales y funciones sectoriales

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION EN PCM

Requisitos para el Registro 5.

Solicitud de inscripción suscrita por los Alcaldes integrantes de la mancomunidad.

7.

Acuerdos de Concejos Municipales, que aprueban la Constitución de la Mancomunidad.

9.

Acta de Constitución de la Mancomunidad.

11.

Estatuto aprobado por los municipalidades que la integran

13.

Informes Técnicos elaborados por las instancias competentes de las municipalidades integrantes.

alcaldes

de

las

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION Información del Expediente Técnico Frecuentemente es elaborado por las Oficinas de Planificación y Presupuesto de las Municipalidades, y deberá comprender los siguientes contenidos propuestos: a) Índice. c) Diagnóstico.  Población  Ubicación y Extensión  Agricultura  Vías de Comunicación  Educación  Salud d) Utilidad de la Mancomunidad – DESARROLLO TERRITORIAL  Proyectos de Inversión  Competitividad  Gestión de Servicios Públicos e) Utilidad de la Mancomunidad – DESARROLLO INSTITUCIONAL  Instrumentos de Gestión.  Asistencia Técnica y Desarrollo de Capacidades f) Viabilidad de la Constitución de la Mancomunidad Municipal h) Anexos

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL

A modo de ejemplo:

En Servicios – – – – – – – –

limpieza pública, tratamiento del ciclo integral del agua, turismo, promoción de la cultura, defensa y promoción de derechos, seguridad ciudadana Recaudación Fiscal Planificación

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL

En Obras – – – – – – –

construcción de infraestructura de salud y equipamiento terminales terrestres rellenos sanitarios locales educativos corredores viales vías troncales puentes, parques

LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL

Beneficios a largo plazo • Nuevos circuitos de interrelación • Economías de escala • Creación de nuevas oportunidades • Articulación de recursos, potencialidades y capacidades • Mayor poder de negociación

MANCOMUNIDAD MUNICIPAL Y DESCENTRALIZACIÓN GRACIAS

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