Impuesto a los depósitos en Efectivo (IDE) Otro impuesto más a nuestro País, México. El IDE es un impuesto con una tasa del 2% que se cobrará al depositar un importe superior a 25,000 pesos en una sola exhibición o depósitos acumulados en un mes que entró en vigencia a partir del primero de julio de 2008 como un impuesto transitorio basado en el artículo primero de la Ley del Impuesto a los depósitos en efectivo (LIDE). Observa el impacto en nuestras actividades: si tú eres una persona que percibes un salario mayor a $25,000 a través de depósitos en efectivo también deberás pagar este impuesto (artículo 1 y 2, párrafo 2, fracción III del LIDE); si depositas a tu tarjeta de crédito en caso que exceda el adeudo (más de 25,000) también pagaras el impuesto (artículo 2 fracción VI); los abarroteros y autoservicios no estarán exentos, es decir, existe un impuesto implícito a los alimentos (artículo 2); si tienes varias cuentas y los depósitos exceden la cantidad mencionada también pagarás (artículo 4); si pagas en efectivo en forma de UDIS o dinero extranjero también pagaras . El impuesto se cobrará el último día de cada mes si ha hecho el mismo en efectivo, y si es un depósito a un plazo se cobrará en el mismo momento en que se haga, y si se hacen depósitos acumulados en un mes que superen los $25,000, el gobierno recaudador se esperará a que termine el plazo y te cobrará dicho impuesto; en caso de no tener fondos se esperarán hasta que cuentes con ellos, claro esto se hace automáticamente, ve como nos perjudican, aún más, si adquieres un cheque de caja te cobrarán el impuesto al momento en que lo solicites, si es que este excede a la cantidad mencionada. Es cierto que se puede acreditar el IDE sólo si eres una persona física o moral obviamente registrada. En caso de no pagarlo, porque se puede hace esto, el SAT te cobrará un recargo. Esto es lo que Felipe de Jesús Calderón Hinojosa ha decretado con su honorable Congreso de la unión. Como era de esperarse existen las personas que están exentas, por ejemplo no están obligados a pagarlo: La federación, entidades federativas y municipios; las personas morales con fines no lucrativos por ejemplo los partidos políticos; las instituciones del sistema financiero por los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas propias con motivo de su intermediación financiera o de la compra venta de moneda extranjera, etc., observe que las instituciones están regidas por personas las cuales no se verán afectadas con el nuevo impuesto , y estas personas son las que lamentablemente afectan a nuestro país con sus abusos económicos: un ejemplo evidente de este hecho es la venta de Banamex y el manejo de cuentas por instituciones políticas. El lema es y será para siempre “beneficio de pocos a costa de muchos”.