Formatos Actos Y Tecnicas De Investigacion Actual.docx

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CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES ACTOS DE INV. NO ACTOS DE INV. TECNICAS DE INV. REQUIEREN AUT. REQUIEREN AUT. JUD. JUD. 1.La exhumación de 1.- cadena de 1. La inspección del cadáveres; custodia lugar del hecho o del 2.- Aseguramiento hallazgo; 2.Las órdenes de cateo; de bienes, instrumentos, 2.La inspección de 3.La intervención de objetos o productos lugar distinto al de los comunicaciones privadas del delito. hechos o del y correspondencia; 3. Decomiso hallazgo; 4. La toma de muestras 3.La inspección de de fluido corporal, vello o (Art. 227 CNPP) personas; cabello, extracciones de sangre u otros análogos, 4. La revisión cuando la persona corporal; requerida, excepto la víctima u ofendido, se 5.La inspección de niegue a proporcionar la vehículos; misma; 6.El levantamiento e 5. El reconocimiento o identificación de examen físico de una cadáver; persona cuando aquélla se niegue a ser 7. La aportación de examinada, y comunicaciones entre particulares; 6. Las demás que señalen las leyes 8. El reconocimiento aplicables. de personas; (ART. 252 CNPP) 9.- La entrega vigilada y las operaciones encubiertas, en el marco de una investigación y en los términos que establezcan los protocolos emitidos para tal efecto por el Procurador; 10. La entrevista a testigos, y 11- Las demás en las que expresamente no se prevea control judicial. (ART. 251 CNPP)

1. LA INSPECCIÓN DEL LUGAR DEL HECHO O DEL HALLAZGO; CARPETA DE INVESTIGACIÓN UIPJ/DVI/2º/___/2015 NO. DE OFICIO: UIPJ/TUX/AMP2°/1791/2015 ASUNTO: OFICIO DE INVESTIGACION C. DELEGADO REGIONAL DE LA POLICÍA MINISTERIAL PRESENTE.

Con fundamento en los Artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2 fracción I, II Y III y 3 fracción IX párrafo segundo y cuarto,132, 271 y demás relativos y aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales, 31 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia en el Estado de Veracruz de Ignacio de la llave, le solicito se sirva usted ordenar al personal a su mando investigue los hechos puestos en conocimiento por personal de esa corporación a su cargo, reportando que el día de hoy 10 de Mayo del 2015, a las 05:20 horas, el hallazgo del cadáver de la persona que en vida respondió al nombre de _____________,

Motivo por el cual requiero realice los siguientes ACTOS DE INVESTIGACIÓN:

a) INSPECCIÓN TÉCNICA Y LEVANTAMIENTO DE CADÁVER DEL SEXO MASCULINO QUE EN VIDA RESPONDIA AL NOMBRE DE ________, MISMO QUE SE ENCUENTRA EN LA LOCALIDAD MONTES DE ARMENIA, ENTRANDO POR TIERRA BLANCA, TUXPAN, VERACRUZ, EL CUAL PRESENTA IMPACTO POR PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO, lo anterior de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 271 en el Código Nacional de Procedimientos Penales, apoyándose con medios audiovisuales, dibujos, planos topográficos, fotografías ordinarias o métricas, moldeados o cualquier otro medio para reproducir las cosas, habiéndolas constar en el registro correspondiente, de ser necesario entrevístese en el lugar a las personas que se encuentren presentes con la finalidad de que puedan proporcionar algún dato útil para el esclarecimiento de los hechos.

b) investigar los eventos descritos a fin de determinar la realidad histórica de los mismos, indagando nombres y domicilios de testigos y personas que participaron en el hecho, realizando las entrevistas respectivas, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 251 fracción X del Código Nacional de Procedimientos Penales.

c) recabar todos aquellos datos de prueba pertinentes para el esclarecimiento de los hechos, lo anterior de conformidad a lo dispuesto

ATENTAMENTE TUXPAN, VER., A 10 DE MAYO DE 2015 FISCAL SEGUNDO LIC. ADRIANA HERNÁNDEZRUBIO.

2. LA INSPECCIÓN DE LUGAR DISTINTO AL DE LOS HECHOS O DEL HALLAZGO;

3.LA INSPECCIÓN DE PERSONAS; (FICHA ANTROPOMETRICA DE UN DETENIDO) 4. LA REVISIÓN CORPORAL; (LA REALIZA LA POLICÍA EN CASO DE DELITO FLAGRANTE) 5.LA INSPECCIÓN DE VEHÍCULOS; OFICIO NO. UIPJ/PZR/F2º/3742/2015 CARPETA DE INVESTIGACION UIPJ/PZR/F2/822/2015 C. SUBDELEGADO DE LOS SERVICIOS PERICIALES POZA RICA, VERACRUZ.

Para la debida integración de la carpeta de investigación, al rubro señalada y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 127, 272 y demás aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales; de la manera más atenta solicito de usted, designe perito que corresponda, con la finalidad de que realice lo siguiente: a).- INSPECCIÓN PERICIAL, AVALUÓ DE DAÑOS E IDENTIFICACIÓN VEHICULAR de los vehículos siguientes:  

VEHICULO MARCA CHRYSLER, LINEA L10, DODGE, TIPO SEDAN, COLOR BLANCO CRISTAL, SERIE MALAM5NB7DM277188, PLACAS DE CIRCULACIÓN NUMERO YKD9058 PARTICULARES DEL ESTADO: VEHICULO MARCA NISSAN, LINEA NP300, TIPO ESTACAS, COLOR ROJO, SERIE NUMERO 3N6DD25T4AK015614, PLACAS VP88667 DEL ESTADO DE TABASCO.

Mismos que se encuentran depositadas en GRÚAS CAPRICORNIO con domicilio en carretera Poza Rica – Cazones Kilómetro 48 del fraccionamiento Parcela 130 Pital y Mozutla, Papantla, Ver.

b) CRIMINALÍSTICA DE CAMPO CON INSPECCIÓN OCULAR, SECUENCIA FOTOGRÁFICA, LEVANTAMIENTO DE INDICIOS Y HUELLAS DE FRENADO DEL ACCIDENTE DE TRANSITO OCURRIDO EL DIA 08 DE SEPTIEMBRE DEL 2015, A LAS 13:10 HORAS APROXIMADAMENTE, EN CALLE BOULEVARD CENTRAL PONIENTE ESQUINA PRIVADA GONZÁLEZ ORTEGA DE LA COLONIA AVIACIÓN VIEJA, POZA RICA, VER., DEBIENDO REMITIR EL DICTAMEN SOLICITADO A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE, MISMO QUE DEBERA CONTENER DE MANERA CLARA Y PRECISA, LO SIGUIENTE:

I. LA METODOLOGÍA QUE DESCRIBA LOS ESTUDIOS REALIZADOS; II. LAS FUENTES CONSULTADAS; III. EL TIPO DE EQUIPO UTILIZADO; IV. LA INDICACIÓN DE LAS OPERACIONES Y LOS EXPERIMENTOS EFECTUADOS; V. LOS HECHOS Y LAS CIRCUNSTANCIAS QUE SIRVAN DE FUNDAMENTO A SU OPINIÓN; Y VI. LAS CONCLUSIONES A LAS QUE SE HAYA ARRIBADO. Debiendo remitir el dictamen solicitado a la mayor brevedad posible, misma que deberá contener de manera clara y precisa. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

6.EL LEVANTAMIENTO IDENTIFICACIÓN DE CADÁVER;

E

CARPETA DE INVESTIGACIÓN UIPJ/DVI//483/2015 NO. DE OFICIO: UIPJ/TUX/F2°/1792/2015

DELEGADO DE LOS SERVICIOS PERICIALES TUXPAN, VER.

Para la debida integración de la carpeta de investigación, al rubro señalada y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 271 del Código Nacional de Procedimientos Penales, 272, 273, 30, 32, 33 y demás aplicables de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; de la manera más atenta solicito de usted, designe PERITO médico que realice la NECROPSIA de la persona que en vida respondiera al nombre de ____________, cuyo cuerpo que se encuentra depositado en el Se.Me.Fo de esa Delegación a su cargo, así como LAS PRUEBAS QUÍMICAS TOXICOLÓGICAS, que resultaran necesarias y derivadas del resultado de su intervención debiendo dejar constancia de, cuando menos: El lugar, la fecha, la hora de inicio y finalización, y el nombre del servidor público que la ejecuta; La hora, fecha, causa y forma de muerte; El registro de todas la lesiones, así como de la ausencia, soltura o daño en los dientes; Para ello, se deberán tomar muestras de fluidos corporales, así como de las uñas y de cualquier elemento que permita identificar al sujeto activo; y El registro de la temperatura del ambiente y la muestra de cualquier indicio biológico para su análisis. Descripción de Lesiones antemortem y Lesiones posmortem. PUNTUALIZANDO, QUE EL PRESENTE OFICIO ES MERAMENTE ENUNCIATIVO MAS NO LIMITATIVO EN CUANTO A LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN. POR LO QUE, SI ADEMAS, DE LO SOLICITADO, EN BASE A SU EXPERTICIA Y CONOCIMIENTO DE LA MATERIA, CONSIDERA NECESARIA LA PRACTICA DE ALGUNA PERICIAL MAS, SIRVASE LLEVAR A CABO LAS MISMAS, DEBIENDO INFORMAR A ESTA FISCALIA.

No omito manifestarle, que deberán tomarse las medidas necesarias para evitar la contaminación y garantizar la apropiada custodia de las muestras biológicas. Encareciéndole, se sirva emitir el dictamen correspondiente.

ATENTAMENTE TUXPAN, VER, A 10 DE MAYO DEL 2015. FISCAL SEGUNDO

LIC. ADRIANA HERNANDEZ RUBIO

7. LA APORTACIÓN COMUNICACIONES PARTICULARES;

DE ENTRE

NOTIFICACIÓN PARA AUTORIZACIÓN DE OBTENCIÓN DE COMUNICACIÓN ENTRE PARTICULARES .- En la ciudad de Tuxpan, Veracruz, siendo los 16 días del mes de junio del año dos mil Quince, estando presente ante esta Representación Social LA C. _________________, se le notifica el acuerdo de esta misma fecha, a través del cual esta Fiscalía pretende solicitar la COMUNICACIÓN que tuviera su finado hijo ______________ con la C. ____________________________, en fecha 9, 10 y 11 de Junio del 2015, y por lo que con la finalidad de NO VIOLAR EL DEBER DE CONFIDENCIALIDAD AL QUE ALUDE EL ARTÍCULO 276 DEL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, se le requiere a la entrevistada a efecto de que manifieste si autoriza o no la obtención de dicha comunicación telefónica a lo que la entrevistada manifiesta: que si autorizo la obtención de dicha comunicación, dando desde este momento mi consentimiento de manera expresa.- siendo todo lo que tengo que decir.- -LA ENTREVISTADA

C. _________________

FISCAL TERCERO

LIC. ADRIANA HERNÁNDEZ RUBIO

NOTIFICACIÓN PARA AUTORIZACIÓN DE OBTENCIÓN DE COMUNICACIÓN ENTRE PARTICULARES .- En la ciudad de Tuxpan, Veracruz, siendo los 16 días del mes de junio del año dos mil Quince, estando presente ante esta Representación Social LA C. ______________________, se le notifica el acuerdo de esta misma fecha, a través del cual esta Fiscalía

pretende solicitar la COMUNICACIÓN que tuviera su finado concubino ________________ con ella, en fecha 9, 10 y 11 de Junio del 2015, y por lo que con la finalidad de NO VIOLAR EL DEBER DE CONFIDENCIALIDAD AL QUE ALUDE EL ARTÍCULO 276 DEL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, se le requiere a la entrevistada a efecto de que manifieste si autoriza o no la obtención de dicha comunicación telefónica a lo que la entrevistada manifiesta: que si autorizo la obtención de dicha comunicación, dando desde este momento mi consentimiento de manera expresa.- siendo todo lo que tengo que decir.- -LA ENTREVISTADA

C. ____________________

FISCAL TERCERO

LIC. ADRIANA HERNÁNDEZ RUBIO

OFICIO NO. UIPJ/DVI/TUX/3290/2015 CARPETA DE INVESTIGACION UIPJ/DVI/605/2015 16 DE JUNIO DEL 2015

C. DELEGADO DE LOS SERVICIOS PERICIALES TUXPAN, VERACRUZ.

Para la debida integración de la carpeta de investigación, al rubro señalada y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 127, 272 y demás aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales; de la manera más atenta solicito de usted, designe perito criminalista con la finalidad de se sirva realizar INSPECCIÓN TECNICA Y EXTRACCIÓN DE DATOS CONSERVADOS EN EL TELÉFONO CELULAR MARCA LG, MODELO X130 G0 720, COLOR NEGRO, CON CAMARA DE 5.0 M, NUMERO TELÉFONICO 7821127388, que remito mediante cadena de custodia, a efecto de que extraiga los datos contenidos en dicho equipo telefónico, única y exclusivamente por cuanto hace a la CONVERSACIÓN MEDIANTE MENSAJES DE TEXTO A TRAVÉS DE WATSAPP ENTRE LA C. _________________- Y EL HOY FINADO _____________, en fecha 9,10 y 11 de Junio del 2015,debiendo realizar la transcripción escrita de dichos mensajes. Ya que los mismos guardan relación con el hecho investigado, Significando a Usted que dicha pericial deberá contener: 1.- LA METODOLOGIA EMPLEADA. 2.- MATERIAL TECNICO UTILIZADO. 3.- METODO DESCRIPTIVO 4.- TECNICA DE INVESTIGACIÓN EMPLEADA. 5.- CONCLUSIONES A LAS QUE SE ARRIBEN.

. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Singificando a Usted, que remito el equipo telefónico mediante cadena de custodia.

FISCAL TERCERO

LIC. ADRIANA HERNANDEZ RUBIO

8. EL RECONOCIMIENTO DE PERSONAS; 9.- LA ENTREGA VIGILADA Y LAS OPERACIONES ENCUBIERTAS, EN EL MARCO DE UNA INVESTIGACIÓN Y EN LOS TÉRMINOS QUE ESTABLEZCAN LOS PROTOCOLOS EMITIDOS PARA TAL EFECTO POR EL PROCURADOR; 10. LA ENTREVISTA A TESTIGOS, 11- LAS DEMÁS EN LAS QUE EXPRESAMENTE NO SE PREVEA CONTROL JUDICIAL.

2.LAS ÓRDENES DE (AUTORIZACION JUDICIAL)

CATEO;

NO. DE OFICIO: UIPJ/TLA/AMP2°/166/2014 ASUNTO: SE SOLICITA SE FIJE FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PARA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE LA ACTUACIÓN DE INVESTIGACIÓN CONSISTENTE EN LA PRACTICA DE CATEO.

CIUDADANO JUEZ DE CONTROL EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE JALACINGO,VER. JALACINGO, VERACRUZ.

En cumplimiento a mi acuerdo dictado dentro de la Carpeta de Investigación numero UIPJ/DX/2/59/2014, iniciada con motivo de la DENUNCIA realizada por el C. FRANCISCO LOZANO JIMENEZ, en su calidad de Apoderado General de la C. ROSA MARIA MARTINEZ DIAZ, en contra de QUIEN RESULTE RESPONSABLE, por la posible comisión del hecho que la ley señala como delito de ROBO DE VEHICULO, cometido en agravio del patrimonio de la ofendida C. ROSA MARIA MARTINEZ DIAZ, y con fundamento en los artículos 16 Párrafo Onceavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 334, 337, 340, 342 y demás relativos y aplicables del Código Procesal Penal Vigente en la Entidad, solicito a Usted su señoría se fije fecha y hora para la celebración de Audiencia PARA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE LA ACTUACIÓN DE INVESTIGACIÓN CONSISTENTE EN LA PRACTICA DE CATEO, en el domicilio ubicado en Calle Emiliano Zapata número 53 entre Calle 20 de Noviembre y Primera de Mayo de la Colonia Jardines de Jalacingo, Ver., como lugar ha inspeccionar, ya que se cuenta con datos de prueba pertinentes y suficientes que nos hacen presumir, fundadamente, que el vehículo de motor NISSAN, AÑO 2007, COLOR BLANCO, NUMERO DE MOTOR KA24350876A, NUMERO DE SERIE 3N6DD14S77K036632, PLACAS DE CIRCULACIÓN NUMERO XU3437G DEL ESTADO DE VERACRUZ, se encuentra en dicho inmueble, lo anterior con la finalidad de proceder a su búsqueda y aseguramiento, ya que el mismo fue sustraído sin consentimiento de quien legalmente podía disponer de el, siendo la C. ROSA MARIA MARTINEZ DÍAZ, apoderamiento efectuado, el día 04 de Marzo del año 2014, por la madrugada, en virtud de que el mismo había sido dejado estacionado el día 03 de Marzo del año en curso, aproximadamente a las 23:30 horas, afuera del domicilio ubicado en Calle Elías

Núñez Fuentes Numero 124 Colonia Congregación San Isidro Del Municipio De Tlapacoyan, Veracruz.

Sin otro particular, le reitero mis atenciones. ATENTAMENTE TLAPACOYAN, VER., A 04 DE MARZO DEL 2014 AGENTE 2º DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADOR DE DELITOS DIVERSOS LIC. ADRIANA HERNÁNDEZ RUBIO.

2.- ASEGURAMIENTO DE BIENES, INSTRUMENTOS, OBJETOS O PRODUCTOS DEL DELITO. ARPETA DE INV. UIPJ/DVII/294/2915

NOTIFICACIÓN AL C. BALLARDO BONILLA MARTINEZ.- EN LA CIUDAD DE POZA RICA, VERACRUZ, A LOS 13 DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL 2015, SIENDO LAS 11:30 HORAS.--------------------------------------------------------------SE ENCUENTRA PRESENTE EL C. BALLARDO BONILLA MARTINEZ, ante esta Fiscalía Segunda: a quien se le hace notifica en este acto el contenido del Artículo 239. Requisitos para el aseguramiento de vehículos Tratándose de delitos culposos ocasionados con motivo del tránsito de vehículos, estos se entregarán en depósito a quien se legitime como su propietario o poseedor. Previo a la entrega del vehículo, el Ministerio Público debe cerciorarse: I. Que el vehículo no tenga reporte de robo; II. Que el vehículo no se encuentre relacionado con otro hecho delictivo; III. Que se haya dado oportunidad a la otra parte de solicitar y practicar los peritajes necesarios, y IV. Que no exista oposición fundada para la devolución por parte de terceros, o de la aseguradora. Asimismo se hace de su conocimiento que el C. DANIEL CASTELAN GARCÍA ha solicitado la devolución del vehículo de motor propiedad de su representada LINEA VIA, S.A. DE C.V., por lo que se le requiere al entrevistado para que manifieste lo que a sus intereses convenga: que me doy por enterado y no tengo nada que manifestar.- - - - - - BALLARDO BONILLA MARTINEZ

LIC. ADRIANA HERNÁNDEZ RUBIO

NOTIFICADO

FISCAL SEGUNDO

ACUERDO ENTREGA DE BIENES.- EN LA CIUDAD DE TUXPAN, VERACRUZ, A LOS 24 DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.- - - - - - - - - - Debidamente impuesta de los registros relativos a las actuaciones que integran la presente Carpeta de Investigación, de las que se desprende que el C. CARLOS PEREZ CRUZ, ha solicitado la devolución del vehículo NISSAN, XTRAIL, MODELO 2007, COLOR NEGRO OBSIDIANA, NUMERO DE MOTOR QR25 418844A, NUMERO DE SERIE JN8BT08VX7W720756, CLAVE VEHICULAR 0042707, PLACAS DE CIRCULACIÓN NUMERO UVR1668 DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, desprendiéndose que ya fue justificada su propiedad al tenor de la factura de fecja 21 de Septiembre del 2007, expedida por GRUPO AUTOSUR, NISSAN, CANCUN, en el mismo orden de ideas, tenemos que al momento se cuenta con que ya fue realizada la pericial correspondiente, esto en el dictamen pericial de avalúo de daños e IDENTIFICACIÓN DE NUMERO DE VEHICULO, sin que éstos se encuentren alterados, así mismo obra en registros el informe de que la unidad ante descrita, no cuentan con reporte de robo ni se encuentran relacionados con algún hecho delictivo, acorde a lo informado a través del OFICIO AUX/ /2014, signado por el LIC. FRANCISCO BAUTISTA ESTRADA, AUXILIAR DEL SUBPROCURADOR REGIONAL DE JUSTICIA ZONA NORTE POZA RICA, máxime que dichos ofendidos han otorgado perdón ministerial a favor del denunciado, dándose por reparados de los daños ocasionados en sus propiedad, así también se advierte de registros que al momento no existe oposición fundada que impida la devolución de dichos bienes por parte de tercero, luego entonces con fundamento en lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 53 de la Constitución Política del Estado de Veracruz; Artículo 239 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la suscrita ACUERDA:- girar oficio al Director del Tránsito y Vialidad, para que tenga a bien hacer entrega en calidad de depósito de los vehículos anteriormente descritos a las personas que acreditaron la legal procedencia y propiedad de los mismos, por lo cual déjese constancia de la notificación de resolución de entrega de bienes a dicha persona, apercibiéndole que de no recogerlos, los bienes causarán abandono en favor del Gobierno del Estado, acorde a lo previsto en el numeral 231 del Ordenamiento legal anteriormente invocado.- - - - FISCAL SEGUNDO CONSTANCIA DE ENTREGA DE BIENES ASEGURADOS.- AL C. JAVIER PACHECO ESPINOZA, EN LA CIUDAD DE TUXPAN, VERACRUZ, A LOS 24 DIAS DEL MES DE ABRIL DEL 2015.--------Que me encuentro presente ante esta Fiscalia y digo que en este acto recibo de conformidad EL oficio numero 1581 de esta misma fecha, a traves del cual se ordena la liberación del vehículo marca YAMAHA, TIPO MOTOCICLETA, COLOR BLANCO, MODELO 2013, FT 125, PLACAS DE CIRCULACIÓN F45DF DEL ESTADO DE PUEBLA, asimismo quedo enterado que de no recoger dicho bien, el mismo causara abandono a favor del Gobierno del Estado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - JAVIER PACHECO ESPINOZA RECIBI

ADRIANA HERNANDEZ RUBIO FISCAL SEGUNDO

FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE VERACRUZ - LLAVE UNIDAD INTEGRAL DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA SEXTO DISTRITO JUDICIAL, TUXPAN, VER.

CARPETA DE INVESTIGACIÓN UIPJ/DVI/2º/54/2015 NO. DE OFICIO: UIPJ/TUX/F2°/497/2015 ASUNTO: SE AUTORIZA DEVOLUCIÓN DE VEH.

C. ENCARGADO GRÚAS TUXPAN PRESENTE.

Con fundamento en los artículos 21 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 52, 53 de la Constitución Política del Estado de Veracruz; 239 del Código Nacional de Procedimientos Penales, solicito a Usted tenga a bien hacer la entrega en depósito ministerial al C. CARLOS PEREZ CRUZ, el vehículo marca NISSAN, XTRAIL, MODELO 2007, COLOR NEGRO OBSIDIANA, NUMERO DE MOTOR QR25 418844A, NUMERO DE SERIE JN8BT08VX7W720756, CLAVE VEHICULAR 0042707, PLACAS DE CIRCULACIÓN NUMERO UVR1668 DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, en su carácter de propietario.

Sin otro particular, le reitero mis atenciones.

ATENTAMENTE TUXPAN, VER., A 23 DE FEBRERO DE 2015 FISCAL SEGUNDO

LIC. ADRIANA HERNÁNDEZ RUBIO.

ANALISIS DE LECTURA: DE LIBERTAD DURANTE LA INVESTIGACIÓN Artículo 140 del Código Nacional de Procedimientos

ANÁLISIS A PARTIR DE LOS SIGUIENTES INDICADORES:

O REALIZAR ACUERDO DE LIBERTAD O NEGANDO LA SOLICITUD QUE REALIZA LA DEFENSA DE LA DETENIDA.

oficio número SSP/CGPIPTC/155/2015 de fecha 19 de Septiembre del 2015, signado por el C. TOMAS COLOHUA IXMATLAHUA, POLICÍA INTERMUNICIPAL, dejando a disposición en estas instalaciones, a la persona que dijo llamarse JUANA PEREZ PEREZ, para la responsabilidad que le resulte en la comisión o participación de un hecho que podría ser de los que la ley señala como ROBO, cometido en agravio del patrimonio de la persona moral OPERADORA SUBURBIA, SDRL DE CV de esta Ciudad, observándose en el apartado correspondiente a los hechos que el día de hoy aproximadamente a las 20:30 horas, se traslado a la tienda comercial SUBURBIA con domicilio en carretera Poza Rica – Cazones a la altura del kilometro 50 de la Colonia La Rueda, Poza Rica, Veracruz, donde se entrevisto con la C. SOCORRO PEREZ PEREZ, Jefa de Protección a activos de dicha negociación, quien le hizo entrega de la hoy remitida, mencionando que había sustraído varias prendas y las metió en el interior de su bolso, luego se dirigió a la Salida de acceso principal sin efectuar el pago en las cajas registradoras a su vez el guardia de seguridad la detuvo fuera de la tienda, solicitándole que mostrara su bolso, y al abrir el mismo se le encontró cinco prendas que son las siguientes: una playera de bebe, una playera de bebe, un brasier apara dama, un vestido de mezclilla para bebe, una pijama para bebe, un bolso para dama, productos propiedad de la negociación y que la C. JUANA PEREZ PEREZ no había pagado.

OFICIO NUMERO 3001 SIGNADO POR LA C. DIRECTORA DE CONTROL DE PROCESOS Y LITIGACIÓN DE LA FISCALIA GENERAL, donde informa que la retenida NO CUENTA CON MANDAMIENTO JUDICIAL PENDIENTE DE EJECUTAR, ASÍ COMO TAMPOCO CUENTA CON PROCESO PENAL ALGUNO EN SU CONTRA. SE CUENTA CON LA ENTREVISTA DE LA DETENIDA JUANA PEREZ PEREZ, quien en asistencia de su abogado defensor se reservo su derecho a declarar en relación a los hechos por los cuales es denunciada. Y en su de la voz el abogado defensor solicita que de conformidad al artículo

140 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se deje en libertad a su defensa, ya que la misma en sus generales ha manifestado tener su domicilio en esta Ciudad de Poza Rica, Veracruz.

__ PERITAJES (ART __)

OFICIO NO. UIPJ/DVI/TUX/3234/2015 CARPETA DE INVESTIGACION UIPJ/DVI/605/2015

C. DELEGADO DE LOS SERVICIOS PERICIALES TUXPAN, VER.

Para la debida integración de la carpeta de investigación,

al rubro

señalada y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 127, 272 y demás aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales; de la manera más atenta solicito de usted, designe perito que corresponda con la finalidad de que realice lo siguiente: 

VISITA DOMICILIARIA tendiente a obtener información respecto a los hábitos de la persona que en vida respondiera al nombre de ________, quien tenía su domicilio en Aquiles Serdán número 17 de Tamiahua, Veracruz, igualmente información

sobre

lugares

que

frecuentaba,

relaciones

significativas,

antecedentes de violencia, así como de su entorno familiar, económico, laboral y social, lo anterior toda vez que dicha persona falleció en el hospital CIVIL de esta Ciudad el día 12 de Junio del 2015, con antecedente de haber sufrido agresión física por terceras personas en Tamiahua, Veracruz.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Significando a usted que la ofendida ROSALIA VIDAL SOSA, madre de la víctima, podrá ser contactada al número telefónico 2281200490.

ATENTAMENTE TUXPAN, VER, A 15 DE JUNIO DEL 2015. FISCAL TERCERO LIC. ADRIANA HERNANDEZ RUBIO

OFICIO NO. UIPJ/DVI/TUX/3235/2015 CARPETA DE INVESTIGACION UIPJ/DVI/605/2015

DELEGADO DE LOS SERVICIOS PERICIALES TUXPAN, VER.

Para la debida integración de la carpeta de investigación,

al rubro

señalada y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 127, 272 y demás aplicables del Código Nacional de Procedimientos Penales; de la manera más atenta solicito de usted, designe perito que corresponda, con la finalidad de que realice lo siguiente:

se lleve a cabo DICTAMEN PSICOLOGICO POST MORTEM de la persona que en vida llevara el nombre de _____________ debiendo realizar el estudio de necropsia psicológica y deberá determinar, en forma retrospectiva, mediante trabajo de campo e interrogatorio indirecto, el tipo de personalidad de la víctima, su comportamiento y entorno; por lo que deberá rendir dicho dictamen a la brevedad posible.

ATENTAMENTE TUXPAN, VER, A 15 DE JUNIO DEL 2015. FISCAL TERCERO

LIC. ADRIANA HERNÁNDEZ RUBIO.

INFORMES

CARPETA DE INVESTIGACIÓN UIPJ/DVI/605/2015 NO. DE OFICIO: UIPJ/TUX/3242/2015 ASUNTO: SE SOLICITA INFORME C. DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL CIVIL PRESENTE.

Con fundamento en los Artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 127, 129, 131 FRACCIÓN IX, del código Nacional de Procedimiento Penales, ACUERDO 24 POR EL QUE SE INSTRUYE EL ESTABLECIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIDADES INTEGRALES DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA; Y POR EL QUE SE DEJA PARCIALMENTE INSUBSISTENTE EL ACUERDO GENERAL PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO EN FECHA 10 DE MAYO DEL 2013, y en cumplimiento a mi acuerdo dictado dentro de la Carpeta de Investigación al rubro señalada, iniciada con motivo de la denuncia de la C. _____________, por la posible comisión del hecho que la ley señala como delito de HOMICIDIO DOLOSO Y LOS QUE RESULTEN, cometido en agravio de la persona que en vida respondió al nombre de _____________________, por este conducto solicito a Usted se sirva informar a esta Fiscalía lo siguiente: 1.- informe en ese Nosocomio a su cargo, recibió atención médica el C. JALID GARCÍA VIDAL, en el periodo comprendido a partir del 08 de Junio del 2015 al 12 de Junio del 2015. 2.- en caso afirmativo, informe el motivo por el cual ingreso dicha persona y cuál fue el diagnóstico inicial. 3.- se sirva remitir a esta Autoridad copia íntegra del expediente clínico de dicha persona.

Debiendo rendir el informe solicitado a esta Autoridad y en caso de negativa o impedimento legal se servirá informarlo mediante oficio fundado y motivado la razón de la misma. DEBIENDO HACERLO EN UN TÉRMINO NO MAYOR A 12 HORAS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DEL PRESENTE.

ATENTAMENTE TUXPAN VER., A 15 DE JUNIO DEL 2015. FISCAL TERCERO LIC. ADRIANA HERNÁNDEZ RUBIO.

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