ALEGATOS DE APERTURA Procedo a formular mis alegatos de apertura de conformidad con el artículo 394 del Código Nacional de Procedimientos Penales “Los hechos que se demostrarán en esta audiencia ocurrieron el día 31 de marzo del 2014 siendo aproximadamente entre las once horas con treinta minutos y las once horas con cincuenta minutos (CIRCUNSTANCIAS DE TIEMPO) cuando la ___________________________ y el C. _________________________________ iban a bordo de una camioneta que manejaba el segundo de los nombrados platicando respecto del dinero de la manutención del hijo que tienen en común y al encontrarse sobre la Calle ___________________________, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, el Ciudadano ____________________________________ detuvo la marcha del citado vehículo, se bajó de la camioneta en la cual viajaba con la C. _________________________________ para dirigirse hacia el lado del copiloto donde estaba la antes nombrada (CIRCUNSTANCIA DE LUGAR), pero como ella sabe que el acusado es una persona agresiva, le puso seguro a la puerta de su lado (copiloto) y al tratar de subir el cristal del lado del conductor, el acusado logró darle un puñetazo en la nariz, empezando a sangrar inmediatamente, logrando llamar al 066 para pedir apoyo, bajándose ella de la camioneta cuando vio la patrulla haciéndole señas y al acudir los policías a donde estaba les señaló al acusado como el papá de su hijo quien momentos antes la había golpeado y pidió que lo detuvieran, (CIRCUNSTANCIAS DE MODO) realizando los policías aprehensores la detención sobre la misma calle ____________________________________- de Xalapa, Ver.
CLASIFICACIÓN LEGAL.- Hechos antes descritos de forma clara y precisa en sus circunstancias de tiempo, lugar y modo que configuran los delitos de LESIONES CALIFICADAS y VIOLENCIA DE GÉNERO EN SU MODALIDAD DE FÍSICA. Ilícito el de LESIONES CALIFICADAS previsto por los numerales 136, 137 fracciones II y IV, en relación con el 144 fracción I, todos del Código Penal vigente en la Entidad. Por cuanto hace al delito de VIOLENCIA DE GÉNERO EN SU MODALIDAD DE FÍSICA, el mismo previsto por el numeral 361 del Código Penal vigente en el Entidad en concordancia con el artículo 1° de la Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y artículos 1° y 2° de la CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER "CONVENCION DE BELEM DO PARA" y 8 fracción I de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz y de donde se desprenden sus elementos constitutivos.
Y los cuales se demostrarán con los medios de pruebas que se ofrecerán en la presente audiencia y que consisten.
V. LA COMISIÓN O PARTICIPACIÓN CONCRETA QUE SE LE ATRIBUYE AL ACUSADO. Igualmente se demostrará que el acusado _______________________ intervino en la comisión de los hechos que la ley señala como LESIONES CALIFICADAS y VIOLENCIA DE GÉNERO EN SU MODALIDAD DE CALIFICADA como autor material en términos del artículo 37 del Código Penal vigente en el Estado de Veracruz, ya que de manera directa y personal el día 31 de marzo de 2014, ejecutó los delitos señalados, al ejercer violencia física la agraviada ________________________________, que consistió en un golpe en la cara ocasionándole lesiones en el área de la nariz y en el cuello, afectándose con su actuar el bien jurídico tutelado por la ley en este caso la salud personal de la agraviada y la dignidad humana de las mujeres.
ALEGATO FINAL Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 399 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y una vez que se han desahogado los medios de prueba, tal y como lo señalé al realizar mis alegatos de apertura han quedado demostrado ante su Señoría todos y cada uno de los elementos de los elementos de los delitos de LESIONES CALIFICADAS y VIOLENCIA DE GÉNERO EN SU MODALIDAD DE FÍSICA, Descripciones típicas que consta de los siguientes elementos objetivos o externos, normativos y subjetivos y que quedaron acreditados con el material de prueba desahogado de la siguiente manera:
ELEMENTOS OBJETIVOS O EXTERNOS: (Son aquellas circunstancias externas del hecho materializados en el mundo exterior que conforman, a su vez, el aspecto objetivo del tipo penal): Así tenemos: CONDUCTA.SUJETO ACTIVO.SUJETO PASIVO.OBJETO MATERIAL.BIEN JURÍDICO TUTELADO.MEDIO UTILIZADO.CIRCUNSTANCIA DE LUGAR.CIRCUNSTANCIA DE TIEMPO.RESULTADO MATERIAL.ELEMENTO SUBJETIVO: DOLO.ELEMENTO NORMATIVO.- siendo aquel que requiere de una valoración jurídica o cultural, siendo en el presente caso, respecto del delito de LESIONES……
Y respecto del delito de VIOLENCIA DE GÉNERO lo constituyen:
INTERVENCION.-
PRUEBAS DE ACUSADO.- Así mismo con las pruebas que ofrece el acusado __________________________, no logra desvirtuar las ofrecidas por esta Fiscalía pues se constriñen a ____________________________
PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD.-