INTEGRANTES: CATTERLIN BENAVIDES YEINELYS ESCOBAR LEINYS PERALTA LILIAN SALCEDO
Modifican estándares mínimos del SG-SST (Resolución 0312 de 2019) Tal como lo habían anunciado el pasado mes de diciembre, el Ministerio del Trabajo ha expedido la Resolución 0312 de febrero 13 de 2019, que define nuevos Estándares Mínimos del SG-SST y deroga la antigua resolución 1111 de 2017.
Esta nueva norma establece estándares mínimos diferentes, así como condiciones de diseño, implementación, apoyo y asesoría distintos, para empresas, empleadores y contratantes con 10 o menos trabajadores clasificadas en los riesgos I, II o III, frente a las empresas con 11 a 50 trabajadores clasificadas con los mismos riesgos o las de menos de 10 con riesgos IV o V, así como para empresas con más de 50 trabajadores en cualquier riesgo.
RESOLUCIÓN NÚMERO 0312 DE 2019 (13 FEB 2019) Se establece que durante el proceso de implementación de la Resolución 1111 de 2017 del Ministerio de Trabajo se identificó la necesidad de realizar ajustes para las empresas de 10 o menos trabajadores, así como las que poseen menos de 50 trabajadores. Lo anterior con la finalidad de que dichas empresas puedan desarrollar e implementar de forma ágil y eficaz un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SG SST de acuerdo a su tamaño, sector económico y nivel de riesgo. Por ello la presente resolución tiene como objeto establecer los Estándares Mínimos del SG SST para las mencionadas empresas.
¿Qué deben hacer las personas naturales e independientes? El cumplimiento de los Estándares Mínimos para las personas naturales que desarrollen actividades de servicio doméstico se establece en un acto administrativo independiente.
Los trabajadores independientes NO están obligados a implementar los Estándares Mínimos de la presente resolución.
¿Qué deben hacer las empresas, empleadores y contratantes? Dar cumplimiento a los Estándares Mínimos de acuerdo al número de trabajadores y nivel de riesgo:
Estándares Mínimos para unidades de Producción Agropecuaria
Responsables del Diseño e Implementación del SG SST
Responsabilidades de las Administradoras de Riesgos Laborales Deben apoyar, capacitar, asesorar, brindar asistencia y acompañamiento técnico para: Empresas y unidades de producción agropecuaria con (10) o menos trabajadores debe tener asistencia técnica presencial para: 1. Realizar y actualizar la identificación de peligro y ejecución de medidas de prevención y control. 2. Realizar capacitación para la implementación de los estándares mínimos. 3. Fomentar estilos de trabajo y de vida saludable. 4. Capacitar para la atención de emergencia básica ( Primeros auxilios contra incendio u evacuación) 5. Realizar la investigación de accidentes laborales y enfermedades. 6. Diseñar y asesorar en la implementación de áreas, puestos de trabajo maquinarias, equipos y herramientas. 7. Desarrollar campañas para la identificación y control efectivo de los peligros. 8. Formular plan de prevención, preparación y respuestas ante emergencia
09. Realizar reporte de accidentes laborales y enfermedades. 10. Medir evaluar la gestión 11. Dar recomendaciones para el plan de mejora
Empresas y unidades de producción agropecuaria con (11) A Cincuenta (50) trabajadores 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.
Capacitar Sobre Seguridad y salud en el trabajo Fomentar estilos de trabajo y de vida saludable. Formular la política y elaboración plan anual de trabajo Identificar el peligro, evaluar y valorar los riesgos Definir medidas de control e intervención Desarrollo actividades de promoción y prevención Conformar brigadas de emergencia, Copasst y CCL Formular plan de prevención, preparación y respuestas ante emergencia. 9. Realizar el reporte e investigación de accidentes, incidentes y enfermedades laborales. 10.Medir y evaluar la gestión. 11.Dar recomendaciones para el plan de mejora
Empresas y unidades de producción agropecuaria con mas (50) trabajadores o (50) o menos trabajadores 1. 2. 3. 4. 5. 6.
Desarrollar actividades de promoción y prevención Elaboración de ´plan anual de trabajo Capacitación para el diseño del programa de SST Capacitación miembros del COPPAS Fomentar el estilo de vida saludable. Realizar el reporte e investigación de accidentes, incidentes y enfermedades laborales. 7. Realizar programas para la prevención y control de riesgos 8. Desarrollo de los programas de vigilancia epidemiológica 9. Diseñar y asesorar en la implementación de áreas, puestos de trabajo maquinaria, equipos y herramientas. 10. Realizar estudios evaluativos de higiene ocupacional o industrial, diseño de métodos de control de ingeniaría
CAPITALO IV DISPOSICIONES COMUNES PARA TODAS LAS EMPRESAS, EMPLEADORES Y CONTRATANTES La Resolución 0312 de 2019 trae consigo una serie de disposiciones comunes para la implementación del SG-SST, las cuales deben ser acatadas por las empresas sin importar el número de trabajadores. Entre ellas se encuentran procedimientos de autoevaluación, acreditación del sistema y sanciones. Artículo 20. Estándares Mínimos en el lugar de trabajo: son de obligatorio cumplimiento para todas las personas naturales y jurídicas, la presente Resolución que establece su campo de aplicación, y su implementación se ajusta, adecua y armoniza a cada empresa o entidad de manera particular conforme al número de trabajadores, actividad económica, labor u oficios desarrollados.
Artículo 21. Cumplimiento de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo: El empleador liderará y se comprometerá con la aplicación de los Estándares Mínimos y la elaboración, ejecución y seguimiento del plan de trabajo anual, así como con el cumplimiento en la ejecución de las auditorías internas para identificar fallas y oportunidades de mejora al interior del Sistema de Gestión de SST.
Artículo 22. Acreditación en SST:
Durante estas fases las empresas aplicarán para la evaluación la Tabla de Valores y Calificación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST, mediante el diligenciamiento del formulario de evaluación establecido en el artículo 27 de la presente Resolución. En el mes de diciembre de 2019, los empleadores y contratantes objeto de la presente Resolución realizarán lo siguiente, acorde con la gráfica que aparece al final del presente artículo: 1. Aplicar la autoevaluación conforme a la Tabla de Valores y Calificación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST, mediante el diligenciamiento del formulario de evaluación establecido en el artículo 27 de la presente Resolución. 2. Elaborar el Plan de Mejora conforme al resultado de la autoevaluación de los Estándares Mínimos. 3. Formular el Plan Anual del Sistema de Gestión de SST del año 2020
Implementación definitiva del Sistema de Gestión de SST de enero del año 2020 en adelante.
1. Aplicar la autoevaluación conforme a la Tabla de Valores y Calificación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST, mediante el diligenciamiento del formulario de evaluación establecido en el artículo 27 de la presente Resolución. 2. Elaborar el Plan de Mejora conforme al resultado de la autoevaluación de los Estándares Mínimos. Este Plan de Mejora debe quedar aprobado por la empresa en el Plan Anual del Sistema de Gestión de SST. 3. Formular el Plan Anual del Sistema de Gestión de SST, el cual debe empezar a ser ejecutado a partir del (1°) primero de enero del año siguiente.
¿Qué pasa si no cumplo? (sanciones) El incumplimiento a lo establecido en la presente resolución puede acarrear:
•Cierre temporal o definitivo del lugar de trabajo •Paralización o prohibición de trabajos o tareas