El Que Registrare Antecedentes Penales Por Delito Doloso Contra Las Personas O Con El Uso De Armas.docx

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El que registrare antecedentes penales por delito doloso contra las personas o con el uso de armas, o se encontrare gozando de una excarcelación o exención de prisión anterior y portare un arma de fuego de cualquier calibre, será reprimido con prisión de CUATRO (4) a DIEZ (10) años. Art 189 bis Por la mera circunstancia por registrar antecedentes es una de las hipótesis en el cual se agravaría la pena de 4 a 10. Y otro si se encontrare gozando de una excarcelación, esto es un derecho, la libertad es un derecho, acá se va agravar la pena, me juzgan por un antecedente y me agravan la pena en otro. Lo que quiso lograr que cualquier persona que tenga un arma de fuego vaya presa, pero no se puede juzgar a una persona más de una vez, entonces porque me están juzgando por gozar de una excarcelación técnicamente aun no tengo una sentencia que me diga que soy culpable en otro proceso para ver si tengo que salir en libertad o no. El derecho penal es un derecho penal de actos, y no de autor a uno se lo juzga por lo que hace y no por lo que es. Esto es inconstitucional claramente. La excarcelación es un derecho. El estado es el que debe demostrar a través del ministerio si soy culpable, acá lo que han hecho es que han invertido la carga de la prueba, por ejemplo ha tiene una causa se agrava…., y si después termino absuelto y termino condenado por la portación, esto es una locura porque no se legisla a conciencia. Si se presta atención a las emociones se legisla mal. Que es acopiar??? El acopio denota cantidad excesiva, tiene que denotar una cantidad de uso que se le pueda dar a un arma, el acopio de armas de fuego claramente sin la debida autorización claramente. La otra es tenencia instrumental para producirla, que significa esto son las herramientas necesarios como para producir armas o municiones

No cualquiera puede re cargar armas o tener una trefiladora , tiene que estar inscripto como legitimo usuario y tiene que denunciar esa maquinaria. El que hiciere de la fabricación ilegal de armas de fuego una actividad habitual… y que es esto de la habitualidad es cuando la conducta persiste a través del tiempo .no por un hecho aislado. Apartado 4: si yo le entrego siendo legítimo usuario a una persona que no tiene la autorización, esta va a ir presa 2do párrafo: ser agrava si la entrega se hace a un menor de 18 años El armero trucho o quien comercia con las armas en forma clandestina, se va a pedir el requisito de la habitualidad en el tiempo. Aparte de la pena va a tener una multa Apartado 5: cada arma tiene un número de registro que es el número de serie, si el fabricante omite ese número en forma dolosa, y la otra hipótesis seria el arma melliza 2 armas con la misma enumeración. Que es adulterar y suprimir …? Los señores que se dedican a sustraer cuando la sustraen lo primero que hace es borrarle el número. Adulterar es realizar una acción física a los efectos de cambiar una enumeración por otra Y suprimir es erradicar la enumeración entera la elimina. Tenencia de arma de fuego civil y uso de guerra Que es una tenencia Que es el delito de portación Que es acopio Bien jurídico tutelado

ARTICULO 190. - Será reprimido con prisión de dos a ocho años, el que a sabiendas ejecutare cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de una nave, construcción flotante o aeronave. Es la seguridad del trasporte naval y aéreo , es un delito doloso aeronaves o construcciones flotantes publicas a privadas. Que es una construcción flotante? Cualquier aparato sin ser nave flote y se traslade por las aguas , por ejemplo: las plataformas de petróleo. El peligro debe ser un peligro concreto, no cualquier peligro. Y el delito es a sabiendas , como se determina el peligro concreto? Vamos a tener que llamar a idóneos de la materia que hagan peritajes y demás Si el hecho produjere naufragio, varamiento o desastre aéreo, la pena será de seis a quince años de reclusión o prisión. Si el hecho causare lesión a alguna persona, la pena será de seis a quince años de reclusión o prisión, y si ocasionare la muerte, de diez a veinticinco años de reclusión o prisión. Las disposiciones precedentes se aplicarán aunque la acción recaiga sobre una cosa propia, si del hecho deriva peligro para la seguridad común

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