BOTICAS COMUNALES DIRECCION NACIONAL DE DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGIA EN SALUD Ministerio de Salud y Deportes
Marco Legal • Ley 1737 del Medicamento .Cap. I inc. C Ley 2426 crea el Seguro Universal Materno Infantil • Decreto Supremo 26873 Cap. III (SNUS) • Resolución Ministerial 0735 Cap. XIII
Establecimientos Operativos SISTEMA NACIONAL DE SALUD
S. PUBLICO
SEGURIDAD SOCIAL
3er. NIVEL
F.I.M. HOSP.
2do. NIVEL
F. I. M.
1er. NIVEL
F. I. M.
BOTICA COMUNAL
3er. NIVEL
F. I. HOSP.
2do. NIVEL
F. I.
1er. NIVEL
F. I.
Red de Servicios Centros de Salud BRISA’s
2do. Nivel
3r. Nivel
Puestos de Salud
Farmacia Institucional Municipal y Botica Comunal Fuente de Medicamentos Donación Venta SUMI Programas
Administra medicamentos esenciales de todas las fuentes y programas (Integral) Fiscalizada por el Gob.Municipal Bajo Supervisión del DILOS Controlada por la comunidad Integra la medicina tradicional
En comunidades postergadas Integra la medicina tradicional Administrada por la comunidad
Concepto de Botica comunal • Es un servicio de salud comunal ubicado en comunidades postergadas y alejadas que no cuentan con un puesto o centro de salud y que esta destinada a la dispensación de medicamentos esenciales y productos naturales y tradicionales. • la BC es establecida bajo reglamentación farmacéutica
Objetivos • Suministrar los medicamentos esenciales incluyendo productos naturales y tradicionales establecidos en el listado básico de boticas comunales. • Promover el uso racional de los medicamentos y productos naturales y tradicionales a nivel comunitario. • Promover la participación de la comunidad en el proceso de gestión del suministro de medicamentos del listado básico definido. • Disminuir la automedicación a través de los procesos de capacitación sobre el uso correcto de los medicamentos.
Criterios para su implementación • Establecida en comunidades postergadas y alejadas de establecimientos de salud • Integrada a la medicina tradicional • Administrada por la comunidad • Supervisada y fiscalizada por el establecimiento de salud mas próximo
Implementación • Las boticas comunales se establecerán mediante convenios suscritos entre el MSD y autoridades de la comunidad • Se localizaran donde la comunidad decida, de preferencia,en el domicilio del promotor de salud o partera capacitada • Ser de fácil acceso a los usuarios.
PASOS PARA IMPLEMENTAR LA BOTICA COMUNAL 1.-SELECCIÓN DE LAS
COMUNIDADES
2. INFORMACION SOBRE EL PROYECTO DE IMPLEMENTACION DE LA BOTICA COMUNAL A LA COMUNIDAD
3.-ORGANIZACIÓN DEL COMITÉ ADMINISTRADOR
4.-SELECCIÓN DEL RESPONSABLE DE LA BOTICA COMUNAL
• 4.-CAPACITACIÓN AL COMITÉ ADMINISTRADOR SOBRE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS Y CAPACITACIÓN A LOS ASISTENTES DE SALUD COMUNITARIOS EN LOS PRINCIPALES PROBLEMAS DE SALUD DE LA COMUNIDAD, SUMINISTRO Y USO DE MEDICAMENTOS
• 5.-EQUIPO E INSTALACIONES DE LA BOTICA COMUNAL. • La Las instalaciones seran la contraparte de la comunidad ,ubicada en un lugar de facil acceso para la comunidad y poblaciones aledañas(debe ser segura y de condiciones adecuadas) • la Botica debe tener una vitrina con llave,sillas,una mesa de dispensacion,libros de control. •
• 5.MONITOREO Y SEGUIMIENTO DE LA BOTICA COMUNAL. • INVENTARIOS • CONTROL DE ATENCIONES Y REFRENCIAS • CONTROL DE VENTAS Y USO DE LOS RECURSOS FINANCIEROS • DONACIONES
COMITÉ ADMINISTRADOR INSTANCIA COMUNITARIA ENCARGADA DE ADMINISTRAR LA BOTICA COMUNAL
JUNTA DIRECTIVA DEL COMITÉ ADMINISTRADOR
•
PRESIDENTE
•
SECRETARIO
•
TESORERO
•
FISCAL
•
RESPONSABLE DE LA BOTICA
FUNCIONES
DEL ENCARGADO DE
LA BOTICA COMUNAL Voluntad para atender Amplio y abierto, comunicador Cariñoso, Sincero y Amable Responsable, honesto Colaborador, sociable
Mantener limpio la botica Debe hablar su idioma Controlar sus medicamentos y administrar bien
Botica comunal: ELEMENTOS A TENER EN CUENTA PARA REABASTECERSE
BOTICA COMUNAL
Atención 24horas
Selección de medicamentos • SE ha realizado por el MSD de acuerdo a los siguientes criterios: • Perfil epidemiológico • Lista de medicamentos esenciales • Plantas medicinales mas utilizadas y reconocidas en la comunidad y aprobada por el MSD
Programación y adquisición • Se realizará de acuerdo al lugar y cantidad de habitantes de la comunidad. • A cada botica se le entregara un stock de medicamentos e insumos para 6 meses • Se entregara un fondo rotatorio que constituirá el capital de origen para su funcionamiento.
Almacenamiento • Los medicamentos deben ser almacenados en un lugar seguro, fresco ventilado y sin humedad. • Clasificarlos por orden alfabético • Ubicar y dispensar los Medicamentos de acuerdo a la regla( PEPE) • Mantener los registros necesarios actualizados sobre ingresos y egresos • Controlar la fecha de expiración o vencimiento
• Debe tener un espacio físico para el almacenamiento de los medicamentos • Se ubicaran en un estante o vitrina segura y de tamaño adecuado • Escoger, si es posible un lugar separado , fresco, ventilado y sin humedad. • Mantener la botica bien limpia, para prevenir plagas de insectos y roedores. • Identificar la Botica comunal con el horario definido por la comunidad
Dispensación • El responsable de la dispensación sera el encargado de la Botica comunal • Para cada atención el responsable registrara en el libro de consultas y atenciones cada entrega del medicamentos ) • Nombre del paciente, edad, sexo, causa de consulta, tratamiento indicado y dosis, precio del medicamentos • Dispensar gratuitamente los medicamentos de los Programas del MSD de acuerdo a lo indicado por el Centro de Salud mas cercano (EDS de referencia) • Dispensar medicamentos esenciales exclusivos al primer nivel e insumos médicos de curación
Administración • Elaborar el pedido de medicamentos e insumos de acuerdo a la programación anual y consumo. • Enviar los informes de necesidades, consumo y saldos de medicamentos a las autoridades comunales y al puesto sanitario correspondiente (Red de servicios). • Recibir los medicamentos de los programas de tuberculosisi,malaraia de acuerdo al informe de consumo de los mismos para su reemplazo. • Administrar los recursos económicos y materiales destinados al funcionamiento de la botica comunal
Supervisión • Las Boticas comunales como servicio de salud de atención básica administrada por la comunidad a través de su representante y operada por un promotor de salud, se establecerán conforme a normas, debiendo las mismas ser supervisadas por la Farmacia Institucional Municipal a la que pertenezcan (puesto de salud)