Derecho De Familia (1)nnn.docx

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República Bolivariana de Venezuela Universidad Bicentenaria de Aragua Convenio CREATEC-Margarita Cátedra: Derecho de Familia

Núcleo Temático I. Derecho de Familia Análisis

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LA FAMILIA Es el grupo de personas unidas por vínculos jurídicos, en la medida y extensión determinada por la ley, que surgen del matrimonio y de la filiación legítima, ilegítima y adoptiva. La familia es una institución social. La ley impone la regulación no sólo al matrimonio, sino también a la filiación y a la adopción. La calidad de miembro de la familia depende de la ley y no de la voluntad de las personas. La familia es el componente fundamental de toda sociedad, donde cada individuo, unido por lazos de sangre o afinidades logra proyectarse y desarrollarse. Es en este contexto familiar, que empieza desde la infancia y la convivencia propia, donde el hombre y la mujer adquirirán habilidades y valores que lo ayudarán a superarse y replicar estos principios al momento de conformar su propia familia. La familia tiene su origen en el establecimiento de una alianza entre dos o más grupos de descendencia a través del enlace matrimonial entre dos de sus miembros. La familia está constituida por los parientes, es decir, aquellas personas que por cuestiones de consanguinidad, afinidad, adopción u otras razones diversas, hayan sido acogidas como miembros de esa colectividad. Las familias suelen estar constituidas por unos pocos miembros que suelen compartir la misma residencia. Dependiendo de la naturaleza de las relaciones de parentesco entre sus miembros, una familia puede ser catalogada como familia

nuclear o familia

extensa.

El

nacimiento

de

una

familia

generalmente ocurre como resultado de la fractura de una anterior o de la unión de miembros procedentes de dos o más familias por medio del establecimiento de alianzas matrimoniales o por otro tipo de acuerdos sancionados por la costumbre o por la ley.

Elementos. 1- UNIVERSALIDAD. El estado de familia abarca todas las relaciones jurídicas familiares. 2- UNIDAD. Los vínculos jurídicos no se diferencian en razón de su origen matrimonial o extramatrimonial. 3- INDIVISIBILIDAD. La persona ostenta el mismo estado de familia frente a todos (por ejemplo, si es soltero, es soltero ante todos). 4- OPONIBILIDAD. El estado de familia puede ser opuesto erga omnes para ejercer los derechos que de él derivan. 5- ESTABILIDAD O PERMANENCIA. Es estable pero no inmutable, porque puede cesar. Ej. el estado de casado puede transformarse en estado de divorciado. 6- INALIENABILIDAD. El sujeto titular del estado de familia no puede disponer de él convirtiéndolo en objeto de un negocio. 7- IMPRESCRIPTIBILIDAD. El transcurso del tiempo no altera el estado de familia ni tampoco el derecho a obtener el emplazamiento (sin perjuicio de la caducidad de las acciones de estado, como por ejemplo la del artículo 258 del Código Civil, referido a la acción de impugnación de la paternidad matrimonial, destinada a consolidar el estado de familia). 8.El derecho regula la familia, porque tiene relevancia jurídica, con la finalidad de su preservación, según el Art. 75 de la CRBV :Artículo 75. CRBV: El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes. El Estado garantizará protección a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia.

DERECHOS 1. A ser escuchados y atendidos por directivas, administrativos, directores de grupo y profesores de las asignaturas, Departamento de bienestar estudiantil en las horas de atención indicadas en los respectivos horarios de atención. 2. A solicitar y recibir asesoría por parte de las directivas, profesores, directores de grupo, miembros del departamento de bienestar estudiantil y personal administrativo cuando lo crea necesario, en forma cordial, oportuna y objetiva. 3. A dialogar y recibir informes sobre todos los aspectos relacionados con la formación de sus hijos. 4. A proponer estrategias que propicien el mejoramiento de la labor educativa, participando en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional (PEI). 5. A ser miembro activo de la Asociación de Padres y Madres de Familia, ejercer en ella cargos directivos según las normas contempladas en los Estatutos y exigir información periódica sobre sus actividades. 6. Recibir información oportunamente del rendimiento académico y disciplinario de sus hijos. 7. A participar en el Concejo Directivo, Comisiones de evacuación y Promoción, comités o Asociaciones para velar por la adecuada prestación del servicio educativo. 8. Beneficiarse de los servicios del Club del Saber y demás espacios cognitivos, lúdicos, pedagógicos, artísticos, recreativos y culturales.

DEBERES 1. Conocer, acatar y respetar el Manual de Convivencia.

2. Matricular a sus hijos e hijas cumpliendo los requisitos y fechas prevista por la Institución. 3 Proporcionar a sus hijos e hijas los útiles escolares de acuerdo con las necesidades educativas y reglamentación vigentes. 4. Asistir puntualmente a las reuniones que convoquen los directores de grupo y profesores, para tratar asuntos relacionados con el desempeño académico, social y emocional de sus hijos y demás

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