Popayán 30 de Julio de 2018 Señores: JUZGADO DE FAMILIA DE CIRCUITO DE POPAYAN (REPARTO) La ciudad Referencia: Demanda declarativa de fijación de cuota alimentaria
MARIA CATALINA MUÑOZ GUZMAN, identificada con CC. 1061804270 de Popayán y TP 2946673 actuando en nombre y representación de la señora KELLY HINESTROZA identificada con cc. 34566525 conforme al poder debidamente allegado al tramite solicito se accedan a las pretensiones que a continuación se relacionan con base en los siguientes:
HECHOS PRIMERO: La señora KELLY HINESTROZA contrajo matrimonio con el señor JOSE GARZON identificado con CC. 10544415 en la iglesia parroquial de SANTO DOMINGO de esta ciudad el día 2 de Febrero de 1998 SEGUNDO: Fruto de esta unión nacieron tres hijos así: Ana María nacida el 5 de Mayo de 2004, Dayanna nacida el 12 de septiembre de 2008 y Juan Carlos nacido el 14 de Abril de 2011. TERCERO: Ante infidelidad probada en proceso judicial del señor JOSE GARZON se expidió sentencia de divorcio el día 14 de Marzo de 2017 por parte del juzgado primero de familia del circuito de Popayán CUARTO: Desde el inicio del tramite antes mencionado el señor JOSE GARZON ha incumplido con sus deberes de manutención y de alimentos en general frente a sus hijos Ana María, Dayanna y Juan Carlos. QUINTO: El señor JOSE GARZON se desempeña como juez séptimo administrativo del circuito de Popayán devengando una sima aproximada de $10.200.000 mensuales. SEXTO: Ante en centro de conciliación de la casa de la justicia de esta ciudad se presento solicitud de audiencia de conciliación la cual fue programada y ante inasistencia de la parte convocada (Señor JOSE GARZON) se procedió a expedir la correspondiente acta de fracaso.
PRETENSIONES PRIMERA: Declarar al señor JOSE GARZON como alimentante es decir como obligado al suministro de alimentos a favor de sus hijos menores Ana María, Dayanna, Juan Carlos Garzón Hinestroza los cuales deberán ser consignados mensualmente en una cuenta bancaria que para el efecto se debe apertura. SEGUNDO: Ordenar como suma de cuota alimentaria el valor de DOS MILLONES DE PESOS MCTE ($2.000.000) a cargo del señor JOSE GARZON a favor de sus hijos Ana María, Dayanna, Juan Carlos Garzón Hinestroza TERCERO: En virtud de lo anterior se solicita que se oficie a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial para que se descuente por nomina el valor de la cuota alimentaria y posteriormente sea consignada en la cuenta bancaria mencionada en la pretensión primera
CUARTO: En consecuencia se ordene fijar cuota alimentaria a favor de sus hijos menores Ana María, Dayanna, Juan Carlos Garzón Hinestroza y que la sentencia que ponga fin al proceso haga transito a cosa juzgada y preste merito ejecutivo
FUNDAMENTOS DE DERECHO CONSTITUCIONALES: art 5, 42 y 44 de la Constitución Política de Colombia LEGALES: Código Civil (art 411 ss), ley 640 de 2001 y ley 1098 de 2006 o Código de Infancia de Adolescencia.
ANEXOS 1. Partida eclesiástica expedida por el cura párroco de el templo de SANTO DOMINGO de Popayán donde consta el matrimonio celebrado por los señores JOSE GARZON y KELLY HINESTROZA el 2 de febrero de 1998 2. Registros civiles de nacimiento de los menores ANA MARIA, DAYANNA, JUAN CARLOS GARZON HINESTROZA 3. Sentencia de divorcio No 122 de 14 de Marzo de 2017 expedida por el juzgado primero de familia del circuito de Popayán. 4. Copia de las matriculas estudiantiles de los menores 5. Certificado laboral de ingreso expedidos por la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de esta ciudad del señor JOSE GARZON como juez de la republica 6. Constancia de fracaso expedida por el centro de conciliación casa de la justicia de Popayán ante inasistencia de la parte convocada
NOTIFICACIONES A mi poderdante en calle 26 norte 7c 26 Al señor JOSE GARZON en carrera 4 No 2-18 Atentamente
MARIA CATALINA MUÑOZ GUZMAN CC. 1061804270 TP: 294673