::::::::: Cuadernillo de trabajo :::::::::
Este material intenta dar respuesta a la demanda de muchas compañeras que nos fuimos encontrando a partir del trabajo cotidiano de Las Juanas de todo el país, con el fin de poder contar con una herramienta que sirva para construir prevención. Fue elaborado gracias al material realizado por Las Juanas de Rosario, Santa Fé, en el seminario sobre Trata de Mujeres con fines de explotación sexual, dictado en el primer semestre del 2009.
Nuestro mayor anhelo es trasladar este debate a la sociedad: a todos aquellos espacios donde haya una mujer, una niña, una madre, una estudiante, una profesional... Porque todas podemos ser víctimas. Se trata de nosotras porque nos atraviesa, se trata de nosotras porque somos todas juntas las protagonistas de esta lucha. Diputada de la Nación Cecilia Merchán
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indice Introducción Historia de LA TRATA Taller I Definición de TRATA Taller II Tratando de hacer visible lo invisible Taller III A dónde acudir El Marco Legislativo
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LEY 26.364
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A MODO DE INTRODUCCIÓN >>¿Por qué hablamos de Trata de Mujeres? En el presente cuadernillo trabajaremos sobre La trata de Mujeres con fines de explotación sexual. El recorte que hacemos sobre el delito de Trata, al referirnos específicamente a la explotación sexual de mujeres y niñas, obedece a que la mayoría de sus víctimas son mujeres y niñas destinadas a la explotación sexual. Por tanto, sostenemos que La TRATA DE MUJERES nos compromete, a todas y a cada una. Se Trata de Nosotras, ya que en el motor de este flagelo encontramos una vez más las desigualdades sociales a las que somos sometidas las mujeres. Para comenzar, no podemos abordar el tema de Trata sin antes referirnos al concepto de género y por supuesto a las relaciones de género. Genero es la forma en como aprendemos a ser mujer y a ser hombre en cada cultura y época determinada, influenciado por las ideas, creencias y representaciones de tipo religioso, político, económico, jurídico, psicológico, cultural, de etnia y de clase social. La noción de género surge a partir de la idea de que lo “femenino” y lo “masculino” no son hechos naturales o biológicos, sino construcciones culturales que se aprenden. Entonces, la relación de género no es una relación entre sexos sino una relación social, una construcción producto de lo económico, lo político y se refiere al conjunto de características particulares, sociales y culturales que se constituyen históricamente como femenino y masculino. Cuando hablamos de relación mujer – varón, por lo tanto, nos referimos a una relación de poder ya que a cada género se le fueron confiriendo a través de la historia distintos espacios y roles sociales que determinaron su conformación, diferencias y desigualdades. Una de esas desigualdades esta dada por el lugar que a cada uno/a se le ha dado para ocupar: el espacio privado a las mujeres, quienes deben ser el sostén afectivo del hogar, deben caracterizarse por la ternura, sensibilidad, pasividad y dependencia y el espacio público, para los hombres relacionado con la producción, la fuerza, la independencia y el sostén económico del grupo familiar. Asi la situación de “privacidad” de la vida cotidiana impide que las mujeres puedan reconocer que las problemáticas que experimentaban no son exclusivas de ellas y de su familia, sino que atraviesan a todo un conjunto social.
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Además, al quedar las mujeres relegadas a la vida familiar, no se les permite acceder a espacios que implican la posibilidad de conocer a sus vecinos, de establecer lazos, de discutir sobre determinados problemas barriales, e incluso de debatir acerca de la situación general del país, lo cual implica un aprendizaje y un entrenamiento en las prácticas de participación social. Socialmente serán valoradas positivamente las actividades asignadas al rol masculino y minimizadas e invisibilizadas aquellas tareas asignadas al rol femenino. Esta asignación de roles y su consecuente valoración generan relaciones de desigualdad, que por supuesto se traducen en relaciones de poder.
Son estas relaciones de poder productoras de desigualdad e inferioridad las que generan violencia hacia las mujeres. Y cabe resaltar que se extienden más allá de las clases sociales, puesto que todas las mujeres como colectivo las padecemos. Sin embargo, la situación de las mujeres mas pobres es todavía mas delicada, puesto que la falta de recursos económicos, de educación, de contención social, de oportunidades laborales entre otras las dejan en un lugar no solo de sometimiento sino también de mayor vulnerabilidad.
Por esto entendemos que la participación colectiva en el ámbito de lo público es central para la redefinición de la situación de subordinación que viven las mujeres. El reconocernos como actores sociales, es una condición indispensable para que se pueda comenzar a repensar y modificar las situaciones de avasallamiento de nuestros derechos. >>En esta lucha, como colectivo de mujeres nos vamos insertando cada día más en el mercado de trabajo, en las organizaciones, en la vida social en general. Sin embargo los cambios culturales han sido mucho más lentos en cuanto a las relaciones de poder en la casa y en el espacio público. Aunque en la actualidad las mujeres contamos con más derechos reconocidos, mejor acceso a la educación y al trabajo, continuamos percibiendo menos ingresos que los hombres, seguimos teniendo menos incidencia en la toma de decisiones públicas y en la participación política y seguimos siendo consideradas como cuerpos disponibles generadores de placer, objetos sexuales.
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Historia de LA TRATA
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>>Antecedentes de La Trata La esclavitud de personas en el siglo XXI no es algo nuevo en la historia de nuestro país. A fines del siglo XIX y principios del siglo XX las corrientes migratorias que venían de Europa traían consigo costumbres que hoy en día continúan siendo practicadas por infinidad de inescrupulosos y ávidos de dinero. Entre estas costumbres se encuentran los antecedentes de las hoy llamadas “Redes de Trata de personas”. Según el investigador Gerardo Bra (1999) en el año 1879 llegaron a la Argentina los primeros inmigrantes judíos. Entre ellos se encontraba un grupo de polacos, rumanos y rusos que se dedicaron al negocio de la prostitución con mujeres, en su mayoría polacas, que traían engañadas de Europa del Este (Polonia, Rusia, Ucrania entre otros).
Un viejo engaño Este grupo con la promesa de casar a las mujeres con inmigrantes radicados en la Argentina convencían a sus familias, por lo general campesinos analfabetos, para que autorizaran el viaje. Estas situaciones eran posibles porque los rufianes aprovechaban las humildes condiciones de vida que tenían las familias de las que procedían estas muchachas. Pero en Argentina todo era distinto: en una tierra extraña, con un idioma incomprensible, pronto irían a parar al lugar de los dolores. Según investigaciones fueron más de tres mil las mujeres que corrieron esta suerte, tras el engaño en el que eran envueltas por parte de los rufianes. Cada día debían atender a unos 50 clientes, que pagaban 2 pesos cada uno por el servicio de esas polaquitas cuya cotización era inferior a la de las francesas que recibían 5 pesos por el mismo trabajo. A nuestro país llegaban en barco al Río de la Plata en conjuntos de diez o doce mujeres. Desde Buenos Aires las distribuían al resto del territorio. Una vez aquí las remataban, y luego eran obligadas a ejercer la prostitución. Hacia 1906 la ciudad de Buenos Aires otorgó personería jurídica a la Asociación Israelita De Socorros Mutuos Varsovia formada por judíos polacos o rusos que tras la fachada de una mutual escondían la forma mas terrible de comercio: la explotación sexual de mujeres. La Asociación Israelita De Socorros Mutuos Varsovia, con el tiempo mutada a Sociedad Zwi Migdal, estaba compuesta por cinco mil socios en todo el país, controlaba dos mil prostíbulos en los que trabajaban treinta mil mujeres aproximadamente. Tenía como presidente a Noé Trauman, un líder judío que afirmaba que la prostitución era un negocio como cualquiera.
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Para asegurar su continuidad, los rufianes, por medio de coimas y otras asociaciones proporcionaban grandes sumas de dinero a las autoridades de turno. El dinero y el poder se entrelazaban en este sucio negocio. Todo lo arreglaban con dinero. Astutos, mantenían un principio que cumplían rigurosamente: "Rufián en el prostíbulo, señor en su casa." Señores también en el comercio: muchos de ellos eran dueños de negocios en el Centro y en el Once, donde terminaron mezclándose con otros comerciantes judíos. En 1929 la Sociedad Varsovia se dividió: los rufianes de nacionalidad “rusa” y “rumana” se nuclearon bajo el nombre Asquenasum y los “polacos” en la Zwi Migdal. La connivencia por parte de la Policía, la Dirección de Migraciones, la de Sanidad y hasta a la institución judicial reinante por esos años permitió que muchas mujeres sufrieran vejaciones, engaños, retención de sus documentos y en algunos casos, hasta la muerte. Pero esto no impidió que la ex prostituta Raquel Liberman los denunciara ante un comisario que dio intervención a un juez con el fin de desbaratar la organización. El comisario de la Policía Federal Julio Alsogaray escuchó el testimonio de Liberman el 31 de diciembre de 1929. Este funcionario hacía varios años que intentaba acabar con la "Zwi Migdal", pero tropezaba con una barrera infranqueable: policías corruptos, políticos y jueces que no solo cobraban en dinero sino también “en especie”. El golpe militar del general Félix Uriburu, el 6 de septiembre de 1930, facilitó la investigación de Alsogaray y del juez Manuel Rodríguez Ocampo. El golpe, que destituyó al radical Hipólito Yrigoyen, se produjo en un contexto de avance del fascismo en el mundo, con auge del antisemitismo y la concepción del pueblo de Israel como un demonio aliado del marxismo-leninismo. Alsogaray, que no oculta su antisemitismo en su libro Trilogía de la trata de blancas, tuvo la colaboración del gobierno militar: el escándalo que suscitó la detención y procesamiento de los más importantes jefes de la "Zwi Migdal" les sirvió a los mandos militares para realizar una intensa propaganda antisemita. Al hacerse pública la verdadera actividad de la Zwi Migdal muchos de sus miembros recibieron el repudio de su comunidad. Les fue prohibida la entrada a las sinagogas y lugares de esparcimiento propios de la comunidad judía. Como respuesta a esto los integrantes de la Zwi Migdal, decidieron tener instituciones propias: cementerios, sinagogas, rabinos, sedes sociales. >>Después de la denuncia de Raquel Liberman, el 31 de enero de 1929, 108 de los más de 400 proxenetas registrados en aquella sociedad que se declaraba de socorros mutuos fueron detenidos y procesados. Pero el poder del dinero que generaban los burdeles era fuerte. Menos de un año después, cuando ya se había instalado la primera dictadura militar en el país, la Cámara de Apelaciones liberó a 105 de los procesados.
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El miedo de aquellas “polaquitas” que eran traídas de una Europa devastada, con promesas de casorio o trabajo, que hablaban idish o polaco y eran encerradas bajo la
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custodia de rufianes de distintas escalas y madamas de cuerpos mancillados por años de explotación sexual no debe haber sido muy distinto del que sintieron otras mujeres, traídas de Paraguay, casi un siglo después.
¿Quién fue Raquel Liberman? Myrtha Schalom (2003) en su novela biográfica "La polaca" rescata la vida de esta valiente mujer. Allí relata que Raquel es nacida en Lodz, Polonia, pertenecía a una familia muy pobre y tuvo una infancia y adolescencia rodeada de miseria y privaciones. Liberman desembarca en Buenos Aires con sus dos hijos en el año 1923 tras los pasos de su marido, que muere a poco de su llegada. Entonces pide ayuda a sus cuñados Helke y Moshe Milbroth, y este par de rufianes, ambos miembros de la Migdal, la hacen ingresar por la fuerza a un famoso burdel de Buenos Aires. Allí queda prisionera casi cuatro años, hasta que junta el dinero para comprar su libertad. Solo pasa dos meses fuera de la Zwi Migdal cuando otro miembro de la mafia, un tal José Salomón Korn la seduce fragua un matrimonio falso con rabino y diez testigos incluidos, y una vez casada la golpea y obliga a regresar al prostíbulo. La valiente Raquel fue la primera mujer que se animo a denunciar esta red de delincuentes aportando importantes datos para la investigación. La clásica lentitud de los tribunales hace que recién en 1930 la Zwi Migdal quede desbaratada y Raquel finalmente en libertad.
¿QUÉ ES LA EXPLOTACIÓN SEXUAL? Es la victimización sexual de una persona ligada a una remuneración económica u otro tipo de beneficio y regalías entre la víctima, el explotador y los intermediarios. El cuerpo de la persona explotada se utiliza como mercancía para provecho económico del explotador y placer del usuario (denominado cliente o prostituyente).
Existen distintos tipos de explotación sexual: >> La Prostitución: hace alusión a toda “actividad en la que una persona intercambia servicios sexuales a cambio de dinero o cualquier otro bien” (OMS, 1989). La prostitución tiene lugar cuando la sexualidad y el cuerpo de la víctima se torna objeto de intercambio monetario o de necesidades básicas como comida, refugio o seguridad.
>>La Pornografía: refiere a la descripción o exhibición explicita de órganos o actividades sexuales, concebido para estimular sentimientos eróticos. En el caso de pornografía infantil, son explotadores los productores (fotógrafos y vi-
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deomakers), los intermediarios (personal de apoyo), los difusores (anunciantes, comerciantes y publicitarios) y los consumidores del producto final.
>>La Pornografía en internet: el avance permanente de internet y las nuevas tecnologías abren cada vez más oportunidades comerciales para los explotadores y los productores de pornografía al facilitar el desarrollo y alcance de las redes de distribución. La pornografía deja una marca vitalicia en las víctimas, ya que el material pornográfico en el que participan es la prueba física de la actividad en que fueron inmersos.
>>El Turismo sexual: es la explotación sexual comercial de personas por parte de “turistas clientes” que viajan de un lugar a otro, tanto al interior de un mismo país como de un país a otro. Estos “servicios” muchas veces son ofrecidos como parte de paquetes turísticos. En algunos países de Latinoamérica encontramos que el turismo sexual es utilizado por sus compatriotas y están localizadas las ofertas en algunas regiones del país, donde coinciden con las zonas más marginales y pobres.
POR SUPUESTO QUE TODO ESTO NO PUEDE EXISTIR SI NO HAY DEMANDA,
¡SIN CLIENTE NO HAY PROSTITUCIÓN! Una de las principales causas para que existan mercados de “servicios” sexuales es la gran cantidad de demanda. Y esto se debe a que cada vez más el cuerpo de la mujer es considerado un objeto posible de ser consumido. Es visto como una cosa que es posible de mirar, tocar, transformar y abusar. Esta forma de ver a la mujer se sigue naturalizando día a día en nuestra cultura patriarcal. Que los hombres compren sexo, que paguen por esto, es muchas veces justificado con expresiones como “no se puede contener” o “lo necesitan”. Por tanto mientras exista y aumente la demanda de prostitución la cantidad de mujeres que son tratadas va a ir en aumento. La Trata de personas funciona, con aval político, judicial, de las fuerzas de seguridad y con aval social y la complicidad del consumo ejercido por hombres. Hablamos de amigos, hermanos, novios, abuelos, padres. Quién consume no diferencia si la mujer es menor, adolescente, adulta o si se prostituye con o sin su consentimiento. El cliente puede no saber toda la historia de las mujeres, pero la probabilidad de que estas chicas sean víctimas de explotación de algún tipo es ciento por ciento. Aunque tengan documentos falsos y digan que son mayores, un cliente no puede no darse cuenta de que está teniendo sexo con una chica menor de edad. Lo que ven son chicas totalmente enajenadas, con la mirada perdida, que no saben si es de noche o de día, que no tienen frío ni calor. >>Por todo esto es necesario acabar con el consumo. Hay que tomar conciencia: la esclavitud sexual existe porque hay clientes.
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01 TALLER Nº1 >>¿Qué nos Proponemos? Reflexionar juntas sobre la imagen y el lugar que ocupa el cuerpo de la mujer .
>>¿Para qué? Para pensar con que valores sociales nos vemos. Para cuestionar el lugar de la mujer como mercancía.
>>¿Qué necesitamos? Hojas blancas fibras fibrones plasticola revistas tijeras Tarjetas con preguntas para trabajar en pequeños gupos.
>> Cuanto Dura: 2hs CALDEAMIENTO Nos sentamos en ronda y nos presentamos de a una diciendo: A) como me llamo, B) si fuera una comida seria… C) si fuera un objeto seria… EJ Soy Laura, si fuera una comida seria un cañoncito de dulce de leche y si fuera un objeto seria una estufita.
ACTIVIDAD • Paso 1 Se entrega a cada participante una hoja en blanco, una fibra, tijera y plasticota y algunas revistas. Se da la consigna: 1) Dividimos la hoja a la mitad, de un costado cada una dibuja su propio cuerpo. 2) del otro costado de la hoja deben armarlo con imágenes de las revistas.
• Paso 2 Discusión en pequeños grupos de a 4 o 5 compañeras nos mostramos las producciones y comentamos: • ¿Que sentimos cuando nos dibujamos? Continúa
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• ¿Que encontramos cuando nos buscamos en imágenes? • ¿Cual es el lugar que ocupa el cuerpo de la mujer en los medios? Y ¿por que? • ¿Como influye en nuestra vida cotidiana? • ¿Como crees que fue en otras épocas? • ¿Por qué crees que existe la prostitución? En un afiche cada grupo pega los dibujos y escribe los principales puntos de la discusión
• Paso 3 Puesta en común: Los grupos presentan los trabajos y debatimos.
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Definición de TRATA
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¿Qué es la Trata con fines de Explotación Sexual? Según el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de personas, especialmente mujeres y niños se entenderá por Trata a “la captación, el transporte, el traslado, la acogida, la recepción de personas, recurriendo a la amenaza, o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos". Los fines de la Trata no son solo explotación sexual, sino que abarca también la trata para explotación laboral y la trata para extracción de órganos. Sin embargo la Trata de niñas, niños y adolescentes con fines de explotación sexual representa el 90% de los casos, el restante 10% responde a las otras formas de explotación (laboral, extracción de organos) La trata de personas es un delito, pero puede ser también una violación a los derechos humanos. Es un delito en la medida en que el engaño, el fraude y la explotación ocurren entre particulares. Pero es también una violación a los derechos humanos por las condiciones que hacen posible la explotación: si un particular está en condiciones de coaccionar, amenazar, y restringir parcial o totalmente la libertad de otra persona para obligarla a hacer algo (explotarla), esto es posible ya sea porque hay omisión del Estado mediante sus agentes, o porque existen grupos que actúan con la complicidad del Estado. La trata de personas es en sí misma una gravísima violación de los derechos humanos y, al mismo tiempo, suele implicar la violación de otros derechos, detallados por APRAM (Asociación para la Prevención, Reinserción y Atención de la Mujer Prostituida) como: el Derecho a no sufrir esclavitud o servidumbre forzada, a no sufrir prácticas de tortura u otras formas de trato inhumano o degradante, el derecho a la salud, a una vivienda digna en condiciones de seguridad, a no ser discriminada por razón de género, a un trabajo justo y con condiciones favorables, a la vida, a la libertad y seguridad, a la libertad de movimiento, a la integridad física y mental, a la dignidad humana, a la vida familiar, a la intimidad. La trata no necesariamente implica el traslado de las personas a otro país (tráfico). Existe la trata interna, la cual no implica tráfico. Por esto es necesario distinguir el delito de Trata del Tráfico, a pesar de que ambos son delitos que conllevan la violación a los Derechos Hu-
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manos. El tráfico de personas es un conjunto de actividades ilegales, que se realizan para obtener dinero, y que implican facilitar la violación de las leyes migratorias de un país. Es decir, el ingreso a un país y la circulación de modo ilegal de una persona en este. Esto puede darse, o no, en el delito de Trata, puesto que muchas mujeres son traficadas a otros países, especialmente hacia Europa, pero también puede existir que sean trasladadas del norte al sur de nuestro país, sin traspasar fronteras nacionales.
La Trata en números >>La Trata de personas es un delito que a nivel mundial somete anualmente a millones de personas (4 millones de adultos y 2 millones de niñas y niños) a condiciones de esclavitud y genera ganancias estimadas en 32 mil millones de dólares, donde más del 85% proviene del comercio sexual. >>La Trata de personas es el tercer ilícito más grande en el mundo, después del tráfico de armas y drogas y contempla aspectos vinculados con el poder, redes y crímenes, sumado a la vulnerabilidad de las víctimas y la posible complicidad de las fuerzas de seguridad. En Argentina se estima que hay alrededor de 500 mil mujeres y niñas desaparecidas secuestradas por estas redes. Según la Organización Internacional de Migraciones (OIM), 476 mujeres de diversas edades desaparecieron en la Argentina durante el año 2006. Lo cual se agrava por la seria sospecha de que la mayoría de ellas fueron raptadas y están retenidas, obligas a prostituirse, en condiciones de esclavitud, atormentadas física y mentalmente por los reiterados abusos. Según un informe presentado por el Departamento de Estado de los EE.UU en junio de 2004, Argentina es uno de los principales países elegidos para tráfico con fines de explotación laboral y sexual de mujeres, niños y niñas. La mayoría de las víctimas extranjeras son mujeres, niños y niñas traficados desde el Paraguay, Bolivia, Brasil y República Dominicana, para abastecer la oferta de sexo del mercado argentino. Las víctimas nativas de Argentina son traficadas de zonas rurales a zonas urbanas, pero también tienen destino fuera del país, especialmente para la prostitución en España. Según diversas fuentes periodisticas1. 1 Ver notas de: Carvajal, Sandá, Dillon, etc.
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• Por cada mujer captada los prostíbulos suelen pagar una comisión que varía entre $100 y $5000, dependiendo de la “calidad” de las mujeres:
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cuanto más jóvenes, más costosas. Se han detectado casos donde específicamente se solicitan mujeres menores de edad con documentos falsos. En otros casos se piden mujeres menores de 23 años. • El alquiler de mujeres vale mucho, se calcula en base a lo que la mujer puede generar en el pub, la whiskeria o el prostíbulo. Hay mujeres que pueden generar hasta $1200 por día explotadas sexualmente. Una de las características del mercado es que la novedad de la mercadería se cotiza más alto, por eso las rotan. Tener mujeres nuevas atrae más clientes y permite mantener los precios a cierto nivel. • Un proxeneta puede alcanzar una ganancia neta de 13 mil dólares al año por mujer.
LA TRATA PASO A PASO >>¿Quienes son las mujeres tratadas? Consideramos que las causas de este delito tienen varios orígenes, pero que principalmente obedece a la construcción que histórica y culturalmente se ha realizado de las mujeres. Entonces, en primer lugar la falta de equidad de género, a la que se le suma la agudización por una situación de pobreza que provoca: la falta de oportunidades, el bajo nivel de educación, falta de empleo o de posibilidades de mejora y de participación, entre otro, se constituyen como motores que empujan a muchas mujeres a buscar una alternativa de vida, y caer en muchos casos en engaños. Sumado a que muchas veces con anterioridad a caer en las redes de Trata ya se había decidido migrar(de ciudad o a otro país) , y esto estaba dentro del abanico de estrategias posibles. Pero además, existen causas en el país o región de destino, donde el mercado de los servicios que van a ser provistos por la trata esta en aumento. Donde existe una falta de controles por parte de los estados en algunos sectores como la industria del sexo, y donde las políticas migratorias son restrictivas, puesto que para muchas personas para entrar a otros países se ven obligadas a buscar formas de ingreso ilegales, que son las que a menudo ofrecen los reclutadores y los traficantes.
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>>Modos de captación Cuando captan mujeres (y/o niños/as), los embaucadores las eligen por su origen humilde, bajo nivel de educación (ya que ambos factores reducen sus posibilidades laborales) y un entorno familiar inestable. Las engañan con ofertas de trabajos en casas de familia (como empleadas domésticas, cuidando niños o ancianos), meseras, les prometen buena paga o las secuestran. Algunas saben que irán a ejercer la prostitución, pero nunca imaginan que serán explotadas sexualmente y no recibirán ninguna paga. Lo que tienen en común estas propuestas es que el trabajo ofrecido por el reclutador/ra siempre está disponible en otro lugar (otra región, provincia o país) y la futura víctima deberá trasladarse para obtenerlo. • Otra modalidad común, aunque más sofisticada, a través de la cual operan los reclutadores es la realización de un casting en un hotel de la zona de captación de chicas. La convocatoria se hace mediante la publicación de avisos clasificados en un diario o propagandas en alguna radio. • También es frecuente que la actividad de reclutamiento quede en manos de mujeres que ejercen la prostitución en determinados lugares: a veces son obligadas a reclutar otras mujeres bajo coacción. Según un informe de la OIM “los regentes de los prostíbulos amenazan a las mujeres con dañar a su familia en su lugar de origen si no regresan o si lo hacen con menos chicas de las encargadas”. • Está verificado que en muchos casos los reclutadores actúan en pareja y simulan ser un matrimonio, a veces, incluso, con niños y de esta manera brindar mayor confianza a las mujeres y sus familias para creer en el ofrecimiento de trabajo como niñera o empleada doméstica. • En algunos casos, los reclutadores funcionan como comisionistas y tienen contactos con prostíbulos en distintos lugares del país de los que reciben pedidos específicos o a los cuales ofrecen las mujeres que hayan reclutado. • En caso de secuestro se efectúa un trabajo previo de inteligencia mediante el cual se identifican y marcan mujeres que cumplen las exigencias de los circuitos de trata. Posteriormente se monta un operativo tipo comando del que participan un grupo de personas donde las mujeres son interceptadas en la vía pública y forzadas a subir a un auto. Inmediatamente son drogadas para evitar que opongan resistencia y poder ser trasladadas fácilmente. • Otro de los medios de reclutamiento de los proxenetas es el “enamoramiento”, por ello se los denominan también “maridos”. Estos simulan una relación sentimental y utilizan la vulnerabilidad que dicha relación genera en las mujeres. Los proxenetas llegan a tener un hijo al que reconocen legalmente con las víctimas, para de esta manera consolidar el vínculo sentimental y coaccionar a las mujeres.
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>>El traslado y adiestramiento Las mujeres una vez reclutadas, son trasladadas por micro, tren o automóvil a los bur-
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deles, donde las quiebran con violaciones sucesivas, golpizas, quemaduras de cigarrillos y drogas, para que acepten su nueva realidad: de ahora en más serán esclavas. Las adiestran para que cada hombre haga con ellas lo que quiera. En sus primeros días en este mundo negro cada chica puede tener que atender entre ocho y diez clientes por jornada. Las más sumisas, las que soportaron mejor el "ablandamiento", siguen camino a los "centros de distribución". Las más "ariscas" quedan en prostíbulos de la zona. Las que se rebelan, pueden encontrar la muerte. Es común que las amenacen con asesinar a algún miembro de sus familias.
El traslado (interno o internacional) tiene como finalidad fortalecer el control de los tratantes sobre la persona, por dos motivos: 1. Porque el reclutador suele facilitar a la víctima el dinero o los medios para el traslado (además de retererle la documentación) generando así una deuda. 2. Porque el traslado y la distancia aíslan a la víctima de las redes sociales a las que puede recurrir.
La búsqueda de personas para ser incorporadas a las redes de explotación sexual tiene un denominador común: el país de origen es más pobre que el de destino. Así las víctimas se encuentran en un país extranjero, donde no conocen las leyes ni el idioma, sin documentación y por lo tanto indefensas. Pero también se produce el tráfico de personas con fines sexuales dentro de un mismo país. En general se intercepta a las víctimas en pueblos del interior y las trasladan a prostíbulos de ciudades o wiskerías de caminos. También las rotan e intercambian de provincia en provincia a través de un sistema denominado de plazas.
>>Los lugares de Explotación Los Espacios donde se producen la oferta y el “servicio” sexual van desde lugares cerrados: como saunas, prostíbulos, boliches con trastienda, etc. en los que el encuentro, el pago y el “servicio” sexual ocurren en el mismo lugar2. Hasta espacios abiertos y públicos que sirven para es2 En algunos de estos espacios las personas en condiciones de explotación viven y conviven bajo la supervisión o control de alguna madama, rufiana, encargada o cuidador. En otros cumplen horario y viven fuera.
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tablecer el contacto inicial como la calle, discos, pubs, cafés, bares de hoteles, teléfonos y avisos publicitarios. En estos casos el contacto o la contratación se realizan en un local o por teléfono, y el servicio sexual ocurre en otro espacio (hoteles, departamentos y autos). Los prostíbulos, lugar de destino de la mayoría de las víctimas, se encuentran prohibidos por la legislación argentina (Ley Nacional 12331). Sin embargo, cuando estos locales operan bajo otras denominaciones eufemísticas (Café Bar, Casas de Té, Night Club) las legislaciones municipales las toleran. Las denominaciones más comunes son cabaret o whiskería. En Misiones por ejemplo hay locales llamados pool o hamburguesería que funcionan como burdeles, según una investigación de la OIM.
>>La realidad en la República Argentina Hasta el año 2006 Argentina era considerada un país de destino. Hoy es considerada un país de origen, de destino y de tránsito para las víctimas de las redes de Trata. Además del reclutamiento y secuestro para trata interna, existe asimismo tráfico y trata especialmente para ser llevadas a otros países en los que serán explotadas. Gracias al testimonio de víctimas liberadas, se pudo armar un mapa de la trata en el país: hay regiones de reclutamiento, zonas con centros de "ablandamiento" o "adiestramiento", ciudades en las que se produce la distribución y reventa de chicas y provincias receptoras. Existe una corriente “migratoria” de víctimas que van en dirección norte-sur, siendo las provincias de origen del reclutamiento en su mayoría: Misiones, Jujuy, Salta, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santiago del Estero y Tucumán. Y los principales destinos las provincias de Buenos Aires, Córdoba, La Rioja, Santa Fe, Entre Ríos, Tierra del Fuego, Chubut, Santa Cruz, Río Negro y la costa atlántica. El norte argentino y Paraguay son áreas de reclutamiento de chicas. Las víctimas son "ablandadas" en centros de "adiestramiento" ubicados en su mayoría en Corrientes, Entre Ríos y Santa Fe, desde donde parten para ser revendidas en la zona central del país y destinadas al sur argentino y Europa. Los tratantes están ubicados en pasos como los de Villazón (Bolivia) y La Quiaca o Encarnación (Paraguay) y Posadas. En la zona limítrofe con Paraguay, las niñas y adolescentes cruzan en autos, taxis u ómnibus con una persona que es la encargada de llevarlas. Tienen como destino final las ciudades de Buenos Aires o Córdoba. La "distribución" se realizaría en burdeles de La Pampa, Mendoza y Córdoba, particularmente la localidad de Río Cuarto, atestada de cabarets sobre la ruta 5, la ciudad de Buenos Aires, la costa atlántica y en las ciudades bonaerenses de Brandsen y La Plata.
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El destino final es el sur argentino, en las áreas cercanas a la explotación petrolera y los puertos. Y también el exterior, por ejemplo a España que es uno de los países europeos
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que más comercializa mujeres, niños y niñas latinoamericanos/as.
>>Mecanismos de explotación Según la OIM las mujeres engañadas o secuestradas que llegan a los locales son sometidas a largos procesos de vulneración psíquica y física. Si la mujer se opone o se resiste a ser explotada sexualmente, el regente o sus empleados ponen en marcha los distintos mecanismos de disciplina. La mujer es violada y golpeada una y otra vez hasta que asuma su nueva condición y acepte pasar al salón a prostituirse. Asimismo, en estos casos suelen amenazarla con matarla o lastimar o matar a su familia. En los prostíbulos las mujeres pierden todo contacto con el mundo exterior. Su circulación se reduce al salón principal del local y las habitaciones donde se efectúan los “servicios” y en las cuales generalmente se encuentran encerradas bajo llave cuando no trabajan. Los preservativos que usan y la ropa con la que trabajan se los cobran: los gastos se anotan en una cuenta en la que ellas siempre terminan debiendo dinero al regente del local. Cuando les permiten efectuar llamadas telefónicas a su familia también lo hacen vigiladas para evitar que revelen su verdadera situación. Se han detectado casos de locales con sofisticados sistemas de vigilancia con circuito cerrados de televisión con cámaras en todos los espacios del local, vidrios blindados o altos muros alrededor del cabaret o whiskería. EN RESUMEN los tratantes de personas utilizan diversas técnicas para mantener esclavizadas a sus víctimas, algunas de las cuales son: • Servidumbre por deuda: obligaciones financieras, compromiso de satisfacer la deuda. • Aislamiento: limitación del contacto con personas ajenas, medidas para vigilar todo contacto o para que éste sea superficial. Asimismo aislamiento respecto a su familia. • Amenaza de deshonrar a las víctimas revelando la situación de prostitución a la familia. • Confiscación de pasaportes, visados o documentos de identidad y atemorización y manipulación de las víctimas haciéndoles creer que si se ponen en contacto con las autoridades serán encarceladas o deportadas por violar disposiciones de inmigración. • Violencia física, psicológica o sexual contra las víctimas o contra sus familiares, así como la amenaza de aplicarla. • Control del dinero de las víctimas, por ejemplo, guardándolo para que “esté bien seguro”.
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>>Las Redes La trata de personas funciona porque mucha gente trabaja haciéndola posible. En primer lugar los los clientes, pero también los Traficantes (quienes proveen, intermedia y organizan los traslados) y los regentes de prostíbulos (quienes se apropian de los beneficios económicos generados por los “servicios” sexuales y tienen a su cargo la administración y gestión de estos lugares). Pero también los proxenetas, quienes obtienen ganancias de la explotación sexual de una o más mujeres de su propiedad que circulan a través de las distintas instancias de la red, pero que no cuentan con establecimientos propios para que estas trabajen. No podemos dejar de lado a los Funcionarios/as públicos/as y miembros de las fuerzas de seguridad, que le dan protección a los tratantes a cambio de una suma de dinero. La protección puede consistir en la simple pasividad o alertar a los tratantes de posibles riesgos. Existen también otros Operadores secundarios, empleados de empresas de transporte (garantizan pasajes para el traslado), personal de compañías de telefonía celular que proveen líneas seguras y encargados de confeccionar documentación falsa para menores y extranjeros. Según un informe de la OIM, Santa Fe, Mendoza y Entre Ríos han sido calificadas como las provincias de donde provienen los proxenetas más importantes que operan en las redes de Trata. Ellos envían a sus mujeres (pueden llegar a tener treinta) bajo el sistema de plazas o alquiler a distintos cabarets y whiskerías en todo el país, especialmente Córdoba, La Pampa, Entre Ríos, Chubut y Santa Cruz.
>>El sistema de plazas Como los proxenetas no cuentan con establecimientos propios, envían las mujeres de su propiedad a prostíbulos donde son explotadas por períodos que pueden variar entre una semana y 45 días: así funciona el sistema de plazas. Por la plaza el proxeneta cobra un monto fijo de dinero que se calcula sobre la base de lo que las mujeres explotadas puedan llegar a recaudar durante su estadía. Acuerdan con el regente del local un porcentaje de lo que sus mujeres produzcan por pases (relaciones sexuales con clientes dentro del prostíbulo), salidas (relaciones sexuales con clientes fuera del prostíbulo) o copas (bebidas que las chicas toman con los clientes). El regente paga al proxeneta, pero la mujer sólo recibe el dinero indispensable para necesidades básicas de comida y artículos de higiene. Vencida la plaza, los proxenetas pasan a retirar a las chicas para llevarlas a otro prostíbulo o son remitidas por los regentes en ómnibus al lugar indicado por el proxeneta. Si la mujer se escapa o es devuelta en
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malas condiciones (enferma, mal alimentada), el regente del prostíbulo debe pagar una indemnización al proxeneta.
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La circulación de las mujeres de un prostíbulo a otro, mediante el sistema de plazas, resulta necesaria tanto para proxenetas como para regentes. Para los primeros por razones de seguridad, dado que las chicas se ven impedidas de establecer relaciones duraderas con los clientes y por esa vía pedir auxilio. Para los segundos, la circulación responde a las propias exigencias de la demanda. Un prostíbulo debe tener chicas nuevas constantemente para satisfacer a sus clientes regulares. Como cualquier negocio, los cabarets y whiskerías deben tener constantemente «nuevas mercancías». Generalmente pasa mucho tiempo hasta que una mujer logra liberarse del proxeneta que la explota y hay casos en que nunca lo logra. Las modalidades detectadas mediante las cuales una mujer puede romper esa relación son: • Comprar su libertad mediante una suma de dinero, • o reclutar a otra mujer que pueda ocupar su lugar, • o simplemente ser abandonada por el propio proxeneta cuando la edad, una enfermedad o alguna otra razón le impida producir las ganancias esperadas.
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TALLER Nº2 >>¿Qué nos Proponemos? Empezar a unificar un concepto de trata de personas con fines de explotación sexual. Reflexionar juntas sobre este delito
>>¿Para qué? Para pensar como construimos herramientas de prevención.
>>¿Qué necesitamos? Pelota u objeto, papel afiche, fibron, globos de distintos colores, diarios clasificados, volantes, tarjetas de verdadero y falso.
>> Cuanto Dura: 2hs CALDEAMIENTO Nos sentamos en ronda, quien coordina el taller comienza con una pelota (u otro objeto que pueda pasarse entre las participante) diciendo su nombre, de donde es, que es lo que menos le gusta hacer y que es lo que mas le gusta hacer, luego pasa la pelota u objeto utilizado a otra participante de la ronda quien tomara la posta y contara al grupo su nombre y que es lo que mas y menos le gusta hacer. Esto se repite hasta que todas/ os hayan cumplido la consigna.
ACTIVIDAD • Paso 1 Recoger los conceptos que traen las compañeras sobre trata de personas con una lluvia de ideas mientras lo registramos en un afiche que luego retomaremos en la puesta en común.
• Paso 2 Nos separamos en grupos pequeños de 3 o 4 personas y le repartimos a cada grupo algún testimonio donde se pueda trabajar sobre cuales son los medios de captación, ciclos, actores que intervienen en un delito de trata (concepto de red), la circulación de las victimas etc.
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Testimonio 1 “A mi siempre en mi familia me dijeron que no servía para nada, entonces cuando lo conocí me parecía un Señor, el me enamoró, me hizo sentir que era importante, me trataba muy bien. Me propuso que nos fuéramos a vivir a Buenos Aires donde todo iba a ser mas fácil, donde iba a encontrar trabajo y por supuesto el me iba a ayudar y viviríamos juntos. Entonces viaje y acá me encontré con que el supuesto trabajo era en un sauna del que no me dejaban salir. El venía cada tanto a verme y llevarse la plata” Marta.
Testimonio 2 “Yo iba siempre a bailar a un boliche donde me ofrecieron si quería ser tarjetera, así empecé a ir mas al boliche y a conocer a los dueños. Después me ofrecieron empezar a trabajar de promotora y me pidieron que me sacara unas fotos, que me saque, después las fotos y lo que me pedían que haga era cada vez más zarpado. Yo no quería que se entere nadie, pero ellos me decían que si no iba a trabajar se lo iban a contar a mi novio y a mi mamá” Valeria.
Testimonio 3 “Hacía tiempo que quería viajar porque acá no conseguía trabajo, estaba siempre en el mismo lugar, entonces una supuesta familia, a través de un conocido mío me ofreció que cuide a sus hijos en España y me pagaban todo. Yo viaje y allá me encontré con toda otra cosa.” Angi
Testimonio 4 “Encontré el aviso en el diario de una supuesta agencia de modelos y fui porque me parecía serio. Me sacaron fotos. Yo no me daba del todo cuenta de donde me estaba metiendo aunque había cosas que me parecían raras. Ofrecían muy buen sueldo y por eso accedía a viajar. Al principio me dijeron que solo tenía que tomar algo con los señores que llegaban al bar y me empezaron a obligar a tener relaciones con ellos”. Patricia
• Paso 2 bis Sugerimos en los casos que sea posible reemplazar el paso dos por la proyección de la película “Vidas Privadas”en la que se ve claramente los conceptos a trabajar.
Continua
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• Paso 3 Cada grupo expone los principales puntos de discusión y entre todas construimos el concepto de trata, tomando los conceptos recogidos más el aporte del material del cuadernillo.
• Paso 4 Manteniendo los grupos conformados, ponemos en el espacio, globos de distintos colores que fueron preparados e inflados con anterioridad. A cada grupo en lo posible, se le asigna un color de globo si no hay mucha variedad de colores los grupos compartirán el mismo color.
• Paso 5 En el momento que se da la señal de comienzo, todas las participantes, tienen que reventar el color de globo que le toco y dentro del mismo van a encontrar: en algunos un papel con algunas frases que tendrán que responder si son verdaderas o falsas Ej.: A) No cualquier mujer puede ser victima de La Trata, solo caen las que les gusta "la vida facil". B) La Trata es un delito nuevo… La idea es que aparezcan los conceptos trabajados. Otro de los globos tendrá una hoja de diario (clasificado) donde deberán detectar y marcar avisos clasificados que se publican con el fin de captar chicas (avisos donde solo aparecen números celulares como única referencia, donde te prometen hacer mucho dinero en poco tiempo etc.). Pueden utilizarse también volantes callejeros etc., teniendo en cuenta que tienen que entrar en el globo.
• Paso 6 Puesta en común: Reflexionamos sobre lo importante de saber como funcionan estas redes para luego en un próximo encuentro trabajar sobre la prevención.
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Construyendo
prevención
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Tratando de hacer visible lo invisible Terminar con el delíto de Trata solo es posible logrando un cambio cultural, a través del cual se desnaturalice la explotación sexual y cualquier sometimiento de una persona por otra. Es decir necesitamos cuestionar las relaciones de poder en las que se fundan las desigualdades de género. La prevención implica sensibilizar y concientizar a la población de las regiones donde son reclutadas las víctimas, pero también sensibilizar e informar a quienes generan la demanda. Para trabajar puntualmente con las víctimas potenciales de la trata son necesarias campañas de información masiva, sea en la televisión, la radio, los periódicos, organismos e instituciones comunitarias, etcétera. Es necesario que toda la población conozca que existe la Trata y cuales son sus mecanismos, que sepa dónde recurrir y a quién preguntar, sin generar estados de paranoia. Pero, y mas próximo a lo que cada uno/a puede hacer desde su lugar es necesario hablar del tema, instalar el debate en nuestros círculos mas próximos, animarnos a hablar de la prostitución y lo que genera. Es central no considerar que este delito esta lejos nuestro e informarnos. Realizar talleres sobre Trata en escuelas secundarias, en los centros comunitarios, vecinales, etc, con el objetivo de concientizar e informar sobre las formas de reclutamiento y el modus operandis de estas mafias es una importante herramienta de prevención. También es importante en materia de prevención, considerar que en este delito hay un eslabón no penado, que es sumamente importante: El CLIENTE. Hablar del lugar de estos es primordial, puesto que este esta naturalizado socialmente. Sabemos ya que el reclutamiento incluye formas de seducción, invitación o coacción, a través de diversos medios que varían según el caso que debemos conocer para poder prevenir.
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Repasemos entonces algunos mecanismos sobre los que podemos construir prevención: • Los ofrecimientos laborales en medios gráficos (avisos clasificados) o de forma verbal con tentadoras remuneraciones que no exigen experiencia previa y conocimientos específicos. Trabajos que son ofertados en lugares lejanos al hogar de la potencial víctima. • Internet-Salas de Chat: cuando un nuevo contacto indaga en nuestra vida en forma extraña pero sutil, será necesario estar advertido ya que se desconoce quien esta del otro lado. Cuales son sus intenciones. También es importante ser cuidadoso/sa en el uso de los BLOGS, ya que subir fotos y datos personales en la red es una forma de exponerse que puede resultar peligrosa. • Alejamiento del Hogar: se aprovechan posibles, potenciales o reales conflictos para captar víctimas, puesto que estas se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad. Un mecanismo utilizado es acercarse y potenciar el conflicto o las rebeldías propias de la edad de las víctimas, tomando el rol del “salvador” • Ofertas de Falsas agencias de modelos que ofrecen hacer fotos para futuros desfiles. • Ofrecimiento de matrimonio o convivencia y posterior instalación en otra provincia, Seducción y alejamiento del entorno familiar • Seguimiento: Cuando se observa un vehiculo que merodea el barrio, que sigue a alguien determinado o una persona invita a subir al auto. Se lo debe denunciar, intentar identificarse a la persona y tomar nota de la patente del vehículo. Este mecanismo termina con el Secuestro, por lo que es importante estar advertida. Ante estos mecanismos ¿Qué estrategias de prevención se te ocurren que pueden llevarse adelante?
COMO PREVENIR >>EN LA FAMILIA Hablar del tema, intercambiar opiniones entre los integrantes para prevenir sin generar miedos y angustias. Generar dialogo, confianza y buena comunicación con los hijos tratando de conocer su entorno, amigos y actividades. Establecer límites precisos y la conducta de mantener el contacto con la familia cuando se esta afuera. Tener a mano la agenda de amigos e instituciones que frecuente. Mantener un contacto directo con la escuela a la que concurre su hija para detectar cambios de conductas.
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>>DESDE LA ESCUELA Aceptar que el tema nos afecta a todos/as y desde donde estamos podemos y debemos colaborar. Brindar información y orientación sobre sus
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derechos a niños/as y adolescentes para fomentar el autocuidado. Generar espacio de dialogo con los niños/as y adolescentes para que puedan encontrar en la institución educativa un espacio de formación, orientación y contención. Estar alerta de la realidad de cada niño/a y del entorno en que se desenvuelve , para poder ofrecer ayuda y cooperar oportunamente. Realizar intervenciones adecuadas para poder orientar a los miembros de la comunidad. Conocer los organismos gubernamentales que actúan en estos casos.
>>DESDE LOS ORGANIZACIONES SOCIALES Informarse acerca del delito y sus características. Capacitarse y capacitar a la comunidad. Establecer y fomentar redes de contención social con los distintos actores que intervienen en la educación de los niños/as y adolescentes. Colaborar con las familias y escuelas en la detección de posibles captadores. Informarse e informar acerca de los organismos gubernamentales que actúan en estos casos.
¿Qué HACER en caso de desconocer el paradero de un familiar? Denunciar el hecho de manera inmediata en una comisaría o en sede judicial. Analizar en cual se presentará la denuncia en base a los potenciales riesgos y complicidades. Tener en cuenta que al ser un delito federal puede hacerse en cualquier comisaría. No importa la edad de la persona desaparecida. No es necesario esperar 48 hs. para hacer la denuncia, ni se debe aceptar el argumento de que es necesario esperar ese lapso para asentar la misma. Exigir que se tome la denuncia como PEDIDO DE PARADERO y NO como FUGA DE HOGAR. La institución policial debe comenzar inmediatamente con las actuaciones, iniciando la búsqueda de la persona, comunicando el hecho a la Unidad Especializada en Prevención y Represion de Trata de Personas, que coordinará el operativo. En caso de que se trate de un/a menor la dependencia policial o judicial donde se radicó la denuncia deberá informar inmediatamente (máximo 12 hs.) a la Secretaría de Derechos Humanos para que esta proceda a la incorporación de foto y datos en el REGISTRO DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DESAPARECIDOS. Asimismo informarse y comunicar la desaparición por todas las vías posibles, lo antes posible, tener en cuenta que una victima en menos de dos días puede ser sacada del país.
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TALLER Nº3 >>¿Qué nos Proponemos? Construir colectivamente herramientas de prevención. Armar una campaña pública contra la trata.
>>¿Para qué? Para pensar respuestas como colectivo a la violación a nuestros derechos.
>>¿Qué necesitamos? Lapiceras, hojas, fibrones, cartulinas, cinta, goma de pegar, copias de la ley, tarjetas en blanco, temperas o pinturas de colores, tela para pintar, afiches.
>> Cuanto Dura: 2hs CALDEAMIENTO Nos dividimos en pequeños grupos de 4 o 5 compañeras. Entregamos a cada grupo la parte de la ley “Disposiciones Generales” y 5 tarjetas en blanco.
ACTIVIDAD • Paso 1 Cada grupo lee el material entregado, lo discute y anotan puntos de acuerdo y desacuerdo.
• Paso 2 Cada grupo piensa en cuales creen que son los derechos que deben tener las victimas de trata y los escriben o grafican en las tarjetas blancas.
• Paso 3 Cada grupo arma una “Frase de lucha” o “Grito de guerra” para defender nuestros derechos.
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• Paso 4
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Cada grupo expone los puntos de discusión en relación al material trabajado, y las tarjetas con los derechos que se irán pegando en un afiche para que todos lo puedan ver. Luego comparten la frase o el grito inventado.
• Paso 5 Una vez que todas las tarjetas con los derechos que armaron los grupos, están pegadas, quien coordina expone también en tarjetas, los derechos de las victimas que presenta la ley.
• Paso 6 Le proponemos a los grupos trabajar sobre 1 o 2 derechos de la ley y/o el cuadro sobre "Mecanismos de Captación" (pág. 26) para armar una campaña de prevención. Los grupos pueden separarse por campañas: grafica, radial, televisiva etc. Apuntando a distintos destinatarios: Adolescentes, madres y padres, mujeres, hombres, Distintos sectores del gobierno, medios de comunicación (ej programa de Tinelli) a la sociedad en su conjunto, clientes etc.
• Paso 7 Cada grupo presenta su campaña.
¿A DONDE ACUDIR? • INADI 0800 999 2345 (Las 24 hs. Todos los días del año) • Línea 102 (En las provincias donde existe) • Secretaría o Dirección de Infania, u organismo administrativo encargado de Niñez en cada Provincia. Independientemente de la edad de la víctima • Oficina de Rescate del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. TEL (011) 5300-4006 (de 9.30 a 18.30 hs.) • Programa Las Victimas contra Todas las violencias 0800 222 1717
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EL MARCO LEGISLATIVO Argentina adhirió en el año 2000 con otros 140 países al Protocolo de Palermo o Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar el tráfico de personas, especialmente mujeres y niñ@s. Este es un documento realizado a través de acuerdos internacionales que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. En dicho Protocolo se estableció la definición del delito de Trata de personas y la obligación para cada Estado Parte de adoptar las medidas legislativas necesarias para tipificar el delito de Trata de personas en el derecho interno. En abril de 2008 en Argentina se aprueba la ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas. • Establece a la Trata de personas como un delito federal, lo que permite que los jueces y fiscales federales transiten las diferentes jurisdicciones, sin pedidos formales en cada provincia, en busca de los responsables, lo que debiera darle mayor celeridad al proceso penal. • El delito incluye la captación, transporte o traslado de personas, ya sea para la explotación sexual, las prácticas de esclavitud, los trabajos forzados y la extracción ilegal de órganos y tejidos. Esto quiere decir, por ejemplo, que si alguien recluta a una chica para prostituirla, por el solo hecho de reclutarla, aunque todavía no la haya prostituido, comete delito y puede ser detenido. • Castiga con penas de 3 a 15 años de prisión a los responsables de estos hechos ilícitos, pero es un delito excarcelable. • La normativa incluye pautas para protección de testigos, reduce penas a “arrepentidos” y prohíbe castigar a las víctimas por delitos cometidos como consecuencia de la trata. • La ley diferencia a las víctimas mayores de las menores de 18 años. En el primer caso se deberá demostrar que hubo algún método de coerción para que se configure el hecho ilícito. Sin bien es de fundamental importancia que exista y se haga cumplir la Ley 26364, la misma tiene puntos que podrían mejorarse.
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03 Ley 26.364 Prevención y Sanción de la Trata de Personas y asistencia a sus víctimas. Disposiciones Generales. Derechos de las Víctimas. Disposiciones Penales y Procesales. Disposiciones Finales. Publicada en el Boletín Oficial del 30 de abril de 2008.
TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1º — Objeto. La presente ley tiene por objeto implementar medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas.
ARTICULO 2º — Trata de mayores de DIECIOCHO (18) años. Se entiende por trata de mayores la captación, el transporte y/o traslado —ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior—, la acogida o la recepción de personas mayores de DIECIOCHO (18) años de edad, con fines de explotación, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, aun cuando existiere asentimiento de ésta.
ARTICULO 3º — Trata de menores de DIECIOCHO (18) años. Se entiende por trata de menores el ofrecimiento, la captación, el transporte y/o traslado —ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior—, la acogida o la recepción de personas menores de DIECIOCHO (18) años de edad, con fines de explotación. Existe trata de menores aun cuando no mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima. El asentimiento de la víctima de trata de personas menores de DIECIOCHO (18) años no tendrá efecto alguno.
ARTICULO 4º — Explotación. A los efectos de la presente ley, existe explotación en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o se la sometiere a prácticas análogas; b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados; c) Cuando se promoviere, facilitare, desarrollare o se obtuviere provecho de cualquier forma de comercio sexual; d) Cuando se practicare extracción ilícita de órganos o tejidos humanos.
ARTICULO 5º — No punibilidad. Las víctimas de la trata de personas no son punibles por la comisión de cualquier delito que sea el resultado directo de haber sido objeto de trata. Tampoco les serán aplicables las sanciones o impedimentos establecidos en la legislación migratoria cuando las infracciones sean consecuencia de la actividad desplegada durante la comisión del ilícito que las damnificara.
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TITULO II DERECHOS DE LAS VICTIMAS ARTICULO 6º — Derechos. Las víctimas de la trata de personas tienen derecho a: a) Recibir información sobre sus derechos en un idioma que comprendan, y en forma accesible a su edad y madurez; b) Recibir alojamiento apropiado, manutención, alimentación suficiente e higiene personal adecuada; c) Contar con asistencia psicológica, médica y jurídica gratuitas; d) Prestar testimonio en condiciones especiales de protección y cuidado; e) La protección frente a toda posible represalia contra su persona o su familia, pudiéndose incorporar al programa nacional de protección de testigos en las condiciones previstas en la Ley Nº 25.764. f) La adopción de las medidas necesarias para garantizar su integridad física y psicológica; g) Ser informadas del estado de las actuaciones, de las medidas adoptadas y de la evolución del proceso; h) Ser oídas en todas las etapas del proceso; i) La protección de su identidad e intimidad; j) Permanecer en el país, de conformidad con la legislación vigente, y a recibir la documentación o constancia que acredite tal circunstancia; k) Que se les facilite el retorno al lugar en el que estuviera asentado su domicilio; l) Acceder de manera voluntaria y gratuita a los recursos de asistencia. En el caso de niños, niñas y adolescentes, además de los derechos precedentemente enunciados, se garantizará que los procedimientos reconozcan sus necesidades especiales que implican la condición de ser un sujeto en pleno desarrollo de la personalidad. En ningún caso podrán ser sometidos a careos. Las medidas de protección de derechos aplicables no podrán restringir sus derechos y garantías, ni implicar privación de su libertad. Se procurará la reintegración a su familia nuclear o ampliada o a su comunidad.
ARTICULO 7º — Alojamiento de las víctimas. En ningún caso se alojará a las víctimas de la trata de personas en cárceles, establecimientos penitenciarios, policiales o destinados al alojamiento de personas detenidas, procesadas o condenadas.
ARTICULO 8º — Derecho a la privacidad y reserva de identidad. En ningún caso se dictarán normas que dispongan la inscripción de las víctimas de la trata de personas en un registro especial, o que les obligue a poseer un documento especial, o a cumplir algún requisito con fines de vigilancia o notificación. Se protegerá la privacidad e identidad de las víctimas de la trata de personas. Las actuaciones judiciales serán confidenciales. Los funcionarios intervinientes deberán preservar la reserva de la identidad de aquéllas.
ARTICULO 9º — Representantes diplomáticos y consulares. Es obligación de los representantes diplomáticos y consulares de la Nación en el extranjero proveer a la asistencia de los ciudadanos argentinos que, hallándose fuera del país, resultaren víctimas de los delitos descriptos en la presente ley y facilitar su retorno al país, si así lo pidieran.
TITULO III DISPOSICIONES PENALES Y PROCESALES 32
ARTICULO 10 — Incorpórase como artículo 145 bis del Código Penal, el siguiente: Artículo 145 bis: El que captare, transportare o trasladare, dentro del país o desde o hacia el exterior, acogiere o recibiere
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personas mayores de dieciocho años de edad, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, con fines de explotación, será reprimido con prisión de TRES (3) a SEIS (6) años. La pena será de CUATRO (4) a DIEZ (10) años de prisión cuando: 1. El autor fuere ascendiente, cónyuge, afín en línea recta, hermano, tutor, persona conviviente, curador, encargado de la educación o guarda, ministro de algún culto reconocido o no, o funcionario público; 2. El hecho fuere cometido por TRES (3) o más personas en forma organizada; 3. Las víctimas fueren TRES (3) o más.
ARTICULO 11 — Incorpórase como artículo 145 ter del Código Penal, el siguiente: Artículo 145 ter: El que ofreciere, captare, transportare o trasladare, dentro del país o desde o hacia el exterior, acogiere o recibiere personas menores de DIECIOCHO (18) años de edad, con fines de explotación, será reprimido con prisión de CUATRO (4) a DIEZ (10) años. La pena será de SEIS (6) a QUINCE (15) años de prisión cuando la víctima fuere menor de TRECE (13) años. En cualquiera de los supuestos anteriores, la pena será de DIEZ (10) a QUINCE (15) años de prisión, cuando: 1. Mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima; 2. El autor fuere ascendiente, cónyuge, afín en línea recta, hermano, tutor, persona conviviente, curador, encargado de la educación o guarda, ministro de algún culto reconocido o no, o funcionario público; 3. El hecho fuere cometido por TRES (3) o más personas en forma organizada; 4. Las víctimas fueren TRES (3) o más.
ARTICULO 12 — Sustitúyese el artículo 41 ter del Código Penal, por el siguiente: Artículo 41 ter: Las escalas penales previstas en los artículos 142 bis, 145 bis, 145 ter y 170 de este Código podrán reducirse en un tercio del máximo y en la mitad del mínimo respecto de los partícipes o encubridores que, durante la sustanciación del proceso o antes de su iniciación, proporcionen información que permita conocer el lugar donde la víctima se encuentra privada de su libertad, o la identidad de otros partícipes o encubridores del hecho, o cualquier otro dato que posibilite su esclarecimiento. En caso de corresponder prisión o reclusión perpetua, podrá aplicarse prisión o reclusión de OCHO (8) a QUINCE (15) años. Sólo podrán gozar de este beneficio quienes tengan una responsabilidad penal inferior a la de las personas a quienes identificasen.
ARTICULO 13 — Sustitúyese el inciso e) del apartado 1) del artículo 33 del Código Procesal Penal de la Nación, por el siguiente:
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e) Los previstos por los artículos 142 bis, 145 bis, 145 ter, 149 ter, 170, 189 bis (1), (3) y (5), 212 y 213 bis del Código Penal.
ARTICULO 14 — Serán aplicables las disposiciones de los artículos 132 bis, 250 bis y 250 ter del Código Procesal Penal de la Nación.
ARTICULO 15 — Sustitúyese el artículo 119 de la Ley Nº 25.871, por el siguiente: Artículo 119: Será reprimido con prisión o reclusión de DOS (2) a OCHO (8) años el que realice las conductas descriptas en el presente capítulo empleando violencia, intimidación o engaño o abusando de la necesidad o inexperiencia de la víctima.
ARTICULO 16 — Sustitúyese el artículo 121 de la Ley Nº 25.871, por el siguiente: Artículo 121: Las penas establecidas en el presente capítulo se agravarán de CINCO (5) a QUINCE (15) años cuando se hubiere puesto en peligro la vida, la salud o la integridad de los migrantes o cuando la víctima sea menor de edad; y de OCHO (8) a VEINTE (20) años cuando el tráfico de personas se hubiere efectuado con el objeto de cometer actos de terrorismo, actividades de narcotráfico o lavado de dinero.
ARTICULO 17 — Deróganse los artículos 127 bis y 127 ter del Código Penal. ARTICULO 18 — Presupuesto. El Presupuesto General de la Nación incluirá las partidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley.
ARTICULO 19 — Reglamentación. Esta ley será reglamentada en un plazo máximo de SESENTA (60) días contados a partir de su promulgación.
ARTICULO 20 — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Bibliografía utilizada • Bra, Gerardo (1999) “La organización negra - la increíble historia de la Zwi Migdal”, Corregidor, Buenos Aires, 1ª. edición • De Isla M de las M. y Demarco Laura, Compiladoras (2008) “Se Trata de Nosotras. La Trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual” Las Juanas Editoras, Buenos Aires. • Giberti , Eva, (2007) “Breve Historia de la Prostitución en Argentina”, Página 12, suplemento: HOMENAJE DEL PROGRAMA “LAS VÍCTIMAS CONTRA LAS VIOLENCIAS”, edición del 23 de septiembre. Buenos Aires. • Glickman, Nora “Una tal Raquel” (S/D) • GLICKMAN, Nora. (2000) The Jewish White Slave Trade and the Untold Story of Raquel Liberman, Nueva York-Londres, Garland Publishing. • Lelpi, Rafael y Zinni, Héctor (1974) “Prostitución y Rufianismo”, Editorial Encuadre,. Buenos Aires. 1ª. Edición • Larry Levy, (2007) “La Mancha de la Migdal - Historia de la Prostitución judía en Argentina”, Editorial Norma, Buenos Aires, 1ª edición. • Molina, María Lourdes (2008) “Explotación Sexual. Evaluación y tratamiento” Editorial Dunken. Buenos Aires. • Organización Internacional para las Migraciones (OIM) “La Trata de personas en Argentina, Chile y Uruguay”. • Organización Internacional para las Migraciones.(OIM) “La Trata de Personas: una introducción a la problemática” • Schalom, Myrtha (2003) “La Polaca” Editorial grupo Norma. Buenos Aires. • TROCHON, Yvette (2006) “Las rutas de eros: La trata de blancas en el Atlántico Sur. Argentina, Brasil y Uruguay (1880-1932)”, Montevideo, Ed. Taurus.
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Notas periodísticas: • Carvajal, Mariana “Exclusivo Informe estremecedor y minucioso sobre la Trata de Mujeres en Argentina” Diario Página 12. Enero 2007. http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-785012007-01-02.html • Carvajal, Mariana “Entrevista al Director de la OIM”. Diario Página 12. Enero 2007. • Carvajal, Mariana “Jaque a la Trata.”Diario Página 12. Octubre 2008. http://www.pagina12. com.ar/diario/elpais/1-114043-2008-10-27.html • Carvajal, Mariana “El mapa de la geografía del horror.. “ Diario Página 12. Octubre 2008. • Dillon, Marta “La misma historia” Diario Página 12. Noviembre 2006. http://www.pagina12.com. ar/diario/suplementos/las12/13-3023-2006-11-24.html • Ferreira, Pilar “La Trata de Personas ya se considera delito federal, pero la nueva ley genera polémicas” Diario Clarín. Abril de 2008. • Lipcovich, Pedro. “La Trata ya es un nuevo delito federal” Diario Página 12 Diciembre 2006. • Sandá, Roxana “La ley y la trampa” Diario Página 12. Diciembre 2006. • Sanda, Roxana “Las penas son de nosotras.... “ Diario Página 12. Octubre 2008. • S/D “Diputados aprobó la ley sobre Trata de personas”. Diario La Nación. Abril 2008. • S/D “Ya rige la ley de Trata de personas”. Diario La Nación. Mayo 2008. • S/D “En la provincia se captan víctimas para la Trata” . Publicado en Sin Mordaza. Agosto 2008. • S/D “Piden a Cuenca que aborde el problema de la Trata de personas”. Rosario 3.com. Noviembre 2008. • S/D “Trata de personas: 135 denuncias en menos de una semana” Rosario 3.com. Noviembre 2008. • S/D “Estudian en diputados un proyecto de ley sobre la trata de personas” Sitio web de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe. Sitios WEbs consultados • Mortignoni, Claudio”Tierra de rufianes” en http://martignoni.wordpress.com/2007/11/28/ tierra-de-rufianes/ • www.observatoriodelosderechoshumanos.org • www.avizora.com/temasquequeman/explotacion_sexual_infantil • www.fundacionmariadelosangeles.org • http://www.oimconosur.org/inicio/ Otras redes consultadas • Red no a la trata • Coalición contra la trata de mujeres y niñas • Mujeres Trabajando Films sugeridos • "Vidas Privadas" / www.chayarcomunicacioncooperativa.com
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