CONTRATO DE ALQUILER Conste por el presente documento el contrato de alquiler de departamento que celebran de una parte en su condición de propietario don JUAN CRISOSTOMO OBANDO DURAN identificado con DNI 07249573 con domicilio en el Jr. Martín Olaya 252 Dpto. 401 San Martín de Porres, y de la otra parte en su condición de INQUILINO el Señor Carlos Alberto Huillca Jaramillo identificado con DNI N° 957449396 en los términos siguientes: PRIMERO.- El propietario es titular del inmueble ubicado en el Jr. Martín Olaya 252 Dpto. 401 San Martín de Porres. SEGUNDO.- EL propietario da en alquiler el departamento N° 401 descrito en la cláusula anterior al INQUILINO para uso de vivienda. TERCERO.- Ambas partes acuerdan que el monto de la merced conductiva mensual será de Si. 600.00 (seiscientos soles) la misma que será pagada por mensualidades cumplidas. CUARTO.- El inquilino a la firma del presente deja a favor del propietario la suma de S/ 1200 (mil doscientos soles) por concepto de garantía para el cumplimiento de los extremos del contrato. QUINTO.- La vigencia del presente contrato será de 6 meses y rige a partir del 03 de marzo de 2018 pudiendo ser renovada previo acuerdo de ambas partes con aviso anticipado de 30 días. SEXTO.- Es de cargo del inquilino los pagos que se efectúen por servicios de luz, agua y arbitrios municipales, los cuales no están incluidos en el monto de la merced conductiva. SEPTIMO.- En caso de no renovarse el contrato y el inquilino no entregue el inmueble en la fecha de su vencimiento el inquilino deberá pagar al propietario una penalidad de S/ 10.00 por cada día de atraso más la merced conductiva pactada. OCTAVO.- El propietario entrega al inquilino el departamento en buenas condiciones debiendo ser devuelto al término del contrato en las mismas condiciones. NOVENO.- Para todo lo pactado en el presente contrato rige lo normado en el Código Civil sobre la materia. Ambas partes en señal de conformidad firman el presente contrato.
____________________________
________________________________
JUAN CRISOSTOMO OBANDO DURAN
CARLOS ALBERTO HUILLCA JARAMILLO
PROPIETARIO
INQUILINO