Contrato Arriendo Veh. 2.docx

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHICULOS Entre don WILDO MARCELO CONTRERAS CORTÉS C.I Nº 12.576.665-K, domiciliado en Pasaje Estero de Huanta Nº 387, Población Valle de Elqui, Comuna de Vicuña, por una parte como arrendador, y don JUAN WALTER CONTRERAS CORTÉS C.I. Nº 11.935.179-0, domiciliado en Pasaje Incahuaz Nº 440, Población Aguas de Elqui, Comuna de Vicuña; por la otra parte como arrendataria, se ha convenido el siguiente contrato de arriendo sobre vehículo: PRIMERO: don WILDO MARCELO CONTRERAS CORTÉS, es único y exclusivo propietario del vehículo tipo MINIBUS, Marca JAC, Modelo REFINE 2.8, Motor N° A4020531, Chasis N° LJ16AA3C4B7090410, Nº de Vin LJ16AA3C4B7090410, Color BLANCO, Año 2011, Patente CVXF.51-9.SEGUNDO: Por este acto, don WILDO MARCELO CONTRERAS CORTÉS viene en dar en arrendamiento el vehículo antes singularizado, a don JUAN WALTER CONTRERAS CORTÉS quien lo acepta y recibe para sí y para destinarlo a su uso en transporte de pasajeros de labores agrícolas. El arrendatario declara recibirse del vehículo en buen estado mecánico y de carrocería. Funcionando. Dejan las partes constancia que se ha verificado por el arrendatario el buen funcionamiento especialmente del sistema de frenos, luces de estacionamiento de freno, de transito y de viraje así como el cinturón de seguridad.TERCERO.- El presente contrato tendrá una duración Indefinido con opciones de compra. Al término del arrendamiento el arrendatario deberá devolver el vehículo en el estado en que lo recibió. En el domicilio del arrendador.Sólo podrá ser prorrogado el arriendo mediante convención expresa en este sentido. El atraso en la devolución del vehículo hará incurrir al arrendatario en una multa de $0 por cada día de retardo. Sin perjuicio de las demás acciones civiles o penales que se pudieren intentar en su contra.CUARTO.- El valor del arrendamiento será de $500.000, Quinientos mil pesos mensuales. QUINTO.- Serán de Responsabilidad del ARRENDADOR los gastos producidos por su parte, serán de cargo del ARRENDATARIO los gastos por concepto de El arrendatario no podrá efectuar en el vehículo modificaciones alteraciones tanto en su aspecto exterior o interior ni mecánico. SEXTO.- El vehículo se arrienda sin chofer. De ocurrir algún siniestro o accidente de cualquier naturaleza el arrendatario deba dar aviso de inmediato al arrendador y concurrir hasta la unidad policial mas cercana para dejar constancia del hecho. SEPTIMO.- El vehículo no podrá ser destinado a un uso diferente para el que ha sido diseñado de fabrica (o al uso remunerado o como transporte de servicio publico), o en labores peligrosa o ilícitas. Tampoco podrá ser conducido bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad o bajo la influencia de sedantes, somníferos o drogas. El arrendatario deberá portar al momento de la conducción todos sus documentos de identificación personal y de conductor. El arrendador hace entrega al arrendatario de la siguiente documentación del vehículo: Permiso de Circulación Certificado de Revisión Técnica, comprobante de seguro de accidentes personales, etc.

OCTAVO.- Todo compra de repuestos o mantención del vehículo en arriendo, durante el periodo del presente contrato serán de exclusivo cargo del arrendatario.NOVENO: El arrendatario se hace responsable de todo daño, perjuicio, lesión o muerte causada a tercero, sus bienes o enseres con ocasión o por causa de conducción descuidada, culpable o dolosa. El arrendatario se obliga y compromete al fiel cumplimiento de las normas sobre regulación de transito debiendo responder personalmente por el pago de las multas o indemnizaciones a que resultare obligado o condenado. DECIMO : Son de cargo del arrendatario: a) los daños ocasionados al vehículo o sus accesorios, por si o por un tercero, aun por caso fortuito; b) los daños que se causen a terceros, c) los perjuicios que pueda experimentar por causa de robo. d) etc. En comprobante previa lectura ratifican y firman En Vicuña, Chile, a 03 de Abril de 2013.-

ARRENDADOR C.I. 12.576.665-K

ARRENDATARIO C.I. 11.935.179-0

Autorizo la firma de don WILDO MARCELO CONTRERAS CORTÉS, C.I Nº 12.576.665-K como arrendador, y don JUAN WALTER CONTRERAS CORTÉS C.I. Nº 11.935.179-0 como Arrendatario. En Vicuña, Chile, a 03 de Abril de 2013.-

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