ACCIÓN DE TUTELA Señor Juez: civil municipal E.S.D. Helian Miguel Aponte Aponte, mayor de edad y vecino de Monica Riaño identificado con cedula de ciudadanía N°1007399259 expedida en Madrid Cundinamarca residente en (calle 6 n° 1 -28 barrio san francisco Madrid cund), mediante el presente escrito, interpongo Acción de Tutela para solicitar mi amparo al derecho fundamental de la vida que se me encuentra amenazado o en peligro por las siguientes razones: El dia 7 de noviembre de 2018 el señor luis Diaz fue altanero y grosero agrediéndome verbalmente y con amenaza de muerte. Violando mi derecho a la vida PRUEBAS Tengo en mi poder un video con las agresiones dadas por el señor en el dia anteriormente mencionado NOTIFICACIONES Calle 6 n°1-28 barrio san francisco Madrid Cundinamarca COMPETENCIA Se interpone ante un juez de la República, en el lugar donde ocurriese la violación y/o amenaza al Derecho Fundamental. FUNDAMENTO DEL DERECHO
ARTICULO 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.” Nombre Helian Miguel Aponte Aponte Cédula 1007399259 Dirección calle 6 n°1-28 barrio san francisco Madrid cundinamarca
DERECHO DE PETICION Señores Empresa solutions group SAS E.S.D. Helian Miguel Aponte Aponte, mayor de edad y vecino de Monica Riaño identificado con C.C. N°1007399259 de Madrid cund residente en cll 6 n°1-28 barrio san francisco Madrid invocando el Derecho de Petición consagrado en el Artículo 23 de la Constitución Política me permito relatarle lo siguiente: HECHOS El no pago de nomina en la fecha estipulada por la compañía PETICIÓN Pago de nomina en el tiempo estipulado por la empresa Solutions group SAS ya que en el contrato inicialmente se compromete a pagar el dia 28 de cada mes. En esta ocasión la empresa realizo el pago el dia 2 de noviembre de 2018 PRUEBAS 1 2
Contrato de trabajo Recibo de la consignación en la fecha no estipulada
Artículo 53. El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales: Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad. El estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales. Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna. La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores Atentamente Nombre Helian Miguel Aponte Aponte Cédula 1007399259 Dirección calle 6 n° 1-28 Madrid cundinamarca