ARANCEL DE ADUANAS ANTECEDENTES 1.782 Nace realmente el primer arancel en España con diversidad de partidas, derechos y exenciones con más de 2.700 partidas. 1.841 Se promulga la primera Ley Arancelaria seguida de un nuevo arancel de aduanas. 1849. Se da la nueva Ley de Bases que da lugar a un nuevo arancel de aduanas, con la novedad de numerar las partidas conservando la nomenclatura, un orden alfabético y aparecen los derechos específicos . A partir de esta fecha han aparecido numerosos aranceles, algunos con tenencias proteccionistas, librecambistas , según las necesidades políticas las cuales se fueron perfeccionando poco a poco. 1.906 Se promulga una nueva Ley de Bases Arancelarias con un marcado carácter proteccionista , manteniendo su vigencia has el primero de mayo de 1.960 Los primeros sistemas de clasificación de mercancías y en la mayoría de los casos consistían en:
Simple relación alfabética .
Se aplicaban determinados tributos.
Se pusieron de manifiesto las ventajas en las que no se tomaban en cuenta el gravamen o la
exención .
Se elaboraron aranceles de aduanas basados en criterios sistemáticos tomando en consideración la
naturaleza de la mercancía .
ORIGEN DEL SISTEMA ARMONIZADO 1.970: Los protagonistas del comercio internacional sintieron la necesidad de : a.-) Racionalizar y armonizar los datos de comercio exterior . b.-) Armonizar la designación y codificación de los distintos países de las unidades de cantidades, de los modos y condiciones de transporte y de todo lo relacionado con las mercancías. 1.973 Se determino que la elaboración de un sistema armonizado era indispensable para facilitar a largo plazo el Comercio Internacional : que se debía elaborar partiendo de NCCA y la CUCI 1983 El 14 de junio de ese año El Consejo de Cooperación Aduanera aprobó el CONVENIO INTERNACIONAL DEL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNCION Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS . 1.988 EL 01-08-88, entra en vigencia el Sistema Armonizado en sus idiomas Ingles y Francés DEFINICIÓN DEL ARANCEL DE ADUANAS (Artículo 1º aprobado en el Convenio) Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías o Sistema Armonizado. La nomenclatura que comprende las partidas, subpartidas, y los códigos numéricos correspondientes , las notas de las secciones, de los capítulos , las reglas generales para la interpretación del Sistema Armonizado .
ESTRUCTURA DEL ARANCEL DE ADUANAS El Sistema Armonizado esta conformado por los siguientes elementos que son jurídicamente obligatorios. LAS REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LAS NOMENCLATURAS: El sistema Armonizado es de clasificación coherente ya que asocia cada producto individual en una sola partida (según sea el caso a la subpartida) a la cual ese producto sea únicamente asignado, es por ello que contiene seis reglas generales de interpretación. LAS NOTAS LEGALES (NL) DE SECCION DE CAPITULOS DE SUBPARTIDAS: Algunas secciones y capítulos contienen una serie de notas que forman parte integrante de la Nomenclatura del Sistema Armonizado por lo que tiene valor legal de allí la denominación de Notas Legales.La finalidad principal de las Notas es definir desde el punto de vista legal , el contenido y el alcance exacto y los limites de cada partida agrupando o individualizando mercancías y productos. Se puede decir que existen Notas Legales : Definitorias , Excluyentes, Incluyentes, Limitativas, Ampliatorias, Aclaratorias , etc. LAS NOTAS EXPLICATIVAS Estas Notas Explicativas no son obligatorias pero en la mayoría de los países se les ha dado carácter oficial debido a lo útiles que son a la hora de interpretar la nomenclatura. Estas Notas son parte integrante del Sistema Armonizado y constituyen la interpretación oficial del mismo por lo tanto es un complemento indispensable.
LOS CODIGOS Y TEXTOS DE LAS PARTIDAS Y SUBPARTIDAS En el Sistema Armonizado las partidas y subpartidas están dispuestas en 97 capítulos y estos están agrupados en 21 secciones, distribuidas según sectores económicos y de acuerdo al grado de elaboración van desde materias primas tal como se encuentren en la naturaleza (reino animal, vegetal y mineral) pasando por semiproductos y productos terminados. .......... . ........... .... ORIGEN DEL SISTEMA ARMONIZADO 1.970 Los protagonistas del comercio internacional sintieron la necesidad de: -Racionalizar y armonizar los datos del comercio exterior. -Armonizar la designación y codificación de mercancías de los distintos países. 1.973 Se determinó que la elaboración de un sistema armonizado era indispensable para:
Facilitar el comercio internacional y se debía elaborar partiendo de NCCA y CUCI.
Se considerarían las nomenclaturas de designación de mercancías que respondieran tanto a los
requisitos aduaneros, como estadísticos y delos transportistas.
Se elaboraría bajo los auspicios del C.C.A. y se creó el Comité Interino del S.A.
1.983 El 14 de Junio el Consejo de Cooperación Aduanera aprobó el CONVENIO INTERNACIONAL DEL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN CODIFICACÒN DE MERCANCÍAS.
1.988 El 01-01-88 entra en vigencia el Sistema Armonizado en sus idioma oficiales ingles y francés. 1.990 El primero de mayo entra en vigencia en Venezuela el arancel armonizado. LA NOMENCLATURA ADUANERA Enumeración descriptiva, ordenada y metódica de mercancías objeto de comercio exterior según reglas y criterios técnicos-jurídicos, formando un sistema completo de clasificación. OBJETIVOS - Facilitar el comercio internacional. - Simplificar las negociaciones internacionales. - Utilizan un leguaje aduanero común. - Permite la comparación de los aranceles nacionales. - Facilitar las estadísticas del comercio internacional. SISTEMA ARMONIZADO El sistema armonizado de codifcación y clasificación de mercancías, es una nomenclatura para mercancías de propósitos múltiples utilizada en todas partes del mundo, para la clasificación uniforme de mercancías para los aranceles aduaneros y para la recopilación de estadísticas comerciales externas. Es la nomenclatura que comprende las partidas, subpartidas y los códigos arancelarios correspondientes, las notas de secciones, de capítulos y de subpartidas, así como las reglas generales de para la interpretación de sistema armonizado.
ESTRUCTURA DEL SISTEMA ARMONIZADO Cantidad
Concepto
- Son titulos indicativos que agrupan una o varias categorías de mercancías - Son expresados en nuneros romanos.
Xxi
Secciones
- Son las partes desgragades de una sección. - Son expresado en umeros arábigos. - Existen 97 capitulos. - El 77 esta reservado.
97
Capitulos
- son codigos de cuatro (4) cifras en las que se expresan
una
o varias mercancías, tambien categorías de mercancías. 1.241
Subpartidas
- Son codigos de seis cifras - De diferentes titulos: 1er nivel 2do nivel. cerrada
5.113
Reglas generales interpretación
- Asegurar la interpretación del s.a. de
- Uniformar la correcta ubicación de las mercancías en la nomenclatura de s.a. para que un producto tenga una sola clasificación.
- Precisa los elementos que se deben tomar en consideración a nivel de partida y de subpartida. 6
Notas legales
- De seccion - De capitulo - De subpartida
ARANCEL ARMONIZADO Esta conformado por ocho (8) a diez dígitos segun se trate de subpartidas subregionales. Este codigo identifica las distintas aperturas de las siguientes formas: Los dos primeros dígitos, el capitulo. El tercero y el cuarto, la partida. El quinto y el sexto, la subpartida del sistema armonizado. El séptimo y el octavo, las subpartidas, subregionales. El noveno y décimo, las subpartidas nacionales, correspondientes a las aperturas particulares de cada miembro.
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ARANCEL DE ADUANAS. NOMENCLATURA
TARIFA
RÉGIMEN LEGAL
NOMENCLATURA Relación clasificada, ordenada y codificada de las mercancías objeto de comercio internacional.
TARIFA Elemento de la determinación tributaria. Representa la cantidad de tributos aplicables a los hechos imponibles. CLASIFICACIÓN DE TARIFAS ADUANERAS. TARIFA AD-VALOREM Es la cantidad porcentual (%) de tributo aplicable al valor de las mercancías para el monto de la obligación tributaria. TARIFA ESPECIFICA Es la cantidad de tributos aplicable a una medida (unidades del sistema métrico decimal) de las mercancías para determinar el monto de la obligación tributaria.
TARIFA MIXTA Es la combinación de tarifas ad-valorem y especifica. La obligación porcentual se determina aplicando tanto una cantidad porcentual de tributos al valor de las mercancías, como unidad de tributo a una medida de la misma Régimen legal. Comprende las restricciones y demás requisitos exigidos en el propio arancel. Se aplica a las importaciones, exportaciones y transito. ESTABLECE LAS CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LAS PREFERENCIAS ARANCELARIAS OTORGADAS POR VENEZUELA MEDIANTE TRATADOS O CONVENIOS INTERNACIONALES. VENTAJAS DEL SISTEMA ARMONIZADO. NOMENCLATURA ARANCELARIA - ASEGURA LA UNIFORMIDAD INTERNACIONAL DE LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA EN LOS PAÍSES QUE LA UTILIZAN. - INTEGRA INFORMACIONES PROCEDENTES DE TODAS LAS REGIONES DEL MUNDO Y DE PAÍSES QUE SE HALLAN EN DISTINTOS NIVELES DE DESARROLLO.
COMO NOMENCLATURA ESTADÍSTICA. - SE TRATA DE UNA NOMENCLATURA ESTADÍSTICA - MAS
COMPLETA
Y
POLIVALENTE,
DESTINADA
A
FACILITAR
LA
RECOPILACIÓN,
COMPARACIÓN Y ANÁLISIS DE LAS ESTADÍSTICAS. - PROPICIA UNA CORRELACIÓN LO MÁS ESTRECHA POSIBLE ENTRE LAS ESTADÍSTICAS COMERCIALES DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN Y LAS ESTADÍSTICAS DE PRODUCCIÓN. PARA LA INDUSTRIA, EL COMERCIO Y EL TRANSPORTE. - CONTARAN CON ESTADÍSTICAS NACIONALES E INTERNACIONALES MÁS FIABLES Y DETALLADAS. - FACILITARÁ LAS TRANSACCIONES AL PODER USAR EL CÓDIGO DEL SISTEMA ARMONIZADO EN
LAS
FACTURAS,
CONTRATOS
DE
TRANSPORTE,
DECLARACIONES
DE
ADUANA,
FORMULARIOS, ETC. PARA LOS PAÍSES EN DESARROLLO. - PERMITIRÁ DESARROLLAR UN PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA. - FAVORECERÁ LAS NEGOCIACIONES ARANCELARIAS BILATERALES Y MULTILATERALES. - LA NANDINA. ES LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN DE LOS PAÍSES MIEMBROS
DEL ACUERDO DE CARTAGENA BASADA EN EL SISTEMA ARMONIZADO LA CUAL SERÁ APLICADA A LA UNIVERSIDAD DE LOS PRODUCTOS Y A LA TOTALIDAD DEL COMERCIO. OBJETIVO. COMO INSTRUMENTO COMUNITARIO SIRVE PARA EXPRESAR LOS DISTINTOS MECANISMOS PREVISTOS EN EL ACUERDO DE CARTAGENA QUE REQUIERAN DE UNA EXPRESIÓN UNIVERSAL Y UNIFORME EN LA DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS- COMO NOMENCLATURA BASE DE LOS ARANCELES DE ADUANAS: SIRVE PARA EXPRESAR LA POLÍTICA COMERCIAL Y ARANCELARIA DE LOS PAÍSES MIEMBROS EN SUS ARANCELES DE ADUANAS PUDIENDO LLEGARSE A MAYORES REGLAS GENERALES DE INTERPRETACIÓN. Son seis las reglas generales. Se aplican en orden jerárquico. Las cinco primeras reglas se refieren a las partidas de cuatro dígitos.