ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO VICENTE EBERARDO COLACHAGUA FLORES
Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) VICENTE EBERARDO COLACHAGUA FLORES identificado(a) con DNI Nº 41775539, con domicilio en la Calle Lisboa 173 Urbanización Los Portales de Javier Prado 2da Etapa, Distrito de Ate, Provincia y Región De Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual Transportes Flores Hurtado contrató los servicios de don (ña) VICENTE EBERARDO COLACHAGUA FLORES para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA, La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 850,00 (MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
__________________________ VICENTE EBERARDO COLACHAGUA EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO ALEX GLICERO GUERRERO LUNA Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) ALEX GLICERO GUERRERO LUNA, identificado(a) con DNI Nº 44522182, con domicilio en el AA. HH. Grupo Argentina Mz. K Lote 18, Distrito de Ate, Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) ALEX GLICERO GUERRERO LUNA para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
____________________ ALEX GLICERO GUERRERO LUNA EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO AMERICO SANCHEZ HURTADO Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) AMERICO SANCHEZ HURTADO identificado(a) con
DNI N° 21126126, con domicilio en AA HH. Los Progresistas Mz.M Lote 3, Distrito de Ate Vitarte, Provincia y Región De Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) AMERICO SANCHEZ HURTADO para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por la Empresa de Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
__________________________ AMERICO SANCHEZ HURTADO EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO CARLOS BALDEON BALDEON Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) CARLOS BALDEON BALDEON identificado(a) con DNI N° 10051544, con domicilio UCV 50 lote 6, ZONA "C" Huaycan AA HH Distrito de Ate Vitarte Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de julio del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) CARLOS BALDEON BALDEON para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
___________________________ CARLOS BALDEON BALDEON EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO EDGARDO DONATO QUISPE HUALLPA Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) EDGARDO DONATO QUISPE HUALLPA identificado(a) con DNI N°40001736, con domicilio en Av. San Juan Mz. A4 Lote 7 Asociación El Rosal Distrito de Ate Vitarte Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) EDGARDO DONATO QUISPE HUALLPA para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
___________________________ EDGARDO DONATO QUISPE HUALLPA EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO GILVER ROBERTO ARIAS FLORES Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) GILVER ROBERTO ARIAS FLORES identificado(a)
con DNI N°46294734, con domicilio en Calle Las Magnolias Mz. R Lote 2 Distrito de Ate Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) GILVER ROBERTO ARIAS FLORES para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
___________________________ GILVER ROBERTO ARIAS FLORES EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO HENRY ALFIERY QUISPE DE TOMAS Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) HENRY ALFIERY QUISPE DE TOMAS identificado(a)
con DNI N° 07896512, con domicilio en Jr. Cajamarca 580 Pucusana Distrito de Lima Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) HENRY ALFIERY QUISPE DE TOMAS para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
___________________________ HENRY ALFIERY QUISPE DE TOMAS EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO HUGO ALBERTO VEGA LEONARDO Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) HUGO ALBERTO VEGA LEONARDO identificado(a)
con DNI N° 21125821, con domicilio en la Calle 3Asociacion Sapotal, etapa 1ra Mz. D-13, lote 31 distrito de Santa Anita Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) HUGO ALBERTO VEGA LEONARDO para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. La EMPRESA DE TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
___________________________ HUGO ALBERTO VEGA LEONARDO EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO JAIME SEDANO ARECHE Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) JAIME SEDANO ARECHE identificado(a) con DNI N° 70239085, con domicilio en el Pasaje Santa Rosa Mz. B Lote 27, AA. HH. Distrito de Lurigancho, Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de julio del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) JEIME SEDANO ARECHE para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
______________________ JAIME SEDANO ARECHE EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO JOSE LUIS QUINTO HUALLPA Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) JOSE LUIS QUINTO HUALLPA identificado(a) con
DNI N° 40832961, con domicilio en la Calle Lisboa 173 Urb. Los Portales de Javier Prado 2da Etapa, Distrito de Ate, Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) JOSE LUIS QUINTO HUALLPA para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por la Empresa de Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 750,00 (SETECIENTOS CINCUENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
_______________________ JOSE LUIS QUINTO HUALLPA EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO JUAN CESAR CALDERON SANTILLAN Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) JUAN CESAR CALDERON SANTILLAN
identificado(a) con DNI N° 21125795, con domicilio en Calle 30 Asociación La Encalada 1ra Etapa Mz. O Lote 17 Distrito de Santa Anita, Provincia y Región De Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) JUAN
CESAR CALDERON SANTILLAN para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por la Empresa de Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
___________________________ JUAN CESAR CALDERON SANTILLAN EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO MIGUEL ANGEL IZQUIERDO QUISPE Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) MIGUEL ANGEL IZQUIERDO QUISPE
identificado(a) con DNI N° 41268754, con domicilio en Av. San Juan Mz. A4 Lote 7 Asociación El Rosal Distrito de Ate Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) MIGUEL ANGEL IZQUIERDO QUISPE para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
___________________________ MIGUEL ANGEL IZQUIERDO QUISPE EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO
NILTON FEDER CARRERA QUISPE Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) NIL TON FEDER CARRERA QUISPE identificado(a)
con DNI N°42208955, con domicilio en Asociación De Vivienda Viren Del Carmen MZ.R Lote 2 Distrito de Ate Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) NIL TON FEDER CARRERA QUISPE para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
___________________________ NIL TON FEDER CARRERA QUISPE EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO
PABLO ANTONIO INGA ROSALES Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) PABLO ANTONIO INGA ROSALES identificado(a)
con DNI N° 21106741, con domicilio en El Anexo Ya roca Provincia de Tarma Región de Junín, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) PABLO ANTONIO INGA ROSALES para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
___________________________ PABLO ANTONIO INGA ROSALES EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO
SANID MAGALI SALCEDO CARHUANCHO Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don(ña) SANID MAGALI SALCEDO CARHUANCHO
identificado(a) con DNI N° 47058762, con domicilio en la Calle Lisboa 173 Urb. Los Portales de Javier Prado 2da. Etapa, Distrito de Ate, Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado en adelante EL CONTRATO, mediante el cual Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) SANID
MAGALI SALCEDO CARHUANCHO para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por la Empresa de Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
___________________________ SANID MAGALI SALCEDO CARHUANCHO EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO SUSAN OLIVIA COLPA NOLBERTO Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) SUSAN OLIVIA COLPA NOLBERTO identificado(a) con DNI N° 40125448, con domicilio en la Av. Colonial N° 3008, Condominio Alto Colonial Dto. 504 Torre Nogal, Cercado de Lima Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de julio del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) SUSAN OLIVIA COLPA NOLBERTO para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
______________________________ SUSAN OLIVIA COLPA NOLBERTO EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO YUSTIN LEHER FLORES CABEZAS Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) YUSTIN LEHER FLORES CABEZAS identificado(a) con DNI N° 71777121, con domicilio en la Calle Lisboa Mz. L1 Lote 41 Urbanización Los Portales de Javier Prado Distrito de Ate, Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) YUSTIN LEHER FLORES CABEZAS para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
______________________________ YUSTIN LEHER FLORES CABEZAS EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO GILBERTO RAFAEL GUTIERREZ PALOMINO Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) GILBERTO RAFAEL GUTIERREZ PALOMINO identificado(a) con DNI N° 09550107, con domicilio en la Av. San Luis Urb. La Moras Distrito de San Luis, Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) GILBERTO RAFAEL GUTIERREZ PALOMINO para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
______________________________ GILBERTO RAFAEL GUTIERREZ PALOMINO EL TRABAJADOR
ADENDA DE CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO ELIO HUAMAN FLORES Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) ELIO HUAMAN FLORES identificado(a) con DNI N°
42221630, con domicilio en la Calle Italia 195 Urbanización Los Portales de Javier Prado 2da Etapa, distrito de Ate, Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de abril del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) ELIO
HUAMAN FLORES para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 750,00 (SETECIENTOS CINCUENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
____________________ ELIO HUAMAN FLORES EL TRABAJADOR
CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO DETERMINADO JUAN LORENZO HURTADO QUINTO Conste por el presente documento la ADENDA AL CONTRATO DE TRABAJO POR SERVICIO ESPECIFICO, que celebran de una parte TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. con R.U.C. Nº 20486905302 con sede institucional en la Calle Grecia 102 Urb. Los Portales de Javier Prado II etapa, distrito Ate, provincia y región de Lima Metropolitana, debidamente representado por don, DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO identificada con DNI. Nº 41112804 en su condición de Gerente General, debidamente inscrita en los Registros Públicos con la partida N° 11015521, que en lo sucesivo se denominará LA EMPRESA; y de otra parte don (ña) JUAN LORENZO HURTADO QUINTO
identificado(a) con DNI N° 42221630, con domicilio en la Calle Italia 195 Urbanización Los Portales de Javier Prado 2da Etapa, distrito de Ate, Provincia y Región de Lima Metropolitana, a quien en lo sucesivo se le denominara EL TRABAJADOR en las condiciones y términos siguientes: ANTECEDENTES: 1.1. TRANSPORTES FORES HURTADO S.R.L. es una empresa con el rubro de transporte de Carga pesada y liviana, que imparte a su cartera de clientes un eficaz cumplimiento del servicio de transporte, el mismo que nos regimos bajo el reglamento aprobado por el Decreto Legislativo Nº 728, ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97TR, y el Reglamento Interno de la EMPRESA. 1.2. Con fecha 01 de octubre del 2015 se suscribió un contrato a plazo determinado por tres meses EL CONTRATO, mediante el cual la Empresa de Transportes Flores Hurtado contrato los servicios de don (ña) JUAN LORENZO HURTADO QUINTO para que presente sus servicios con la finalidad de dar cumplimiento a las metas y objetivos trazadas por Transportes Flores Hurtado. 1.3. Estando próximos el vencimiento de EL CONTRATO, y considerando la subsistencia de la necesidad del área usuaria respecto al servicio brindado por EL TRABAJADOR, la oficina de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia General y Asesoría Legal han Solicitado la renovación del Contrato de Servicios Señalados.
CLAUSULA PRIMERA. TRANSPORTES FLORES HURTADO S.R.L. prorroga la vigencia del CONTRATO, por el periodo comprendido entre 01 de abril del 2016 al 30 de junio del 2016, para la continuación de los servicios contratados la misma que es motivada por necesidades propias de la EMPRESA. La retribución económica materia de la presente adenda es igual a la establecida en EL CONTRATO primigenio y asciende a la suma de S/ 1 000,00 (UN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) por periodo mensual el mismo que incluye la asignación familiar.
CLAUSULA SEGUNDO. Queda subsistente las demás clausulas señaladas en EL CONTRATO en todo aquello que no se oponga a lo señalado en la presente adenda. Las partes contratantes suscriben la presente adenda, en dos ejemplares de igual contenido y valor en la ciudad de lima, a los 01 de abril del 2016.
__________________________ DENEFIAS FIDEL FLORES HURTADO EL EMPLEADOR
__________________________ JUAN LORENZO HURTADO QUINTO EL TRABAJADOR