REPÚBLICA DE COLOMBIA GOBERNACIÓN DEL PUTUMAYO “Oportunidades para todos”
Despacho del Gobernador
PROYECTO DE ORDENANZA No. 711 (ABRIL 22 DE 2009) Por medio de la cual se autoriza al señor Gobernador del Departamento del Putumayo para negociar, gestionar y contratar una Operación de Crédito con la Nación, banca Nacional, Multilateral o similar para el Departamento, con el fin de apalancar y soportar las indemnizaciones resultantes de la Reestructuración Administrativa de la Administración central de la Gobernación del Putumayo y DASALUD. LA HONORABLE ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL PUTUMAYO, En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales en especial las conferidas en el artículo 300 numeral 9 de la Constitución Política, el artículo 216 del Decreto 1222 de 1986 y el Decreto 111 de 1996, concordante con la Ordenanza 168 de 1996. ORDENA: ARTICULO PRIMERO.- Autorizar al señor Gobernador del Departamento del Putumayo para negociar, gestionar y contratar una Operación de Crédito con la Nación, banca Nacional, Multilateral o similar para el Departamento, con el fin de apalancar y soportar las indemnizaciones resultantes de la Reestructuración Administrativa de la Administración central de la Gobernación del Putumayo y DASALUD PUTUMAYO , para lo cual podrá otorgar las garantías adecuadas y necesarias para el perfeccionamiento de los actos que aquí se autorizan. ARTICULO SEGUNDO.- Autorizar al señor Gobernador del Departamento del Putumayo, para negociar y contratar un empréstito interno o externo hasta por la suma de CUATRO MIL OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($4.800.000.000,oo) para ser invertidos en el pago de las indemnizaciones resultantes de la Reestructuración Administrativa de la Administración central de la Gobernación del Putumayo y DASALUD PUTUMAYO, previo al cumplimiento de los requisitos técnicos, financieros, fiscales, legales y constitucionales para tales efectos. ARTICULO TERCERO.- Para garantizar la realización del crédito externo se autoriza ejecutar las operaciones de crédito público, las de manejo de deuda pública, sus asimiladas, conexas, otorgar las garantías y contragarantías adecuadas a juicio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. De igual manera se autoriza realizar los contratos, pignorar las rentas por concepto de Participación Regalías Petroleras, y pagos necesarios para cumplir con el objeto de la presente Ordenanza.
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ARTICULO CUARTO.- El término para hacer uso de la autorización a que se refiere esta Ordenanza será por el término de seis (06) meses a partir de su sanción y publicación. ARTICULO QUINTO.- La presente ordenanza rige a partir de la fecha de sanción por parte del Gobernador del Departamento del Putumayo y la respectiva publicación en la Gaceta Departamental. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Mocoa, a los veinte (20) días del mes de Abril de 2008.
JHON ALEXANDER MURILLO BAUTISTA
EMILIO ERNESTO ORTEGA
Presidente Asamblea Departamental
Secretario General
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EXPOSICION DE MOTIVOS Presento a consideración de la Honorable Asamblea Departamental el proyecto de Ordenanza “Por medio de la cual se autoriza al señor Gobernador del Departamento del Putumayo para negociar, gestionar y contratar una Operación de Crédito con la Nación, banca Nacional, Multilateral o similar para el Departamento, con el fin de apalancar y soportar las indemnizaciones resultantes de la Reestructuración Administrativa de la Administración central de la Gobernación del Putumayo y DASALUD” basado en los siguientes motivos: El Departamento del Putumayo, suscribió con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), Dirección de Apoyo Fiscal (DAF) el Otrosí Numero 4 al convenio de desempeño suscrito el 18 de julio de 1995 con el fin de recuperar la viabilidad financiera del Departamento donde adquirimos los siguientes compromisos: 1. Revisión de legalidad de pensiones 2. Constitución y capitalización del patrimonio autónomo 3. Actualización del calculo actuarial de los pensionados 4. Reestructuración administrativa 5. Constitución y capitalización del fondo de contingencias 6. Depuración, determinación y pago de pasivos ciertos 7. Financiación del pasivos por homologación y nivelación salarial 8. Tramitar ordenanza con facultades 9. Constitución Encargo Fiduciario de Recaudo, Administración, Garantía y pagos 10. Presentación de informes En la Clausula Tercera de este convenio el MHCP se compromete a adelantar las gestiones necesarias para que el Departamento obtenga un crédito de $4.800 Millones en condiciones blandas que deberá destinar a la financiación de las indemnizaciones y pasivos con el personal de deba salir de la administración en aplicación de la reestructuración. El 31 de diciembre de 2008, el Señor Gobernador del Putumayo expidió el decreto 346 por medio del cual se modifica la estructura administrativa de la gobernación del Putumayo, se definen sus unidades administrativas los procesos as su cargo y la planta de personal globalizada. El 31 de diciembre de 2008 el Gobernador del Departamento del Putumayo, expidió el decreto 0347 por medio del cual se conforman los equipos de trabajo, entre ellas la secretaria de Salud. Palacio Departamental – Calle 8 No. 7-40 Mocoa Conmutador 098-4295494, 4295473, 4295254, 4295497, 4295236, Ext. 113 Fax: 098-4296189 E-mail:
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El 31 de diciembre de 2008 el Gobernador del Departamento del Putumayo, expidió el decreto 0348, por medio del cual se ordena la supresión y liquidación del Departamento Administrativo de Salud del Putumayo –DASALUD PUTUMAYO Como se puede evidenciar, en cumplimiento del convenio de desempeño suscrito con el MHCP, nos vimos en la obligación de expedir el paquete de decretos de reestructuración y liquidación de dasalud, por ello con la autorización solicitada, esperamos cumplir con el compromiso adquirido.
Cordialmente,
CARLOS ALEJANDRO BUCHELLY Secretario Delegatario con funciones de Gobernador Decreto 0074 del 20 de Abril de 2.009
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