ABC del Registro Único de Proponentes -RUP-
Conferencista: Laura Catalina Zuluaga Meneses Abogada asesora. Dirección de Registros
Contenido Primera parte : ELEMENTOS GENERALES DEL RUP
•¿Qué es el RUP? •¿Por qué el RUP? •Herramienta RUES. •¿Cuál es el régimen jurídico del RUP? •¿Quiénes se inscriben en el RUP? •¿En qué casos no se requiere del RUP? •Principales aspectos el Decreto 1510 de 2013 frente al RUP (Decreto 1082 de 2015) •Clasificación •Clasificador estándar de bienes y servicios de la ONU (UNSPSC) •Actos sujetos a registro en el RUP Segunda Parte : REQUISITOS HABILITANTES Y SOPORTES DOCUMENTALES •Requisitos habilitantes •Soportes documentales: •Capacidad Jurídica •Experiencia •Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional •Otros documentos obligatorios •Sistema Preventivo de Fraudes – SIPREF
PRIMERA PARTE ELEMENTOS GENERALES DEL RUP
¿Qué es el RUP? Es un registro administrado por las Cámaras de Comercio en virtud de expresa habilitación legal, como sistema documental en el que se hace constar la información sobre los requisitos habilitantes y la clasificación de todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia que aspiren a celebrar contratos con las Entidades Estatales (salvo las excepciones de Ley), junto con la información mensual remitida por las Entidades Estatales sobre contratos que les han sido adjudicados, tengan en ejecución o estén ejecutados, incluyendo las multas y sanciones en firme relacionadas con estos o con la conducta profesional del inscrito.
Contrato ejecutado Contrato
Proceso de licitación
RUP
¿Por qué el RUP? Consecuencia del Principio de la Selección Objetiva (Art. 29 Ley 80/93 Subrogado Art. 5º Ley 1150 de 2007) Separar al proponente de la oferta y evaluarlo por separado
Verificación de las condiciones del proponente “sin puntajes” Pasa – No pasa
Requisitos habilitantes proporcionales al objeto de la contratación Experiencia
Capacidad financiera
Capacidad Jurídica
Capacidad de Organización
RÉGIMEN JURÍDICO DEL RUP
C.N. Art. 150 Inc. final.
Ley 80 de 1993 / Art. 6º Ley 1150 de 2006, modificado Art. 211 Decreto ley 19 de 2012 (EGCAP)
DECRETO 1082 DE 2015 Decreto 1510 de 2013
Circular Externa 02 del 31 de enero de 2014 Superintendencia de Industria y Comercio* y demás circulares y resoluciones
¿Quiénes se inscriben en el RUP? Toda persona* que pretenda celebrar contratos con el Estado:
Personas Naturales y Personas Jurídicas extranjeras, con domicilio o sucursal en Colombia. Personas Naturales y Personas Jurídicas nacionales
Cámaras de Comercio y Entidades Públicas*
RUP
Los consorcios y las uniones temporales no se inscriben en el RUP, quienes se inscriben son sus integrantes. Lo mismo sucede para el registro mercantil.
¿En qué casos no se requiere del RUP? Contratación directa
Contratos para la prestación de servicios de salud
Contratos de mínima cuantía
Enajenación de bienes del Estado
Contratos que tengan por objeto la adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente constituidas
Los actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales e industriales propias de las empresas industriales y comerciales del Estado y as sociedades de economía mixta
Los contratos de concesión de cualquier índole
Personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sin sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales
Principales aspectos del Decreto 1510 de 2013 ahora Decreto 1082 de 2015 frente al RUP CLASIFICACIÓN DE LOS PROPONENTES: Clasificador estándar de Bienes y servicios de la ONU.
ACTIVIDADES DE LOS PROPONENTES: desaparecen las actividades genéricas de construcción, consultoría y proveeduría. En adelante todos son “proponentes”.
TÉRMINOS PARA REALIZAR LA RENOVACIÓN: Del primero de enero hasta el 5º día hábil del mes de abril de cada año. Para este año la renovación es hasta el 7 de abril.
REQUISITOS HABILITANTES: los proponentes determinarán los factores de sus requisitos habilitantes bajo parámetros comunes. Solo se distingue entre personas jurídicas y personas naturales.
Principales aspectos del Decreto 1510 de 2013 frente al RUP REPORTE DE ENTIDADES DEL ESTADO: Sanciones e inhabilidades permanecerán en el certificado por el término que dure la sanción o la inhabilidad; las multas permanecerán un (1) año contado a partir de su publicación (Antes permanecían 5 años contados desde la inscripción). Continuará la certificación de la inhabilidad por incumplimiento reiterado.
Clasificación Decreto 1510 del 17 de julio de 2013
¿En qué se clasifica el proponente?
El proponente se clasifica dentro de los Bienes, Obras o Servicios que ofrecerá a las Entidades Estatales.
¿Qué sistema de codificación utiliza el proponente?
El proponente se autoclasifica de acuerdo al Clasificador de Bienes y Servicios de la ONU (UNSPSC) en el tercer nivel: 1. segmento; 2. Familia; 3. clase. (seis dígitos). La versión implementada en Colombia es la UNSPSC V.14.080, traducida al español.
¿En cuántos códigos puede clasificarse el proponente?
El proponente puede clasificarse dentro de los bienes, obras o servicios que estime corresponden a su experiencia, sin restricción.
Clasificador de bienes y servicios ARREGLO JERÁRQUICO El UNSPSC es una clasificación de cinco niveles; no obstante, el último nivel denominado “Función de Negocio”, no es muy utilizado. El RUP empleará la codificación hasta el tercer nivel (*). Niveles jerárquicos del Código:
Fuente: http://www.colombiacompra.gov.co/sites/default/files/manuales/manualclasificador.pdf
Clasificador de bienes y servicios ESTRUCTURA LÓGICA Organiza los segmentos en las etapas de generación de valor a los productos
Fuente: http://www.colombiacompra.gov.co/sites/default/files/manuales/manualclasificador.pdf
Clasificador de bienes y servicios Ejemplo: mi empresa fabrica “botas platineras”
Segmento
Familia
Clase
Producto
Codificación que usará en el RUP: 461816
Clasificación BUSCADORES CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS http://www.colombiacompra.gov.co/es/Clasificacion
Actos sujetos a registro en el RUP Actos
Decreto 1510 del 17 de julio de 2013
Inscripción
En cualquier tiempo (aplica para nuevos proponentes y proponentes cesados de efectos)
Renovación
A más tardar el quinto (5) día hábil del mes de abril de cada año (Art. 8 Decreto 1510 de 2013)
Actualización
La persona inscrita en el RUP puede actualizar la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica en cualquier tiempo (Art. 8 Decreto 1510 de 2013) Aplica para la actualización “por traslado de domicilio”.
Cancelación
En cualquier tiempo (Art. 8 Decreto 1510 de 2013)
SEGUNDA PARTE REQUISITOS HABILITANTES Y SOPORTES DOCUMENTALES
REQUISITOS I (Requisitos habilitantes) Experiencia
Contratos ejecutados en cada uno de los bienes, obras y servicios que ofrecerá al Estado
Capacidad jurídica
Capacidad de ejercicio del proponente. Capacidad y limitaciones de los representantes legales.
Capacidad financiera
Capacidad Organizacional
Índice de liquidez: activo corriente/pasivo corriente
Rentabilidad del patrimonio: utilidad operacional/patrimonio
Índice de endeudamiento: pasivo total/activo total
Rentabilidad del activo: utilidad operacional/activo total
Razón cobertura intereses: utilidad operacional/gastos de intereses
Formulario RUES – Anexo RUP Dentro del formulario RUES, la información concerniente al RUP se encuentra en: Formulario RUES (Hoja 1) módulos 1 al 3 (Datos básicos). Anexo 2 RUP Módulos 1 al 9. (Anexo Formulario RUP)*
DILIGENCIAMIENTO DE FORMULARIO PARA INSCRIPCIÓN 1. Diligenciamiento de formulario Ingrese a www.camaramedellín.com.co Seleccione la opción servicios registrales Elija la opción “Registro Único de Proponentes” e ingrese a servicios virtuales. Solicite su clave registrándose como usuario nuevo, en la parte inferior del recuadro para el ingreso. Si tiene usuario y contraseña ingrese la información requerida. Si olvidó la contraseña, ingrese a la opción “olvidó su clave” e ingrese el correo electrónico registrado para la obtención de su clave inicial. Una vez obtenida la contraseña, diligencie el formulario de manera completa.
DILIGENCIAMIENTO DE FORMULARIO PARA INSCRIPCIÓN Clasificación de la empresa en grande, mediana, pequeña o microempresa: La ley 590 de 2000 en el artículo 2, define los conceptos de la siguiente manera: Gran Empresa: Planta de personal superior a los 200 trabajadores y activos totales superiores a 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Mediana empresa: Planta de personal entre 51 y 200 trabajadores y activos totales por valor entre 5.001 y 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Pequeña Empresa: Planta de personal entre 11 y 50 trabajadores y activos totales por valor entre 501 y menos de 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Microempresa: Planta de personal no superior a los 10 trabajadores y activos totales por valor inferior a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes. *Si se presentan combinaciones de parámetros de planta de personal y activos totales diferentes a los indicados, el factor determinante para la selección del tamaño de la empresa, será el de activos totales (parágrafo 1° artículo 2, de la ley 590 de 2000)
Soportes documentales
Soportes documentales
Soportes documentales
Soportes documentales
RENOVACIÓN RUP TENGA EN CUENTA: Si bien el aplicativo virtual de diligenciamiento del formulario RUP, permite la descarga de un archivo en formato PDF que se construye con toda la información reportada, el proponente solo está obligado a presentar los anexos si está inmerso en una de las siguientes descripciones: Anexo de Situaciones de control o Grupo Empresarial: Sólo se imprime y presenta si modifica su información. De lo contrario este contenido ya está consignado en el expediente.
Anexo de Clasificación: Obligatorio presentarlo en todos los casos, indicando en el módulo 6 el número total de folios que se aportan al trámite.
Anexo de experiencia: Sólo si modifica o adiciona contratos.
Anexos de capacidad jurídica para no matriculados o inscritos en el Registro Mercantil o Entidades sin Ánimo de Lucro: Si la persona jurídica no matriculada no manifiesta haber tenido variación alguna en este tópico, no tiene que presentar nuevamente todos estos anexos del formulario, pues los mismos ya obran en el expediente.
*CONSULTA DE FORMATOS. Consulte los modelos y formatos de certificación necesarios para su trámite en http://www.camaramedellin.com.co/site/ServiciosRegistrales/Registro-UnicodeProponentes.aspx?utm_source=Servicios_registrales&utm_medium=web&utm_campaign=SubMenu-ServiciosRegistrales-RegistroUnico. Cada formato debe estar firmado por quienes corresponda.
RENOVACIÓN RUP Documentos soportes para la renovación en el RUP de personas jurídicas matriculadas o inscritas en el Registro Mercantil o Entidades sin ánimo de Lucro de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia.
Formulario RUES seleccionando la opción “Renovación” correspondiente al RUP, completamente diligenciado y firmado en original por el representante legal de la persona jurídica. Certificación sobre el cumplimiento, de obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, suscrito por el revisor -fiscal o en su defecto por el representante legal. Para ello puede utilizar el formato disponible en www.camaramedellin.com.co
Información sobre tamaño Empresarial: Solo si este requisito ha variado, será necesario aportar el modelo de certificación No. 1. Estados financieros con fecha de corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la solicitud de renovación en el RUP, suscritos por el contador de la empresa y el representante legal. Se elaborarán en moneda colombiana. Estados Financieros básicos: Balance general, estado de Resultados, estado de cambios en el patrimonio, estado de cambios en la situación -Financiera y estado de flujos de efectivo. Certificación de los estados financieros, suscrita por el contador que preparó los estados financieros y el representante legal. Dictamen a los estados financieros certificados, suscrito por el Revisor Fiscal o a falta de éste, por un contador público independiente (distinto al contador de la empresa). Notas de los estados financieros preparadas por la administración de la persona jurídica. La información financiera reportada en la renovación del RUP, debe coincidir con la información financiera presentada para el mismo año, en la renovación del Registro Mercantil o Entidades sin Ánimo de lucro
RENOVACIÓN RUP
Las personas jurídicas con información -financiera diferente a la prevista en el Decreto 1082 de 2015 en cuanto los nombre de los rubros contables, deben acreditar las equivalencias mediante su homologación certificada por contador o revisor fiscal si se tiene, indicando el nombre del rubro contable según el Decreto 1082 de 2015 y el nombre del rubro contable al cual equivale en los documentos que soportan la capacidad financiera. Puede utilizar el modelo 13.
Anexo de las principales cuentas detalladas: Puede utilizar el primer formato disponible en:
www.camaramedellin.com.co/site/Servicios-Registrales/Registro-Unico-de-Proponentes/Inscripcion/Modelos-decertificacion.aspx
RECUERDE: Es necesario diligenciar todas las cuentas reportadas en el anexo. Si el rubro no existe o no tiene un valor asignado en la contabilidad del proponente, diligéncielo en cero (0).
Si la persona jurídica no hace parte de un grupo empresarial o situación de control, debe presentar siempre para la renovación, certificación donde manifieste lo anterior, suscrita por representante legal y revisor fiscal si se tiene o en su defecto, por contador. Puede utilizar el modelo N° 15.
RENOVACIÓN RUP
Si la Situación de Control o el Grupo Empresarial, del cual hace parte la persona jurídica desde la inscripción del año anterior a la renovación que se solicita en el RUP, no ha sido modificada, no es necesaria la certificación o el Modelo 14 donde consta que hace parte de una de las dos figuras jurídicas descritas. Si la persona jurídica no hacía parte de un Grupo Empresarial o situación de control para la inscripción o renovación en el RUP correspondiente al año inmediatamente anterior a la renovación del año en curso, y actualmente hace parte de una de las figuras jurídicas descritas, es necesario reportar la novedad en el formulario y mediante la certificación o el modelo N° 14. Personas que sean Matrices o Controlantes dentro de una Situación de Control o Grupo Empresarial, deben presentar los estados financieros consolidados de todo el grupo o situación de control suscritos por el representante legal y el contador que los preparó.
Copia de la tarjeta profesional de cada contador público o auditor que suscriba documentos y certi-ficaciones para la inscripción en el RUP.
Impresión del certi-ficado digital original de vigencia y antecedentes disciplinarios de cada contador público que suscriba documentos y certi-ficaciones para la inscripción en el RUP. Descárguelo del sitio web www.jccconta.gov.co con máximo tres meses de expedición por parte de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores.
Formas de acreditar la experiencia: Debe corresponder a contratos ejecutados
Formas de acreditar la experiencia: Sólo se presentan los soportes documentales de los contratos que se modifican o adicionan.
RENOVACIÓN RUP IMPORTANTE: LA MODIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS PRESENTADOS EN LA INSCRIPCIÓN O RENOVACIÓN DEL AÑO ANTERIOR, DEBE SER MEDIANTE LA MISMA FORMA EN QUE FUERON ACREDITADOS INICIALMENTE, es decir, si la experiencia fue acreditada mediante certificación del tercero, así mismo debe acreditarse cualquier modificación. No es admisible para ello la certificación del proponente.
Si presenta nuevos contratos, deben estar ejecutados y pueden ser acreditados mediante:
A. Certificación expedida por el tercero que recibió el bien, obra o servicio. Consulte la Guía 42 para verificar el contenido de la certificación, también puede utilizar el modelo N° 6 si el contrato fue ejecutado directamente por el proponente.
B. Copia íntegra de los contratos ejecutados, sólo cuando el proponente no puede obtener la opción anterior, acompañado de la certificación firmada por el proponente, que contenga los requisitos establecidos para ello en la Guía 42 o utilizar el Modelo N° 10.
Si el contrato fue ejecutado través de consorcios, uniones temporales y sociedades, en las cuales el proponente tenga o haya tenido participación, puede soportar la experiencia mediante certificación del tercero que recibió el bien, obra o servicio, para lo cual puede utilizar el modelo número 7. Si en la certificación del tercero contratante hace falta la clasificación de bienes y servicios en el sistema de codificación de las Naciones Unidas, conocido con la abreviación UNSPSC, es necesario adicionar la certificación suscrita por el proponente donde los acredite. (artículo 9º numeral 2 literal e.; numeral. 1.2.2.1.1. literal b) número 1 parte final. Circular Externa 02 de 2014 de la Superintendencia de Industria y Comercio). Puede utilizar el modelo N°8.
RENOVACIÓN RUP Todas las sociedades mercantiles, empresas unipersonales y sucursales de sociedades extranjeras supervigiladas por la Superintendencia de Sociedades (no aplica para personas jurídicas inspeccionadas, vigiladas o controladas por otra Superintendencia), deben presentar copia del informe de gestión .
3. DOCUMENTOS SOPORTES PARA LA RENOVACIÓN EN EL RUP DE PERSONAS JURÍDICAS NO INSCRITAS EN CÁMARA DE COMERCIO.
Formulario RUES seleccionando la opción “Renovación” correspondiente al RUP, completamente diligenciado y firmado en original por el representante legal de la persona jurídica.
Si se efectuaron modificaciones en la información del anexo respectivo del formulario RUP denominado “solo para sociedades extranjeras, personas jurídicas no inscritas en el registro mercantil ni en el de entidades sin ánimo de lucro”, consulte la Guía 42 punto quinto, para verificar los soportes documentales.
Todos los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados, conforme a las normas previstas en la materia. Así como la traducción oficial si se encuentran en un idioma diferente al español.
Los requisitos adicionales corresponden a los indicados para la renovación de la persona jurídica matriculada o inscrita en el Registro Mercantil o de Entidades sin ánimo de Lucro de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, a partir de la certificación sobre el cumplimiento por parte del proponente, de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, suscrito por el revisor -fiscal o en su defecto por el representante legal.
RENOVACIÓN RUP
4. Documentos soporte para la renovación de las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia.
Formulario RUES seleccionando la opción “Renovación” correspondiente al RUP, completamente diligenciado y firmado en original por el representante legal de la persona jurídica o por sus apoderados inscritos en la sucursal en Colombia.
Estados -Financieros de la CASA MATRIZ (nunca los de la sucursal en Colombia) con corte al cierre fi-scal del país de origen, con traducción oficial al castellano si es del caso y la conversión a pesos colombianos (COP). Se adjuntará, así mismo una certificación que indique la fecha de corte de los Estados financieros, asegurando que los mismos han sido presentados de conformidad con las normas aplicables en el país de origen.
Importante: las sociedades extranjeras que aprueben sus estados financieros de fin de ejercicio a 31 de diciembre en una fecha posterior al 5º día hábil del mes de abril, presentarán estados financieros auditados con corte a 31 de diciembre del año anterior junto con un “pre-informe” de auditoría, en el cual el auditor o el revisor fiscal certifique que: (a) la información financiera presentada a la Entidad Estatal es la entregada al auditor o revisor fiscal para cumplir su función de auditoría; y (b) el proponente en forma regular y para ejercicios contables anteriores ha adoptado normas y principios de contabilidad generalmente aceptados para preparar su información y estados financieros (Artículo 1 del Decreto 791 de 2014).
RENOVACIÓN RUP
Si se efectuaron modificaciones en la información del anexo respectivo del formulario RUP denominado “solo para sociedades extranjeras, personas jurídicas no inscritas en el registro mercantil ni en el de entidades sin ánimo de lucro”, consulte la Guía 42 punto quinto, para verificar los soportes documentales
Todos los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados, conforme a las normas previstas en la materia. Así como la traducción oficial si se encuentran en un idioma diferente al español.
Los demás requisitos corresponden a los indicados anteriormente para la persona jurídica matriculada o inscrita en el Registro Mercantil o de Entidades sin ánimo de Lucro de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, a partir de la certificación sobre el cumplimiento por parte del proponente, de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, suscrito por el revisor -fiscal o en su defecto por el representante legal.
RENOVACIÓN RUP
5. Documentos soportes para la renovación de personas naturales no comerciantes en el RUP.
Formulario RUES seleccionando la opción “Renovación” correspondiente al RUP, completamente diligenciado y firmado en original por la persona natural.
Declaración juramentada por parte del proponente, sobre el cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, expedida por la persona natural. Para ello puede utilizar el formato identificado como “Certificación cumplimiento parafiscales – artículo 50 de la Ley 789 de 2002”.
RENOVACIÓN RUP
Información sobre tamaño Empresarial. Solo si este requisito ha variado, será necesario aportar el modelo de certificación No. 2.
Si el tamaño de la empresa reportado en la renovación es diferente al indicado en el trámite del RUP efectuado en el 2014 (renovación o inscripción) es necesario presentar el documento soporte. Puede utilizar el modelo N° 2
Certificación suscrita por contador o auditor y por el proponente, sobre los rubros contables de la Capacidad Financiera y de la Capacidad de Organización exigidos en el Decreto 1082 de 2015. Puede utilizar el modelo N° 12. Copia de la tarjeta profesional de cada contador público o auditor que suscriba documentos y certi-ficaciones para la renovación en el RUP.
Impresión del certi-ficado digital original de vigencia y antecedentes disciplinarios de cada contador público o auditor, que suscriba documentos y certi-ficaciones para la renovación en el RUP. Descárguelo del sitio web www.jccconta.gov.co con máximo tres meses de expedición por parte de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores.
Formas de acreditar la experiencia: Sólo se presentan los soportes documentales de los contratos que se modifican o se agregan.
RENOVACIÓN RUP
Si presenta nuevos contratos, deben estar ejecutados y pueden ser acreditados mediante:
A. Certificación expedida por el tercero que recibió el bien, obra o servicio. Consulte la Guía 42 para verificar el contenido de la certificación, también puede utilizar el modelo N° 6 si el contrato fue ejecutado directamente por el proponente.
B. Copia íntegra de los contratos ejecutados, sólo cuando el proponente no puede obtener la certificación anterior, acompañado de la certificación firmada por el proponente que contenga los requisitos establecidos para ello en la Guía 42 o utilizar el Modelo N° 11.
Si el contrato fue ejecutado través de consorcios, uniones temporales y sociedades, en las cuales el proponente tenga o haya tenido participación, puede soportar la experiencia mediante certificación del tercero que recibió el bien, obra o servicio, para lo cual puede utilizar el modelo número 7.
Si en la certificación del tercero contratante hace falta la clasificación de bienes y servicios en el sistema de codificación de las Naciones Unidas, conocido con la abreviación UNSPSC, es necesario adicionar la certificación suscrita por el proponente donde los acredite. (artículo 9º numeral 2 literal e.; numeral. 1.2.2.1.1. literal b) número 1 parte final. Circular Externa 02 de 2014 de la Superintendencia de Industria y Comercio). Puede utilizar el modelo N°9. IMPORTANTE: Si la experiencia del proponente se soporta mediante un contrato de tracto sucesivo, esta solo podrá acreditarse mediante certificación del tercero donde conste la parte, porción o vigencia del contrato que ya se ejecutó y el valor durante el tiempo ejecutado, según el salario mínimo legal mensual vigente al momento de terminar la parte que se ejecutó, además de las partes, el objeto, la fecha de inicio y la fecha en la cual se finalizó de ejecutar la parte del contrato que se acredita.
RENOVACIÓN RUP
6. DOCUMENTOS SOPORTES PARA LA RENOVACIÓN EN EL RUP DE PERSONAS NATURALES MATRICULADAS EN EL REGISTRO MERCANTIL. Formulario RUES seleccionando la opción “Renovación” correspondiente al RUP, completamente diligenciado y firmado en original por el proponente.
Declaración juramentada por parte del proponente, sobre el cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, expedida por la persona natural. Para ello puede utilizar el formato identificado como “Certificación cumplimiento parafiscales – artículo 50 de la Ley 789 de 2002”.
Información sobre tamaño Empresarial. Solo si este requisito ha variado, será necesario aportar el modelo de certificación No. 2.
Estados financieros con fecha de corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior
RENOVACIÓN RUP Estados Financieros básicos: Balance general, estado de Resultados, estado de cambios en el patrimonio, estado de cambios en la situación -Financiera y estado de flujos de efectivo.
Si son microempresas y no solicitan modificar el tamaño empresarial, solo se exige balance general y Estado de resultados con corte a 31 de diciembre del año anterior.
Las personas naturales con información -financiera diferente a la prevista en el Decreto 1082 de 2015 en cuanto los nombre de los rubros contables, deben acreditar las equivalencias contables mediante su homologación, certificada por contador o auditor, indicando el nombre del rubro según el Decreto 1510 de 2013 y el nombre del rubro contable al cual equivale en los documentos que soportan la capacidad financiera. Puede utilizar el modelo 13.
La información financiera reportada en la renovación del RUP, debe coincidir con la información financiera presentada para el mismo año, en la renovación del Registro Mercantil o Entidades sin Ánimo de lucro.
Copia de la tarjeta profesional de cada contador público o auditor que suscriba documentos y certi-ficaciones para la inscripción en el RUP.
Impresión del certi-ficado digital original de vigencia y antecedentes disciplinarios de cada contador público o auditor, que suscriba documentos y certi-ficaciones para la inscripción
Información sobre Experiencia: Aplican los requisitos indicados en para la persona natural no comerciante.
Sistema Preventivo de Fraudes - SIPREF ¿QUÉ SE NECESITA?
• Circular Externa 005 del 30 de mayo de 2014 - SIPREF es un sistema de políticas procedimientos, mecanismos y actuaciones pedagógicas mediante los cuales las Cámaras de Comercio validan la identidad de las personas que presenten peticiones registrales y envían alertas por medios electrónicos que posibilitan a los titulares de la información de los registros públicos la adopción de medidas tempranas para proteger su información registral.
¿QUÉ ES EL SIPREF?
• Los titulares de los registros públicos deben revelar por lo menos dos (2) correos electrónicos – uno comercial y uno de notificación judicial – a fin de que les sean enviadas las alertas de solicitudes de modificación de su información registral.
Sistema Preventivo de Fraudes - SIPREF ¿QUÉ HACER EN CASO DE INACTIVIDAD?
• Es obligatorio que las personas que presenten peticiones de registro en las taquillas de la Cámara exhiban su cédula de ciudadanía (amarilla con hologramas) • Es obligatorio que en los actos de nombramiento de administradores y revisores fiscales se deje constancia del número de cédula del designado y su fecha de expedición.
¿CÓMO OPERA?
• Las personas naturales o jurídicas inscritas que no han renovado o solicitado inscripciones en los últimos tres (3) años, adquieren la condición de inactivas y sólo podrán presentar peticiones de registro de forma presencial. La CCMA validará que el solicitante sea el representante legal, administrador o revisor fiscal inscrito en el caso de las personas jurídicas. • La Cámara se abstendrá de recibir, tramitar o registrar actos o documentos cuando existan inconsistencias en la identificación del peticionario o cuando no se cumplan los presupuestos del SIPREF.