INSTITUCION UNIVERSITARIA POLITÉCNICO GRANCOLOMBIANO FACULTAD DE NEGOCIOS, GESTIÓN Y SOSTENIBILIDAD DEPARTAMENTO DE CONTADURIA PUBLICA
POLITICAS CONTABLES
MONTENEGRO CIFUENTES BIYEN PALACIO CARMONA INGRID KATHERINE PEÑA CORREDOR JHOANA ANDREA PEREZ DOMINGUEZ ADENIS INDIRA SARMIENTO RINCON IBETH DAYANA
CONTABILIDAD DE ACTIVOS CICLO A 2019
HERNANDEZ CESAR
COLOMBIA, 30 DE MARZO DEL 2019
CAPÍTULO I. ANTECEDENTES DE LA NORMA INTERNCAIONAL DE CONTABILIDAD (NIC8) 1.1. Sección 1: Antecedentes desde el nivel internacional
1.1.1.
Objetivo
El objetivo de la norma es clasificar información a revelar y hacer un tratamiento contable, para realizar el Estado de Resultados de manera uniforme; para con ello mejorar la comparabilidad de los Estados Financieros, la norma exige la adecuada revelación de información de partidas extraordinarias y la información de ganancias y pérdidas de las actividades ordinarias. Con un tratamiento contable y conocimiento de los cambios estimados y políticas contables, corrección de errores; con el objetivo de presentar el Estado de Resultados y dar a conocer la fiabilidad de la información.
1.1.2.
Alcance
El alcance de la norma es presentar la información con los determinantes cambios sobre las ganancias o pérdidas netas del periodo contable, con la contemplación de normas requeridas que se incluyen en la presentación del Estado Financiero que esta verificado por la ley; con efectos positivos e impositivos para las partidas extraordinarias no usuales, corrección de errores y ajustes fundamentales en los libros de pasivos y activos. Donde se logra un acuerdo de información y revelación con respecto al impuesto a las ganancias, como definición de la presente norma.
1.1.3.
Línea de tiempo
Grafica 1. Línea de tiempo de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC8)
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Fuente: Elaboración propia a partir de información en la pagina oficial del IASB https://www.ifrs.org/search/?query=nic+8 https://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/con_nor_co/vigentes/nic/8_NIC.pdf https://www.nicniif.org/files/u1/NIC_8_1.pdf
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1.2. Sección 2: Antecedentes desde el nivel nacional
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública es un organismo en temas contables de información financiera que define la disensión entre contadores y revisor fiscal, realiza sugerencias a la industria y turismo, al ministerio de hacienda, crédito público y al comercio para la expedición de normas y como se interpreta la materia contable, ley 1314 de 2009 definió como uno de los objetivos ser fuente de consulta en aspectos relacionados con la profesión.
Concepto 41 del 24 de enero de 2009 Errores Contables. Este concepto trata de los errores presentados en los periodos anteriores, las omisiones e inexactitudes de los estados financieros de uno o más periodos anteriores; como muestra la NIC 8 la cual contiene las directrices que deben ser utilizadas para elaborar los estados financieros y sus correcciones al por pertenecer al grupo 1 y 2 deben ser reconocido de forma retroactiva para este caso y de llegar a ser del grupo 3 se reconocen en el periodo en el que son identificados. Concepto 22 del 12 de enero de 2017 Estados Financieros y Errores. Este concepto trata de los errores en los estados financieros, el contador público en cumplimiento de su labor debe garantizar que la información refleje de forma fidedigna la situación financiera de la entidad por esto los errores deben ser corregidos en los estados financieros de forma retroactiva de acuerdo como se expresa en la NIC 8 no deben existir estados financieros a la misma fecha con saldos diferentes. Concepto 1082 del 21 de diciembre del 2018 Políticas, Errores y Juicios de Materialidad. Este concepto trata de evaluar la importancia relativa o materialidad de la partida porque no se espera que una entidad aplique los marcos de información financiera a partidas que sean inmateriales, además nos refleja la NIC 8 que los errores de periodos anteriores en una entidad que sea clasificada del grupo 3 permite que el error sea corregido en el mismo periodo en el que fue detectado.
De los conceptos antes señalados se considera que uno de los más importantes es el concepto 41 porque de manera positiva se corrige las inexactitudes y malas interpretaciones en los Estados Financieros; para dar buena información financiera de propósito general. Con lo cual se corrige de forma retroactiva los errores significativos de periodos anteriores, en los primeros Estados Financieros después de su descubrimiento. Cuando sea impracticable la determinación de errores en forma comparativa de uno o más periodos con anterioridad; se expresará los saldos iniciales de los activos, pasivos y patrimonio del primer periodo para el cual se corrige la información. El concepto 22 también se considera relevante porque de manera positiva se da el cumplimiento de las normas y reglas que tiene el representante legal al momento de la presentación del Balance General. En el caso de errores inmateriales no se requiere la expresión de los Estados Financieros del ejercicio correspondiente; el ajuste se puede realizar en el ejercicio contable en el que es detectado el error.
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II. BIBLIOGRAFIA. Concejo Técnico de la Contaduría Pública www.ctcp.gov.co International Accounting Standard Board (IASB) www.ifrs.org International Federation of Accountant (IFAC) www.ifac.org