Todos los funcionarios de esta notaría están comprometidos como parte de sus funciones a:
1. El examen riguroso de todos los documentos sometidos al trámite notarial, en cada una de las etapas y procesos que se cumplen en las diferentes áreas.
2. La comunicación entre los funcionarios de la Notaría y de estos con el Notario, debe ser permanente y directa, siendo un deber informar de manera inmediata de las situaciones anómalas que se observen en el ejercicio de sus funciones. 3. La Superintendencia de Notariado y Registro, está facultada para imponer sanciones al Notario .Es deber de los funcionarios de la Notaría aplicar todos los mecanismos a su alcance para prevenir, controlar y reprimir las conductas destinadas a ocultar o encubrir la naturaleza, origen, movimiento o propiedad de los bienes obtenidos como producto de actividades delictivas que conlleven a la financiación del terrorismo y en particular, dar estricto cumplimiento a lo establecido en el presente manual. 4. 4. La Notaría está obligada a tomar las medidas de control apropiadas y suficientes, orientadas a evitar que la realización de cualquier acto o negocio jurídico sometido a su revisión o trámite sea instrumento para la adquisición, resguardo, inversión, transporte, transformación, custodia, administración o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas, o para dar apariencia de legalidad a las transacciones y fondos vinculados con las mismas.