Reglamento Interno - Avance (1).docx

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” REGLAMENTO INTERNO I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEGA” TITULO I CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 01. El presente documento se constituye en el Reglamento Interno de la Institución Educativa “Alejandro Sánchez Arteaga”, creado con R.D.Z N° 01261, de fecha 28 de mayo de 1975, y ubicado en el Caserío de Sincape Distrito de la Arena, Provincia de Piura, Jurisdicción de la UGEL la Unión. Artículo 02. El presente Reglamento Interno es el Instrumento que guarda unidad y coherencia con la normatividad vigente y determina la organización y funcionamiento de la Institución Educativa “Alejandro Sánchez Arteaga” y será cumplido por todo lo personal Directivo, Administrativo, Docentes, estudiantes, Padres de Familia y Asociación que los agrupa. Este reglamento ha sido revisado y actualizado, cuyas disposiciones son claras y precisas, permitiendo la aplicación real en cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa, por lo que debe ser difundido para su conocimiento y cumplimiento. Artículo 03. Los dispositivos emitidos en el presente Reglamento Interno serán cumplidos por: a) Director, Administrador, Coordinadores Pedagógicos, Coordinador(a) de tutoría, Coordinador de Innovación y soporte tecnológico, CONEI, DESNA. b) Docentes. c) Personal de apoyo pedagógico. d) Responsable de laboratorio y Biblioteca. e) Responsable del área de psicología. f) Personal Administrativo y de Servicio. g) Estudiantado y Padres y Madres de Familia. Artículo 04. El presente Reglamento Interno se sustenta en las siguientes normas legales vigentes: a) b) c) d)

Constitución Política del Perú Ley General de Educación N°28044. Ley d Reforma Magisterial N° 29944. D.S N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General de la Educación.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” e) D.S N° 004-2013-ED, Aprueban Reglamento de la Ley N°2994, Ley de Reforma Magisterial. f) D.S. N° 001-2016- MINEDU, Modifican artículo e incorporan disposiciones al reglamento de la Ley de Reforma Magisterial aprobado por D.S. N° 004-2013ED. g) R.M N° 572-2015, que aprueba las Normas y Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2016 en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica. h) R.M N° 451-2014-MINEDU, Crean el modelo de Servicio Educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”. i) R.S.G N° 041-2016, Aprueban Norma Técnica denominada “ Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de educación secundaria” j) Reglamento de Educación Secundaria D.S. N°04-83ED k) Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa N°50-82/ED l) Ley N°28988 que declara a la EBR como un servicio público esencial. m) D.S 011-2010-ED Reglamento de Gestión del Sistema Educativo n) Resolución Directoral N° 0343-2010-ED, Normas para el desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e instituciones Educativas. o) RVM 019-2007-ED Normas y Orientaciones para la organización e implementación de los Municipios Escolares p) Ley 27337 código del NNA q) RVM 019-2005 Desarrollo de la campaña “Tengo Derecho a un Buen Trato” r) Directiva 002-2006-VMGP/DITOE Normas para el desarrollo de acciones de las DESNAS en las Instituciones Educativas s) RM 1073-2002- ED Procedimiento de Investigación y protección de maltratos físicos, psicológicos o de violencia sexual en agravio de educandos cometidos por el personal del Sector Educación t) Ley 29719 Promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas (Ley Antibullying) u) D.S N°016-2002-ED Reglamento general de APAFAS v) Ley 28628 Regula la participación de APAFAS en las Instituciones Educativas w) DR N°041-2004/GRP-CR Aprueba lineamientos de política general en materia de Equidad de Genero x) Ley de Ética de la Gestión Publica y) Decreto Supremo 007-2002-ED, Reincorporan al Consejo Nacional de Educación dentro de Estructura orgánica del Sector Educación como órgano especializado. z) Marco del Buen Desempeño Docente aa) Marco del Buen Desempeño Directivo

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” bb) Decreto Legislativo N° 276, Promulgan la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público. cc) Otras que establezca la DREP y/o UGEL la Unión. Artículo 05. El presente Reglamento Interno tiene una organización de carácter funcional y su aplicación es permanente. CAPITULO II DE LOS SERVICIOS: FINES Y OBJETIVOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA Artículo 06. La Institución Educativa “Alejandro Sánchez Arteaga” brinda servicios educativos a adolescentes desde el primero hasta el quinto de EBR. Artículo 07.

Son fines de la Institución Educativa:

a) b) c) d)

Desarrollar una Educación Integral en el Educando Mejorar la Calidad del servicio Educativo en todos los aspectos Aplicar el currículo diversificado acorde a las normas vigentes Velar por el cumplimiento de la aplicación del Plan de Estudios, PEI, PECIE, PAT, RI y demás normas que orienten el quehacer educativo e) Promover la conservación y mejoramiento de la infraestructura física y del material educativo. f) Brindar una orientación vocacional a los educandos, de acuerdo a sus intereses y a los de la comunidad g) Consolidar la participación de los Padres y Madres de Familia, egresados y egresadas, entidades, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y otros. Artículo 08. Son objetivos de la Institución Educativa “Alejandro Sánchez Arteaga”:

8.1. Objetivo General Institucional: Promover una educación integral, innovadora y de calidad, que contribuya al logro de competencias y capacidades así mismo al desarrollo humano sostenible de la comunidad en el marco del modelo de la escuela con Jornada Escolar Completa.

8.2 Objetivos específicos: 8.2.1 Promover el logro de aprendizajes significativos y pertinentes, con la participación de la familia, comunidad, autoridades y aliados.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” 8.2.2 Fomentar la formación ética, democrática y ecológica, con manejo de habilidades socioemocionales entre los miembros de la comunidad educativa generando una convivencia inclusiva, acogedora y colaborativa. 8.2.3 Implementar proyectos innovadores, participativos, productivos, ocupacionales, tecnológicos, ecológicos, deportivos y culturales. 8.2.4 Fomentar la evaluación por competencias en la gestión pedagógica y la evaluación por resultados en la gestión Institución. CAPITULO III DE LA ESTRUCTURA ORGANICA: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Artículo 09. La Institución Educativa” Alejandro Sánchez Arteaga” cuenta con la siguiente estructura orgánica: a) b) c) d) e) f)

Órgano de Dirección Coordinadores Pedagógicos, Tutoría y de Innovación y Soporte Tecnológico. Consejo Educativo Institucional (CONEI) Órgano de Soporte al Proceso Pedagógico Órgano de ejecución conformado por el área administrativa, estudiantes y docentes Órganos de participación conformados por: - Comunidad Magisterial - Comités de Aulas y sus Tutores - DESNA - Municipio Escolar - Municipalidad Distrital, Centro de Salud, Policía Nacional y aliados. CAPITULO IV DE LAS FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS ORGANOS Y MIEMBROS QUE LO CONFORMAN ORGANO DE DIRECCION: Artículo 10. El Director es la primera autoridad de la Institución Educativa y la representa legalmente. Es responsable de la programación, organización, conducción, desarrollo, monitoreo, acompañamiento, evaluación y control de todas las acciones técnico pedagógico y administrativas; depende del Director Regional de Educación en el aspecto administrativo y en el aspecto técnico pedagógico de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) la Unión.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” Artículo 11. Misión:

Gestionar la institución educativa con liderazgo pedagógico para mejorar la calidad del servicio y los aprendizajes de los estudiantes, en el marco de una gestión escolar eficiente. Funciones: JEC a) Dirigir la institución educativa en el marco de una gestión escolar centrada en los aprendizajes y en la calidad del servicio que brinda. b) Conducir la construcción colectiva de los instrumentos de gestión, considerando las características del estudiante y el entorno institucional, familiar y social. c) Implementar, monitorear y supervisar la ejecución de los instrumentos de gestión, el desarrollo de los procesos pedagógicos y el logro de las metas de de aprendizaje, utilizando diversas estrategias e instrumentos. d) Presidir el Consejo Educativo Institucional, promoviendo la participación de la comunidad educativa en la toma de decisiones para la mejora de los aprendizajes. e) Implementar mecanismos de transparencia para dar cuenta sobre la gestión y responsabilidad por los resultados de aprendizaje. f) Promover un clima escolar favorable al logro de aprendizajes, gestionando estrategias orientadas a mejorar el ambiente laboral y la participación de los miembros de la comunidad educativa. g) Gestionar con eficiencia el talento humano, los recursos educativos y financieros; en el uso efectivo del tiempo; el equipamiento e infraestructura de la institución educativa. h) Gestionar la información que produce la institución educativa como insumo para la toma de decisiones orientada a la mejora de los aprendizajes. i) Conducir procesos de autoevaluación y mejora continua en la Institución Educativa orientados al logro de los aprendizajes. j) Generar y promover espacios estrategias para el trabajo colaborativo entre los profesores y la reflexión sobre su práctica pedagógica. k) Desarrollar estrategias de articulación con las familias, las empresas, instituciones públicas y privadas, la comunidad e instancias de gestión intergubernamental e intersectorial. l) Articular el desarrollo de los procesos pedagógicos de los niveles educativos que ofrece la IE, de manera que favorezcan la permanencia y culminación oportuna de la educación básica regular de sus estudiantes.

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m) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la institución educativa y respetarlo legalmente en coordinación con el administrador para que el trabajo sea eficaz. n) Supervisar y evaluar las actividades administrativas y pedagógicas en acompañamiento de los Coordinadores Pedagógicos. o) Garantizar la calidad de los aprendizajes procurando elevar el rendimiento académico estudiantil y docente. p) Innovar y ejecutar acciones permanentes de mantenimiento y mejoras de las instalaciones equipos y mobiliarios. q) Organizar el proceso de matrícula de acuerdo a la norma, autorizar traslados de matrícula, visitas de estudio, exoneración de áreas, aplicación de pruebas de ubicación, autorizar exámenes de convalidación y revalidación (previo documento sustentatorio). Así mismo verificar el cumplimiento de las normas establecidas en el programa SIAGIE. r) Gestionar apoyo del personal de acuerdo a las necesidades de la institución educativa. s) Autorizar la realización de proyectos productivos y participativos que beneficien a la institución educativa, siempre que estén aprobados para ser considerados en el PAT. t) Coordinar con la AMAPAFA, autoridades locales y la autoridad competente del Ministerio de Educación asuntos de interés en común. u) Agregar una previa evaluación psicológica al estudiante/PP.FF sin condicionar la matrícula. Artículo 12.

Prohibiciones

a) Interceder ante el personal docente en lo referente a la evaluación con determinado alumno b) Transgredir el presente reglamento revocando atribuciones c) Transgredir el normal funcionamiento de la comunidad magisterial d) Otorgar certificados falsos e) Alentar las divergencias entre el personal docente y los padres y madres de familia f) Promover el rompimiento de las relaciones humanas g) Hacer campañas de difamación y calumnia contra el personal docente h) Incumplir en las disposiciones que con arreglo ley emita la superioridad i) Dirigirse a los órganos superiores sin consideración del conducto regular j) Faltar el respeto al superior jerárquico y a los miembros de la comunidad educativa k) Denegar la matricula a los alumnos que lo soliciten siempre y cuando hallan vacantes.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

l) m) n) o) p) q) r)

s)

Alterar notas o calificativos del educando Ausentarse del plantel sin causa justificada Alterar los documentos y registros de evaluación del plantel Discutir acaloradamente con miembros de la comunidad educativa delante del alumnado, padres y madres de familia o personas extrañas Discriminar al personal femenino Administra inadecuadamente los bienes de la Institución Educativa y todo lo que la normatividad vigente indique Prohibido autorizar el ingreso de personas extrañas cuya finalidad sea solicitar ayuda económica o venta de artículos que no apunten al beneficio del estudiantado. Las sanciones y prohibiciones del personal deben ser ejecutadas por el director

ÓRGANO PEDAGÓGICO: Artículo 13: Misión

COORDINADORES PEDAGÓGICOS

Coordinar el desarrollo de los aprendizajes del área o áreas curriculares afines, promover y acompañar el fortalecimiento de las capacidades de desempeño pedagógico en los profesores a fin de contribuir a mejorar los aprendizajes de los estudiantes y los resultados educativos. Funciones JEC: a) Orientar y promover la participación de los actores de la IE en la planificación, ejecución y evaluación curricular del(as) área(s) curricular(es), a partir de las necesidades, características e intereses de los estudiantes y del contexto, considerando las metas de aprendizaje. b) Programar acciones para implementar y realizar seguimiento a las estrategias establecidas en el plan de mejora para alcanzar las metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y ciclo a su cargo. c) Coordinar la elaboración del análisis estadístico de los logros aprendizaje y el del diagnóstico pedagógico de los logros de aprendizaje de las áreas curriculares a su cargo. d) Analizar, de manera colegiada y en forma periódica, los resultados de aprendizaje obtenidos por los estudiantes en las distintas áreas curriculares a su cargo para desarrollar estrategias de mejora de los aprendizajes. e) Realizar el acompañamiento pedagógico a los profesores a su cargo y promover estrategias formativas diversas (sesiones compartidas, aulas abiertas) para garantizar la mejora de los procesos pedagógicos y los aprendizajes.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

f) Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos y el desarrollo de la labor tutorial con el apoyo de los coordinadores correspondientes. g) Organizar el equipo docente para formar comunidades de aprendizaje por áreas curriculares, grados o ciclos, a partir de las dificultades y fortalezas identificadas en el proceso de acompañamiento, para la mejora de su desempeño. h) Promover en los profesores el uso de las estrategias y acciones de comunicación, permanente y colaboración con las familias, las empresas, instituciones públicas y privadas, y la comunidad (visitas de estudio, proyectos curriculares, tertulias, entre otras). i) Conducir sesiones de aprendizaje (sesiones compartidas, aulas abiertas) para usar como insumo en la asesoría a los docentes. j) Orientar a los profesores el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico, así como la implementación y ambientación de las aulas funcionales de las áreas curriculares a su cargo. k) Coordinar con el personal directivo de la IE, la participación de profesionales u otros actores de la comunidad en el proceso de aprendizaje de las áreas curriculares, así como el desarrollo de estrategias de aprendizaje en diversos escenarios de la comunidad. l) Orientar y supervisar especialmente el desarrollo de competencias socioemocionales en el área de Educación para el Trabajo. Otras Funciones: a) El coordinador y los docentes de área se deben reunir permanentemente para elaborar diseños de Programación anual, unidades y sesiones de aprendizaje según modelo JEC. b) El coordinador debe hacer uso del manual de su desempeño de funciones. c) Elaborar un cronograma de visitas opinadas y no opinadas a los docentes en las sesiones de clase y que los resultados arrojados no sean divulgados con intención de perjudicar al docente. d) El coordinador pedagógico debe dar a conocer la “Ficha de Observación de sesiones de clase”. e) Debe presentar un informe de resultados académicos alcanzados en el área al finalizar el año. f) Coordinar con el director cuando faltan los docentes, con el propósito que, los estudiantes no pierdan clase.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

COORDINACIÒN DE TUTORÍA Artículo 14: Misión Dirigir, coordinar y acompañar el desarrollo

de la acción tutorial bajo un enfoque

orientador y preventivo dirigido a los y las estudiantes, garantizando su atención y orientación oportuna y pertinente a las inquietudes y expectativas de los estudiantes para su desarrollo personal en el marco de una convivencia democrática e intercultural. FUNCIONES: a) Realizar el diagnóstico de las necesidades de orientación de las y los estudiantes. b) Elaborar la propuesta de trabajo tutorial para el año lectivo, bajo el enfoque orientador y preventivo y adecuarla periódicamente. c) Organizar, socializar y sugerir materiales y recursos que permitan dar soporte a las actividades de tutoría. d) Desarrollar el acompañamiento a la acción tutorial de los profesores tutores. e) Sistematizar la experiencia de la implementación del sistema tutorial cada bimestre/trimestre para mejorar oportunamente. f) Implementar estrategias de articulación de la I.E. con las familias de los estudiantes para la mejora de sus capacidades socioemocionales y cognitivas. g) Coordinar con el equipo directivo, docente, tutores y auxiliares, la identificación de estudiantes que requieren refuerzo pedagógico y el seguimiento a las actividades de recuperación. h) Promover el protagonismo estudiantil en la gestión de la institución educativa y del aula para fortalecer las habilidades sociales de los estudiantes. i) Coordina con el director la gestión de apoyo interinstitucional que fortalezca la acción tutorial en la institución educativa. j) Coordinar con los docentes para el Trabajo, actividades relacionadas a la orientación vocacional (visitas, charlas, etc.) COORDINACIÒN DE INNOVACIÓN Y DE SOPORTE TECNOLÓGICO Artículo 15: MISIÓN DEL CARGO Coordinar y acompañar a los directivos, coordinadores, profesores y la comunidad educativa en la ejecución de actividades pedagógicas integradas a las TIC mediante la asistencia técnica en el uso eficiente de los recursos educativos, equipos tecnológicos y ambientes de aprendizaje. FUNCIONES: a) Orientar a los profesores acerca del uso adecuado y eficiente de los recursos educativos tecnológicos con los que cuenta la I.E. y acompañar el

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Proceso de integración de las TIC en las sesiones de enseñanza aprendizaje. b) Desarrollar propuesta de formación en alfabetización digital al personal de la institución educativa, en base al diagnóstico, para fortalecer estrategias de integración de las herramientas tecnológicas a los procesos de aprendizaje. c)

Asistir y participar activamente en las reuniones de coordinación con el equipo directivo y convocar a reuniones con profesores de aulas de innovación (si lo hubiera), coordinadores pedagógicas y responsables de aulas funcionales.

d) Coordinar con los docentes de Educación para el Trabajo para el uso adecuado de programas informáticos que se empleen en ocupaciones con demanda en el mercado laboral local y regional. e) Supervisar las instalaciones y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación, asegurando el correcto funcionamiento de los equipos y red de datos. f)

Realizar el mantenimiento preventivo de los equipos informáticos y de comunicación, protegiendo el equipo y detectando necesidades de reparación.

g)

Reportar el estado de los recursos tecnológicos a la dirección de la institución educativa.

h) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano de Dirección de la Institución Educativa. PSICÓLOGO O TRABAJADOR SOCIAL Artículo 16:

MISION

Brindar soporte socioemocional al equipo directivo y actores de la comunidad educativa para la mejora de las prácticas y acciones de convivencia democrática e intercultural en la IE y de la Atención Tutorial Integral. Funciones: a) Apoyar la formulación de estrategias para la promoción de la convivencia democrática e intercultural en la IE. b) Acompañar al Coordinador de tutoría en el establecimiento y monitoreo de las acciones de tutoría.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

c) Brindar soporte socioemocional a los directivos, coordinadores y profesores en su ejercicio profesional para lograr una atención oportuna y pertinente a situaciones y casos que afectan la convivencia democrática e Intercultural el IE y entre los estudiantes en los espacios de recreación y Ambientes de aprendizaje. d) Coordinar con los profesores y con los tutores para orientar su accionar en la atención de situaciones de riesgo que puedan afectar a los estudiantes y en los casos de violencia y acoso entre los estudiantes. e) Promover la elaboración colectiva e implementación de normas de convivencia para mejorar el ambiente educativo y los valores democráticos en la institución educativa. f) Coordinar con el equipo directivo la organización de actividades educativas con padres y madres de familia y relacionados a los intereses y necesidades de los estudiantes para su formación integral. g) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el órgano directivo de la institución educativa. FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Artículo 17.

MISIÓN

Contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano, desempeñándose con ética profesional, honestidad, justicia, responsabilidad y respeto de los derechos de la persona y compromiso social. FUNCIONES: Planificar y conducir en forma eficaz el proceso de aprendizaje que favorezcan el desarrollo de competencias en los estudiantes, articulando de manera coherente los aprendizajes programados, sus características individuales, socioculturales, evolutivas y necesidades especiales, y las estrategias y medios seleccionados. 2. Evaluar permanentemente el aprendizaje, para tomar decisiones y retroalimentar oportunamente a sus estudiantes y familias, teniendo en cuenta las diferencias individuales y los diversos contextos culturales. Orientar al estudiante y contribuir a su formación integral con respeto a su 1.

Libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” 3.

4.

5.

6.

Conducir procesos de enseñanza con dominio de los contenidos disciplinares y el uso de estrategias y recursos educativos y tecnológicos pertinentes, para que todo los estudiantes aprendan de manera reflexiva y crítica, estableciendo relaciones interpersonales, asertivas y empáticas, con y entre los estudiantes, basadas en el afecto, la justicia, la confianza, el respeto mutuo y la colaboración. Constituir con sus pares grupos de interaprendizaje y participar de programas de formación continua que favorezcan el trabajo pedagógico, la mejora de la enseñanza y construcción de un clima democrático en la institución educativa. Brindar información y orientación a las familias sobre los procesos y resultados educativos, en un clima de respeto, colaboración y corresponsabilidad. Participar activamente con actitud democrática, critica y colaborativa en la gestión de la institución educativa, contribuyendo a la construcción y mejora continua del Proyecto Educativo Institucional en el marco de un trabajo colaborativo con la finalidad de desarrollar aprendizaje de calidad.

Son funciones del personal docente: a) Desarrollar las tres dimensiones específicas de la docencia: Pedagógica, cultural y Política, practicando los tres aspectos de la dimensión pedagógica: juicio pedagógico, liderazgo motivacional y la vinculación de lazos de respeto y compromiso con la formación del estudiante b) Realizar el efecto multiplicador al haber realizado una capacitación c) Participar en la gestión de la escuela, en coordinación con la comunidad educativa, con actitud democrática, critica y colaborativa para la construcción y mejora continua del PEI generando así aprendizaje de calidad. d) Desarrollar la profesionalidad e identidad docente en un marco de reflexión y de relaciones interpersonales sanas, colegiadas y éticas e) Planificar, ejecutar y evaluar su trabajo pedagógico garantizando los logros de aprendizaje propuesto f) Crear un clima propicio en el aula para el aprendizaje, la convivencia democrática y la vivencia de la diversidad en todas sus expresiones g) Conducir el proceso de enseñanza con dominio de los contenidos disciplinares, uso de estrategias activas y recursos educativos pertinentes h) Desarrollar individual y colectivamente proyectos de investigación, innovación pedagógica y mejora de la calidad del servicio educativo de la I.E i) Establecer relaciones de respeto, colaboración y corresponsabilidad con las familias, comunidad, sociedad civil y otras instituciones del estado j) Desempeñar trabajo tutorial con el estudiando, colaborando con la disciplina, el informe académico a los padres y madres de familia, el

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” cuidado durante accione cívicas, viajes de estudio y otras actividades previamente planificadas y autorizadas k) Cumplir con el horario establecido, firmar su asistencia a la hora de entrada y salida de la I.E requerida en las fechas programadas, controlara

l)

la asistencia del estudiantado durante sus sesiones de clase, exigirles el cuidado de la infraestructura, mobiliario y materiales educativos, participara activamente en actividades del calendario cívico escolar así como en las comisiones que se le otorguen y en los días pedagógicos y de logro Atender a los padres de familia fuera de nuestro horario de clase.

Artículo 18.

Son derechos del personal docente

a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la carrera pública magisterial y sobre la base del mérito, sin discriminación de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica, o de cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona b) Percibir mensualmente una remuneración integra correspondiente a su escala magisterial c) Recibir las asignaciones y los incentivos monetarios y no monetarios que establece la ley d) Estabilidad laboral sujeta a lo que establece la ley e) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional ingresado escalafón f) Tener profesional en el cumplimiento de su tarea pedagógica que le compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del PEI y al respecto de la normatividad vigente g) Gozar de los programas de formación y capacitación docente y otros de carácter social y cultural fomentados por el estado. h) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas de acuerdo a lo establecido en la ley y su reglamento i) Vacaciones, seguridad social, libre asociación y sindicalización, de acuerdo a ley. j) Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicio efectivo. k) Reconocimiento del tiempo de servicio interrumpido por representación política y sindical según el caso l) Condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje y un eficiente cumplimento de sus funciones dentro de los alcances de la ley m) Reconocimiento por parte del estado, la comunidad y los padres de familia de sus méritos en la labor educativa n) Viajes de estudio, becas y pasantías al interior o exterior del país o) Elegir y ser elegido en los procesos electorales de los diferentes estamentos de acuerdo a ley

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” p) Difundir entre el estudiantado el material didáctico producido por efecto de su labor profesional, previa autorización del consejo académico ARTICULO 19:

Deberes de los Docentes

a) Cumplir en forma eficaz y eficiente el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y valuación de acuerdo al DCN. b) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. c) Participar cuando sean seleccionados Artículo 20.

El personal docente está prohibido de:

a) Ser apoderado de estudiantes de la I.E Alejandro Sánchez Arteaga b) Mostrar actitudes o conductas dentro y fuera de la I.E, así como de la imagen, moral y ética profesional del personal docente, administrativo y estudiantado c) Llegar continuamente tarde a la I.E d) Ausentarse de la I.E o del aula, durante su horario de trabajo, sin previo permiso de la autoridad e) Descuidar su presentación personal durante el desarrollo de las sesiones de clase f) Usar grados, títulos, certificado u otros documento falsos en su historial profesional g) Alterar los registros de asistencia y de evaluación u otros documentos oficiales así como los programas virtuales establecidos por ley h) Atender llamadas telefónicas personales durante sesiones de clase. i) Realizar ventas de objetos y otros artículos ajenos a la disciplina académica de su responsabilidad y de su quehacer académico. j) Exigir al estudiantado la donación de alimentos, regalos, ropa o compra de rifas, bingos, etc. para actividades ajenas al quehacer educativo y que no estén planificadas en el PAT institucional, salvo acciones solidarias a favor de los estudiantes k) Recibir gratificación por cambio de notas u otros criterios de evaluación l) Obligar al estudiantado a asistir a la I.E fuera del horario escolar oficial sin la previa autorización de la autoridad competente y conocimiento de los padres y madres de familia m) Maltratar física, verbal o psicológicamente al estudiantado n) Silenciar denuncias realizadas por estudiantes en relación a bullying, actos de corrupción o maltrato al interior de la I.E

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

AREA DE TUTORIA Y ORIENTACION EDUCATIVA Artículo 21. El comité de tutoría y orientación educativa de nuestra institución es la encargada de velar por el bienestar de sus alumnos y brindarles un servicio adecuado y oportuno en las siguientes esferas: personal social, académico, vocacional, atención médica y otros requeridos. Estará conformada de la siguiente manera: a) b) c) d) e)

El director quien los preside o su representante El coordinador de tutoría, convivencia y disciplina escolar Un profesor tutor por grado Un representante de los auxiliares de educación Representantes de los estudiantes de acuerdo a la organización de la institución educativa

Artículo 22. El coordinador o coordinadora ya no lleva el nombre de T.O.E sino de A.T.I y no es elegido(a) por asamblea sino por la R.S.G N° 041-2016, siendo sus funciones: a) Organización de grupos con la ayuda de tutores (comités de aula), por ejemplo iniciar con el aseo de las aulas b) Aplicar ficha Bis antropométrica que trata de la salud física y alimentación de los niños (primer grado de secundaria) c) Realizar un rol de citas con los padres de familia y con la ayuda de los tutores de todas las aulas. d) Gestión del director para monitorear a los estudiantes fuera de la I.E con el apoyo de la municipalidad. e) Que los casos graves presentados en la I.E lleguen a una solución con el DESNA. f) Que la policía escolar de la I.E tenga una orientación (guía con respecto a su rol y funciones) g) Cumplimiento de las funciones de tutoría. h) Acompañamiento en actividades extracurriculares y formación.

a) Organizar e implementar los servicios básica de A.T.I, con participación de los educandos, docentes, padres de familia y la comunidad educativa, cubriendo las siguientes esferas: personal social, académico, vocacional, atención médica, y otros requeridos b) Detectar los problemas de aprendizaje disciplina, nutrición, salud física y mental que presentan los educandos y contribuir con un tratamiento adecuado según sea el caso c) Orientar y mantener comunicación permanente con los padres de familia y miembros de la comunidad a fin de lograr su participación responsable en la formación integral de los educandos

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” d) Organizar, monitorear y orientar las acciones de los tutores de aula y de los comité de aula e) Verificar la elaboración y desarrollo de los planes tutoriales de aula por parte de los tutores. f) Vela por el mantenimiento de la disciplina del educando dentro y fuera de la I.E g) Inculcar en el educando el cumplimiento de sus deberes h) Coordinar con los tutores y el DESNA el tratamiento de los catos graves de indisciplina realizados por determinados alumnos con la finalidad de determinar el grado de culpabilidad y poder aplicar sanciones correspondientes, dialogando al mismo tiempo con los padres de familia para que estos tengan conocimientos del comportamiento de sus hijos i) Colaborar conjuntamente con la policía escolar de la I.E durante el emplazamiento de los educando para izar el pabellón nacional durante los días lunes de cada semana; así como ceremonias especiales realizadas en la I.E en la localidad o fuera de la institución educativa. j) Conformar la policía escolar de la I.E, brigadieres, sub brigadieres y delegados del aula k) Brindar atención especial y tratar los casos problemas de los educandos l) Elevar informe de alumnos con problemas de conducta y retirados por inasistencia injustificada m) Sugerir a dirección la separación definitiva de estudiantes residentes en problemas de conducta grave n) Informar a dirección los casos que involucren a estudiantes y profesores para ser investigados por el CONEI o) Reunirse mensualmente con el equipo de tutores para intercambiar información de los estudiantes p) Implementar adecuadamente el botiquín escolar para casos de emergencia q) Coordinar con el comité de defensoría del menor y del adolescente el plan de trabajo y las acciones a tomar para atender los casos que por su naturaleza requieran la atención frente a casos de maltrato, violencia infantil, hostigamiento sexual y abuso, coordinando con las instituciones locales: municipios, comisaria, juzgado y otros. Artículo 23.

Del comité de tutoría, convivencia y disciplina

a) La comisión de disciplina emite su opinión con relación a los alumnos, con problemas de conducta previa coordinación con el profesor tutor y hacer firmar a los padres los compromisos oportunamente b) Comité de disciplina asesorar a la policía escolar, brigadieres, brigadas de defensa civil y coordinar con el comité de defensa civil c) Comité de disciplina coordina el mantenimiento de la disciplina durante el desarrollo de las fechas cívicas y actividades programadas d) Coordinar con la comisión de escuela de padres (Tutoría) e) Comunicación permanente con los docentes tutores.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” f)

El comité de disciplina, supervisar la correcta presentación de los alumnos en su ingreso y permanencia en la I.E con el apoyo de los adolescentes g) Manejar un folder de incidencias y asistencia del estudiante por grado. h) Es convocado por la dirección del plantel, cuando se presenten casos de conducta, de los alumnos que perjudican la buena imagen de la I.E, y atentan contra los valores éticos, morales y buenas costumbres de la comunidad estudiantil i) Analizan e investigan los casos presentados, para lo cual deben citar a los implicados y sus respectivos a apoderados j) Todas las reuniones y declaraciones vertidas, deben ser plasmadas en actas, para formar el expediente respectivo de cada caso k) Debe antes de tomar un acuerdo agotar todas las posibilidades en beneficio del estudiante l) Debe informar al CONEI de lo actuado Artículo 24.

Son funciones del profesor tutor:

a) Ser responsable de la buena marcha en el orden, disciplina y trabajos de los estudiantes del aula a su cargo en tutoría b) Tratar de brindar un ambiente de comodidad y buena presentación de sus estudiantes c) Coordinar con el órgano inmediato superior para asegurar la asistencia de padres y madres de familia a reuniones de coordinación d) Citar a los padres y madres de familia de la sección para formar el comité de aula y coordinar con ellos para mejorar el aula e) Dar consejo y asesoría a los estudiantes en los casos de indisciplina, salud o de bajo rendimiento académico f) Hacer entrega bimestralmente la libreta de notas g) Coordinar con dirección y coordinador (a) de A.T.I sobre la planificación de las actividades h) Contar con su carpeta de tutoría, así como la información personal de cada estudiante

PERSONAL DE APOYO PEDAGÓGICO El personal de apoyo pedagógico está constituido por los auxiliares de educación existente en las II.EE, los auxiliares de laboratorio y biblioteca existente en las II.EE y el personal de apoyo pedagógico contratado mediante CAS. FUNCIONES DE LOS AUXILIARES DE EDUCACION

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

Artículo 25.

PERSONAL AUXILIAR DE EDUCACIÓN (EXISTENTES EN LAS II.EE)

FUNCIONES: a) Apoyar la labor del profesor en la conducción de actividades específicas y generales de la institución educativa (formaciones, actos cívicos y otras celebraciones educativas, así como en los recreos) de manera permanente. b) Informar oportunamente a los directivos sobre la inasistencia de estudiantes y a Los estudiantes sobre la ausencia de algún profesor en la IE. c) Registrar incidencias diarias de los estudiantes y la comunidad educativa, Previniendo la discriminación y la violencia en las escuelas. d) Desarrollar estrategias de dialogo permanentes con los estudiantes, profesores y docentes tutores. e) Orientar a los estudiantes sobre actividades pedagógicas correspondientes a cada día y los acuerdos y compromisos relacionados a la convivencia democrática y ordenada en las aulas y la IE. f)

Monitorear el ingreso y salida de estudiantes de la I.E faltas, tardanzas, permisos y el registro de la agenda escolar.

g) Velar el ingreso oportuno de los estudiantes a sus aulas, talleres, laboratorios y otros espacios de aprendizaje en horas programadas. COPIADOS DE PAPELOTE a) Elaborar ficha única de control de asistencia, conducta y disciplina determinando una escala de evaluación por ítems. b) Manejar un registro anecdótico y de incidencias para regular el comportamiento del educando. c) Coordinar de manera secuencial los informes de auxilia, tutor y responsable de tutoría. d) El auxiliar informa de manera obligatoria y puntual a la autoridad correspondiente. e) Coordinar con los padres de familia en el tratamiento de los problemas de conducta. f) Verificar el cumplimiento de las tareas asignadas por el por el docente o tutor de aula. g) Mantener en forma obligatoria y permanente coordinación con los tutores de aula, brigadieres y coordinador(a) de tutoría.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

h) Informar de manera inmediata a la dirección la presencia de personas ajenas a la I.E. i) Presencia de auxiliares en la hora de recreo. j) Deben estar distribuidos en áreas estratégicas para mayor

control del

estudiante. k) Presentar estadísticas de casos a A.T.I l) Contar con una carpeta de trabajo. m) Deben usar el uniforme. n) Colaborar con el trabajo institucional y en equipo. o) Rotar al personal auxiliar. p) Evaluar el trabajo del auxiliar : Desempeño q) Debe cumplir con su respectiva carga horaria, establecida de la siguiente manera: 

El personal auxiliar de educación existente en la I.E (nombrado) labora 30 horas pedagógicas.



El personal de apoyo pedagógico contratado mediante CAS, labora 30 horas cronológicas.

r) Presentar Plan Operativo en cada responsable administrativo. a) Elaborar fichas individuales para ayudar al control de la conducta y disciplina de los estudiantes en coordinación con el responsable de A.T.I b) Mantener actualizado el registro de asistencia y control de los educandos a su cargo por grados y secciones c) Orientar el comportamiento de los educandos en armonía con las normas establecidas y llevar el registro anecdótico o de incidencias de los estudiantes a su cargo d) Poner en conocimiento del tutor los casos de indisciplina, inasistencias y tardanzas según la gravedad del falta con un breve informe escrito del incidente e) Elaborar información mensual sobre las causas de inasistencia, tardanzas, problemas de conducta y evasión de alumnos y alumnas que observan estos problemas, derivando los informes a la superioridad inmediata f) Colaborar con los padres de familia en el tratamiento de los problemas de conducta, en coordinación con TOE g) Controlar la realización de las tareas escolares en ausencia del profesor. h) Participar directamente en la formación, orden y disciplina de los estudiantes en las actuaciones cívicas patrióticas en la Institución Educativa y fuera de ella i) Orientar a los educandos sobre el uso adecuado del uniforme escolar, buen uso de las prendas de vestir y el aseo personal j) Exigir al educando la conservación y mantenimiento del material educativo, mobiliario escolar e infraestructura

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” k) Apoyar las acciones de orientación y bienestar del educando programadas por la institución educativa l) Colaborar en el llenado de las papeletas de citaciones a los padres o madres de familia. m) Atender y auxiliar a los educandos en caso de emergencia n) Difundir las normas sobre el comportamiento de los educandos que remite la dirección de la institución educativa y apoyar en su cumplimiento o) Controlar la permanencia del educando en la institución educativa p) Mantener coordinación permanente con tutores de aula ,brigadieres y ATI q) Registrar los permisos dados por ATI r) Tratar los asuntos de indisciplina siguiendo un orden de acuerdo a la falta cometida (auxiliar, tutor, ATI) s) Velar por el cumplimiento de las funciones de los brigadieres y los policías escolares t) Estar atento a cualquier tipo de desorden que protagonicen los educandos, poner orden la instante y tomar las medidas correspondientes del caso u) Tomar las medidas del caso si observa la presencia de personas ajenas a la Institución Educativa v) Permanecer en el pabellón que les ha sido asignado y estar pendiente de las aulas a su cargo Artículo 26.

Los auxiliares de educación están prohibidos de:

a) Dar permiso a los educandos para salir del aula o la institución educativa b) Reunirse en horas de trabajo para tratar asuntos ajenos a su labor c) Realizar actividades ajenas a su función como dormir y leer periódicos durante su permanencia en la Institución Educativa d) Abandonar su centro de trabajo, salvo permiso autorizado por el director e) Reemplazar a un profesor o profesora sin autorización del director f) Encubrir faltas de alumnos o alumnas por amistad u otros motivos g) Presentarse en la institución educativa con indicios de ebriedad. h) Prohibido ingresar a las aulas cuando no hay presencia de estudiantes o profesor. i) Prohibido de decomisar objetos de los estudiantes sin conocimiento del tutor o coordinador de ATI. j) Prohibido el negocio de DVD, revistas u otros enseres a los estudiantes.

PERSONAL AUXILIAR DE LABORATORIO, BIBLIOTECA Y TALLERES (EXISTENTES EN LAS II.EE) FUNCIONES: a)

Apoyar a la labor docente durante la ejecución de prácticas en los ambientes de laboratorio, talleres u otros espacios donde el docente lo requiera (visitas guiadas, salidas de estudio)

b)

Preparar equipos y materiales para la realización de las prácticas.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

c)

Contribuir en la atención permanente de los estudiantes durante la ejecución de las sesiones.

d)

Desarrollar acciones permanentes de conservación, limpieza y esterilización de materiales e instrumentos específicos de cada laboratorio o taller. COMISION DE DEFENSORIA DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE

Artículo 27. Las defensorías escolares del niño, niña y adolescente funcionan en la institución educativa a cargo de un (a) docente responsable designado por el director entre los docentes que ejercieron la labor tutorial o el cargo de defensor satisfactoriamente, dos docentes defensores (as) elegidos democráticamente por los estudiantes por un periodo de dos (2) años; y el (la) regidor (a) de los derechos del niño como promotor defensor por un periodo de un (1) año. Artículo 28.

Son funciones:

a) Defender y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes b) Conocer la situación de los niños, niñas y adolescentes de la Institución Educativa que se encuentren en estado de riesgo, abandono o situación vulnerable e intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos c) Promover acciones de difusión de los derechos y deberes de los niños, niñas y adolescentes. d) Fortalecer la práctica de la convivencia y disciplina escolar democrática e) Denunciar ante las autoridades correspondientes al conocer casos de niños, niñas y adolescentes que son víctimas de maltrato físico o psicológico, acoso, abuso y violencia sexual f) Realizar visitas domiciliarias sin perjudicar el dictado de clases g) Realizar seguimiento a los casos h) Atender a los alumnos (as) y/o apoderados según horario establecido Artículo 28.

Funciones del/ la responsable de la DESNA

a) Planificar, dirigir y supervisar la labor del equipo de la DESNA. b) Coordinar con el director la autorización de la instalación de la DESNA a las instancias correspondientes c) Elaborar el plan de trabajo de la DESNA y proponer su incorporación al Plan Anual de Trabajo de la institución educativa d) Elaborar un protocolo de atención para los casos suscitados. e) Informar, en el día, al director de la institución educativa los casos que son reportados por las o los defensores (as) sobre maltrato físico, psicológico, acoso, abuso y violencia sexual en agravio de los o las estudiantes.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

f)

Coordinar con el director las acciones de capacitación a los integrantes de la DESNA g) Denunciar, bajo responsabilidad, los casos de maltrato físico, psicológico, acoso, abuso o violencia sexual a las autoridades correspondientes donde el presunto agresor sea el director ó personal de la institución educativa (docente) de la institución educativa. Artículo 29.

Son funciones de los defensores:

a) Participar en la elaboración del Plan Anula de Trabajo de la DESNA b) Promover y desarrollar actividades de difusión y promoción de los derechos del niño, niña y adolescente c) Propiciar la resolución pacífica y armónica de conflictos cuando se afectan los derechos de los estudiantes dentro del marco del reglamento de la institución educativa y siempre que los hechos no constituyan faltas o delitos señalados en el código penal vigente. d) Informar inmediatamente al/el responsable de la DESNA o en ausencia de este o esta al director de la institución educativa los casos de maltrato físico, psicológico, acoso y violencia sexual en agravio de los estudiantes para que se establezca la denuncia ante las autoridades correspondientes. e) Denunciar, bajo responsabilidad, los casos de maltrato físico, psicológico acoso, abuso o violencia sexual a las autoridades correspondientes donde el presunto agresor sea el director de la institución educativa Artículo 30.

Son funciones de los promotores defensores:

a) Participar en el Plan Anual de Trabajo de la DESNA. b) Promover y apoyar las actividades y campañas de la DESNA c) Comunicar a los defensores situaciones en las que se vean afectados los derechos de los estudiantes tanto de la institución educativa como al exterior. Artículo 31.

Son derechos de DESNA:

a) Disponer de una oficina debidamente equipada para atender casos suscitados. b) Recibir un presupuesto anual para atender las visitas domiciliarias. Artículo 32.

Prohibiciones de los integrantes de la DESNA

a) Transgredir el normal funcionamiento de la DESNA. b) Ausentarse de la I.E o del aula durante el horario de trabajo para atender casos de la DESNA, sin respetar el horario establecido c) Maltratar física, verbal o psicológicamente a los educandos, personal docente, administrativo, padres y madres de familia.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

Artículo 33.

Sanciones:

a) Cualquier incumplimiento de las funciones a su cargo se aplicara las sanciones de acuerdo a ley. - Ley de R.M.N° 29944 y su modificatoria N° 019. ORGANO DE APOYO AREA ADMINISTRATIVA Artículo 34. El órgano de apoyo es el encargado de brindar los servicios administrativos proporcionando oportunamente los recursos necesarios para el adecuado desarrollo de las actividades educativas Artículo 35.

Son funciones del área administrativas:

a) Programar, organizar y supervisar la provisión de los recursos necesarios para el adecuado funcionamiento de la institución educativa b) Apoyar las acciones educativas que se desarrollan en la institución educativa c) Realizar labor de secretaria, tramite documentario, archivo, biblioteca, laboratorio, publicaciones e impresiones siendo responsables de la prontitud de los tramites d) Administrar la documentación técnico pedagógica, especialmente relacionados con la matricula, evaluación y certificación de los educandos. Artículo 36.        

El área administrativa está integrada por:

Secretaria Auxiliar de laboratorio Auxiliar de biblioteca Personal de servicio Personal de guardianía Oficinista Operadora de fotocopiadora Responsable de sala de innovación FUNCIONES DE LA SECRETARIA

Artículo 37. La secretaria es la responsable del área administrativa, depende jerárquicamente del director de la institución educativa y tiene por funciones: a) Recepcionar, registrar y controlar la documentación dirigida a la institución educativa b) Mantener actualizado el archivo de la institución educativa c) Velar por la seguridad y conservación de los bienes a su cargo y llevar el inventario correspondiente.

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Commented [A1]: revisar

REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” d) Clasificar y distribuir la documentación recibida. e) Revisar o prepara la documentación correspondiente para la firma respectiva f) Llevar el libro de actas de las reuniones de la dirección con el personal docente g) Facilitar la información pertinente al personal que labora en la institución educativa h) Recepcionar a las personas que soliciten entrevistas con el señor director. i) Extender los certificados de estudios de los educandos en el orden de recepción de solicitudes y a la brevedad posible. j) Establecer los mecanismos de coordinación que permitan la adecuada administración de los recursos humanos y financieros que sean asignados. k) Vigilar el adecuado cumplimiento de los criterios emitidos por el director que permitan la buena organización y coordinación. l) Mantener la relación directa con las normativas con el fin de cuidar los trámites documentarios. m) Elaborar el directorio y onomásticos de todo el personal de la I.E n) Elaborar y actualizar el Periódico Informativo o) Actualizar el Calendario Cívico Escolar p) Contar con un presupuesto de caja chica. q) Manejar un folder con legislación actualizada para consulta. Artículo 38.

El personal administrativo está prohibido de:

a) Proporcionar información de la I.E a personas ajenas a la institución (ser confidencial) b) Crear conflicto entre los docentes. c) Utilizar las instalaciones de la institución educativa para asuntos de carácter personal en horas de atención en la oficina d) Permanecer en horas de trabajo fuera de la oficina o estar donde no le corresponde. e) Interrumpir a quienes están dedicados a sus tareas f) Hacer refrigerio en hora de atención al público usuario. g) Recibir gratificaciones por los servicios que soliciten los educandos, padres de familia o el público usuario h) Establecer con los alumnos relaciones contrarias a la disciplina establecida i) Hacer insinuaciones o requerimientos que afecten la conducta del estudiantado. j) Realizar venta de artículos u objetos de cualquier índole. k) Atender asuntos ajenos a sus funciones en horas de trabajo. l) Alterar notas de registros y documentos oficiales. m) Retirarse de la institución educativa antes de cumplir con su horario de trabajo.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” Horario de Trabajo: La secretaria de la I.E labora 40 horas, labora 40 horas cronológicas. Hora de Ingreso : 7: 30 a.m. Hora de salida : 3: 45 pm Hora de refrigerio : -FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO III- GUARDIANIA Artículo 39.

Son funciones del personal de guardianía:

a) Contribuir al mantenimiento de las áreas verdes de la institución educativa b) Custodiar la institución educativa a través de rondas permanentes a los ambientes de las aulas y pabellón administrativo en sus jornadas de trabajo c) Cumplir con los turnos programados registrando las incidencias y casos en el cuaderno de registro y comunicar en forma inmediata en caso necesario a su superior d) Apoyar en la limpieza de aulas, ambientes y otras áreas en forma voluntaria dentro de su jornada laboral. e) Relevarse con el trabajador del siguiente turno (presencia de ambos) firmando el cuaderno de ocurrencias 15 minutos antes para la verificación correspondiente. f) Usar indumentaria (proporcionado por la APAFA), equipo y material adecuado durante su jornada laboral. g) Redactar actas de incidencias frente a diversas situaciones que se presenten. h) Reportar objetos olvidados por estudiantes y docentes a la secretaria de JEC. i) Es responsable de la pérdida o sustracción de objetos, material educativo o propio de la institución durante su jornada laboral. j) No dejar ingresar a personas ajenas a la institución educativa. k) Prohibir el ingreso a apersonas vestidas con short, faldas, bermudas, minifaldas y escotes exagerados. l) Solicitar papeleta de salida y/o permiso a todo el personal. Artículo 40.

El personal de servicio III está prohibido de:

a) b) c) d)

Abandonar sin permiso su puesto de trabajo Dormir en horas de trabajo. Delegar sus funciones a familiares o terceros en su turno Dejar de reportar el deterioro, perdida o hurto de enseres de la institución, de ser así asumirá la reparación o reposición e) Ingerir bebidas alcohólicas durante la jornada laboral. f) Permitir el ingreso de vehículos motorizados a la institución educativa, sólo en caso de emergencia. g) No se puede abandonar la guardianía hasta que venga el relevo, dando 15 minutos de tolerancia.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

Artículo 41. Protocolo de visitas: a) Presentación de DNI y/o citación del padre o madre de familia. b) Colocar el sola pin de Visitantes. Artículo 42. Horario de guardianes: El horario es rotativo

RAUL Serna qué More

Personal de vigilancia Contratado por JEC

RAYMUNDO CULQUICONDOR ANTON

FRANCISCO Ramos Naquiche

Lunes hasta Domingo: De 10.00 am hasta 6:00 pm ( también feriados) Lunes a Viernes: 6:00 am hasta 3:00 pm. De 3:00 am hasta 8:00 pm (Lunes, Martes, miércoles y jueves) Sábados y Domingos de 6:00 am hasta 3:00 De 8:00 pm hasta 6:00 am Lunes, Martes, Miércoles Jueves

y

ALEJANDRO Juárez Imán Personal de vigilancia nombrado en la IE

Viernes: De 8:00 pm hasta 6:00 am Sábado: De 3:00 pm hasta 6:00 am Domingo : De 3:00 pm hasta 6:00 am

PEDRO Zapata Mechato

* Rotativo semanal

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO I- LIMPIEZA Artículo 43. Son funciones del personal de servicio I: a) Controlar que los muebles, enseres y otros bienes que salen del centro educativo; cuenten con la autorización oficial del director. b) Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes y enseres del plantel. c) Velar por la seguridad de mueble, equipos, herramientas y otros bienes de la institución educativa. d) Mantener limpios todos los ambientes de la institución educativa(baños, patios, aulas) e) Dar prioridad a la limpieza de los servicios higiénicos. f) Realizar la limpieza de los servicios higiénicos después de cada recreo. g) Usar indumentaria, equipo y material adecuado durante su jornada laboral. PROHIBICIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO I Artículo 44. El personal de servicio I tiene las siguientes prohibiciones: a) Dar excesiva confianza a los alumnos y alumnas. b) Otorgar permisos de salida de la institución a los alumnos y alumnas. c) Realizar tareas ajenas a sus funciones en horario de trabajo que le impidan desenvolverse en labores de limpieza en la I.E d) Delegar funciones a familiares o a terceros. e) No usar su indumentaria e implementos de limpieza. f) Abandonar su puesto de trabajo. g) Asistir en estado etílico. HORARIO DE TRABAJO: El personal de limpieza debe laborar 40 horas cronológicas y realizar sus labores de acuerdo a la siguiente distribución: Limpieza de aulas: De 3: 00 a.m. hasta las 7:00 pm Mantenimiento de los baños: De 10 a.m. hasta las 2: 00 pm. FUNCIONES DEL AUXILIAR DE LABORATORIO Artículo 45.

Son funciones del auxiliar de laboratorio:

a) Limpiar y esterilizar materiales, instrumentos y ambientes de laboratorio permanentemente b) Participar en la elaboración del Plan de Trabajo y cronograma de prácticas del laboratorio.

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Commented [P2]: Revisar estas funciones porque no competen al limpieza

REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” c) Llevar el libro de registro y prácticas de laboratorio d) Informar a la dirección del deterioro del material para que sea adquirido y restituido. e) Llevar el cuadro de requerimientos de materiales, herramientas y reactivos en coordinación con los profesores de la especialidad f) Llevar el inventario actualizado de los materiales registrando las altas y bajas de los mismos g) Apoyar en la practicas con la preparación de muestras, registros de los análisis y otros h) Organizar el material de laboratorio y velar por su mantenimiento i) Brindar atención permanente durante las 40 horas cronológicas de trabajo, manteniendo los ambientes a disposición de los alumnos j) Mantener estoqueado con productos químicos. k) Mantener equipos ventilados. l) Usar indumentaria adecuada (mandil, guantes) m) Cumplir su horario de trabajo: ingresar de 7:30 am hasta las 3:00 pm. Artículo 46. a) b) c) d) e) f)

Son prohibiciones del auxiliar de laboratorio:

Usar el laboratorio como almacén de pintura, reciclaje, etc. Permitir el uso del laboratorio para fines ajenos del área Abandonar el laboratorio en horas de trabajo Negarse a apoyar a los docentes en el aula estando desocupado Llegar en estado etílico. Delegar funciones a familiares y terceros en su jornada laboral. FUNCIONES DEL AUXILIAR DE BIBLIOTECA

Artículo 47. Son funciones del auxiliar de biblioteca: a) Formular y ejecutar el plan de trabajo de la biblioteca. b) Registrar a las personas que ingresan a la biblioteca en un cuaderno de control. c) Organizar y desarrollar actividades de difusión (divulgación). d) Elaborar estrategias de uso de la biblioteca. e) Promover la participación de los miembros de la comunidad en las actividades del servicio bibliotecario a su cargo. f) Revisar bimestralmente los libros entregados al estudiantado. g) Realizar el requerimiento en un tiempo oportuno conociendo a la población estudiantil. h) Inventariar el material bibliográfico, maquinas, muebles y demás enseres con que cuenta la biblioteca i) Confeccionar fichas bibliográficas, catálogos, ordenar los libros, revistas, folletos, etc. de acuerdo a la codificación y catalogo establecido.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

j) k) l) m) n) o) p) q) r) s) t) u)

Orientar a los lectores del uso adecuado de los catálogos, textos, revistas y otros documentos para garantizar su conservación y hacerlo efectivo Hacer cumplir el reglamento de la biblioteca: uso, préstamo y reposición de libros. Entregar material bibliográfico a los interesados previa presentación del carnet u otro documento de identidad para controlar la devolución. Hacer realidad la entrega de carnet a los alumnos en el presente año escolar Informar al jefe inmediato superior periódicamente sobre las ocurrencias producidas en la presentación del servicio Mantener actualizado y ordenado el material bibliográfico depurando lo obsoleto Recomendar a los usuarios el buen comportamiento en la sala lectura así como el trato adecuado de los documentos de consulta Velar por el buen mantenimiento y conservación del material bibliográfico (empaste, encuadernación). Promover compras para el incremento del material bibliográfico y el banco de libros Elaborar el reglamento de uso de la biblioteca y pegarlo en un lugar visible Ambientar el local acorde con la actividad que se realiza Brindar atención permanente las 40 horas de trabajo, desde las 7:35 am hasta las 3:30 pm.

Artículo 48. El auxiliar de biblioteca está prohibido de: a) Permitir el ingreso de estudiantes en horas de clase. b) Abandonar la biblioteca en horas de trabajo sin el permiso correspondiente c) Cobrar a los alumnos por la pérdida de libros u otro material educativo ORGANOS DE EJECUCION: FUNCIONES Artículo 49. El órgano de ejecución esta integrados por los educandos del primero al quinto grado de educación secundaria común diurna y el personal docente, los mismos que cumplen con la aplicación de la programación curricular, desarrollando de esta manera la tarea de enseñanza- aprendizaje ORGANO PARTICIPACION: FUNCIONES Artículo 50. El órgano de participación está integrado por aquellos que intervienen en el desarrollo de las acciones educativas. Artículo 51. El funcionamiento de los estamentos que integran el órgano de participación se ajustara a los dispositivos en vigencia y a lo normado en sus reglamentos Artículo 52. Los comités de aula están conformados por los padres de familia y alumnos de cada una de las secciones bajo el asesoramiento del profesor tutor. 29

Commented [P3]: Revisarla

REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

Artículo 53.

Los comités de aula participaran básicamente en:

a) Promover y organizar actividades tendientes a lograr el bienestar de los educandos mediante el trabajo mancomunado b) Participar en los equipos y brigadas de trabajo que se organicen a nivel de aula, para ampliar, mantener y conservar el local, así como el mobiliario c) Coordinar con dirección e informar sobre las actividades ejecutadas. FUNCIONES DE LA COMISION DE EDUCACION CULTURA Y DEPORTE Artículo 54.

Son funciones de la comisión de educación, cultura y deporte:

a) Promover y desarrollar las actividades educativas de carácter cultural, científico, social, deportivo, recreacional y otros similares que son parte del currículo. b) Promover, orientar y apoyar el funcionamiento de los mecanismos de participación en el servicio educativo c) Coordinar con las demás áreas la programación del desarrollo y evaluación de las actividades de proyección social. d) Participar activamente en las actividades comunales programadas en el Plan Anual de Trabajo CAPITULO V DEL INGRESO-MATRICULA Y TRASLADO Artículo 55. Ingresan al primer grado de educación secundaria en la Institución Educativa “Alejandro Sánchez Arteaga”, los estudiantes que han concluido satisfactoriamente el sexto grado de educación primaria y que se acrediten con los documentos probatorios. En la modalidad de menores ingresan a primer grado hasta los 13 años de edad. DE LA MATRICULA Artículo 56. En el momento de la matricula o ratificación de la misma, se entregara al padre o madre de familia, apoderado o tutor, una copia del reglamento interno en la parte referente a los deberes y derechos del estudiante. a) La matrícula del estudiante se efectúa de acuerdo a lo establecido en el Plan Anual de Trabajo b) La matrícula se efectúa por primera y única vez al ingresar el estudiante al nivel secundario. La ratificación de matrícula tiene lugar antes del inicio de los estudios en los grados subsiguiente Artículo 57.

Los requisitos para el primer grado de educación secundaria son:

a) Presentación del certificado de estudios que acredite haber terminado satisfactoriamente la educación primaria.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” b) c) d) e)

DNI del estudiante o apoderado. Presentación de la partida de nacimiento La presencia del padre de familia o apoderado Certificado de conducta, con calificación mínima A (bueno).

Artículo 58. En caso de que el estudiante no haya podido ser matriculado en la fecha previa, por motivos de fuerza mayor debidamente comprobados, podrá ser admitido extemporáneamente hasta el último día hábil del mes de diciembre. Artículo 59. La matrícula para los alumnos de primer grado será hasta el último día hábil de noviembre. Y para los demás grados en condición de invictos, hasta el mes de diciembre y los aplazados o repitentes, será en el mes de febrero según corresponda en el cronograma establecido. Artículo 60. Para la ratificación de la matricula será necesario la presentación obligatoria de la hoja informativa Artículo 61. Condicionar la matrícula para aquellos alumnos que tienen mala conducta mediante un documento de compromiso del padre o apoderado, bajo un estricto monitoreo tanto para el padre como para el alumno. Artículo 62. Para la evaluación del comportamiento de los estudiantes se recoge información de los profesores de las diferentes áreas curriculares, del tutor y del auxiliar de educación. Para ello se establecerán indicadores de evaluación. Artículo 63. La calificación bimestral y anual de comportamiento de los estudiantes es deducida por la siguiente información: a) los profesores de las diferentes áreas curriculares ingresan sus notas de comportamiento, que han obtenido a través de un adecuado instrumento de evaluación. De esto resulta el promedio de los estudiantes. b) el tutor ingresa las notas de comportamiento que asigna a los alumnos de su sección, como tutor de la misma. c) el auxiliar de educación ingresa las notas de comportamiento, deducidas de la información de los documentos que maneja en dicha área. d) el consolidado de las notas bimestral y anual se alcanzará al tutor para ingresarlo al sistema. DE LOS TRASLADOS Artículo 64. Los traslados, así como los retirados se sujetaran a las directivas emanadas del Ministerio de Educación y reglamento interno de la institución educativa.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

Artículo 65. Para el efecto del traslado se tendrá en cuenta la vacante y el certificado oficial de estudios, certificado de conducta con una calificación (A) o (AD) (equivalente a (A) o a mas igual o mayor, así como los documentos que exige la resolución ministerial N°030 Artículo 66. Los traslados proceden hasta el término del mes de octubre, previa presentación de certificado de buena conducta Artículo 67. Los alumnos que vienen trasladados una vez matriculados en esta institución se sujetaran a las normas establecidas en el presente reglamento. CAPITULO VI DE LA EVALUACION PROMOCION Y CERTIFICACION DE LA EVALUACION Artículo 68.

Son fines y objetivos de la evaluación:

a) Conocer y apreciar los resultados del quehacer educativo en sus aspectos cualitativos y cuantitativos. b) Determinar los logros y dificultades durante el proceso de enseñanzaaprendizaje. c) Desarrollar actitudes en los educandos para una mejor orientación del proceso educativo. d) Identificar y mejorar los aspectos deficientes del proceso enseñanza aprendizaje, como las capacidades y competencias. e) Estimular la formación de valores propuestos por la I.E y hábitos de trabajo e investigación del educando. Artículo 69. La evaluación del rendimiento escolar se realizará en forma integral y permanente. Artículo 70. La evaluación del aprendizaje será teniendo en cuenta lo reglamentado por el ministerio de educación, la naturaleza del área y la realidad del educando. Artículo 71. La evaluación será el resultado de la suma de un número variable de indicadores, los mismos que están en función de las competencias y capacidades de cada unidad de aprendizaje Artículo 72. Por ningún motivo una sola capacidad podrá determinar el proceso de evaluación. Artículo 73. Los alumnos que no se presentaron a los exámenes en las fechas indicadas por enfermedad u otra causa, serán evaluados, siempre y cuando justifiquen debidamente la ausencia o que presenten la certificación medica respectiva en caso de enfermedad, a la dirección del plantel.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

DE LA PROMOCION DEL EDUCANDO Artículo 74. Serán promovidos al año inmediato superior, los alumnos que obtengan en toda las áreas un promedio anual mínimo de once (11) Artículo 75. Los alumnos desaprobados en 1 a 3 áreas en el año lectivo adquieren la condición de aplazados y están obligados a asistir al programa de recuperación académica del año siguiente. Artículo 76. Los alumnos aplazados en el año lectivo vigente, incluidos los de quinto grado, y los alumnos con cursos de subsanación de años anteriores asistirán al programa de recuperación académica en forma obligatoria. Artículo 77. Los alumnos desaprobados en más de cuatro áreas se consideran repitente del año. Artículo 78. Los alumnos que tienen tres cursos desaprobados en el año lectivo y además tiene un área pendiente de subsanación. Artículos 79. Si al rendir la evaluación de recuperación desaprueba dos o más áreas curriculares. DE LA CERTIFICACION DE LAS EVALUACIONES Artículo 80. Los certificados oficiales serán entregados previa solicitud por parte del interesado, debiendo pagar en secretaria los derechos correspondientes más la presentación de dos fotografías tamaño carnet. Artículo 81. Los certificados para los alumnos menores de edad que no han concluido sus estudios secundarios, serán solicitados por sus padres o apoderados DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA Artículo 82. La institución educativa “Alejandro Sánchez Arteaga” funcionara con el modelo educativo de Jornada Escolar Completa JEC, en un solo turno en el siguiente horario: Entrada: 7:30 a.m.

Salida : 3:00 p.m.

Artículo 83. La hora pedagógica es de 45 minutos, dando lugar a nueve (09) horas pedagógica por ser escuela con Jornada Escolar Completa JEC y con 3 bloques: un recreo de 15 minutos y un segundo recreo de 35 minutos aprovechada para el almuerzo del estudiantado. El personal docente debe de utilizar diariamente el uniforme de la institución.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA”

Artículo 84. secciones.

Funcionaran los cincos grados de estudio distribuidos en 25

Artículo 85. La jornada laboral de los profesores por horas, tiene límite de 24 horas de dictado de clases semanales, cuando existe disponibilidad de horas de clase no podrá extenderse provisionalmente el limite indicado, siempre y cuando no exista incompatibilidad de horario, siendo remunerado según el art. 18 de la ley del profesorado (24029) y su modificatoria la ley N°25212. Artículo 86. La jornada laboral del director y todo el personal administrativo es de 40 horas; inicia desde las 7:30 a.m. hasta las 4:00 p.m. incluida una hora de refrigerio; con excepción del personal contratado por la JEC cuyo horario de trabajo esta normado según la R.S.M N° 041-2016. Artículo 87. La permanencia del personal docente por horas será según su horario semanal, no tiene la obligación de permanecer en la institución educativa fuera de las horas indicadas salvo de convocatoria a reuniones hechas por el director del plantel con 24 horas de anticipación y rotando los días de reunión, Artículo 88. Las reuniones ordinarias deben ser dentro de la jornada laboral de 7:45 de la mañana a 1:30 de la tarde y la extraordinaria cuando las circunstancias lo ameriten. CAPITULO VII DE LAS TARDANZAS, INASISTENCIAS, PERMISOS Y LICENCIAS LAS SANCIONES Y ESTIMULOS

DE

Artículo 89. Para los profesores que tengan clases a partir de la primera hora se les considere tardanza, el ingreso a la institución educativa después de las 7:30 a.m. salvo caso de emergencia. El personal docente debe ser más responsable con el tiempo referente a su trabajo y evitar el uso del celular en horas de clase. Después de cada cambio de hora el docente debe de salir del aula para el ingreso de la siguiente docente. Artículo 90. Las tardanzas darán lugar a descuento y serán acumulativas de acuerdo a las disposiciones vigentes DE LAS INASISTENCIAS Artículo 91. Las inasistencias por enfermedad deberán ser justificadas dentro de las 48 horas hábiles de recuperada la salud del docente y/o administrativo, con solicitud acompañada del certificado de incapacidad temporal para el trabajo, visado por el centro de salud competente para la licencia con goce de haberes por enfermedad.

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Commented [P4]: Revisar

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Artículo 92. Los servidores que se enfermen durante su jornada de trabajo podrán abandonar el plantel con conocimiento del director, no se les considerara inasistencia Artículo 93. Las inasistencias injustificadas al plantel por más de cinco días consecutivos al mes o más de quince (15) días no consecutivos en un periodo de 180 días calendarios, constituye abandono de cargo. Cap. 194 de la ley Nª24029 y su modificatoria ley N° 25212 tanto para personal docente y administrativo. Artículo 94. Alterar el registro de asistencia para subsanar inasistencias y/o tardanzas constituye faltas graves. DE LOS PERMISOS Y LICENCIAS Artículo 95. El director de la institución educativa está autorizado para otorgar permisos al personal a su cargo hasta (3) tres días al año en casos debidamente justificados, si es mayor debe ser solicitado como licencia, dicho permiso debe anticiparse con solicitud Artículo 96. Los trabajadores que abandonen la institución educativa sin causa justificada concurrirán en falta grave, informándoseles para el descuento respectivo Artículo 97. Todo servidor de la institución educativa está obligado a firmar tanto el ingreso como la salida del plantel, el no cumplimiento se hará acreedor al descuento Artículo 98. La salida del docente del aula antes de finalizada la hora de clases, será considerada como falta, por lo que se le informara los minutos faltantes para su descuento Artículo 99. Los permisos o licencias con goce de haberes serán otorgados al profesional que labora en el plantel sin discriminación alguna de acuerdo a las normas vigentes DE LAS SANCIONES Artículo 100. Los docentes y más miembros de la institución educativa que incurran en falta o incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente reglamento, serán posibles a sanciones de carácter preventivo y punitivo, según el grado de falta Artículo 101.

Son sanciones de carácter preventivo las amonestaciones

Artículo 102. Son sanciones carácter punitivo la suspensión, separación y destitución, las cuales serán resueltas por el órgano competente Artículo 103.

Las faltas que merecen sanción son:

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a) Trafico de influencias y nepotismo b) Incumplimiento a funciones específicas del personal docente y administrativos y de servicio c) Fraude, adulteración o falsificación de documentos d) Negligencia en el desempeño de funciones. e) Calumnia y difamación en contra de sus colegas, comprobadas luego de una investigación f) Comercialización en notas y adulteración de registros g) Apropiación ilícita de dinero y bienes de la institución educativa h) Negarse a firmar el libro de actas después de cada asamblea. Artículo 104. Las sanciones serán aplicadas de acuerdo al cap. IX art.43 reglamento de la ley reforma magisterial. DE LOS ESTIMULOS Artículo 105. Los estímulos del profesorado serán solicitados por la autoridad inmediata, a nombre del interesado, a las organizaciones sindicales o asociaciones magisteriales conocidas, a al APAFA, asociaciones de ex alumnos u otras entidades públicas o privadas relacionados con el desarrollo de la educación. Para tal efecto se acompañaran los documentos sustentados Artículo 106. Los estímulos de agradecimiento y felicitación se otorgaran al profesorado y todo el personal trabajador de esta institución en merito a acciones excepcionales en beneficio de la educación y la cultura nacional promovidas y ejecutadas por estos o por el cumplimiento altamente eficiente de las tareas o comisiones encargadas por la dirección o autoridad educativa. Artículo 107. Los estímulos a los que se refiere el artículo anterior serán otorgados por la dirección de la institución educativa mediante resolución directoral, por la UGEL o la dirección regional de educación según el caso Artículo 108. Las instituciones de la comunidad, de los municipios, APAFAS, organizaciones sindicales y asociaciones magisteriales reconocidas, asociaciones de ex alumnos y otros similares relacionadas con la acción podrán recocer la labor sobresaliente del profesorado otorgándoles: a) b) c) d) e) f) g)

Felicitaciones escritas Diploma de merito Resoluciones cuando se trata de gobiernos locales Medalla de mérito educativo Resoluciones directorales Becas de capacitación Paseo de confraternidad entre los trabajadores en el transcurso del año

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” CAPITULO VIII DE LOS DERCHOS, ESTIMULOS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS: Artículo 110. Son alumnos de la institución educativa “Alejandro Sánchez Arteaga”, los estudiantes debidamente registrados en la nómina de matrícula oficial DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES Artículo 111.

Los educandos tienen los siguientes deberes y obligaciones:

a) Respetar a sus profesores, condiscípulo, personal de la institución educativa y otras personas, no usar el nombre de la institución educativa en actividades o acciones no autorizadas por la dirección b) Asistir a todas las clases en forma obligatoria, a la hora señalada y con puntualidad c) Cumplir con el desarrollo de sus deberes o trabajos prácticos de cada una de las tareas d) Presentar sus trabajos dentro de los plazos señalados por los profesores e) Conservar el buen estado del material educativo, libros, mobiliario y demás materiales de la institución educativa, haciéndoles responsables de su deterioro f) Conservar el buen estado la tarjeta de información devolviéndose firmada por su padre o apoderada dentro de las fechas indicadas. g) Representar a la institución educativa en las competencias y certámenes en cualquier lugar que se realicen, no aceptándose disculpas o pretextos para eludirlas, salvo casos de fuerza mayor. h) Colaborar con los profesores y quienes desempeñen labores en el desarrollo de las actividades que efectué en la institución educativa. i) Saludar a sus semejantes dentro y fuera de la institución educativa. j) Ser honrado consigo mismo y con los demás respetando lo ajeno. k) Amar y respetar a nuestra patria y sus símbolos nacionales. l) Entonar con unción cívica el himno nacional y de nuestra institución educativa. m) Asistir con respeto, corrección y puntualidad a las actividades cívicas, culturales y religiosas que se realicen en la institución educativa o fuera de ella. n) Honrar el uniforme de la institución educativa mediante la observación de buena conducta y caballerosidad dentro y fuera de la institución educativa. o) Llevar el uniforme oficial de la institución educativa, de la siguiente manera: varones  Pantalón gris y correa negra  Camisa blanca e insignia cosida en el bolsillo izquierdo  Zapatos negros y medias grises.

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p) q) r) s)

t) u) v) w)

Mujeres:  Falda y medias grises  Blusa blanca e insignia cosida en el bolsillo izquierdo  Zapatos negros y medias grises  Cabello trenzado o collet blanco Mantener el aula y demás instalaciones de la institución educativa limpios. Mantener su uniforme limpio y bien presentable. Abstenerse de buscar situaciones de privilegio que le favorezcan si mismo Presentarse a la institución educativa con el cabello recortado reglamentariamente, en caso de los varones y las mujeres lucirán el cabello debidamente trenzado y con collets de color blanco. Para los desfiles usaran cinta blanca Los varones usaran el pantalón sin pinzas en las mangas y la basta levantada reglamentariamente Evitar consumir alimentos en el aula Ingresar al aula inmediatamente terminando el recreo No portar brazaletes, pulseras, gorros, radios, celulares, sortijas, aretes grandes, ganchos, binchas o cualquier otros accesorios personales DE LOS DERECHOS

Artículo 112.

Son derechos del alumno alejandrino los siguientes:

a) Recibir información integral de cada área de estudio en forma permanente b) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las disposiciones que le conciernen como alumnos c) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus funciones y deberes d) Ser evaluado dentro del marco de las disposiciones legales que para el efecto existe e) No ser violentados física, psicológicamente y verbalmente f) No ser discriminado por razones de credo g) Serán justificadas sus inasistencias y evaluadas las áreas correspondientes, con posterioridad si el caso lo requiere por razones de salud o por participar en actividades representando a la institución educativa y con debida autorización de la dirección h) Efectuar en forma respetuosa, reclamos verbales o escritos, al profesor y personal administrativo de la institución educativa utilizando el conducto regular i) Solicitar rendir pruebas o exámenes por motivos justificados j) Solicitar consejo y orientación a los profesores de TOE y tutores en lo referente a tramites escolares y otros k) Ser evaluados por los profesores l) Elegir y ser elegidos para desempeñar cargos en las organizaciones escolares existentes en la institución educativa m) Recibir reconocimiento público al acumular 100 puntos de mérito.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” n) Gratuidad de la enseñanza, pierde este derecho si son repitentes, en ese caso deberán cancelar el 0.05% mensual de la UIT mensual o) El alumno tiene derecho a matricularse siempre y cuando no hay repetido dos veces consecutivos en el mismo grado. DE LOS ESTIMULOS DE LOS EDUCANDOS Artículo 113. Los estímulos a los que se hacen acreedores los educandos que realicen acciones destacadas, dentro y fuera de la institución educativa son: a) b) c) d) e)

Felicitaciones escritas y puntajes de mérito a su favor Diploma de honor al merito Viajes de estímulo financiero por la institución educativa Exoneración del pago del APAFA en el proceso de matricula Resoluciones de facilitaciones por la UGEL o DREP y resolución de felicitación dada por la dirección del plantel

Artículo 114. Publicar sus nombres en aprovechamiento y comportamiento bimestral Artículo 115.

el

cuadro

de

méritos

por

Recibir menciones honrosas en formación de los días lunes DE LAS FALTAS Y SANCIONES AL EDUCANDO

Artículo 116.

Constituyen faltas cometidas por el educando:

FALTAS GRAVES a) Portar arma blanca o de fuego u objetos punzocortantes que ocasionen Daño. b) Acosar sexualmente a sus compañeros y compañeras. c) Mostrar sus genitales a sus compañeros (as) de estudio d) Realizar actos de indisciplina dentro y fuera del plantel e) Fomentar escándalos dentro o fuera del plantel estando con el uniforme escolar puesto f) Que estando uniformado, se encuentre bebiendo licor en bares, cantinas, chicherías o en la institución educativa g) Agredir psicológica, física y verbalmente a sus compañeros. h) Agredir psicológica, física y verbalmente a sus profesores(as) o cualquier trabajador de la institución educativa. i) Uso excesivo del celular durante el desarrollo de las sesiones de aprendizaje (para todos los docentes) entre otras reuniones pedagógicas j) Retirarse continuamente del aula encontrándose en clase. k) Ser sorprendido fumando o induciendo a fumar sustancias psicoactivas a sus compañeros (as) dentro y fuera de la institución educativa l) Ser sorprendido robando enseres de la institución educativa o de otra institución.

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FALTAS LEVES a) Llegar frecuentemente tarde a clases en forma injustificada b) No entonar el Himno nacional. c) Malograr el mobiliario escolar, libros, pintar paredes y colocar inscripciones que desdicen de su formación d) Fomentar escándalos dentro o fuera del plantel estando con el uniforme escolar puesto e) Evadirse de la institución educativa en horas de clase f) Portar revistas pornográficas, celulares, MP3, cámaras fotográficas. g) Permisos excesivos. Artículo 117. Las sanciones que se aplican a los educandos por el incumplimiento de sus deberes son: a) b) c) d)

Amonestación verbal o escrita del profesor (a) Amonestación verbal o escrita de coordinador (a) de TOE Amonestación verbal o escrita del director Acumular puntaje de mérito de acuerdo al cuadro establecido

Artículo 118. En la aplicación de sanciones al educando se evitara la humillación y se bridara la orientación correspondiente para su superación Artículo 119. La sanción de cambio de la institución educativa se determinara observando el mismo procedimiento del artículo anterior, siendo esta en caso de falta de suma gravedad o por tener dos suspensiones (reincidencia) Artículo 120.

Constituye falta de suspensión temporal:

a) Hurtar los bienes de la institución educativa o de compañeros (as) b) Faltar la palabra, omisión o de obra al director, docentes, personal administrativo y compañeros (as) c) Traer bebidas alcohólicas, estupefacientes, revistas pornográficas que denigren la salud física y mental de los educandos o personal de la institución educativa d) La acumulación de hasta 100 puntos de DEMERITO, separación de la institución educativa por tres días. CAPITULO IX DE LAS COORDINACIONES CON LA APAFA DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES DE LOS PADRES, MADRES DE FAMILIA Y APODERADOS

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Artículo 121. Las coordinaciones con la asociación de padres de familia de la institución educativa deben sr permanentes Artículo 122. Es la obligación de la asociación de padres de familia participar activamente en todas las acciones del quehacer educativo y/o la conformación del consejo educativo institucional. Artículo 123.

Son derechos de los padres, madres de familia y apoderados:

a) Conocer el modelo de educación que reciben sus hijos e hijas. b) Ser informados oportunamente del aprendizaje y comportamiento de sus hijos e hijas c) Ser atendido por las autoridades y docentes de nuestra institución educativa en el horario establecido d) Elegir y ser elegidos en organismos de la institución educativa que la norma establece e) Presentar sus sugerencias y reclamo con respeto f) Ser escuchados y tratados con dignidad y respeto por las autoridades g) Solicitar permisos para sus hijos e hijas por razones de salud u otras debidamente sustentadas Artículo 124. y apoderados:

Son deberes y obligaciones de los padres, madres de familia

a) Respetar el modelo educativo enmarcado en la visión, misión y axiología de la institución educativa b) Respetar, cumplir y hacer cumplir las normas establecidas en el reglamento interno de la institución educativa c) Tratar con respeto y dignidad a todos los miembros de la comunidad educativa d) Asistir vestido de manera adecuada y puntual a las reuniones, asambleas y llamados de la dirección, coordinación de ATI, tutores y docentes, respetando el horario establecido e) Participar activamente en las actividades programadas por la institución educativa f) Informarse periódicamente del avance académico y comportamiento de sus hijos e hijas g) Contribuir con la educación y buena formación de sus hijos e hijas, garantizando el cumplimiento de sus obligaciones escolares y la práctica de valores h) Cumplir con los compromisos asumidos, responsabilizándose de toda acción incorrecta de sus hijos e hijas, en perjuicio de la comunidad e institución educativa i) Supervisar el horario escolar de sus hijos e hijas, así como la presentación personal adecuada de los mismos con el uniforme escolar diario y de educación física. 41

REGLAMENTO INTERNO DE LA I.E “ALEJANDRO SANCHEZ ARTEAGA” j)

Devolver la libreta de notas debidamente forrada y firmada en el plazo no mayor a 2 días laborales. k) Justificar las inasistencias de sus hijos e hijas 24 horas después de ocurridas. l) Asistir obligatoriamente a la escuela de padres en la fecha y hora señaladas. Artículo 125.

Los padres de familia y apoderados están Prohibidos de:

a) Enviar al colegio a sus hijos e hijas estando delicados de salud o fuera del horario establecido b) Ingresar a la institución educativa y son autorización tratar asuntos que no son de índole educativo c) Permitir que sus hijos e hijas lleven objetos de valor o enseres prohibidos por el reglamento interno d) Enviar a la institución educativa a terceras personas sin autorización escrita CON LA UNIDAD DE GETION EDUCATIVA LOCAL Y DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION-PIURA Artículo 126. Las coordinaciones técnico- pedagógico y administrativas se realizan permanentemente CON OTRAS INSTITUCIONES DE LA COMUNIDAD Artículo 127. La institución educativa coordinara con las siguientes instituciones de la comunidad según las circunstancias, siendo las principales: a) b) c) d) e) f)

Consejo distrital de la Arena Centro de salud de la Arena Oficina parroquial de la Arena Instituciones de base (club de madres, deportivos etc.) Organizaciones sindicales, sociales, culturales, etc. Policía nacional del Perú, serenazgo y otro. CAPITULO X DE LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS

Artículo 128. La administración de los recursos es responsabilidad del consejo educativo institucional (CONEI) Artículo 129. El consejo directivo de la asociación de padres de familia deberá rendir su informe de su gestión administrativa a la asamblea de AMAPAFA, al director y a la comunidad educativa en forma pública, bimestral y obligatoria.

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Artículo 130. La institución educativa debe contar con la elaboración del presupuesto educativo anual aprobado por asamblea general. Entendiéndose como presupuesto institucional los ingresos percibidos por: -

La Dirección: Recursos propios, Donaciones, Programas de nivelación, recuperación, etc. AMAPAFA : Cuotas

Artículo 131. a) b) c) d) e) f) g) h)

La institución educativa contara con los siguientes libros:

Libro de actas de sesiones del personal docente Libro de caja de ingresos propios Libros de asistencia del personal docentes y administrativos Libro de visitas, supervisión UGEL y departamental Libro de padrón de padres de familia. Libro de reclamaciones. Carpeta didáctica de cada docente. Programas curriculares. CAPITILO XI DISPOCISIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 132. El presente reglamento interno tiene vigencia a partir de su aprobación y emitido el correspondiente decreto directoral, debe de ser conocido y aplicado por toda la comunidad educativa de la I.E “Alejandro Sánchez Arteaga” Artículo 133. Los casos no contemplados así como los que requieren modificación en el presente reglamento interno serán resueltos por CONEI, con cargo a dar cuenta a la magna asamblea Artículo 134. Las reuniones son de carácter ordinario y extraordinario. Las ordinarias serán programadas trimestralmente con 24 horas de anticipación previa citación por escrito con carácter obligatorio sin tomar en cuenta el día libre del personal docente. Las extraordinarias en cualquier época y a solicitud de cualquier instancia. El personal docente que incumpla el presente dispositivo será sancionado de acuerdo a lo estipulado por el reglamento de la ley 24029 y su modificatoria, capítulo VII y sus artículos 119 y 120 de acuerdo el presente reglamentó interno Artículo 135. El acta de las reuniones debe ser registrada en el libro de actas, luego leída en asamblea y firmada obligatoriamente por todos los presentes Artículo 136. Las reuniones extraordinarias estarán sujetas al tiempo y a las circunstancias que presente.

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