Reforma-constitucional

  • October 2019
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Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza Puntos importantes Discurso Presidencial 15-08-07 Presentación del Anteproyecto Constitucional “Dificulto yo, qué hoy haya en algún país de éste planeta, una democracia tan viva y tan profunda como la que vivimos en Venezuela” Viva el pueblo soberano, el pueblo soberano respondió: • 1998: Elecciones • 1999: Referéndum, hay 2 o Elecciones de Abril a constituyente o Referéndum aprobatorio de la constitución • 2000: Elecciones Nacionales, regionales y locales • 2001: Ley habilitante • 2002: Golpe de Estado, Dictadura fugaz y Revolución Victoriosa el 13 de abril, un año inolvidable. • 2003: “El pueblo en las calles enfrentando la ofensiva imperialista y de la oligarquía cipaya, tratando de rendirnos por hambre en aquel caos que aquí se armo del sabotaje petrolero, económico, social, mediático”. • 2004: Referéndum revocatorio, “…un pueblo que ahí está demostrando solidez ideológica, demostrando madurez política, demostrando coraje a prueba de todo… con ese pueblo siempre, sin ese pueblo nunca. Qué viva digo, el pueblo soberano de Venezuela” Entrando en Materia: Unas “pinceladas… que abarcan el ámbito político, el social, el económico, el militar, el nacional, el territorial… Palabras textuales de introducción: Todos los hechos anteriores evidencian algo para cualquier observador político…algo que es esencial para la continuación de éste proceso de transición revolucionario, me refiero al Poder Constituyente Originario, creo que es necesario continuar alentando, fortaleciendo, inspirando, impulsando ese Poder Constituyente Originario. Cuando yo hago ésta propuesta de reforma estoy invocando al poder constituyente del pueblo, recordemos eso, inscribamos éste acto de hoy, ésta propuesta en la línea de perspectiva histórica sobre la que nos hemos venido moviendo en éstos últimos años, en ésta última década, sobre todo.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza Aquí se activo el poder constituyente, de esto venimos hablando desde antes del 4 de febrero, el poder constituyente aquí tuvo toda una ebullición, una explosión sin precedentes en muchísimo tiempo, durante aquellas jornadas del 27 y 28 de febrero de 1989. Un pueblo que dijo ¡basta! Y su poder originario se manifestó, no hubo otra manera de que se manifestará sino a través de aquella rebelión popular en las calles de Caracas y de las principales ciudades de Venezuela. ¡Rebelión! No solo contra el gobierno aquel de entonces ¡Rebelión! Contra el imperio ¡Rebelión! Contra las políticas de Shock del Fondo Monetario Internacional ¡Rebelión! Contra la corrupción ¡Rebelión! Contra el hambre ¡Rebelión! Contra la élite que explotaba el país de manera inmisericorde. Ahí se activo desde mi modesto punto de vista el Poder Constituyente Originario que estaba dormido. Estaba dormido, y luego las rebeliones militares y cívico militares del 4 de febrero, 27 de noviembre son continuación de aquel poder despierto y cuantas otras pequeñas rebeliones en aquellos años 89, 90, 91, 92… y luego pasamos a una etapa superior, cuando el poder constituyente logró ocupar un espacio, a no por la violencia, sino a través, logró abrir lo que el ministro Héctor Navarro llamaba hace varios años “una ventana táctica” ¡él y Giordani! hay una ventana por allá, un resquicio, por ahí nos metimos nosotros, no fue nada fácil, lo sabemos, pero logramos ocupar espacios, espacios en el gobierno en 1998, en el Gobierno Nacional, eso era la continuación del proceso constituyente activado en 1989 y luego, y luego pues a mi me toco cumplir y en verdad lo dije muchas veces “solo y solo y solo yo acepte ser candidato a la presidencia de la república en 1998 porque veíamos una posibilidad de que, ¡una posibilidad de que llegando al gobierno pudiéramos abrir las compuertas al poder constituyente originario, sin necesidad de volver a las armas que era otra o era otra opción, otra opción que no quisiéramos nunca tomar, no quisiéramos nunca tomar de nuevo, pero no está en nuestras manos decretar los caminos de la historia. Hace poco sobrevolábamos con el Presidente Evo Morales el Vicepresidente García Linera las montañas y la selva del Chapare en el corazón de la Bolivia, selva, ya son, ahí comienza la amazonía boliviana y Álvaro vicepresidente quien estuvo años atrás en movimientos guerrilleros en Bolivia me dijo “por allaaaá andábamos nosotros hace tantos años” y alguien dijo por allá “ojala que más nunca tengamos que volver por ésta selva con un fusil en las manos”, igual decimos aquí, ojala que nunca, no queremos, no queremos… y de allí el gran esfuerzo y la gran paciencia que nosotros debemos seguir teniendo ante las provocaciones, las amenazas, y los peligros de todo género por quienes

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza pretenden abortar, detener, como ya lo han pretendido en varias ocasiones nuestro, nuestra revolución, una revolución pacífica, democrática pero armada, que a nadie se le olvide, ésta revolución no es como aquel profeta desarmado de la Florencia de los medici que termino colgado de un farol Gerónimo Savonarola. ¡Ésta revolución es y está armada, qué a nadie se le olvide, qué a nadie se le olvide! En fin, producto de esa dinámica constituyente creo, no voy a explicarlo una vez más, que es necesario hacer una reforma, una buena reforma por supuesto a nuestra bella, querida y amada constitución bolivariana, que toque esos ámbitos, esos ámbitos a los que me he referido. Yo voy a pasar directo ahora a las partes que conforman la propuesta, les decía, fíjense, son 33 artículos la edad de mi señor, ese número me gusta mucho a mí, es una coincidencia lo del 33 la edad de Cristo, rindo tributo a Cristo redentor. Bueno, propuesta, propuesta condensada en éstos 33 artículos que a partir de, estoy seguro de mañana mismo, ¿ustedes tienen vacaciones? (responden: Noooo) ahh me, así me gusta, así me gusta porque yo tengo ya 8 años y nunca he tenido vacaciones, no, así están ustedes también los diputados y diputadas. Bueno un fin de semana no está de más ¿no?, un fin de semana, un fin de semana en Apure, en Mantecal por allá Cristóbal, no. Pero estoy seguro que ustedes hoy mismo comenzarán a leer, a analizar, a criticar, a evaluar, a discutir… y yo hago un llamado para que hoy, desde hoy en todas partes comience el gran debate de la reforma bolivariana. La reforma es del pueblo, no es de Chávez estoy seguro que nuestro pueblo la va a asumir, todo lo que yo voy a decir está pensado en función del pueblo venezolano, en sus más sagrados intereses, en función de nuestra revolución, de su fortalecimiento, en función de la necesidad de romper nudos gordianos que siguen trabando muchos cambios y a veces amenazan con ahogar y ahorcar nuestra revolución. Todo está pensado en esa dirección, está pensado en función de la soberanía, está pensado en función de la necesidad de dejar atrás definitivamente las desviaciones de la burocratización del Estado que impide cuantos éxitos que hemos podido tener de manera más resonante, que dificulta la solución de cuantos problemas de nuestro pueblo, está pensada ésta reforma, ésta propuesta de reforma en función de dejar atrás definitivamente los vicios, las desviaciones, las corruptelas y todos mecanismos de corrupción que se regaron por todas partes y que constituyen un verdadero cáncer para la República, para la Sociedad, para el Estado, para el presente y para el futuro… Está pensado en la necesidad de seguirle transfiriendo poder al pueblo, ¡poder al pueblo!, transferencia del poder al pueblo…

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza Ah que me acusan de estar haciendo planes para eternizarme en el poder o para concentrar los poderes, sabemos que no es así, sabemos que quienes aquí tenían concentrado el poder y se eternizaron en el poder fueron precisamente los oligarcas que se cambiaban de máscara, ponían presidentes títeres durante años, décadas y siglos. Pero siempre fue la oligarquía venezolana la que tuvo el poder en Venezuela, eso ha comenzado a cambiar y tiene que seguir cambiando, el poder es del pueblo, el poder es de la nación no de los oligarcas. El primer artículo que propongo modestamente reformar y así lo digo aquí, “propongo al pueblo soberano modificar el artículo 11 el cual reza textualmente…” Artículo

Reforma

Forma parte del Capítulo La soberanía plena de la I Del Territorio y demás República se ejerce en espacios geográficos. los espacios continental e insular, lacustre y Artículo 11. La soberanía fluvial, mar territorial, plena de la República se ejerce en los espacios áreas marinas interiores, continental e insular, históricas y vitales y las lacustre y fluvial, mar comprendidas dentro de territorial, áreas marinas las líneas de base rectas interiores, históricas y que ha adoptado o vitales y las adopte la República; el comprendidas dentro de suelo y subsuelo de las líneas de base recta que ha adoptado o éstos; el espacio aéreo adopte la República; el continental, insular y suelo y subsuelo de marítimo y los recursos éstos; el espacio aéreo que en ellos se continental, insular y encuentran, incluidos los marítimo y los recursos genéticos, los de las que en ellos se migratorias, encuentran, incluidos los especies genéticos, los de las sus productos derivados los componentes especies migratorias, y sus productos derivados intangibles que por y los componentes causas naturales allí se intangibles que por hallen. causas naturales allí se hallen. El espacio insular de la República comprende el El espacio insular de la archipiélago de Los República comprende el

Justificación Presidencial (Resumen) Tiene que ver con los espacios y la soberanía que Venezuela ejerce sobre esos amplios espacios. Aquí le vamos entrando a un tema que es vital para nosotros compatriotas, démonos cuenta de ello, debemos darnos cuenta de ello, miren el territorio, el territorio y su organización político territorial tiene un peso sumamente grande a la hora de pretender hacer cambios revolucionarios, una revolución no puede serlo realmente si no enfoca el problema geográfico y de la distribución del poder político, económico, social, militar sobre su espacio. Esto es un tema vital, yo invito a que lo estudiemos, casi nadie estudia éstos temas, porque a nosotros nos malformaron a la mayoría y nos

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza

archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, islas de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, isla La Sola, archipiélago de Los Testigos, isla de Patos e isla de Aves; y, además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva. Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley.

Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, islas desituados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva. Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley. Corresponden a la República derechos en el espacio ultraterrestre suprayacente y en las áreas que son o puedan ser patrimonio común de la humanidad, en los términos, extensión y condiciones que determinen los acuerdos internacionales y la legislación nacional”.

Corresponden a la República derechos en el espacio ultraterrestre suprayacente y en las áreas que son o puedan ser patrimonio común de la humanidad, en los términos, extensión y condiciones que determinen los acuerdos El

Presidente

de

la

enseñaron una geografía muerta, fastidiosa, donde había que aprenderse la longitud de los ríos, la profundidad… Una geografía fastidiosa nos enseñaron a nosotros, yo aprendí un poco a querer la geografía a apreciarla y a respetarla y a vivir con ella en el ejército, tanto en la teoría como luego en la praxis, a respetarla, a saber que uno no puede vivir sin entender las fuerzas de la naturaleza, de la geografía, a entender que la geografía es mucho más que meros datos técnicos, que es mucho más que las montañas, los ríos… que la geografía somos nosotros. Nosotros somos parte de la geografía, incidimos sobre ella y ella incide sobre nosotros, incide sobre todo. Tiene un peso muy grande en las relaciones económicas, en las relaciones políticas, en la cultura… (concepciones del espacio según las zonas geográficas en que nos encontremos) No se ha cambiado nada de la geometría del poder, de la geopolítica interna que heredamos del siglo XIX, está intacto con algunos pequeños cambios de “la colonia”, todo se concentra en las ciudades, tienen un peso exageradamente grande

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internacionales y legislación nacional.

República podrá la decretar Regiones Especiales Militares con fines estratégicos y de defensa, en cualquier parte del territorio y demás espacios geográficos de la República. Igualmente podrá decretar Autoridades Especiales en situaciones de contingencia, desastres naturales, etc.

las ciudades sobre los pueblos del interior. La división político territorial, la dimensión espacial integral del país, uno de los pequeños cambios que nosotros hemos introducido está en el mapa (había uno a su lado) no limitamos con el mar, limitamos al norte con Rep Dominicana, Haití, Pto Rico, Estados Unidos “todavía lamentablemente”, las islas del Caribe Oriental… ¿qué hacemos nosotros con ese mar? Lo seguimos dejando de lado, lo ignoramos, es parte de nuestro territorio. Tenemos el mar territorial que son 12 millas náuticas (22Km.), desde la línea costera de la más baja marea. Hay que estudiar todo eso, nosotros tenemos que ser como maestros. Más allá hay 12 millas más, la zona contigua, todo eso es Venezuela, solo que hay grados distintos de soberanía, el mar territorial, ahí no puede pisar nadie sin permiso de otros países “soberanía plena”. En las otras 12 millas Venezuela tiene derecho de custodia, de vigilancia y de explotación de recursos esto es muy importante para el futuro de Venezuela, y más allá está la zona económica exclusiva hasta las

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza 200millas soberanía para explotar recursos en el agua, en el subsuelo, en el fondo marino cualquier riqueza que haya ahí Venezuela tiene derecho de explotarla. Las islas venezolanas generan mar territorial y zona económica exclusiva. Venezuela pudiese escoger un sitio estratégico en ese basto territorio marino y colocar una plataforma, una isla artificial… en uno o varios puntos de ese territorio… le recomienda a la marina adelantar en ese asunto. Esto vale para todo el espacio geográfico también en tierra.

Artículo 16, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente manera: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Forma parte del El territorio nacional se Tiene un conjunto de Capítulo I Del Territorio conforma a los fines figuras novedosas que y demás espacios políticoterritoriales y de nos van a permitir sacudir geográficos. acuerdo con la nueva el territorio, despertarlo, geometría del poder por transitar a través de la humana o Artículo 16. Con el fin un Distrito Federal en el geografía de organizar cual tendrá su sede la radical o socialista, hacia políticamente la Capital de la República, otros horizontes en la los estados, las visión y en la realidad en República, el territorio por regiones marítimas, los lo que ocurre de verdad nacional se divide en el de los Estados, el territorios federales, los en el territorio nacional, del Distrito Capital, el municipios federales y los regional, local. de las dependencias distritos insulares. Tiene una novedad el federales y el de los La vigencia de los artículo 16, anteriormente territorios federales. El creaban territorios territorio se organiza territorios federales y de se

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza los municipios federales quedará supeditada a la en Municipios. realización de un referéndum aprobatorio La división políticoterritorial será en la entidad respectiva. regulada por ley orgánica, que Los Estados se organizan garantice la autonomía en Municipios. municipal y la La unidad política descentralización primaria de la político administrativa. territorial Dicha ley podrá organización disponer la creación nacional será la ciudad de territorios federales entendida ésta como todo en determinadas áreas asentamiento poblacional de los Estados, cuya dentro del municipio e vigencia queda integrado por áreas o supeditada a la extensiones geográficas comunas. realización de un denominadas Las Comunas serán las referendo aprobatorio células geohumanas del en la entidad y estarán respectiva. Por ley territorio por las especial podrá darse a conformadas comunidades, cada una un territorio federal la categoría de Estado, de las cuales constituirá asignándosele la el núcleo espacial básico totalidad o una parte e indivisible del Estado Venezolano de la superficie del Socialista donde los ciudadanos y territorio respectivo. ciudadanas comunes tendrán el poder de construir su propia geografía y su propia historia. A partir de la Comunidad y la Comuna el Poder Popular desarrollará formas de agregación comunitaria políticoterritorial, las cuales serán reguladas en la Ley, y que constituyan formas de Autogobierno y cualquier otra expresión de Democracia Directa.

federales pero nunca se sometió a referéndum en la región respectiva, sin embargo, es la misma división políticoterritorial, y es necesario, dice la doctrina constitucional, cuando se analiza una constitución, un régimen o un sistema político… que se enmarque en el tiempo histórico que le dio nacimiento ¿qué pasaba aquí en 1999 cuando se aprobó ésta constitución? Hay que recordar, nosotros apenas llegábamos, unas grandes debilidades ideológicas, una gran fragmentación detrás de los abrazos unitarios más allá había una gran fragmentación de nuestra fuerza, falta de claridad en objetivos, infiltración del adversario, que logro, logro frenar o evitar cambios propuestos, algunos de ellos en mi modesta propuesta hecha aquí mismo en éste mismo salón donde funcionaba la asamblea constituyente.

Muchas de esas propuestas no fueron tomadas en cuenta, sobre todo, por las fuerzas conservadoras que dentro de nosotros mismos pujaban para a abrir los cuses para evitar abrir los causes de un verdadero proceso revolucionario y que después a lo largo de los años, bueno ahí está la La Ciudad Comunal se histórica y sus fuerzas naturales y sus leyes más constituye cuando en la

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza totalidad de su perímetro, se hayan establecido las Comunidades organizadas, las Comunas y los Auto Gobiernos Comunales, estando sujeta su creación a un referéndum popular que convocará el Presidente de la República en Consejo de Ministros. El Presidente de la República, en Consejo de Ministros, previo acuerdo aprobado por la mayoría simple de los diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, podrá crear mediante decreto, Provincias Federales, Ciudades Federales y Distritos Funcionales, así como cualquier otra entidad que establezca la Ley. Los Distritos Funcionales se crearán conforme a las características históricas, socio-económicas y culturales del espacio geográfico correspondiente, así como en base a las potencialidades económicas que, desde ellos, sea necesario desarrollar en beneficio del país. La creación de un Distrito Funcional implica la elaboración y activación de una Misión Distrital

bien, los procesos se van decantando, las luchas agudizando … Uno de los motores con más peso estratégico y con profundidad estructural del motor “la geometría del poder” es la propuesta que hoy estoy presentando. Busca las profundidades y ojala podamos llegar a las profundidades, tenemos fe en ésta asamblea, para no solo debatir sino mejorar y profundizarla para que sea verdaderamente revolucionaria. Recordamos a Gramsci “la crisis, la crisis orgánica”, cuando algo está muriendo y no ha terminado de morir y al mismo tiempo algo está naciendo y tampoco ha terminado de nacer. Ésta propuesta apunta a esa dirección de que siga muriendo y termine de morir la vieja hegemonía oligárquica conservadora cuarto-republicana, el viejo sistema capitalista espoliador, explotador y que nazca un nuevo sistema humanista, socialista. Que termine de nacer el nuevo Estado y que termine de morir el viejo Estado, que termine de morir la vieja sociedad y termine de nacer la nueva, que el hombre viejo, la mujer vieja se convierta en el hombre nuevo, ese será un proceso largo, pero esto

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza con el respectivo Plan Estratégico-funcional a cargo del Gobierno Nacional, con la participación de los habitantes de dicho Distrito Funcional y en consulta permanente con sus habitantes. El Distrito Funcional podrá ser conformado por uno o más Municipios o Lotes Territoriales de estos, sin perjuicio del Estado al cual pertenezcan. La organización y funcionamiento de la Ciudad Federal se hará de conformidad con los que establezca la ley respectiva, e implica la activación de una Misión Local con su correspondiente plan estratégico de desarrollo. En el Territorio Federal, el Municipio Federal y la Ciudad Federal, el Poder Nacional designará las autoridades respectivas, por un lapso máximo que establecerá la Ley y sujeto a mandatos revocables. Las Provincias Federales se conformarán como unidades de agregación y coordinación de políticas territoriales, sociales y económicas a escala

apunta en esa dirección. Estamos obligados a debilitar el viejo bloque histórico, tomando la frase de Gramsci. Hemos avanzado en lo que llama Gramsci la superestructura, no están totalmente transformadas, pero hemos avanzado en lo que es la sociedad política, en lo que es la ideología, hemos dado algunos avances importantes, pero algo importantísimo que aquí ha ocurrido es que la sociedad política, la nueva sociedad política, el nuevo Estado, las nuevas instituciones, por más fallas que tengan y que tengamos los hombres y mujeres que las conformamos o que las dirigimos, hemos roto las cadenas que subordinaban a esa la sociedad política de la sociedad civil oligárquica burguesa del pasado y eso ya solo genera un “sisma” pero no es suficiente es necesario que ocurra pero para nada es suficiente el proceso debe continuar rompiendo las cadenas, transformando la sociedad civil oligárquica alienada en una nueva sociedad con un nuevo Estado como correlato, porque debe ser la sociedad civil nueva la base fundamental de la sociedad política nueva.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza regional, siempre en función de los planes estratégicos nacionales y el enfoque estratégico internacional del Estado venezolano. Las Provincias Federales se constituirán pudiendo agregar indistintamente Estados y Municipios, sin que estos sean menoscabados en las atribuciones que esta Constitución les confiere.

La superestructura gramsciana: -la sociedad política -La sociedad civil Y luego mucho más profundo, con las raíces enterradas en el territorio en las instituciones, el conjunto de las fuerzas materiales y de los hombres, de los seres humanos, esas relaciones de las fuerzas materiales de producción. Se trata de la Estructura, o cambiamos la estructura o se detiene el proceso revolucionario.

La Organización políticoterritorial de la República Hay que organizar ese se regirá por una Ley inmenso mar territorial, zona contigua y zona Orgánica. económica exclusiva. Producto de estudios posteriores y leyes posteriores debiéramos organizar este gran espacio como por ejemplo en una región marítima del norte, una región marítima del centro… Ya veremos, hay que estudiar distintas variables como la profundidad de las aguas, los recursos que ahí hayamos detectado, las distancias.

Los distritos insulares es una nueva figura, cada isla debe ser el epicentro de un distrito con un área determinada. Un distrito insular acuático. Esto tiene un gran interés político, estratégico, geopolítico, es un mar que está olvidado.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza En el Archipiélago de los Monjes zona estratégica para nosotros perfectamente en torno a él podemos organizar una zona o un distrito insular. Espero no se sacrifique el alma de la propuesta por la técnica legislativa. Hay que dejar atrás esos valores, el regionalismo, dogmas, costumbres, que a veces impiden los cambios. Un bloque grande de constituyentes se dejo amarrar por el espíritu regionalista, entonces echan a un lado el interés nacional. Venezuela es una sola y no podemos tener caudillitos de republiquetas o republiquitas. “Unidad Nacional”, porque fue el imperio detrás de Gómez quien nos ordenó y acabo con los caudillos. Hay un cambio revolucionario, un cambio cultural estratégico al proponer a la ciudad cómo lo más importante. Todos tenemos derecho a la ciudad a ser ciudadanos no importa el tamaño pues todo asentamiento tendrá esa posibilidad. Esto no tiene que ver solo con el territorio, sino con el pueblo y el poder popular, una nueva división política, mejor organización política “porque todo lo que divide reduce”.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza Principio de agregación territorial y humana, las comunas pueden unirse en especies de confederaciones y mediante referéndum podrá ser una ciudad comunal. También aquí empiezan a aparecer las misiones. Los distritos funcionales enlazaran territorios que tengan cercanía y necesidades comunes, pone de ejemplo el Páramo, el enlace de toda la Montaña como La Grita, Pueblo Hondo, Bailadores, Mérida, El Páramo… El decreto de su fundación tiene que estar acompañado de un proyecto socioproductivo. Las ciudades federales y la activación de La misión local están pensadas para las ciudades con muchos problemas, donde los alcaldes no pueden más. No basta que cada gobernador esté haciendo lo suyo, no basta que cada alcalde esté haciendo lo suyo, no es suficiente debemos juntar fuerzas. Las autoridades federales las designa el poder nacional, y son sujetos de ser revocados, además éstos territorios son creados si son aprobados en referéndums ahí no se le quita el poder constituyente al pueblo. Los estados seguirán siendo los mismos, con

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza sus mismos municipios y sus habitantes tendrán sus derechos pero estos estados pueden crear provincias federales si así lo deciden. Ahí está la agregación, para en conjunto tener planes estratégicos de desarrollo.

Artículo 18, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) La ciudad de Caracas es La ciudad de Caracas es Hay ciudades que no la capital de la República la capital de la República tienen hacia donde y el asiento de los y el asiento de los crecer, porque cuando órganos del Poder órganos del Poder se llega a la última calle Nacional. Nacional. del pueblo nos encontramos con un Lo dispuesto en este Lo dispuesto en este latifundio. artículo no impide el ejercicio del Poder artículo no impide el del referido Algo Nacional en otros ejercicio nuevo “todos Poder Nacional en otros tenemos derecho a la lugares de la República. lugares de la República. ciudad, a ser Una ley especial ciudadanos”. establecerá la unidad El Estado Venezolano político territorial de la desarrollará una política Cada ciudad tiene un rol ciudad de Caracas que integral, para articular estratégico que muchas integre en un sistema de un sistema nacional de veces no lo percibimos y gobierno municipal a ciudades, estructurando que tiene que ver con su dos niveles, los historia y sobre todo Municipios del Distrito lógica y razonablemente además de su historia Capital y los las relaciones entre las con su geografía donde correspondientes del ciudades y sus territorios Estado Miranda. Dicha asociados y uniendo y está enclavada y que la ley establecerá su sustentando las escalas circunda y la fuerza organización, gobierno, locales y regionales en humana que allí tiene, la administración, económica… la visión sistémica del fuerza competencia y recursos, ejemplo de ello: Puerto para alcanzar el país. Nutria fue un puerto desarrollo armónico e ahora A tales efectos, el internacional,

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza

integral de la ciudad. En todo caso la ley garantizará el carácter democrático y participativo de su gobierno.

Estado enfrentará toda acción especulativa respecto a la renta de la tierra, los desequilibrios económicos, las asimetrías en la dotación de servicios e infraestructura, así como sobre las condiciones de accesibilidad, físicas y económicas, de cada uno de los componentes del citado sistema nacional de ciudades.

vayan a verlo… aunque se le han hecho varias cosas. Allí hay que mirar y hacer un proyecto estratégico para Puerto Nutria, para volverlo a convertir en uno de los grandes puertos fluviales de Venezuela.

Todos los ciudadanos y todas las ciudadanas, sin discriminación de genero, edad, etnia, orientación política y religiosa o condición social, disfrutarán y serán titulares del Derecho a la Ciudad, y ese derecho debe entenderse como el beneficio equitativo que perciba, cada uno de los habitantes, conforme al rol estratégico que la ciudad articula, tanto en el contexto urbano regional como en el Sistema Nacional de Ciudades.

Hay una Caracas que hay que reestructurar con la participación de todos.

Una ley especial establecerá la unidad político territorial de la ciudad de Caracas, la cual será llamada la Cuna de Bolívar y Reina del Guaraira Repano. El Poder Nacional por

Esto da nacimiento a un conjunto de planes, de proyectos, de necesidad de recursos…

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza intermedio del Poder Ejecutivo y con la colaboración y participación de todos los entes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, así como del Poder Popular, sus Comunidades, Comuna, Consejos Comunales y demás organizaciones sociales, dispondrá todo lo necesario para el reordenamiento urbano, reestructuración vial, recuperación ambiental, logros de niveles óptimos de seguridad personal y pública, fortalecimiento integral de los barrios, urbanizaciones, sistemas de salud, educación, deporte, diversiones y cultura, recuperación total de su casco y sitios históricos, construcción de un sistema de pequeñas y medianas Ciudades Satélites a lo largo de sus ejes territoriales de expansión y, en general, lograr la mayor suma de humanización posible en la Cuna de Bolívar y Reina del Guaraira Repano. Estas disposiciones serán aplicables a todo el Sistema Nacional de Ciudades y a sus componentes

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza regionales.

Artículo 67, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Todos los ciudadanos y Todos los ciudadanos y Artículo de menor ciudadanas tienen el ciudadanas tienen el importancia no hubo derecho de asociarse derecho de asociarse justificación. con fines políticos, con fines políticos, mediante métodos mediante métodos democráticos de democráticos de organización, organización, candidatas funcionamiento y a cargos de elección dirección. Sus popular serán organismos de dirección seleccionados o y sus candidatos o seleccionadas en candidatas a cargos de elecciones internas con elección popular serán la participación de los seleccionados o integrantes de las seleccionadas en respectivas elecciones internas con asociaciones. la participación de sus integrantes. No se El estado podrá financiar actividades permitirá el las financiamiento de las electorales. asociaciones con fines La ley establecerá los políticos y con fondos mecanismos para el provenientes del Estado. financiamiento, el uso La ley regulará lo concerniente al financiamiento y las contribuciones privadas de las organizaciones con fines políticos, y los mecanismos de control que aseguren la pulcritud en el origen y manejo de las mismas. Así mismo regulará las campañas políticas y

de los espacios públicos y accesos a los medios de comunicación social en las campañas electorales, por parte de las referidas asociaciones con fines políticos. Igualmente, la ley regulará lo concerniente al financiamiento y a las contribuciones privadas

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza electorales, su duración y límites de gastos propendiendo a su democratización.

Los ciudadanos y ciudadanas, por iniciativa propia, y las asociaciones con fines políticos, tienen derecho a concurrir a los procesos electorales postulando candidatos y candidatas. El financiamiento de la propaganda política y de las campañas electorales será regulado por la ley. Las direcciones de las asociaciones con fines políticos no podrán contratar con entidades del sector público

de las asociaciones con fines políticos, así como los mecanismos de control, que aseguren la pulcritud en el origen y manejo de las citadas contribuciones. Regulará también la duración, límites y gastos de la propaganda política y las campañas electorales propendiendo a su democratización. Se prohíbe el financiamiento a las asociaciones con fines políticos o de quienes participen en procesos electorales por iniciativa propia con fondos o recursos provenientes de gobiernos o entidades públicas o privadas del extranjero. Los ciudadanos y ciudadanas, por iniciativa propia, y las asociaciones con fines políticos, tienen derecho a concurrir a los procesos electorales convocados por el Consejo Nacional Electoral, postulando candidatos o candidatas.

Artículo 70, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen)

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo

Son medios de participación y protagonismo del pueblo, en ejercicio directo de su soberanía y para la construcción del socialismo: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo abierto, la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, siendo las decisiones de esta última de carácter vinculante, los Consejos del Poder Popular (consejos comunales, consejos obreros, consejos estudiantiles, consejos campesinos, entre otros), la gestión democrática de los trabajadores y trabajadoras de cualquier empresa de propiedad social directa o indirecta, la autogestión comunal, las organizaciones financieras y microfinancieras comunales, las cooperativas de propiedad comunal, las cajas de ahorro comunales, las redes de productores libres asociados, el trabajo

Incluye los medios de participación y protagonismo. Aquí se agregan los consejos del poder popular, “es una profundización de la democracia para poder seguir construyendo la verdadera democracia participativa y protagónica” Aquí está insertado y seguiremos insertando el socialismo en lo político y en lo económico.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza voluntario, las empresas comunitarias y demás formas asociativas constituidas para desarrollar los valores de la mutua cooperación y la solidaridad socialista. La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo.

Artículo 87, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Toda persona tiene Toda persona en edad de No hubo justificación, derecho al trabajo y el laborar tiene derecho al deja a criterio de los deber de trabajar. El trabajo y el deber de lectores el análisis. Estado garantizará la trabajar. El Estado adopción de las medidas desarrollará políticas necesarias a los fines de que generen ocupación que toda persona pueda productiva y adoptará obtener ocupación las medidas sociales productiva, que le necesarias para que proporcione una toda persona pueda existencia digna y lograr una existencia decorosa y le garantice digna, decorosa y el pleno ejercicio de este provechosa para sí y derecho. Es fin del para la sociedad. Estado fomentar el empleo. La ley adoptará El Estado garantizará medidas tendentes a que en todos los centros garantizar el ejercicio de laborales se cumplan las de los derechos laborales condiciones higiene, de los trabajadores y seguridad, ambiente y relaciones trabajadoras no dependientes. La sociales acordes con la humana y libertad de trabajo no dignidad

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza será sometida a otras creará instituciones que restricciones que las que permitan el control y la ley establezca. supervisión del cumplimiento de estas Todo patrono o patrona condiciones de trabajo. garantizará a sus trabajadores y En aplicación de los trabajadoras condiciones principios de de seguridad, higiene y corresponsabilidad y ambiente de trabajo solidaridad el patrono o adecuados. El Estado patrona adoptará todas adoptará medidas y las medidas necesarias creará instituciones que para el cumplimiento de permitan el control y la dichas condiciones. promoción de estas El trabajo está sometido condiciones al régimen establecido en esta Constitución y leyes de la República. A los fines de garantizar el ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes, como taxistas, transportistas, comerciantes, artesanos, profesionales y todo aquel que ejerza por cuenta propia cualquier actividad productiva para el sustento de sí mismo y de su familia, la Ley creará y desarrollará todo lo concerniente a un “Fondo de estabilidad social para trabajadores y trabajadoras por cuenta propia”, para que con el aporte del Estado y del trabajador, pueda éste último gozar de los derechos laborales

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza fundamentales tales como jubilaciones, pensiones, vacaciones, reposos, prenatal, postnatal y otros que establezcan las leyes. Artículo 90, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) La jornada de trabajo A objeto que los No hubo justificación, diurna no excederá de trabajadores y deja a criterio de los ocho horas diarias ni de trabajadoras dispongan lectores el análisis. cuarenta y cuatro horas de tiempo suficiente semanales. En los casos para el desarrollo en que la ley lo permita, integral de su persona, la jornada de trabajo la jornada de trabajo nocturna no excederá de diurna no excederá de siete horas diarias ni de seis horas diarias ni de treinta y cinco treinta y seis horas semanales. Ningún semanales y la nocturna patrono podrá obligar a no excederá de seis los trabajadores o horas diarias ni de trabajadoras a laborar treinta y cuatro horas extraordinarias. Se semanales. Ningún propenderá a la patrono o patrona podrá progresiva disminución obligar a los de la jornada de trabajo trabajadores o dentro del interés social trabajadoras a laborar y del ámbito que se horas o tiempo determine y se extraordinario. dispondrá lo Asimismo, deberá conveniente para la programar y organizar mejor utilización del los mecanismos para la tiempo libre en beneficio mejor utilización del del desarrollo físico, tiempo libre en beneficio espiritual y cultural de de la educación, los trabajadores y formación integral, trabajadoras. desarrollo humano, físico, espiritual, moral, Los trabajadores y cultural y técnico de los trabajadoras tienen trabajadores y

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza derecho al descanso semanal y vacaciones remunerados en las mismas condiciones que las jornadas efectivamente laboradas

trabajadoras. Los trabajadores y trabajadoras tienen derecho al descanso semanal y vacaciones remunerados en las mismas condiciones que las jornadas efectivamente laboradas.

Artículo 100, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Las culturas populares La Republica Bolivariana No hubo justificación, constitutivas de la de Venezuela es el deja a criterio de los venezolanidad gozan de producto histórico de la lectores el análisis. atención especial, confluencia de varias reconociéndose y culturas, por ello el respetándose la Estado reconoce la interculturalidad bajo el diversidad de sus principio de igualdad de expresiones y valora las las culturas. La ley raíces indígenas, establecerá incentivos y europeas y estímulos para las afrodescendientes que personas, instituciones y dieron origen a nuestra comunidades que Gran Nación promuevan, apoyen, Suramericana. Las desarrollen o financien culturas populares, la de planes, programas y los pueblos indígenas y actividades culturales en de los el país, así como la afrodescendientes, cultura venezolana en el constitutivas de la exterior. El Estado venezolanidad, gozan de garantizará a los atención especial, trabajadores y reconociéndose y trabajadoras culturales respetándose la su incorporación al interculturalidad bajo el sistema de seguridad principio de igualdad de social que les permita las culturas. La ley una vida digna, establecerá incentivos y

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza reconociendo las particularidades del quehacer cultural, de conformidad con la ley

estímulos para las personas, instituciones y comunidades que promuevan, apoyen, desarrollen o financien planes, programas y actividades culturales en el país, así como la cultura venezolana en el exterior. El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras culturales su incorporación al sistema de seguridad social que les permita una vida digna, reconociendo las particularidades del quehacer cultural, de conformidad con la ley.

Artículo 112, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Todas las personas El Estado promoverá el No hubo justificación, pueden dedicarse desarrollo de un Modelo deja a criterio de los libremente a la actividad Económico Productivo, lectores el análisis. económica de su intermedio, diversificado preferencia, sin más e independiente, limitaciones que las fundado en los valores previstas en esta humanísticos de la Constitución y las que cooperación y la establezcan las leyes, preponderancia de los por razones de intereses comunes sobre desarrollo humano, los individuales, que seguridad, sanidad, garantice la satisfacción protección del ambiente de las necesidades u otras de interés social. sociales y materiales del El Estado promoverá la pueblo, la mayor suma iniciativa privada, de estabilidad política y

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza garantizando la creación y justa distribución de la riqueza, así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio, industria, sin perjuicio de su facultad para dictar medidas para planificar, racionalizar y regular la economía e impulsar el desarrollo integral del país

social y la mayor suma de felicidad posible. Así mismo, fomentará y desarrollará distintas formas de empresas y unidades económicas de propiedad social, tanto directa o comunal como indirecta o estatal, así como empresas y unidades económicas de producción y/o distribución social, pudiendo ser estas de propiedad mixtas entre el Estado, el sector privado y el poder comunal, creando las mejores condiciones para la construcción colectiva y cooperativa de una Economía Socialista.

Artículo 113, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) No se permitirán Se prohíben los No hubo justificación, monopolios. Se declaran monopolios. Se declaran deja a criterio de los contrarios a los contrarios a los lectores el análisis. principios principios fundamentales de esta fundamentales de esta Constitución cualesquier Constitución cualquier acto, actividad, acto, actividad, conducta o acuerdo de conducta o acuerdo de los y las particulares que los y las particulares que tengan por objeto el tengan por objeto el establecimiento de un establecimiento de un monopolio o que monopolio, o que conduzcan, por sus conduzcan, por sus efectos reales e efectos reales e

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza independientemente de la voluntad de aquéllos o aquéllas, a su existencia, cualquiera que fuere la forma que adoptare en la realidad. También es contraria a dichos principios el abuso de la posición de dominio que un o una particular, un conjunto de ellos o de ellas o una empresa o conjunto de empresas, adquiera o haya adquirido en un determinado mercado de bienes o de servicios, con independencia de la causa determinante de tal posición de dominio, así como cuando se trate de una demanda concentrada. En todos los casos antes indicados, el Estado adoptará las medidas que fueren necesarias para evitar los efectos nocivos y restrictivos del monopolio, del abuso de la posición de dominio y de las demandas concentradas, teniendo como finalidad la protección del público consumidor, de los productores y productoras, y el aseguramiento de condiciones efectivas de competencia en la economía. Cuando

se

trate

independientemente de la voluntad de aquellos o aquellas, a su existencia, cualquiera que fuere la forma que adoptare en la realidad. También es contrario a dichos principios, el abuso de la posición de dominio que un o una particular, un conjunto de ellos o de ellas, o una empresa o conjunto de empresas adquiera o haya adquirido en un determinado mercado de bienes o de servicios, así como cuando se trate de una demanda concentrada. En todos los casos antes indicados, el Estado adoptará las medidas que fueren necesarias para evitar los efectos nocivos y restrictivos del monopolio, del abuso de la posición de dominio y de las demandas concentradas, teniendo como finalidad la protección del público consumidor, de los productores y productoras y el aseguramiento de condiciones efectivas de competencia en la economía. En general no se permitirán actividades, acuerdos, prácticas, conductas y omisiones de los y las de particulares que

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza explotación de recursos naturales propiedad de la Nación o de la prestación de servicios de naturaleza pública con exclusividad o sin ella, el Estado podrá otorgar concesiones por tiempo determinado, asegurando siempre la existencia de contraprestaciones o contrapartidas adecuadas al interés público

vulneren los métodos y sistemas de producción social y colectiva con los cuales se afecte la propiedad social y colectiva o impidan o dificulten la justa y equitativa concurrencia de bienes y servicios. Cuando se trate de explotación de recursos naturales o de cualquier otro bien del dominio de la Nación de carácter estratégico, o de la prestación de servicios públicos vitales, el Estado podrá reservarse la explotación o ejecución de los mismos, directamente o mediante empresas de su propiedad, sin perjuicio de establecer empresas de propiedad social directa, empresas mixtas y/o unidades de producción socialistas, que aseguren la soberanía económica y social, respeten el control del Estado, y cumplan con las cargas sociales que se le impongan, todo ello conforme a los términos que desarrollen las leyes respectivas de cada sector de la economía. En los demás casos de explotación de bienes de la nación, o de prestación de servicios

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza públicos, el Estado, mediante ley, seleccionará el mecanismo o sistema de producción y ejecución de los mismos, pudiendo otorgar concesiones por tiempo determinado, asegurando siempre la existencia de contraprestaciones o contrapartidas adecuadas al interés público, y el establecimiento de cargas sociales directas en los beneficios. Artículo 115, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Se garantiza el derecho Se reconocen y No hubo justificación, de propiedad. Toda garantizan las diferentes deja a criterio de los persona tiene derecho al formas de propiedad. La lectores el análisis. uso, goce, disfrute y propiedad pública es disposición de sus aquella que pertenece a bienes. La propiedad los entes del Estado; la estará sometida a las propiedad social es contribuciones, aquella que pertenece al restricciones y pueblo en su conjunto y obligaciones que las futuras establezca la ley con generaciones, y podrá fines de utilidad pública ser de dos tipos: la o de interés general. propiedad social Sólo por causa de indirecta, cuando es utilidad pública o interés ejercida por el Estado a social, mediante nombre de la sentencia firme y pago comunidad, y la oportuno de justa propiedad social directa, indemnización, podrá cuando el Estado la ser declarada la asigna, bajo distintas expropiación de formas y en ámbitos

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza cualquier bienes

clase

de territoriales demarcados, a una o varias comunidades, a una o varias comunas, constituyéndose así en propiedad comunal, o a una o varias ciudades, constituyéndose así en propiedad ciudadana; la propiedad colectiva es la perteneciente a grupos sociales o personas, para su aprovechamiento, uso o goce en común, pudiendo ser de origen social o de origen privado; la propiedad mixta es la conformada entre el sector público, el sector social, el sector colectivo y el sector privado, en distintas combinaciones, para el aprovechamiento de recursos o ejecución de actividades, siempre sometida al respeto absoluto de la soberanía económica y social de la nación; y la propiedad privada es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo, y medios de producción legítimamente adquiridos. Toda propiedad, estará sometida a las contribuciones, cargas,

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes, sin perjuicio de la facultad de los Órganos del Estado, de ocupar previamente, durante el proceso judicial, los bienes objeto de expropiación, conforme a los requisitos establecidos en la ley. Artículo 136, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) El Poder Público se El Poder Público se No hubo justificación, distribuye entre el Poder distribuye deja a criterio de los Municipal, el Poder territorialmente en la lectores el análisis. Estadal y el Poder siguiente forma: el Nacional. El Poder poder popular, el poder Público Nacional se municipal, el poder divide en Legislativo, estadal y el poder Ejecutivo, Judicial, nacional. Ciudadano y Electoral. Con relación al Cada una de las ramas contenido de las del Poder Público tiene funciones que ejerce, el sus funciones propias, poder público se pero los órganos a los organiza en Legislativo, que incumbe su ejercicio Ejecutivo, Judicial, colaborarán entre sí en Ciudadano y Electoral.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza la realización de los fines El pueblo es el del Estado. depositario de la soberanía y la ejerce directamente a través del Poder Popular. Este no nace del sufragio ni de elección alguna, sino que nace de la condición de los grupos humanos organizados como base de la población.

El Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los consejos comunales, los consejos obreros, los consejos campesinos, los consejos estudiantiles y otros entes que señale la ley. Artículo 141, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) La Administración Las administraciones No hubo justificación, Pública está al servicio públicas son las deja a criterio de los de los ciudadanos y estructuras lectores el análisis. ciudadanas y se organizativas destinadas fundamenta en los a servir de instrumento principios de honestidad, a los poderes públicos, participación, celeridad, para el ejercicio de sus eficacia, eficiencia, funciones, y para la transparencia, rendición prestación de los de cuentas y servicios. Las categorías responsabilidad en el de administraciones ejercicio de la función públicas son: las pública, con administraciones

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza sometimiento pleno a la públicas burocráticas o ley y al derecho tradicionales, que son las que atienden a las estructuras previstas y reguladas en esta constitución y las leyes; y “las misiones”, constituidas por organizaciones de variada naturaleza, creadas para atender a la satisfacción de las más sentidas y urgentes necesidades de la población, cuya prestación exige de la aplicación de sistemas excepcionales, e incluso, experimentales, los cuales serán establecidos por el Poder Ejecutivo mediante reglamentos organizativos y funcionales. Artículo 156, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Es de la competencia del Es de la competencia del No hubo justificación, Poder Público Nacional: Poder Público Nacional: deja a criterio de los lectores el análisis. 1. La política y la 1. La política y la actuación actuación internacional de la internacional de la República. República. 2. La defensa y 2. La defensa y suprema vigilancia suprema vigilancia de los intereses de los intereses generales de la generales de la República, la República, la conservación de la conservación de la paz pública y la recta paz pública y la recta aplicación de la ley aplicación de la ley en todo el territorio en todo el territorio

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza nacional. 3. La bandera, escudo de armas, himno, fiestas, condecoraciones y honores de carácter nacional. 4. La naturalización, la admisión, la extradición y expulsión de extranjeros o extranjeras. 5. Los servicios de identificación. 6. La policía nacional. 7. La seguridad, la defensa y el desarrollo nacional. 8. La organización y régimen de la Fuerza Armada Nacional. 9. El régimen de la administración de riesgos y emergencias. 10.La organización y régimen del Distrito Capital y de las dependencias federales. 11.La regulación de la banca central, del sistema monetario, del régimen cambiario, del sistema financiero y del mercado de capitales; la emisión y acuñación de moneda. 12.La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás

nacional. 3. La bandera, escudo de armas, himno, fiestas, condecoraciones y honores de carácter nacional. 4. La naturalización, la admisión, la extradición y expulsión de extranjeros o extranjeras. 5. Los servicios de identificación, el Registro Civil de Bienes y el Registro Electoral. 6. La policía nacional. 7. La seguridad, la defensa y el desarrollo nacional. 8. La organización y régimen de la Fuerza Armada Bolivariana. 9. El régimen de la administración de riesgos y emergencias. 10.La ordenación y gestión del territorio y el régimen territorial del Distrito Federal, los Estados, los Municipios, Dependencias Federales y demás entidades regionales. 11.La creación, ordenación y gestión de Provincias Federales, Territorios Federales y Comunales, Ciudades Federales y Comunales. 12.La regulación de la banca central, del sistema monetario, del régimen

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza ramos conexos, el cambiario, del capital, la sistema financiero y producción, el valor del mercado de agregado, los capitales; la emisión hidrocarburos y y acuñación de minas; de los moneda. gravámenes a la 13.La creación, importación y organización, exportación de recaudación, bienes y servicios; de administración y los impuestos que control de los recaigan sobre el impuestos sobre la consumo de licores, renta, sobre alcoholes y demás sucesiones, especies alcohólicas, donaciones y demás cigarrillos y demás ramos conexos, el manufacturas del capital, la tabaco, y de los producción, el valor demás impuestos, agregado, los tasas y rentas no hidrocarburos y atribuidas a los minas, de los Estados y Municipios gravámenes a la por esta Constitución importación y o por la ley. exportación de 13.La legislación para bienes y servicios, los garantizar la impuestos que coordinación y recaigan sobre el armonización de las consumo de licores, distintas potestades alcoholes y demás tributarias; para especies alcohólicas, definir principios, cigarrillos y demás parámetros y manufacturas del limitaciones, tabaco, y de los especialmente para demás impuestos, la determinación de tasas y rentas no los tipos impositivos atribuidas a los o alícuotas de los Estados, Municipios, tributos estadales y por esta Constitución municipales, así o por la ley nacional. como para crear 14.La legislación para fondos específicos garantizar la que aseguren la coordinación y solidaridad armonización de las interterritorial. distintas potestades 14.La creación y tributarias. Definir organización de principios, impuestos parámetros y territoriales o sobre limitaciones, predios rurales y especialmente para sobre transacciones la determinación de

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza inmobiliarias, cuya recaudación y control correspo nda a los Municipios, de conformidad con esta Constitución. 15.El régimen del comercio exterior y la organización y régimen de las aduanas. 16.El régimen y administración de las minas e hidrocarburos, el régimen de las tierras baldías, y la conservación, fomento y aprovechamiento de los bosques, suelos, aguas y otras riquezas naturales del país. El Ejecutivo Nacional no podrá otorgar concesiones mineras por tiempo indefinido. La Ley establecerá un sistema de asignaciones económicas especiales en beneficio de los Estados en cuyo territorio se encuentren situados los bienes que se mencionan en este numeral, sin perjuicio de que también puedan establecerse asignaciones especiales en beneficio de otros Estados. 17.El Régimen de metrología legal y control de calidad. 18.Los censos y

los tipos impositivos o alícuotas de los tributos estadales y municipales, así como para crear fondos específicos que aseguren la solidaridad interterritorial. 15.La creación, organización y recaudación de impuestos territoriales o sobre predios rurales y sobre transacciones inmobiliarias. 16.El régimen del comercio exterior, así como la organización y régimen de las aduanas. 17.El régimen y administración de las minas e hidrocarburos líquidos, sólidos y gaseosos, el régimen de las tierras baldías y la conservación, fomento y aprovechamiento de los bosques, suelos, aguas, salinas, ostrales y otras riquezas naturales del país. El régimen y aprovechamiento de los minerales no metálicos podrá ser delegado a los Estados. El Ejecutivo Nacional no podrá otorgar concesiones mineras por tiempo indefinido 18.El Régimen de metrología legal y control de calidad. 19.Los censos y

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza estadísticas nacionales. 19.El establecimiento, coordinación y unificación de normas y procedimientos técnicos para obras de ingeniería, de arquitectura y de urbanismo, y la legislación sobre ordenación urbanística. 20.Las obras públicas de interés nacional. 21.Las políticas macroeconómicas, financieras y fiscales de la República. 22.El régimen y organización del sistema de seguridad social. 23.Las políticas nacionales y la legislación en materia naviera, de sanidad, vivienda, seguridad alimentaría, ambiente, aguas, turismo y ordenación del territorio. 24.Las políticas y los servicios nacionales de educación y salud. 25.Las políticas nacionales para la producción agrícola, ganadera, pesquera y forestal. 26.El régimen de la navegación y del transporte aéreo, terrestre, marítimo, fluvial y lacustre, de carácter nacional; de los puertos, aeropuertos y su

estadísticas nacionales. 20.El establecimiento, coordinación y unificación de normas y procedimientos técnicos para obras de ingeniería, de arquitectura y de urbanismo, y la legislación sobre ordenación urbanística. 21.Las obras públicas de interés nacional. 22.Las políticas macroeconómicas, financieras y fiscales de la República, así como las de control fiscal. 23.El régimen y organización del sistema de seguridad social. 24.Las políticas nacionales y la legislación en materia naviera, de sanidad, vivienda, seguridad alimentaria, ambiente, aguas, turismo, ordenación del territorio. 25.Las políticas y los servicios nacionales de educación y salud. 26.Las políticas nacionales para la producción agrícola, ganadera, pesquera y forestal. 27.El régimen de la navegación y del transporte aéreo terrestre, marítimo, fluvial y lacustre, de carácter nacional; de

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza infraestructura. 27.El sistema de vialidad y de ferrocarriles nacionales. 28.El régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el régimen y la administración del espectro electromagnético. 29.El régimen general de los servicios públicos domiciliarios y, en especial, electricidad, agua potable y gas. 30.El manejo de la política de fronteras con una visión integral del país, que permita la presencia de la venezolanidad y el mantenimiento territorial y la soberanía en esos espacios. 31.La organización y administración nacional de la justicia, del Ministerio Público y de la Defensoría del Pueblo. 32.La legislación en materia de derechos, deberes y garantías constitucionales; la civil, mercantil, penal, penitenciaria, de procedimientos y de derecho internacional privado; la de elecciones; la de expropiación por causa de utilidad pública o social; la de crédito público; la de propiedad intelectual,

los puertos, aeropuertos y su infraestructura, así como la conservación, administración y aprovechamiento de autopistas y carreteras nacionales. 28.El sistema de vialidad, teleféricos y de ferrocarriles nacionales. 29.El régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el régimen, administración y control del espectro electromagnético. 30.El régimen general de los servicios públicos y, en especial, los servicios domiciliarios de electricidad, telefonía por cable, inalámbrica y satelital, televisión por suscripción, agua potable y gas. 31.El manejo de la política de fronteras con una visión integral del país, que permita la presencia de la venezolanidad, la identidad nacional, la defensa de la integridad y la soberanía en esos espacios. 32.La organización y administración nacional de la justicia, del Ministerio Público, de la Defensoría del Pueblo

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza artística e industrial; y de la Contraloría la del patrimonio General de la cultural y República. arqueológico; la 33.La legislación en agraria; la de materia de derechos, inmigración y deberes y garantías poblamiento; la de constitucionales; la pueblos indígenas y civil, mercantil, territorios ocupados administrativa, por ellos; la del ambiental, trabajo, previsión y energética; penal, seguridad sociales; la penitenciaria, de de sanidad animal y procedimientos y de vegetal; la de derecho internacional notarías y registro privado y público; la público; la de bancos de elecciones; la de y la de seguros; la de expropiación por loterías, hipódromos causa de utilidad y apuestas en pública o social; la general; la de económica y organización y financiera; la de funcionamiento de crédito público; la de los órganos del Poder propiedad intelectual, Público Nacional y artística e industrial; demás órganos e la del patrimonio instituciones cultural y nacionales del arqueológico; la Estado; y la relativa a agraria; la de todas las materias de inmigración y la competencia poblamiento; la de nacional. pueblos indígenas y 33.Toda otra materia territorios ocupados que la presente por ellos; la del Constitución atribuya trabajo, previsión y al Poder Público seguridad sociales; la Nacional, o que le de sanidad animal y corresponda por su vegetal; la de índole o naturaleza. notarías y registro público; la de bancos y la de seguros; la de loterías, hipódromos y apuestas en general; la de organización y funcionamiento de los órganos del Poder Público Nacional y demás órganos e instituciones nacionales del

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza Estado; y la relativa a todas las materias de la competencia nacional. 34.La gestión y administración de los ramos de la economía nacional, así como su eventual transferencia a sectores de economía de propiedad social, colectiva o mixta. 35.La promoción, organización y registro de los Consejos del Poder Popular, así como el apoyo técnico y financiero para el desarrollo de proyectos socioeconómicos de la economía social, de acuerdo a la disponibilidades presupuestarias y fiscales. 36.Toda otra materia que la presente Constitución atribuya al Poder Público Nacional, o que le corresponda por su índole o naturaleza, o que no este atribuido expresamente a la competencia estadal o municipal. Artículo 158, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) La descentralización El Estado promoverá Esto es el desarrollo de como política nacional, como política nacional, lo que nosotros debe profundizar la la participación entendemos por democracia, acercando protagónica del pueblo, descentralización,

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza el poder a la población y creando las mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales

transfiriéndole poder y creando las mejores condiciones para la construcción de una Democracia Socialista.

porque el concepto cuartorepublicano de la descentralización es muy distinto al que nosotros debemos manejar.

Artículo 167, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Son ingresos de los Son ingresos de los En el situado Estados: Estados: constitucional hay algunos cambios, el más 1. Los procedentes de su 1. Los procedentes de su importante es que patrimonio y de la patrimonio y de la incluye al poder popular. administración de sus administración de sus bienes. bienes. 2. Las tasas por el uso de sus bienes y servicios, multas y sanciones, y las que les sean atribuidas.

2. Las tasas por el uso de sus bienes y servicios, multas y sanciones, y las que les sean atribuidas.

3. El producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales.

3. El producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales.

4. Los recursos que les correspondan por concepto de situado constitucional. El situado es una partida equivalente a un máximo del veinte por ciento del total de los ingresos ordinarios

4. Los recursos que les correspondan por concepto de situado constitucional. El situado es una partida equivalente a un mínimo del veinticinco por ciento de los ingresos ordinarios estimados en

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza estimados anualmente por el Fisco Nacional, la cual se distribuirá entre los Estados y el Distrito Capital en la forma siguiente: un treinta por ciento de dicho porcentaje por partes iguales, y el setenta por ciento restante en proporción a la población de cada una de dichas entidades. En cada ejercicio fiscal, los Estados destinarán a la inversión un mínimo del cincuenta por ciento del monto que les corresponda por concepto de situado. A los Municipios de cada Estado les corresponderá, en cada ejercicio fiscal, una participación no menor del veinte por ciento del situado y de los demás ingresos ordinarios del respectivo Estado.

la ley de presupuesto anual, el cual se distribuirá entre los Estados, el Distrito Federal, los Territorios Federales, los Municipios Federales, las Comunas y las Comunidades, de acuerdo a lo establecido en la ley orgánica del situado constitucional. En cada ejercicio fiscal, los Estados destinarán a la inversión un mínimo del cincuenta por ciento del monto que les corresponda por concepto de situado. A los Municipios de cada Estado les corresponderá, en cada ejercicio fiscal, una participación no menor del veinticinco por ciento del situado y de los demás ingresos ordinarios del respectivo Estado.

En caso de variaciones de los ingresos del Fisco Nacional que impongan una modificación del Presupuesto Nacional, se efectuará un reajuste proporcional del situado.

La ley establecerá los principios, normas y procedimientos que propendan a garantizar el uso correcto y eficiente de los recursos provenientes del situado constitucional.

La ley establecerá los principios, normas y procedimientos que propendan a garantizar el uso correcto y eficiente de los recursos

5. Los demás impuestos, tasas y contribuciones especiales que se les asigne por ley nacional, con el fin de promover el desarrollo de las

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza provenientes del situado haciendas públicas constitucional y de la estadales. participación municipal Las leyes que creen o en el mismo. transfieran ramos 5. Los demás impuestos, tributarios a favor de los tasas y contribuciones Estados podrán especiales que se les compensar dichas asigne por ley nacional, asignaciones con con el fin de promover el modificaciones de los desarrollo de las ramos de ingresos haciendas públicas señalados en este estadales. artículo, a fin de preservar la equidad Las leyes que creen o interterritorial. transfieran ramos tributarios a favor de los 6. Cualquier otra Estados podrán transferencia, compensar dichas subvención o asignación asignaciones con especial, así como de modificaciones de los aquellos que se les ramos de ingresos asigne como señalados en este participación en los artículo, a fin de tributos nacionales, de preservar la equidad conformidad con la interterritorial. El respectiva ley. porcentaje del ingreso nacional ordinario estimado que se destine al situado constitucional, no será menor al quince por ciento del ingreso ordinario estimado, para lo cual se tendrá en cuenta la situación y sostenibilidad financiera de la Hacienda Pública Nacional, sin menoscabo de la capacidad de las administraciones estadales para atender adecuadamente los servicios de su competencia.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza 6. Los recursos provenientes del Fondo de Compensación Interterritorial y de cualquier otra transferencia, subvención o asignación especial, así como de aquellos que se les asignen como participación en los tributos nacionales, de conformidad con la respectiva ley Artículo 168, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Los Municipios Los Municipios gozan de No hubo justificación, constituyen la unidad personalidad jurídica y deja a criterio de los política primaria de la autonomía dentro de lectores el análisis. organización nacional, los límites de esta gozan de Constitución y de la ley. personalidad jurídica y La autonomía municipal autonomía dentro de comprende: los límites de esta Constitución y de la ley. 1. La elección de sus autoridades. La autonomía municipal 2. La gestión de las comprende: materias de su 1. La elección de sus autoridades. 2. La gestión de las materias de su competencia. 3. La creación, recaudación e inversión de sus ingresos. Las actuaciones del Municipio en el ámbito de sus competencias se cumplirán incorporando la

competencia. 3. La creación, recaudación e inversión de sus ingresos. En sus actuaciones el Municipio estará obligado a incorporar, dentro del ámbito de sus competencias, la participación ciudadana, a través de los Consejos del Poder Popular y de los medios

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza participación ciudadana de producción socialista. al proceso de definición y ejecución de la gestión pública y al control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva, suficiente y oportuna, conforme a la ley. Los actos de los Municipios no podrán ser impugnados sino ante los tribunales competentes, de conformidad con esta Constitución y con la ley. Artículo 184, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) La ley creará Una ley nacional creará Se pasan atribuciones de mecanismos abiertos y mecanismos para que el los municipios al poder flexibles para que los Poder Nacional, los popular. No vamos a Estados y los Municipios Estados y los Municipios reconocer en la descentralicen y descentralicen y constitución al poder transfieran a las transfieran a las popular como uno de los comunidades y grupos Comunidades poderes o uno de los vecinales organizados organizadas, a los componentes del poder los servicios que éstos Consejos Comunales, a público nacional como el gestionen previa las Comunas y otros dueño del poder demostración de su Entes del Poder Popular, originario de manera capacidad para los servicios que éstos simbólica, sería una prestarlos, promoviendo: gestionen, promoviendo: farsa. 1. La transferencia de 1. servicios en materia de salud, educación, vivienda, deporte, cultura, programas sociales, ambiente, mantenimiento de áreas industriales, mantenimiento y

La transferencia de servicios en materia de vivienda, deportes, cultura, programas sociales,

“El poder para el pueblo”, las cosas salen más baratas, se desata de forma maravillosa el trabajo voluntario, no hay intermediario, no hay empresas que

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza conservación de áreas urbanas, prevención y protección vecinal, construcción de obras y prestación de servicios públicos. A tal efecto, podrán establecer convenios cuyos contenidos estarán orientados por los principios de interdependencia, coordinación, cooperación y corresponsabilidad. 2. La participación de las comunidades y de 2. ciudadanos o ciudadanas, a través de las asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales, en la formulación de propuestas de inversión ante las autoridades estadales y municipales encargadas de la elaboración de los respectivos planes de 3. inversión, así como en la ejecución, evaluación y control de obras, programas sociales y servicios públicos en su jurisdicción. 3. La participación en los procesos económicos estimulando las expresiones de la economía social, tales como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas

ambiente, mantenimien to de áreas industriales, mantenimien to y conservación de áreas urbanas, prevención y protección vecinal, construcción de obras y prestación de servicios públicos. La participación y asunción por parte de las organizacion es comunales de la gestión de las empresas públicas municipales y/o estadales. La participación en los procesos económicos estimulando las distintas expresiones de la economía social y el desarrollo endógeno sustentable, mediante cooperativas , cajas de ahorro,

vienen de otros lugares de maletín que nadie sabe quien es el dueño que viene a contratar a subcontratar, a sub contratar… una obra que bien puede hacer la comunidad. Vamos a crear empresas pequeñas de propiedad social, de propiedad comunal productivas, pequeñas unidades que van creciendo y van haciendo una red de unidades de producción socialista e irá naciendo un espacio de mercado no capitalista que tenga como objetivo satisfacer necesidades, irán naciendo nuevas formas de distribución, de apropiación, de ingreso, irá naciendo una nueva cultura. Es la moral socialista, el primer motor constituyente. Se formarán y capacitará a comunidades.

se las

Estamos tocando la médula del poder público. Todas las organizaciones sociales e incluso algunas que preceden a los consejos comunales deben articularse en la organización de la comunidad y de la

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4.

5.

6.

7.

asociativas. La participación de los trabajadores y trabajadoras y comunidades en la gestión de las empresas públicas mediante mecanismos autogestionarios y cogestionarios. La creación de organizaciones, cooperativas y empresas comunales 4. de servicios, como fuentes generadoras de empleo y de bienestar social, propendiendo a su permanencia mediante el diseño de políticas en las cuales aquellas tengan participación. 5. La creación de nuevos sujetos de descentralización a nivel de las parroquias, las comunidades, los barrios y las vecindades a los fines de garantizar el principio de la corresponsabilidad en la gestión pública de los gobiernos locales y estadales y desarrollar procesos autogestionarios y cogestionarios en la administración y control de los servicios públicos estadales y municipales. La participación de las comunidades en actividades de 6.

empresas de comuna y en los propiedad consejos comunales y social, demás consejos. colectiva y mixta, mutuales y otras formas asociativas, que permitan la construcción de la economía socialista. La participación de los trabajadores y trabajadoras en la gestión de las empresas públicas. La creación de organizacion es, cooperativas y empresas comunales de servicios, como fuentes generadoras de empleo y de bienestar social, propendiend o a su permanencia mediante el diseño de políticas en las cuales aquellas tengan participación . La

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza acercamiento a los establecimientos penales y de vinculación de éstos con la población

transferencia a las organizacion es Comunales de la administraci ón y control de los servicios públicos estadales y municipales, con fundamento en el principio de corresponsa bilidad en la gestión pública. 7. La participación de las Comunidade s en actividades de recreación, deporte, esparcimient o, privilegiando actividades de la cultura popular y el folclor nacional. La Comunidad organizada tendrá como máxima autoridad la Asamblea de ciudadanos y ciudadanas del Poder Popular, quien en tal virtud designa y revoca a los órganos del Poder Comunal

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza en las comunidades, Comunas y otros entes políticoterritoriales que se conformen en la ciudad, como la unidad política primaria del territorio. El Consejo Comunal constituye el órgano ejecutor de las decisiones de las asambleas de ciudadanos y ciudadanas, articulando e integrando las diversas organizaciones comunales y grupos sociales. Igualmente asumirá la Justicia de paz y la prevención y protección vecinal. Por Ley se creará un Fondo destinado al financiamiento de los proyectos de los Consejos Comunales. Todo lo relativo a la constitución, integración, competencias y funcionamiento de los Consejos Comunales será regulado mediante la ley. Artículo 185, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza

El Consejo Federal de Gobierno es el órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios. Estará presidido por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva e integrado por los Ministros o Ministras, los gobernadores o gobernadoras, un alcalde o alcaldesa por cada Estado y representantes de la sociedad organizada, de acuerdo con la ley.

El Consejo Federal de Gobierno contará con una Secretaría, integrada por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, dos Ministros o Ministras, tres gobernadores o gobernadoras y tres alcaldes o alcaldesas. Del Consejo Federal de Gobierno dependerá el

Presidencial (Resumen) El Consejo Nacional de Hay un pequeño cambio. Gobierno es un órgano, no permanente, encargado de evaluar los diversos proyectos comunales, locales, estadales y provinciales, para articularlos al plan de desarrollo integral de la nación, dar seguimiento a la ejecución de las propuestas aprobadas y realizar los ajustes convenientes a los fines de garantizar el logro de sus objetivos. Estará presidido por el Presidente o Presidenta de la República, quien lo convocará, e integrado por los Vicepresidentes y Vicepresidentas, los Ministros y Ministras, los Gobernadores y Gobernadoras, Alcaldes y Alcaldesas.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza Fondo de Compensación Interterritorial, destinado al financiamiento de inversiones públicas para promover el desarrollo equilibrado de las regiones, la cooperación y complementación de las políticas e iniciativas de desarrollo de las distintas entidades públicas territoriales, y a apoyar especialmente la dotación de obras y servicios esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo relativo. El Consejo Federal de Gobierno, con base en los desequilibrios regionales, discutirá y aprobará anualmente los recursos que se destinarán al Fondo de Compensación Interterritorial y las áreas de inversión prioritaria a las cuales se aplicarán dichos recursos. Artículo 225, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) El Poder Ejecutivo se El Poder Ejecutivo se Hay un cambio ejerce por el Presidente ejerce por el Presidente importante, es la o Presidenta de la o Presidenta de la propuesta de hace 8 República, el República, el 1er años.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, los Ministros o Ministras y demás funcionarios o funcionarias que determinen esta Constitución y la ley

Vicepresidente o 1era Vicepresidenta, los Vicepresidentes o Vicepresidentas, los Ministros o Ministras y demás funcionarios o funcionarias que determinen esta Constitución y la ley.

Hay que dejarlo con algo de flexibilidad porque si esto lo aprueba el pueblo va a ser muy importante para incrementar la eficacia de la gestión del gobierno, incrementar no el burocratismo sino para incrementar los niveles de corresponsabilidad en la función de gobierno de coordinación en las regiones. Para impulsar regiones especiales, provincias federales, ciudades federales…

El Presidente o Presidenta de la República podrá designar el 1er Vicepresidente o 1era Vicepresidenta y el número de Vicepresidentes o Vicepresidentas que estime necesario. Crear nuevas estructuras que tengan las potestades, los poderes para levantar un verdadero proyecto de desarrollo que le de atención a las comunidades.

Artículo 230, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) El período presidencial El período presidencial No se está es de seis años. El es de siete años. El sorprendiendo a nadie, Presidente o Presidenta Presidente o Presidenta antes del 3 de diciembre de la República puede de la República puede y en distintos escenarios ser reelegido o ser reelegido o reelegida dije que había la reelegida, de inmediato de inmediato para un posibilidad de una y por una sola vez, para nuevo período. reforma, la necesidad de un nuevo período. una reforma. Hablaba de

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza la reelección presidencial continua que definió la diputada Cilia Flores. Es una posibilidad que depende de la capacidad, de la voluntad y del pueblo. Artículo 236, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Son atribuciones y Son atribuciones y Hay algunas obligaciones del obligaciones del modificaciones que Presidente o Presidenta Presidente o Presidenta tienen que ver con de la República: de la República: artículos anteriores. 1. Cumplir y hacer 1. Cumplir y hacer Comienza a aparecer ya cumplir esta cumplir esta La Fuerza Armada Constitución y la ley. Constitución y la ley. Bolivariana. 2. Dirigir la acción del 2. Dirigir las acciones de Gobierno. Estado y de Gobierno y coordinar las relaciones 3. Nombrar y remover al con los otros Poderes Vicepresidente Ejecutivo Públicos Nacionales en o Vicepresidenta su carácter de Jefe de Ejecutiva; nombrar y Estado. remover los Ministros o Ministras. 3. Crear las Provincias Federales, Territorios 4. Dirigir las relaciones Federales y/o Ciudades exteriores de la Federales según lo República y celebrar y establecido en esta ratificar los tratados, constitución y designar convenios o acuerdos sus autoridades, según internacionales. la ley. 5. Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad

4. Nombrar y remover al 1er Vicepresidente o 1era Vicepresidenta, nombrar y remover a Vicepresidentes o

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza jerárquica de ella y fijar Vicepresidentas, su contingente. nombrar y remover los Ministros o Ministras. 6. Ejercer el mando supremo de la Fuerza 5. Dirigir las relaciones Armada Nacional, exteriores, la política promover sus oficiales a internacional de la partir del grado de República y celebrar y coronel o coronela o ratificar los tratados, capitán o capitana de convenios o acuerdos navío, y nombrarlos o internacionales. nombrarlas para los cargos que les son 6. Comandar la Fuerza Armada Bolivariana en privativos. su carácter de 7. Declarar los estados Comandante en Jefe, de excepción y decretar ejerciendo la Suprema la restricción de Autoridad Jerárquica en garantías en los casos todos sus Cuerpos, previstos en esta Componentes y Constitución. Unidades, determinando su contingente. 8. Dictar, previa autorización por una ley 7. Promover a sus habilitante, decretos con oficiales en todos los fuerza de ley. grados y jerarquías y designarlos o 9. Convocar a la designarlas para los Asamblea Nacional a cargos correspondientes. sesiones extraordinarias. 8. Declarar los estados 10. Reglamentar total o de excepción y decretar parcialmente las leyes, la restricción de sin alterar su espíritu, garantías en los casos propósito y razón. previstos en esta Constitución. 11. Administrar la Hacienda Nacional.

Pública 9. Dictar, previa autorización por una ley 12. Negociar los habilitante, decretos con fuerza de ley. empréstitos nacionales. 13. Decretar adicionales Presupuesto,

a la créditos 10. Convocar Asamblea Nacional a al previa sesiones extraordinarias.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza autorización de la 11. Reglamentar total o Asamblea Nacional o de parcialmente las leyes, la Comisión Delegada. sin alterar su espíritu, propósito y razón. 14. Celebrar los contratos de interés 12. Administrar la nacional conforme a Hacienda Pública esta Constitución y la Nacional, así como el ley. establecimiento y regulación de la política 15. Designar, previa monetaria. autorización de la Asamblea Nacional o de 13. Negociar los la Comisión Delegada, al empréstitos nacionales. Procurador o créditos Procuradora General de 14. Decretar al la República y a los jefes adicionales Presupuesto, previa o jefas de las misiones autorización de la diplomáticas Asamblea Nacional o de permanentes. la Comisión Delegada. 16. Nombrar y remover los a aquellos funcionarios o 15. Celebrar contratos de interés aquellas funcionarias conforme a cuya designación le nacional atribuyen esta esta Constitución y la ley. Constitución y la ley. 16. Designar, previa autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, al Procurador o Procuradora General de la República y a los jefes o jefas de las misiones diplomáticas 18. Formular el Plan permanentes. Nacional de Desarrollo y dirigir su ejecución 17. Nombrar y remover previa aprobación de la a aquellos funcionarios o aquellas funcionarias Asamblea Nacional. cuya designación le 19. Conceder indultos. atribuyen esta Constitución y la ley. 20. Fijar el número, 17. Dirigir a la Asamblea Nacional, personalmente o por intermedio del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, informes o mensajes especiales.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza organización y competencia de los ministerios y otros organismos de la Administración Pública Nacional, así como también la organización y funcionamiento del Consejo de Ministros, dentro de los principios y lineamientos señalados por la correspondiente ley orgánica. 21. Disolver la Asamblea Nacional en el supuesto establecido en esta Constitución. 22. Convocar referendos en los casos previstos en esta Constitución. 23. Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la Nación. 24. Las demás que le señale esta Constitución y la ley. El Presidente o Presidenta de la República ejercerá en Consejo de Ministros las atribuciones señaladas en los numerales 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 18, 20, 21, 22 y las que le atribuya la ley para ser ejercidas en igual forma.

18. Dirigir a la Asamblea Nacional, personalmente o por intermedio del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, informes o mensajes especiales. 19. Formular el Plan Nacional de Desarrollo y dirigir su ejecución. 20. Conceder indultos. 21. Fijar el número, organización y competencia de las Vicepresidencias, ministerios y otros organismos de la Administración Pública Nacional, así como también la organización y funcionamiento del Consejo de Ministros, dentro de los principios y lineamientos señalados por la correspondiente ley orgánica. 22. Disolver la Asamblea Nacional de acuerdo con lo establecido en esta Constitución. 23. Ejercer la iniciativa constitucional y constituyente. 24. Convocar referendos en los casos previstos en esta Constitución.

Los actos del Presidente o Presidenta de la 25. Convocar y presidir República, con el Consejo de Defensa

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza excepción de los señalados en los ordinales 3 y 5, serán refrendados para su validez por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y el Ministro o Ministra o Ministros o Ministras respectivos

de la Nación. 26. Las demás que le señale esta Constitución y la ley. El Presidente o Presidenta de la República ejercerá en Consejo de Ministros las atribuciones señaladas en los numerales 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 18, 20, 21, 22 y las que le atribuya la ley para ser ejercidas en igual forma. Los actos del Presidente o Presidenta de la República, con excepción de los señalados en los ordinales 3 y 5, serán refrendados para su validez por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y el Ministro o Ministra o Ministros o Ministras respectivos.

Artículo 251, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) El Consejo de Estado es El Consejo de Estado es Hay algunas pequeñas el órgano superior de el órgano superior de modificaciones. consulta del Gobierno y consulta y de la Administración asesoramiento del Pública Nacional. Será Estado y Gobierno de su competencia Nacional. Ejercerá sus recomendar políticas de atribuciones con interés nacional en autonomía funcional. aquellos asuntos a los Sus opiniones o

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza que el Presidente o Presidenta de la República reconozca de especial trascendencia y requieran de su opinión.

dictámenes no tendrán carácter vinculante. Son de su competencia: 1. Emitir opinión sobre el objeto de la consulta.

La ley respectiva Velar por la determinará sus 2. observancia de la funciones y atribuciones Constitución y el ordenamiento jurídico. 3. Emitir dictámenes sobre los asuntos que se sometan a su consideración y 4. Recomendar políticas de interés nacional en aquellos asuntos de especial trascendencia. La ley orgánica respectiva podrá determinar otras funciones y/u otras competencias. Artículo 252, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) El Consejo de Estado lo El Consejo de Estado lo Queremos hacer a ésta preside el preside el Presidente o institución operativa. Vicepresidente Ejecutivo Presidenta de la o Vicepresidenta República y estará Ejecutiva y estará además conformado, por conformado, además, el Presidente o por cinco personas Presidenta de la designadas por el Asamblea Nacional; el Presidente o Presidenta Presidente o Presidenta de la República; un o del Tribunal Supremo de una representante Justicia, el Presidente o designado o designada Presidenta del Poder por la Asamblea Ciudadano, el Presidente

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza Nacional; un o una representante designado o designada por el Tribunal Supremo de Justicia y un Gobernador designado o Gobernadora designada por el conjunto de mandatarios o mandatarias estadales

o Presidenta del Consejo Nacional Electoral y las personas que el Presidente o Presidenta de la República considere necesario convocar para tratar la materia a la que se refiere la consulta.

Artículo 300, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) La ley nacional La ley nacional Hay unos pequeños establecerá las establecerá las cambios donde se condiciones para la condiciones para la señala la economía creación de entidades creación de empresas o socialista. funcionalmente entidades regionales, descentralizadas para la para la promoción y realización de realización de actividades sociales o actividades económicas empresariales, con el o sociales, bajo los objeto de asegurar la principios de la razonable productividad economía socialista, económica y social de estableciendo los los recursos públicos mecanismos de control y que en ellas se inviertan fiscalización que aseguren la transparencia en el manejo de los recursos públicos que en ellas se inviertan, y su razonable productividad económica y social. Artículo 302, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) El Estado se reserva, El Estado se reserva por Aquí se es más mediante la ley orgánica razones de soberanía, específico con los

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico. El Estado promoverá la manufactura nacional de materias primas provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, con el fin de asimilar, crear e innovar tecnologías, generar empleo y crecimiento económico, y crear riqueza y bienestar para el pueblo

desarrollo e interés nacional, la actividad de explotación de los hidrocarburos líquidos, sólidos y gaseosos, así como las explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico. El Estado promoverá la manufactura nacional de materias primas provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, con el fin de asimilar, crear e innovar tecnologías, generar empleo y crecimiento económico, y crear riqueza y bienestar para el pueblo.

recursos petroleros y las explotaciones. Aquí se piensa en la faja petrolífera del Orinoco que es una de las riquezas más grandes del mundo y que la hemos salvado del imperialismo.

El Estado dará preferencia al uso de tecnología nacional para el procesamiento de los hidrocarburos líquidos, gaseosos y sólidos, especialmente de aquellos cuyas características constituyen la mayoría de las reservas y sus derivados. Artículo 305, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) El Estado promoverá la El Estado promoverá la Se le agrega la agricultura sustentable agricultura sustentable seguridad alimentaria, y como base estratégica como base estratégica se le agrega además la

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza del desarrollo rural integral, a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal las provenientes de las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental para el desarrollo económico y social de la Nación. A tales fines, el Estado dictará las medidas de orden financiero, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra y otras que fueran necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además, promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para compensar las desventajas propias de

del desarrollo rural soberanía alimentaria. integral, a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población; entendida como la disponibilidad suficiente y estable de alimentos en el ámbito nacional y el acceso oportuno y permanente a éstos por parte del público consumidor. La seguridad alimentaria se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria interna, entendiéndose como tal la proveniente de las actividades agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La producción de alimentos es de interés nacional y fundamental para el desarrollo económico y social de la Nación. A tales fines, el Estado dictará las medidas de orden financiero, comercial, transferencia tecnológica, tenencia de la tierra, infraestructura, capacitación de mano de obra y otras que fueran necesarias para alcanzar niveles estratégicos de autoabastecimiento. Además, promoverá las acciones en el marco de la economía nacional e internacional para compensar las desventajas propias de

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza la actividad agrícola.

la actividad agrícola.

El Estado protegerá los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa definidos en la ley.

El Estado protegerá los asentamientos y comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, así como sus caladeros de pesca en aguas continentales y los próximos a la línea de costa definidos en la ley. Si ello fuere necesario para garantizar la seguridad alimentaria, la República podrá asumir sectores de la producción agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola indispensables a tal efecto, y podrá transferir su ejercicio a entes autónomos, empresas públicas y organizaciones sociales, cooperativas o comunitarias. Así como utilizar a plenitud las potestades de expropiación, afectación y ocupación en los términos de esta Constitución y la Ley.

Artículo 307, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) El régimen latifundista Se prohíbe el latifundio Hemos venido luchando es contrario al interés por ser contrario al contra el latifundio pero social. La ley dispondrá interés social. La en la constitución no lo conducente en República determinará quedo bien afilado. El materia tributaria para mediante Ley la forma arma constitucional,

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza gravar las tierras ociosas y establecerá las medidas necesarias para su transformación en unidades económicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación agrícola. Los campesinos o campesinas y demás productores agropecuarios y productoras agropecuarias tienen derecho a la propiedad de la tierra, en los casos y formas especificados en la ley respectiva. El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y particulares de propiedad para garantizar la producción agrícola. El Estado velará por la ordenación sustentable de las tierras de vocación agrícola para asegurar su potencial agroalimentario.

Excepcionalmente se crearán contribuciones parafiscales con el fin de facilitar fondos para financiamiento, investigación, asistencia técnica, transferencia tecnológica y otras actividades que

en las cuales los contra esa rémora del latifundios serán feudalismo y de la transferidos a la Colonia. propiedad del Estado, o de los entes o empresas públicas, cooperativas, comunidades u organizaciones sociales capaces de administrar y hacer productivas las tierras. Los campesinos o campesinas y demás productores agropecuarios y productoras agropecuarias tienen derecho a la propiedad de la tierra, en los casos y formas especificados en la ley respectiva. A los fines de garantizar la producción agrícola, el Estado protegerá y promoverá la propiedad social. El Estado velará por la ordenación sustentable de las tierras de vocación agrícola para asegurar su potencial agroalimentario. La ley creará tributos sobre las tierras productivas que no sean empleadas para la producción agrícola o pecuaria. Excepcionalmente se crearán contribuciones parafiscales cuya

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza promuevan la productividad y la competitividad del sector agrícola. La ley regulará lo conducente a esta materia

recaudación se destinará para financiamiento, investigación, asistencia técnica, transferencia tecnológica y otras actividades que promuevan la productividad y el rendimiento del sector agrícola. La ley regulará lo conducente a esta materia. Se confiscarán aquellos fundos cuyos dueños ejecuten en ellos actos irreparables de destrucción ambiental, los dediquen a la producción de sustancias psicotrópicas o estupefacientes o la trata de personas, o los utilicen o permitan su utilización como espacios para la comisión de delitos contra la seguridad y defensa de la nación.

Artículo 318, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Las competencias El sistema monetario EN la constitución del 99 monetarias del Poder nacional debe propender se le dio por primera vez Nacional serán ejercidas al logro de los fines rango constitucional al de manera exclusiva y esenciales del Estado BCV como uno de los obligatoria por el Banco Socialista y el bienestar órganos del poder Central de Venezuela. El del pueblo, por encima público nacional. objetivo fundamental del de cualquier otra Banco Central de consideración. El Banco Central no Venezuela es lograr la puede ser autónomo, es El Ejecutivo Nacional y el estabilidad de precios y la visión neoliberal, esa Banco Central de preservar el valor fue la estrategia que

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza interno y externo de la unidad monetaria. La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el Bolívar. En caso de que se instituya una moneda común en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, podrá adoptarse la moneda que sea objeto de un tratado que suscriba la República. El Banco Central de Venezuela es persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia. El Banco Central de Venezuela ejercerá sus funciones en coordinación con la política económica general, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación. Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá entre sus funciones las de formular y ejecutar la política monetaria, participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria, regular la moneda, el crédito y las

Venezuela, en estricta y obligatoria coordinación, fijarán las políticas monetarias y ejercerán las competencias monetarias del Poder Nacional. El objetivo específico del Banco Central de Venezuela, conjuntamente con el Ejecutivo Nacional, es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria. La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el Bolívar. En caso de que se instituya una moneda común en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, podrá adoptarse la moneda que sea objeto de los tratados que suscriba la República.

lanzó sobre América Latina el Fondo Monetario Internacional, el imperio. Este fue el formato, bancos centrales autónomos de los gobiernos y del país y hasta de las constituciones, pero dependientes del modelo mundial de dominación, de la dictadura monetaria mundial. “No puedo permitir que el banco se hunda, teniendo forma de evitarlo” No está previsto suspender el control de cambio en Venezuela, será flexibilizado.

En el artículo de la constitución del 99 hay una “saña capitalista El Banco Central de monetarista”. Venezuela es persona de derecho público sin Cómo va a estar el Central autonomía para la Banco independiente. formulación y el ejercicio de las políticas correspondientes y sus Las reservas no pueden manejadas al funciones estarán ser supeditadas a la política capricho del BCV. El es el económica general y al presidente administrador de la Plan Nacional de Desarrollo para alcanzar hacienda pública, cómo los objetivos superiores se le va a dejar la autonomía al BCV para

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza tasas de interés, administrar las reservas internacionales, y todas aquellas que establezca la ley

del Estado Socialista y la mayor suma de felicidad posible para todo el pueblo. Para el adecuado cumplimiento de su objetivo específico, el Banco Central de Venezuela tendrá entre sus funciones, compartidas con el Poder Ejecutivo Nacional, las de participar en la formulación y ejecución de la política monetaria, en el diseño y ejecución de la política cambiaria, en la regulación de la moneda, el crédito y fijación de las tasas de interés. Las reservas internacionales de la República serán manejadas por el Banco Central de Venezuela, bajo la administración y dirección del Presidente o Presidenta de la República, como administrador o administradora de la Hacienda Pública Nacional. Venezuela tendrá entre sus funciones, compartidas con el Poder Ejecutivo Nacional, las de participar en la formulación y ejecución de la política monetaria,

que maneje precisamente las reservas de la hacienda pública, es algo inconcebible.

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza en el diseño y ejecución de la política cambiaria, en la regulación de la moneda, el crédito y fijación de las tasas de interés. Las reservas internacionales de la República serán manejadas por el Banco Central de Venezuela, bajo la administración y dirección del Presidente o Presidenta de la República, como administrador o administradora de la Hacienda Pública Nacional. Artículo 320, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) El Estado debe promover El Estado debe promover Pequeños cambios. y defender la estabilidad y defender la estabilidad económica, evitar la económica, evitar la vulnerabilidad de la vulnerabilidad de la economía y velar por la economía y velar por la estabilidad monetaria y estabilidad monetaria y de precios, para de precios, para asegurar el bienestar asegurar el bienestar social. social. Igualmente velará por la armonización de la política fiscal con la El ministerio responsable política monetaria, para de las finanzas y el el logro de los objetivos Banco Central de macroeconómicos. Venezuela contribuirán a la armonización de la política fiscal con la política monetaria,

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza facilitando el logro de los objetivos macroeconómicos. En el ejercicio de sus funciones, el Banco Central de Venezuela no estará subordinado a directivas del Poder Ejecutivo y no podrá convalidar o financiar políticas fiscales deficitarias.

La actuación coordinada del Poder Ejecutivo y del Banco Central de Venezuela se dará mediante un acuerdo anual de políticas, en el cual se establecerán los objetivos finales de crecimiento y sus repercusiones sociales, balance externo e inflación, concernientes a las políticas fiscal, cambiaria y monetaria; así como los niveles de las variables intermedias e instrumentales requeridos para alcanzar dichos objetivos finales. Dicho acuerdo será firmado por el Presidente o Presidenta del Banco Central de Venezuela y el o la titular del ministerio responsable de las finanzas, y se divulgará en el momento de la aprobación del

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza presupuesto por la Asamblea Nacional. Es responsabilidad de las instituciones firmantes del acuerdo que las acciones de política sean consistentes con sus objetivos. En dicho acuerdo se especificarán los resultados esperados, las políticas y las acciones dirigidas a lograrlos. La ley establecerá las características del acuerdo anual de política económica y los mecanismos de rendición de cuentas Artículo 321, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) Se establecerá por ley En el marco de su Las reservas no pueden un fondo de función de ir hacia el infinito. Con estabilización administración de las 30mil millones de macroeconómica reservas internacionales, dólares qué es destinado a garantizar la el Jefe del Estado suficiente, nos hemos estabilidad de los gastos establecerá, en convertido en un país del Estado en los niveles coordinación con el que financia a otros. municipal, regional y Banco Central de nacional, ante las Venezuela y al final de Con esto nos fluctuaciones de los cada año, el nivel de las terminaremos de liberar ingresos ordinarios. Las reservas necesarias para del Dictap Capitalista. reglas de la economía nacional, funcionamiento del así como el monto de las fondo tendrán como reservas excedentarias, principios básicos la las cuales se destinarán eficiencia, la equidad y a fondos que disponga la no discriminación el Ejecutivo Nacional entre las entidades para la inversión públicas que aporten productiva, desarrollo e

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza recursos al mismo

infraestructura, financiamiento de las misiones y, en definitiva, el desarrollo integral, endógeno, humanista y socialista de la nación.

Artículo 328, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) La Fuerza Armada La Fuerza Armada También en la Fuerza Nacional constituye una Bolivariana constituye Armada hay que hacer institución un cuerpo cambios profundos, que esencialmente esencialmente patriótico no se han hecho. profesional, sin popular y militancia política, antiimperialista, En vez de ser una organizada por el Estado organizada por el Estado institución para garantizar la para garantizar la “esencialmente independencia y independencia y profesional”, eso da la soberanía de la Nación y soberanía de la nación, idea de una élite, porque asegurar la integridad preservarla de cualquier es muy distinto el nivel del espacio geográfico, ataque externo o interno profesional de las tropas mediante la defensa y asegurar la integridad especializadas. militar, la cooperación del espacio geográfico, Independiente del nivel en el mantenimiento del mediante el estudio, de educación y de orden interno y la planificación y ejecución instrucción que tenga la participación activa en el de la doctrina militar tropa. desarrollo nacional, de bolivariana, la aplicación acuerdo con esta de los principios de la “…la emoción que a mi Constitución y con la ley. defensa militar integral y me causa en lo más En el cumplimiento de la guerra popular de hondo de mi alma éste sus funciones, está al resistencia, la tema, los sentimientos servicio exclusivo de la participación que brotan del corazón, Nación y en ningún caso permanente en tareas del pecho porque yo al de persona o de mantenimiento de la detrás de ésta honrosa parcialidad política seguridad ciudadana, y banda que el pueblo alguna. Sus pilares conservación del orden decidió que yo la fundamentales son la interno, así como la portara, detrás de éste disciplina, la obediencia participación activa en traje y ésta corbata, lo y la subordinación. La planes para el desarrollo que hay es un soldado, Fuerza Armada Nacional económico, social, yo en esencia lo que soy está integrada por el científico y tecnológico es un soldado”

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica

de la nación, de acuerdo con esta Constitución y Que rabia y que la ley. frustración uno paso como soldado cuando En el cumplimiento de nos mandaban a un su función, estará curso y nos obligaban a siempre al servicio del estudiar las tácticas y pueblo venezolano en técnicas del imperio. Se defensa de sus sagrados estudian técnicas de intereses y en ningún guerras imposibles, caso al de oligarquía cuadros logísticos… Se alguna o poder imperial pierde tiempo en unos extranjero. juegos de guerra imposibles, era la Sus pilares fundamentales son esta doctrina gringa. constitución y las leyes, así como la disciplina, la obediencia y la subordinación. Sus pilares históricos están en el mandato de Bolívar: “Libertar a la patria, empuñar la espada en defensa de las garantías sociales y merecer las bendiciones del pueblo”

Artículo 329, propone al pueblo soberano modificarlo de la siguiente forma: Artículo Reforma Justificación Presidencial (Resumen) El Ejército, la Armada y La Fuerza Armada Éste artículo es la Aviación tienen como Bolivariana está profundo, pretende tocar responsabilidad esencial integrada por los la estructura para las la planificación, distintos cuerpos de grandes ejecución y control de tierra, mar y aire, transformaciones las operaciones militares organizados necesarias para cumplir requeridas para administrativamente en con la misión del artículo asegurar la defensa de los siguientes 328. la Nación. La Guardia componentes Nacional cooperará en el militares: el Ejército Ahora son 5

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza desarrollo de dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden interno del país. La Fuerza Armada Nacional podrá ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal que le atribuya la ley

Bolivariano, la Armada Bolivariana, la Aviación Bolivariana, la Guardia Territorial Bolivariana y la Milicia Popular Bolivariana; y estructurados dichos cuerpos en unidades combinadas de guarnición, unidades combinadas de adiestramiento y unidades de operaciones conjuntas, tanto en el nivel táctico como en el nivel estratégico, a efectos del cumplimiento de su misión.

componentes, no aparece la vieja figura “la reserva”, que ha servido para organizar algunas unidades pero con algunas limitaciones legales, estructurales, financieras... La reserva siempre se tuvo como algo marginal, y hemos hecho esfuerzos por levantarla de nivel pero con esa rémora a cuestas.

La reserva, propongo que se nombre como es, “la milicia popular bolivariana” pero como un componente más, no La Fuerza Armada como algo marginal. Bolivariana podrá ejercer las actividades La vida de guarnición de policía administrativa será conjunta todos los y de investigación penal componentes que le atribuya la ley. combinados sin autonomía táctica y estratégica. Unidades La Guardia Nacional se conjuntas permanentes. convertirá en un cuerpo esencialmente militar, pudiendo ser destinada por su Comandante en Jefe para conformar cuerpos de tierra, mar y aire como parte integrante de otros componentes militares. Disposición transitoria:

Podrán también formarse cuerpos policiales con una parte de sus recursos humanos, técnicos y

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza materiales. Cambiará su denominación militar por el de Guardia Territorial. Otra transitoria:

disposición

Las unidades y cuerpos de la reserva militar se transformarán en unidades de la Milicia Popular Bolivariana. Ésta propuesta viene impulsada por una profunda convicción, una profunda convicción, es el pueblo el que reclama una mayor velocidad en los cambios, es el pueblo el que reclama que sigamos derribando barreras; obstáculos, que sigamos cortando nudos gordianos, que amarran; que detienen; que muchas veces angustian. Todas estas propuestas en el terreno político, profundizar la democracia popular bolivariana. En el terreno económico preparar las mejores condiciones y sembrarlas para la construcción de un modelo económico productivo socialista, nuestro modelo, lo mismo que en lo político la democracia socialista, en lo económico el modelo productivo socialista, en el campo de la administración pública incorporar novedosas figuras para aligerar la carga, para dejar atrás el burocratismo, la corrupción, la ineficiencia administrativa… cargas pesadas del pasado que todavía tenemos encima como rémoras, cómo fardos. En lo político, en lo económico, en lo social incrementar los derechos de los trabajadores, ampliarlos a todos los ámbitos imaginables. Culturales, profundizar mucho más en nuestras raíces aborígenes, afrodescendientes, profundizar más en nuestra conciencia patriótica, antiimperialista… en fin, ésta modesta propuesta lleva eso sí, la gran esperanza de que a partir de hoy se convierta en bandera de batalla, llamo al pueblo todo a la par de que los señores diputados y diputadas, estoy seguro que desde hoy con pasión y con entrega se dedicarán al estudio, al debate, a dar la primera discusión, la segunda discusión y luego la tercera discusión, pero desde hoy el debate de la reforma bolivariana debe tomar las calles, que vayan los dirigentes, los líderes, el pueblo, los partidos políticos que apoyan la revolución, los movimientos sociales, los estudiantes, las mujeres, los trabajadores, los indígenas, los militares, los soldados, los combatientes en todas partes a dar el gran debate, el gran debate que marcará, marcará profundamente lo que he venido diciendo desde hace varios meses, el inicio de una nueva era, una nueva era. Ahora sí, siete, ocho años después, ahora si con el rumbo bien claro, ahora si con el conocimiento mucho más profundo de

Resumen realizado por la Lic. Karelia Espinoza nuestras realidades, ahora si con una experiencia que se va sumando a la pasión y a la voluntad, ahora si con rumbo hacia el socialismo, hacia una democracia profunda y plena como Bolívar lo dijo o lo quiso decir seguramente hace 202 años cuando hablaba de la misteriosa incógnita del hombre en libertad, el hombre; el ser humano en libertad de la miseria; libertad de la explotación; libertad de la discriminación; en libertad del atraso, para que podamos volar y construir como dijo Bolívar en éste lugar del mundo la más grande nación del universo menos por su extensión y sus riquezas que su libertad y su gloria. Muchísimas Gracias por su atención…

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