Rectificacion De Partida Primo.docx, Wili.docx

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Sec. Dr. Expediente

Nro.

Escrito Nro. 01 SUMILLA:

INTERPONE

DEMANDA

DE

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA. SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE TURNO

DE LA PROVINCIA DE SAN

ROMAN: xxxxxxxxxxxxx, DNI.

Identificado

Nro.02413787

xxxxxxxxxxxxxxxxxx

con

con y

DNI

Nro.

02430497, Con domicilio real en la Av.

Abancay



309

Provincia

de

domicilio

procesal

de

esta

Román,

con

en

Jr.

San

el

Apurímac Nro. 615 oficina ¨5¨, de esta

ciudad

de

juliaca,

a

Ud.,

digo: I.- P E T I T O R I O:

Invocando tutela jurisdiccional Recurro a su despacho en representación de mi menor hija xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con el objeto de INTERPONER

DEMANDA

DE

AUTORIZACIÓN

JUDICIAL

DE

RECTIFICACIÓN DE NOMBRE en su forma de rectificación del primer y segundo nombre de pila, con la finalidad de que previo los trámites correspondientes en vía de proceso no contenciosos,

su despacho ordene:

1.- PRETENSIÓN PRINCIPAL.Se ordene la rectificación del: primer y segundo nombre de pila de

“STEPHANIE YAMILÉ” por “STEFANY

YAMILET” para que en adelante se identifique como “STEFANY deberá

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx”

cursar

oficio

a

la

para

RENIEC

lo

cual

Provincial

de

JULIACA, a efecto de que se anote en el acta de nacimiento Nro. 7xxxxxxxxxxxx fecha 11 de febrero del 2013, en base a los siguientes fundamentos. II.- FUNDAMENTOS DE HECHO: PRIMERO.- Señor Juez recurro a su

despacho

en

representación

de

mi

menor

hija

STEPHANIE xxxxxxxxxxxxxx con el objeto de solicitar se sirva autorizar el cambio del nombre de mi menor hija

de

“STEPHANIE

YAMILÉ”

por

el

de

“STEFANY

YAMILET”. SEGUNDO.- conforme lo establece la norma sustantiva es posible solicitar el cambio de nombre cuando existen motivos que los justifiquen, en EL CASO PARTICULAR SE JUSTIFICA EL CAMBIO DE NOMBRE, POR LAS SIGUIENTES RAZONES: a) Que

habiendo

un

error,

en

el

momento

de

la

inscripción por parte del señor registrador al registrar como nombre de mi menor hija

STEPHANY

YAMILE, cuando en realidad se debio registrar con el nombre de “STEFANY YAMILET” b) Debo hacer notar que mi menor hija si bien es cierto

ha

sido

inscrito

con

los

nombres

de

STEPHANIE YAMILÉ empero en el seno familiar se le conoce

como

“STEFANY

YAMILET”;

este

aspecto

determina una razón justificatoria para que se autorice el cambio de nombre de mi menor hija. c) Teniendo

el

nombre

la

función

primordial

de

identificar a la persona, por este entender en la partida de mi menor hija aparece como el nombre “STEPHANIE YAMILÉ” empero a nivel de la sociedad se identifica con el NOMBRE STEFANY YAMILET, POR LO cual se justifica EL CAMBIO DE NOMBRE DE MI MENOR HIJA. d) Así mismo corresponde cambiar el nombre indicado, POR QUE EN LA ACTUALIDAD

TRAE MUCHOS PERJUICIOS

A NIVEL DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS DE MI MENOR HIJA, PUESTO QUE COMO

MONBRE

LA PARTIDA DE “STEPHANIE

NACIMIENTO INDICA

YAMILÉ”

POR

EL

QUE

PERJUDICA A MI MENOR HIJA. EN RAZÓN DE QUE EXISTE DIFÍCIL PRONUNCIACIÓN Y DIFICULTAD AL ESCRIBIR EL NOMBRE EN MENCION. SE JUSTIFICA EL CAMBIO DE NOMBRE DE MI MENOR HIJA POR LO SIGUIENTE:  A NIVEL DE LA SOCIEDAD Se HACER CONSTAR QUE MI MENOR HIJA SIEMPRE SE HA IDENTIFICADO COMO EL

NOMBRE

DE

“STEFANY

YAMILET

xxxxxxxxxxxxxxx”

ello también constituye una razón que justifica EL CAMBIO DE DEBIENDO

NOMBRE DE “STEPHANIE YAMILÉ”

QUEDAR

COMO

“STEFANY

YAMILET

xxxxxxxxxxxxxxxx”. POR LO QUE EXISTE FUNDADA RAZONES PARA ACCEDER A MI SOLICITUD.

III.- FUNDAMENTO DE DERECHO A) FUNDAMENTO DE DERECHO MATERIAL: Art. 29 del C.C.

Nadie puede cambiar su nombre ni

hacerse adiciones, salvo por motivos justificados y mediante autorización judicial, debidamente publicada e inscrita. A) FUNDAMENTO DE DERECHO

PROCESAL:

Artículo 826.- Procedencia.La solicitud de inscripción o de rectificación de una partida

de

matrimonio

o

de

defunción,

y

la

de

rectificación de una partida de nacimiento, procede sólo cuando no se practicó dentro del plazo que señala la ley o cuando el Juez considere atendible el motivo. La solicitud de inscripción de partida de nacimiento se rige por la ley de la materia.

Cuando se trate de la rectificación del nombre, sexo fecha del acontecimiento o estado civil, se indicará con precisión lo que se solicita. (...) Art. 829.- Trámite especial.Las personas cuyos nacimientos se hayan inscrito en los Registros del Estado Civil de las Municipalidades de la República y Consulados del Perú, en cuyas partidas figuren por error entre sus nombres y apellidos la palabra "de" o las letras "y", "i", "e" o "a", u otro error manifiesto de ortografía, de sexo o similar que fluya

del

propio

documento,

podrán

pedir

su

rectificación. El Juez, sin observar el trámite del Artículo 754, dispondrá de plano la rectificación correspondiente.

IV.- MONTO DEL PETITORIO: El monto del petitorio por su naturaleza es inapreciable en dinero. V.- VIA PROCEDIMENTAL: La

vía

procedimental

a

la

que

corresponde es la del PROCESO NO CONTENCIOSO por que no se trata de un caso conflictivo.

VI.- MEDIOS PROBATORIOS: 1.- DOCUMENTOS: 1.1. Partida de Nacimiento de mi menor hija (MATERIA DE RECTIFICACION). 2.2.

La

declaración

testimonial

de

las

siguientes

personas: 2.1.-

Quienes declararan sobre la justificación al cambio del nombre.,

VII.- ANEXOS: 1. a.- Copia simple del DNI de los Recurrentes. 1. b.- copia simple del DNI de la menor “STEPHANY YAMILE”. 1. c.- copia simple del DNI del testigo 1. d.- Partida de Nacimiento de mi menor hija (MATERIA DE RECTIFICACION). 1. e.- tasa judicial por ofrecimiento de pruebas. 1. f.- tres sobres que contienen pliegos interrogatorios para las declaraciones testimoniales. 1. g.- cedula de notificación. POR LO EXPUESTO:

Ruego se admita a trámite la presente demanda y se declare fundada en su oportunidad. Juliaca 22 de junio del 2015.

PLIEGO INTERROGATORIO PRESENTADO POR EL RECURRENTE, PARA LA

DECLARACIÓN

DE

PARTE

DE

EDGAR

FLORENCIO

MONROY

ZEBALLOS, PREGUNTADO PARA QUE DIGA: 1.- pregúntese, si viene a hacer padre de la menor STEFANY YAMILET MONROY ARAPA. 2.- Como es verdad, que el nombre de su menor hija es difícil de pronunciar así como su escritura.

3.- Como es verdad, que por error del Señor Registrador se ha consignado como “ESTEPHANIE YAMILE”. 4.- Que, sabe y le consta que siempre se ha identificado a su hija ante la sociedad con su nombre de “STEFANY YAMILET”. 5.- Que a consecuencia del error que aparece en la partida de nacimiento de su hija, en cuanto a la identificación en el seno familiar. JULIACA, 22 DE JUNIO DEL 2015.

PLIEGO INTERROGATORIO PRESENTADO POR EL RECURRENTE, PARA LA DECLARACIÓN DE PARTE DE NANCY ARAPA HUMPIRI, PREGUNTADO PARA QUE DIGA: 1.- pregúntese, si viene a hacer madre de la menor STEFANY YAMILET MONROY ARAPA. 2.- Como es verdad, que el nombre de su menor hija es difícil de pronunciar así como su escritura.

3.- Como es verdad, que por error del Señor Registrador se ha consignado como “ESTEPHANIE YAMILE”. 4.- Que, sabe y le consta que siempre se ha identificado a su hija ante la sociedad con su nombre de “STEFANY YAMILET”. 5.- Que a consecuencia del error que aparece en la partida de nacimiento de su hija, en cuanto a la identificación en el seno familiar. JULIACA, 22 DE JUNIO DEL 2015.

PLIEGO INTERROGATORIO PRESENTADO POR EL RECURRENTE, PARA LA DECLARACIÓN DE PARTE DE WILLY ALBERTO ZEBALLOS CAMPOS, PREGUNTADO PARA QUE DIGA: 1.- pregúntese, que viene a hacer de la menor STEFANY YAMILET MONROY ARAPA. 2.- Como es verdad, que el nombre de la menor es difícil de pronunciar así como su escritura. 3.- Como es verdad, que por error del Señor Registrador se ha consignado como “ESTEPHANIE YAMILE”. 4.- Que, sabe y le consta que siempre se ha identificado a la menor, ante la sociedad con su nombre de “STEFANY YAMILET”. 5.- Que a consecuencia del error que aparece en la partida de nacimiento de la menor, en cuanto a la identificación en el seno familiar. JULIACA, 22 DE JUNIO DEL 2015.

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