PROYECTO DE ORDENANZA No ________ DE 2009
“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA”
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En el ejercicio de las competencias que le asigna la Constitución Política a la Asamblea Departamental, en especial el Art. 300 y la ley 375 de 1997, bajo la necesidad notoria de articular los programas y proyectos intersectoriales en materia de juventud que requieren esfuerzos conjuntos de las instituciones del sector público, social y privado y, con el objetivo de generar un marco organizacional que posibilite aumentar la cobertura y calidad de la oferta juvenil en el Departamento, bajo las perspectivas de la Política Nacional de Juventud y los Planes de Desarrollo Nacional, Departamental y Municipales, se presenta este Proyecto de Ordenanza para la Adopción del Sistema y la Política Departamental de Juventud del Valle del Cauca” Sistema que permitirá los aún no logrados propósitos de promover y procurar la formación integral del joven y su desarrollo físico, psicológico, social y espiritual, así como su vinculación y participación activa en la vida social, económica y política en el Departamento del Valle del Cauca lo que redundará en el adecuado encauzamiento de programas, proyectos y en general acciones que adelantan diferentes organizaciones, asimismo las Alcaldías y Gobernaciones las cuales invierten importantes recursos y hacen gestiones que tienen impacto en la juventud. Existen, en el Valle del Cauca, diferentes grupos juveniles ONG y organizaciones con nobles propósitos alrededor de la Juventud pero, evidentemente, sin articulación y direccionamiento lo cual discrepa con el avance que hizo la Ley de Juventud al darle reconocimiento a las y los jóvenes como sujetos de derechos, el llamado a su participación plena en la sociedad y el reconocimiento de las responsabilidades del Estado y la Sociedad en la formulación y ejecución de Políticas Públicas de Juventud. El uso de la población joven por el crimen organizado y el desarrollo de los jóvenes requieren de una integralidad que por parte del estado que solamente se logra con la articulación de todos los actores que trabajan por la juventudPor tanto, se requiere adoptar un Sistema Departamental de Juventud que articule y garantice no sólo el desarrollo constitucional y legal alrededor de la temática juvenil sino que sea un compromiso real con todos los jóvenes Vallecaucanos.
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Antecedentes Ley de Juventud (Ley 375 de 1997) Reafirma la necesidad de entender a los jóvenes como ciudadanos sujetos de derechos y deberes en las políticas públicas, tal como lo establece la Constitución Nacional. Esta ley apunta a fortalecer una red institucional para la atención, protección y desarrollo de los jóvenes e impulsa la creación de espacios de representación formal como los Consejos Municipales y Departamentales de Juventud. Decreto Nacional 089 de 2000 Reglamenta la organización y el funcionamiento de los consejos de juventud. Política Nacional de Juventud – 2004 Orienta acciones y fomenta la cooperación entre las entidades del Estado, la sociedad civil y el sector privado, con miras al desarrollo de las capacidades de los jóvenes. Programa Presidencial “COLOMBIA JÓVEN” Con el Decreto 822 de 2000, se creó en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Programa Presidencial “COLOMBIA JOVEN”, el cual tiene como objeto fijar políticas, planes y programas que contribuyan a la promoción social, económica, cultural y política de la juventud y la promoción, coordinación y concertación de todas la agencias del Estado y de las demás organizaciones sociales, civiles y privadas, en función del pleno desarrollo del Sistema Nacional de Juventud establecido en la Ley 375 de 1.997 y de los demás sistemas territoriales de atención a la juventud, para impulsar la organización juvenil en el campo económico, tecnológico, político, social y cultural y la vinculación de las y los jóvenes colombianos con la globalización y el desarrollo universal. Finalmente, es importante señalar que a nivel nacional diferentes ciudades y Departamentos han estado adoptando los Sistemas de Juventud con diferentes características y mediante variados procedimientos, tal es el caso del municipio de Cali, que mediante el acuerdo 226 de 2007, adoptó su sistema municipal de juventud en Santiago de Cali. Política Departamental de Juventud en el Valle del Cauca
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” La Política Departamental de Juventud en el Valle del Cauca se definió en el año 2005, su proceso de socialización se realizó durante el 2006 y se adoptó en abril de 2007 mediante el Decreto 279 de 2007 expedido por la Administración Departamental del momento. Sistematización de la experiencia de la Política Departamental de Juventud en el Valle del Cauca En el 2009, el Gobierno Departamental publicó la sistematización del proceso de construcción de la Política Departamental en el Valle del Cauca como una experiencia de trabajo participativo y colectivo con los y las Jóvenes del Departamento del Valle del Cauca.
Disposiciones Aplicables Constitución Política Nacional 1991 Ley de Juventud (Ley 375 de 1997) Decreto Nacional 089 de 2000 Decreto Nacional 822 de 2000, Programa Presidencial “Colombia Joven” Decreto Departamental 279 de 2007
Conveniencia En la actualidad se viene presentando un fenómeno que obstaculiza la consolidación del sector juvenil como actores sociales y políticos a raíz de la desarticulación de las entidades públicas y privadas que trabajan en torno a la juventud lo que genera dispersión de programas, proyectos y acciones; situación, que en el caso de las administraciones municipales y departamentales, se agrava por la duplicación de esfuerzos e ineficiencia en el gasto público. El hecho que ya exista una Política Departamental de Juventud es un avance significativo en el reconocimiento de los y las Jóvenes como sujetos de derechos y deberes, claves en el desarrollo y prosperidad de la región no sólo por ser un amplio sector1 de la población sino por sus grandes potencialidades, dinamismo e ingenio. No obstante, esto es sólo el primer paso, pues sólo es posible una verdadera participación, inclusión y valoración de la juventud cuando exista un Sistema Departamental de Juventud y la Política Departamental en el Valle del Cauca tenga todos los soportes que permitan su implementación. 1
La caracterización de la situación de los Jóvenes realizada en el 2005, indica que la población joven entre 10 – 19 años es del 34% y entre 15 – 24 es del 17.2% del total de la población aproximadamente, es decir, 881.370 personas jóvenes en el Departamento.
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” Por lo anterior, es necesario adoptar el Sistema Departamental de Juventud del Departamento del Valle del Cauca, que articule y promueva la concertación de las diferentes dependencias, organizaciones y demás entidades que trabajan con juventud para el cabal cumplimiento de las responsabilidades que establece la Ley 375 de 1.997 y las Políticas de Juventud. Es conveniente que la Corporación en uso de sus facultades constitucionales y legales acuerde la adopción del Sistema y la Política Departamental de Juventud en el Valle del Cauca por medio de Ordenanza recogiendo el trabajo en Juventud del actual Gobierno Departamental y el Decreto departamental 279 de 2007 que expidió la Política Departamental de Juventud en el Valle del Cauca.
CHRISTIAN M. GARCÉS ALJURE - Diputado del Valle
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” República de Colombia ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL VALLE DEL CAUCA
PROYECTO DE ORDENANZA No ________ DE 2009 “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLITICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA, en uso de sus atribuciones legales y con fundamento en la Constitución Política, art., 300, Ley 489 de 1998, art., 32, Acto Reglamentario 02 de 2004, art., 18, Ley 315 de 1997, la Ley 375 de 1997 y demás normas concordantes:
CONSIDERANDO Que la Constitución Política de Colombia establece entre los fines del Estado el de facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación (Art.2); que igualmente establece el derecho a la protección y formación integral del adolescente y garantiza la participación activa de las y los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud (Art. 45); y que dentro de las formas de participación democrática, se debe contribuir a la organización, promoción y capacitación de asociaciones juveniles, sin detrimento de su autonomía, con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan (Art.103). Que la ley 375 de 1997 "Por la cual se crea la Ley de la Juventud y se dictan otras disposiciones" tiene por objeto "Establecer el marco institucional y orientar políticas, planes y programas por parte del Estado y las sociedad civil para la juventud" y señala en su artículo 15 que: "El Estado garantizará el apoyo en la realización de planes, programas y proyectos que tengan como finalidad el servicio a la sociedad, la vida, la paz, la solidaridad, la tolerancia, la equidad entre
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” géneros, el bienestar social, la justicia, la formación integral de los jóvenes y su participación política en los niveles nacional, departamental y municipal". Que la misma ley en su artículo 26 contempla que: “El Estado, los jóvenes, organismos, organizaciones y movimientos de la sociedad civil que trabajen en pro de la juventud, concertarán las políticas y el plan nacional, departamental, municipal y distrital de juventud, que contribuyan a la promoción social, económica, cultural y política de los jóvenes (...)". Que dicha ley también determina en su artículo 27 que: "Los departamentos asesorarán y coordinarán la acción de los municipios y promoverán acciones concurrentes con ellos. Tienen competencia para formular planes y programas de inversión a escala departamental. Apoyarán el funcionamiento de los Consejos Departamentales de Juventud” Que la Política Departamental de Juventud del Valle del Cauca, actualmente, se encuentra mediante Decreto No 279 de 2007 y, por tanto, se requiere elevarla a Ordenanza para que sea una política permanente del Gobierno Departamental. Que se hace necesario validar el mencionado proceso mediante la adopción del Sistema y la Política Departamental de Juventud en el del Valle del Cauca, que armonice y avive la concertación de las entidades que trabajan con juventud, de conformidad con lo establecido en la Ley 375 de 1997 y, en especial, con el deseo de los y las jóvenes de la región. Con fundamento en lo anterior se,
O R D E N A: CAPITULO 1 SISTEMA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD ARTICULO 1º.- Adóptese el Sistema Departamental de Juventud del Valle del Cauca con el objetivo de garantizar un presente y futuro promisorio para la Juventud del departamento mediante la articulación de los diferentes actores que trabajan alrededor del tema de juventud, y la definición de lineamientos para la
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” intervención de entidades públicas y privadas en las realidades de la población juvenil del Valle del Cauca. ARTICULO 2°.- Entiéndase por el Sistema Departamental de Juventud el conjunto de instituciones, dependencias, organizaciones, grupos y personas del sector público y privado que realizan trabajo con las y los jóvenes y en pro de la juventud, cuyo propósito es generar una articulación en la definición y desarrollo de las Políticas Públicas de Juventud en los términos de la Ley de Juventud. - Falta mayor inclusión de los y las jóvenes y sus diferentes organizaciones en función de su participación efectivaSe propone: ARTICULO 2°.- Entiéndase por el Sistema Departamental de Juventud el conjunto de instituciones, dependencias, organizaciones, grupos y personas del sector público y privado que realizan trabajo con las y los jóvenes y en pro de la juventud, además de las organizaciones y redes juveniles de base representadas en la mesa departamental de juventud, cuyo propósito es generar una articulación en la definición y desarrollo de las Políticas Públicas de Juventud en los términos de la Ley de Juventud ARTÍCULO 3º: Componentes y Roles del Sistema Departamental de Juventud. El Sistema Departamental de Juventud estará conformado por tres (3) instancias cuya misión fundamental es la concertación, definición y el desarrollo integral de las políticas públicas de juventud, orientándose por criterios de Integración de los niveles nacional, departamental y municipal, de intersectorialidad para la inclusión del tema de juventud en planes, programas, proyectos y servicios de los diferentes niveles del sector público y privado del departamento del Valle del Cauca, de participación como proceso de intervención que genere y fortalezca la capacidad propositiva, de concertación y gestión de los y las jóvenes, sus organizaciones y de la sociedad civil en relación al desarrollo integral de los y las jóvenes y su participación en la vida económica, política, cultural y social del País. Las tres (3) instancias que integran el Sistema Departamental de Juventud del Valle del Cauca son: a. Mesa de Trabajo Conjunto en Juventud del Valle del Cauca b. Foro Departamental Permanente de Juventud (Comité Técnico Departamental de Juventud) c. Consejo Departamental de Juventud (Mesa Departamental de Juventud)
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” A. LA MESA DE TRABAJO CONJUNTO EN JUVENTUD DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA. Tiene como objeto la articulación de las dependencias de la Gobernación para el desarrollo de las políticas públicas de juventud de manera que se garanticen la transversalidad de la misma en los planes, programas y proyectos del nivel global, sectorial y territorial del Departamento para el logro de un resultado integral. La mesa estará integrada por: 1. El Gobernador o quien delegue. 2. La Gestora Social del departamento 3. Secretario (a) de Desarrollo Social. 4. Secretario (a) de Planeación Departamental. 5. Secretario (a) de Educación Departamental. 6. Secretario (a) de Salud Departamental. 7. Secretario (a) de Cultura Departamental. 8. Secretario (a) de Gobierno Departamental. 9. Secretario (a) de Hacienda Departamental. 10.Secretario (a) de Vivienda 11.Secretaria de Equidad de Género 12.Secretaria de Asuntos Étnicos PARÁGRAFO 1º: El Gobernador podrá invitar a los servidores públicos y particulares que a su juicio deban asistir para el estudio de temas específicos, entre los cuales se encuentran: 1. Defensor (a) del Pueblo. 2. Director(a) (Gerente) de Indervalle. 3. Director(a) (Gerente) de Recreavalle. 4. Comandante Departamental Policía Valle. 5. Gerente (Coordinador) Cooperación Internacional. 6. Gerente Gestión de Paz y Convivencia 7. Director (a) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF. 8. Director (a) Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA. 9. Rectores (as) Universidades públicas y privadas 10. Comandante de la Tercera Brigada 11. Director (a) Biblioteca Departamental 12. Director (a) Bellas Artes 13. Director (a) incolballet
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” 14. Representantes de los gremios empresariales 15. Gerente (a) ERT 16. Director de la CVC PARAGRAFO 2: Por parte de los y las jóvenes, esta mesa de trabajo conjunto contará con la asistencia, participación y decisión de los diferentes integrantes de la Mesa Departamental de Juventud. La MESA DE TRABAJO CONJUNTO EN JUVENTUD DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA tiene como funciones específicas: 1. Fijar mecanismos y estrategias para que el Departamento adopte Políticas Públicas de Juventud, con base en los lineamientos legales vigentes. 2. Realizar investigaciones sobre la población juvenil en el Valle del Cauca. 3. Promover la gestión financiera de la Política Departamental de Juventud a través de convenios y/o alianzas estratégicas del Gobierno con el sector privado, la comunidad y/o la Cooperación Internacional que permitan el logro de las metas propuestas en juventud del Plan Departamental de Desarrollo Juvenil. 4. Articular las políticas públicas de juventud a las políticas, planes, programas, proyectos de sus respectivos sectores y al Plan Departamental de Desarrollo Juvenil. 5. Definir planes y programas dirigidos a la juventud que se complemente intersectorialmente, sin duplicar esfuerzos y recursos y evitando en algunos casos que se contrapongan mutuamente las acciones. 6. Contribuir a la formación y desarrollo de estrategias orientadas a la institucionalización de la Política Departamental de juventud. 7. Proponer estrategias y desarrollar gestiones para adelantar procesos de formación con todos los funcionarios gubernamentales y no gubernamentales que se relacionan en su quehacer público con jóvenes de conformidad con la Ley de Juventud. 8. Presentar públicamente un balance de la gestión a favor de la juventud en relación al desarrollo de la Política Departamental de Juventud y del Plan Departamental de Desarrollo Juvenil. B. FORO DEPARTAMENTAL PERMANENTE EN JUVENTUD. Tiene como objeto la articulación de las instituciones, organizaciones sociales, expresiones, grupos y organizaciones juveniles y jóvenes para incidir en los temas concernientes a la juventud de conformidad con la Ley.
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” La Composición del Foro Departamental Permanente en Juventud es la siguiente: 1. Representantes de Organizaciones, redes y grupos juveniles del Departamento. 2. Presidentes de los Consejos Municipales de Juventud – CMJ o su delegado(a) 3. Instituciones y organizaciones no gubernamentales que trabajan en juventud en el Valle del Cauca. 4. Representantes de las comunidades afro colombianas, indígenas y campesinas del Departamento. 5. Representantes de la población juvenil en condición de discapacidad en el Departamento. 6. Representantes de la población juvenil desplazada del Departamento. 7. Representantes de los Jóvenes de los Partidos Políticos del Valle del Cauca. 8. Representantes de los Consejos estudiantiles Universitarios de Universidades del Departamento. 9. Representantes de Universidades e Instituciones Educativas de nivel superior del Departamento. Se propone: B. COMITÉ TÉCNICO DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD Tiene como objeto la articulación de las expresiones juveniles del departamento integrados en la mesa departamental de juventud, con representantes de la Gobernación del Valle responsables del tema de juventud, Director Técnico de Juventud y Coordinador de Juventud y a su ves los representantes de las Agencias de Cooperación Internacional en lo relacionado con a los planes, programas y proyectos del nivel global, sectorial y territorial del Departamento para el logro de un resultado integral en pro de la juventud. C. MESA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD Tiene como objeto generar la integración de las diferentes expresiones y organizaciones juveniles de carácter departamental. Para ello se reconocen organizaciones que su trabajo con, por y para la juventud incidan notablemente en la región, hacia la concreción de planes, programas y proyectos del nivel global, sectorial y territorial del Departamento para el logro de un resultado integral en pro de la juventud. Se reconoce su carácter autónomo e independiente y la instalación de su propia dinámica y agenda. Las instancias que integran la mesa departamental de juventud son:
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” Por derecho propio: El Consejo Departamental de Juventud Por dinámicas juveniles, representantes de: El Sistema Departamental de Comunicación Juvenil La Red Departamental de Jóvenes Defensores de los Derechos humanos La Red Departamental de Jóvenes Gestores de la Recreación y la Convivencia La Red Departamental de Jóvenes Dinamizadores y Coordinadores de la PPDJ2 La Red Departamental de Jóvenes Promotores la Salud Sexual y Reproductiva La Red Departamental de Personeros La Red Departamental de Estudiantes Universitarios Además de las diferentes dinámicas o trabajos en red que surjan en el departamento. PARAGRAFO: La Mesa Departamental de Juventud determinará, con el acompañamiento del Comité Departamental de Juventud, las políticas de inclusión de las diferentes redes juveniles de incidencia departamental que surjan a lo largo del proceso. PARAGRAFO 3: El Consejo Departamental de Juventud del Valle del Cauca como organismo colegiado y autónomo de la Juventud asistirá de manera permanente y por derecho propio hará parte del Sistema Departamental de Juventud en todas sus instancias y se regirá por la Ley 375 de 1997 o Ley de Juventud, decretos y normas que lo reglamentan. PARÁGRAFO 2º (4): La Gobernación del Valle del Cauca en cumplimiento de la Ley 375 de 1997 y del Decreto presidencial 089 del 2 de febrero de 2000 brindará asesoría, apoyo y fortalecimiento al Sistema Departamental (Consejo Departamental) de Juventud para lo cual dispondrá las condiciones, soportes financieros y facilidades de infraestructura, dotación, comunicación y, en general todo el apoyo necesario que permita su funcionamiento, la asunción de sus competencias y el cabal cumplimiento de sus funciones. PARAGRAFO 5: COORDINADORES Y DINAMIZADORES DE LA PPDJ. Tienen como objetivo la socialización, promoción y articulación de la PPDJ desde lo regional hacia lo municipal. El rango de acción de los dinamizadores será en sus respectivos municipios y el de los coordinadores de acuerdo a las zonas geográficas de nuestro departamento. Norte, sur, centro pacifico y capital - cada 2
PPDJ: Política Pública Departamental de Juventud
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” alcaldía debe tener corresponsabilidad tanto logística como financiera en la dinamización de la política pública. PARAGRAFO TRANSITORIO: La PPDJ será dinamizada por las Mesas Municipales de Juventud, las que a su vez recogen las organizaciones juveniles legalmente constituidas o no, con reconocida trayectoria en procesos de participación juvenil en sus respectivos municipios, durante lo que queda de tiempo para el cumplimiento del Plan Estratégico de Juventud 2005 – 2015. PARAGRAFO 6: la elección de los CMJ´s se hará en un mismo día en todos los municipios del departamento en corresponsabilidad con las administraciones municipales. PARÁGRAFO 3º (6): La Mesa de Trabajo Conjunto en Juventud del Departamento del Valle del Cauca y el (Comité Departamental de Juventud) Foro Departamental Permanente en Juventud deberán sobreponerse a que la concertación de actores afecte su capacidad operativa y decisoria. La Secretaría de Desarrollo Social del Departamento asumirá la secretaría y la coordinación de la Mesa de Trabajo Conjunto en Juventud y el (Comité Departamental de Juventud) Foro Permanente en Juventud. La Mesa de Trabajo Conjunto se reunirá por lo menos una vez en cada semestre y el (Comité Departamental de Juventud) Foro Permanente por lo menos una vez por semestre (mes). ARTICULO 3º (4): Gerencia Departamental de Juventud. La Administración Departamental presentará un proyecto de Ordenanza a la Honorable Asamblea Departamental para la creación de la Gerencia Departamental de Juventud como ente responsable de los temas relacionados con la Juventud en el Departamento del Valle del Cauca. PARAGRAFO: los jóvenes del departamento reunidos en la Constituyente Juvenil presentarán una terna al gobernador para el nombramiento respectivo del Gerente(a) de Juventud. ARTICULO 4º: Plan Departamental de Desarrollo Juvenil. La Administración Departamental, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, coordinará la formulación del Plan Departamental de Desarrollo Juvenil con la consultoría del (Comité Técnico Departamental de Juventud y la Mesa Departamental de Juventud) Consejo Departamental de Juventud y la participación del Foro Permanente en Juventud de conformidad con la Ley, el cual deberá estar construido antes de terminarse el primer año del Gobierno Departamental.
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” Parágrafo Transitorio: Durante el periodo 2009 – 2011, se reconoce como Plan Departamental de Desarrollo Juvenil del Valle del Cauca, el Plan Estratégico de Juventud 2005 – 2015. ARTÍCULO 5º.- FINANCIACIÓN. Para el funcionamiento del Sistema Departamental de Juventud se entienden como fuentes de financiación: - Recursos del sector público del orden Nacional, departamental y municipales - Recursos de Cooperación Internacional - Recursos provenientes del sector privado Parágrafo: La administración departamental presentará un Proyecto de Ordenanza a la Asamblea Departamental por medio del cual defina una fuente de financiación permanente para el funcionamiento del Sistema Departamental de Juventud. Se plantea una contribución efectiva para el proceso de juventud, la cual puede ser administrada por Corpovalle, bajo la dirección de la Gerencia de Juventud. ARTÍCULO 6°.- Seguimiento y evaluación. La Secretaría de Desarrollo Social, con el apoyo de la Mesa de Trabajo en Juventud del departamento y la consultoría del (Comité Técnico Departamental de Juventud y la Mesa Departamental de Juventud) Consejo Departamental de Juventud rendirá un informe semestral al señor Gobernador del Valle y a la Honorable Asamblea Departamental del Valle el Cauca, sobre las acciones y gestión del Sistema Departamental de Juventud. CAPITULO II POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD DEL VALLE DEL CAUCA ARTÍCULO 7º.Cauca.
Adóptese la Política Departamental de Juventud del Valle del
ARTÍCULO 8°.- Objetivos de la Política Departamental de Juventud: Son objetivos de la Política Departamental de Juventud, los siguientes:
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” General: Consolidar a las y los jóvenes del Valle del Cauca como actores sociales capaces de negociar su representación en las diferentes instancias culturales, políticas, sociales y económicas, para generar condiciones que aseguren su inclusión con equidad. Específicos: • • • •
Promover y fortalecer los procesos de organización y participación políticas de los y las jóvenes en el Departamento. Promover la integración socioeconómica de los y las jóvenes en los procesos de desarrollo económico del Departamento. Promover el liderazgo de los y las jóvenes en la construcción de una cultura ciudadana basada en principios y valores democráticos, el respeto por los derechos humanos y el desarrollo sostenible. Potenciar las identidades y expresiones culturales de los jóvenes en los diversos espacios y escenarios públicos del departamento.
ARTICULO 9°.- Enfoque de la Política Departamental de Juventud: El enfoque de esta Política apunta al reconocimiento de los y las jóvenes como un amplio sector poblacional del Departamento, con múltiples capacidades y potencialidades que deben ser fortalecidas e incorporadas en los planes, proyectos y agendas de las instituciones y organizaciones sociales para impulsar la democracia, la participación y organización social, las diversas manifestaciones culturales vallecaucanas, la construcción de una cultura de convivencia y paz, fundamentales para el desarrollo económico regional. Pensar en los y las jóvenes como sujetos claves del desarrollo, implica que las instituciones públicas y privadas generen procesos de inclusión social con equidad, dirigidos a garantizar los derechos de las y los jóvenes y la promoción del cumplimiento de sus deberes. Lo anterior debe responder tanto a la satisfacción de las necesidades básicas de los y las jóvenes como a la ampliación de sus oportunidades y capacidades de tal manera que éstos promuevan procesos de desarrollo individuales y colectivos en beneficio de la sociedad conjuntamente con el Estado y el Sector Privado.
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” ARTICULO 10°.- Características de la Política Departamental de Juventud. a) Difundida y Promovida por una autoridad legítima y a través de un proceso participativo lo cual aumenta las probabilidades de efectividad y posibilita la adopción y el reconocimiento de las estrategias planteadas por parte de los y las jóvenes y del mundo adulto e institucional. b) Privilegia el interés colectivo sobre el interés particular, permitiendo la expresión de los intereses de amplios sectores de la población, que actualmente es afectada por la entrega de funciones y actuaciones públicas a los particulares los cuales favorecen el interés particular sobre el colectivo. c) Soportada en la necesidad de incluir a todos los sectores y actores relacionados con los y las jóvenes en el Departamento y los Municipios buscando el desarrollo de programas y proyectos basados en mecanismos de concertación y acuerdo. d) Se integra con otras políticas sociales y económicas, de manera consistente y coherente, dando cuenta de procesos de articulación y mediación entre los diferentes sectores y actores involucrados en el desarrollo de políticas sociales. e) Establece la necesidad de construir concertadamente estrategias e instrumentos de seguimiento y evaluación que involucren de manera activa las organizaciones sociales y las instancias de participación formal e informal. ARTICULO 11°.- Principios de la Política Pública Departamental de Juventud 1. Construcción colectiva: la gestión de la Política de Juventud se realiza
mediante un proceso de amplia participación de actores sociales e institucionales y la inclusión de todas las expresiones, espacios y escenarios, en los que se manifiestan los y las jóvenes, en el área rural y urbana. 2. Responsabilidad social: posibilita un mayor compromiso de los y las
jóvenes en la gestión de lo público y lo privado y su vinculación a los procesos de desarrollo regional. Obedece a la necesidad de fomentar
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” ejercicios de ciudadanía juvenil, tendientes a garantizar los derechos y deberes de esta población y a vincularlos como corresponsables de velar por los derechos de los demás y por el bien común. 3. Énfasis en lo regional y local: Reconoce e incorpora las diferencias y
potencialidades de las subregiones del Departamento -Pacífico, Centro, Norte y Sur-, mediante programas y proyectos que consideren y validen las especificidades culturales, sociales, económicas, ambientales y políticas. 4. Enfoque de equidad de género: Se orienta a promover el principio de
equidad de género entre los y las jóvenes, partiendo de las identidades femeninas, masculinas en el reconocimiento sin discriminación alguna, de los derechos, oportunidades y responsabilidades de este sector poblacional. (sector LGBTI) 5. Horizontalidad e inclusión: Se fundamenta en la participación, el
reconocimiento de la diferencia y la inclusión de amplios sectores sociales. El desarrollo de este principio potencia identidades juveniles y actores sociales invisibilizados y/ o poco reconocidos en la sociedad. 6. Participación: Promueve y fortalece la participación de los y las jóvenes en los asuntos de interés público, especialmente en la construcción, seguimiento y evaluación de políticas, acciones y programas que busquen el desarrollo y el bienestar de la comunidad. 7. Integralidad: Comprende la complejidad de los fenómenos en los cuales se
encuentran involucrados los y las jóvenes. La política, los planes, proyectos y programas, articularán en forma sistemática las acciones del Estado de acuerdo con las necesidades y potencialidades de los y las jóvenes. ARTICULO 12°.- Lineamientos de la Política Departamental de Juventud. Los seis lineamientos de la Política Departamental de Juventud son elementos constitutivos de la Política y trazan un horizonte de reflexión y acción con respecto a este grupo poblacional: 1. Reconocer a los y las jóvenes como sujetos de derechos y deberes.
Este lineamiento hace referencia a la necesidad de que el Estado y la sociedad destinen los recursos (financieros, físicos, técnicos, humanos) necesarios para garantizar los derechos que la Constitución Nacional les
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” otorga a los y las jóvenes. En tal sentido, las organizaciones juveniles y las instituciones públicas deben asumir la responsabilidad de liderar procesos para la exigibilidad de los derechos y, a la vez, promover el cumplimiento de los deberes a través del impulso de procesos pedagógicos y políticos de responsabilidad social y de ejercicios de ciudadanía por parte de los y las jóvenes en lo social, lo político, lo cultural, lo económico y lo ambiental. Con este lineamiento se pretende impulsar procesos de inversión pública en los municipios, incentivando la formulación de políticas sociales que faciliten el acceso de la juventud a programas y proyectos que avancen en el cumplimiento de este mandato constitucional. 2. Integrar a los y las jóvenes en los procesos de desarrollo económico
regional. Generar dinámicas e iniciativas por parte de la administración departamental y municipal, el sector privado y las organizaciones juveniles para que los y las jóvenes se vinculen al mercado laboral y generen proyectos alternativos de producción. Adicionalmente, se pretende promover procesos de reflexión y análisis con los y las jóvenes, sobre las dinámicas económicas de libre mercado impulsadas a nivel nacional e internacional, sus efectos en el desarrollo económico del Departamento y los procesos de carácter socioeconómico, que posibiliten generar acciones incluyentes y solidarias en proyectos, programas y estrategias productivas para la población juvenil. 3. Fortalecer los procesos, mecanismos y escenarios de participación
formal e informal de los y las jóvenes. Fortalecer la participación y la organización juvenil en la vida pública, facilitando las condiciones para que los y las jóvenes sean actores sociales en la realidad departamental y municipal y se vinculen en los diversos procesos de la administración pública. La articulación e integralidad de las intervenciones del sector público y privado, deben estar orientadas a facilitar la sostenibilidad y el desarrollo de dicha participación, garantizando que los y las jóvenes incidan en la toma de decisiones municipales y departamentales. 4. Generar dinámicas de encuentro, convivencia juvenil y social.
Promover escenarios de diálogo y encuentro social, para la discusión de asuntos de interés colectivo y el impulso de procesos sociales, políticos y pedagógicos de construcción de ciudadanía, orientados a la promoción de una ética democrática y civilista, que fortalezcan la cultura ciudadana, la convivencia pacífica y la resolución dialogada de los conflictos. Lo anterior parte del reconocimiento de las múltiples dinámicas de conflicto a las que
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” se enfrentan diariamente los y las jóvenes, determinadas por factores sociales, económicos, políticos y culturales. 5. Impulsar y fortalecer las identidades culturales de los y las jóvenes.
Articular las iniciativas del sector público y privado para fortalecer y ampliar espacios, escenarios y oportunidades y capacidades de la población juvenil, para que se vinculen como actores dinámicos en la construcción del tejido social, a partir de la consolidación de sus expresiones e identidades culturales tradicionales y emergentes. 6. Activar los escenarios de integración regional, intersectorial e
interinstitucional para la gestión de las intervenciones en juventud. Impulsar escenarios formales e informales donde diferentes actores sociales e institucionales que trabajan en el tema de juventud, discutan, concerten y evalúen las acciones, proyectos y programas dirigidos a los y las jóvenes en el Departamento. También apunta a que los y las jóvenes se vinculen en los espacios formales de decisión, discusión y concertación de las políticas sociales para que accedan e incidan en los procesos de gestión pública. Parágrafo: Promover la equidad de géneros (la propuesta es que este elemento sea abordado como un eje transversal recogido en el primer lineamiento de la PPDJ y no sólo como un enfoque y que además reconozca el sector LGBTI), la inclusión de las minorías étnicas y la promoción y conservación del medio ambiente. ARTÍCULO 13º.- Seguimiento y evaluación. La Secretaría de Desarrollo Social, con el apoyo de la Mesa de Trabajo en Juventud del departamento y la consultoría del Consejo Departamental de Juventud rendirá un informe semestral al señor Gobernador del Valle y a la Honorable Asamblea Departamental del Valle el Cauca, sobre el desarrollo de la Política Departamental de Juventud y la implementación del Plan Departamental de Desarrollo Juvenil. Las acciones de monitoreo y seguimiento de la Política Departamental de Juventud estarán orientadas por estrategias a partir de los tres (3) componentes que orientan todo el proceso de la gestión de la Política: •
Pedagógico: Utilizar los medios de comunicación masivos y alternativos y escenarios de participación para socializar la política de juventud y motivar la reflexión de las instituciones y los y las jóvenes sobre su papel en la gobernabilidad local, regional y nacional.
PROYECTO DE ORDENANZA No ________ DE 2009
“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” Fortalecer las capacidades de los y las jóvenes para que desarrollen iniciativas en diversos temas y lideren procesos de control social durante la fase de implementación de la política departamental de juventud. •
Gestión: Impulsar procesos de concertación y dialogo entre diferentes actores: jóvenes, Gobierno, universidades, ONG´s, partidos políticos, organizaciones sociales y gremios para monitorear la inversión pública y privada en juventud. Coordinar las acciones en juventud y fomentar escenarios donde las instituciones y actores responsables concerten, planifiquen y evalúen los proyectos y programas dirigidos a los y las jóvenes en el departamento. Fortalecer el Sistema Departamental de Juventud como escenario público donde se socialicen, discutan y concerten las acciones frente a los temas de juventud en el Departamento. Consolidar alianzas estratégicas entre actores e instituciones que trabajan en el tema de juventud en el departamento y los municipios.
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Investigación: Construcción de un Estado del Arte sobre los procesos de intervención e investigación en juventud que realizan las instituciones públicas y privadas en el Valle del Cauca. Diseño de un sistema de seguimiento y monitoreo de la implementación de la política departamental de juventud. Desarrollo de una propuesta investigativa de carácter participativa, orientada a reconocer y fortalecer, el papel de los y las jóvenes en el mundo laboral, político, social y cultural.
ARTÍCULO 14: Promoción. Se dispondrán de los medios físsios, logísiticos y financieros necesarios para la promoción, divulgación y presentación de la misma, mediante foros subregionales y demás. ARTÍCULO 14° (15).- Vigencia. La presente Ordenanza rige a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Departamento del Valle del Cauca.
El Presidente,
El Secretario,
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“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA Y LA POLÍTICA DEPARTAMENTAL DE JUVENTUD EN EL VALLE DEL CAUCA” Proyecto de Ordenanza presentado por CHRISTIAN MUNIR GARCÉS ALJURE Diputado del Valle