Presentacion Ley Issste

  • May 2020
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  • Words: 2,673
  • Pages: 41
LEY DEL ISSSTE

1

RAZONES PARA UNA REFORMA • Transición demográfica • Transición epidemiológica • Fondos financieros en pensiones y salud insuficientes

Antecedentes 2

CUADRO COMPARATIVO

1975

2006

Esperanza de vida al nacer

64.4 años

77.3 años

Edad promedio de retiro

61.9 años

56.3 años

Tiempo de disfrute de pensión

2.5 años

21.0 años

Proporción de cotizantes activos por pensionado

16.3 : 1

3.7 : 1

Transición Demográfica

Antecedentes 3

TRANSICIÓN EPIDEMIOLÓGICA

1950 Infectocontagiosas 1. 2. 3. 4. 5.

Tuberculosis Pulmonía, Neumonía Cólera, Malaria Sífilis, Gonorrea Viruela, Sarampión

2006 Crónico degenerativas 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Diabetes Mellitus Hipertensión Arterial Insuficiencia Cardiaca Cáncer Pulmonar Cáncer Gástrico Artritis Reumatoide

Enfermedades cortas, violentas y Enfermedades largas, pausadas de rápida resolución. y de resolución a largo plazo. 51.4 años de Expectativa de vida 77.3 años de Expectativa de vida

Antecedentes 4

FORTALECIMIENTO INTEGRAL DEL INSTITUTO Crédito Hipotecario y Personales Art. 157

Seguro de salud 8 mil millones de pesos en 3 años XXIX trans.

Incorporación a la seguridad social en forma inmediata de trabajadores Fondo de préstamos eventuales y de honorarios XLIII trans.

personales

La Junta Directiva garantizara el valor real de la cartera

Jubilados y pensionados

2 mil millones de pesos XXVIII trans,

7 mil créditos

Impacto Nacional inmediato en la Operación CON la Reforma

5

Mejorar los servicios en materia de: Vivienda, art. 167 a 169 Salud, art. 3 I Pensiones art. 3 II Prestamos Personales art. 4

Reforma Integral

Rescata al ISSSTE y garantiza su futuro

Reforma responsable

Seguridad social a mas de 10 millones de derechohabientes

Reconoce los cambios demográficos y epidemiológicos, art. 28 Sanea y da sustento a todos los servicios y prestaciones

Alcances de la Reforma 6

No se privatiza ni se vende, el Gobierno es garante de la seguridad social y corresponsable financiero en: Salud art 3 I Prestamos Personales, art. 4 Cuotas sociales en salud y pensiones, art. 42 III y 102 III Ahorro solidario en pensiones, art. 100

Conserva un régimen público y solidario

Contribuye a crear un sistema de Seguridad Social, art. 141 Incorpora cuotas sociales en salud y pensiones con cargo al estado, art. 42 III y 102 III

Unificación de la seguridad social Portabilidad de derechos en salud y pensiones El gobierno se reconoce como patrón, por lo cual la participación se vuelve tripartita Así paga una cuenta pendiente del estado con los trabajadores

Alcances de la Reforma 7

SEGURO DE PENSIONES 3 GRUPOS DE TRABAJADORES Trabajadores de nuevo ingreso Jubilados y Pensionados actuales Se respetan plenamente sus derechos adquiridos, Artículo XVIII transitorio

Todos los que se incorporen al servicio después de la Reforma, se incorporan al sistema de bonos de pensión del ISSSTE

Trabajadores en Activo Artículo IV transitorio, se reconocen derechos adquiridos y pueden optar entre: 2. Elegir el Sistema de Reparto ajustado parametricamente, Art. X transitorio, o, 3. Trasladarse al nuevo régimen de bonos de pensión del ISSSTE, Artículo V transitorio.

Prestaciones más representativas

8

ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO, FRACCIÓN I I. A partir de la entrada en vigor de esta Ley y hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil nueve, se mantienen las mismas condiciones de años de servicio para acceder a estas pensiones a) Pensión por Jubilación, con 30 y 28 al 100% del promedio del SBC del ultimo año b) Pensión de retiro por edad y tiempo de servicios, con 55/15 como mínimo para un 50% del promedio del SBC c) Pensión de cesantía en edad avanzada, con 60/10 como mínimo para un 40% del promedio del SBC

Régimen de reparto 9

ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO, FRACCIÓN II II. A partir del primero de enero de dos mil diez No reciben bono y tienen derecho a continuar en el régimen actual con los siguientes cambios graduales; a partir de 2010 durante 20 años b) Edad y Tiempo de a) Jubilación c) Cesantía en edad avanzada Servicios 



49 años para mujeres, 51 para los hombres Se incrementa 1 año cada 2 hasta 58 /60 en 2028



Requisito de 55/15, aumentando gradualmente hasta los 60 a razón de 1 año cada 2, hasta 2018

Cuotas, Artículos 102 Fracción I y XXXI transitorio  

Del 3.5% actual pasa al 6.125 del SBC. (.525 cada año de 2008 a 2012)





Requisito de 60/10, aumenta gradualmente la cotización del 40% al 50% del SB De 60 se pasa a 65 años un año cada 2 hasta 2018

Base para calculo de pensiones, Artículo X fracción IV transitorio Promedio salarial del ultimo año con requisito de 3 años en la plaza o sueldo de la plaza anterior

Régimen de reparto 10

ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO, FRACCIÓN III, IV, V Y VI 

III. El cómputo de los años de servicio se hará considerando uno solo de los empleos



IV. El Sueldo Básico a considerar será el disfrutado en el último año, siempre y cuando el Trabajador tenga una antigüedad mínima en el mismo puesto y nivel de tres años.



V. En caso de fallecimiento a consecuencia de un riesgo del trabajo, tendrán derecho a una Pensión por invalidez y muerte, de acuerdo a lo previsto en el Capitulo VII Artículos 114 a 140



VI. PENSIÓN POR INVALIDEZ. Deberán cumplir con un periodo mínimo de cotización de quince años, y se otorgará por un porcentaje del promedio del Sueldo Básico disfrutado en el último año inmediato anterior, iniciando con el 50%

Régimen de reparto 11

PARA LOS QUE MIGRAN A LOS BONOS DE PENSIÓN DEL ISSSTE

Es la monetización de los derechos adquiridos a la fecha de la Reforma, equivale al dinero necesario para obtener la pensión vitalicia a la que se tuviera derecho en el momento de la Reforma • Se calcula de acuerdo a los artículos 60, 63 y 83 de la ley que se abroga

30 años de servicio

Ejemplos

15 años de servicio

100% promedio del ultimo año de salario

Bono garantiza este derecho

50% promedio del ultimo año de salario

Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE 12

ESTRUCTURA DE LA CUENTA INDIVIDUAL Administrada por: PENSIONISSSTE en exclusiva 36 MESES, después el trabajador escoge su afore, Artículos 76, XXIII y XXV transitorios.

Artículo 6 Fracción IV Vivienda

Cuenta Individual

Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez Ahorro solidario SUBCUENTAS

El trabajador recibira un estado de cuenta desglosado

Aportaciones complementarias de retiro Aportaciones voluntarias Ahorro a largo plazo

Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE 13

Financiamiento del seguro del retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez Contribución del 12.7% obligatorio sobre SBC Trabajadores

Dependencia

Gobierno Federal

6.125%

5.175%

+-1.5%

Cuota

Aportación

Cuota Social

Artículo 102 Fracción I y XXXI transitorio

Artículo 102 Fracción II

Artículo 102 Fracción III

NUEVO Ahorro solidario = 1 : 3.25

Artículo 100

Trabajador

Dependencia

Hasta el 2% de SBC

Hasta 6.5%

Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE 14

NUEVOS BENEFICIOS

Posibilidad de disfrutar una pensión y volver a trabajar cotizando en activo. Art. 79

Protección a los empleados de menores ingresos. Art. 92

• En el régimen anterior esto no era posible, había que pedir permiso a la jubilación. Ahora eso es posible, se apertura una nueva cuenta individual y una vez al año se traslada la aportación incrementando así el apoyo final.

Se aumenta la pensión mínima garantizada a 2 salarios mínimos

Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE 15

NUEVOS BENEFICIOS No hay edad mínima de retiro, Artículo XIII transitorio

Excepto en el caso de la pensión garantizada 65/25 cuando llegue al monto de la pensión deseada se puede retirar

Tasa de reemplazo, Artículo 100

Superiores al promedio internacional y al 100% con ahorro solidario

Portabilidad entre regimenes, Artículo 150

Cotizaciones hechas al IMSS o en otra cuenta individual se puede trasladar

Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE 16

NUEVOS BENEFICIOS

Patrimonia los recursos para el retiro, Artículo 80

Los beneficiarios del trabajador, a su fallecimiento, pueden retirar el monto de la cuenta individual, en una sola exhibición, o contratar a su vez un seguro de pensión

Se incrementa la participación solidaria del Estado, en Seguridad Social, Artículo 42 Fracción III y 102 Fracción III

• Cuota social para pensiones + - 1.5% • Cuota social para salud + - 3.5%

Régimen de Bonos de pensión del ISSSTE 17

SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO (SAR) Bajo el régimen de reparto se procederá de la siguiente forma No cambia la operación y cotización a la subcuenta del SAR92. Aquellos trabajadores que adquieran el derecho a disfrutar una pensión, podrán retirar en una sola exhibición los recursos de la Subcuenta de Ahorro para el Retiro o, contratar una renta vitalicia complementaria a su pensión con estos recursos.

Aportaciones del SAR (Sistema de Ahorro para el Retiro) 18

SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO (SAR) Bajo el régimen de bonos de Pensión del ISSSTE

Los recursos acumulados formarán parte del total en su cuenta individual. Artículos 87 y 91. La subsecuentes aportación que realice la Dependencia o Entidad por concepto del SAR (Retiro 2%) se adicionaran a la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Aportaciones del SAR (Sistema de Ahorro para el Retiro) 19

FINALMENTE, TODOS PONEN CONTRIBUCIONES Artículos 42, 75, 100, 102, 140, 194 y 199 Abrogada

Vigente

Diferencia

8%

10.625%

+2.625%

Dependencia o Entidad (Incluye nueva cuota social del 5%=3.5 salud y 1.5 pensiones)

20.470%

25.145%

+4.675%

Dependencia o Entidad (Incluye cuota social y ahorro solidario, siempre y cuando el trabajador decida ahorrar hasta un 2%)

22.470%

31.645%

+11.175%

--

1 : 3.25

1 : 3.25

Trabajador

Dependencia (Ahorro solidario)

Cuotas y aportaciones

20

Cuotas con cargo al trabajador Concepto Artículo

Porcentaje sobre el SBC

42

Seguro de salud

3.375

140

Seguro de Invalidez y vida

0.625

102

Seguro de pensión tendrá un incremento anual del 0.525 % quedando fijo en el año 2012

6.125

199

Servicios _Sociales y culturales

0.50

Total de cuotas al trabajador (antes eran del 8%)

Cuotas y aportaciones

10.625

21

Aportaciones de la Dependencia Artículo

Concepto

Porcentaje sobre el SBC

42

Seguro de salud

8.095

140

Seguro de Invalidez y vida

0.625

102

Seguro de pensión esta integrado por el 2% del seguro de retiro más el 3.175% seguro de retiro de cesantía en vejez

5.175

194

Vivienda

5.0

42

Seguro de Salud (cuota social)

3.5

102

Seguro de Pensión (cuota social)

1.5

75

Seguro de riesgo de trabajo

0.75

199

Servicios Sociales y Culturales

0.50

Total de aportaciones de la Dependencia (antes eran del 22.470%)

Cuotas y aportaciones

25.145

22

Aportaciones del gobierno Artículo 100

Concepto Ahorro solidario

Porcentaje sobre el SBC 6.50

Aportaciones de la Dependencia

25.145

Total de aportaciones de la Dependencia (antes eran del 22.470%)

31.145

Cuotas y aportaciones

23

INSTRUMENTACIÓN DEL REGLAMENTO DE ELECCIÓN.

24

HERRAMIENTAS PARA EL PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN OFICINA VIRTUAL (TRABAJADORES) SISTEMA ISSSTE WEB (DEPENDENCIAS) OFICINA VIRTUAL INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL PASO 1. SOLICTAR AL NUMERO TELEFONICO 01-800-001-2007, SU NUMERO ISSSTE PASO 2. INGRESAR A LA PAGINA ELECTRONICA DEL ISSSTE www.issste.gob.mx, PARA DARSE DE ALTA EN LA OFICINA VIRTUAL

INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL 25

INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL 26

INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL 27

INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL 28

INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL 29

INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL 30

INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL 31

INGRESO A LA OFICINA VIRTUAL 32

Sección II. Solicitud de revisión sin acreditamiento documental ante Dependencias o Entidades (a tramitarse antes del 15 de abril) ACTIVIDAD

RESPONSABLE

PLAZO

Remite al ISSSTE cada solicitud de revisión

FUNDAMENTO DEL REGLAMENTO Artículo 11, párrafo primero Artículo 13, párrafo segundo

Dependencia o 10 días hábiles Entidad Verifica la información de la solicitud de revisión Dependencia o 40 días hábiles con sus archivos y remite al ISSSTE la Entidad información actualizada Resuelve la solicitud de revisión y comunica a la ISSSTE 10 días hábiles Artículo 14, dependencia o entidad primero Notifica la resolución de la solicitud de revisión al Dependencia o 12 días hábiles Artículo 15, trabajador Entidad primero Tiempo Total 72 días hábiles En su caso remite la solicitud de revisión a las ISSSTE 5 días hábiles Artículo 12 dependencias y entidades en donde el trabajador haya prestado sus servicios y que son distintas a la dependencia o entidad en donde labora actualmente. Tiempo Total en caso de tener o haber tenido mas de dos empleos 77 días hábiles

párrafo párrafo

SOLICITUD DE REVISIÓN 33

Sección III. Solicitud de revisión mediante acreditación documental ante Dependencias o Entidades (a tramitarse a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio de 2008) ACTIVIDAD Remite al ISSSTE cada solicitud de revisión

RESPONSABLE

FUNDAMENTO DEL REGLAMENTO

PLAZO

Dependencia Entidad

o 10 días hábiles

Artículo 17 Fracción I

Certifica ISSSTE-B recibidos via SIRI y remite al Dependencia ISSSTE la información actualizada Entidad

o 50 días hábiles

Artículo 17 Fracción II, párrafo primero

10 días hábiles

Artículo 17 Fracción III, párrafo primero

o 12 días hábiles

Artículo 17 Fracción IV

Resuelve y notifica a las Dependencias Entidades la solicitud de Revisión

o ISSSTE

Notifica la Resolución de la Solicitud de Revisión al Dependencia Trabajador Entidad Tiempo Total

82 días hábiles

SOLICITUD DE REVISIÓN 34

Sección IV. Del procedimiento de revisión ante el Instituto(a tramitarse a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio de 2008) FUNDAMENTO ACTIVIDAD RESPONSABLE PLAZO DEL REGLAMENTO Remite a las Dependencias o entidades ISSSTE 15 días Artículo 21 cada solicitud de revisión hábiles Certifica ISSSTE-B recibidos via SIRI y ISSSTE 40 días Artículo 22 remite al ISSSTE la información hábiles párrafo segundo actualizada Resuelve la solicitud de revisión ISSSTE 5 días Artículo 23 hábiles párrafo primero Notifica la Resolución de la Solicitud de ISSSTE 10 días Artículo 23 Revisión al Trabajador hábiles párrafo primero Tiempo Total 70 días hábiles

SOLICITUD DE REVISIÓN 35

SISTEMA ISSSTE WEB PARA USO DE LAS AREAS DE RECURSOS HUMANOS Descarga de Solicitud de Revisión prellenada. Descarga de Documento de Elección prellenado. Solicitud de Documentos de Actualización de Datos en lote. Captura de Solicitud de Revisión. Captura de Elección del Régimen.

SISTEMA ISSSTE WEB 36

SISTEMA ISSSTE WEB 37

Afirmativa ficta. De conformidad a lo establecido en el Artículo 13 párrafo Tercer del Reglamento, en caso de que las Dependencias y Entidades no contesten al Instituto se entenderá que la solicitud de revisión del Trabajador es correcta (afirmativa ficta). En tal caso se procederá al fincamiento de las responsabilidades administrativas a que haya lugar, de conformidad a lo que determine el Órgano Interno de Control de la Dependencia o Entidad.

ASPECTOS DEL REGLAMENTO 38

Ampliación del término para elección. De conformidad a lo establecido en el Artículo 36, los trabajadores contaran con 20 días hábiles posteriores a la notificación para ejercer su derecho de opción. Aviso preventivo. De conformidad a lo estipulado en el Capitulo IV Sección III Artículo 30 Las Dependencias y Entidades deberán notificar a los Trabajadores que al 31 de mayo de 2008 no les hayan comunicado el ejercicio de su Derecho de Opción, que tendrán hasta el 30 de junio de 2008 para hacerlo, o de lo contrario se estará a lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento. La notificación deberá realizarse dentro de los primeros 15 días de junio de 2008.

ASPECTOS DEL REGLAMENTO 39

Manifestación de Elección De conformidad a lo estipulado en el Capitulo IV Sección III Artículo 31 y séptimo transitorio de la Ley los Trabajadores deberán comunicar por escrito al Instituto, a través de las Dependencias y Entidades, la elección que realicen en términos de lo previsto en el artículo quinto transitorio del Decreto a más tardar el día 30 de junio de 2008. De los trabajadores que no ejerzan su derecho de opción. De conformidad a lo estipulado en el Capitulo V Artículo 35, A los Trabajadores que al 30 de junio de 2008 no hayan manifestado a través del Documento de Elección el ejercicio de su Derecho de Opción, les será aplicado lo dispuesto en el artículo décimo transitorio del Decreto, con acceso al resto de las prestaciones y seguros contenidos en dicha Ley.

ASPECTOS DEL REGLAMENTO 40

¡ Muchas Gracias ! FIN DE LA PRESENTACIÓN

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