Tribunal Constitucional Habilita La Repostulación De Evo Morales Para 2019.docx

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La reelección y posición del presidente Evo Morales Tribunal Constitucional habilita la re postulación de Evo Morales para 2019 El fallo constitucional permite la postulación para las elecciones generales de finales de 2019 y subnacionales de mediados de 2020. La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) falló este martes en la ciudad de Sucre (sudeste) a favor de la repostulación de autoridades nacionales y subnacionales. Esto habilita al presidente Evo Morales a presentar su candidatura a las elecciones generales de 2019. Son los mismos intereses. El imperio trata de desestabilizar a Bolivia. No es golpe militar contra Evo. No, no es eso. La estrategia continental del imperio y sus aliados, entre ellos el Gobierno de Chile, es apoderarse del litio. Una reserva estratégica de inmenso valor actual y a futuro. El desarrollo de la tecnología y su masificación tendrán que ver con el desarrollo del litio. Ayer fue la plata y el estaño, la goma y nuestro gas, hoy será el litio. Estados Unidos no puede permitir que un gobierno abiertamente declarado antiimperialista controle la mayor reserva del mundo de un mineral de alto valor estratégico. Hay que derrotar a Evo en elecciones para garantizar la entrega “democrática” de nuestros recursos naturales, como lo hicieron en el pasado los gobiernos neoliberales. Lucha contra el narcotráfico Morales informó que según cifras oficiales se redujeron 2.136 hectáreas de cultivo de coca porque el Estado Plurinacional de Bolivia ataca el narcotráfico y reducir la producción de coca “por el bien de Bolivia”. Precisó que han incautado 300 toneladas de cocaína y 6.129 toneladas de marihuana, porque a su criterio Bolivia es un país tránsito y no productor del “mal que se come a la humanidad”. En ese sentido, informó que tras 12 años de la instalación del Estado Plurinacional se han reforzado las fuerzas de seguridad para combatir la corrupción y la delincuencia.

Salud y educación Sobre la deserción escolar, Evo indicó que durante su gestión los niveles de asistencia en las aulas han aumentado, con los más altos indices de asistencia escolar primaria, así como la mayor conclusión del bachillerato. En cuanto al sector salud, manifestó que este creció durante los 12 años de la Revolución Plurinacional de Bolivia, etapa durante la que el aumento en la construcción de hospitales creció por lo menos un 50 por ciento. Aseguró que en vista del crecimiento en los hospitales públicos ahora la mejora de atención prenatal y parto creció por lo que ahora en Bolivia nueve de cada diez mujeres dan a luz en el sector público. Crecimiento económico de la nación Morales comparó el crecimiento entre 1994 y 2005 al 2006 y 2017, en el que el crecimiento del Producto Interno Bruto fue mayor desde que él estuvo a la cabeza del Estado, además demostró con gráficas que la escala del PIB boliviano es el mayor de América Latina. “Pese a la arremetida económica internacional nosotros seguimos creciendo y nos convertimos en uno de los motores económicos de Latinoamérica”, afirmó Morales.

El jefe del Estado Plurinacional mostró una gráfica con datos del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (FMI), a través de las que explicó que Bolivia es el “primero en crecimiento económico en toda Sudámerica”.

Por lo que cuestionó a los presentes: “¿Cuándo Bolivia había crecido tanto desde la formación de la República”, además de destacar que su nación creció en otros rubros diferentes a los que se había destacado en otros años. Morales aseguró que los logros económicos, políticos y sociales de los últimos 12 años en Bolivia hacen que su país ocupen el primer puesto de crecimiento de Sudamérica.

“A pesar de la arremetida económica, de las políticas externas y demostramos que nuestra querida Bolivia sigue adelante (...) tenemos datos importantes de organismos internacionales donde demostramos el crecimiento de nuestra nación, de la unión del pueblo boliviano”, aseguró el presidente boliviano.

TRATADO DE PACTO “SAN JOSE” Artículo 23. Derechos Políticos 1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades: a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país. 2. La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal. Los fundamentos de la Sentencia Constitucional, se conocen como “CONTROL DE CONVENCIONALIDAD” y se basan en el artículo 256 “Artículo 256. I. Los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados o a los que se hubiera adherido el Estado, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera preferente sobre ésta. II. Los derechos reconocidos en la Constitución serán interpretados de acuerdo a los tratados internacionales de derechos humanos cuando éstos prevean normas más favorables” de la Constitución Política del Estado, esta disposición legal señala que los derechos humanos definidos en los Pactos y Tratados Internacionales deben aplicarse de manera preferente por encima de cualquier ley o del texto mismo de la Constitución. El principio de CONVENCIONALIDAD sostiene que existen principios y valores que están por encima de la Ley

y manda que en caso de conflicto se dé preeminencia a la interpretación más favorable a los Derechos Humanos.

La prohibición de re elección definida por el artículo 168(Artículo 168. El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua) de la Constitución, que inhabilitaba al Presidente Morales a seguir siendo candidato, no es una de las posibilidades o hipótesis señaladas por el artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica, al existir contradicción entre las dos normas ¿cuál se aplica?. La consulta fue definida por el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia en la Sentencia 84/2017 y se dispuso que en el Estado Plurinacional de Bolivia, rigen por encima de toda formalidad y todo principio orgánico procesal los DERECHOS HUMANOS y la dignidad de la persona definida en los Pactos y Tratados.

De esta manera el estado de protección a los DERECHOS HUMANOS no tienen ningún otro limite que la dignidad del ser humano, el Pacto de San José y la interpretación jurisprudencial de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, son parte del derecho constitucional boliviano y su aplicación junto a la Constitución debe ser garantizada por el Tribunal Constitucional Plurinacional.

De esta forma el Tribunal Constitucional Plurinacional saliente genera un mandato a los Magistrados que serán elegidos el 3D. Si seguimos la Jurisprudencia de la Corte Interamericana, sobre temas en debate en la región existe posturas claras sobre el matrimonio igualitario, el derecho a la vida del concebido, el derecho a la salud, la libertad de expresión, el derecho a un proceso en un plazo razonable, el derecho a la justicia, a la carrera judicial, a la protección de los más débiles, a una serie de temas en los que la Corte Interamericana les ha subido a los estados la protección al ciudadano de una manera amplia y superior que hace que muchas veces los Estados se nieguen a cumplir esas órdenes y mandatos a favor de los ciudadanos, en Bolivia uniformemente todas las instancias exigen el respeto amplio a los derechos humanos, esta sentencia puede marcar el camino de una ampliación de los derechos de los ciudadanos.

En el caso de Bolivia, la misma Asamblea Legislativa, el propio Presidente Evo Morales, su partido que cuenta con 2/3 de Votos de la Asamblea, ha subido la protección a los DERECHOS HUMANOS al grado más alto posible de la región y encomendó su cuidado y protección a los Jueces de la máxima instancia Constitucional del país.

obierno no solamente se están socavando las propias bases de su legalidad y legitimidad constitucional para este segundo periodo de gobierno, sino se atenta contra la CPE, la soberanía popular y la democracia. “Con todo esto estamos ya ante un escenario de dictadura, obviamente debemos defender del voto del NO (del referéndum del 21 de febrero 2016) en las calles”, precisó.

Entre los seis peligros. José Luis Santistevan, abogado constitucionalista, describe cuáles son esos seis peligros más notorios que provocaría cualquiera de las cuatro “vías constitucionales” sugeridas y refrendadas por el IX Congreso del MAS en diciembre de 2016 para hacer posibles una tercera reelección presidencial de Morales.

Primero, señala Santistevan, vulnera la soberanía del pueblo y el sistema de gobierno, que sigue siendo republicano, es decir, violenta la democracia directa que ejercen los ciudadanos por intermedio de la soberanía del pueblo, cuyo instrumento es el referéndum y es la máxima expresión de la democracia.

El segundo peligro tiene que ver con que vulnera la independencia de órganos porque se pretende obligar en forma inconstitucional a los órganos electoral y judicial a que se habilite a una persona que por mandato de la constitución está inhabilitada.

El tercero, vulnera la naturaleza y la base fundamental de la constitución, cuya función esencial “se constituye en una carta de garantías”, su máxima expresión es el respeto al estado de derecho, cuando se pretende habilitar como candidato a una persona inhabilitada por mandato de la constitución. “De consolidarse esta violación, la constitución dejará de ser una carta de garantías”, argumenta el constitucionalista.

Un cuarto peligro, es que vulnera el derecho al sufragio que tienen todos los ciudadanos, por cuanto se pretende desconocer un resultado ya definido y que tiene carácter vinculante (obligatorio) y que no puede repetirse para el mismo tema ya resuelto mediante el voto.

El quinto aspecto tiene que ver con que se vulnera y atenta contra la unidad del país, por cuanto se pretende desconocer el voto ejercido por los ciudadanos al margen de la constitución y habilitar una persona cuyo mandato de inhabilitación se encuentra en la constitución.

Santistevan cierra como la sexta preocupación es que se vulnera la forma de modificación parcial del texto constitucional, aprobado mediante asamblea constituyente y por voto

popular, cuyo único procedimiento para el artículo 168 ya fue utilizado el 21 de febrero de 2016 y que ahora se pretende nuevamente utilizarlo. “Ello supone desconocer y violentar la única forma de modificación parcial y que un artículo de la constitución puede ser votado una y más veces al margen de la constitución y su procedimiento de reforma parcial”, añade.

En la misma línea. Coincidente con lo descrito por Santistevan, Silvia Salame, exmagistrada, constitucionalista y actual presidente del Colegio de Abogados de Chuquisaca, sustenta que cualquiera de las formas de “repostulación” vulneraría los principios, valores, derechos y garantías proclamados en la constitución.

“El ejercicio del poder político está sometido a la condición básica de la legitimación democrática, la cual precisamente en este caso se da en el límite temporal al ejercicio de los cargos y la alternabilidad en el ejercicio del Gobierno. Pues la reelección inmediata y continua está proscrita en el sistema constitucional boliviano vigente”, argumenta la jurista.

Por su parte, Teresa Arana, presidente del Colegio de Abogados de Cochabamba, señala que el simple hecho de “forzar” una reelección cuando la CPE cierra cualquier posibilidad en ese sentido, es un atropello flagrante a los principios establecidos en ella que pone en riesgo la convivencia democrática en los próximos años. “Cualquiera de las alternativas vulnera los principios constitucionales y forzar la reelección pone en riesgo, el régimen democrático hacia un periodo de inestabilidad política y democrática”, apuntó.

En tanto Marcelo Arrázola, abogado constitucionalista y presidente del Colegio de Abogados de Santa Cruz, señala que la repostulación del presidente Evo Morales, ya fue objeto de consulta el pasado 21 de febrero, cuyo resultado del “No” fue definitivo y por principio de preclusión, no se puede reconsiderar. “No tiene asidero legal el plantear la nulidad del referéndum. Cuestionar lo que ya ha sido resuelto en las urnas, luego de que el tiempo oportuno para las observaciones ya pasó, no es posible. Lo contrario es ir contra de la constitución”, precisó.

Salame enfatiza que ningún caso se puede invocar como fundamento de la reelección: “la soberanía popular”, dado que reside en el pueblo y ella no permite vulnerar la CPE.

Todas implican vulnerar la CPE. El jurista William Bascopé, quien fuera parte de la redacción en la Asamblea Constituyente de la actual CPE, argumentó que las cuatro vías, supuestamente mecanismos legales sugeridos por el MAS, no hacen otra cosa que revelar en la misma dimensión una violación del sistema constitucional vigente.

Mientras el MAS propone aprobar una nueva reforma constitucional por dos tercios de voto de la Asamblea Legislativa; Bascopé refuta que dicha instancia no está facultada para modificar la CPE sino a aprobar leyes complementarias a la Carta Magna.

“Solamente puede aprobar una ley para llevar adelante una reforma constitucional que esté sometida a un referéndum. Y ese mecanismo de la iniciativa legislativa ya ha sido utilizado el 21 de febrero”, enfatizó. Además, la Ley de Régimen Electoral establece el “principio de preclusión”, que implica que los resultados de elecciones o referendos no pueden ser revisados ni repetidos.

El otro grave atropello tiene que ver con el artículo 411 de la CPE, donde la propuesta del MAS plantea vía la iniciativa popular, recolectar firmas del 20% del padrón electoral. Bascopé cita que no es posible dado que para la reforma parcial de la Constitución se puede realizar por iniciativa popular o por iniciativa legislativa. “Queda claro que dice ‘o’, no así ‘y’. Por eso ahora la Constitución cierra esa posibilidad”, complementó.

Con respecto al mecanismo de la renuncia seis meses antes del presidente del Estado para habilitarse como candidato, el jurista señala que ni en la CPE y menos en la Ley de Régimen Electoral existe esa posibilidad. ” Hay en ello solo una interpretación antojadiza de la Constitución”, argumentó.

Y la cuarta vía propuesta por el MAS, a través de una ley interpretativa en la ALP para luego llevarla a consulta del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), según Bascopé ya no es posible dado que ese mecanismo ya fue interpretado con anterioridad para dar lugar al referéndum del pasado 21 de febrero. “En cualquiera de las cuatro vías, el MAS lo que pretende es violentar la Constitución”, precisó.

Alarcón cierra el análisis al citar que la ciudadanía, en el ejercicio de sus derechos, es el llamado a dar su veredicto final, pese a que el Gobierno tiene definido el fin para alterar las reglas claras.

Apuntes

• Los movimientos sociales creen que el referéndum del 21 de febrero y el rotundo NO de dicho resultado fue una farsa previamente montada en base a la mentira del caso Zapata que desorientó al pueblo.

• Ellos, en base a esa situación, conciben que sin Evo Morales a la cabeza, queda en serio riesgo el “proceso de cambio” basada en su Agenda Patriótica 2025.

• La oposición, en todo este periodo a partir del referéndum del 21 de febrero, tampoco ha logrado capitalizar a su favor una opción o alternativa política al MAS, para gestar un proyecto.

• Los juristas invocan a las diferentes instancias como el Tribunal Supremo Electoral y el Tribunal Constitucional, dar fe y cumplimiento con lo establecido en la CPE y las normativas vigentes.

Oficialismo

Al interior del MAS apuntan al resarcimiento

Propuesta. Rolando Borda, dirigente de la Central Obrera Departamental (COD), quien como presidente dirigió el Presidium del IX Congreso del MAS realizado en diciembre de 2016, señaló que la propuesta de la repostulación se basó en base al respeto de la Constitución. Incluso, destacó que de darse la repostulación será de beneficio para todos los niveles del Estado, incluido gobernadores y alcaldes municipales.

Reflexión. A partir de ese Congreso, los movimientos sociales no se detuvieron en su afán de materializar las vías legales para la repostulación hacia otro mandato de Evo Morales. Pidieron la anulación de los resultados del referéndum del 21 de febrero 2016, donde la población le dice No a la repostulación. Ante esa situación, el procurador general del Estado, Héctor Arce Zaconeta, en contacto con medios de La Paz, advirtió que jurídicamente no es posible anular esos resultados.

Figuras. El presidente del Senado, José Alberto Gonzales, dijo en los últimos días que luego de haberse descartado la anulación del referendo del 21 de febrero de 2016, es posible encontrar otra vía constitucional que permita llevar a Morales a la reelección en 2019.

Punto de vista

Silvia Salame

Abogado Constitucionalista

“El resarcimiento político no es válido’

En ningún caso se puede invocar como fundamento de la reelección la soberanía popular, pues el principio de la soberanía popular es la voluntad del pueblo es decir el poder mismo, ello no puede dar lugar a que el pueblo que es titular de la soberanía vulnere el ordenamiento constitucional.

Dar curso a esa posición, constituye un continuismo y no del proyecto político, sino de las personas, anulando las posibilidades de que ese proyecto continúe con otros protagonistas, debilitando así la democracia.

Decimos que se empobrece la Democracia, porque las autoridades en el ejercicio del poder, tendrán ventajas frente a otros contendores, pues el que pretende continuar tendrá todo el aparato Estatal a su servicio que le permitan convertir la gestión en campaña de reelección, hecho que produce una brecha profunda entre los candidatos, que en definitiva genera una concentración de poder que vulnera el principio de separación de poderes (Art. 12 de la CPE).

Por lo general la decisión de perpetuarse en el gobierno no siempre responde a prolongar una buena gestión, sino más por el contrario ocultar los malos manejos. En Bolivia, la Constitución podemos decir que es cerrada. Expresamente en el artículo 168 prohíbe la posibilidad de una reelección por más de dos periodos.

Además, la idea de un resarcimiento político, no es válida pues el referéndum fue un escenario democrático válido.

La posibilidad de que se realice una renuncia si bien en ningún lugar de la Constitución dice que está permitido o que está prohibido, aplicando el mismo razonamiento no existe asidero constitucional para la reelección por un cuarto mandato, sin embargo, hacerlo, constituiría una burla a la voluntad expresada en el Referéndum”.

Punto de vista

Marcelo Silva

Analista Político

“El MAS apura su propuesta para evitar fricciones internas’

“Mas allá de la prolija defensa jurídica que hacen los expertos en derecho constitucional sobre el tema de la reelección del presidente Evo Morales, considero que el MAS al insistir políticamente al poco tiempo de los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016, tiene finalidades políticas incluso que están más allá del tema en consideración actual.

Prácticamente quedan tres años de gestión. En ese contexto, una primera finalidad tiene que ver con que era necesario establecer ciertos criterios de unidad y organización alrededor de Evo Morales.

Entonces había que dar las certezas, al interior del MAS que a nivel externo, de que el partido de gobierno no tiene otra carta o no va a tener otro liderazgo visible en los próximos años que no sea Evo Morales. El otro tema tiene que ver con el hecho que el 21 de febrero se hubiese perdido el referéndum, y bajo el plano estrictamente legal y formal, hasta ahora, mientras no se utilicen mecanismos que se han anunciado, el presidente Morales no puede ser nuevamente candidato. Ese hecho estaba generando fricciones al interior del MAS y debilitando la cohesión interna del partido de gobierno. Por eso creo que el MAS se apura, con el Congreso y vuelve a insistir en la reelección, pero para evitar la atomización y la falta de respeto incluso, que se estaba gestando en torno a Evo Morales. Ahora todo gira alrededor del presidente.

Fuente: EL DÍA

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