Contrato De Locación De Servicios Nº 02-2018 Tecnico . Jose Casani Garcia.docx

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Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro – Omate Calle Grau 101

Frente a Plaza de Armas

Telefax 053 – 837104

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS N°002-2018-MPGSC-LS Conste por el presente documento el CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS que celebra de una parte la Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro con RUC 20193063218, representado por su Gerente Municipal Eco. PERCY RICARDO BALDÁRRAGO ROMAÑA, identificado con DNI Nº 29546432 a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD, y de la otra parte Sr. JOSÉ WINSTON CASANI GARCIA identificado con DNI Nº 44663785, con RUC. Nº 10446637857, con domicilio en Anexo de Cogri San Isidro Mz. J,Lt.19, Distrito de Omate, departamento de Moquegua, Provincia General Sánchez Cerro, y con domicilio electrónico [email protected], con número telefónico de referencia 953824000 a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: DE LOS CONTRATANTES Y ANTECEDENTES. LA MUNICIPALIDAD, como Gobierno Local, es una persona jurídica de Derecho Público, que se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades, la cual es representada por su Gerente Municipal. EL LOCADOR, es Técnico en computación e Informática y tiene experiencia en materia de seguridad ciudadana y Defensa Civil. Que, según Informe Nº 001-2018-GDES/MPGSC-O del Gerente de Desarrollo Social y Económico, requiere la contratación de un Técnico y/o egresado de la carrera de computación e informática, con experiencia en gestión y actividad requerida, en calidad “RESPONSABLE DE SECRETARIA TÉCNICA DEL CODISEC OMATECOPROSEC – GSC” con la única finalidad de dar cumplimiento a las Actividades del Programa Presupuestal 030: “FORMULACION Y EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES DEL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA ARTICULADO AL PROGRAMA PRESUPUESTAL DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS 2018”., según proveído s/n la Gerencia de Planificación y Presupuesto, otorga la disponibilidad presupuestal por el monto de S/. 3,300.00 (Tres Mil Trescientos con 00/100 soles). Asimismo según proveído con fecha Ocho de Enero del dos mil dieciocho la Unidad de Logística y Control Patrimonial remite la documentación para la respectiva elaboración del contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Por el presente LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios profesionales del LOCADOR, bajo la modalidad de Locación de Servicios, quien a su vez se obliga a prestar sus servicios a nuestra Entidad en calidad de “RESPONSABLE DE SECRETARIA TÉCNICA DEL CODISEC OMATE- COPROSEC – GSC” con la única finalidad de dar cumplimiento a las Actividades del Programa Presupuestal 030: “FORMULACION Y EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES DEL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA ARTICULADO AL PROGRAMA PRESUPUESTAL DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS 2018”. En tal sentido, el Locador deberá realizar y entregar el producto conforme los siguientes actividades y/u obligaciones; Coordinar con las Municipalidades Distritales que la integran y con la policía Nacional, el servicio interdistrital de serenazgo y seguridad ciudadana. Formulación del Plan Local de Seguridad Ciudadana (PLSC) del año 2018, articulado con el proyecto del presupuesto en el programa Presupuestal (PP) 030 “Reducción de Delitos y Faltas que afecta la seguridad ciudadana” Elaborar el PLSC-2018 articulado con el proyecto del presupuesto en los productos del PP 0030. Ejecución de dos programas de prevención frente a la inseguridad ciudadana, en coordinación con las Comisarias. Instalación del Comité Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana. Reuniones de trabajo con integrantes de CODISEC y COPROSEC. Elaboración de actas de reuniones realizadas. Otras actividades que se le designe. CLÁUSULA TERCERA: COSTO DEL SERVICIO. LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar al LOCADOR la suma de S/.3, 300.00 (Tres Mil Trescientos con 00/100 soles). En tres armadas, previa presentación de informe de actividades realizadas, para lo cual EL LOCADOR extenderá el respectivo comprobante de pago establecido por Ley, por todo concepto. CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO. LA MUNICIPALIDAD pagará al LOCADOR la suma de S/.1,100.00 Soles mensuales, luego de haber presentado su informe mensual y/o producto de las acciones realizadas, para lo cual EL LOCADOR extenderá el respectivo comprobante de pago establecido por Ley. El pago se realizará previo informe de conformidad emitido por el área usuaria o la que haga sus veces. El Área usuaria “Gerencia de Desarrollo Económico y Social” deberá emitir el Informe de Conformidad por el servicio prestados, en el extremo que corresponda.

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Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro – Omate Calle Grau 101

Frente a Plaza de Armas

Telefax 053 – 837104

CLÁUSULA QUINTA: PLAZO. El plazo de ejecución de la prestación es desde el día de la firma del contrato hasta el día 31 de Marzo del 2018. CLÁUSULA SEXTA: DOCUMENTACIÓN E INFORMES. Para efectos del servicio objeto del presente, LA MUNICIPALIDAD podrá proporcionar la documentación que se requiera, así como brindar las facilidades del caso, bajo la premisa de confianza en Pro de la misma. Por su parte, EL LOCADOR, informará y/o levantará observaciones por escrito de los servicios prestados y cada vez que lo requiera la Municipalidad sobre las acciones realizadas y/o entregadas hasta por el plazo máximo de un año de pagado el presente contrato. Asimismo, cumplirá a cabalidad las obligaciones asumidas, siendo responsable de sus acciones. CLÁUSULA SEPTIMA: NATURALEZA DEL CONTRATO. El presente contrato es de naturaleza civil, regido por lo dispuesto en los Artículos 1764º al Artículo 1770º y demás pertinentes del Código Civil y/o Código Procesal Civil, no genera ningún tipo de vínculo laboral, ni tampoco beneficios laborales que se generen por esta figura a fin de evitar futuros procesos judiciales sobre su naturaleza, de conformidad con la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo 040-2014-PCM. Así mismo, están dentro del marco del inciso a) del Artículo 5 de la Ley 30225 - Ley de Contrataciones del Estado “Supuestos Excluidos del ámbito de Aplicación sujetos a supervisión” y aplicables en todo aquello en cuanto corresponda. CLÁUSULA OCTAVA: APLICACIÓN SUPLETORIA. En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables. CLÁUSULA NOVENA: PENALIDADES. En caso de INCUMPLIMIENTO de alguna de las funciones/obligaciones del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD, podrá resolver el contrato parcial o totalmente mediante la notificación de una carta simple, sin perjuicio de efectuar las acciones legales que correspondan. Asimismo, se podrá resolver de pleno derecho de conformidad con el Artículo 1429 y demás del Código Procesal Civil, dejando expresa constancia el conocimiento de las partes la normatividad indicada. Sin perjuicio de lo indicado, la MUNICIPALIDAD podrá aplicar en caso de incumplimiento de alguna de las funciones/obligaciones del presente contrato una penalidad conforme el Articulo 1341 y siguientes del Código Civil, consistente en el 0.5% del monto Total por día de retraso del plazo contenido en la Cláusula Quinta hasta el 10% como máximo del monto total, por concepto de pena y en compensación por los daños y perjuicios ocasionados, sin perjuicio de poder exigir el cumplimiento de la prestación pendiente y/o aplicar el primer párrafo de la presente clausula. CLÁUSULA DECIMA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. En caso de existir controversia por el cumplimiento, incumplimiento, origen y/o inexistencia o cualquier otra índole del presente, las partes fijan como órgano jurisdiccional competente a los juzgados de Omate – Provincia General Sánchez Cerro – Moquegua. Asimismo, las partes fijan como domicilio real y valido el señalado en el exordio del presente, para efectos de notificación en sede judicial o extrajudicial. Los contratantes se ratifican en las estipulaciones contenidas en las cláusulas precedentes y declaran que ellas son la expresión fiel de su voluntad emitida libremente, procediendo a firmar en señal de conformidad en la ciudad de Omate, a los días

------------------------------------------------------------TEC. JOSÉ WINSTON CASANI GARCIA RUC 10446637857

---------------------------------------------------ECO. PERCY RICARDO BALDÁRRAGO ROMAÑA GERENCIA MUNICIPAL

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