Aa10, Evidencia 4, Ejercicio Práctio, Desauadamiento.docx

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Actividad de aprendizaje 10

Evidencia 4: Taller “Ejercicio práctico “Desaduanamiento”

Presentado por: LUZ EYDITH BETANCURT ABONCE

Fase Ejecución

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA Negociación internacional Leonor Rojas N° de ficha 1565363 2018

Introducción

El proceso de importación implica el ingreso de mercancías de territorios extranjeros a territorio nacional, este proceso puede tornarse bastante complicado, debido a las normas vigentes de ingreso con las cuenta cada país. Es por esto que la necesidad de facilitar este proceso es hoy mayor, esto para seguir con el ritmo que tienen ahora los países en cuanto a compra y venta de mercancías, para facilitar estos procesos se han creado alianzas, tratados, convenios, etc., que facilitan el ingreso de las importaciones a diferentes territorios en el mundo. En este caso vamos a estudiar el ingreso de materias primas al territorio nacional, siguiendo paso a paso el proceso de que deben realizar los importadores nacionales para el desaduanamiento de dichas materias primas.

Actividad de aprendizaje 10

Evidencia 4: Ejercicio práctico “Desaduanamiento” Cuando las mercancías arriban al Territorio Aduanero Nacional (TAN), deben atravesar un proceso de desaduanamiento en el que el importador presenta la documentación, hace el pago de los tributos aduaneros y está sujeto a las inspecciones por parte de la autoridad aduanera, DIAN; una vez culminado el proceso, se otorga el levante y la mercancía queda a disposición del importador. Para dar cumplimiento al objetivo de esta evidencia, consulte el material de formación denominado Régimen aduanero en las operaciones de comercio exterior, además del siguiente material complementario:  Las Zonas Francas en Colombia.  Decreto número 390 de 2016.  Nueva Regulación Aduanera.  Proceso Operación Aduanera. Posterior a estas consultas, realice el siguiente ejercicio práctico, iniciando por la lectura y análisis del caso que se expone: -La empresa Maíz del Tolima, a través de su agente de aduana AGP S.A., se prepara para llevar a cabo el proceso de desaduanamiento de su producto, el cual fue transportado por la línea marítima American President Lines, en el barco APL-NORWAY viaje 058, el día 24 de agosto de 2016, en un contenedor de 20 SD de carga granel, repartida en 40 barriles con

un total de 12.000 kilogramos conteniendo maíz morado, con subpartida arancelaria código 1005.90.40.00. Una vez que arribó la motonave, la línea marítima notifica su llegada y su número de manifiesto de carga a la DIAN y a la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura. El destino final de la mercancía es la Zona Franca del Pacífico. Basado en lo anterior, realice lo siguiente: 1. Describa el proceso que debe llevar a cabo la empresa Maíz del Tolima, para obtener el levante de la mercancía y llevarla hacia Zona Franca como usuario comercial. 2. Mencione cada uno de los documentos que deben ser diligenciados y entregados para que se pueda llevar a cabo el desaduanamiento de la mercancía. 3. En la factura comercial definitiva se encontraba la clasificación arancelaria del producto para la valoración del documento, pero el código arancelario indicado era el 1005.90.40.01, este código fue verificado por el valorador, dándose cuenta de que no existía dentro de arancel de aduanas colombiano, por tanto, explique ¿Qué debe hacer el importador en este caso?

Proceso de Desaduanamiento 1. Levante de mercancía y ubicación en Zona Franca como usuario Comercial. Primero debe presentar la declaración de importación ante la DIAN, con el fin de obtener el levante de la misma. Proceso:

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Presentación con documentos soporte

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Aceptación

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Aforo

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Obtención de levante

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Pago tributos

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Solicitud de levante: Inspección física o documental, levante automático

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Autorización de retiro

Para importaciones que sean iguales o mayores a USD 5.000 el importador debe diligenciar la Declaración Andina del Valor en Aduana, este es un documento que soporta la declaración porque se encarga de darle el valor en aduanas, para obtener la base para el pago de los derechos de importación y especificar todos los gastos correspondientes de la operación de importación. Después de realizar el trámite de la declaración de importación, el importador podrá obtener la liquidación de los derechos de importación (gravamen arancelario + IVA), para realizar los pagos, el importador debe presentarse ante los intermediarios financieros que se encuentran ubicados en las aduanas correspondientes al sistema informático siglo XXI, los formularios se deben hacer por medios electrónico. (Banco de la República) (Meza & Moreno) 1.2. Almacenamiento en Zona Franca: -

Entrega de la mercancía al depósito o Zona Franca.

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Se recibe la carga o la mercancía.

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Se reportan las inconsistencias.

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Tiempo permitido para el almacenamiento (un mes con prorroga de un mes más).

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La mercancía se declara en abandono.

(Meza & Moreno)

2. Documentos: -

Registro o licencia de importación.

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Factura comercial y lista de empaque.

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Documento de transporte.

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Certificado de origen (R7468-06 DIAN).

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Certificado de sanidad y demás exigidos por normas especiales.

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Mandato, cuando no existe endoso (SIA).

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Declaración Andina de Valor y sus documentos de soporte.

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Declaración de exportación o el que acredite la operación de exportación ante la autoridad aduanera del país de procedencia de la mercancía.

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Documento de constitución del consorcio o unión temporal, si es el caso, las autoridades previas establecidas por la DIAN para la importación de determinadas mercancías. (Banco de la República, 2016a)

(Meza & Moreno) 3. Error en el código arancelario.

La partida arancelaria es un código de 10 dígitos en donde se describe la mercancía con fines de facilitar su identificación en el comercio internacional y determinan los requisitos e impuestos a pagar. (Colombia Trade) En este caso ocurre una no autorización del levante, al existir un error u omisión en la subpartida arancelaria, el declarante es quien debe subsanar la circunstancia encontrada mediante la presentación de las pruebas o documentos adicionales que resuelvan la controversia y permitan corregir la declaración aduanera conforme a la nueva situación generada, para esto el importador tiene un plazo correspondiente al termino del almacenamiento en depósito o al de permanencia en el lugar de arribo, con el que aún cuenta al momento de generarse el resultado de la diligencia de aforo, so pena de que la mercancía quede en situación de abandono. Esta situación no impide la continuación del proceso de desaduanamiento y autorización de retiro de las mercancías, cuando el declarante renuncie de manera expresa y por escrito a las rebajas por avería, daño deterioro o por faltantes; o constituya una garantía suficiente que cubra el pago de los derechos e impuestos a que puedan estar sujetas las mercancías de manera definitiva, para las controversias de valor, las arancelarias, las dudas sobre la factura comercial, o para la acreditación de la prueba de origen o condiciones de la expedición directa, transbordo o tránsito en materia de origen. (DIAN, 2016)

Bibliografía Banco de la República. (s.f.). banrep. Obtenido de banrep: http://www.banrep.gov.co/economia/sal_deu_x/pcebracs_1.pdf Banco de la República. (s.f.). banrep. Obtenido de banrep: http://www.banrep.gov.co/es/jornadas-capacitacion-dcin-2015-2 Colombia Trade. (s.f.). Colombia Trade. Obtenido de Colombia Trade: http://www.colombiatrade.com.co/preguntas-frecuentes/como-identifico-laposicion-arancelaria DIAN. (7 de marzo de 2016). Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales . Obtenido de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales : https://www.dian.gov.co/aduanas/Documents/Nueva%20Regulaci%C3%B3n%20A duanera%20en%20Colombia.pdf Meza, A., & Moreno, M. (s.f.). blackboard. Obtenido de blackboard: https://senaintro.blackboard.com/bbcswebdav/institution/SENA/Ventas/122702/Co ntenido/DocArtic/Material_Regimen_aduanero_en_las_operaciones_de_comercio_ exterior.pdf

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