UNIVERSIDAD MARIANO GALVEZ DE GUATEMALA.
SEDE: COATEPEQUE, QUETZALTENANGO.
NOMBRE: Yasseni Dayanna Mazariegos Guevara.
CURSO: Derecho Constitucional.
CATEDRATICO: Carlos
SECCION: “C”.
TRABAJO: Parte Dogmática de la Constitucion Político de la Republica de Guatemala.
FACULTAD: Ciencias Jurídicas y Sociales.
Constitución política de le republica de Guatemala. La Constitución Política de la República de Guatemala es la ley suprema de la República de Guatemala, en la cual se rige todo el Estado y sus demás leyes. La Constitución Política de la República de Guatemala actual fue creada por una Asamblea Nacional Constituyente, el 31 de mayo de 1985, la cual lo hizo en representación del pueblo con el objeto de organizar jurídicamente y políticamente al Estado, así como, también contiene los derechos fundamentales de los miembros de su población.
Parte dogmática de la constitución política de la republica de Guatemala. La parte dogmática inicia en el artículo 1 y termina en el artículo 139. En estos artículos se encuentran los derechos, obligaciones y libertades fundamentales que toda persona goza en Guatemala. Es considerada la parte más importante de la Constitución. La parte dogmática cuenta con 2 divisiones, la primera es la persona humana, fines y deberes del estado y los derechos humanos. Es decir, los derechos y principios fundamentales pueden ser individuales o sociales. Entre los derechos individuales que se regulan en la parte dogmática, se encuentra el derecho a la vida y la obligación del Estado a protegerla, el derecho de debida defesa, de petición, de protección a la vivienda, de libertad, tanto de expresión como de locomoción. En cuanto a los derechos sociales, se encuentra la familia, las comunidades indígenas, la educación, la salud, el deporte, entre otros. Como nota importante, en esta parte existe un apartado donde se regula que los derechos constitucionales fundamentales pueden limitarse, siempre y cuando exista un estado de necesidad, tal como el de sitio, de guerra o de calamidad pública. Por último, se reglan los derechos y deberes cívicos y políticos de todos los guatemaltecos. Por dogma se entiende como una proposición que se asienta por firme y cierta y como ´principio innegable de una ciencia, es decir, que no admite discusión, las verdades que no requieren comprobación alguna en el caso de la CPRG, su primera parte es dogmática por contener una serie de verdades que se reputan validas, las garantías individuales, art. 1-46. Derechos sociales, art. 47-134.