TEMA 1: EVALUACIÓN DEL PROYECTO OBRAS POR IMPUESTOS
IDENTIFICACIÓN DE PROYECTOS -
PARA LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES Adelanta recursos financieros que son descontados al año siguiente de culminada la obra. Simplifica procedimientos y libera recursos tecnológicos. Acelera la ejecución de obras sosteniendo o aumentado el dinamismo económico local.
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PARA LA EMPRESA PIVADA Asocia su imagen con las obras de alto impacto social. Acelera obras que podrían elevar la competitividad local de la empresa. Mejora la eficiencia de sus programas de responsabilidad social y recupera el total de la inversión.
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PARA LA SOCIEDAD Adelanta el desarrollo socioeconómico acelera la inversión en infraestructura, amplia la cobertura y mejora la calidad de los servicios públicos para la población. Generación de empleo directo e indirecto en la comunidad local, ya sea en la construcción o durante la posterior operación y mantenimiento. Fomenta la creación de nuevas empresas dada la mejora en la competitividad.
PRESENTACIÓN DE LAS ALTERNATIVAS PARA LA SELECCIÓN DEL PROYECTO -
Se recomienda ejecutar proyectos de alto impacto social que incorporen componentes de sostenibilidad y soluciones integrales, todo esto se resumen en proyectos de inversión pública con viabilidad, ejemplos:
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Carreteras
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Seguridad
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ciudadana
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agua y desagüe
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centros educativos
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pistas y veredas
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caminos vecinales
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teatros
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hospitales
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albergues
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puentes
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viveros
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canales de irrigación
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plantaciones forestales
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defensas ribereñas
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esparcimiento (lozas deportivas, áreas de recreación,etc)
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plantas de tratamiento de aguas residuales
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electrificación
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telecomunicaciones
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turismo
EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS EN BASE A RIESGOS Es necesario analizar cómo podría afectar la rentabilidad social de los proyectos alternativos, diferentes situaciones de riesgo o peligro. Para ello, resulta pertinente plantear escenarios de ocurrencia de los mismos. Se requerirá información sobre el período probable de ocurrencia, la intensidad y los daños que pudieran ocasionar sobre los proyectos alternativos o algunas de sus actividades principales, así como sobre el área de influencia de los mismos. El planteamiento de escenarios probables se basará en la información proveniente del diagnóstico y de consultas con instituciones especializadas. Igualmente se requerirá analizar si el proyecto no generará otros peligros que puedan impactar a terceros. El detalle y profundidad del análisis de escenarios dependerá del nivel de estudio.
ASESORÍA EN LA ELABORACIÓN DEL CONTRATO
ESTRATEGIA DE ADQUISICIONES
TEMA 02: ADQUISICIÓN DEL PROYECTO La Gestión de las Adquisiciones del Proyecto incluye los procesos de compra o adquisición de los productos, servicios o resultados que es necesario obtener fuera del equipo del proyecto. La organización puede ser la compradora o vendedora de los productos, servicios o resultados de un proyecto. La Gestión de las Adquisiciones del Proyecto incluye los procesos de gestión del contrato y de control de cambios requeridos para desarrollar y administrar contratos u órdenes de compra emitidas por miembros autorizados del equipo del proyecto. La Gestión de las Adquisiciones del Proyecto también incluye la administración de cualquier contrato emitido por una organización externa (el comprador) que esté adquiriendo el proyecto a la organización ejecutante (el vendedor), así como la administración de las obligaciones contractuales contraídas por el equipo del proyecto en virtud del contrato. •
Acompañamiento en la selección del contratista
o Para asegurar la contratación, se permite que la Empresa Privada lo financie con cargo a los CIPRL o CIPGN. La Contratación de la Empresa Supervisora es paralela a la de la Empresa Privada.
o La Entidad Pública puede contratar por adjudicación directa el saldo del servicio de supervisión.
Revisión y Modelación de costos
Reconoce el monto invertido por la empresa privada en el proyecto financiado bajo la modalidad de Obras por Impuestos. Se han establecido el procedimiento para que el monto que excede al Límite del Certificado de Inversión Pública Regional y Loca (CIRPL) sea reconocido con recursos de la Entidad Pública. ¿Cuándo se emite? Estos certificados son emitidos una vez aceptada la obra o sus etapas sin observaciones. Se podrán emitir CIPRL parciales (trimestrales) por avance de obra, en proyectos cuya ejecución demande plazos mayores a seis meses.
Proceso de licitación
Se convoca a las empresas privadas que estén interesadas en financiar y ejecutar proyectos, en el marco de la ley N° 29230, Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local, con participación del sector privado (Ley de Obras por Impuestos), y su reglamento aprobados por Decreto Supremo N° 133-2012-EF, 1. Descripción del Proyecto 2. Monto total de Inversión del Proyecto a Ejecutar 3. Plazo de convenios y cronogramas tentativos de ejecución de la obra 4. El cronograma tentativo de ejecución de la obra
OBRAS POR IMPUESTOS REALIZADAS EN EL PERU
TEMA3. CONTROL DE PROYECTO: GESTION, CONTROL Y MONITOREO. El Proceso de Monitoreo y Control del Trabajo del Proyecto, es el proceso de seguir y revisar el avance del Proyecto, buscamos cumplir con lo definido y pactado en el Plan de Dirección de Proyecto. El Monitoreo y Control del Proyecto permite al Director del Proyecto conocer en qué estado está el Proyecto, identificar problemas y poder tomar medidas preventivas o correctivas, esto puede conllevar la modificación del Plan inicial de Proyecto. El Monitoreo y Control del Proyecto se ocupa de comparar el desempeño real del Proyecto con respecto al Plan para la Dirección del Proyecto. Los informes de desempeño del trabajo del Proyecto, constituyen la representación física o electrónica de la información sobre el desempeño del trabajo recopilada en documentos
del proyecto, destinada a generar decisiones, acciones o conocimiento. Tomar decisiones respecto a si se acepta, o se rechaza, un trabajo relativo al Proyecto.
Principales Acciones Del Proceso De Monitoreo Y Control Del Proyecto
El monitoreo y control del proyecto mide el rendimiento del proyecto, de acuerdo con las medidas planificadas en los planes de gestión del proyecto. Medir el rendimiento del proyecto en relación a la línea base del proyecto para la medición del rendimiento. Determinar variaciones de la linea base del proyecto. Recomendar cambios en el proyecto. Obtener la aprobación de cambios en el control integrado de cambios del proyecto. Controlar el alcance del proyecto, cronograma y coste a nivel de la línea base del proyecto. Realiza la auditoria de las adquisiciones del proyecto. Refina r los límites de control. Efectuar reuniones con respecto al control del proyecto. Obtener aceptación formal de los entregables que genere el proyecto, por parte del cliente del proyecto. Hacer actualizaciones al plan para la dirección del proyecto y a los documentos que se vayan generando del proyecto.
Gestionar las reservas de tiempo y coste. Recalcular cuanto va a costar el proyecto y cuánto va a durar. Obtener fondos adicionales cuando las necesidades del proyecto así lo requieran. Realizar inspecciones periódicas.
1. Acompañamiento en la gestión del proyecto. Es un equipo de personas expertas que orientarán en aquellos aspectos de la gestión de la entidad (registros donde inscribirse, búsqueda de convocatorias públicas, gestión del ciclo del proyecto, elaboración de memorias anuales, entidades/plataformas con las que trabajar en red, etc.) El servicio de acompañamiento pretende que las entidades puedan desarrollarse normalmente, con la guía de un equipo de personas que orientan sobre los diferentes pasos a dar y fases a seguir para impulsar y/o fomentar el crecimiento del proyecto asociativo, con el objetivo de que éstas se conviertan en autosuficientes. 2. Monitoreo del contratista Para lograr el resultado deseado en un proyecto y la satisfacción del cliente se debe efectuar un seguimiento durante todo el desarrollo del proyecto. Es preciso llevar un control de las actividades que se realizan en el proyecto, de los recursos necesarios para llevar a cabo su ejecución, así como todos los componentes necesarios para que el proyecto se desarrolle adecuadamente y no se desvíe del
cumplimiento de los objetivos planteados inicialmente. Como consecuencia de este control será posible conocer en todo momento qué problemas se producen a fin de resolverlos o aminorarlos de manera inmediata. El monitoreo y control es un conjunto de actividades de gestión que permiten verificar si el proyecto va marchando según lo planificado. Controla el avance del proyecto en su ejecución, compara el desempeño y mide los resultados reales contra lo planeado, y revisa el comportamiento de los indicadores de desempeño. Es una actividad que muestra cuándo y dónde existieron desviaciones al plan y pone en marcha las acciones correctivas para que el proyecto retorne a su camino normal. Para realizar un control efectivo se deben tener en cuenta dos aspectos fundamentales: La función del control debe centrarse más en prevenir los problemas que en arreglarlos Se debe relacionarse tanto con la calidad del producto, como con su cantidad y oportunidad. 3. Revisión de contrataros Revisión del Contrato es para comprobar si esta todo acorde a los requisitos tanto técnico como de calidad, de documentación, comerciales y todas las especificaciones aplicable. La gestión del contrato no se limita únicamente a la fase inicial de negociación y firma del mismo. Durante todas las etapas que constituyen el ciclo de vida de un proyecto se hace necesaria una adecuada gestión y revisión continua del contrato inicial amén de hacerlo acorde al proyecto que va siendo desarrollado. Asimismo, nunca está exenta la aparición de conflictos entre las partes, y cada uno de los procesos de pagos y costes tiene que ser correctamente administrado si se quiere lograr alcanzar los objetivos acordados. El proceso de gestión del contrato se encarga de asegurar que el rendimiento del proveedor cumplirá con los requisitos contractuales y que el adquiridor actuará conforme a los términos del contrato. Por otro lado, el proceso también revisa y documenta cuál es o ha sido el rendimiento de un proveedor basándose en el contrato y en las acciones correctivas establecidas. Asimismo, el rendimiento se documenta como base para relaciones futuras con el proveedor. A partir de la Revisión de Contrato, se realiza la planificación de todos los hitos de gestión y de todos los procesos tanto de producción como de diseño, ingeniería, compras y documentación.
TEMA 4 : ACOMPAÑAMIENTO EN LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE INVERSIÓN PUBLICA, REGIONAL Y LOCAL (CIPRL) 1) ¿Qué es? El Certificado de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL) es un documento emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas a través del cual se reconoce el monto invertido por la empresa privada en el proyecto financiado bajo la modalidad de Obras por Impuestos.
Son emitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Se emiten con la conformidad de la obra o de sus etapas (emisión parcial). Son canjeados a cuenta del Impuesto a la Renta hasta por 50% del impuesto. Tienen una vigencia de 10 años desde su fecha de emisión. Tendrán 2% de reevaluación anual por el saldo insoluto Son Negociables
2) Procedimiento de Obtención de los Certificados de Inversión Pública. Regional y Local: a) Luego de otorgadas las conformidades de recepción o la conformidad de avance y la conformidad de calidad del Proyecto o de cada uno de los avances ejecutados, o de las conformidades de operación y/o mantenimiento, dentro de un plazo no mayor a tres (3) Días, la Entidad Pública solicita a la DGETP la emisión de los CIPRL o CIPGN con indicación de los datos señalados en los literales a y b del artículo 88 y el número del registro administrativo en el SIAF-SP de la respectiva afectación presupuestal y financiera, acompañado de las conformidades de recepción, de calidad, o avance correspondientes autenticadas por un fedatario. b) El registro SIAF-SP se hace con cargo a los recursos del presupuesto institucional en el año fiscal correspondiente con base al Convenio y adendas suscritos, para lo cual, en los casos que corresponda, deberá incorporar en su presupuesto, previamente, dichos recursos.
c) Es requisito indispensable para la emisión de los CIPRL o CIPGN que en la solicitud de la Entidad Pública o, de ser el caso, de la Empresa Privada, se precise si el CIPRL o CIPGN requerido es Negociable o No Negociable. d) Para la emisión del último CIPRL o CIPGN se requiere que la Entidad Pública remita a la DGETP la resolución de aprobación de liquidación en el que se sustenta el monto resultante de la liquidación. Para ello no es necesario la presentación de documentación que ya haya sido remitida por la Entidad Pública previamente para la emisión del CIPRL o CIPGN. e) El Titular de la Entidad Pública es responsable del cumplimiento del registro en el SIAF-SP, de la afectación presupuestal y financiera para la emisión del CIPRL o CIPGN luego de otorgadas las conformidades de recepción y de calidad del Proyecto o de sus avances. f) La DGETP emite los CIPRL o CIPGN dentro de los seis (6) Días de recibida la solicitud de la Entidad Pública o, de ser el caso, de la Empresa Privada.
TEMA 5: LA LEY DE OBRAS POR INPUESTOS Y MODIFICACIONES 2017
Objetivo y marco legal de la ley 29230 El objetivo de la presente Ley es impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los gobiernos regionales y/o locales.
Características de los proyectos de inversión pública a ser priorizados bajo el nuevo marco legal DL 1253, invierte Perú. Se han identificado 11 rubros en los que se agrupan la mayoría de proyectos priorizados: 1. Carreteras: Construcción, rehabilitación, pavimentación. 2. Transporte Rural: Puente carrózale; camino vecinal; trocha carrózale. 3. Transporte Urbano: Construcción y mejoramiento de pistas y veredas. 4. Infraestructura de riego y otros: Pozas de regulación; infraestructura de riego. 5. Saneamiento: Construcción, mejoramiento y ampliación de sistemas de agua potable; rellenos sanitarios. 6. Salud: Construcción y/o mejoramiento de la capacidad resolutiva de centros de salud, clínicas municipales y/o unidades materno infantil. 7. Educación: Instituciones educativas; biblioteca, escuela de postgrado 8. Esparcimiento: Polideportivos, centro cívico, parques, estadios. 9. Seguridad: comisarías, locales policiales, defensas ribereñas.
Esquema general del proceso - Para empresas privadas
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Para gobiernos regionales , locales y universidades publicas
Participación de la contraloría general de la republica La CGR participa en el proceso en dos momentos: 1). Antes de la firma del convenio con la empresa privada: la CGR debe emitir un informe previo, con el fin de verificar que el gobierno regional, gobierno local, o universidad pública cuente con los recursos que les permita cubrir con todas las actividades vinculadas al proceso de selección, así como la operación y el mantenimiento del proyecto. Después de que Contraloría apruebe sin observaciones el informe previo, se podrá convocar al concurso para la selección de la empresa. 2). Luego de culminada la obra: la CGR realizará una verificación del monto total invertido para el desarrollo del proyecto y para operación y mantenimiento del mismo.
Definición , características del CIPRL – Reducción del límite del CIPRL El Certificado de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL) es un documento emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas a través del cual se reconoce el monto invertido por la empresa privada en el proyecto financiado bajo la modalidad de Obras por Impuestos. - CARACTERISTICAS El CIPRL tiene las siguientes características: a. Son emitidos una vez aceptada la obra o sus etapas sin observaciones. b. Se pueden emitir CIPRL parciales, por avance de obra, en proyectos con plazos mayores a 6 meses. } c. Serán aplicados por la empresa contra pagos a cuenta de su Impuesto a la Renta hasta por el 50% del impuesto correspondiente al año anterior. d. Tienen una vigencia de 10 años. e. Son negociables f. Al termino de su vigencia se podrá solicitar a la SUNAT la redención en efectivo del CIPRL. g. Tendrán un 2% de reevaluación anual por el saldo insoluto.
Qué proyectos se pueden financiar El mecanismo permite financiar todo tipo de proyectos de inversión, siempre y cuando estén en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y cuenten con la declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - Invierte.pe.
Generalidades del DL 1250, modificación de la ley Que, mediante Ley N° 30506, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de Petroperú S.A por el plazo de noventa (90) días calendario; Que, el literal f) del numeral 1 del artículo 2 del citado dispositivo legal establece la facultad de legislar para, entre otros, establecer medidas para mejorar la calidad y agilidad de los proyectos ejecutados bajo la modalidad de Obras por Impuestos en los tres niveles de gobierno, favoreciendo la descentralización; Que, la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, tiene como objetivo impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los gobiernos regionales y/o locales; Que, mediante la Ley N° 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a efectuar la ejecución de proyectos de inversión pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, en distintas materias,
mediante los procedimientos establecidos en la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado. Que, resulta necesario modificar el marco normativo aplicable al mecanismo de obras por impuestos en los tres niveles de gobierno, con el fin de mejorar la calidad y agilidad de los proyectos de inversión pública a ser ejecutados bajo la modalidad de Obras por Impuestos en los tres niveles de gobierno; De conformidad con lo establecido en el literal f) del numeral 1) del artículo 2 de la Ley N° 30506 y el artículo 104 de la Constitución Política del Perú Sobre el literal f Reestructurar la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Pro inversión) con el fin de afianzar su rol y mejorar su eficiencia, así como la calidad y agilidad de los proyectos de Asociaciones Público Privadas (APP) a su cargo, incluyendo modificar la regulación sobre la responsabilidad civil y administrativa de los servidores públicos que intervienen en los procesos de promoción de la inversión privada mediante APP; facultar a Pro inversión a contratar servicios especializados en aseguramiento de calidad de gestión para los procesos de promoción de la inversión privada a su cargo y seguros para la entidad y sus servidores; así como establecer medidas para mejorar la calidad y agilidad de los proyectos de APP y proyectos ejecutados bajo la modalidad de Obras por Impuestos en los tres niveles de gobierno, favoreciendo la descentralización. Dichas medidas no deberán restringir las competencias y atribuciones del Sistema Nacional de Control otorgadas por la Constitución Política del Perú y su ley orgánica.
Principales modificaciones al reglamento(plazo, ley de contrataciones, ampliación de sectores, simplificación de procesos, tiempo de recuperación de las inversiones para casos de exceder el límite del CIPRL, supervisión del proyecto) A mediados del 2009, mediante el Decreto de Urgencia N° 081-2009, se sustituye la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29230, regulando algunos aspectos de la emisión del Informe Previo por parte de la Contraloría General de la República (CGR). En ese mismo año, el reglamento de la Ley se modificó en tres oportunidades, a través del Decreto Supremo N° 090-2009-EF, Decreto Supremo N° 165-2009- EF y el Decreto Supremo N° 248-2009-EF que aprobó el Texto Único Actualizado del Reglamento, derogado en la actualidad. Posteriormente, en 2010 y 2012 se realizan nuevos ajustes al reglamento, que promueven el uso y simplifican los procesos del mecanismo, a través del Decreto Supremo N° 220-2010-EF y el Decreto Supremo N° 133-2012-EF , destacando medidas como la emisión trimestral de los CIPRL por avances de obra, la iniciativa privada para la propuesta de proyectos, la inclusión de componentes como equipamiento, reingeniería de procesos, sistemas de información y otros necesarios
para la ejecución de los proyectos a financiar y la aprobación de documentos estandarizados, a cargo de Pro Inversión, que faciliten la aplicación de la norma. También en 2013, a través de la Ley N° 30138, Ley que dicta medidas complementarias para la ejecución de proyectos en el marco de la Ley N° 29230, se establecieron algunas disposiciones relacionadas al uso de la fuente de financiamiento de recursos determinados provenientes de fondos que señale el MEF. En el año 2015 el poder ejecutivo, en ejercicio de las facultades delegadas por el legislativo, promulgó el Decreto Legislativo N° 1238 con importantes mejoras a la norma, entre las que destacan: la autorización de financiar con recursos de la entidad cuando se supere el monto máximo para la emisión de los CIPRL, la Co ejecución de proyectos entre entidades Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, la ampliación de los sectores del Gobierno Nacional autorizados (incluyéndose Cultura, Ambiente, Deporte y Saneamiento), y el establecimiento de un límite de quince mil (15,000) UITs a los proyectos a ejecutar por Gobiernos Regionales y Locales. Con las modificaciones introducidas, se procedió a unificar los procedimientos aplicables a todas las entidades públicas, aprobándose el Reglamento de la Ley N° 29230 y del artículo 17° de la Ley N° 30264, mediante Decreto Supremo N° 409-2015-EF. Finalmente, en ejercicio de las facultades delegadas por el legislativo, en el año 2016 se promulgó el Decreto Legislativo N° 1250, incorporando a los sectores electrificación rural, pesca, deporte, ambiente, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones y justicia, en la aplicación del mecanismo de Obras por impuestos. Asimismo, La ejecución de los proyectos de inversión pública en materia de saneamiento podrá incluir la operación de dichos proyectos por un periodo máximo de 1 año. Con las nuevas modificaciones, se promulgó el Decreto Supremo N° 036-2017-EF, nuevo reglamento de la Ley Nº 29230 – Obras por Impuestos.
TEMA 6: OBRAS POR IMPUESTOS EN EL PERÚ Es un mecanismo que permite a una empresa privada financiar y ejecutar Proyectos de Inversión Pública, con cargo a su impuesto a la renta de tercera categoría.
La ley N° 29230 permite que una empresa privada, en forma individual o en consorcio, financie y ejecute proyectos priorizados por los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Mancomunidades Regionales, Mancomunidades Municipales, Universidades Públicas o Entidades del Gobierno Nacional , para luego recuperar la inversión total realizada a través de un certificado para el pago de su impuesto a la renta. Ejemplos de obras realizadas en Arequipa: 1)
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Proyecto: Mejoramiento de la calle Tahuaycani desde la salida a la variante de Uchumayo hasta la Iglesia Tahuaycani en la Urb. Tahuaycani, Distrito de Sachaca - Arequipa
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Empresa Responsable: Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. – BACKUS
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Concluido: El primero de febrero de 2014
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Pobladores Beneficiados: 118.589
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Monto: 3.6 Millones de soles
2)
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Proyecto: Vía interconectora entre los Distritos de Miraflores, Alto Selva Alegre, Yanahuara, Cayma y Cerro Colorado – Componente IV Puente Chilina.
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Empresa Responsable: Southern Peru Copper Corporation, Interbank, BACKUS
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Concluido: 01/11/2014
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Pobladores Beneficiados: 310,681
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Monto: 369,518,316 Soles