Normativa Tenis En Silla

  • June 2020
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NORMATIVA COMPETICIÓN TENIS EN SILLA DE RUEDAS

NORMATIVA DE COMPETICIÓN PARA LOS TORNEOS NACIONALES DE TENIS EN SILLA DE RUEDAS PUNTUABLES PARA LA COPA DE ESPAÑA Y EL RANKING NACIONAL

1. La solicitud de organización de un Torneo puntuable para el año en curso deberá realizarse al Comité Nacional de Tenis en Silla de Ruedas (FEDMF y RFET) antes del mes de Enero de ese año, para torneos que se celebraron en ediciones anteriores y para los de nueva convocatoria con, al menos, más de cuatro meses de antelación a la celebración del mismo. Concretamente las solicitudes se dirigirán a la FEDMF 2. La Comisión Nacional de Tenis en Silla de Ruedas de la F.E.D.M.F. publicará en la página web de la misma, el Calendario Definitivo antes del 15 de Febrero, una vez se verifiquen que las solicitudes cumplen con el protocolo organizativo establecido a tal efecto. 3. La suspensión de un Torneo incluido inicialmente en el Calendario Nacional, acarreará a su organizador una sanción económica de 150 euros y la imposibilidad de ser puntuable en el año siguiente. Tan sólo se podrá suspender un Torneo, sin que incurra en sanción, en el caso de que el número mínimo de inscritos no sea mayor o igual a ocho, debiendo en este caso la organización avisar con un mes de antelación a los inscritos. 4. Las fechas indicadas en el proyecto de organización de un Torneo podrán variar solamente una semana, anterior o posterior a la inicialmente considerada, y siempre comunicando dicha modificación con al menos un mes de antelación a la fecha de realización del Torneo en el caso que se adelante la misma, o un mes de la fecha inicialmente considerada en el caso que se retrase una semana dicha fecha. 5. En el caso de coincidencia en la solicitud de fechas para la celebración de un torneo, se orientará a los organizadores para evitar ese solapamiento, pero serán ellos quien finalmente deberán ponerse de acuerdo y transmitirlo a la FEDMF. Siempre se respetará el orden de solicitud. 6. Para los torneos puntuables como Copa de España y para el ránking nacional se entenderá como participante tanto a los deportistas con licencia en vigor en dicha modalidad (FEDMF y RFET), y a los técnicos con titulación acreditada1, a efectos de inscripción en el torneo. 7. La organización de un Torneo deberá tener previstos los desplazamientos internos de aquellos participantes que se trasladen en avión, tren o autocar de línea regular, especificando, aquellos que disponga para los asistentes.

1

La titulación acreditada supone disponer de la titulación como técnico de tenis por la RFET (en cualquiera de sus niveles), o con la titulación específica de especialista en tenis en silla de ruedas por la RFET.

NORMATIVA COMPETICIÓN TENIS EN SILLA DE RUEDAS

8. Independientemente que el Comité Organizador de un Torneo de la publicidad que estime oportuna, la convocatoria oficial deberá realizarse a través del Comité Nacional de Tenis en Silla de Ruedas (FEDMF y RFET) con, al menos, dos meses de antelación a la fecha de comienzo del evento, y con la necesidad de incluir los logos de ambas federaciones en los documentos informativos del evento (poster, trípticos, revista,…). 9. La convocatoria de un torneo puntuable para Copa de España deberá ser siempre de un tamaño de cuadro superior a 16 jugadores, pudiendo establecer un máximo de 24 jugadores. En el caso del ránking nacional la convocatoria deberá respetar un tamaño mínimo de cuadro de 16 jugadores. 10. En ambos casos, respetando la convocatoria, si el número de jugadores inscritos es menor, se computarán igualmente como valederos para la clasificación, tanto de Copa de España, como de Ránking Nacional, asignándole los puntos oportunos. 11. Para los torneos con 16 o más2 se deberá celebrar un doble cuadro (Primera y Segunda Categoría), exclusivamente para la modalidad de individual. El cuadro de Primera Categoría (para los mejores clasificados) será de 8 ó de 16 jugadores máximo, y el cuadro de Segunda Categoría deberá ser siempre igual o superior al tamaño del primero. 12. En el cuadro de Primera Categoría el Director del Torneo dispondrá de un wild card para el jugador que así lo estima oportuno, y siempre y cuando su nivel de juego se lo permita. La ubicación en un cuadro u otro la determinará el ránking de los jugadores. 13. El director del torneo deberá remitir, al menos con una semana de antelación, la propuesta de Wild Card en el caso de que tenga alguno, al Comité de Competición. ([email protected]) 14. La designación de Wild Cards seguirá el siguiente criterio, en función del número de jugadores inscritos: TAMAÑO DEL CUADRO 32 24 16 12 8

2

Nº WILD CARDS 4 4 2 1 1

FEED-UP CARDS 1 1 1 1 1

Si el número de jugadores es inferior a 16 se realizará un único cuadro que puntuará como “Primera Categoría”.

NORMATIVA COMPETICIÓN TENIS EN SILLA DE RUEDAS

15. El campeón del cuadro de Segunda Categoría, de un torneo con doble cuadro, tendrá acceso, si él lo desea, a participar directamente en el cuadro de Primera Categoría del torneo siguiente, siempre y cuando él lo solicite a la organización a la hora de realizar su inscripción al torneo, y pese a que su ranking no le otorgase la opción de entrada en ese cuadro. (Feed-up Card). En el caso de que el cuadro de 1ª Categoría sea de 8 jugadores, sólo se puede asignar un Feed Up si no se ha asignado ningún Wild Card. 16. El Feed-Up Card se respetará exclusivamente para el siguiente torneo que se celebre en el calendario. En el caso de no utilizarlo, se perderá el derecho a utilizarlo. 17. En el Campeonato de España el Feed-Up Card será para la siguiente edición del Cpto., si así lo estima oportuno el jugador, no pudiendo usar éste en un Open Nacional. 18. El Ránking Nacional se actualizará tras la celebración de cada torneo, y sólo se computarán los puntos del año en curso, manteniéndose los del año anterior hasta la nueva edición del torneo. En el caso de algún torneo que no se celebre en el año en curso, los puntos obtenidos en el año anterior desaparecerán en el momento que se traspase la fecha de su celebración en el año en curso. Los puntos obtenidos por torneos de la ITF, desaparecerán en Enero del año siguiente. 19. Tan sólo el Master Nacional de Tenis en silla de ruedas se celebrará en formato de Round Robind, sin wild Card y con un sistema de puntuación específico. Este torneo habilitará dos cuadros de 4 jugadores, con dos cabezas de serie en cada uno de ellos y el resto de jugadores por sorteo se irán incorporando de forma alternativa en cada uno de los dos cuadros. Se celebrarán semifinales cruzadas para decidir quienes son los finalistas. 20. El juez árbitro del torneo deberá remitir al Comité de Competición de Tenis en Silla de Ruedas, los cuadros de la competición sellados y firmados durante la semana siguiente a la celebración del evento, para que estos puedan ser computados en el ranking nacional. 21. Los puntos otorgados por el Ranking del “Trofeo Copa de España”3, a finales de cada año en curso, y que serán vigentes para el año siguiente, se adjudicarán para el cuadro de Primera Categoría a los cuatro primeros clasificados (100, 50 y 25 puntos respectivamente), y para los cuadros de Segunda Categoría a los dos primeros clasificados (25 y 12 puntos respectivamente)4

3

Todos los torneos cualificados como puntuables para el Trofeo Copa de España, asignarán una puntuación de 100, 75 y 50 puntos respectivamente para el campeón, subcampeón y semifinalistas, respectivamente, en cuadros de 1ª y 2ª Categoría. Esta puntuación se irá asignando al Ranking Nacional del Trofeo Copa de España. 4 Para poder obtener la bonificación de los puntos, en el Ranking Nacional de Tenis, se deberá haber participado en, al menos, 4 torneos cualificados como Copa de España.

NORMATIVA COMPETICIÓN TENIS EN SILLA DE RUEDAS

22. En todos los torneos que deseen ser puntuables, deberá haber un juez árbitro, un director de torneo y jueces de silla en las finales del torneo. En los Campeonatos de España será necesario contar con jueces de silla desde, al menos, los cuartos de final en Primera categoría y semifinales en Segunda categoría y en el cuadro de dobles. 23. El orden de juego de los partidos deberá indicarse, siempre, el día anterior, teniendo que estar disponibles para su consulta tanto en la zona deportiva (pistas) como en la zona de alojamiento (hotel, residencia,…) a última hora del día. 24. La no asistencia a un torneo, salvo por causas justificadas, deberá comunicarse, al menos, con diez días de antelación a la celebración del mismo. En caso contrario, la sanción para el jugador será de 25 puntos en el ránking y la imposibilidad de jugar los dos torneos siguientes. 25. La disposición de premios en metálico en los torneos será a libre designación por parte de la organización, pero siempre respetando que el acceso a una ronda superior se corresponda con una mayor cuantía. En los cuadros de consolación y/o cuadros de inferior categoría, el campeón de dicho cuadro no podrá percibir una cuantía mayor que un jugador que haya pasado la primera ronda del cuadro principal. 26. La hoja de inscripción del torneo deberá consignar con claridad, las condiciones del torneo, debiendo la organización asumir el incumplimiento de cualquiera de las condiciones mencionadas en dicha hoja informativa (noches de alojamiento, manutención, transporte…). 27. Para formalizar la inscripción a un torneo, se deberá remitir la hoja de inscripción cumplimentada al organizador, al menos con cuatro semanas de antelación a la celebración del mismo, a efectos de poder facilitar el cierre de hoteles, presupuestos,... 28. El representante de los jugadores de tenis en silla de ruedas, deberá velar por el cumplimiento de la normativa en los diferentes torneos, comunicando al Comité cualquier irregularidad al respecto. 29. El Director del Torneo y/o el Juez Árbitro del mismo, deberán enviar a la Comisión Nacional de Tenis en Silla de Ruedas, en un plazo no superior a 5 días tras la celebración del Torneo, una breve memoria del mismo, junto con los cuadros de la competición debidamente firmados. 30. Se designa un Comité de competición de tenis en silla de ruedas integrado por un Juez Árbitro Internacional, un técnico de la modalidad y el coordinador nacional de la modalidad para dirimir cuantas dudas y planteamientos suscite la presente normativa o alguna competición en particular. 31. Esta normativa entrará en vigor a partir del 1 de Enero del 2007, pudiendo ser objeto de revisión, si se detectara algún problema.

NORMATIVA COMPETICIÓN TENIS EN SILLA DE RUEDAS

SISTEMA DE PUNTUACIÓN COMPETICIONES NACIONALES TORNEO

CPTO ESPAÑA

OPEN NACIONAL

TORNEO MASTER NACIONAL

Nº PRIMER CUADRO 16 PRIMER CUADRO 12 PRIMER CUADRO 8 SEGUNDO CUADRO 16 ó más PRIMER CUADRO 16 PRIMER CUADRO 12 PRIMER CUADRO 8 SEGUNDO CUADRO 16 ó más SEGUNDO CUADRO 8

CAMP 140

CONSOLAC CPTO ESPAÑA

PRIMER CUADRO SEGUNDO CUADRO

OPEN NACIONAL

PRIMER CUADRO SEGUNDO CUADRO

CAMP 240

SUBCA 170

SEMIF 110

CUARTOS 60

12/16 2

190

134

86

48

2

140

98

62

2

110

84

58

40

2

120

85

55

30

2

95

67

43

24

2

70

49

31

2

55

42

29

20

45

32

20

2

SUBCAM 98

3º 62

4º 50

5º 40

6º 30

2

7º 20

8º 10

Nº 8 4 8 ó más

CAMP 40 36 20

SUBCA 20 18 12

SEMIF 12 1 7

CUARTOS 1

8 ó más 4 8 ó más

28 24 10

14 12 7

7 1 2

4/1

4

8

5

1

3/1

1

NORMATIVA COMPETICIÓN TENIS EN SILLA DE RUEDAS

SISTEMA DE HOMOLOGACIÓN PUNTOS ITF 1) Los puntos asignados por la ITF para sus cuadros puntuables, en categoría masculina se multiplicarán por 5 para ser añadidos al ránking nacional. En categoría femenina se multiplicarán por 2. 2) Los puntos no asignados por ITF (Consolation Second Draw, B, B Consolación) y aquellas rondas de cuadros puntuables (Main, Consolation Main y Second Draw), que no son puntuadas por la ITF, no serán objeto de ninguna homologación para el ránking nacional.

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