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Características de los Elementos del Estado: El Estado Nacional, definido como un conjunto interdependiente de instituciones que forman un aparato en el que se concentra el poder y los recursos de la dominación política, comenzó a desarrollarse en Costa Rica a partir de la independencia de España Gobierno.Es el órgano formado por el Presidente y un número variable de Ministros al que la Constitución o la norma fundamental de un Estado atribuye el poder ejecutivo y la cúpula se ejerce el poder político sobre una sociedad. Podría decirse que tiene una función que identifica a la actividad política, es el núcleo que no se puede reducir, sin el cual parece difícil pensar en la dimensión de la propia política. Éste puede ser analizado desde tres puntos de vista, según sus actores, como un conjunto de funciones, o por sus instituciones. El gobierno es un grupo de organismos que ejercen la actividad estática. Entre los órganos del Estado hay dos grupos, los superiores, llamados gobernantes y los inferiores llamados agentes. Los agentes o funcionarios, están sometidos a las órdenes de los gobernantes, controlados por ellos y responsables ante ellos. Les falta la libre iniciativa, dependen de los organismos directores. Estos, en cambio dirigen la actividad estatal, tomado decisiones por su propia iniciativa y no se encuentran sometidos a ninguna autoridad superior. El gobierno no es lo mismo que el Estado, está vinculado a éste por el elemento poder. El gobierno pasa, cambia y se transforma, mientras que el Estado permanece el mismo. El Gobierno es el conjunto de los órganos directores de un Estado a través del cual se expresa el poder estático por medio del orden jurídico.

Población.Las características principales de una población en lo que se refiere a la composición por edad y sexo. Es un indicador que tiene repercusiones en el plano económico y social y se utiliza para medir la oferta de mano de obra de un país, e influye en las necesidades de diversos bienes y servicios. Así, por ejemplo, en un país donde predomine la población joven deberá proveerse de mayores recursos a educación, ayuda familiar, etcétera. En cambio, en aquellos en donde haya mayor cantidad de población anciana se deberá destinar mayores recursos a jubilaciones y salud.

La estructura de una población es resultado de la interrelación entre natalidad y mortalidad, aunque también entran en juego otros indicadores como son la fecundidad y la esperanza de vida, entre otros.´´ la población es la cantidad de habitantes que hay en un estado ´´ Territorio.Es el espacio físico en donde se asienta la población, constituye uno de los elementos fundamentales del Estado. Según algunos más que un elemento, sería una condición de existencia, ya que sin territorio desaparece el Estado. Sin embargo, si el territorio fuera la única condición de existencia del Estado, en cualquier territorio -mutable o indeterminado- podría cumplirse la condición para establecer un Estado en particular. Esto no parece ser así, advirtiéndose que la relación entre Estado y territorio es por lo común estable y específica. El territorio se convierte en elemento de cada Estado, no cualquier territorio sino uno determinado, lo que no implica afirmar su invariabilidad, ya que éste admite cambios. Pese a lo esencial de este elemento es admisible que, temporalmente, un Estado esté privado del control sobre su territorio debido a una invasión por otro Estado. Esto siempre y cuando se trate de un fenómeno de fuerza, de índole material y, en principio, temporal. No se afecta la figura jurídica Estado, aún cuando según las circunstancias, la invasión del territorio podría determinar el fin de la existencia jurídica del Estado. En el presente siglo se comprueban casos de Estados que han subsistido pese a carecer temporalmente de control sobre su territorio. Por ejemplo, Polonia, Francia y otros Estados ocupados militarmente por Alemania durante la Segunda Guerra Mundial, conservan sus autoridades, las que permanecen ocultas o en el exilio, no desaparecen y después de la derrota del invasor vuelven a ejercer su dominio territorial. Por otro lado, se observa que el territorio es un instrumento para el Estado, necesario para la realización de sus funciones y cumplimiento de sus fines. El territorio es fuente de recursos, ámbito de desarrollo de actividades, hábitat de la población y se proyecta como parte del ecosistema terrestre. Finalmente, el territorio es el ámbito espacial que delimita el ejercicio de la competencia por parte del Estado y donde se asienta su colectividad.

Características de los compuestos del estado: Constitucionalidad: Es un término que procede del latín cum con y statuere establecer. Es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo.

La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo así las bases para su gobierno y organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Garantiza al pueblo determinados derechos. La mayoría de los países tienen una constitución escrita. En doctrina jurídico-política existe una diferencia convencional entre "constitución" y "Constitución". Por constitución se entiende la forma real y efectiva en que se organiza y funciona un Estado; es decir, el modo en el que realmente está constituido el poder dentro de él. Cuando se habla de Constitución, sin embargo, se entiende el conjunto de normas supremas que rigen la organización y el funcionamiento de un Estado. Son normas jurídicas, no una situación de hecho, que generan derechos y obligaciones. Desde el punto de vista jurídico, el concepto que más interesa es el segundo.

División de poderes: Una de las características de la república es la división de poderes. Los poderes establecidos por la CN son tres: legislativo, ejecutivo y judicial. Cada uno de ellos tiene funciones propias y, por lo tanto, no puede invadir el campo que le corresponde a los otros. Con la división de poderes se persigue: Proteger la libertad y seguridad de los individuos. Evitar la tiranía. Distribuir el trabajo para hacerlo más eficiente. El término "división de poderes" no se ajusta exactamente a la realidad. En efecto, la diversidad de órganos y funciones del estado no determina de manera alguna la división del poder. El poder del estado es uno solo. Lo que se divide son los órganos que ejercen ese poder y las funciones que se les atribuyen. Por ello, el poder del estado es único e indivisible, pero la actividad de ese poder se realiza mediante diversos órganos a los que se confían diferentes funciones. La acción de gobernar comprende tres funciones, que se corresponden con los tres poderes establecidos.

Poder Legislativo.Su función específica es la sanción de las leyes.

Poder ejecutivo.Es el poder administrador, el que ejecuta o pone en vigencia las leyes y controla su cumplimiento.

Poder judicial.Es el encargado de la administración de justicia. Está desempeñado por la Corte Suprema de Justicia y por los tribunales inferiores (cámaras de apelaciones y tribunales de primera instancia).

Armonía y coordinación

El poder legislativo participa en Funciones ejecutivas.Cuando aprueba o rechaza los tratados concluidos con las demás naciones y los concordatos. Cuando autoriza al poder ejecutivo a declarar la guerra o hacer la paz. Cuando presta acuerdo para el nombramiento por el poder ejecutivo de jueces, embajadores y jefes militares. El poder Ejecutivo participa en funciones judiciales Cuando una de sus cámaras interviene como acusadora del presidente, vicepresidente, ministros y miembros del poder judicial (juicio político).

El poder Ejecutivo participa en Funciones Legislativas.Cuando promulga leyes o decretos reglamentarios. Cuando presenta proyectos de ley. Cuando opone el veto a las leyes sancionadas por el poder legislativo.

El poder Ejecutivo participa en Funciones Judiciales.Cuando dispone indultos o conmutación de penas, arrestos de personas durante el estado de sitio, nombramientos de magistrados, etc

El poder Judicial participa en Funciones legislativas.Cuando declara la inconstitucionalidad de alguna ley del Congreso o decreto del poder ejecutivo. El poder Judicial participa en Funciones ejecutivas. Cuando nombra y remueve a los funcionarios que se desempeñan en los tribunales.

Soberanía. Es el poder supremo e independiente que tiene el estado. Por ser supremo no hay poder que esté sobre el estado; por ser independiente, no está subordinado a ninguna autoridad de ninguna esfera. El l estado se organiza internamente sin indiferencias extranjeras, Dicta disposiciones a los ciudadanos y establece las relaciones que mantendrá con los demás estados. Ejercer el poder constituyente pone de manifiesto la soberanía de un Estado El poder soberano forjado historicamente por el soberano fue un poder individualizado. Al surgir el estado moderno el poder soberano se institucionaliza en el estado, es decir se traspasa de la persona física del soberano a la persona jurídica del estado, quien es el único titular del poder soberano del estado. Dentro del la Soberanía del Estado se distingue la interna y la externa: Interna: supremacía por sobre los demás poderes sociales existentes en el territorio estatal. El estado no reconoce otro poder igual o superior. Externa: para relacionarse con los otros estados soberanos, el estado es un ente independiente igual jurídicamente a los otros estados soberanos, que no reconoce superiores, solo iguales.

Representatibilidad:

Colegio Calasanz

Tarea de cívica

Luis Fernando Soley H. 9c

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