Municipio

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EL MUNICIPIO Y SU ORGANIZACIÓN ¿Qué es un Municipio? Es el organismo de gobierno local que resuelve los conflictos de los vecinos. Hoy en día, nuestro territorio está organizado en barrios, que forman una localidad, las que a su vez conforman un Municipio. Las provincias de la Argentina se dividen en Municipios, Intendencias o Departamentos.

Un poco de historia...

El Municipio es una estructura originada en Roma fue aplicada en todos los territorios conquistados, incluyendo la actual España. Siglos más tarde, cuando España llegó a América, trasladó esta organización a sus colonias.

¿Quién determina la organización Municipal La organización está determinada por la Constitución Argentina. Nosotros adoptamos sistema representativo, republicano y federal: Representativo porque el pueblo no gobierna directamente sino a través de sus representantes, a quienes elige mediante el voto. Republicano porque nosotros tenemos distintas jurisdicciones: nacional, provincial y municipal. Y en cada jurisdicción hay un poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Federal porque cada provincia tiene, a su vez, su Constitución que establece cómo se deben organizar los municipios. La Constitución provincial no puede contradecir lo que dice la Constitución Nacional que es la norma superior. Hay algunas diferencias en la organización de las instituciones entre una provincia y otra. Pero todas tienen leyes llamadas ordenanzas y autoridades que cumplen distintas funciones.

¿Cuáles son los funcionarios que conforman cada Poder Municipal? El Intendente es la cabeza del Poder Ejecutivo. De él dependen las secretarías, por ejemplo la de Economía, Bienestar Social, Obras y Servicios Públicos y de éstas dependen las Direcciones, por ejemplo la de Mantenimiento, Cementerios y Catastro.

Con respecto a las funciones de cada poder: El Poder Ejecutivo se encarga de aprobar o rechazar ordenanzas dictadas por el Concejo Deliberante, se ocupa también de ejecutar obras públicas y de los servicios, adopta medidas preventivas para evitar el incumplimiento de las ordenanzas, presenta anualmente al Concejo Deliberante el proyecto de presupuesto para el año próximo. El Concejo Deliberante (Poder legislativo) se encarga de elaborar las ordenanzas de distintas áreas y establece el presupuesto anual en el que se calculan recursos y gastos del gobierno municipal. A cargo del Poder Judicial están los Tribunales de Faltas, integrados por jueces que aplican sanciones como multas e inhabilitaciones.

¿Quiénes eligen a los funcionarios? El Intendente y los Concejales son elegidos directamente por los habitantes del Municipio. A los demás funcionarios (secretarios, directores) los nombra el Intendente.

Con este curso vamos a tratar de: • • • • •

Comprender el funcionamiento interno de un Municipio y su relación con las autoridades provinciales y nacionales. Conocer los derechos y responsabilidades cívicas futuras. Conocer el origen de los Municipios y su evolución histórica. Analizar los alcances de las funciones de las distintas instituciones municipales. Reconocer los elementos que determinan un Municipio.

Relaciones institucionales: Municipio, Provincia, Nación En Argentina coexisten distintos tipos de gobierno: el gobierno nacional, el provincial y el municipal. Cada uno tiene su propia jurisdicción, es decir que Las leyes argentinas deben cumplirse sólo dentro del territorio nacional. Cada gobierno provincial es la máxima autoridad en su provincia y cada gobierno municipal en su municipio. Esta es la base del sistema federal que implica que hay 3 niveles estatales diferentes y con espacios jurisdiccionales propios. Para que este sistema federal funcione correctamente, tiene que haber: Participación: colaborar con el poder inmediatamente superior. Coordinación: no superponer funciones y distribuir las tareas

Subordinación: los estados municipales quedan subordinados a los provinciales y éstos al estado nacional.

Origen y destino de los ingresos de un Municipio Cada municipio obtiene los recursos económicos, o sea, el dinero, del pago de impuestos, éstos son obligaciones que el municipio impone a sus vecinos. Se trata por ejemplo de tasas de alumbrado, barrido y limpieza, permisos de edificación, multas, etc. A veces, además, los municipios reciben subvenciones, es decir, ayuda en dinero, de las autoridades provinciales para realizar obras de gran envergadura que el municipio no puede afrontar como construir un hospital o una escuela. Para cubrir los gastos y brindar los servicios, necesita anualmente presentar un proyecto de presupuesto al Concejo Deliberante para que estudie y apruebe dicho proyecto. Después de aprobarlo, el Concejo Deliberante fija el monto de los impuestos municipales. Si un habitante del Municipio no paga los impuestos es sancionado con multas o recargos u otras penas por el Tribunal de Faltas.

Un caso particular: La Ciudad de Buenos Aires como capital del Estado. Evolución histórica y autoridades. La Ciudad de Buenos Aires tiene un régimen especial. El caso de la Capital Federal o Ciudad Autónoma de Bs. As. hay que analizarlo por separado y para eso hay que remontarse en el tiempo... Un poco de historia... Después de la caída de Rosas en 1852, el poder político quedó en manos de Urquiza quien declara a la Ciudad de Buenos Aires como Capital de la Confederación y asiento de las autoridades federales, pero esto no pudo cumplirse porque Bs. As. se había separado del resto de la Confederación. Bs. As. funcionaba como un estado independiente. Tenía territorio propio, Constitución y sus propias autoridades. La Confederación fijó su capital en Paraná, delegó el poder en Urquiza y comenzó a luchar con el ejército porteño hasta que, venciéndolo en la batalla de Cepeda, logra incorporar a la provincia de Bs. As. al resto de la Confederación. Pero la cuestión de dónde iba a estar la Capital de la República queda sin resolver hasta 1880, cuando el presidente Avellaneda derrota al gobernador Tejedor y el Congreso Nacional declara Capital de la República a la ciudad de Bs. As. Desde 1880, el Presidente reside en la Capital Federal y es la máxima autoridad nacional y también del gobierno de la ciudad de Buenos Aires. Para entender esto hay que tener en cuenta dos reformas constitucionales. Una fue en 1860, luego de que Bs. As. se incorporara a la Confederación. Allí se aclara que la

Capital Federal no es autónoma, sino que el Presidente de la Nación es el jefe inmediato y local de la Capital, pero delega esa atribución en un funcionario que él designa, el Intendente.

Un caso particular: La Ciudad de Buenos Aires como gobierno autónomo. Al intendente de la Ciudad lo elegía el presidente. Esto fue así hasta 1994. La Reforma Constitucional de 1994 modificó nuevamente la situación institucional de la Capital. Allí se estableció que la Ciudad de Bs. As. se iba a convertir en autónoma, es decir, tener autoridades, leyes y policía propias y por eso dictó su propia Constitución en 1996. Al jefe del Ejecutivo de la Ciudad se lo dejó de llamar Intendente y pasó a llamarse Jefe de Gobierno. Aníbal Ibarra (Ex jefe de Gobierno) Jorge Telerman (Actual jefe de Gobierno)

Si bien la Ciudad de Buenos Aires tiene Constitución propia, hay aspectos que no se han aplicado aún. Por ejemplo: los servicios de seguridad, como lo establece en su artículo 34. De modo tal que la Policía Federal, que depende del Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio del Interior, se sigue encargando de la seguridad en la Ciudad. Lo mismo pasa con la Justicia y el puerto. Ambas cuestiones todavía son administradas por el gobierno federal y no por el de la Ciudad Autónoma. Esto significa que aún no está totalmente consolidada la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires. La Ciudad de Bs. As. no depende de ninguna provincia, no es un municipio, pero tampoco una provincia, aunque tenga este status, sino que es un estado autónomo con algunos aspectos aún no reglamentados, aunque si expresados en su Constitución. En la Ciudad de Buenos Aires hay división de poderes como en las demás provincias o municipios o como en el mismo estado nacional. El Poder Legislativo está a cargo de la Legislatura, integrada por 60 diputados elegidos por el voto directo y la presidencia la ejerce el Vicejefe de Gobierno. Este organismo se encarga de dictar leyes, declaraciones y resoluciones. Además la Legislatura puede iniciarles a cualquiera de ellos juicio político por no cumplir con sus obligaciones o por mal desempeño de sus funciones públicas. El Poder Ejecutivo es ejercido por un Jefe de Gobierno y un Vicejefe, elegidos en forma directa por cuatro años y pueden ser reelectos por un solo período consecutivo. Otros funcionarios del Ejecutivo son los miembros del Gabinete o Ministros, nombrados y removidos por el Jefe de Gobierno. El jefe de gobierno dirige la administración pública, formula y dirige las políticas públicas y ejecuta las leyes dando a conocer sus actos de gobierno en el Boletín Oficial de la Ciudad.

El Poder Judicial de la Ciudad, está integrado por el Tribunal Superior de Justicia, el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público. Para los jueces y los integrantes del Ministerio Público no hay un plazo en su mandato, conservan sus empleos mientras dure su buena conducta. Hay además otros organismos de control de las acciones de gobierno como la Auditoria General, la Procuración General de la Ciudad, el Ente Regulador único de los servicios públicos, la Defensoría del Pueblo.

Para recordar…



En el sistema federal coexisten tres esferas de gobiernos

Estado Nacional 

Estados Municipales

Estados Provinciales

En todos los Municipios hay, de acuerdo al sistema republicano, división de poderes PODER EJECUTIVO-- Hace cumplir las leyes PODER LEGISLATIVO-- Sanciona las leyes PODER JUDICIAL-- Sanciona a quienes no cumplen las leyes



La Ciudad de Buenos Aires

REGIMEN ESPECIAL AUTONOMA PROPIA CONSTITUCION

NO RESPONDE A NINGUN PODER PROVINCIAL

Estados Caract.

ESTADO NACIONAL

ESTADO PROVINCIAL

ESTADO MUNICIPAL

CD. AUTON. DE BS. AS.

PODER EJECUTIVO

Presidente y Vicepresidente

Gobernador y Vicegobernador

Intendente y Viceintendente

Jefe de Gob.Porteño y Vicejefe

Residencia

Casa Rosada en la Ciudad Autónoma de Bs. As.

Casa de Gobierno en la capital de cada provincia

Municipalidad en la localidad cabecera de Municipio, Partido, Intendencia o Departamento.

Palacio Municipal o Jefatura de Gobierno en la Ciudad Autónoma de Bs. As.

Cámaras de Diputados y Senadores Nacionales

Cámara de Diputados y Senadores Provinciales

Concejales.

Diputados Porteños.

Congreso Nacional y anexos en la Ciudad Autónoma de Bs. As.

Congreso Provincial en la capital de cada provincia.

Concejo Deliberante en la localidad cabecera de cada Municipio.

Legislatura Porteña en la Ciudad Autónoma de Bs. As.

Corte Suprema de Justicia Nacional (Jueces Nacionales y Federales)

Corte Suprema de Justicia Provincial (Jueces Provinciales)

Tribunales de Faltas (Jueces de Falta)

Tribunales de Faltas (Jueces de Faltas)

PODER LEGISLATIVO

Residencia

PODER JUDICIAL

Residencia

Carácter propio

Palacio de Justicia en la Ciudad Autónoma de Bs. As.

Palacio de Justicia en la capital de cada provincia.

Tribunales en la localidad cabecera de cada Municipio.

Edificio del Mercado del Plata en la Ciudad Autónoma de Bs. As.

Es Soberano

Es Autónomo

Es Autárquico

Es Autónomo

Glosario Término

Definición

Federal

Sistema compuesto por estados particulares, cuyos poderes regionales gozan de autonomía en su vida interior.

Impuesto

Tasa

Autonomía

Autárquico

Tributo que se exige en función de la capacidad económica de los obligados a su pago. Tributo que se impone al disfrute de ciertos servicios o al ejercicio de ciertas actividades. Potestad que dentro de un Estado tienen las provincias, regiones u otras entidades, para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios. Del griego: poder absoluto. Política de un Estado que intenta bastarse con sus propios recursos. Se aplica al régimen municipal.

P ara n a v e g a r… www.noticiasurbanas.com.ar Brinda toda la información actualizada de la Legislatura Porteña además posee un buscador que te permite consultar sobre distintos sucesos relacionados a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. www.defensoria.gov.ar Brinda información de la Defensoría de la Ciudad de Buenos Aires, encargada de defender los derechos de los habitantes del municipio.

Para ir a visitar…  Legislatura del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires. Perú 130. Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (011)4338-3000  Cabildo de Buenos Aires. Bolívar 65 de la Ciudad de Buenos Aires. (011)4334-1782

Bibliografía utilizada Educación Cívica 1. Editorial Aique

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