ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 1
INTRODUCCION El Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP) se ha convertido en la herramienta más importante en la planificación de las finanzas de las entidades territoriales, puesto que permite visualizar el panorama financiero del municipio en el corto, mediano y largo plazo, lo que debe permitir y garantizar la sostenibilidad de la deuda en un periodo no inferior a 10 años, y con él se puedan analizar las posibilidades de desarrollo y crecimiento del municipio, el mismo debe permitir la proyección y la consecución de los recursos requeridos para el desarrollo de las competencias asignadas en la constitución y La Ley. Su aplicación es prioritaria al gasto público social en la formación bruta de capital y la inversión social con un crecimiento permanente y sostenible en el tiempo, de tal forma que se cumplan lo establecido en la Constitución Política en lo relacionado con la redistribución de la riqueza y el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos. Por lo tanto, la administración Municipal pone a consideración del honorable Concejo Municipal de Fusagasugá el Marco Fiscal de Mediano Plazo, acorde con lo establecido en la Ley 819 de 2003, ley 1483 de 2011 y demás normatividad vigente como la ley 1530 de 2012, ley 1551 de 2012 y Acuerdo 070 de 2013. Este documento presenta un análisis de la evaluación y cumplimiento de las perspectivas y metas contempladas en el MFMP de la vigencia anterior 2015, vigencia actual 2016 al igual que su respectiva actualización, atendiendo las diferentes dinámicas financieras generadas en el transcurso del año fiscal, estableciendo elementos de juicio para valorar la situación económica y de sostenibilidad fiscal del municipio de Fusagasugá para la vigencia 2016, de igual forma el marco fiscal se enmarca dentro de las perspectivas del plan de desarrollo y de la re categorización en segunda categoría, que sin duda tiene unos efectos inmediatos en el crecimiento de los gastos de funcionamiento del concejo, la personería y la administración central, es por ello que se requiere de unos esfuerzos adicionales en materia tributaria y de recaudos de manera sostenible y responsable mantener el crecimiento armónico del municipio y de la misma forma dar cumplimiento a las metas de inversión social y de infraestructura plasmadas en el Plan de desarrollo Municipal.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 2 INFORMACION BASICA Fusagasugá es un Municipio que cuenta con más de 424 años de historia, es la capital de la provincia del Sumapaz en el departamento de Cundinamarca. Es la segunda ciudad más poblada del departamento con 135.860 habitantes en 2016 según proyecciones del DANE. Está ubicada a 59 km al suroccidente de Bogotá, es conocido como "Ciudad Jardín de Colombia", también llamado “Tierra Grata”. La ciudad está ubicada en una meseta bañada por los ríos cuja y chocho rodeada por los cerros Quininí y Fusacatán que conforman el valle de los Sutagaos. El territorio fusagasugueño se halla entre los 550 a los 3.050 metros sobre el nivel del mar, el perímetro urbano se encuentra en una altura promedio de 1.765 metros sobre el nivel del mar con una temperatura promedio de 20 °c. Los Límites del Municipio son los siguientes: Norte: con los municipios de Silvania y Sibaté Sur: con los municipios de Arbeláez e Icononzo Oriente: con los municipios de Pasca y Sibaté Occidente: con los municipios de Tibacuy y Silvania El Municipio cuenta con una extensión total de 194.1 kilómetros cuadrados, con 180.25 kilómetros cuadrados en el área rural y la zona urbana con una superficie de 13,85 kilómetros cuadrados distribuidos en seis comunas y cinco corregimientos.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 3 Comunas: Norte, Centro, Oriental, Sur Oriental, Occidental y Sur Occidental. COMUNA NORTE: Integrada por los siguientes barrios: La Independencia, San Antonio, Mi Tesoro, Villa Armerita, La Esmeralda I, La Esmeralda II, El Lucero, Carlos Lleras, El Progreso, Los Fundadores, El Edén, La Nueva Esperanza, Los Andes, José Antonio Galán, Santa Librada, Gaitán I, Gaitán II, La Florida, La Cabaña, los que por omisión faltaren y todos aquellos desarrollos que en el futuro se adelanten dentro del territorio delimitado para esta comuna. COMUNA ORIENTAL: Integrada por los siguientes barrios: Los Robles, El Mirador de Boneth, Coburgo, El Tejar, Bella Vista, Bella vista II, Altos de Pekín, Pekín, Cedritos, Santa María de los Ángeles, villa Aránzazu, Antonio Nariño, los que por omisión faltaren y todos aquellos desarrollos que en el futuro se adelanten dentro del territorio delimitado para esta Comuna. COMUNA CENTRO. Integrada por los siguientes Barrios: Santander, Emilio Sierra, Centro, Potosí, Luxemburgo, Olaya, los que por omisión faltaren y todos aquellos desarrollos que en el futuro se adelanten dentro del territorio delimitado para esta comuna. COMUNA SUR – ORIENTAL Integrada por los siguientes barrios: Balmoral, Florida Blanca, El Mirador, Pablo Bello, Pardo Leal, Santa Rosa, Fusacatán, Los Comuneros, Prados de Bethel, Prados de Alta Gracia, Las Delicias, El Obrero, La Macarena, San Fernando I, San Fernando II, Santa Bárbara, Villa Leidy y todos aquellos desarrollos que en el futuro se adelanten dentro del territorio delimitado para esta comuna. COMUNA OCCIDENTAL. Integrada por los siguientes barrios, Manila, San Mateo, Santa Ana Campestre, Teresita I, Teresita II, Teresita III, Quintas del Manila, Santa Anita, Piedra Grande, Villa Country, El Caribe, Fontanar, San Jorge, Ciudadela Cootransfusa, Mandalay, Antiguo Balmoral, Nuevo Balmoral y Marsella. COMUNA SUR – OCCIDENTAL Integrada por los siguientes barrios: Quince de Mayo, Villa Patricia, San Marcos, Los Cámbulos, la Gran Colombia, El Futuro, Maíz Amarillo, La Venta, La Pampa, La Caja Agraria, San Martín de los Olivos, Comfenalco, Villa Rosita, Altamira, Llano Largo, Llano Verde, Llano Alto San Francisco, Ciudad Jardín, Ciudad Ebén-Ezer, Girasoles y todos aquellos desarrollos que en el futuro se adelanten dentro del territorio delimitado para esta Comuna. De igual manera, reconózcanse en la zona rural del Municipio de Fusagasugá los siguientes Corregimientos, tal y como lo contempla el Acuerdo 34 del 30 de noviembre de 2006: Corregimientos: Norte, Oriental, Occidental, Sur-Occidental y Sur-Oriental.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 4 CORREGIMIENTO NORTE: compuesto por 7 veredas PARTE ALTA DE PIAMONTE, TIERRA NEGRA, EL BERMEJAL, LA AGUADITA, LOS ROBLES, SAN RAFAEL Y PARTE ALTA DE USATAMA. CORREGIMIENTO ORIENTAL: está compuesto por 7 veredas: EL JORDAN, LA PALMA, PEKIN, LOS SAUCES, EL BETHEL, MOSQUERAL Y PARTE SUR DE LA VENTA. CORREGIMIENTO OCCIDENTAL: está compuesto por 8 veredas: VIENA, BOSACHOQUE, EL CUCHARAL, EL NOVILLERO, PARTE NORTE DE LA VENTA, EL RESGUADO, PARTE BAJA DE USATAMA Y PARTE BAJA DE PIAMONTE. CORREGIMIENTO SUR – ORIENTAL: está compuesto por 12 veredas: LA ISLA, SARDINAS, BOCHICA, GUAYABAL, EL GUAVIO, BATAN, SANTA LUCIA, EL CARMEN, PALACIOS, MESITAS, ESPINALITO Y EL PLACER. CORREGIMIENTO SUR – OCCIDENTAL: está compuesto por 4 veredas: SANTA MARÍA, SAN ANTONIO y LA PUERTA, EL TRIUNFO. Centros poblados: LA AGUADITA: Ubicado en el Corregimiento Norte, sobre la vía Departamental que conduce de Fusagasugá a Sibaté, cuenta con un área aproximada de 4.481.26 metros cuadrados. El TRIUNFO: Ubicado adyacente a la vía Panamericana en la Vereda el Triunfo del Corregimiento sur occidental en límites con el Municipio de Icononzo. Cuenta con un área aproximada de 80.972.39 metros cuadrados. LA CASCADA: Ubicado adyacente a la vía panamericana vía Fusagasugá Silvania en la vereda Usatama del corregimiento norte. Cuenta con un área aproximada de 17.723.24 metros cuadrados.
CAPÍTULO PRIMERO DIAGNÓSTICO
El índice de precios al consumidor (IPC) mide la evolución del costo promedio de una canasta de bienes y servicios representativa del consumo final de los hogares, expresado en relación con un período base. El cálculo del IPC para Colombia se hace mensualmente en el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) y para este año presenta una variación anual acumulada a agosto de 2016 de 8,1%.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 5 El comportamiento de los ingresos del Municipio de Fusagasugá durante los últimos 4 años ha sido de crecimiento continuo al pasar de $ 93.895 millones en el 2012 a $ 176.151 millones en el 2015 mostrando un incremento del 86% en el periodo, siendo el componente de los ingresos tributarios y no tributarios uno de los más importantes al lograr un aumento del 99% en el periodo. 2012 CONCEPTO
2013
2014
VARIACIÓN
2015
VARIACIÓN
VARIACIÓN
ACUMULADO
PART.%
ACUMULADO
PART.%
(2012/2013)
ING TRIB UT. y NO TRIB UTA
24.191.827
25,76%
33.542.750
25,85%
39%
41.229.059
24,74%
TRA NSFERENCIA S
38.633.542
41,15%
52.141.509
40,18%
35%
52.593.426
33,36%
2%
51.259.088
29,10%
23.519.938
25,05%
31.914.045
24,59%
36%
34.093.180
22,15%
11%
37.024.237
21,02%
8%
7.550.365
8,04%
12.107.683
9,33%
60%
31.455.901
19,68%
160%
39.671.606
22,52%
26%
-
0,00%
75.928
0,06%
#¡VALOR!
113.073
0,07%
51%
1971
0,00%
-100%
93.895.672
100%
129.781.919
100%
38%
159.484.639
100%
23%
176.151.403
100%
11%
FONDOS TERRITORIA L. RECURSOS DE CA P ITA L REGA LÍA S Y COM P ENSA CI TOTA L
ACUMULADO
PART.%
(2013/2014)
ACUMULADO
PART.%
(2014/2015)
18%
48.194.501
27,36%
17% -9%
INGRESOS En lo corrido del 2016 con corte al mes de septiembre los ingresos alcanzan la cifra de $ 126.074 millones de los cuales los ingreso tributarios y no tributarios llegan a $ 42.141 millones y equivalen a una participación en el total de los ingresos del 33% y corresponden a una ejecución a la fecha del 85% sobre el estimado para la vigencia fiscal. SEP 2016 CONCEPTO
EJECUCION (ESTIMADO/EJE
ESTIMADO
ACUMULADO
PART.%
ING TRIB UT. Y NO TRIB UTA
49.485.883
42.141.249
33,31%
85%
TRA NSFERENCIA S
51.729.101
34.248.836
27,07%
66%
40.391.422
26.838.544
21,22%
66%
23.846.233
23.273.499
18,40%
98%
0
0
0,00%
165.452.639
126.502.128
100%
FONDOS TERRITORIA L. RECURSOS DE CA P ITA L REGA LÍA S Y COM P ENSA CI TOTA L
CUTADO)
76%
Con proyección al 31 de diciembre de 2016 los ingresos pueden alcanzar los $ 163.188 millones equivalentes a un ejecución del 98%. PROYECTADO DIC 2016 CONCEPTO
ING TRIBUT. Y NO TRIBUTA
ESTIMADO
ACUMULADO
PART.%
49.485.883
48.665.591
29,82%
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 6 TRANSFERENCIAS
51.729.101
51.280.328
31,42%
FONDOS TERRITORIAL.
40.391.422
39.968.730
24,49%
RECURSOS DE CAPITAL
23.846.233
23.273.499
14,26%
0
0
0,00%
165.452.639
163.188.148
100%
REGALÍAS Y COMPENSACI TOTAL
Ingresos Tributarios y No tributarios. Los ingresos tributarios lo conforman los impuestos directos que son el impuesto predial unificado y la participación ambiental a la CAR y los impuestos indirectos conformados por el impuesto de industria y comercio, otros impuestos indirectos (publicidad exterior, impuesto de delineación, al deporte, degüello, sobretasa bomberil, estampilla pro cultura, estampilla adulto, sobretasa a la gasolina y alumbrado público) Los no tributarios están conformados por tasas, intereses, multas, paz y salvos, derechos sobre licencias y otros servicios de planeación, derechos sobre eventos turísticos, contribuciones para el deporte, servicios plaza de mercado, servicio sacrificio de ganado, servicios de tránsito y transporte, arrendamientos de bienes inmuebles, alquiler maquinaria y equipo, y otros ingresos no tributarios. Los ingresos tributarios y no tributarios con proyección al 31 de diciembre de 2016 pueden presentar el siguiente comportamiento.
RUBRO 1 11 111 1111 111112 111113 1112 111211 111212 112 1121 1122 11221
CONCEPTOS DEL INGRESO INGRESOS TOTALES TOTAL INGRESOS CORRIENTES TRIBUTARIOS IMPUESTOS DIRECTOS IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO PARTICIPACION AMBIENTAL IMPUESTOS INDIRECTOS IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO OTROS IMPUESTOS INDIRECTOS NO TRIBUTARIOS TASAS, TARIFAS Y DERECHOS MULTAS, INTERESES Y SANCIONES MULTAS
PROYECCION DICIEMBRE 154.198.188.742 48.665.591.152 43.767.659.740 24.672.836.365 20.615.230.866 3.638.040.179 19.094.823.375 5.573.271.441 12.757.330.554 4.897.931.412 883.480.014 2.312.596.190 729.042.130
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 7 11222 11223 1123 1124 1125
INTERESES MORATORIOS SANCIONES PARTICIPACIONES Y CONTRIBUCIONES VENTA DE BIENES Y SERVICIOS RENTAS CONTRACTUALES
1.436.892.130 146.661.929 234.665.886 1.383.112.166 80.077.156
Ingresos por Transferencias. El componente de transferencias que corresponde a los recursos del sistema general de participaciones (SGP) para los sectores educación, salud, agua potable y saneamiento básico y propósito general en el cual se encuentran las participaciones para deporte, para cultura y de propósito general sumados a los convenios tanto de índole Nacional como Departamental y pueden presentar el siguiente comportamiento a diciembre 31 de 2016: 12 121 1211 12111 12112 12113 12114 1211401 1211402 1211403 1211404 1213 121301 121305 121309
TRANSFERENCIAS 51.280.328.392 TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN 51.280.328.392 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 49.576.943.790 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES SECTOR EDUCACION 41.980.922.238 SISTEMA GENERAL FORZOSA INVERSION DE PARTICIPACION PROPOSITO 2.952.334.551 GENERAL AGUA POTABLE Y SANEA SGP POR CRECIMIENTO DE LA ECONOMIA 215.088.519 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES PROPÓSITO GENERAL 4.428.598.482 S.G.P. PROPOSITO GENERAL - DEPORTE 354.287.879 S.G.P. PROPOSITO GENERAL- CULTURA 265.715.908 S.G.P. PROPOSITO GENERAL- OTROS SECTORES (LIBRE INVERSION) 3.365.734.847 S.G.P. FONPET 442.859.848 TRANSFERENCIAS DEL NIVEL NACIONAL PARA INVERSION 1.703.384.602 Convenios Nacionales Para Infraestructura - CONVENIOS NACIONALES 260.000.000 Convenios Nacionales Cespa - CONVENIO REGIONAL - CESPA 6.962.798 Convenios Nacionales MEN (Alimentación escolar) - CONVENIOS NACIONALES 1.436.421.804
Ingresos por Fondos Territoriales. El componente de fondos territoriales dentro de los cuales se destaca el fondo local de salud con una participación del más del 99% de participación, puede presentar un comportamiento al cierre de la vigencia fiscal de 2016, así:
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 8 13 131 133 134 136 1361 1362 13621 1362102 1362103 13622 136221 13622108 13622109
FONDOS TERRITORIALES 39.968.730.124 FONDO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL CIUDAD EBEN EZER 56.594.204 FONDO DE SOLIDARIDAD MUNICIPAL 18.000 FONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA (LEY 418 DE 1997) 171.315.361 FONDO LOCAL DE SALUD 39.740.802.559 RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 14.763.466.594 OTROS RECURSOS DEL FONDO LOCAL DE SALUD 24.933.330.129 FOSYGA Y OTROS RECURSOS 20.953.853.776 Recursos COLJUEGOS CSF - COLJUEGOS SSF 876.748.023 Recursos Transferidos Por el Departamento Para Régimen Subsidiado. - REC. DEPTO. 3.102.728.330 PARA REG. SUBSIDIADO RECURSOS DE CAPITAL 44.005.836 FINANCIACION OTROS GASTOS DE SALUD SSF 44.005.836 De Recursos SGP Règimen Subsidiado - REND FROS SGP REGIMEN SUBSIDIADO37.500.029 De Recursos SGP Salud Pùblica - REND FROS SGP SALUD PUBLICA 6.505.807
Ingresos recursos de Capital Conformado por los rendimientos financieros, por los créditos internos o externos, por los recursos de balance y por los reintegros, estos pueden alcanzar a 31 de diciembre de 2016 los siguientes valores: 14 141 1411 1412 1414 143 14301 14501
RECURSOS DE CAPITAL RENDIMIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS PROVENIENTES DE RECURSOS DE LIBRE DESTINACIÓN PROVENIENTES DE RECURSOS CON DESTINACIÓN ESPECIFICA OTROS RECURSOS CON DESTINACIÓN ESPECÍFICA RECURSOS DEL BALANCE SUPERAVIT FISCAL REINTEGROS
23.273.501.279 160.749.901 124.552.479 11.197.054 7.785.401 23.112.751.379 22.326.828.432 785.922.947
GASTOS El comportamiento de los gastos del Municipio de Fusagasugá en los últimos 4 años ha sido igualmente creciente, al pasar de $ 94,150 millones en el año 2012 a $ 145.348 millones en el año 2015 lo que representa un incremento del 54%. El principal renglón dentro de los gastos, es el de inversión el cual paso de $ 65.889 en el año 2012 a $ 110.886 millones en el 2015 equivalentes a un 68%, tal como se puede ver en el siguiente cuadro. 2012 CONCEPTO GA STOS FUNCIOA NM IENTO SERVICIO DE LA DEUDA GA STOS DE INVERSION
2013
2014
VARIACIÓN
2015
VARIACIÓN
VARIACIÓN
ACUMULADO
PART.%
ACUMULADO
PART.%
(2012/2013)
ACUMULADO
PART.%
(2013/2014)
ACUMULADO
PART.%
(2014/2015)
14.182.311
15,06%
13.896.617
12,39%
-2%
15.857.762
13,15%
14%
19.317.003
13,29%
21%
1.884.704
2,00%
1.392.138
1,24%
-26%
1.243.683
1,03%
-11%
1.394.753
0,96%
12%
65.889.915
69,98%
93.363.354
83,21%
42%
97.336.580
80,70%
4%
110.786.911
76,22%
14%
CXP
6.893.347
7,32%
306.728
0,27%
0%
4.589.549
3,80%
1496%
4.596.036
3,16%
1%
RESERVA S
5.300.639
0,00%
3.237.633
0,00%
0
1.593.564
1,32%
0%
9.254.058
6,37%
580%
94.150.916
100%
112.196.470
100%
22%
120.621.138
100%
9%
145.348.761
100%
21%
TOTA L
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 9 Con corte a septiembre 30 de 2016 los gastos alcanzan la suma de $ 91.021 millones de los cuales, el 75% corresponde a gastos de inversión, el 16% corresponde a gastos de funcionamiento, el 7 % está representado en las reservas y cuentas por pagar y el 1% restante al servicio de la deuda. El porcentaje de ejecución a este corte alcanza en su totalidad el 54% de lo estimado inicialmente.
SEP 2016 CONCEPTO
EJECUCION PART.% (ESTIMADO/EJECUTADO)
ESTIMADO
ACUMULADO
GASTOS FUNCIONAMIENTO
23.797.995
15.023.492
16,51%
63%
SERVICIO DE LA DEUDA
1.387.943
646.719
0,71%
47%
GASTOS DE INVERSION
132.625.628
68.551.601
75,31%
52%
4.340.713
4.281.882
4,70%
99%
CXP RESERVAS
7.735.379 TOTAL
169.887.658
2,77%
2.517.565 91.021.259
100%
54%
Proyectando las ejecuciones a diciembre 31 de 2016 estas llegarían a $ 150.912 millones de los cuales los gastos de inversión podrían llegar al 78% del total de la ejecución, los gastos de funcionamiento llegarían al 15%,las cuentas por pagar y las reservas estarían en un 7% y el servicio de la deuda en un 1%.
CONCEPTO
PROYECTADO DICIEMBRE 2016
EJECUCION PART.% (ESTIMADO/PROYECTADO)
ESTIMADO
ACUMULADO
GASTOS FUNCIONAMIENTO
23.797.995
22.416.375
14,85%
94%
SERVICIO DE LA DEUDA
1.387.943
862.293
0,57%
62%
GASTOS DE INVERSION
132.625.628
117.586.032
77,92%
89%
4.340.713
4.281.882
2,84%
99%
CXP RESERVAS
7.735.379 TOTAL
169.887.658
5.765.434
3,82%
150.912.016
100%
89%
Gastos de Funcionamiento.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 10 Los gastos de funcionamiento pueden alcanzar a 31 de diciembre de 2016 los $ 22.416 millones y están conformados por las secciones Concejo Municipal, Personería Municipal, Administración Central, Secretaria de Educación y Secretaria de Salud, cada una de las secciones dividida en gastos de personal, gastos generales y transferencias de ley en el caso de la Administración Central.
RUBRO
CONCEPTOS DEL GASTO GASTOS TOTALES GASTOS CORRIENTES DE FUNCIONAMIENTO SECCION 001 CONCEJO MUNICIPAL SECCION 002 PERSONERIA MUNICIPAL SECCION 003 - GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRACION CENTRAL GASTOS DE PERSONAL GASTOS GENERALES TRANSFERENCIAS CORRIENTES SECCION 004 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO SECRETARIA DE EDUCACION GASTOS DE PERSONAL SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA GASTOS GENERALES SECCION 005 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO SECRETARIA DE SALUD GASTOS DE PERSONAL SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NOMINA GASTOS GENERALES ADQUISICIÓN DE SERVICIOS
2 21 211 212 213 2131 2132 2133 214 2141 21411 2142 215 2151 21511 2152 21521
PROYECCION DICIEMBRE 140.864.700.882 22.416.375.203 1.336.966.344 621.233.477 19.111.186.085 9.823.468.259 2.078.230.286 7.209.487.540 763.589.553 755.589.553 457.800.000 8.000.000 583.399.744 577.309.744 381.500.000 6.090.000 6.090.000
Servicio de la deuda. El servicio de la deuda puede alcanzar la cifra de $ 862 millones al finalizar este periodo fiscal y atiende al pago de las amortizaciones a capital así como los intereses pagados, de acuerdo al plan de pagos acordado con las entidades que efectuaron los empréstitos. 22 2211 221101 221101 221102 221102 2212 221201 221201
9031 9031
9031
DEUDA PUBLICA SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA PUBLICA FINANCIERA Pago Intereses R.P. LIBRE DESTINACION Amortización Capital R.P. LIBRE DESTINACION DEFICIT FISCAL Programación Reducción del Deficit Fiscal R.P. LIBRE DESTINACION
862.292.844 862.292.844 187.292.844 187.292.844 675.000.000 675.000.000 0 0 0
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 11
Gastos de Inversión. De acuerdo a la proyección que se tiene para el año 2016, estos pueden estar por el orden de los $ 117.586 millones, de los cuales educación llegara a $ 48.281 millones, salud con $ 39.693, agua potable y saneamiento básico con $ 2.972 millones, deportes con $ 1.064 millones, cultura con $ 721 millones y otros sectores de inversión con $ 21.178 millones.
RUBRO 23 231 232 233 234 2341 2342 2343 234301 234302 234303 234304 234305 234306 234307 234308 234309 234310 234311 234312 234313 234314 234315 234316
CONCEPTOS DEL GASTO GASTOS DE INVERSION SECTOR 01 EDUCACIÓN SECTOR 02 SALUD SECTOR 03 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO SECTOR 04 PROPOSITO GENERAL SECTOR DEPORTE SECTOR CULTURA OTROS SECTORES DE INVERSIÓN SECTOR SERVICIOS PUBLICOS SECTOR DE VIVIENDA SECTOR AGROPECUARIO Y RURALIDAD SECTOR DE VIAS, TRANSPORTE Y MOVILIDAD SECTOR DEL MEDIO AMBIENTE SECTOR CENTROS DE RECLUSION SECTOR PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES SECTOR DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCTIVIDAD SECTOR DE PROMOCION AL DESARROLLO TURISTICO SECTOR ATENCION A GRUPOS VULNERABLES Y PROMOCION SECTOR VICTIMAS DESPLAZADAS POR LA VIOLENCIA SECTOR EQUIPAMIENTO MUNICIPAL Y BIENES PUBLICOS SECTOR DE PARTICIPACION CIUDADANA Y TRANSPARENCIA SECTOR DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL SECTOR TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES SECTOR JUSTICIA, SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA
PROYECCION DICIEMBRE 117.586.032.835 48.281.653.831 39.693.721.941 2.972.952.657 22.963.923.312 1.064.570.012 720.895.475 21.178.457.825 2.066.399.860 1.820.147.001 1.378.140.360 5.181.597.809 182.473.088 77.890.000 1.225.898.700 148.661.975 603.051.325 2.168.664.278 67.870.400 1.092.389.105 242.500.000 1.702.786.475 1.176.704.548 2.043.282.900
INDICADOR DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Los ingresos corrientes de libre destinación han mostrado un comportamiento positivo con incrementos del 20% en el año 2013, 25% en el año 2014 y 16% en el 2015 alcanzando en este último año la suma de $ 38.712 millones equivalentes a 60.079 salarios mínimos legales mensuales vigentes con lo cual el Municipio accede a la categoría segunda.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 12 CONCEPTO
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION INDICADOR DE LEY 617
2012
2013
2014
2015
20.405.876
27.211.776
33.481.366
38.712.299
59,81%
40,85%
47,34%
39,66%
LIMITE LEGAL
70%
70%
70%
70%
SMLMV
36.008
48.018
54.353
60.079
De acuerdo a las estimaciones para la vigencia 2016 la categoría segunda se mantiene y se pueden alcanzar ingresos cercanos a los 60.211 salarios mínimos mensuales legales vigentes que corresponden a unos ingresos corrientes de libre destinación del orden de $ 41.513 millones que al compararlos contra unos gastos de funcionamiento para esta misma vigencia y que se utilizan para el cálculo del indicador por valor de $ 17.316 millones, estaríamos en un 41,72% muy por debajo del límite legal.
CONCEPTO
2016
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION
41.513.218
INDICADOR DE LEY 617
41,72%
LIMITE LEGAL
70%
SMLMV
60.211
CAPÍTULO SEGUNDO MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO RESULTADOS DE LA VIGENCIA FISCAL ANTERIOR La Ley 819 de 2003, con el objetivo de promover la responsabilidad en las finanzas territoriales, estableció el Marco Fiscal de Mediano Plazo, el cual retoma el Plan financiero establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto municipal y normas complementarias, como base para iniciar el proceso de presupuestación y garantizar la sostenibilidad financiera del municipio en el mediano plazo. Durante la vigencia fiscal de 2015 la situación fiscal del Municipio es ampliamente favorable ya que con sus $ 176.151 millones de ingresos pudo atender plenamente la totalidad de sus gastos de funcionamiento, el servicio de la deuda y los gastos de Inversión de la vigencia, atendiendo oportunamente las cuentas por pagar y las reservas resultantes de la vigencia anterior, quedando un remanente fiscal de $ 30.803 millones para atender las reservas y las cuentas por pagar que se harán efectivas en la vigencia 2016 y el resto como superávit fiscal para
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 13 incorporarlo como recursos de balance para financiar el plan de desarrollo en lo que respecta para el año 2016. INGRESOS ING TRIBUT. Y NO TRIBUTARIOS
GASTOS
TRANSFERENCIAS
48.194.501 51.259.088
GASTOS FUNCIONAMIENTO SERVICIO DE LA DEUDA
FONDOS TERRITORIAL.
37.024.237
GASTOS DE INVERSION
RECURSOS DE CAPITAL
39.671.606
CXP
REGALÍAS Y COMPENSACIONES
TOTALES
1.971
176.151.403
19.317.003 1.394.753 110.786.911 4.596.036
RESERVAS
9.254.058
TOTALES
145.348.761
Respecto de los indicadores de ley 617 de 2000 el Municipio de Fusagasugá no ha tenido inconvenientes en mantener este indicador muy por debajo de los porcentajes establecidos por ley tanto para entes territoriales de tercera y como para los de segunda categoría, dicho indicador en el 2012 fue de 59,81%, para el 2013 fue de , para 2014 fue de 47,34 y para el 2015 fue de 39,66% cuando el límite de gastos máximo es del 70%. Los pasivos ciertos que corresponden a las cuentas por pagar a 31 de diciembre de 2015 que alcanzan la suma de $ 4.340 millones no afectan significativamente la capacidad fiscal del Municipio y a corte de septiembre de 2016 ya han sido canceladas en su totalidad. Las reservas que se constituyeron al finalizar la vigencia de 2015 por valor de $ 7.735 millones ya en septiembre de 2016 se habían ejecutado y cancelado por valor de $ 2.517 millones, esperando que al final del año 2016 y de acuerdo a las proyecciones estas puedan alcanzar una cifra superior a los $ 5.765 millones. Los pasivos contingentes están debidamente fondeados y el cálculo actuarial está cubierto en un porcentaje superior al 110%. El saldo de la deuda es moderado y con corte de Septiembre de 2016 asciende a la suma de $1.781 millones, las amortizaciones y los intereses se están pagando oportunamente de acuerdo al plan establecido y se terminara de cancelar en el segundo trimestre de 2019. El Municipio de Fusagasugá tiene una capacidad de endeudamiento total de más de $ 30.000 millones de acuerdo a certificación expedida por planeación Departamental. En la actualidad respecto de las vigencias futuras y según acuerdo Municipal No 015 de 2009 el Municipio se vinculó al plan Departamental para el manejo de los servicios de agua potable y saneamiento básico DPDA con el Departamento de Cundinamarca, recursos que son manejados por el Patrimonio Autónomo FIA y compromete un porcentaje de los recursos del
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 14 SGP para agua potable y que son girados directamente por el Ministerio al patrimonio autónomo hasta el año 2029. COSTO FISCAL DE LAS EXENCIONES VIGENTES Las exenciones que en la actualidad existen en el Municipio de Fusagasugá, esta contempladas en los artículos 19, 42, 56, 58 y 101 del acuerdo No 78 de 2013 y se vienen aplicando desde varios años atrás y su incidencia en las finanzas Municipales no es significativa ya que con medidas de eficiencia fiscal y administrativa se minimiza su impacto, por lo tanto no afectan la disponibilidad futura de recursos. PASIVOS EXIGIBLES Y CONTINGENTES Los pasivos contingentes se constituyen en las obligaciones pecuniarias sometidas a condición, es decir, aquellas en virtud de las cuales la entidad territorial estipula contractualmente a favor de un tercero, el pago de una suma de dinero determinada o determinable a partir de factores identificados, por la ocurrencia de un hecho futuro incierto. Para efectos del MFMP los pasivos contingentes deberán tener una valoración numérica y su existencia obliga incluso a crear un fondo para contingencias cuyo valor dependerá del monto de contingencias y de la probabilidad de que se convierta en realidad. Las mediciones de los pasivos contingentes no incluyen algunas obligaciones que el municipio debe comprometer en algún momento futuro. Esto se debe a las características propias de este tipo de obligaciones que hacen que no sea posible tenerlas en cuenta en las mediciones del pasivo explícito de la entidad territorial. Sin embargo al igual que en el marco Fiscal de Mediano Plazo de la vigencia anterior se realiza un análisis de los principales pasivos del municipio. BONOS PENSIONALES En materia de bonos pensiónales, la entidad territorial contempla el pago de acreencias exigibles por concepto de cuotas partes pensiónales por valor de $ 239.095 al terminar la vigencia de 2016. CESANTIAS Y PAGOS LABORALES En lo que respecta a transferencia para el cubrimiento de cesantías retroactivas , en el año 2016 se trasladaron a los fondos constituidos para tal fin la suma de $ 708 millones.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 15
COSTO DE PROYECTOS DE ACUERDO En la vigencia de 2015 fueron aprobados 16 Acuerdos Municipales siendo el primero de ellos el No 109 de febrero 6 por medio del cual se modifica el estatuto de rentas del Municipio y el Acuerdo No 126 de diciembre 30 de 2015 fue el último aprobado en la vigencia mediante el cual se deroga el Acuerdo 35 de 2003, los demás acuerdos se relacionan a continuación. ACUERDOS APROBADOS EN EL 2015 6 feb.
ACUERDO No. 109 DE 2015 MODIFICA ESTATUTO DE RENTAS.pdf
6 feb.
ACUERDO No. 110 DE 2015 CREA FONDO DE EDUCACION.pdf
6 mar.
ACUERDO No. 111 DE 2015 DONACION AL SENA.pdf
6 mar.
ACUERDO No. 112 DE 2015 TRANSFIERE A LA VIVIENDA GRATUITA DEL GOBIERNO NACIONAL.pdf
27 may.
ACUERDO No. 113 DE 2015 PLAN DIDÁCTICO Y PEDAGÓGICO.pdf
22 may.
ACUERDO No. 114 DE 2015 RED MUNICIPAL DE BIBLIOTECAS.pdf
27 abr.
ACUERDO No. 115 DE 2015 DONACIÓN SENA.pdf
14 may.
ACUERDO No. 116 DE 2015 CONSEJOS COMUNALES O CORREGIMENTALES.pdf
14 may.
ACUERDO No. 117 DE 2015 SE CREA EL OBSERVATORIO POLÍTICO Y DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA.pdf
9 jul.
ACUERDO No. 118 DE 2015 SALARIO ALCALDE 2015.pdf
16 jul. 26 oct. 10-nov 02-dic 30-dic 30-dic
ACUERDO No. 119 DE 2015 VIVIENDA EL ALCAZÁR.pdf ACUERDO No. 122 DE 2015 CREACIÓN RUBRO.pdf ACUERDO No. 123 DE 2015 CONVOCATORIA CONCURSO MERITOS PARA PERSONERO.pdf ACUERDO No. 124 DE 2015 EXPIDE PRESUPUESTO VIGENCIA 2016.pdf ACUERDO No. 125 DE 2015 AUTORIZACION AL ALCALDE TRANSFERIR PROPIEDAD DE INMUEBLE.pdf ACUERDO No. 126 DE 2015 DEROGA ACUERDO 35-2003 NO9MENCLATURA VIAL.pdf
En lo que va corrido de la vigencia de 2016 (septiembre 30), han sido aprobados 20 Acuerdos Municipales, siendo el primero el promulgado el 14 de enero de 2016 mediante el cual se modifica el Acuerdo 100 de 2015, y el Acuerdo No 21 ha sido el último hasta el momento, mediante el cual se derogan los Acuerdos 104 y 107 de 2014, a continuación un listado de los Acuerdos promulgados en esta vigencia. ACUERDOS APROBADOS EN EL 2016 14-ene
ACUERDO No. 1 MODIFICA ACUERDO 100 DE 2015 .pdf
26-ene
ACUERDO No. 2 MODIFICA ACUERDO 78 DE 2013-PLAZOS.pdf
26-feb
ACUERDO No. 3 DEROGA ACUERDO 116 DE 2015.pdf
03-mar
ACUERDO No. 4 MODIFICA ACUERDO 119 DE 2015.pdf
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 16 03-mar
ACUERDO No 5 AUTORIZACION ALCALDE SUSCRIBIR CONTRATO DE COMPRAVENTA.pdf
03-mar
ACUERDO No.6 ASIGNACION SALARIAL DEL ALCALDE.pdf
18-may
ACUERDO No. 8 ASIGNACION SALARIAL DEL PERSONERO.pdf
18-may
ACUERDO No. 9 PLAN DE INCENTIVOS PARA DOCENTES.pdf
31-may
ACUERDO No. 10 DE 20LINEAMIENTOS POLITICA PUBLICA HABITANTE DE CALLE.pdf
23-jun
ACUERDO No. 11 PLAN DE DESARROLLO 2016-2019.pdf
23-jun
ACUERDO No. 12 MODIFICACION ACUERDO 17 DE 1995.pdf
29-jun 18-jul 04-ago 04-ago 04-ago 20-sep 08-ago 08-ago 08-ago
ACUERDO No. 13 1MODIFICACION ACUERDO 125 DE 2015.pdf ACUERDO No. 14 ARMONIZACION PRESUPUESTAL 2016.pdf ACUERDO No. 15 FACULTADES AL ALCALDE CONSTITUIR SOCIEDAD DE ECONOMI AMIXTA.pdf ACUERDO No. 16 FACULTADES AL ALCALDE PARA REESTRUCTURACION Y MODERNIZACION 2016.pdf ACUERDO No. 17 AUTORIZACION AL AALCALDE PARA ENAJENAR INMUEBLE.pdf ACUERDO No. 18 REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO.pdf ACUERDO No. 19 AUTORIZACION AL ALCALDE PARA TRADICION DE INMUEBLES.pdf ACUERDO No. 20 MODIFICACION ACUERDO 80 DE 2013.pdf ACUERDO No. 21DEROGA ACUERDOS 104 Y 107 DE 2014.pdf
PLAN FINANCIERO Es un instrumento de planificación y gestión financiera que tiene como base las operaciones efectivas del Municipio. Proyecta los posibles escenarios futuros de las finanzas municipales: ingresos, gastos, déficit y su financiación compatibles con el programa anual de caja. Define objetivos, acciones, responsables y metas de gestión financiera Municipal en el mediano plazo relacionadas con el fortalecimiento financiero y la ejecución del plan de desarrollo. Es así como el Plan Financiero es un elemento estratégico del MFMP, es un componente fundamental del sistema presupuestal define las metas máximas de pagos a efectuarse durante el período de un año, las cuales servirán de base para elaborar el Plan Operativo Anual de Inversiones, el presupuesto y el Programa Anual de Caja Municipal. Es importante para el municipio el desarrollo de políticas financieras estables y responsables que propicien el incremento de la capacidad de inversión del gobierno municipal, mediante el gasto público social, por esta razón, bajo la premisa económica de que los recursos siempre son escasos, la adecuada decisión sobre el gasto permitirá potenciar su eficiencia, racionalización y efectividad, mejorando el nivel de satisfacción de las necesidades básicas de la población. En este sentido, el Plan Financiero Municipal genera los siguientes beneficios:
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 17 •
Permite estructurar una política fiscal y financiera municipal, a un corto y mediano plazo, con el fin de hacer efectivos los propósitos del Plan de Desarrollo y/o del programa de Gobierno.
•
Reivindica el papel de la Alcalde como administrador de lo financiero, quien debe buscar la maximización de los beneficios sociales de su gestión con los diversos y crecientes recursos, por lo tanto el Plan facilita dicha gestión.
•
Adopta las medidas de liquidez y solvencia del municipio, como fundamento del sistema presupuestal.
•
Proyecta de la forma más aproximada posible el comportamiento financiero real del gobierno municipal, para un período determinado.
•
Contribuye al desarrollo de la planeación municipal, en especial a la financiación del Plan de Desarrollo y al diseño e implementación del Plan Operativo Anual de inversiones.
•
Establece las metas máximas de ingresos y pagos, que servirán para la elaboración del plan anual de caja. Permite la reducción del déficit acumulado. Facilita el control, el análisis y la evaluación de la capacidad financiera municipal. Permite detectar si es necesario adoptar un programa de ajuste fiscal en los términos de la Ley 617 de 2000, o bien si la situación amerita solicitar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público acogerse a la Ley 550 de 1999 (acuerdos de reestructuración de pasivos).
• • •
El Plan Financiero Municipal se regula por lo dispuesto en la Ley 819 de 2003 y La Ley 1483 de 2011 y en el contenido del Estatuto Orgánico de Presupuesto Municipal. Como parte del Marco Fiscal de Mediano Plazo, el Plan Financiero debe ser evaluado y revisado continuamente, con el fin de retroalimentar a las autoridades municipales, para: •
Determinar la necesidad de modificaciones presupuéstales considerando el comportamiento de las fuentes de financiación.
•
Para determinar si el municipio debe recurrir a medidas excepcionales, como la adopción de un programa de ajuste fiscal o financiero como se mencionó anteriormente o la promoción de Acuerdos de reestructuración de pasivos, prevista en la Ley 550 de 1999.
•
Para hacer seguimiento, ajustar y garantizar el cumplimiento de las metas.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 18 Considerando el grado de complejidad del municipio por ser de segunda categoría, la elaboración del Plan financiero debe responder a las características fiscales y financieras propias de la entidad territorial, no obstante, aquí se presentan algunos lineamientos básicos para la elaboración del Plan Financiero como parte del Marco Fiscal de Mediano Plazo, los cuales podrán ser enriquecidos según la iniciativa y capacidad de la Administración Municipal. Para su desarrollo se proponen las siguientes etapas de elaboración: Como todo proceso de planeación es parte de un diagnóstico que permita detectar la problemática financiera, las oportunidades, amenazas, fortalezas y debilidades, considerando como mínimo un análisis de: A. Estructura del Financiamiento: Es decir, observar el comportamiento y la tendencia de las fuentes de financiación del municipio. B. Estructura de gastos: Analizar el comportamiento histórico y coyuntural de crecimiento de los gastos. C. Relación entre la estructura de ingresos y la estructura de gastos: situación de déficit o superávit, capacidad de endeudamiento, financiamiento del gasto corriente, cumplimiento de los límites de ajuste a los gastos. D. De la gestión financiera (reforma tributaria, censo de contribuyentes, gestión de recaudo, gestión contable, sistematización de procesos, etc.). E. De la gestión administrativa y su incidencia fiscal. F. De la gestión sectorial desde la perspectiva financiera. Este análisis debe realizarse para los siguientes tiempos: A. Observando la tendencia histórica: mínimo en los tres últimos años, para el caso se han tomado tres años. B. Analizando el comportamiento de la vigencia actual. C. Observando el comportamiento proyectado (pronóstico) con las mismas tendencias para los años, sobre los cuales tendría vigencia el Plan Financiero, para detectar problemas futuros. D. Construyendo soluciones mediante uno o varios escenarios futuros (para el mediano plazo – 10 años), suponiendo estrategias de ajuste con indicadores adecuados a tendencias determinadas partiendo del cumplimiento de políticas de saneamiento fiscal o sostenibilidad del ajuste. El tipo de información financiera mínima a utilizar debe partir de: A. Información estructurada desde la perspectiva presupuestal. A partir del presupuesto ejecutado. B. Información estructurada en el esquema de operaciones efectivas.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 19 C. Información contable. Estados contables. D. Opcionalmente, información estructurada en otros esquemas de análisis como fuentes y usos, Balance Presupuestal, indicadores contables, etc. Realizado este análisis se detectan los factores favorables y los problemas, incluso se puede utilizar el análisis horizontal y vertical de la información en formato presupuestal y/o en formato de operaciones efectivas de caja. Posteriormente es necesario, analizar las causas de cada problema, en este sentido, para efectuar este análisis se requiere en muchos casos profundizar sobre aspectos conexos a la situación fiscal, tales como: a. b. c. d. e. f.
Organización administrativa. Planta de personal. Proceso de transformación empresarial y nuevas tecnologías. Factores socioeconómicos del entorno, nacional e internacional. Aspectos sectoriales específicos, como es el caso del comercial o de servicios. También son de relevancia los proyectos de modernización tecnológica y de manejo de la información.
El Plan Financiero implica un proceso técnico de análisis de datos pero también, la toma de decisiones en forma responsable respecto a las medidas de ajuste que permitirán garantizar la sostenibilidad fiscal en el corto, mediano y largo plazo, es decir la toma de decisiones de gobierno responsable. Los componentes mínimos de este plan son: Composición Básica del Plan Financiero Municipal: • • •
Flujo de efectivo proyectado, suponiendo el cumplimiento de las metas, para cada uno de los diez años. Presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto de gastos proyectado para los diez años (por rubros generales). Otros soportes que se consideren necesarios, meta de inversión obtenida del Plan Financiero para los diez (10) años se realiza el Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo, anualizado en el Plan Operativo Anual de Inversiones.
El Marco Fiscal de Mediano Plazo, es un documento que retoma los aspectos fundamentales del financiamiento municipal, como esfuerzo fiscal, racionalización de gastos de funcionamiento, cumplimiento de límites de gasto previstos en la Ley 617 de 2000, capacidad de endeudamiento,
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 20 balance primario, entre otros aspectos mencionados, Igualmente, se pueden utilizar análisis complementarios, como fuentes y usos o balance presupuestal. El Marco Fiscal de Mediano Plazo elaborado para la vigencia 2017, es el principal insumo en el desarrollo del análisis de resultados entre los valores estimados y las ejecuciones reales. El Marco Fiscal de mediano plazo es un instrumento de referencia con perspectiva de diez años para la toma de decisiones fiscales en la elaboración de los presupuestos anuales. El Marco Fiscal de Mediano Plazo se debe presentar a título informativo al Concejo Municipal en la fecha fijada en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Municipal, para la presentación del proyecto de presupuesto. Estimación de Ingresos: A partir del Acuerdo 070 del 27 de Septiembre de 2013 por medio del cual se Expide el Estatuto Orgánico de Presupuesto del Municipio de Fusagasugá y sus entidades descentralizadas, el presupuesto de rentas y recursos de capital municipal se compone por: • • • •
Ingresos corrientes. Transferencias o participaciones Recursos de capital. Fondos especiales.
Ingresos Corrientes: Son los recursos que llegan al municipio en forma regular y permanente al gobierno municipal, en razón a las funciones y competencias del municipio. Estos se clasifican en tributarios y no tributarios, así: Tributarios: Corresponden a los ingresos que tienen el carácter de impuesto y son ingresos del tesoro municipal que cumplen con las siguientes características: Son propiedad del municipio, Tienen carácter obligatorio, Son generales, según su base gravable y no requieren de contraprestación alguna. •
Impuestos Directos: Los impuestos directos son gravámenes establecidos por ley que consultan la capacidad de pago y recaen sobre la renta, el ingreso y la riqueza de las personas naturales y/o jurídicas y por tanto, no son trasladables a otros actores económicos.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 21 •
Impuestos Indirectos: Los impuestos indirectos son gravámenes establecidos por ley no relacionados con la riqueza de las personas naturales y/o jurídicas, sino con el tipo de actividades realizadas en la jurisdicción y por tanto, pueden ser trasladados a otros actores económicos.
No tributarios: Son aquellos ingresos recibidos en forma regular, que se originan por la prestación de un servicio público, la explotación de bienes o la participación en los beneficios de bienes o servicios, transferencias y demás recursos que ingresen periódicamente al presupuesto territorial, pero que no corresponden a impuestos. •
•
Las tasas o tarifas: Se pueden entender como la contraprestación recibida del usuario en pago de servicios, cuyo producto tiene como objetivo financiar el costo del mismo servicio. Se caracterizan porque a diferencia de los impuestos, existe un pago por un beneficio directo recibido. Las multas: Son rentas, originadas en una sanción, es decir, originadas por la comisión de una falta.
Estas pueden ser, entre otras: •
Multas de tránsito, Multas por incumplimiento de normas de urbanización y construcción de vivienda: Igualmente, pueden existir, entre otros: Multas de control fiscal, Multas de control disciplinario, multas tributarias y Multas de policía.
•
Las contribuciones fiscales: Son recursos resultantes de la obligación de algunas personas que se benefician por una obra o acción del Estado. Dada su naturaleza esta contribución por principio tiene una destinación especial; de ahí que se la considere una «imposición de finalidad», esto es, una renta que se establece y recauda para llenar un propósito específico. Dicho propósito constituye un elemento propio de su esencia, que es natural a dicha contribución, al punto que no sólo la identifica y caracteriza, sino que representa un elemento esencial de su existencia.
Transferencias: Son recursos que se perciben de otros niveles del Estado. Estos pueden ser a nivel municipal: • • • •
Transferencias del Sistema General de Participaciones, SGP Cofinanciación nacional o departamental Las regalías Transferencias del Impuesto al Transporte de oleoductos
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 22 • • • • •
Transferencias al municipio por el Impuesto sobre vehículos automotores Transferencias del Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud, FOSYGA Transferencias del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar coljuegos. Fonpet Fondo Nacional de Regalías
Recursos de Capital: Se entiende por recursos de capital aquellos que tienen carácter ocasional. Estos recursos son: recursos del balance, recursos del crédito interno y externo, con vencimiento mayor a un año, los rendimientos financieros, las donaciones, los excedentes financieros de los establecimientos públicos del orden municipal, de las Empresas Industriales y Comerciales del Municipio y de las Sociedades de Economía Mixta del orden municipal con el régimen de estas. Recursos del Balance: Estos recursos se originan en el cierre de la vigencia presupuestal anterior, permitiendo la inclusión de un superávit que quedo como saldos de caja, cancelación de reservas o en recuperación de cartera, recursos no comprometidos en la vigencia anterior y recursos no ejecutados. En este sentido, es necesario precisar dentro de estos recursos el concepto del ingreso, de tal manera, que si es una renta con destinación específica, se mantenga la destinación prevista legalmente. Recursos del Crédito Interno o Externo: Son aquellos recursos de crédito obtenidos por el municipio con entidades crediticias nacionales o extranjeras, cuyo monto debe rembolsar de acuerdo con el plazo para su pago, en las condiciones establecidas para el efecto, con vencimiento mayor de un año. En el presupuesto sólo se incluyen los recursos del crédito interno o externo con vencimiento mayor de un año, porque los que tienen una vigencia inferior se consideran créditos de tesorería. Rendimientos Financieros: Corresponden a los ingresos obtenidos por la colocación de recursos financieros en el mercado de capitales o en títulos valores. Los rendimientos financieros originados en los recursos del Sistema General de Participaciones mantienen la destinación establecida para dichos recursos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 715 de 2001 “Los rendimientos financieros de los recursos del sistema general de participaciones que se generen una vez entregados a la entidad territorial, se invertirán en el mismo sector para el cual fueron transferidos”. Igualmente, los recursos generados por la inversión de los recursos de la subcuenta del Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA son parte de los recursos del régimen subsidiado, en virtud del decreto 50 de 2003. Al respecto debe atenderse el Decreto 3359 de 2003. Los recursos excedentes de que trata el inciso anterior, cualquiera sea su fuente de financiación, incluidos los recursos previstos por el artículo 217 de la Ley 100 de 1993, deberán garantizar la sostenibilidad según las reglas previstas en el presente decreto, sin que se deba efectuar el reintegro al Fosyga.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 23 Los Excedentes Financieros: Corresponden a los excedentes de los establecimientos públicos del orden municipal, de las Empresas Industriales y Comerciales del municipio y de las Sociedades de Economía Mixta del orden municipal (sin perjuicio de la autonomía, que la Constitución y la Ley les otorga). Los excedentes de los establecimientos públicos del orden municipal, y los de las Empresas Industriales y Comerciales del Municipio, se incluyen según la cuantía determinada por el COMFIS Municipal, según lo establecido en el Estatuto orgánico de presupuesto. Los excedentes o utilidades de Empresas Industriales y Comerciales del municipio o de Sociedades de Economía Mixta municipal con el régimen de aquellas, dependen de la cuantía en que tenga participación el Municipio, por su participación en el capital de la empresa. Venta de Activos: Recursos obtenidos por venta de activos del municipio, tales como terrenos, construcciones, maquinaria, etc. Estos recursos pueden ser clasificados entre venta de activos financieros y venta de activos no financieros. En atención a lo anterior, es necesario diferenciar en el presupuesto, los recursos que por venta de activos tienen destinación específica, frente a los de libre destinación. Fondos especiales: Se definen como los ingresos establecidos por la Ley para la prestación de un servicio público específico, así como los pertenecientes a fondos sin personería jurídica creados por el legislador y adoptados por acuerdo municipal. En el Municipal existen varios fondos creados sin personería jurídica, a manera de cuenta especial. Entre ellos están: el fondo municipal de salud, fondo de seguridad y convivencia ciudadana, fondo de cultura, fondo para la gestión del riesgo, fondo estratificación socioeconómica, foneducacion, fondo violencia intrafamiliar y los demás son fondos que tienen un carácter contable y que se nutren de las diferentes rentas del presupuesto, con el fin de lograr una provisión de recursos con un objetivo específico. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán solo al objeto previsto en ella, lo mismo que los rendimientos y excedentes financieros que resulten al cierre del ejercicio contable. Estimación de Gastos: El Presupuesto de Gastos es la autorización máxima de asignación de recursos para cubrir los objetivos trazados en el plan de desarrollo. El presupuesto de gastos o de apropiaciones de acuerdo con el Estatuto de presupuesto, está conformado:
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 24 • • • •
Concejo Personería Administración Central y sus dependencias Establecimientos públicos y/o unidades operativas
Para efectos presupuestales, todas las personas jurídicas públicas del orden municipal, cuyo patrimonio este constituido por fondos públicos y no sean Empresas Industriales y Comerciales del Estado o Sociedades de Economía Mixta o asimiladas a estas por la ley de la República, se les aplicarán las disposiciones que rigen los establecimientos públicos del orden municipal. La clasificación en secciones se encuentra articulada a la capacidad de contratación según lo regulado por La Ley y los Acuerdos Municipales, a la ordenación del gasto y a la autonomía presupuestal, puesto que aquellos órganos que representan una sección en el presupuesto general del municipio. Se clasifican en: -
Gastos de funcionamiento. Servicio de la deuda. Gastos de inversión
Los principales rubros que conforman el gasto total del municipio son la Inversión, que se relacionan con la puesta en marcha de el plan de desarrollo (programas de educación, salud, agua potable y saneamiento básico, deporte y recreación, cultura, otros sectores, como: servicios públicos, vivienda, vías, transporte y movilidad, grupos vulnerables, justicia, seguridad, equipamiento, medio ambiente, desarrollo institucional entre otros), la atención del servicio de la deuda (pago de capital e intereses) y los de funcionamiento. Gastos de funcionamiento: Son aquellas erogaciones necesarias y recurrentes del Estado, para garantizar el normal funcionamiento de la administración municipal, para el desempeño de sus competencias. Los gastos de funcionamiento se dividen en servicios personales, gastos generales y transferencias corrientes. Los Servicios Personales:
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 25 Se refieren a los gastos que debe hacer el Municipio, como contraprestación de los servicios que recibe, sea por una relación laboral de planta o a través de las diferentes formas de contratación previstas en la ley, e incluye los sueldos del personal de nómina, los gastos de representación, las bonificaciones, los subsidios de alimentación, los auxilios de transporte, las primas, las horas extras, las indemnizaciones por vacaciones, los jornales, el personal, supernumerario y los honorarios, de acuerdo con las normas de personal, salariales y prestacionales. -
Servicios personales indirectos: Son gastos destinados a atender la contratación de personas jurídicas y naturales para que presten servicios calificados o profesionales, cuando no puedan ser desarrollados con personal de planta. Así mismo, incluye la remuneración del personal que se vincule en forma ocasional, para desarrollar actividades netamente temporales o para suplir a los servidores públicos en caso de licencias o vacaciones, dicha remuneración cubrirá las prestaciones sociales a que tenga derecho, así como las contribuciones a que haya lugar, tales como: • • • •
Honorarios Concejales (en su sección correspondiente) Honorarios Profesionales Servicios Personales Indirectos Contribuciones inherentes a la nómina: Corresponde a las contribuciones legales que debe hacer el órgano como empleador, que tienen como base la nómina del personal de planta, destinadas a entidades del sector privado o a entidades públicas.
a. Al Sector Público: Aportes Previsión Social: • Cesantías: - Fondos de Cesantías (Fondo Nacional de Ahorro) - Cajas de Previsión Social • Pensiones: - Fondos de Pensiones - Colpensiones - Cajas de Previsión Social • -
Salud: Empresas Promotoras de Salud Administradoras Riesgos Laborales Aportes Parafiscales Servicio Nacional de Aprendizaje -SENAInstituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBFESAP y otras Universidades
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 26 -
Escuelas Industriales e Institutos Técnicos (Ley 21 de 1982 y Ley 812 de 2003)
b. Al Sector Privado: Aportes Previsión Social - Fondos de Cesantías - Fondos de Pensiones - Empresas Promotoras de Salud - Administradoras Riesgos Profesionales - Aportes Parafiscales a las Cajas de Compensación Familiar. Los Gastos Generales: Son aquellos causados por la prestación de servicios de carácter no personal o el uso de bienes muebles o inmuebles, que contribuyen al funcionamiento de la administración. Incluyen también la compra de equipo, materiales y suministros, combustibles y lubricantes, capacitación, mantenimiento, servicios públicos, arrendamientos, viáticos y gastos de viaje, impresos y publicaciones, comunicaciones y transporte, seguros, entre otros. Con relación al pago de los servicios públicos domiciliarios, los jefes de los órganos que conforman el presupuesto general del municipio asignarán en sus anteproyectos de presupuesto y girarán oportunamente los recursos apropiados para atender el pago de servicios públicos domiciliarios, incluidos los de agua, alcantarillado, aseo, luz, gas y teléfono. Transferencias: Son recursos que la administración municipal por disposición legal está obligada a transferir para funcionamiento a entidades Municipales, Departamentales o Nacionales con fundamento en un mandato legal. De igual forma, involucra las apropiaciones destinadas a la previsión y seguridad social, cuando el órgano asume directamente la atención de la misma. Servicio de la deuda: El servicio de la deuda se refiere a los recursos que tienen por objeto el cumplimiento de las obligaciones contractuales correspondientes al pago de capital y los intereses originadas en operaciones de crédito público. Gastos de Inversión:
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 27 Son gastos productivos que generan riqueza, o bien, que contribuyen a mejorar el bienestar general y a satisfacer las necesidades de las personas, o a constituir capital humano, desde el punto de vista de la inversión social, conforme a las finalidades del Estado. Se caracterizan por su retorno en término de beneficio económico o social inmediato y futuro. También son los que tienden a aumentar la disponibilidad del capital fijo, es decir, que pueden ser entendidos como erogaciones económicamente productivas o que tengan cuerpo de bienes de utilización perdurable (bienes de capital), o bien aquellos gastos destinados a crear infraestructura social. Los gastos de inversión están reflejados en el Plan Operativo Anual de Inversiones- POAI y se derivan del Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo. Por ello, los gastos de inversión se componen de los programas o proyectos sectoriales, aprobados previamente en el POAI e inscritos en el Banco de programas y proyectos de inversión. Los gastos de inversión se ejecutan en todos los sectores y en el Municipio de Fusagasugá se encuentran divididos así: 23
GASTOS DE INVERSION
231
SECTOR 01 EDUCACIÓN
232
SECTOR 02 SALUD
233
SECTOR 03 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO (SIN INCLUIR PROYECTOS DE VIS)
234
SECTOR 04 PROPOSITO GENERAL
2341
SECTOR DEPORTE
2342
SECTOR CULTURA
2343
OTROS SECTORES DE INVERSIÓN
234301
SECTOR SERVICIOS PUBLICOS (Sin incluir proyectos de vivienda de interés social)
234302
SECTOR DE VIVIENDA
234303
SECTOR AGROPECUARIO Y RURALIDAD
234304
SECTOR DE VIAS, TRANSPORTE Y MOVILIDAD
234305
SECTOR DEL MEDIO AMBIENTE
234306
SECTOR CENTROS DE RECLUSION
234307
SECTOR PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES
234308
SECTOR DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCTIVIDAD
234309
SECTOR DE PROMOCION AL DESARROLLO TURISTICO
234310
SECTOR ATENCION A GRUPOS VULNERABLES Y PROMOCION SOCIAL
234311
SECTOR VICTIMAS DESPLAZADAS POR LA VIOLENCIA
234312
SECTOR EQUIPAMIENTO MUNICIPAL Y BIENES PUBLICOS
234313
SECTOR DE PARTICIPACION CIUDADANA Y TRANSPARENCIA
234314
SECTOR DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
234315
SECTOR TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES
234316
SECTOR JUSTICIA, SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA
METAS DEL SUPERAVIT PRIMARIO
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 28 Superávit primario: El superávit es el valor positivo que resulta de la diferencia entre la suma de los ingresos corrientes y los recursos de capital, diferentes de desembolsos de crédito, privatizaciones, capitalizaciones y la suma de los gastos de funcionamiento, inversión y gastos de operación comercial. SUPERAVIT PRIMARIO LEY 819 DE 2003 (millones de pesos)
2015
SUPERAVIT PRIMARIO
2016 0
0
2017 0
2018 0
2019 0
2020 0
2021 0
2022 0
2023 0
2024 0
2025 0
INGRESOS CORRIENTES
136.481
132.973
137.203
145.994
155.190
166.213
178.257
191.170
205.121
221.515
RECURSOS DE CAPITAL
602
212
1.711
1.719
1.727
1.737
1.748
1.759
1.771
1.786
1.802
19.317
23.784
25.135
26.140
27.212
28.575
29.907
31.706
33.298
35.296
29.768
110.786
108.012
109.263
113.635
118.182
124.090
130.294
136.809
143.350
152.268
161.315
6.980
1.389
4.516
7.938
11.523
15.285
19.804
24.414
30.244
35.737
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO GASTOS DE INVERSION SUPERAVIT PRIMARIO
INDICADOR (superavit primario / Intereses) > = 100
3.172,73
239.233
49.952
399,14
1250,97
2111,17
2947,06
3718,98
100
100
100
100
100
SOSTENIBLE
INSOSTENIBLE
SOSTENIBLE
SOSTENIBLE
SOSTENIBLE
SOSTENIBLE
SOSTENIBLE
SOSTENIBLE
SOSTENIBLE
SOSTENIBLE
SOSTENIBLE
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Millones de pesos Servicio Intereses
220
348
361
376
391
411
-
-
-
-
-
NIVEL DE DEUDA PÚBLICA El comportamiento que ha tenido el servicio de la deuda pública desde el 2013 y hasta septiembre 2016, es el siguiente:
DEUDA PUBLICA
Participación
2013
2013
2014
Participación 2014
Variación 2013 vs
Participación
2015
2015
2014
Variación 2014 vs
Participación
2016
2016
2015
Variación 2015 vs 2016
SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA Pago Intereses Amortización Capital TOTAL
232.748
17%
131.181
10%
-60%
220.143
16%
-60%
92.217
21%
-60%
1.159.390
83%
1.112.501
90%
-28%
1.174.609
84%
-28%
350.000
79%
-28%
1.392.138
100%
1.243.682
100%
-33%
1.394.752
100%
-33%
442.217
100%
El saldo de la deuda pública interna desde el año 2014 ha sido el siguiente:
DEUDA PUBLICA
SALDO DE LA DEUDA INTERNA
TOTAL
2014
2015
3.343.229
3.343.229
2.475.000
2.475.000
2016
1.781.250
1.781.250
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-33%
ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 29 NIVELES DE SOSTENIBILIDAD
COD
CONCEPTO
2015
SOLVENCIA = Intereses / Ahorro operacional = (5/3) - Sin cobertura 0,88%de riesgo
2016
2017
2018
2019
2020
2021
0,88%
0,88%
0,88%
0,91%
0,94%
0,97%
SOSTENIBILIDAD = Saldo deuda / Ingresos corrientes = (4/1) - Sin 2,71% Cobertura de riesgo 2,71%
2,71%
2.70%
2,75%
2,81%
2.81%
SEMÁFORO: Estado actual de la entidad
VERDE
VERDE
VERDE
VERDE
VERDE
VERDE
VERDE
SEMÁFORO: Estado actual de la entidad
VERDE
VERDE
VERDE
VERDE
VERDE
VERDE
VERDE
Calculado el indicador de solvencia: intereses / ahorro operacional es menor al 40% en los diez años, como se puede observar en la proyección; en el 2015 de un 0.88%. Calculado el indicador de sostenibilidad que debe ser menor al 80%, significa que es positivo, ya que en la proyección para el 2015 representa un 2.71%. PASIVO PENSIONAL Ley 549 de 1999: Por la cual se dictan normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las Entidades Territoriales. ARTICULO 9o. CALCULOS ACTUARIALES. Para el cumplimiento de la presente Ley, deberá elaborarse un cálculo actuarial de cada Entidad Territorial y sus entidades descentralizadas de acuerdo con la metodología y dentro del programa que diseñe la NaciónMinisterio de Hacienda y Crédito Público, con cargo a sus recursos. Este programa deberá comprender el levantamiento de historias laborales y el cálculo del pasivo y podrá contar con la participación de los departamentos en la coordinación de sus municipios.
El Ministerio de Hacienda, frente a los pasivos pensionales, a través del aplicativo “Pasivocol” y el cálculo actuarial establecido en la Ley 100 de 1993*, Ley 549 de 1999** y sus Decretos reglamentarios vigentes, brinda una herramienta de trabajo que coadyuva a la adecuada toma de decisiones y sirve además para conservar una comunicación armónica y coherente con los organismos del orden departamental y nacional que velan por el correcto funcionamiento del sistema pensional de la entidad. Ley 100 de 1993: Régimen de Seguridad Social en Colombia. ARTICULO 11. CAMPO DE APLICACIÓN. El Sistema General de Pensiones, se aplicará a todos los
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 30 habitantes del territorio nacional, conservando adicionalmente los derechos, garantías, prerrogativas, servicios, beneficios adquiridos y establecidos conforme a disposiciones normativas. Entre otras actividades encontramos: ✓
Levantamiento de historias laborales del personal activo, retirado y de los pensionados, tomando como base los últimos 55 años de existencia de la entidad.
✓
Tabulación de la información para desarrollar el Pasivocol, exigencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El incumplimiento de este proyecto genera falta gravísima para el responsable de la entidad de conformidad con la Ley 734 de 2002.
✓
Identificación de las clases de bonos pensionales, clasificándolos en Bonos Tipo A en sus modalidades 1 y 2 y Bonos Tipo B y establecer el valor de cada uno de ellos. Este informe es enviado a la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quienes verifican el cumplimiento de esta exigencia establecida en el Artículo 9 de la Ley 549 de 1999.
✓ Liquidación de cuotas partes pensionales por cobrar y por pagar. Se hace el análisis respectivo para
determinar si existen cuotas partes por cobrar y por pagar. Capacitación al personal. Se capacita al personal designado para tal fin, el cual quedará en condiciones de operar el diferente software, para que sigan actualizando la base de datos,respuesta oportuna a las solicitudes se presenten y tengan pleno dominio del tema.
La Ley 549 de 1999 creó el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales - FONPET, con el objetivo de aprovisionar los recursos necesarios para cubrir el pasivo pensional. Los recursos de este fondo provienen de las Entidades Territoriales y de la Nación y son administrados por el Ministerio de Hacienda por medio de patrimonios autónomos manejados por fiduciarias y fondos de pensiones.
PRESUPUESTO APROXIMADO PARA PAGO DE MESADAS 2017:
1.714.029.449
PRESUPUESTO APROXIMADO PARA PAGO DE AUXILIO FUNEBRE 2017:
20.000.000
PRESUPUESTO APROXIMADO PARA PAGO DE INDEMNIZACIONES SUSTITUTIVAS 2017:
20.000.000
PRESUPUESTO APROXIMADO PARA RETROACTIVO PENSIONAL LEY 100/1993 2017:
1.000.000
PRESUPUESTO APROXIMADO PARA PRIMA EXTRALEGAL ACUERDO 10/1981 2017:
1.000.000
TOTAL PRESUPUESTO APROX. VIGENCIA 2017
1.756.029.449
ACCIONES Y MEDIDAS ESPECÍFICAS Estrategias Financieras Específicas •
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 31 •
Diseñar y poner en marcha planes cuyas acciones apunten a la reducción de los niveles de evasión y de elusión, registrados en los impuestos que representan la mayor parte de los ingresos corrientes del Municipio, como son el impuesto predial unificado, industria y comercio, sobretasa a la gasolina, delineación urbana, la aplicación de normas para el cobro de la plusvalía y la valorización en la jurisdicción del municipio.
•
Actualizar y adecuar las normas que regulan las rentas y el manual de cobro, que permite una mayor eficacia en su aplicación y cumplimiento por parte de los contribuyentes, dichas reformas están orientadas básicamente en temas de estímulos de tipo tributario y asignación de recursos propios como fuentes de destinación específica, modernización de los requisitos y formas de pago.
•
Intensificar acciones de cultura ciudadana en términos tributarios, a través de la campaña que le permitan a la administración la optimización en los recaudos y que sirvan de motivación a los presentes y futuros contribuyentes, a los activos y a los evasores.
•
Mantener actualizado el Estatuto de Rentas con la inclusión de nuevos tributos como la plusvalía, compensaciones, etc., la compilación de normas que permitan al contribuyente tener un mayor acercamiento con la administración de impuestos municipales, así como una amplia difusión de la normatividad relativa a los impuestos, implementando una política clara de facilidades para que el contribuyente pague los impuesto en alianza con el sector financiero.
•
Efectuar controles y seguimiento de cartera ingtensificando las actividades tendientes a acelerar la recuperación de la cartera morosa, mediante el cobro persuasivo y coactivo en sus fases de mandamiento, embargo, secuestro y remate, los acuerdos de pago, los cruces de cuentas de contribuyentes y la selección de cartera. En el caso del cobro coactivo la Administración estableció políticas claras en torno a llegar al final de cada proceso de cobro, que permitan la recuperación de cartera de difícil recaudo.
•
Mantener los indicadores de solvencia y estabilidad para que el flujo de los recursos de crédito y la conservación de la instancia de endeudamiento autónomo en "Semáforo Verde", de acuerdo con los términos de la Ley 819 de 2003, el Decreto Reglamentario 696 de 1998 y dentro del marco establecido por la Ley 819 de 2003. En todo caso, la estrategia tiene por objetivo evitar que el Municipio incurra en la adopción de planes de desempeño, planes de saneamiento fiscal y financiero o de intervención económica por la pérdida de autonomía de gestión que ello implicaría, especialmente en lo relacionado con las competencias con Agua Potable y Saneamiento Básico y el nuevo proceso de certificación en la calidad de los mismos.
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 32 •
Establecer un estricto control de los gastos de funcionamiento en gastos personales, generales y transferencias, buscando así una eficiente asignación de recursos, especialmente para fortalecer la inversión con recursos propios.
•
Diseñar un plan de mejoramiento para la sostenibilidad de la contabilidad acorde con los estándares internacionales y la adopción de las NICSP en el Municipio hasta lograr una información confiable y oportuna como una herramienta útil en la toma de decisiones para la entidad.
•
Optimizar toda la plataforma informática y de sistemas actual de la secretaría de hacienda que permita lograr mayores niveles de efectividad y oportunidad en el recaudo de los impuestos y en el manejo contable y financiero de la entidad.
INDICADORES DE LEY 617 A continuación se presentan los indicadores de la ley 617 de 2000 desde el año 2013 y hasta el 2016 proyectado. Ver cuadro.
CONCEPTO
2013
2014
2015
2016
INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION
27.211.776
33.481.366
38.712.299
41.513.218
INDICADOR DE LEY 617
40,85%
47,34%
39,66%
41,72%
LIMITE LEGAL
70%
70%
70%
70%
SMLMV
48.018
54.353
60.079
60.211
PROYECCIONES
Con base en la proyección de ingresos a diciembre de 2016 y con el análisis de los comportamientos presupuestales de los periodos anteriores con una proyección para el 2017de $146.310 millones La consolidación del presupuesto de 2017 se basó en las metas de inflación establecidas para el Banco de la Republica y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en las que se determina una inflación máxima de 7,5% para 2016, y a partir del 2017 se mantendrá la meta de inflación del 3.0%,
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ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ 33 además como elemento importante en la proyección de Ingresos resaltamos la necesidad de mantener un crecimiento en los ingresos corrientes acorde al crecimiento nacional entre el 4% y el 7%, así como recuperar el Municipio en la participación en los ingresos corrientes de la nación como es el SGP. Ingresos CONCEPTO
PROYECTADO DIC 2017 ESTIMADO
PARTICIPACION
ING TRIB UT. Y NO TRIB UTA
52.755.221
36,06
TRA NSFERENCIA S
51.395.817
35,13
FONDOS TERRITORIA L.
41.184.143
28,15
RECURSOS DE CA P ITA L
975.073
0,67 0
REGA LÍA S Y COM P ENSA CI TOTA L
146.310.254
100
Los gastos de funcionamiento se proyectan sobre una base de incremento para el personal de nómina de 9,5% y para los gastos generales con base en el comportamiento histórico pero cercano a un incremento del 7%. El servicio de la deuda se calcula con base en los planes de amortización que se tienen suscritos con los entes financieros a los cuales le tenemos deuda pública. En cuanto a los gastos de inversión ellos están calculados con base en el Plan Operativo Anual de Inversiones de acuerdo a las metas proyectadas para la vigencia del 2017 acorde con el Plan de Inversiones del Municipio para el periodo. Gastos CONCEPTO GA STOS FUNCIOA NM IENTO
PROYECTADO DIC 2017 ESTIMADO
PART.%
28.432.880
19,43%
SERVICIO DE LA DEUDA
1.179.543
0,81%
GA STOS DE INVERSION
116.697.830
79,76%
146.310.253
100%
CXP RESERVA S TOTA L
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Para el desarrollo de esta proyección el principal elemento fue el análisis de Presupuesto 2016 proyectado en el MFMP anterior y su relación con la ejecución real, con el ánimo de verificar el cumplimiento de metas y la implicación de las medidas tomadas para ese año. De igual forma se retomaron los aspectos legales para la proyección de los gastos en los cuales se debe tener en cuenta: División de los gastos en: Gastos de Funcionamiento, los cuales se establecieron atendiendo a los siguientes criterios: El aspecto más relevante en la proyección del gasto en los que tiene que ver con el funcionamiento, gastos del concejo, la personería y la administración central es la categorización de segunda, según los parámetros establecidos en la ley 617 de 2000, la misma se expide con los criterios establecidos y con las certificaciones del DANE para la población y La contraloría General de la Republica para los ingresos corrientes. Se tuvo especial cuidado en el cumplimiento de los límites de gasto establecidos en la Ley 617 de 2000, en cuanto a Gastos de Funcionamiento del Concejo, Personería y Administración Central, estableciendo el tope máximo de gasto para cada uno y determinando como fundamental la necesidad de generar excedentes de funcionamiento y aumentando la inversión con recursos propios. En la definición de los recursos de inversión se dividió en recursos del Sistema General de Participaciones (SGP), recursos con destinación específica. Para el SGP se mantiene constante en relación con el 2016, hasta que el nivel nacional especifique el valor de las transferencias para este año, de acuerdo a los parámetros de la ley 617 de 2000. Para atender a las medidas de control del gasto público, es necesario tener en cuenta los el cumplimiento de los indicadores y límites de la ley 617 de 2000, en la cual se especifica los topes para funcionamiento de personería, concejo y la administración central. La necesidad de analizar los gastos de funcionamiento es con el ánimo de generar excedentes de funcionamiento para inversión, a través de esfuerzos administrativos que permitan verse reflejado en los ingresos de las vigencias futuras, con esto poder reflejar con mayor contundencia el efecto del esfuerzo fiscal. CONCLUSIONES En los Gastos se puede determinar el cumplimiento con los límites de Ley 617 de 2000 y la ejecución de los recursos de inversión de acuerdo a las competencias del Municipio, la estructura del presupuesto para Calle 6 No. 6-24 - Centro Administrativo Municipal www.fusagasuga-cundinamarca.gov.co
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la vigencia 2017 está acorde con el instructivo del formulario único territorial (FUT) de tal manera que permita hacer un mejor seguimiento a la gestión en lo relacionado con el gasto. La proyección de los recaudos está ajustada al crecimiento real de los ingresos analizados con corte a Septiembre de 2016, lo cual significa una financiación de los gastos acorde con el plan financiero proyectado. Sin embargo para el cumplimiento de metas se tomaran las medidas que sean necesarias para la buena marcha del Municipio y su vez para el buen desempeño fiscal del mismo acorde con las políticas Departamentales y Nacionales. Con la actualización catastral permanente, se generó un importante soporte financiero al Municipio, permitiendo ampliar la base catastral y como consecuencia los ingresos por el Impuesto Predial Unificado, acompañado de la modificación al Estatuto de Rentas del Municipio que también presenta un equilibrio en las tarifas de Impuesto de Industria y Comercio. El objetivo de la actual Administración es lograr unas finanzas sanas y a mediano plazo consolidarse entre los Mejores Municipios de la categoría. Mostrando una proyección sana de las Finanzas del Municipio
LUIS ANTONIO CIFUENTE SABOGAL Alcalde Municipal
GESTION DOCUMENTAL
1ª copia Concejo Municipal 2ª copia Despacho Alcalde 3ª copia Secretaría de Hacienda Archivo sistematizado: Carpeta Proyecto de acuerdo Presupuesto 2017 Elaboraron: José Ignacio Melo Prieto – Asesor Presupuesto José Armando Camargo Espinosa – Asesor de Despacho Tesorero Revisó: Milena del Rocio Avila – Secretario de Hacienda
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