Manual De Operaciones Centro Tics 1

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REPÚBLICA DOMINICANA

Secretaría de Estado de Educación

DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA EDUCATIVA PLAN DE AUTOSOSTENIBILIDAD E INTEGRACIÓN COMUNITARIA EN LOS CENTROS TICS

Manual de Operaciones

Centro de Tecnologías de Información y Comunicación (CENTROS TICs)

Borrador Versión 1.3

Santo Domingo, D.N. Abril, 2005

TABLA DE CONTENIDOS Página Num.

Capítulo I

1

Artículo 1: Descripción de los Centros de Tecnología de Información y Comunicación (Centros TICs): Visión, Misión, Concepción, Justificación y Objetivos. 1 Artículo 2: Puesta en Marcha de un Centro TICs 3 Capítulo II De las Funciones y Normativas del Centro TICs

5

Artículo 3: Funciones del Centro TICs 5 Artículo 4: Normas de administración interna del Centro TICs 6 Articulo 5: Horario de Servicio del Centro TICs 7 Capítulo III:

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Artículo 6: Definición y clasificación de los Actores 8 Artículo 7. Definición y clasificación de los Usuarios 9 Capítulo IV: De las Funciones y Normativas de los Actores Artículo 8: Funciones de los Actores 10 Funciones: 19 Su funcionamiento estará regulado por el Comité Tecnológico Comunitario (CTC).

10

19 Requisitos para ingresar y permanecer en el club de Tecnología 19 Capítulo V: Descripción, Objetivos y Requerimientos del Telecentro Escolar Comunitario (TEC)

20

Artículo 9: Definición 20 Artículo 10: Justificación 20 Artículo 11: Objetivos 21 Artículo 12: Factibilidad y Puesta en Marcha de un TEC en un Centro TICs 21 Artículo 13: Requerimientos técnicos básicos para el establecimiento de un TEC 22 Capítulo VI De los Servicios y Horarios del TEC

23

Artículo 14: Servicios del TEC 23 Artículo 15: Horario del TEC 24 Capítulo VII: De la Membresía y Participación en el TEC

25

Artículo 16: Membresía y Participación 25 Capítulo VIII: De las Funciones y Responsabilidades del Coordinador TEC Artículo 17: Perfil del Coordinador TEC y Descripción del Trabajo 26

26

Artículo 18: Funciones del Coordinador/a Local TEC 26 Capítulo IX: Del Comité Tecnológico Comunitario (CTC)

28

Artículo 19: Visión 28 Artículo 20: Definición del Comité Tecnológico Comunitario 28 Artículo 21: Objetivos 28 Artículo 22: Conformación y Estructura de un CTC 29 Artículo 23: Funciones y Normativas para el CTC 29 Artículo 24: De la asamblea del Telecentro Escolar Comunitario 30 Artículo 25: Funciones de los Directivos del Comité Tecnológico Comunitario 30 Artículo 26. Derechos de los Directivos del TEC 35 Artículo 27: El Desarrollo del Plan de Tecnología 35 Artículo 28: El Desarrollo del Plan de Sostenibilidad 36 Capítulo X: De las Políticas de Tarifas, Cobros y Administración de los Fondos Artículo 29: Tarifas 38 Artículo 30: Procedimientos para la administración de los fondos

38

38 Capítulo XI: Del Régimen Disciplinario Artículo 31: Objetivo 40 Artículo 32: Medidas disciplinarias. 40 Artículo 33: Otras. 40 Artículo 34: Alcance y efecto de las sanciones. 40 Artículo 35: Notificación. 41 Artículo 36: Tipificación de las faltas. 41 Artículo 37: Atenuantes y agravantes. 42 Artículo 38: Aplicación de las sanciones 43 Artículo 39: Medidas preventivas. 43

40

Reglamentos y Normas para el Funcionamiento y Operación del Centro de Tecnologías de la Información y Comunicación (Centro TICs) Capítulo I Generalidades Artículo 1: Descripción de los Centros de Tecnología de Información y Comunicación (Centros TICs): Visión, Misión, Concepción, Justificación y Objetivos. 1.1. Visión Lograr la integración de las Tecnologías de Información y Comunicación en el ámbito escolar y comunitario, en procura de mejorar la calidad educativa y ofrecer a la comunidad oportunidades de acceso a los recursos tecnológicos como forma de reducir la brecha digital. 1.2. Misión a) Desarrollar acciones concretas de alfabetización digital, la integración curricular de las TICs, el tratamiento de la información con sentido crítico por parte de maestros, alumnos, la comunidad y demás actores del sistema educativo. Fomentar la incorporación de la comunidad activa que genere mecanismos de participación y autosostenibilidad, a partir de la integración de sus organizaciones mediante la creación de modelos de Tele-centros Escolares Comunitarios (TEC). 1.3. ¿Cómo se concibe un Centro TICs? El Centro de Tecnologías de la Información y Comunicación está llamado a constituirse en un recurso abierto, disponible para la comunidad educativa y la comunidad en general, partiendo de que el progreso social y económico de los países, así como el bienestar de las personas y de las comunidades, deben ocupar un lugar preponderante en las actividades destinadas a construir la verdadera sociedad de la información. El uso y aprovechamiento de las tecnologías de información y comunicación (TICs) son indispensables para satisfacer las necesidades de los individuos y de las comunidades en la sociedad del conocimiento. Bajo esta descripción el Centro TICs funciona como una entidad eminentemente educativa, apolítica, no religiosa, no lucrativa, pero sí autosostenible. El Centro TICs se concibe como un centro de recursos digitales al servicio de la acción educativa de la escuela y de las necesidades comunitarias, por lo tanto en su estructura tecnológica debe contemplar, entre otras cosas: proyectores, escáner, quemadores de discos compactos, cámaras fotográficas digitales, televisión educativa, radioemisora educativa digital, cámaras para videoconferencia, impresoras de alta calidad, reproductora de documentos (fotocopiadora), telefonía, máquina 1

encuadernadora, dispositivos de almacenamiento (disquetes, discos compactos) dispuestos para la venta al público, etc. Para los fines de lugar, en este reglamento se establecen tres tipos de Centros TICs: a) Centro TICs tipo laboratorio, es el que se ubica en un aula del centro educativo y que permite albergar a prácticamente la totalidad de los alumnos de un curso, grupo o sección. b) Centro TICs tipo AVE: Son espacios que se ubican en furgones transportables y que tienen una capacidad limitada de usuarios, en la mayoría de los casos 10 usuarios por sesión. c) Rincones Tecnológicos: Son espacios de dos a cuatro computadoras ubicados en aulas específicas del centro educativo. 1.4. Justificación a) Necesidades de la Sociedad y de la Escuela El establecimiento de los Centros TICs y la definición de políticas y normas para su utilización es más que justificado, si consideramos que es interés de la sociedad dominicana desarrollar proyectos que tiendan a democratizar el uso, acceso y aplicación de las Tecnologías de Información y Comunicación, y que esta tarea le ha sido delegada al sistema educativo nacional; la necesidad de evitar la ampliación de la “brecha digital” y la brecha socio-económica a través de un acceso equitativo a la información útil para el desarrollo educativo y humano; la necesidad de extender servicios educativos a la población para cultivar su integración a la nueva era del conocimiento donde la habilidad de encontrar, analizar y procesar información en cantidad y calidad será imprescindible; y, la necesidad de hacer autosostenible los Centros TICs para su subsistencia con el apoyo de las comunidades y sus organizaciones. Más marcada aún es, la necesidad de ofertar una educación de calidad, que integre las nuevas Competencias para el Manejo de la Información (CMI) y que dé al traste con las demandas sociales en los ámbitos nacional e internacional. 1.5. Objetivos

a) b) c) d)

Los Centros TICs, por medio de estas políticas y marco normativo, tienen como objetivos los siguientes: Servir como centro de recursos activos para los docentes y alumnos en sus prácticas de aula, apoyando la integración de las tecnologías en las diferentes áreas curriculares. Servir de plataforma para el desarrollo e implementación de programas, proyectos e iniciativas innovadoras que conlleven la utilización de diferentes tecnologías en procura de lograr una educación de mejor calidad. Servir como centros de recursos digitales y multimedia para la formación tecnológica de docentes y alumnos. Cubrir necesidades tecnológicas de las comunidades a través de la creación de telecentros escolares que utilizarán los horarios extra jornada escolar y la conformación de organismos de participación: Comités Tecnológicos Comunitarios (CTC). 2

e) Servir como plataforma para promover la investigación educativa de todos los actores del Centro TICs (alumnos/as, maestros/as, padres, madres) y la comunidad que alberga el entorno escolar. f) Ofrecer servicios de entrenamiento y capacitación en diferentes áreas, tanto en modelos de formación presencial como a distancia. Artículo 2: Puesta en Marcha de un Centro TICs La instalación de un Centro TICs debe ser una acción que surja de la necesidad y voluntad del centro educativo y sus actores. La Secretaría de Estado de Educación, a través de sus diferentes instancias: Subsecretaría de Asuntos Docentes y Pedagógicos, Direcciones Regionales, Distritos Educativos, direcciones de Currículo, Participación Comunitaria, Media, Básica, Inicial, Adultos, Especial e Informática Educativa, está en el deber de promover la incorporación de las tecnologías en la práctica educativa, con conciencia clara de su importancia el diálogo y el uso de estrategias comunicacionales con los actores internos y la comunidad educativa de la misma o mediante otros mecanismos que considere adecuado. En estos diálogos los directores, maestros, miembros de las juntas descentralizadas, alumnos y demás órganos de participación de la comunidad deben aprender sobre la naturaleza de un Centro TICs y su misión en el centro educativo y la comunidad en general. Una vez agotada esta etapa, los actores deben expresar por escrito su decisión de instalar un Centro TICs en su escuela y el compromiso de utilizarlo adecuadamente y hacerlo operativo y autosostenible. A continuación se procederá a determinar la factibilidad técnica y condiciones del centro educativo; así como elaborar presupuestos y ubicar el origen de los recursos necesarios. A partir de este momento se seguirán los siguientes pasos: a) Selección del Plantel Escolar – Los planteles escolares se deben seleccionar por medio de la disponibilidad de la dirección, interés de los profesores, y apoyo de la comunidad. b) Formación del Comité Tecnológico Comunitario (CTC) - Este organismo se debe definir su integración como una acción prioritaria para dirigir la ejecución de las demás acciones necesarias en la puesta en marcha del Centro TICs y luego en su operatividad. c) Búsqueda de Socios Estratégicos - Tanto la gestión de la escuela, como la junta descentralizada y el Comité Tecnológico Comunitario deben emprender acciones para buscar, en la comunidad o municipio, la cantidad de socios estratégicos necesarios para la puesta en marcha y posterior sostenibilidad del Centro TICs. Un socio estratégico puede ser una pequeña, mediana o gran empresa, un centro educativo de mayor categoría, las iglesias de la comunidad, el ayuntamiento o cabildo, policía y ejército nacionales, ONGs nacionales o internacionales, organismos internacionales de cooperación; que mediante protocolo de colaboración expresan su disposición y dan una aportación inicial tan grande como tan simple que puede ser un equipo o componente de la estructura. d) Financiamiento - Aunque pudiera ser lo primero, la participación de los actores y comunidades en este proceso es importante para la posterior apropiación del Centro 3

TICs. Tanto la Secretaría de Estado de Educación, el gobierno central como los socios estratégicos están llamados a colaborar con el financiamiento. e) Acondicionamiento del espacio físico – Es una acción prioritaria e imprescindible que también puede hacerse con la colaboración de las comunidades y socios estratégicos. Esta es la garantía de la fortaleza o debilidad de la estructura tecnológica del Centro TICs. f) Equipamiento: Instalación de equipos, componentes y software - Una vez adecuada la planta física y adquiridos los equipos, se procede a su instalación mediante contrato con proveedores de servicios o con recursos humanos propios. g) Conectividad - Aunque pudiera considerarse como parte del equipamiento, sin embargo se ha querido considerar aparte dada su importancia. El acceso a las redes de Internet o Intranet es el componente de mayor impacto para el Centro TICs, pues en poco tiempo conecta a la escuela, la comunidad y sus actores con la sociedad global. h) Inauguración - La puesta en marcha de un Centro TICs culmina cuando éste se inaugura y deja los principales servicios en funcionamiento. Esta fase final debe constituir una fiesta para quienes han hecho el esfuerzo para convertir el sueño en realidad: Autoridades educativas, directivos de la escuela, los maestros, alumnos, miembros de la junta descentralizada, comité tecnológico comunitario, socios estratégicos, invitados especiales, etc. Párrafo I. Con la puesta en marcha de un Centro TICs no quedará automáticamente conformado el Telecentro Escolar Comunitario (TEC), sino que el Centro TICs deberá ser sometido a un estudio de factibilidad para determinar si están dadas las condiciones para la puesta en marcha de un TEC autosostenible. Si los resultados de este estudio son positivos, entonces se procederá a la puesta de funcionamiento del mismo, el cual se regirá por las normas establecidas en la Sección B de este Reglamento. Párrafo II. Todos los Centros de Tecnología de la Información y Comunicación (Centro TICs) puestos en funcionamiento antes de puesta en vigencia el presente Reglamento tienen la obligación de desarrollar el estudio de factibilidad que indique la posibilidad de incorporar gradualmente un TEC. Todos los TEC conformados bajo este mecanismo deberán regirse por las normas establecidas en la Sección B de este Reglamento.

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SECCIÓN A Normativas y Actores del Centro TICs Capítulo II De las Funciones y Normativas del Centro TICs Artículo 3: Funciones del Centro TICs El Centro de Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) tendrá funciones diversas según la naturaleza de las actividades que en él se realicen, a saber: 3.1

Centro de tecnología para la innovación educativa y el desarrollo curricular - La primera y más importante función del Centro TICs es servir de soporte a la innovación educativa en sus variadas actividades y manifestaciones. Esta función responde a la educación formal y es acompañada por maestros, como principales guías del proceso, sus alumnos y los coordinadores de Centros TICs. En esta función el Centro TICs debe cumplir con la integración curricular de las TICs mediante el uso de diversas herramientas disponibles en portales educativos, software educativo, programas utilitarios, etc. o en la propia creatividad de profesores y alumnos. El Centro TICs usará estas tecnologías de acuerdo al tipo de trabajo que desee desarrollar el docente, pero teniendo en cuenta los ejes transversales y las áreas especificas que quiere reforzar.

3.2

Centro de desarrollo e investigación - Incrementar el uso de las tecnologías en horarios especiales con grupos definidos y con el fin de investigar y desarrollar temas de común interés, dentro de los cuales pueden ser temas relacionados a la profesionalización de los docentes: mejorar su calidad o la gestión de los centros, conflictos dentro de las aulas, etc. Otros grupos pueden ser formados por estudiantes o profesionales de diferentes áreas del saber que puedan desarrollar materiales a través de investigaciones en portales, sitios y demás fuentes que afiancen todo lo relativo al desarrollo de las diferentes áreas del saber.

3.3

Centro de Capacitación - Los Centros TICs funcionarán como centros de capacitación tanto para los cursos de iniciación como avanzados, en modalidad presencial, semipresencial o a distancia. Esta es una función muy propia de los coordinadores docentes Centro TICs como de los profesores, y puede involucrar a todos los actores y/o usuarios. Cuando un Centro TICs es de nueva apertura, las capacitaciones deben ser priorizadas como siguen: a) Los directivos, personal de apoyo y docentes pertenecientes a un Centro TICs deben recibir un curso de alfabetización digital y tecnológica que será coordinado y/o impartido por el Coordinador de Centro TICs. El Departamento de Informática Educativa debe diseñar y/o gestionar, y poner a la disposición de los coordinadores los programas de capacitación correspondientes a cada uno de los actores, según sus roles en el centro educativo. 5

Párrafo. Los programas de capacitación deben ser estructurados teniendo en cuenta dos ejes temáticos fundamentales que serán desarrollados de forma integrada y simultánea. Uno de esos ejes corresponde a las habilidades operativas de la máquina, sus herramientas, y otros medios digitales; y el otro se refiere a la utilización de los conocimientos tecnológicos en el desempeño de roles según las áreas de trabajo. b) Para los directivos, personal de apoyo y docentes que hayan aprobado satisfactoriamente los cursos de alfabetización digital y tecnológica se diseñarán y ofertarán cursos avanzados de gestión escolar e integración curricular, según sus áreas de desempeño. Estas ofertas deberán ser programadas y ejecutadas de forma continua a lo largo del período escolar y durante las vacaciones de los alumnos. Para las áreas curriculares, las capacitaciones serán organizadas por asignaturas, pudiendo contemplar la conformación de comunidades virtuales de aprendizaje. Párrafo I. Los programas de capacitación ofertados a los directivos, docentes y personal de apoyo deben ser promovida previa coordinación y consultas con las instancias que orientan las áreas disciplinarias y los niveles y modalidades competentes por el Departamento de Informática Educativa de la SEE y los órganos de dirección de los centros educativos. Los Coordinadores de Centros TICs o cualquier otro personal especializado que designe la SEE, serán responsables de ejecutar estos programas. Artículo 4: Normas de administración interna del Centro TICs El Centro TICs es considerado como un espacio de desarrollo de habilidades diversas, de investigación y de auto-aprendizaje, por lo tanto debe ser un área de trabajo solemne y reflexivo; y en el mismo debe observarse las siguientes normas: a) Los equipos e infraestructura tecnológica, (computadoras, accesorios, equipos telemáticos, switches, televisores y materiales didácticos, etc.) que están dentro del Centro TICs, son patrimonio del mismo, en consecuencia su sustracción o traslado desautorizado se considerará violatorio al presente reglamento o a cualquier otra disposición legal. b) Queda prohibido el acceso a páginas restringidas que promuevan la violencia, ritos satánicos, pornografía, etc. c) Mantener una conducta adecuada dentro del Centro TICs (voz baja, y bajo volumen de los parlantes, vestimenta adecuada). d) En el uso del laboratorio no se permite: • Tocar los inversores • Introducir, eliminar o cambiar programas o drivers de los equipos que están dentro del Centro TICs. • Comer, fumar, masticar chicle y beber en el Centro TICs ya que el derrame de estos en los equipos pueden causar daños. 6

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Jugar, correr y alterar la disciplina. Emplear palabras obscenas. Chatear, oír música, y jugar juegos durante las horas escolares a menos que no sean actividades programadas por el profesor. Usar las computadoras para actividades ilícitas como: pornografía, terrorismo, juegos de azar, entre otras. Apagar las computadoras incorrectamente. Echar basura en el piso o las mesas. Rayar o ensuciar las paredes. Escribir o rayar el mobiliario. Abrir o copiar archivos conteniendo virus. Usar la fotocopiadora e impresora. Desconectar equipos y accesorios. Sacar software fuera del centro. Utilizar o introducir Disquetes, CD’s de música, juegos o material que no sea autorizado por él/la coordinador(a) docente y/o el maestro.

Párrafo I: El Centro TICs se reserva el derecho de admitir cualquier persona dentro de sus instalaciones si considera pueda alterar el orden de normal de desenvolvimiento del mismo. Párrafo II: Los grupos o entidades (Iglesias, juntas de vecinos, PYME’s, etc.) deben estar comprometidos en llevar a cabalidad las normas generales del Centro TICs/TEC’s, así como los objetivos y compromisos particulares de los cursos y/ó actividades del mismo. Párrafo III: Siempre el usuario debe seguir las instrucciones del coordinador. Cualquier infracción a las reglas establecidas será objeto de sanción. Articulo 5: Horario de Servicio del Centro TICs 5.1 Horarios en Jornada Escolar en los Centros TICs del tipo Laboratorio, será el horario de jornada escolar que coincide con el horario de trabajo del centro educativo. 5.2 Horarios en Jornada Escolar en los Centros TICs del tipo AVE: a) Turno I de 8:00 a.m. a 2:30 p.m. de lunes a viernes y de 8:00 a.m. a 2:30 p.m. los sábados. b) Turno II de 2:30 p.m. a 9:00 p.m. de lunes a viernes y de 2:30 p.m. a 9:00 p.m. los sábados 5.3

Horario extra jornada escolar: es el que se ejecuta fuera del horario normal del centro educativo. Párrafo. El horario extra jornada escolar será definido por las disponibilidades del centro educativo y/o las necesidades comunitarias. 7

Capítulo III: De los Actores y Usuarios Artículo 6: Definición y clasificación de los Actores Se consideran actores a todos los usuarios del Centro TICs que legítimamente pertenecen al sistema educativo, es decir, que están matriculados como autoridades, docentes, estudiantes o tutores, o que pertenecen a sus organismos de participación. En consecuencia son considerados actores: a) La dirección del centro educativo - es la persona administrativa responsable de la escuela que hospeda al Centro TICs. b) Coordinador Regional de Centros TICs – es la persona responsable de promover y coordinar en los Centros TICs, las políticas y estrategias establecidas por el Departamento de Informática Educativa, en colaboración con las Direcciones Regionales y los Distritos Educativos. c) Coordinador de Centro TICs - es el personal local encargado y responsable de las operaciones y manejo del Centro TICs. d) Profesores - son los usuarios de los recursos de los Centros TICs para el apoyo curricular. e) Estudiantes - son los usuarios de los recursos de los Centros TICs bajo la tutoría del docente durante los horarios escolares. Durante jornadas extraescolares el estudiante se considera como actor “comunidad”. f) Junta de Centro - organismo representativo de la comunidad, incluyendo la escuela, que rige las normas y uso del plantel escolar. g) Comité Tecnológico Comunitario - organismo adjunto a la Junta de Centro que tiene como misión gestionar todo lo referente a la operatividad y sostenibilidad de los Centros de Tecnología de la Información. (ver funciones en la Sección B) h) Coordinador Telecentro Escolar Comunitario - es la persona encargada del programa especial TEC, que enlaza los Centros TICs con la comunidad, es decir, que coordina las relaciones y servicios del Centro TICs hacia los usuarios externos (organizados o no) en pro que lograr la autosostenibilidad del mismo. i) Colaboradores y Voluntarios - son personas ó entidades de cooperación que trabajan de manera conjunta con los actores del Centro TICs que no reciban salario. j) Comunidad - son personas y/o organismos de la sociedad civil que hacen vida en el entorno que alberga la escuela y se integran al Centro TICs como colaboradores y/o usuarios, tales como pequeñas empresas, juntas de vecinos, iglesias, clubes de jóvenes, organismos internacionales, etc. Párrafo I: Dentro del grupo de Estudiantes se organizará un componente definido como: Club de Tecnología, descrito en el capítulo IV, artículo 8, acápite 8.5. Párrafo II. Todos estos actores trabajarán en armonía y con el acompañamiento de la Dirección Regional, el Distrito Educativo y fundamentalmente del Departamento de Informática Educativa de la SEE. 8

Artículo 7. Definición y clasificación de los Usuarios Son todas las personas y/ó entidades que utilizan los recursos de Los Centros TICs, incluye tanto a los actores que tienen vínculo con el sistema educativo como a aquellos que usan los servicios del Centro TICs por su vínculo con la comunidad. Para los fines del presente reglamento los usuarios se clasifican por su origen y por el tipo de acceso, tal como se detalla a continuación: 7.1

Por el Origen a) Internos - son usuarios que pertenecen al plantel escolar, tales como la dirección, los profesores, los estudiantes, el personal de apoyo, Junta de Centro, y Comité de Tecnología. b) Externos - son usuarios que no pertenecen al plantel escolar, es decir que no tienen vínculo como matriculados ni como miembros de organismos de participación del centro educativo.

7.2 Por el Tipo de Acceso a) Acceso Programado – son personas y/ó entidades que participan en actividades y/ó cursos estructurados, reconocidos por la SEE, y coordinados con el Comité Tecnológico Comunitario, tales como cursos de la jornada escolar, talleres, y capacitaciones a docentes y/ó personas de la comunidad. b) Acceso Libre – son personas y/ó entidades que participan en horarios establecidos autorizados por el CTC para el usos particulares, pero sin violentar las normas establecidas y que forman un parte del presente reglamento (ver artículo 4).

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Capítulo IV: De las Funciones y Normativas de los Actores Artículo 8: Funciones de los Actores Todos los actores (personas y organismos vinculados a la escuela) tienen funciones y roles específicos en cuanto a la gestión y utilidad de las TICs, los cuales están directamente ligados al puesto de trabajo que ocupen. A continuación se detallen algunos de estos roles: 8.1 La dirección – tiene la mayor responsabilidad sobre el Centro TICs y debe participar en el CTC y asumir sus funciones y responsabilidades correspondientes. Funciones Administrativas. a) Apoyar el Centro TICs y los programas especiales que en él se desarrollen de acuerdo a las políticas establecidas en el presente reglamento. b) Cumplir y hacer cumplir las normas y reglamentos establecidos, así como de las metodologías y procedimientos trazados por los programas especiales. c) Participar en las reuniones ordinarias y extra-ordinarias del CTC, con voz y voto, para colaborar en la solución de problemas relativos al Centro TICs. d) Contribuir para que las decisiones del CTC se tomen de manera colegiada en interés de promover una participación verdaderamente democrática. e) Servir de enlace entre la junta descentralizada de centro y el CTC a fin de que estos organismos trabajen armónicamente por el bienestar y el éxito del Centro TICs y programas especiales. f) Servir como mediador en las soluciones pacíficas de los conflictos que se pueden generar entre los actores y los usuarios del Centro TICs. g) Acompañar de los demás miembros del CTC en las acciones de promoción y búsquedas de socios estratégicos para el fortalecimiento de los programas especiales. Liderazgo y Visión a) Facilitar entre los grupos interesados en la escuela el desarrollo de una visión compartida sobre el uso de la tecnología y comunican ampliamente esa visión. b) Mantener un proceso inclusivo y cohesivo para desarrollar, implementar y monitorear un plan sistemático, dinámico y de largo alcance para alcanzar la visión. c) Promover y alimentar una cultura responsable de toma de riesgos y abogan por políticas que promuevan la continúa innovación con tecnología. d) Tomar decisiones basadas en información. c) Apoyar prácticas efectivas en el uso de la tecnología que estén basadas en investigaciones.

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e) Comprometerse, en los niveles municipales, regionales y nacionales, con políticas, programas y oportunidades de obtención de recursos que apoyen la implementación de programas tecnológicos a nivel municipal. Integración Curricular a) Identificar, utilizar, evaluar y promover las tecnologías adecuadas para enriquecer y apoyar la instrucción y el currículo basado en estándares que conduzcan a niveles altos de logro en los estudiantes. b) Facilitar y apoyar ambientes de colaboración enriquecidos por la tecnología que conduzcan a innovaciones para mejorar el aprendizaje. c) Procurar que los ambientes de aprendizaje centrados en los aprendices que utilicen tecnología puedan atender las necesidades individuales y diversas de los estudiantes. d) Facilitar el uso de tecnologías para apoyar y mejorar métodos de instrucción que desarrollen el pensamiento de orden superior, la toma de decisiones y la capacidad para la solución de problemas e) Proporcionar y asegurar que profesores y administradores se beneficien de oportunidades de aprendizaje profesional de calidad para mejorar el aprendizaje y la enseñanza con tecnología. Valoración, Temas Sociales y Éticos a) Utilizar una multitud de métodos para valorar y evaluar la adecuada utilización de los recursos tecnológicos para el aprendizaje, la comunicación y la productividad. b) Usar la tecnología para obtener y analizar datos, interpretar resultados y comunicar hallazgos con el fin de mejorar las prácticas educativas y el aprendizaje de los estudiantes. c) Evaluar el conocimiento, competencia y desempeño de su personal en el uso de la tecnología y usan los resultados de la evaluación para facilitar programas de capacitación de buena calidad y para tomar mejores decisiones sobre el personal. d) Utilizar la tecnología para valorar, evaluar y manejar sistemas administrativos y operacionales. e) Asegurar la equidad en el acceso a los recursos tecnológicos que capaciten y empoderen a todos los estudiantes y educadores. f) Identificar, comunicar y servir de modelo en las prácticas sociales, éticas y legales que promuevan el uso responsable de la tecnología. g) Promover y reforzar la privacidad y la seguridad relacionadas con la utilización de la tecnología. h) Promover y reforzar prácticas saludables y ambientalmente seguras en el uso de la tecnología. i) Participar en el desarrollo de políticas que refuerzan claramente la ley de derechos de autor y dan crédito explicito a la propiedad intelectual desarrollada con recursos externos (municipales, gubernamentales, nacionales, internacionales). 11

8.2

Coordinador/a Regional TICs

La persona responsable, denominada “Coordinador/a Regional TICs”, tiene a su cargo las tareas siguientes: Funciones Administrativas. a) Representar al Departamento de Informática Educativa, actuando como ente co-gestor del mismo, atendiendo a las necesidades técnicas, pedagógicas y de gestión de los Centros TICs de la jurisdicción regional en la que se encuentren. b) Mantener registro de los Centros TICs, con información estadística sobre utilización, asistencia, etc. c) Presentar mensualmente un cronograma de actividades al Departamento de Informática Educativa que refleje las actividades programadas por este así como las programadas por cada asesor en su regional, entre las que se destacan capacitaciones, foros, reunión con otros asesores, reuniones con encargados de centros TICs y visitas a los Centros de Tecnología de Información y Comunicación. d) Elaborar y remitir informes periódicos al Departamento de Informática Educativa, según patrones definidos por este último. e) Asegurar que los/as Coordinadores/as de Centros TICs garanticen la limpieza, el buen funcionamiento y el uso adecuado de los recursos (equipos, mobiliario, software instalados, etc.). f) Actuar como nexo entre el Coordinador de Centro TICs y el Dpto. de Informática Educativa, asistiendo a las reuniones de coordinación que se programen en el centro educativo o en el Departamento. g) Mantener al día una bitácora, consignando en ella un detalle de las visitas, problemas, soluciones y otros aspectos relevantes vinculados con el funcionamiento de los Centros TICs en la jurisdicción correspondiente. h) Compilar en un Banco de Software, o directorio, los programas que estén usando los docentes de su Región. Funciones de naturaleza docente: i) Implementar, fortalecer, evaluar y retroalimentar adecuadamente las propuestas y políticas generales trazadas por el Departamento de Informática Educativa, para la integración de las TICs, a partir del acompañamiento constante en los Centros TICs de su zona de actuación. j) Propiciar el involucramiento de el/la Coordinador/a Centro TICs con la comunidad educativa, en que este último labore, a fin de integrar en la dinámica del centro educativo y/o redes de centros, elementos metodológicos que potencialicen la

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realización de proyectos de TICs contemplados por la SEE, a través del Departamento de Informática Educativa. k) Procurar en los encuentros distritales y regionales de capacitación de docentes, la integración de nuevos conceptos, informaciones, procedimientos y tecnologías relativos a la utilización de los Centros TICs en las propuestas de trabajo contempladas en los niveles Inicial, Básico, Medio y el subsistema de Educación para Adultos, mediante el intercambio y contraste de las prácticas desarrolladas de integración de TICs a nivel de centros educativos de su jurisdicción. l) Promover tanto en el docente como en el encargado de centro TICs una actitud investigativa y de acción orientada a descubrir e implementar nuevos ambientes de aprendizaje utilizando el computador como recurso didáctico. m) Propiciar, velar y brindar seguimiento al desarrollo de un programa permanente de capacitación y de perfeccionamiento de las labores realizadas en el centro TICs (planeamiento, creación de ambientes de aprendizaje, desarrollo del talento, dominio de herramientas, evaluación, etc.) n) Coordinar con los asesores regionales de áreas curriculares a través del Departamento de Informática Educativa, para que realicen talleres, clases modelos, mini seminarios y actividades afines a materias especificas con el propósito de motivar, brindar directrices y apoyar la labor desarrollada por los docentes y encargados en los centros TICs. o) Colaborar con las estructuras de coordinación del ámbito de las Tecnologías de la Información y la Comunicación que se establezcan, a fin de garantizar actuaciones coherentes de los centros TICs en su jurisdicción y poder incorporar y difundir iniciativas valiosas en la utilización didáctica de las TICs. p) Fomentar entre los encargados de Centros TICs la actualización constante en el uso de nuevas herramientas y estrategias para la integración de la comunidad educativa en el uso de las facilidades del centro TICs. q) Acceder y difundir información especializada sobre usos, experiencias y eventos relativos a la informática en educación (listas de interés, páginas WWW, folletos, revistas, seminarios, eventos, etc.) Funciones de Evaluación y Acompañamiento: r) Monitorear el desempeño de los Centros TICs canalizando y facilitando sus necesidades. s) Realizar visitas periódicas a c/u de los Centros TICs a su cargo. t) Evaluar periódicamente el impacto de cada Centro TICs, tanto en el sistema educativo como dentro de la comunidad aplicando instrumentos de observación aprobados por el Departamento de Informática Educativa a fin de encontrar fortalezas y debilidades en el trabajo desarrollado en el Centro TICs y que permitan mejorar y maximizar los logros obtenidos. u) Coordinar las actividades de integración de TICs, conjuntamente con las direcciones regionales y los centros TICs, informando oportunamente acerca de los logros y necesidades (se recomienda informar periódicamente y por escrito 13

v) Apoyar a los distintos agentes de la comunidad educativa (docentes, administrativos, alumnos, padres y tutores) en la realización de actividades con apoyo de las TICs.

Funciones de Integración de la Comunidad w) Fomentar la relación entre comunidad educativa y los organismos de la sociedad civil para el uso de los Centros TICs, en jornada extraescolar, propiciando “espacios” para la reflexión, discusión, socialización y toma de acciones conjuntas para la planeación y puesta en marcha de programas de desarrollo apoyados por las TICs. x) Concertar alianzas colaborativas con instituciones y personas de las comunidades con miras al patrocinio y/o apadrinamiento de los centros TICs. y) Difundir las actividades del Depto. De Informática Educativa al resto de la comunidad educativa (diario mural, eventos, folletos, exposición de trabajos, publicación en la prensa y emisoras de radio locales, etc.) z) Programar jornadas de capacitación en TICs en coordinación con la regional a miembros de sociedades de padres y amigos. 8.3

Coordinador de Centro TICs

Tareas de naturaleza docente: a) Apoyar la labor de los docentes de las distintas áreas objetos de estudio en el proceso de incorporación e integración curricular de las tecnologías de la información y la comunicación. b) Entrenar o capacitar a los docentes y alumnos en el manejo de las herramientas básicas de la informática. c) Acompañar a los docentes para el uso pedagógico de las TICs en tareas como:

• La selección y evaluación de software y portales educativos. • La selección de herramientas informáticas para la elaboración de software educativo y otros materiales didácticos digitales. • El diseño y desarrollo de actividades pedagógicas con apoyo informático. • La asistencia técnica para la realización de estudios a distancia a través de la Internet. • La conformación y seguimiento de comunidades virtuales de aprendizaje tanto entre alumnos/as como entre docentes. • La planeación y desarrollo de proyectos colaborativos de aprendizaje. d) Difundir entre la comunidad educativa las informaciones novedosas y de carácter educativo ya sean estas producidas en el Centro Educativo o en grupos colaborativos con otras escuelas. e) Mantener inventario de los software educativos, producidos y/o utilizados en su centro.

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Funciones administrativas: f) Mantener inventario organizado de los equipos computacionales y periféricos, mobiliarios, licencias, software educativos y otros materiales propiedad del Centro TICs. g) Coordinar, a través del/de la Director/a del Centro Educativo, con las distintas áreas del conocimiento el calendario de utilización del Centro TICs. h) Coordinar con la Junta Descentralizada de Centro y los Comités Tecnológicos Comunitarios (CTC) las labores de reparación, habilitación o sustitución de equipos y partes. i) Proveer soporte técnico básico de hardware y software al Centro de Tecnología de la Información en todas sus partes y componentes. j) Informar por escrito, en papel o por correo electrónico, a su superior inmediato sobre cualquier anomalía técnica o administrativa que se presente en el Centro TICs. k) Mantener en buen estado de higiene y organización el Centro TICs. l) Junto al Director del Centro Educativo y los organismos de participación (Juntas Descentralizadas de Centros y Comités Tecnológicos Comunitarios) dar cumplimiento a la aplicación de los manuales operativos y los reglamentos elaborados para el buen funcionamiento del Centro de Tecnología de la Información.

Funciones de evaluación y supervisión: m) Atender en todo momento el clima organizacional del Centro TICs cuando el mismo esté siendo utilizado. n) Acompañar a los docentes en el proceso de verificación del impacto y la pertinencia de las actividades, programas y proyectos desarrollados con apoyo del Centro TICs. o) Rendir informes periódicos a su superior inmediato y a la Dirección del Departamento de Informática Educativa sobre el funcionamiento general del Centro TICs, así como de los programas que allí se desarrollan. p) Velar porque las tareas y actividades se desarrollen dentro de los parámetros disciplinarios establecidos en el manual operativo y de funcionamiento del Centro de Tecnología de la Información.

Funciones de Integración de la Comunidad: q) Apoyar las iniciativas de participación de las comunidades en el marco de las políticas que para estos fines emanen del nivel central de la Secretaría de Estado de Educación. 15

r) Atender la demanda de servicios tecnológicos por parte de personas y organizaciones comunitarias en horarios extra-jornada escolar. s) Participar en la implementación de las políticas descentralizadas de autosostenibilidad, integrándose de manera activa a los organismos de participación (Junta Descentralizada de Centro y Comité Tecnológico Comunitario). 8.4

Profesores - son beneficiarios que tiene la responsabilidad de capacitarse é integrar los conocimientos adquiridos de los TICs para el uso en el aula. Empeñarse por: a) Cumplir y hacer cumplir las reglamentaciones del Centro de Tecnología de la información. b) Integrarse con entusiasmo al mundo de las tecnologías de la información e integrar a sus alumnos. c) Demostrar un conocimiento, habilidades y entendimiento de conceptos relacionados a la tecnología. d) Demostrar un continuo crecimiento en conocimiento tecnológico y habilidades para desenvolverse frente a la actual y emergente tecnología. e) Diseñar el desarrollo apropiado de oportunidades de aprendizaje que aplique la tecnología y el desarrollo de estrategias que soporten las diversas necesidades de los aprendices. f) Aplicar las actuales investigaciones en enseñanza y aprendizaje con la tecnología cuando planeen ambientes y experiencias de aprendizaje. g) Identificar y localizar los recursos tecnológicos y evalúe su precisión e idoneidad. h) Planear el manejo de recursos tecnológico dentro del contexto las actividades de aprendizaje. i) Planear estrategias tecnológicamente.

para

manejar

estudiantes

en

un

entorno

enriquecido

j) Facilitar experiencias de mejoramiento tecnológico las cuales están dirigidas a contenidos de calidad para hacer estudiantes de tecnología cualificados. k) Usar la tecnología para soportar el aprendizaje centrado en estrategias que están dirigidas a las diversas necesidades de los estudiantes. l) Aplicar la tecnología al desarrollo de los estudiantes para mejorar sus habilidades y creatividad. m) Dirigir a los estudiantes en actividades de aprendizaje en un entorno mejorado por la tecnología. n) Aplicar la tecnología en la evaluación del aprendizaje de las asignaturas de los estudiantes usando una variedad de técnicas valorativas. o) Usar los recursos tecnológicos para recolectar y analizar los datos, interpretar resultados y comunicarlos, esto con el fin de mejorar la práctica instruccional y maximizar el aprendizaje de los estudiantes. 16

p) Aplicar múltiples métodos de evaluación para determinar a los estudiantes el apropiado uso de los recursos tecnológicos en el aprendizaje, la comunicación y la productividad. q) Usar los recursos tecnológicos para ocuparse en un continuo desarrollo profesional. r) Evaluar y criticar su práctica profesional, elaborando informes de cómo usan la tecnología como soporte en el aprendizaje del estudiante. s) Aplicar la tecnología para incrementar la productividad. t) Usar la tecnología para comunicarse y colaborar con iguales, padres y la comunidad en general. u) Modelar y enseñar prácticas legales y éticas relacionadas al uso de la tecnología. v) Aplicar los recursos tecnológicos para permitir y posibilitar el aprendizaje con diversos entornos, características y habilidades. w) Identificar y usar los recursos tecnológicos para afirmar la diversidad. x) Promover el uso seguro y saludable de los recursos tecnológicos. y) Facilitar el acceso equitativo de los recursos tecnológicos para todos lo estudiantes.

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8.5

Club de Tecnología

Descripción Estos clubes son espacios abiertos, flexibles y permanentes para comunicar, investigar, practicar y evaluar en el contexto de la tecnología y la informática. Estos clubes gravitan dentro del Centro Educativo y especialmente en el área del Centro TIC. Los estudiantes interesados encuentran un espacio de aprendizaje permanente, en el cual desarrollan la creatividad; construyen saberes; fomentan el espíritu crítico; fortalecen valores como la tolerancia, la autoestima, la solidaridad, la convivencia; exploran las funcionalidades y bondades de las herramientas informáticas como apoyo al trabajo académico; participan en proyectos que mejoren la calidad y equidad de la educación en su propia institución; proyectan hacia la comunidad educativa el aprendizaje adquirido. El aprendizaje se caracteriza por un trabajo colaborativo y cooperativo, donde los estudiantes se ayudan mutuamente a aprender, a compartir ideas y recursos. La asignación de roles permite que el equipo se autorregule en función de su trabajo y se logre rescatar la identidad de cada integrante, logrando aprendizajes significativos para cada uno. Los clubes de Tecnología son espacios donde estudiantes entusiastas, amantes de las TIC, con el apoyo de los encargados de centros TIC, asesores, algunos profesores y voluntarios, desarrollan su potencial intelectual y ponen de manifiesto sus ideas, creatividad y talento…. emprendiendo proyectos para el desarrollo de la comunidad. Dentro de los clubes de Tecnología hay estudiantes con habilidades e intereses diferentes, según nuestra propia experiencia… a algunos de ellos les gusta experimentar con las ciencias; a otros, en cambio, les encanta desarrollar su creatividad e imaginación, presentando la realidad con ayuda y utilizando de diversas herramientas tecnológicas diseñadas para tales fines. A otros, sin embargo, les fascina más interactuar con las máquinas y los cables, otros se sienten mejor redactando los hechos que serán difundidos en un entorno Web o en un periódico digital. Hay jóvenes que se interesan más por la transferencia e intercambio de conocimientos con otros estudiantes, padres, personas de la comunidad, estudiantes y personas de todo el mundo. Lo ideal es poder contagiar a otros compañeros, profesores a unirse en el desarrollo de las actividades del club y hacer aportes significativos para el desarrollo de la comunidad. Organización: Se recomienda designar un coordinador general del club, crear equipos por área de interés, con su respectivo sub-coordinador… por ejemplo: equipo investigación, equipo de hardware, equipo encargado de portal educativo, equipo logístico… etc. Por otro lado, también se recomienda buscar un asesor con conocimientos en el área de desarrollo de proyectos, o el área de investigación… Los sub-coordinadores se reunirán periódicamente con el coordinador general, el asesor y algún profesor entusiasta.

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Funciones: • • • • • • •

Colaborar con docentes en los procesos de integración de TICs. Organizar exposiciones integrando el uso del Centro TICs Colaborar con los encargados de centros TIC en el mantenimiento de los laboratorios. Colaborar con el coordinador del Telecentro en las actividades de cursos, servicios, y el funcionamiento en general del Telecentro. Intercambiar conocimientos con otros estudiantes Organizar excursiones a parques cibernéticos y centros de tecnología. Diseñar y mantener la Web y el periódico digital de la escuela con la colaboración del Encargado del Centro TICs.

Su funcionamiento estará regulado por el Comité Tecnológico Comunitario (CTC). Requisitos para ingresar y permanecer en el club de Tecnología • • • •

Demostrar interés y valoración por el uso de las tecnologías en procesos de aprendizajes Demostrar un buen comportamiento y espíritu colaborativo Mantener buenas calificaciones. Otros a definir.

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SECCIÓN B Programas Especiales Telecentros Escolares Comunitarios (TEC) Capítulo V: Descripción, Objetivos y Requerimientos del Telecentro Escolar Comunitario (TEC) Artículo 9: Definición Un Telecentro Escolar Comunitario (TEC) es el espacio dentro de un Centro TICs cuando se usa en horarios extra jornada escolar, y cuyo fin es la autosostenibilidad del Centro TICs para garantizar un mejor servicio de manera interrumpida tanto para el uso pedagógico de la informática como instrumento para uso de la comunidad. Un TEC es una combinación de un centro de recursos informáticos y un cibercafé con acceso a Internet. El primero con finalidad didáctica y el segundo la rentabilidad, a partir de la oferta de los servicios múltiples. La búsqueda de rentabilidad, sin embargo, no podrá jamás predominar sobre la difusión del conocimiento tecnológico. La naturaleza rentable de un TEC es exclusivamente para que el Centro TICs pueda cumplir su misión educativa y de desarrollo tecnológico. Artículo 10: Justificación La operatividad y la sostenibilidad de Los Centros TICs ha sido uno de los puntos débiles en los sistemas educativos que han implementado proyectos de introducir las TICs como parte de sus políticas nacionales de innovación. Así lo ha demostrado la experiencia internacional y la República Dominicana no ha sido la excepción. En consecuencia fue menester decidir sobre políticas que den al traste con la solución de esta problemática; estas políticas se sustentan mediante: a) La creación de un modelo de auto-sosteniblidad para atender las necesidades operativas básicas del Centro TICs (adquisición de tinta, papel, partes para reparación, energía permanente, conectividad, etc.). b) El establecimiento de políticas de descentralización mediante de la creación de organismos de participación comunitaria, que asumen roles de administradores y vigilantes del buen uso de la infraestructura instalada. c) La apertura de servicios a la comunidad mediante alianzas estratégicas con sus miembros organizados o no organizados, según sus necesidades de utilización de las TICs.

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Artículo 11: Objetivos De acuerdo a las políticas asumidas y expresadas en el artículo anterior la conformación de los TEC persigue los siguientes objetivos: a) Promover el uso de las TICs como herramientas para potenciar el desarrollo sostenible de las comunidades, de manera que se integren al mundo globalizado. b) Facilitar un mecanismo de descentralización para la sosteniblidad de Los Centros TICs, de manera que estos puedan cumplir con la labor pedagógica. Artículo 12: Factibilidad y Puesta en Marcha de un TEC en un Centro TICs Todos los Centros TICs deberán ser sometidos a un estudio de factibilidad, antes, durante o después de su instalación, para determinar indicadores económicos y la capacidad de pago por servicios de la comunidad del entorno escolar. Además de estos indicadores el centro educativo debe reunir las siguientes condiciones: a) Poseer un Centro TICs instalado y funcionando. b) Estar decidida a implementar las políticas de auto-sostenibilidad promovidas por la SEE bajo el modelo TEC. c) Poseer una Junta de Centro constituida y en funcionamiento. d) Demanda de servicios por parte de la comunidad y sus instituciones. e) Capacidad de pago por servicios en la comunidad según la factibilidad determinada. f) Decisión de la escuela y la junta descentralizada en dar apoyo administrativo al TEC. g) Constitución de un Comité Tecnológico Comunitario. h) Selección y designación de un Coordinador TEC. i) Compromiso de financiamiento o apadrinamiento del TEC mediante las alianzas estratégicas. Párrafo. Si el estudio de factibilidad para el establecimiento de un TEC demuestra que la comunidad del entorno escolar no tiene la capacidad de pago por servicios para garantizar la auto-sostenibilidad del Centro TICs, los organismos de participación deben buscar el apadrinamiento o subsidio para compensar el pago por servicios que la comunidad no puede aportar.

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Artículo 13: Requerimientos técnicos básicos para el establecimiento de un TEC La necesidad de equipamiento informático y demás componentes para la implementación de una política de auto-sostenibilidad efectiva en un Centro TICs no se suple con la infraestructura que tradicionalmente se han instalado en estos, por lo tanto, según la definición del momento tecnológico, el establecimiento de un TEC requiere: a) Mobiliario y equipo especializado: gabinetes, archivos, televisores, scanner, quemadora de CD, etc. b) Configuración de hardware y software. c) Conectividad de banda ancha. Párrafo. Si un Centro TICs no reúne los requerimientos técnicos básicos, entonces deberá someter a un proceso de actualización del equipamiento que lo requiera.

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Capítulo VI De los Servicios y Horarios del TEC Artículo 14: Servicios del TEC Para los fines del presente reglamento los servicios de un Telecentro Escolar Comunitario se clasifican en principales y adicionales. Los servicios principales están asociados directamente al computador y sus periféricos básicos; y los servicios adicionales están estrechamente ligados a componentes tecnológicos que pueden funcionar de manera independiente. 14.1

Servicios Principales

b) Servicios del Internet: Este es uno de los servicios más importantes que se van a ofertar, ya que será usado por los estudiantes, maestros, y la comunidad para hacer sus investigaciones y realizar sus tareas usando el Internet, incluye: • Correo Electrónico • Chateo • Investigaciones Personalizadas • Sistema de Aprendizaje a Distancia • Video Conferencia • Consultas de Nóminas Públicas • Aplicación de Pruebas Objetivas • Acceso a Calificaciones o Notas de Estudios • Trabajos Escolares Colaborativos • Telemedicina • Radio Emisora Digital c) Digitación e Impresión de Documentos d) Diseño Gráfico e) Capacitación en Informática f) Grabación de CD Párrafo. No se podrá quemar canciones, videos, películas, ni cualquier otro material que vayan en contra de las leyes de autoría y de derechos del autor. Esto es penado por la ley. 14.2

Servicios Adicionales

a) Servicio de Teléfono y Fax b) Fotocopias 23

c) Escaneado de Documentos d) Fotografía Digital e) Encuadernación y Laminado de Documentos Artículo 15: Horario del TEC Dentro de un Centro TICs se definen dos tipos de horarios: el horario de jornada escolar que coincide con el horario de trabajo del centro. Horario extra jornada escolar: es el que se ejecuta fuera del horario normal del centro educativo. El horario extra jornada escolar, por su naturaleza corresponde al TEC sin embargo será definido por las disponibilidades del centro educativo y/o las necesidades comunitarias. Estos horarios están establecidos por las siguientes jornadas laborales: 15.1 Horarios en Jornada Extra-escolar en los Centros TICs del tipo Laboratorio y en las AVE: será el horario que NO coincide con la jornada escolar. Tanda Escolar M

Horario disponible Lunes a Viernes 2:00 p.m. a 9:00 p.m.

MV

6:00 p.m. a 9:00 p.m.

MN

2:00 p.m. a 6:00 p.m.

V

8:00 am a 1:00 pm 6:00 pm a 9:00 pm

VN

Horario disponible Fin de Semana

Total Horas Semana 51 31

Sábado 8:00 am a 9:00 pm Domingo 9:00 am a 1:00 pm

8:00 a.m. a 1:00 p.m.

MVN

36 56 41 16

NOTA : M = Matutina, V = Vespertina, N = Nocturna

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Capítulo VII: De la Membresía y Participación en el TEC Artículo 16: Membresía y Participación El Telecentro Escolar Comunitario, para su mejor organización, debe establecer un sistema de membresía que garantice unos ingresos mínimos para atender las necesidades prioritarias. Según sean organizados o no, los miembros se clasifiquen en corporativos independientes: a) Miembros Corporativos – pueden ser empresas u organizaciones que apoyan y dan uso al TEC a través de sus empleados y que deberán colaborar con mantener la infraestructura del Centro TICs en buen estado. b) Miembros Independientes – son personas físicas que establecen un protocolo de servicio para usar de manera recurrentes el TEC y quienes puedan optar por un pago único por un tiempo determinado. Párrafo. Todos los miembros deberán firmar un contrato o protocolo de servicio según sus necesidades.

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Capítulo VIII: De las Funciones y Responsabilidades del Coordinador TEC Artículo 17: Perfil del Coordinador TEC y Descripción del Trabajo Cada TEC que funciona en un Centro TICs debe poseer una estructura operativa independiente pero estrechamente relacionada con la coordinación del Centro TICs. Esta estructura está conformada por un coordinador-administrador, en calidad de funcionario, y un Comité Tecnológico Comunitario. El coordinador-administrador debe ser una persona de la comunidad que cumpla con los siguientes perfiles: a) Poseer una formación mínima en negocios, administración e informática. b) Poseer habilidad de comunicación y organización. c) Contar con experiencia en educación y en tecnologías educativas preferiblemente. d) Tener experiencia en manejar MS Office y el Internet. e) Tener habilidad para trabajar individualmente y en grupo. f) Condiciones de liderazgo socio-comunitario. g) Una persona responsable y confiable. h) No tener antecedentes que vayan en contra en moral y las buenas costumbres. Artículo 18: Funciones del Coordinador/a Local TEC El coordinador local será responsable, junto al Comité Tecnológico Comunitario, de la planificación y administración de las actividades y los servicios del TEC. Las responsabilidades del especialista se detallan a continuación: 18.1

Administración

a) Reportarse a la coordinación nacional de Telecentro Escolar Comunitario, al director de la escuela y al Comité Tecnológico Comunitario. b) Hacer reportes de ingresos y gastos, a la coordinación nacional con copia al CTC, diario, semanal y mensual. c) Aperturar cuenta de ahorros junto con el CTC, para la administración de los fondos propio del TEC. d) Recibir y registrar los clientes o miembros. e) Recibir, organizar, y hacer depósitos bancarios de los fondos que ingresen al TEC. f) Atender a los clientes según el tipo de servicio que estos soliciten. g) Mantener la limpieza y mantenimiento del Centro TICs. h) Mantener la contabilidad y flujo de efectivo del centro. i) Mantener inventario de las adquisiciones del TEC. 26

j) Manejar la caja chica. k) Velar por que los pagos por servicios recibido por el TEC se efectúen en tiempo. 18.2

Planificación y Organización

a) Diseñar un plan de publicidad local y búsqueda de socios estratégicos. b) Elabora calendario de servicios para miembros registrados (corporativos e independientes), así como para actividades sistemáticas (cursos, talleres, charlas, seminarios, películas, etc.). c) Velar por el clima organizacional del Centro TICs (decoración del salón con materiales informativos y educativos, limpieza, mantenimiento de equipos, etc.), y el clima disciplinario según se establece en el presente reglamento. d) Promover reuniones permanentes de coordinación con los demás actores del Centro TICs: Comité Tecnológico Comunitario, Junta Descentralizada, Coordinador Centro TICs. e) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente reglamento o cualquier norma que al respeto emanen de la SEE.

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Capítulo IX: Del Comité Tecnológico Comunitario (CTC) Artículo 19: Visión La gestión local para el desarrollo de los Centros TICs deberá tomar en cuenta tres aspectos básicos: Un grupo de personas que lleve adelante el proceso, un plan de desarrollo y reglamentos para el uso de la infraestructura y los equipos disponibles. Existe bastante flexibilidad respecto a la constitución del equipo de personas que participen en el proceso, aunque, con el fin de estandarizar el mismo, se propone que este equipo de desarrollo sea llamado Comité Tecnológico Comunitario. En el presente instructivo se sugiere la composición del mismo y se proveen lineamientos para la definición de sus tareas. Artículo 20: Definición del Comité Tecnológico Comunitario El CTC es un grupo de personas que tendrá a su cargo la gestión y desarrollo del Centro TICs existente en el centro educativo. Este grupo deberá asegurarse que entre sus miembros existan personas con interés y motivación hacia el desarrollo a los TICs y al servicio de la educación y la comunidad. Este comité debe ser entendido como un grupo de trabajo más que un grupo deliberado o de poder. Por lo tanto, las personas representadas en este comité deberán estar dispuestas a dar su cuota de trabajo para preservar y desarrollar el patrimonio tecnológico que ha sido puesto en sus manos. El CTC tendrá también a su cargo la administración de los recursos financieros que el Centro TICs/TEC logre conseguir como producto de la venta de servicios y otras actividades, pero que será necesario que al menos uno de sus miembros tenga conocimientos, o sea capacitado(s), en aspectos de contabilidad. Artículo 21: Objetivos a) Desarrollar y ejecutar un diagnóstico del estado de Los Centros TICs. b) Crear un Plan de Desarrollo Tecnológico que incluya un Plan de Sostenibilidad para el Centro TICs. c) Desarrollar un plan de sostenibilidad y una estrategia de mercadeo con el fin de conseguir apoyo financiero y generar ingresos. d) Manejar/administrar los fondos obtenidos con el fin de que sean aplicados al plan de desarrollo tecnológico y a las ofertas eficientes de los servicios. e) Cumplir y hacer cumplir los reglamentos para el uso del Centro TICs. f) Gestionar la disponibilidad y utilización de fondos que la SEE disponga a través de la Junta Descentralizada de centro o cualquier otro mecanismo. g) Supervisar el buen uso y preservación del Centro TICs en tanto es patrimonio del centro educativo y de la comunidad general. 28

Artículo 22: Conformación y Estructura de un CTC 22.1

Generalidades

a) El CTC debe ser integrado por una representación de todos los actores principales (organizaciones y/o personas), los cuales han asumido apoyar las políticas de descentralización, participación y autosostenibilidad de Los Centros TICs. b) El CTC deberá estar conformado por una persona perteneciente a los siguientes estamentos: • • • • • • • • • • • •

El director de la escuela o un representante Representante de la Junta Descentralizada de Centros que no sea el director de la escuela. Representante de maestros El Coordinador Regional de Centro TICs El o los Coordinador(es) Centro TICs Coordinador Local TEC Un/a voluntario/a o representante de servicio social Representante de alumnos Representante del ayuntamiento municipal Representantes de las iglesias de la comunidad Representante del empresariado y comercio organizado Representante de la Sociedad de Padres, Madres y Amigos de la Escuela

Párrafo I. Este comité será permanente y cada centro educativo deberá tomar decisión sobre el tiempo de servicio deseable para cada miembro del comité. Párrafo II. No hay un número ideal de miembros para cada comité, pero por razones de carácter operacional se recomienda que su número no sea demasiado grande. Aparentemente el número siete parece un número razonable, pero la decisión está en manos de cada centro educativo. Artículo 23: Funciones y Normativas para el CTC a) Reunirse de manera ordinaria, por lo menos una vez al mes, y extraordinaria cada vez que se requiera. b) Revisar y discutir del los reportes financieros del coordinador TEC cada mes. presidente va a revisar los reportes financieros cada semana.

El

c) Trabajar conjuntamente con el coordinador TEC para crear socios con organizaciones y negocios locales. d) Proveer apoyo al coordinador TEC para facilitar un plan de negocio, mercadeo y operaciones del telecentro. e) Ayudar con la solución de todos los problemas que le presenten. f) Proveer retroalimentación al coordinador TEC mensualmente. g) Revisar las actualizaciones del coordinador nacional TEC. 29

h) Revisar todos los reportes del software administrativo.

Artículo 24: De la asamblea del Telecentro Escolar Comunitario Los CTC estarán regidos por una asamblea compuesta por la Junta de Centro, la dirección del centro, el Coordinador Centro TICs, el Coordinador Local TEC, los voluntarios y los Miembros Corporativos del TEC. Estos deberán reunirse ordinariamente una vez del año y extraordinariamente cuántas veces sean necesarios en el año. La asamblea se debe celebrar para el mes de agosto de cada año, aprovechando el período vacacional. Sus funciones son los siguientes: a) -Elegir los miembros del CTC b) -Recibir un informe detallado del funcionamiento del Telecentro Escolar Comunitario. c) -Trazar las pautas de los planes y políticas del TEC. Artículo 25: Funciones de los Directivos del Comité Tecnológico Comunitario Todos los cargos dentro del Comité tendrán una duración de 12 meses a partir de la fecha de toma de posesión. Para el primer año se seleccionará un Comité Gestor de consenso compuesto por personalidades reconocidas en la comunidad que actuará tal como si fuera la directiva electa. Después de un año de duración el presidente en funciones acompañado del equipo del CTC organizará una asamblea donde se seleccionará la nueva directiva que regirá para el año siguiente. Párrafo: Quedan exento de esta resolución el o los voluntarios que hacen un trabajo honorífico que es asignado por cualquier otra organización: ONG o Universidad. 25.1

Funciones del Presidente/a

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes reglamentos o cualquier otra norma que emanen de la Secretaría de Estado de Educación. b) Presidir todas las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité Tecnológico comunitario. c) Convocar las reuniones del Comité. d) Recibir informes financieros o de cualquier otra índole del Coordinador Local de Telecentros o de cualquier otra dependencia de la comunidad. e) Velar por que el orden y el clima organizacional del Centro TICs esté en condiciones de trabajo, f) Firmar actas e informes remitidos desde el Comité de Tecnología, previa su verificación. g) Someter para aprobación o rechazos cualquier propuesta que considere pertinente a la misión del TEC. h) Representar al Comité Tecnológico Comunitario en los actos públicos y privados a que se le convoque. 30

i) Junto al coordinador local y demás miembros del CTC participar en la elaboración de plan de mercadeo y sostenibilidad. j) Promover la participación comunitaria y convocar las asambleas con treinta días de anticipación. 25.2

Funciones del Vicepresidente/a

a) Sustituir al presidente en caso de ausencia y /o en los actos que este le delegue. b) Junto al presidente, vigilar y colaborar en el clima organizacional del Centro TICs. c) Acatar los mandatos o resoluciones tomadas por mayoría en el Comité Tecnológico Comunitario. d) Participar en las reuniones y asambleas convocadas por los organismos del Centro TICs y CTC. 25.3

Funciones del Secretari@ de Finanzas. Este será el responsable de recibir las recaudaciones por todos los conceptos y administrar estos conforme al reglamento de manejo de fondo.

a) Recibir recaudaciones de fondos del Coordinador Local de Telecentros y hacer depósito en banco. b) Revisar los controles y balances de ingresos y egresos de la cuenta bancaria. c) Liquidar con el Coordinador Local de Telecentros la administración de los fondos de caja chica. d) Gestionar la reposición de los fondos de caja chica con un mínimo de 24 horas después de ser liquidado. e) Acatar los mandatos o resoluciones tomadas por mayoría en el Comité Tecnológico Comunitario. f) Participar en las reuniones y asambleas convocadas por los organismos del Centro TICs y CTC. g) Cualquier otra función no prevista en el presente reglamento, pero que se origine por resolución del CTC. 25.4

Funciones del Secretario/a de Actas y Correspondencias.

a) Participar en las reuniones y asambleas convocadas por los organismos del Centro TICs y CTC. b) Recibir y archivar toda correspondencia que se emitan o ingresen al TEC. c) Llevar control de asistencia de los miembros del CTC a las reuniones ordinarias y extraordinarias. 31

d) Redactar las actas de las reuniones y asambleas, así como las resoluciones tomadas en dichas reuniones o asambleas. e) Leer y someter para aprobación o rechazos las actas de reuniones anteriores ante el Comité Tecnológico Comunitario. f) Coordinar y colaborar con el Presidente en la convocatoria a reuniones y asambleas. g) Acatar los mandatos o resoluciones tomadas por mayoría en el Comité Tecnológico Comunitario. h) Cualquier otra función no prevista en el presente reglamento, pero que se origine por resolución del CTC. 25.5

Funciones del Secretario/a de Quejas y Conflictos El encargado de quejas y conflictos es un/a persona que se dedicará a atender las quejas y reclamos de los usuarios del TEC, así como atender la solución pacífica de conflictos. Tiene las siguientes funciones principales:

a) Participar en las reuniones y asambleas convocadas por los organismos del Centro TICs y CTC. b) Recibir de forma verbal o escrita las quejas que presenten los ciudadanos inconformes con los servicios del TEC, así como los elogios o felicitaciones por la calidad de los servicios. c) Servir de mediador para resolver pacíficamente los conflictos que se presenten tanto entre los usuarios como entre los dirigentes. d) Llevar un registro de las quejas y los conflictos que se presenten en TEC e informar al CTC. e) Acatar los mandatos o resoluciones tomadas por mayoría en el Comité Tecnológico Comunitario. f) Cualquier otra función no prevista en el presente reglamento, pero que se origine por resolución del CTC. 25.6

Secretari@ de Alianzas Estratégicas y Apadrinamiento Este/a persona se encargará de acompañar al Coordinador Local de Telecentros en las gestiones para buscar alianzas y apadrinamiento entre las instituciones y empresas de la comunidad o municipio. Tendrá las siguientes funciones:

a) Participar en las reuniones y asambleas convocadas por los organismos del Centro TICs y CTC. b) Hacer un inventario inicial de todas las organizaciones y empresas que existen en la comunidad o municipio. c) Elaborar y poner en ejecución un plan de apadrinamiento y /o alianzas. .

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d) Elaborar y poner en marcha un calendario de visitas, con una carta de presentación y una oferta de alianza. e) Acatar los mandatos o resoluciones tomadas por mayoría en el Comité Tecnológico Comunitario. f) Cualquier otra función no prevista en el presente reglamento, pero que se origine por resolución del CTC. 25.7

Funciones del Secretari@ de Asuntos Culturales y Sociales. El TEC debe ser un espacio de sinergias, animaciones y promoción de los valores culturales. Este secretari@ tendrá bajo sus responsabilidad la organización de eventos sociales y culturales que también puedan generar ingresos para la organización. Tendrá las siguientes funciones:

g) Participar en las reuniones y asambleas convocadas por los organismos del Centro TICs y CTC. h) Hacer un inventario de organizaciones culturales y sociales de la comunidad o municipio. i) Junto a esas organizaciones elaborar un plan de actividades socio-culturales y presentarlo al TEC. j) Integrar su plan de actividades al plan del Telecentro Escolar Comunitario. k) Acatar los mandatos o resoluciones tomadas por mayoría en el Comité Tecnológico Comunitario. l) Cualquier otra función no prevista en el presente reglamento, pero que se origine por resolución del CTC. 25.8

Vocal – Director de la escuela

a) Participar en las reuniones y asambleas convocadas por los organismos del Centro TICs y CTC. b) Acatar los mandatos o resoluciones tomadas por mayoría en el Comité Tecnológico Comunitario. c) Velar por que el orden y el clima organizacional del Centro TICs esté en condiciones de trabajo, d) Sustituir cualquier otro miembro del Comité que esté ausente. e) Cualquier otra función no prevista en el presente reglamento, pero que se origine por resolución del CTC.

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25.9

Vocal – Coordinador Centro TICs

a) Participar en las reuniones y asambleas convocadas por los organismos del Centro TICs y CTC. b) Acatar los mandatos o resoluciones tomadas por mayoría en el Comité Tecnológico Comunitario. c) Velar por que el orden y el clima organizacional del Centro TICs esté en condiciones de trabajo, d) Sustituir cualquier otro miembro del Comité que esté ausente. e) Cualquier otra función no prevista en el presente reglamento, pero que se origine por resolución del CTC. 25.10 Vocal – Un representante estudiantil a) Participar en las reuniones y asambleas convocadas por los organismos del Centro TICs y CTC. b) Acatar los mandatos o resoluciones tomadas por mayoría en el Comité Tecnológico Comunitario. c) Velar por que el orden y el clima organizacional del Centro TICs esté en condiciones de trabajo. d) Sustituir cualquier otro miembro del Comité que esté ausente. e) Cualquier otra función no prevista en el presente reglamento, pero que se origine por resolución del CTC. 25.11 Un/a voluntario/a o representante de servicio social El voluntario es un trabajador técnico-administrativo que tiene que velar por el correcto funcionamiento del TEC y sus funciones son las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir los presentes reglamentos y demás normas que emanen desde la Secretaría de Estado de Educación relativas a Los Centros TICs. b) Participar en las reuniones y asambleas convocadas por los organismos del Centro TICs y CTC. c) Trabajar coordinado directamente con el Coordinador Local del TEC. d) Elaborar y proponer iniciativas innovadoras que vayan acorde con la misión del Centro TICs. e) Asistir al Coordinador Local en lo necesario f) Velar por el buen uso de los recursos y bienes del TEC, en su defecto queda autorizado a denunciar cualquier anomalía que viole estos reglamentos o cualquier otra reglamentación emanada por la SEE. 34

g) Acatar los mandatos o resoluciones tomadas por mayoría en el Comité Tecnológico Comunitario. h) Impartir docencia en el TEC i) Contribuir en el mantenimiento y reparación de los equipos. j) Debe estar disponible a entrar al TEC en cualquier horario para realizar actividades relacionadas al mismo, aún cuando estas sean fuera del horario normal. k) Es un asesor permanente del CTC. l) Cualquier otra función no prevista en el presente reglamento, pero que se origine por resolución del CTC. Párrafo: La posición de presidente del CTC no podrá ser ocupada por Directores de centros educativos ni Encargados de Centros TICs. Artículo 26. Derechos de los Directivos del TEC Todos los miembros directivos del TEC que conforman el CTC, con excepción del Coordinador Local, se consideran cargos honoríficos, en consecuencia disfrutarán de los siguientes derechos: a) Elegir y ser elegidos a cargos en el Comité Tecnológico Comunitario (CTC). b) Acceso a una cuota mínima de servicios en el Telecentro Escolar Comunitario. Dicha cuota será establecida por la asamblea del CTC, pero la misma nunca podrá ser más del 60% del valor del servicio. c) Derecho a proponer proyectos innovadores que fortalezcan la filosofía del TEC y del Centro TICs. d) Renunciar de sus puestos si así lo consideran pertinente, en cuyo los mismos serán ocupados por los suplentes hasta tanto hayas elecciones en asamblea. e) Ser tomados en cuenta para premios y reconocimientos por parte de la organización. Párrafo. Para el personal voluntario sólo aplican los literales: c, e. Artículo 27: El Desarrollo del Plan de Tecnología El laboratorio de informática de cada centro está llamado en constituirse en un recurso abierto y disponible para toda la comunidad educativa (básica, media y de adultos) así como para la comunidad en general. De esa manera deberá contemplarse en el plan de desarrollo que se elabore, las necesidades generadas por cada tipo de población de usuarios (equipos, programas y software), así como el natural proceso de obsolescencia de los equipos actualmente disponibles. De esta manera se sugiere que en conjunto con los Coordinadores Docentes y Coordinador Local de TEC el plan, tomando en cuenta los puntos siguientes que serán presentados en forma de instrucciones: 35

a) Conjuntamente con el o los encargados del laboratorio (de las diferentes tandas) establezca una lista de las piezas de repuesto, y otros materiales que necesita ahora el laboratorio con el fin de funcionar correctamente. Incluya en esa lista herramientas, materiales gastables, y un pequeño stock de piezas (por ejemplo tarjetas de red u otras piezas que se dañan fácilmente y necesitan ser remplazadas con frecuencia). Haga un presupuesto de todo eso. Este será el monto inicial que necesita el laboratorio para garantizar su funcionamiento. b) Establecer un plan de actualización de los equipos de manera tal que se vayan mejorando o remplazando máquinas a medida que se van haciendo obsoletas. c) Determinar que otros equipos periféricos va a necesitar el laboratorio, en función del uso que se planee darle en el futuro. d) Planear la adquisición de nuevos equipos (PC o Laptop) para su uso en la sala de clase. e) Planificar compra de programas y software que se ajusten a las necesidades de los diferentes niveles que beneficiaran de los mismos. f) Discutir y establecer un plan de recaudación de fondos a través de actividades extracurriculares que puedan ser organizadas por maestros, alumnos o la comunidad. Estos fondos deberían alimentar la caja o cuenta del Centro TICs para fines de mantenimiento. g) Discutir y desarrollar una estrategia y un plan de sostenibilidad para el laboratorio. Aprovechando la capacidad del recurso instalado, y la voluntad de apertura hacia la comunidad, analizar las oportunidades que puedan existir localmente para realizar actividades económicas que aseguren el mantenimiento y desarrollo del laboratorio. Por ejemplo, es posible que empresas locales estén interesadas en usar el laboratorio para capacitar a sus trabajadores pagando el alquiler el mismo; tal vez pequeños comerciantes están interesados en usar el laboratorio para mandar y recibir correos, desarrollar páginas Web; grupos comunitarios que quieren entrenamientos, etc. Artículo 28: El Desarrollo del Plan de Sostenibilidad El plan de sostenibilidad será el documento que refleje la estrategia a seguir para generar recursos para el Centro TICs/TEC con el fin de proveer a su mantenimiento y desarrollo (reemplazo de computadoras obsoletas o dañadas, compra de periféricos, tinta, papel, etc.). Esta estrategia deberá obedecer a las condiciones locales de la comunidad donde se encuentre el Centro TICs/TEC. 28.1

Desarrollar un diagnostico local o estudio de mercado. En reuniones del CTC se elaboran las siguientes listas:

a) Una lista de empresas locales que puedan estar dispuestas a contribuir para apoyar el TEC. b) Una lista de personas lideres locales o notable que puedan contribuir al sosteniblidad del TEC.

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c) Una lista de empresas que necesiten de ciertos servicios tales como, capacitación de sus empleados, acceso al Internet para desarrollar sus actividades comerciales o productos tecnológicos (páginas Web, bases de datos, ingreso o digitación de información etc.), por los que estarían dispuestos a pagar. En el curso de este estudio pueden incluso surgir otras ideas propuestas por las personas con las cuales se converse (por ejemplo un comerciante local puede tener necesidad de mirar catálogos en el Internet u ordenar su mercadería electrónicamente). 28.2

Establecer una lista de servicio a ser ofrecidos.

a) Con la lista desarrollada como producto del estudio de mercado, el CTC deberá decidir cuales de todos estos servicios el TEC puede y está dispuesto a ofrecer a la comunidad. En función de eso, el CTC podrá entonces establecer los contactos con los clientes potenciales para ofrecer el servicio y establecer las condiciones del mismo (días, horarios, precios). Idealmente se podrían firmar contratos por servicios de duración prolongada tales como capacitaciones y otros. 28.3

Establecer una lista de otras actividades para recolectar fondos.

a) Actividades sociales tales como rifas, renta de tiempo en fines de semana para que los niños jueguen con juegos electrónicos, desarrollo de un álbum fotográfico escolar para fin de año y venderlo, u otras que se les puedan ocurrir. b) Apertura del TEC al público en general durante ciertos horarios para que las personas puedan venir de manera individual a usar una computadora, mirar sus correos o navegar en el Internet. Hay que tener presente que el concepto de sostenibilidad no implica solamente obtener recursos monetarios. Será interesante que cada CTC piense en formas y maneras de obtener beneficios para su centro. Por ejemplo, una empresa local de reparación o venta de computadoras puede estar interesada en dar mantenimiento al TEC o proveerle con piezas de repuesto a cambio de deducción de impuestos (ver la legislación que permite acogerse a deducciones de impuestos por donaciones a causas sociales), iglesias locales con lazos con grupos en los Estados Unidos o Europa que quieran donar equipos (es importante saber que se necesita para saber que se puede pedir. Por ejemplo de nada sirve pedir computadoras si no hay software que le donen). De esa manera el CTC irá identificando otras formas de “trueque.” Es importante recordar que el proceso de obtención de recursos debe responder a lo que diga el Plan de Desarrollo Tecnológico y no ponerse a recibir o comprar cosas sin saber bien e para que y como se va a usar. Sin embargo, este Plan de Sostenibilidad será el que garantice que el TEC seguirá vivo y en buen estado de funcionamiento para el servicio y desarrollo de la comunidad, a pesar de las circunstancias por las que atraviese la institución y el sistema educativo en general.

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Capítulo X: De las Políticas de Tarifas, Cobros y Administración de los Fondos Artículo 29: Tarifas Tanto para los miembros corporativos como para los independientes, las tarifas a implementar en los TEC se deben ajustar a las posibilidades de pago de los usuarios, según datos promedios como resultados del estudio de factibilidad realizado. Deberán ser absolutamente más asequibles que las tarifas implementadas en el mercado local privado, sin embargo serán reajustadas de acuerdo a los cambios de los insumos que emplea el Centro TICs para ofrecer un servicio de calidad. Las tarifas de cobro serán definidas por el Comité Tecnológico Comunitario de cada comunidad acorde con las políticas definidas y los precios de los servicios en el mercado local en el momento. Párrafo I. El establecimiento de tarifas debe ser supervisado por la Junta Descentralizada y por la SEE a través de la Dirección Regional, El Distrito Educativo y el Departamento de Informática Educativa. Artículo 30: Procedimientos para la administración de los fondos Todo Centro de Tecnología de la Información y Comunicación (Centro TICs) que tiene operando un Telecentro Escolar Comunitario (TEC) debe conformar un Comité Tecnológico Comunitario (CTC) cuya misión es armar un plan de autosostenibilidad. El Plan de Autosostenibilidad consiste en establecer una política de servicios al público en horario extra jornada escolar, y con ello generar los recursos para que el Centro TICs pueda auto mantenerse. Queda entendido que los fondos captados por cualquiera de las vías previstas serán dedicados única y exclusivamente para atender las necesidades del Centro TICs (Salario al Coordinador Local, reparación o sustitución de equipos, compra de materiales gastables, compra de materiales para la venta: diskettes, CDs, etc.). En esta sección se detalla el procedimiento para la administración de las recaudaciones: 30.1

Flujo de Efectivo.-

a) El Comité Tecnológico Comunitario (CTC) es el máximo organismo administrativo del TEC. Por lo tanto deberá tener control sobre la administración de los recursos ya sean estos captados a través de donaciones o por venta de servicios. b) El CTC deberá abrir una cuenta bancaria de ahorros, con tres firmas registradas y permiso de retiro para 2 firmas. c) Las firmas a registrar corresponden a: el Presidente, el Secretario de Finanzas y el Secretario de Actas. d) Todos los ingresos por cualquier concepto, se depositarán en la cuenta del Banco. Este depósito deberá ser realizado por cualquier miembro, pero los controles con los recibos de depósitos deben ser contabilizados y archivados por el Secretario de Finanzas. 38

e) El Coordinador Local del TEC, debe entregar las recaudaciones diarias o semanales al Secretario de Finanzas, mediante firma de recibos. f) Se habilitará una Caja Chica cuyo monto no ascienda a RD$5,000 para atender gastos corrientes. Estos fondos deben ser solicitados por el Coordinador Local del TEC mediante una comunicación escrita para la primera partida. g) Los fondos de Caja Chica deben ser para gastos que no excedan los RD$500.00. Para gastos mayores ver la sección “pagos por servicios” más adelante. h) Cuando los fondos de la Caja Chica se agotan hasta en un 80%, el Secretario de Finanzas y el Coordinador Local TEC, realizan un cuadre y una liquidación. Luego se procede a completar el valor consumido para iniciar un nuevo ciclo. 30.2

Pagos por servicios. El TEC tendrá necesidades de efectuar pagos por servicios recibidos que podrían ser: conectividad, energía eléctrica, agua potable, limpieza, salarios y adquisición de piezas y partes cuyos montos exceden los RD$500.00; y por lo tanto no se podrán pagar con fondos de Caja Chica. En estos casos se debe seguir este procedimiento:

a) El Coordinador Local TEC, en cu condición de gerente, debe decepcionar todas las facturas por concepto de pago de servicios. Una vez determinado el monto facturado, este procede a solicitar el pago de la misma al Secretario de Finanzas, por escrito o por correo electrónico. b) El Secretario de Finanzas procede, prepara un retiro con las firmas correspondientes y efectúa el pago. c) Una vez efectuado el pago del servicio el Secretario de Finanzas procede a enviar los documentos probatorios del pago al administrador (Coordinador Local de TEC) quien procede a verificar y archivar para fines de informa de fin de período. 30.3

Rendición de Cuentas El Telecentro Escolar Comunitario (TEC) es una unidad que debe administrarse con absoluta transparencia, por tanto se impone la rendición de cuentas. En consecuencia el Secretario de Finanzas y el Coordinador Local Centro TICs deben efectuar dos informes por mes:

a) Flujo de Efectivo - Se presentará ante el Comité Tecnológico Comunitario (CTC) un informe mensual sobre el flujo de efectivo administrado en la actividad de ese período: un cuadre de monto cobrado, monto depositado. b) Ingresos y Gastos - Se presentará ante el Comité Tecnológico Comunitario (CTC) un informe acumulado de ingresos y gastos. Este acumulado debe detallar ingresos y gastos del mes, e ingresos y gastos del año fiscal a la fecha. c) Estado de Resultado Anual – A final del año fiscal, primero ante el CTC y luego en la Asamblea General de Miembros, un informe detallado de la actividad del año fiscal que contemple ingresos, gastos y disponibilidad.

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SECCIÓN C Faltas y Sanciones Capítulo XI: Del Régimen Disciplinario Artículo 31: Objetivo El Régimen Disciplinario del personal estará comprendido en el Estatuto Docente, que tiene por principios y objetivos los siguientes: a) Procurar que las faltas disciplinarias sean juzgadas sobre la base de criterios de objetividad e imparcialidad, y conforme un procedimiento rápido que garantice el derecho de defensa y las reglas del debido proceso. b) Contribuir a que los docentes cumplan leal, eficiente y honestamente sus deberes, y a que no transgredan las obligaciones pertinentes a su cargo. c) Garantizar que los docentes cumplan cabalmente con sus deberes y gocen del ejercicio de sus derechos d) Dar participación al centro educativo y a la Comunidad Educativa en el juzgamiento de los hechos investigados.

Artículo 32: Medidas disciplinarias. El personal docente podrá ser objeto de las siguientes medidas disciplinarias dependiendo del grado de la infracción: a) Amonestación oral. b) Amonestación escrita. c) Suspensión de hasta 30 días sin disfrute de sueldo. d) Cesantía

Artículo 33: Otras. Las sanciones indicadas en el Artículo anterior son de naturaleza disciplinaria, por lo cual se aplicarán sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que resulten de delitos o infracciones que se hubiesen cometido.

Artículo 34: Alcance y efecto de las sanciones. El alcance y efectos de las sanciones serán los que en cada caso se indican a continuación:

a) La amonestación oral consistirá en una advertencia o prevención verbal. 40

b) La amonestación escrita será una comunicación donde se le hará saber al docente las consecuencias disciplinarias más severas que seguirán a la reiteración de los mismos hechos u otras faltas disciplinarias.

c) Suspensión de hasta 30 días, implicará la perdida de la remuneración por los días que sea suspendido, y podrá ser con o sin prestación de servicio.

d) La cesantía significará la extinción de la relación de trabajo y la pérdida del derecho a ser indemnizado, Artículo 35: Notificación. Con excepción de la sanción indicada en el literal (a) del Artículo anterior, toda sanción que se aplique deberá ser comunicada por escrito, siguiendo la vía jerárquica correspondiente, a la Dirección General de Recursos Humanos para ser agregada al Historial Individual con copia de la resolución respectiva.

Artículo 36: Tipificación de las faltas. 36.1

Son causas para aplicar las sanciones establecidas en los literales a y b del Artículo (*) del presente las siguientes:

a) El incumplimiento del horario fijado para la prestación del servicio siempre que no incurra en la situación prevista en el inc. a) del apartado 2 del presente artículo. b) Inasistir a su labor por un (1) día injustificadamente y/o diez (10) días discontinuos en el lapso de doce meses inmediatos anteriores, y siempre que no signifiquen abandono del servicio. c) Incorrecciones de trato con los alumnos, con sus padres y con la comunicad educativa en general, cuando por su menor entidad no puedan ser encuadradas en el literal c del Artículo siguiente. d) Deficiente prestación de las obligaciones a su cargo cuando de ello no derive un perjuicio para los alumnos o el establecimiento en que presta sus servicios. e) Todo acto u omisión que evidencie negligencia, irresponsabilidad o indisciplina, o incumplimiento a una prohibición, y que por su gravedad no deba ser encuadrada en otra figura más severamente sancionada. 36.2

Son causas para aplicar sanciones establecidas en los literales b y c del Artículo (*) del presente las siguientes:

a) El incumplimiento del horario fijado para la prestación del servicio, acumulando en un mes más de sesenta (60) minutos. b) Inasistir a sus labor por dos (2) días consecutivos sin justificativo y/o que excedan de diez (10) días discontinuos en el lapso de doce (12) meses inmediatos anteriores. c) Abandono del servicio, el cual se considerará consumado cuando el agente registre más de tres (3) inasistencias continúas sin causa que lo justifique. 41

d) Incorrecciones graves de trato con los con los alumnos, con sus padres y/o con la comunidad educativa en general. e) Desobedecer a disposiciones de sus superiores y autoridades. f) Abusar de su autoridad en el ejercicio del cargo. g) Reiteradas deficiencias en el cumplimiento de las obligaciones a su cargo o deficiencia de la que resulte perjuicio para la Administración, los alumnos, el centro educativo, órgano de gobierno o descentralizado o el sistema educativo en general. h) Ocultar irregularidades de las que tenga conocimiento u omitir denunciarlas cuando tal denuncia le incumba en razón del cargo desempeñado. i) Inducir a otros a la realización de actos u omisiones que constituyan faltas disciplinarias. j) Obstruir o no prestar la debida colaboración en la investigación de irregularidades, siempre que ello no importe obligar al agente a declarar contra si mismo. k) Obtener evaluación deficiente durante dos (2) años consecutivos o tres (3) alternados. l) Falta grave en el cumplimiento de las funciones a su cargo que perjudique material o moralmente a la Administración, los alumnos, el centro educativo, o el sistema educativo en general. m) Haber sido sujeto de sanción en más de tres (3) ocasiones en el curso de un año calendario. n) Resultar condenado, con sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por la comisión de un delito cometido contra la Administración Pública o las Instituciones Democráticas y/o que por su naturaleza afecte la función docente. o) Incurrir en alguna situación de indignidad moral. p) Pérdida de la nacionalidad conforme las leyes que reglan la material. q) La solicitud de pago o aceptación de sobornos o gratificaciones o comisiones ilícitas, la extorsión, el fraude, el uso indebido de bienes o información y/o cualquier otra forma de tráfico de influencias. r) Todo otro acto u omisión que evidencie negligencia, irresponsabilidad o indisciplina, o incumplimiento a una prohibición, y que por su gravedad amerite las sanciones de suspensión o cesantía. Artículo 37: Atenuantes y agravantes. En la aplicación de las sanciones, tanto para la decisión de la especie aplicable como para graduar su extensión, se tomarán en consideración la concurrencia de determinadas circunstancias que pueden influir en tal calificación, favorable o desfavorablemente para las personas sujetas a la acción disciplinaria. 37.1

Son circunstancias agravantes las siguientes:

a) Cometer la falta en complicidad con subalternos, superiores o compañeros de trabajo, o en compañía de terceros; b) Cometer falta aprovechando la confianza depositada en el docente por su superior jerárquico; 42

c) Cometer falta para encubrir y ocultar otras; d) Infringir varios deberes o normas con una misma falta, o cometer reiteradamente un mismo tipo de falta; e) Rehuir la responsabilidad por la comisión de una falta o atribuírsela a otras personas; f) Premeditar o preparar ponderadamente la comisión de la falta, así como las modalidades y medios empleados para tal fin g) Reincidir en faltas cometidas. 37.2

Son circunstancias atenuantes de las faltas disciplinarias las siguientes:

a) Haber observado buena conducta dentro y fuera del lugar de trabajo; b) Haber sido inducido por un superior o cometer la falta; c) Procurar la reparación del daño por el perjuicio causado, antes de iniciarse el proceso disciplinario. d) Haber cometido la falta bajo estado de ofuscación, por explicable ignorancia o por presión insuperable de personas o circunstancias ajenas a la propia voluntad del docente. Artículo 38: Aplicación de las sanciones La gravedad de las faltas y la severidad de las sanciones serán establecidas por las autoridades docentes con el auxilio de todos los medios lícitos a su alcance, dentro de lo contemplado por la Ley General de Educación y el Estatuto Docente, así como en el Reglamento del Tribunal de la Carrera Docente establecido en la Ordenanza No. 13’2003. Artículo 39: Medidas preventivas. El personal objeto del juicio podrá ser suspendido preventivamente o trasladado con carácter transitorio por la autoridad competente cuando su alejamiento sea necesario, para el esclarecimiento de los hechos investigados o cuando la permanencia en sus funciones fuera inconveniente para el buen servicio educativo, en los términos que establezca la reglamentación. En el supuesto de haberse aplicado una suspensión preventiva y de las conclusiones del procedimiento no surgieran sanciones o las mismas no fueran privativas de haberes, éstos le serán íntegramente abonados. Caso contrario le será reconocido en la proporción correspondiente.

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GLOSARIO DE TÉRMINOS SEE

Secretaría de Estado de Educación

Centro TICs

Centro de Tecnología de la Información y Comunicación

TEC

Telecentros Escolares Comunitarios

CTC

Comité Tecnológico Comunitario

TICs

Tecnología de la Información y Comunicación

DIE

Departamento de Informática Educativa

CMI

Competencias para el Manejo de la Información

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