Sociedad Anónima Cerrada (SAC) Creada por un reducido número de personas (hasta veinte socios) que pueden ser naturales o jurídicas, que tienen el ánimo de constituir una sociedad -affectio societatis- y participar en forma activa y directa en la administración, gestión y representación socia
acciones son siempre nominativas, es decir, quedan a nombre del dueño de las acciones. Tiene que regirse voluntariamente por las disposiciones y normas de la Superintendencia de Valores y Seguros, y registrarse en el Registro de Valores. Las acciones en una sociedad anónima abierta Las sociedades anónimas abiertas, están hechas de acciones que van conformando el patrimonio de la sociedad, y reflejan el porcentaje de propiedad y nivel de control que tiene cada accionista. Las acciones de una sociedad anónima abierta son un instrumento de inversión y capitalización que van rentabilizándose al ritmo del mercado, lo que es algo muy variable. Que tengan mayor o menor valor es algo que depende de muchos factores en torno a ellas, y los accionistas pueden ir apostando a ganar sus dividendos cuando se reparten.
¿Qué características tiene? >Puede funcionar sin directorio. >El hecho de que uno de los requisitos de la SAC sea un máximo de 20 accionistas, no implica que vea limitada su posibilidad de manejar grandes capitales. >Que una SAC tenga como máximo 20 accionistas no implica que se vea afectada la posibilidad de manejar grandes capitales. ¿Cómo la constituyo? 1. El nombre de la sociedad. Lo óptimo es hacer una búsqueda previa en registros públicos, incluyendo una reserva de nombre, para saber que el nombre que haya elegido no esté tomado por alguien más. 2. Capital social. No hay mínimo y puede ser en efectivo o en bienes. Si es en efectivo se debe de abrir una cuenta bancaria. 3. Tener mínimo 2 socios y no más de 20 socios. Es la ventaja de esta sociedad dado que usualmente las sociedades anónimas cerradas se forman con 2 socios. 4. Designar un gerente general y establecer sus facultades. 5. Establecer si va a tener o no directorio. 6. Domicilio y duración. Estas son cosas obvias pero el domicilio basta que se ponga "ciudad de Lima" por ejemplo y duración que diga "indefinida". ¿Qué es la Sociedad Anónima Abierta? Una Sociedad Anónima Abierta, es una persona jurídica dedicada a actividades mercantiles, y formada con el patrimonio de los accionistas, que son responsables hasta el monto de sus aportes. Las Sociedades Anónimas Abiertas están sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores, pueden hacer oferta pública de las acciones, y pueden pertenecer a un registro público, que dará información relevante al mercado en materia histórica, legal, financiera, contable y administrativa que sea de interés para cualquier inversionista o interesado en estudiar de la empresa o la industria Características Sociedad Anónima Abierta Deben inscribirse en la Bolsa de Comercio. Tienen que tener al menos 500 accionistas para poder constituirse, y al ser una sociedad de capitales, no importa quienes sean los socios, pero se debe tener en cuenta que aquellos socios con mayor número de acciones tendrán poder de decisión en la sociedad. Al menos el 10% del capital suscrito debe pertenecer a más de 100 accionistas, y las
Los derechos accionistas
de
gestión de la sociedad. El gerente convoca a la junta de accionistas.
los
Todos los inversores que se convierten en accionistas de una sociedad anónima, adquieren algunos derechos, tales como:
Obtener dividendos: Obtener acciones libres de pago Voz y voto Tener información de la situación legal, financiera e histórica de la empresa. Suscribir nuevas acciones cada vez que aumente el capital. Derecho a retiro y a participar en el patrimonio si la sociedad se liquida. Proponer medidas sobre la marcha del negocio, cuando se trata de accionistas que tienen el 10% o más de las acciones con derecho a voto. Ceder acciones libremente y mantener la propiedad sobre sus acciones, si así lo desea. Fijar la remuneración del directorio cada año, si es que este es remunerado.
¿Qué es una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)? Es un tipo de organización en el que cualquier persona natural puede adquirir personalidad jurídica. La razón de una EIRL es siempre comercial y cuenta con un patrimonio propio, distinto al del titular. ¿Cuáles son las características de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada? La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada es una persona jurídica con un patrimonio distinto al de su titular. El titular de la EIRL es siempre una persona natural. La EIRL es siempre comercial. La EIRL podrá desarrollar operaciones civiles y comerciales, salvo aquellas reservadas por ley a las sociedades anónimas, por ejemplo bancos y compañías de seguros. El administrador es el titular, quien representa a la EIRL judicial y extrajudicialmente, con todas las facultades de administración y disposición.
S.R.L. (Sociedad Responsabilidad Limitada) CARACTERÍSTICAS Se constituye con un mínimo de 2 (dos) socios y tiene un límite máximo de 20 (veinte) socios. Se constituye por los socios al momento de que la escritura pública se registre en la Superintendencia de Registros Públicos la cual contiene el pacto social y los estatutos de la empresa. El capital de esta empresa deberá estar íntegramente suscrito y pagado al momento de constituirse la misma. El capital de esta empresa se llama Participaciones. El capital de la empresa está constituido por los bienes que aporta mediante una declaración jurada de la lista de bienes detalla, o también se puede aportar dinero en efectivo, dicho dinero se acredita mediante una declaración jurada. Es una persona jurídica de Responsabilidad Limitada, lo que significa que los socios quienes la conforman NO responden personalmente con su patrimonio, sino con el patrimonio de la empresa. Normalmente en lugar de esta tipo de empresas, se constituye como su reemplazo a las sociedades anónimas cerradas – S.A.C. DENOMINACIÓN: La denominación adoptada debe incluir la indicación “Sociedad de Responsabilidad Limitada ” o estar acompañada de su abreviatura: S.R.L. ÓRGANOS DE LA EMPRESA: -Junta General de Socios, es el órgano supremo de la sociedad. Está integrada por el total de socios que conforman la empresa. -Gerente, es la persona en quien recae la representación legal y de