Investigacion Mi.docx

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Derechos y obligaciones que derivan contrato individual de trabajo DERECHO Y OBLIGACIONES QUE DERIVAN DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO En ocasiones nos centramos en nuestra búsqueda de empleo y una vez conseguido, desconocemos cuales son nuestros derechos y deberes como trabajador. Esta sección tiene como objeto proporcionar información sobre los derechos y deberes que se derivan de la relación laboral por cuenta ajena, tanto si eres empleado como si eres emprendedor y tienes trabajadores contratados.

Derechos y deberes laborales básicos de los trabajadores Dentro de los derechos y deberes laborales básicos de los trabajadores podemos distinguir:  



  



Derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio. Derecho a la libre sindicación. Se refiere a la posibilidad de fundar sindicatos, a la libre afiliación, y al derecho de los propios sindicatos a fundar confederaciones y organizaciones sindicales internacionales y el derecho a afiliarse a las mismas. Se trata de un derecho que puede ser limitado para ciertos colectivos (Cuerpos e Institutos Militares). Derecho a la negociación colectiva, para los representantes de trabajadores y empresarios, y cuya principal manifestación es la conclusión de Convenios Colectivos, normas de primera magnitud en la relación laboral. Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo en defensa de los intereses colectivos de los trabajadores y empresarios. Derecho a la huelga de los trabajadores en defensa de sus intereses. Derecho de reunión. Es un derecho que se ejercita dentro de la empresa o centro de trabajo y se manifiesta en las Asambleas de trabajadores y en la de los miembros de secciones sindicales. Derecho de información, consulta y participación en la empresa.}

Deberes derivados del contrato de trabajo Las obligaciones que contrae el trabajador se convierten en derechos de su empresario. Los deberes de los trabajadores son: 

Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus funciones directivas. Es el deber de obediencia del trabajador que queda sometido al



poder disciplinario del empresario en el caso de incumplimientos de aquél y siempre que las órdenes o instrucciones no sean abusivas o ilegítimas. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia. La empresa podrá verificar las faltas al trabajo por motivos de salud, y el trabajador deberá permitir su revisión médica. De lo contrario, perderá sus derechos económicos que estén a cargo del empresario.

Deberes derivados del contrato de trabajo Las obligaciones que contrae el trabajador se convierten en derechos de su empresario. Los deberes de los trabajadores son: 



Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus funciones directivas. Es el deber de obediencia del trabajador que queda sometido al poder disciplinario del empresario en el caso de incumplimientos de aquél y siempre que las órdenes o instrucciones no sean abusivas o ilegítimas. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia. La empresa podrá verificar las faltas al trabajo por motivos de salud, y el trabajador deberá permitir su revisión médica. De lo contrario, perderá sus derechos económicos que estén a cargo del empresario.

Vacaciones El periodo de vacaciones anuales retribuidas será el pactado en Convenio Colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a 30 días naturales (en su cómputo se incluyen los domingos y festivos).

Nulidad: Se conoce como nulidad a todo aquello que posee el carácter de nulo (tal como se define a algo que no posee valor). La nulidad, por lo tanto, puede entenderse como el vicio, la declaración o el defecto que minimiza o directamente anula la validez de una determinada cosa.

Nulidad del Contrato Individual de Trabajo La suspensión del contrato no implica extinción laboral sino paralización momentánea del trabajo, la nulidad significa extinción en todo lo que sea desfavorable al trabajador. La nulidad podr a ser invocada por el trabajador cuando el contrato es contrario a las normas laborales, como jornadas.

Características de la Nulidad del Contrato Individual de Trabajo a) La nulidad no requiere ser declarada, ni siquiera reconocida, esta expedita en todo momento la acción del trabajador, sin necesitarse previo reconocimiento o declaración para exigir el cumplimiento de las cláusulas. b) #l trabajador puede negarse a cumplir el pacto nulo, como una jornada laboral superior a las dispuestas por le", o el trabajo sin descanso. c) La nulidad de una o más cláusulas no anula el contrato sino en lo perjudicial para el trabajador. d) #xiste beneficio de reclamar una diferencia en el caso de !aberse cobrado menos. e) La cláusula nula no se convalida por prescripción, aunque pueda prescribir el derec!o una vez dejado el trabajo. &lgunas legislaciones en su le" especial de contratos de trabajo consideran que en caso de anularse un contrato, el trabajador podrá exigir, por el trabajo que "a !ubiera prestado la remuneración consiguiente a un contrato valido, salvo si la nulidad previniera de la voluntad del trabajador. Nulidad relativa &demás de la nulidad del contrato de trabajo, las le"es laborales tratan de la nulidad relativa, consideran a sta dentro de las cláusulas nulas que no obligan a las partes, aunque se expresen en el contrato que pueden ser perjudiciales para el trabajador, como por ejemplo' a) Las que estipulen una jornada ma"or que la permitida por le". b) Las que estipulen una jornada in!umana, excesiva,

peligrosa, para la seguridad " la vida del trabajador. c) Las que entra%en obligación directa o indirecta para obtener art culos de Consumo en tiendas o lugar determinados.

SUBSISTENCIA DE LA RELACIÓN DE TRABAJO NO OBSTANTE LA NULIDAD DEL CONTRATO

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