INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE LA PLANILLA DE BAJAS
CLASIFICACION INSTITUCIONAL: a) Hasta el nivel de Unidad de Organización, debe corresponder con el clasificador institucional oficial de la Provincia. b) Los casilleros correspondientes a Sección, Sector y Sub Sector, deben llenarse de acuerdo a la organización interna de cada organismo. CLASIFICACION PATRIMONIAL: Esta codificación debe coincidir exactamente con el Nomenclador Patrimonial, y su correspondiente Planilla de Alta. CANTIDAD: En este casillero se debe consignar la cantidad de bienes registrados en cada bloque para el control de las matrículas. MATRICULA Se debe consignar el último número de Matrícula con el que se identifica el bien. MOTIVO DE LA BAJA: Para saber exactamente el destino final de los bienes, se establece la siguiente codificación: 10.- Pérdida o robo (Luego de finalizadas las actuaciones administrativas y legales correspondientes), 2.- Transferencias definitivas, 11.- Destrucción, 4.- Donación, 9.- Desuso, 8.-Rezago 7.- Préstamos, 14.- Compra-Venta y 12.- Modificación total.ESTADO: El estado de conservación también clasifica en igual forma que para las altas, y esto juega con el método de valuación. 1.- Muy bueno, 2.- Bueno, 3.- Regular, 4.- Deficiente y 5.- Malo Es importante conocer situación del o de los bienes al momento de su baja, por su posible recuperación en los casos de robo, pérdida o destrucción cuando se identifica al o los responsables, o también para pedir la restitución de los bienes prestados. Así mismo se justifica en los casos de transferencia o donaciones de bienes declarados en desuso o rezago, ya que la Ley de Contabilidad establece topes para tal operatoria. El Régimen de Patrimonio define claramente los bienes en desuso y rezado en su art...... DESCRIPCION FISICA DE LOS BIENES: Se deben registrar el o los bienes igual que en la Planilla de Alta, salvo que no concuerden con el Nomenclador Patrimonial, en cuyo caso deben ser adaptados a él. PRECI0 UNITARIO: En esta columna debe registrarse el precio individual de cada bien. PRECIO TOTAL: Se debe consignar el monto que resulta de multiplicar la cantidad de bienes por el precio unitario. OBSERVACIONES: En este casillero esta destinado al registro de hechos o circunstancias que no han sido previstos en el resto de la planilla, y que es necesario conocer. Por ejemplo: en el caso de préstamos, locaciones o arriendo de bienes, se debe señalar las características principales del contrato, como ser la vigencia, el locador etc. METODO DE VALUACION DE LOS BIENES El Régimen de Patrimonio establece que los bienes muebles se deben valuar al precio actual de reposición a nuevo, con la disminución que corresponda por su estado de conservación y rendimiento, de acuerdo a la siguiente escala: 1.- Muy bueno: 100% - 2.- Bueno: 70 %, Regular: 50%, Deficiente: 25% y Malo: 10%. Rezagos y semoviente : por el valor estimado probable de venta. Los bienes adquiridos a título gratuito se incorporarán por la valuación que practiquen los funcionarios técnicos competentes designados al efecto (Dcto. N° 574/79).
Fuente: SUB PROGRAMA REGISTRO Y CONTROL DEL PATRIMONIO DEL ESTADO – CONTADURIA GRAL. DE LA PROVINCIA DE SALTA