Fondo Perdido.docx

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Un crédito a fondo perdido es un dinero que se facilita como una subvención, como un apoyo económico, a aquellas personas que tienen buenas ideas y están dispuestas a desarrollar un proyecto de empresa interesante. Como su nombre indica es un apoyo, una ayuda, ya que ni se exige, ni se debe devolver ese préstamo de dinero que nos han dado. Es una subvención estupenda para aquellos que quieran llevar a cabo su sueño, cumplan los requisitos y estén dispuestos a cumplir con los objetivos establecidos. Puede manejarse también como un subsidio, apoyo económico del gobierno que se da a los emprendedores mediante un concurso, este dinero no genera intereses, no pide comisiones ni espera retornos sobre lo que te ofrezcan. El objetivo principal de este tipo de fondos es mover la economía del país, con la finalidad de que las ideas que ganen se conviertan en empresas que paguen impuestos. Estos apoyos los pueden recibir todas aquellas personas físicas y morales e instituciones que necesiten de capital para aumentar sus capacidades productivas y de este modo generar más empleos. El propio gobierno o las asociaciones gubernamentales son las encargadas de proporcionar este préstamo a fondo perdido. Realizan unas convocatorias a través del INADEM. El INADEM, Instituto Nacional del Emprendedor, es un organismo del gobierno de México vinculada a la Secretaría de Economía. El objetivo de esta entidad es el de proporcionar apoyos a fondo perdido a aquellos emprendedores que lo necesiten a nivel nacional, pero también a las empresas micro, pequeñas y medianas. Por lo tanto, se centra en impulsar la innovación, el bienestar social, la productividad, la cultura y la competitividad en su país. Es un proyecto ambicioso que proporciona grandes créditos a fondo perdido a aquellos que no cuentan con recursos, pero sí con grandes ideas. El gobierno federal cuenta con varios programas para ello, dentro de los cuales se encuentran: la Secretaría de Agricultura, Ganadería Desarrollo

Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), el Instituto Nacional de la Economía Social (INAES), la Secretaria del Desarrollo Social (SEDESOL), la Comisión Nacional para el desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), el Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM), la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, entre otros.

¿Qué se debe hacer para ganar un crédito a fondo perdido? Aprobar los tres filtros que cada secretaría colocará, los cuales son: 1. Normativo: es el primero de los filtros, el cual se refiere a todo el papeleo de tu empresa que debe estar en orden jurídico para que el organismo competente pueda comprobar su veracidad, dentro de ellos se encuentra estar al corriente con las obligaciones fiscales. 2. Técnico: este segundo proceso es donde se revisará la viabilidad técnica y financiera de tu empresa o proyecto. 3. Selección: como su nombre lo dice, en este paso, el organismo competente otorga los créditos de acuerdo con las calificaciones de los dos filtros anteriores. A pesar de que en ningún momento se debe devolver el dinero, cuando se concursa y gana un crédito a fondo perdido tendrás necesariamente que comprobar que estas utilizando el dinero para impulsar tu proyecto, es decir, tendrás que entregar documentos como estados de cuenta y facturas. El Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM) es uno de los organismos más conocidos que tienen este tipo de convocatorias, este se desprende de la Secretaría de Economía y tiene por objetivo la coordinación de apoyos de gobierno a emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas. Para participar necesitas ser ciudadano mexicano, mayor de 18 años, debes tener registro fiscal, y tener una empresa o una idea o proyecto a desarrollar. El INADEM no permite que pidas dos de sus convocatorias al mismo tiempo, sin embargo, puedes combinarla con una de otra institución, solo tienes que adecuar el proyecto a cada una de las mismas. Debe quedar claro es que estos créditos o proyectos a fondo perdido no necesitan que el dinero sea devuelto por lo que no son otorgados por bancos, sino que es un apoyo del gobierno, su monto dependerá de la viabilidad del proyecto, el plazo del monto, y que lo pueden solicitar cualquier persona con una gran idea.

Los apoyos otorgados del Fondo Nacional Emprendedor a través de las convocatorias de cada ejercicio fiscal, se encuentran sujetos a reglas de operación, por lo que, de cumplir con la comprobación de la ejecución de los proyectos apoyados en apego a lo comprometido en la solicitud y reglas de operación correspondientes, no se tendrá que efectuar el reintegro de los recursos federales. Las reglas de operación del INADEM para otorgar fondos a los emprendedores tienen un mecanismo mejorado de acceso a los recursos en comparación con años anteriores, a través de convocatorias calendarizadas, acordes a la política de fomento sectorial y regional de la Secretaría de Economía. En los proyectos se evalúan dos aspectos fundamentales: el normativo, que establece la revisión de los términos, criterios, requisitos y documentación de los proyectos, y el de viabilidad técnica, financiera y de negocios que determina los impactos esperados y su costo-beneficio. Es decir, lo que se mide -si postulas a una convocatoria- es la capacidad real de los proyectos de convertirse en experiencias exitosas.

La Secretaría de Economía, a través del Instituto Nacional del Emprendedor, con fundamento en los numerales 15 y 16 de las Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor para el ejercicio fiscal 2018, publicadas en el Diario Oficial de la Federación convoca a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, para que presenten sus solicitudes de apoyo para participar en la Categoría IV. Programas para MIPYMES, bajo la convocatoria 4.1 Fortalecimiento para MIPYMES.

Objeto Apoyar a micro, pequeñas y medianas empresas para que, a través de una asesoría empresarial, análisis de inteligencia de negocio e incorporación de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC 's), directamente en el establecimiento ("In situ"), se promuevan mejores oportunidades de consolidación y crecimiento para la empresa.

Modalidad única: Fortalecimiento de Microempresas

Monto máximo por rubro de Porcentajes apoyo máximos (Máximo 10 mil pesos por apoyo empresa)

Rubro de apoyo/Conceptos

de

1. Asesoría Empresarial y Asistencia Técnica (Mínimo 5 horas in situ, 1 hora por cada concepto)

Inventarios

$1,000

90%

Operaciones contables y finanzas

$1,000

90%

Atención a clientes y ventas

$1,000

90%

$1,000

90%

Capacidad de endeudamiento financiero $1,000

90%

Análisis del micro (Georreferenciación)

mercado

2.Tecnologías de la Información y Comunicaciones

  

Conectividad /(Acceso a Internet por al menos 6 meses) Hardware (Tableta o teléfono $5,000 inteligente). Dispositivo para cobro con Tarjeta Bancaria

90%



  

 

Software de gestión empresarial.

No ser proveedor de la Vitrina de Formación Empresarial y Tecnología durante el ejercicio fiscal en que solicita el apoyo. A través de los lineamientos de la Vitrina de Formación Empresarial y Tecnología, se establecerán los montos diferenciados. Ambos rubros son obligatorios : "Asesoría Empresarial y Asistencia Técnica " y "Tecnologías de la Información y Comunicaciones", a fin de presentar proyectos integrales establecidos en las soluciones publicadas en la Vitrina de Formación Empresarial y Tecnol ogía (http://www.vitrinatic.inadem .gob.mx). que solicita el apoyo. Esta convocatoria no acepta aportaciones anteriores ni en especie. Por el tipo de convocatoria, no aplica lo siguiente: a. Establecer un porcentaje de distribución proporcional establecido a los tres grupos de Entidades b. El clasificar los proyectos en rangos de monto de aportación del INADEM.

1. La empresa solicitante deberá estar ubicada en localidades con población mayor a 2,500 habitantes, de acuerdo a los criterios definidos por INEGI. 2. No haber sido beneficiado previamente a través de la Convocatoria 4.1 del ejercicio fiscal 2017. 3. No se consideran dentro de la población objetivo de esta convocatoria, aquellas empresas que pertenezcan al sector primario.

1. Seleccionar en la solicitud de apoyo una solución integral de la Vitrina de Formación Empresarial y Tecnología de la Convocatoria 4.1. en www.vitrinatic.inadem.gob .mx, ingresando el código correspondiente. 2. Obtener una calificación aprobatoria de 70 puntos o más en el sistema electrónico paramétrico y ponderado de la convocatoria 4.1 3. No tener otra solicitud de apoyo en proceso de evaluación o resultar aprobada en el mismo ejercicio fiscal en la convocatoria 4.1. 4. La duración máxima del proyecto será de 2 meses.

5. Los solicitantes de apoyos del FNE, no podrán presentar proyectos iguales o con características similares para distintos estados o municipios durante el mismo ejercicio fiscal o proyectos anteriores que hubieran resultado beneficiados, en ese caso el grupo de análisis presentará para rechazo del consejo directivo dichos proyectos. A excepción de los organismos intermedios, los solicitantes de apoyos sólo podrán presentar una solicitud de apoyo durante el presente ejercicio fiscal. En caso de que el grupo de análisis identifique más de una solicitud de apoyo, únicamente continuará en el proceso la que hubiere sido presentada en primer tiempo, y las demás serán rechazadas por el consejo directivo a petición del grupo de análisis.

Criterios de Evaluación Paramétrica

Ponderación para proyectos presentados por MIPYMES

Nivel de madurez del negocio

35 puntos

Existencia de un plan de acción que defina el uso de los productos y servicios en TIC´s que se pretende adquirir

20 puntos

Congruencia entre los productos y servicios en TIC´s solicitados y el beneficio esperado

40 puntos

Primera vez que incorpora TIC’s en la empresa

5 puntos





Las solicitudes presentadas en esta convocatoria se someterán a un proceso de evaluación a través de un sistema electrónico paramétrico y ponderado y no requerirán de Evaluación Normativa, Evaluación de la Representación del Consejo Estatal, ni Técnica, Financiera y de Negocios. El orden de jerarquización de los proyectos para presentación del Consejo Directivo, atenderá a la calificación que resulte del proceso de evaluación a través de un sistema electrónico paramétrico y ponderado y en caso de empate, se considerará como criterio de desempate: "Primero en tiempo, primero en derecho"

1. Confirmar la recepción de los productos y servicios en el sistema emprendedor a través del "Formulario entrega - recepción" con las características descritas en el Certificado Electrónico de Canje por el proveedor y beneficiario. 2. El proveedor deberá adjuntar en el Sistema Emprendedor, el comprobante fiscal en formato xml entregado al beneficiario, el cual deberá tener vigencia ante el SAT. 3. El proveedor deberá llenar el "Reporte de Caracterización” de la empresa atendida, en la Plataforma de Inteligencia para el Pequeño Comercio. 4. Informe Trimestral y Final (Anexo F). Es responsabilidad del proveedor y del beneficiario haberlo completado en el sistema emprendedor. Nota: 





El Certificado Electrónico de Canje estará disponible en el sistema emprendedor 30 días a partir de la notificación de que pueda ser canjeable. Deberá comprobar el recurso en el Sistema Emprendedor, en un plazo no mayor a dos meses, contados a partir de la fecha en que el Certificado Electrónico de Canje esté disponible en el Sistema Emprendedor. El "Formulario entrega-recepción", es el documento que sustituye al "Recibo de Apoyo''.

Los BENEFICIARIOS, ORGANISMOS INTERMEDIOS y el público en general podrán presentar por escrito libre sus quejas y denuncias, contra servidores públicos adscritos al INADEM, así como (Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 26 de diciembre de 2017 reconocimientos, con respecto a la operación y ejecución del FNE y la aplicación de las presentes REGLAS DE OPERACIÓN, ante las instancias que a continuación se señalan, en el orden siguiente: I. El Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía, con domicilio en el séptimo piso del edificio marcado con el número 3025, del Boulevard Adolfo López Mateos, colonia San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, código postal 10400, Ciudad de México y/o al correo

electrónico [email protected] y/o a los Teléfonos (01) (55) 56-29- 95-00 Conmutador Extensión: 21214 o 01(800) 08 32-666, y II. La Secretaría de la Función Pública, ubicada en Insurgentes Sur número 1735-10, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México y/o por correo electrónico [email protected] y/o al Teléfono 2000-3000 Extensión: 2164. En caso de que se presenten las quejas y denuncias ante las Contralorías de Entidades Federativas, éstas deberán notificar al Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía y/o a la Secretaría de la Función Pública.

Acceso de las MIPYMES a los productos y servicios ofrecidos a través de la VITRINA DE FORMACION EMPRESARIAL Y TECNOLOGIA

VALIDACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN JURÍDICA DEL SOLICITANTE DE APOYO U ORGANISMO INTERMEDIO Para requisitar la Solicitud de Apoyo, la documentación del Solicitante de Apoyo u ORGANISMO INTERMEDIO debe validarse previamente por la Dirección General Adjunta de Asuntos Jurídicos del INADEM.

Para tal efecto, los Solicitantes de Apoyo u ORGANISMOS INTERMEDIOS deben ingresar al SISTEMA EMPRENDEDOR, capturar en línea sus datos generales en los campos que para tal efecto estarán habilitados en dicha página. Asimismo, deben adjuntar por ese medio, los archivos en formato.pdf que se le solicite conforme a su naturaleza jurídica. El Solicitante de Apoyo u ORGANISMO INTERMEDIO que se encuentre inscrito en el RUPA, podrá adjuntar únicamente la constancia de inscripción en el RUPA; consecuentemente, no tendrán la obligación de presentar la documentación a que refiere el primer párrafo del presente. La documentación que deben presentar los Solicitante de Apoyo u Organismos Intermedios para su acreditación, de manera enunciativa y no limitativa es la siguiente: SI EL SOLICITANTE DE APOYO ES UNA PERSONA FÍSICA O EMPRENDEDOR a. Constancia de Situación Fiscal (RFC) ya sea RIF o Persona Física con Actividad Empresarial en Régimen Intermedio, con fecha de emisión no mayor a 3 meses a la fecha de registro de la documentación. b. Identificación oficial con fotografía del BENEFICIARIO vigente; c. Comprobante de domicilio, con vigencia no mayor a tres meses; d. Clave Única de Registro de Población (CURP); e. Cédula de determinación de cuotas obrero patronales, aportaciones y amortizaciones del IMSS (para acreditar el rango de trabajadores) f. Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales positiva, con fecha de emisión no mayor a 3 meses a la fecha de registro de la documentación, y; g. Declaración Anual o Bimestral (en el caso de Régimen de Incorporación Fiscal) del Impuesto Sobre la Renta (para acreditar el monto de ventas anuales).

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