ÉTICA PARA TERAPEUTAS FLORALES RELACIÓN TERAPEUTA - CONSULTANTE CONTENIDO I. UNA DEONTOLOFIA PARA TERAPEUTAS FLORALES •
Preocupaciones éticas
II. PRINCIPIOS ETICOS QUE RESGUARDAN UN CORRECTO EJERCICIO DE LA TERAPIA FLORAL 1. Principio de Humanismo 2. Un giro antropológico 3. Un trato personalizado 4. Principio de respeto a la Dignidad Humana del consultante 5. Principio de respeto por la autonomía del consultante 6. Principio de beneficencia 7. Una ética de la vocación 8. Principio de no maleficencia 9. Principio de equidad y justicia distributiva 10. Principio de confidencialidad 11. Principio del consentimiento informado III. LAS EXIGENCIAS ETICAS DEL DR. BACH PARA EL EJERCICIO DE LA TERAPIA FLORAL 1. Una ética de la compasión 2. Consideración de la integridad y humanidad del consultante 3. Los requisitos éticos para el ejercicio de la terapia floral BIBLIOGRAFIA I. UNA DEONTOLOGÍA PARA TERAPEUTAS FLORALES Una Ética para Terapeutas Florales se enmarca al interior de una Deontología propia de quienes se desempeñan al interior del área de la salud. Deontología: del griego: to deón, lo debido, lo obligatorio, lo necesario, lo conveniente, logos = estudio o conocimiento. Se trata por tanto de una ética del deber. La deontología opera por principios universales de los que se derivan un conjunto de comportamientos exigibles a los profesionales. Es una Ética Profesional del cumplimiento de los deberes y las obligaciones que a cada profesional se le presentan en el ejercicio de su profesión. Estos deberes y obligaciones, en la mayoría de los casos, están expresados en los Códigos de Ética de las distintas profesiones, y cuando dicho código no existe, deberían estar dados y asimilados por los contenidos valóricos que la persona recibió en su formación profesional o técnica, más el grado de compromiso y conciencia moral que cada cual tenga respecto de www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
1
su práctica. Este último es el caso de los(as) Terapeutas Florales, carentes de un código de ética por el momento pero considerado en la agenda de la Asociación de Terapeutas Florales. Los principios universales de la Deontología que aquí nos ocupan son aquellos relativos a la práctica de quienes se desempeñan en el área de la salud y, como diferencia específica, en este caso se trata de la Terapia Floral como una forma de medicina complementaria , cuyo objetivo inicial está propuesto por su propio creador, el Dr. Edward Bach: "aliviar el sufrimiento humano" y promover el bienestar y la salud del ser humano, ya sea previniendo, sanando dolencias y enfermedades relacionadas con emociones y estados de ánimo aflictivos, o proporcionando sabiduría, discernimiento y alegría de vivir a aquellos que padecen por interrogantes existenciales o simplemente para "mantenerse sanos y fuertes" a quienes ya están saludables, todo esto en el entendido que para Bach la salud y la enfermedad comportan una dimensión psicosomática pues sostiene que muchas enfermedades y dolencias físicas se generan a partir de estados de ánimos aflictivos los cuales al ser liberados por la acción de las esencias florales devuelven la salud y el bienestar. Preocupaciones Eticas Ciertamente que en la etapa actual del ejercicio de la Terapia Floral (y de otras medicinas complementarias) es natural que exista una serie de preocupaciones éticas referidas ya sea a su origen, eficacia terapéutica, campo de acción y formación de sus practicantes. La tecnología no cuenta aún con instrumentos adecuados para una medición científica del contenido, alcance y componentes terapéuticos de las esencias florales en su condición de "medicina vibracional", de hecho no es éste un concepto validado por la medicina convencional occidental ni por la comunidad científica, se trata más bien de un concepto perteneciente a la medicina tradicional oriental. Por lo mismo, no es aún un saber acreditado para la academia, al menos en nuestro país, ya que de estarlo, quedaría de suyo validado para la comunidad científica y para la sociedad en general. Cabe reconocer sin embargo que en nuestro país ya se empiezan a ver algunos empeños iniciales en vistas a una posible acreditación o reconocimiento. Respecto de la segunda preocupación ética -la formación de sus practicantes- cabe reconocer que la responsabilidad descansa de manera compartida en quienes imparten la formación de Terapeutas Florales y en la responsabilidad y conciencia moral de quienes la practican, muchas veces autodidactas o con una formación claramente insuficiente o deficiente si tomamos en cuenta la índole y magnitud de este quehacer (trabajo con seres humanos sufrientes la mayoría de las veces y por lo mismo vulnerables en muchos sentidos) lo que desde los principios deontológicos básicos no les permitiría llevar a cabo una práctica terapéutica apropiada. A la luz de lo anterior, consideraremos los principios éticos fundamentales e ineludibles que resguardan un ejercicio éticamente correcto de la Terapia Floral y a los cuales deberían ajustarse sus practicante -una Deontología o Ética para Terapeutas Florales- y que de tomarlos en serio, internalizarlos y practicarlos, aseguran un ejercicio éticamente intachable de la disciplina.
www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
2
II. PRINCIPIOS ETICOS QUE RESGUARDAN UN CORRECTO EJERCICIO DE LA TERAPIA FLORAL 1. Principio de Humanismo Son innumerables las instancias éticas involucradas en la relación TerapeutaConsultante, pero estrictamente hablando la temática ética fundamental de fondo es una sola: el concepto de ser humano que opera en la relación, dicho en otras palabras, lo que el ser humano significa para el (la) Terapeuta. Dicha conceptualización conlleva los valores personales del(la) terapeuta y conlleva también, inevitablemente, el sello de la sociedad, la cultura y el momento histórico en que vivimos.
2. Un giro antropológico Es evidente que, hace ya varias décadas y en todos los ámbitos, viene dándose un "vaciamiento" de lo humano o un "vaciamiento antropológico" resuelto en la carencia de un concepto profundo, digno e integral de lo humano, lo que ha traído como consecuencia una progresiva desensibilización frente a nuestra propia humanidad y la del otro, una instrumentalización del ser humano a manos del propio ser humano, una "deshumanización" de las relaciones interpersonales y profesionales y una invisibilización del otro en cuanto ser humano. En una sociedad cuya dinámica es el mercado y cuyo motor es la oferta y la demanda, el otro sólo puede llegar a ser visible como consumidor, cliente, productor o competidor pero no como un ser humano con toda la profundidad y la dignidad que ello conlleva. En este contexto, además competitivo e individualista, es claro que no se hace necesario detenerse a reflexionar en lo que el ser humano significa en toda su profundidad y dignidad. Como bien señala el filósofo costarricense Diego Víquez Lizano, y cuyo criterio comparto, la solución a la deshumanización de las relaciones profesionales e interpersonales, la solución a este "vaciamiento" de lo humano es la realización de un "giro antropológico", consistente en una vuelta al ser humano, en re-descubrir al otro y hacerlo visible en tanto ser humano con toda la profundidad de lo que es y de lo que significa, develar su rostro y considerarlo como si fuera "yo" sin dejar de reconocer su legítima diferencia conmigo. La clave del "giro antropológico" entonces, dice Víquez, es la virtud de la compasión , una verdadera solidaridad afectiva que permite considerarse unocon-el-otro, trascendiendo el propio individualismo para reconocer que todo otro es-como-yo, que llora-como-yo, que le duele-como-a-mi, que se-alegracomo-yo, que tiene-miedo-como-yo y por eso comparto sus sentires, sus sueños, sus fracasos, sus dolores. Eso es "el otro" y no una abstracción, una enfermedad, un número de cama, un objeto de estudio o un medio útil a nuestros fines. www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
3
Ciertamente que en una sociedad de mercado, del "tiempo justo", agitada, efectivista, que exige resultados tangibles y donde el consultante percibe cada vez con más claridad que la mayoría de las veces el interés primario de la atención de la salud no es su persona sino un interés económico, la compasión, el consuelo, las lágrimas serán consideradas pura pérdida de tiempo o de dinero. Abarcar la totalidad de los principios éticos contenidos en el humanismo requeriría de un escrito aparte. Sin embargo, podemos concentrarlo en la petición general de que en la relación terapeuta-consultante el(la) terapeuta se comporte con el consultante con el mismo humanismo con que quisiera ser tratado(a). A continuación reforzamos esta idea con algunas de las grandes "reglas de oro" universales de la ética. "No hagas a otros lo que no quieres que hagan contigo" "Obra de tal modo que la máxima de tu acción pueda valer como ley universal" [Kant]. "Obra de tal modo que trates a la humanidad tanto en tu persona como en la de los demás, siempre como un fin nunca simplemente como un medio" [Kant]. "Ama a tu prójimo como a ti mismo" [Nuevo Testamento] 3. Un trato individualizado En una relación humana es requisito fundamental un trato individualizado o personalizado hacia el consultante. Este se resuelve en una acogida amistosa y personalizada que permita al consultante sentirse "visto", comprendido, asistido y acogido en su dolor, así como en el reconocimiento del carácter único que él (ella) tiene como persona y no en su condición genérica de consultante o haciendo referencia al padecimiento que lo afecta o a su patrón floral. Si consideramos que cuando estamos sanos somos muy sensibles a un trato descortés, indiferente, déspota o prepotente, es fácil imaginarse lo que podría sentir un consultante que se encuentra en condiciones de aflicción y por tanto de vulnerabilidad. Tratar al consultante con Humanidad difiere mucho del enfoque de "enfrentarse" de manera impersonal con la "maquinaria" cartesiananewtoniana, paradigma que desde hace ya trescientos años viene prevaleciendo como concepto en los diversos ámbitos de la sociedad y que no puede sino conducir a un trato ausente de humanismo y amabilidad. Una "relación humana" es aquella que no se sostiene sólo en el conocimiento teórico y técnico por parte del(la) terapeuta, sino fundamentalmente en el reconocimiento de la calidad de persona del consultante, esto es un ser humano con características racionales, psicológicas, sociales y espirituales y www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
4
que cuenta con una individualidad única e irrepetible. La tristeza, la angustia, los miedos, son parte esencial de la problemática del consultante, la desatención de los aspectos psicosociales y espirituales es lo que hace que el consultante sienta un trato deshumanizado, por lo demás es inconcebible que el(la) terapeuta floral vaya a caer en dicha desatención puesto que son estos, precisamente, los aspectos en los cuales trabaja la terapia floral. Por otra parte, así como aquel(aquella) terapeuta que no se preocupa por el consultante en cuanto ser humano y vacía a la terapia floral de su contenido humano para quedarse en el dominio exclusivo de sus conocimientos técnicos, de la misma manera, y visto el tema desde una ética de las consecuencias y de la buena intención, cabe tener presente que la buena intención tampoco basta, es necesario junto con ella hacerse cargo de las consecuencias incluso de nuestras buenas intenciones. Así visto el asunto, si un(a) terapeuta carece de una formación teórica sólida, de una buena capacitación y formación profesional, aún cuando tenga la mejor de las intenciones de amabilidad y humanidad, igualmente no va ir más allá de eso, de ser una persona amable y humana pero con falta de idoneidad en su quehacer, lo que le hace caer nuevamente en una falta de respeto hacia la dignidad del consultante que acude a él(ella), hacia su propio desprestigio y el de la terapia floral como disciplina. 4. Principio de respeto a la Dignidad Humana del consultante La dignidad humana de la cual todo ser humano se hace merecedor estriba en el respeto a sí mismo y al otro. El ser humano cuenta con una dignidad ontológica que posee de suyo por el sólo hecho de pertenecer a su especie; esto le otorga un valor intrínseco. Desde este fundamento, respetar la dignidad humana del consultante es reconocer el valor que merece por el simple hecho de contar con la condición humana. Desde una perspectiva kantiana, el respeto a la dignidad humana del consultante queda resguardada por su condición de persona inteligente, libre y volente, esto es un Adulto Moral con capacidad de autodeterminación, libre albedrío y libre ejercicio de su voluntad y por lo mismo una persona, digna, dignificable (capaz de dignificarse a sí misma) y dignificante (capaz de dignificar a los demás). Esto en la práctica significa que el consultante es un fin valioso en sí mismo por lo tanto nunca podrá ser utilizado, instrumentalizado o cosificado para servir como medio a los intereses personales del(la) terapeuta sean estos económicos, de experimentación, de lucimiento personal u otro. En tal caso se le estaría colocando un precio al consultante. Pero, dice Kant, las personas tienen dignidad, no precio, las cosas tienen precio. Y he aquí su regla de oro: "Obra de tal modo que trates la humanidad tanto en tu persona como en la de los demás siempre como un fin nunca simplemente como un medio"
www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
5
Pero también podemos fundamentar la dignidad humana del consultante desde una perspectiva religiosa que sin duda hará mucho sentido a los creyentes. Desde esta perspectiva la dignidad humana del consultante descansa en el hecho de haber sido creado a imagen y semejanza divina. Esto le concede una dignidad especial al ser humano porque Dios le ha querido por sí mismo llamándolo a la existencia y estableciendo una relación personal, única e irrepetible con él. También podemos afirmar desde el pensamiento de Maturana que respetar la dignidad humana del consultante consiste, por parte del terapeuta, en reconocerlo y aceptarlo en su legítima diferencia con él(ella) desde el amor como emoción fundante o como fenómeno biológico y como condición de posibilidad de dicha aceptación, en lugar de rechazarlo o juzgarlo porque piensa y actúa de manera distinta. 5. Principio de respeto por la autonomía del consultante Este principio se funda en el concepto kantiano de persona y de Agente Moral del consultante, su sentido es resguardar su derecho a la libertad personal, a la autonomía y a la autodeterminación. El principio está ligado al derecho de cada persona a elegir y controlar su vida desde sí mismo. En la práctica este principio se manifiesta cuando se toma en cuenta las opiniones y decisiones del consultante y nos abstenemos de interferir en sus decisiones, siempre que estas decisiones no perjudiquen a otros seres humanos. El deber del(la) terapeuta en este sentido es proteger y promover las decisiones libres, sin que obre coacción alguna sobre los consultantes. Este principio resguarda también una posible actitud paternalista del(la) terapeuta hacia el consultante, actitud que se resuelve en una relación jerárquica de dominio-sumisión, en que el(la) terapeuta asume una actitud solemne y autoritaria, infantilizando al consultante en lugar de promover su condición de adulto moral. Ciertamente que hay varios "modelos", por así decir, de una posible relación terapeuta-consultante, y aún cuando en el modelo "contractual" por ejemplo la relación se da de manera simétrica entre dos adultos morales, ella no favorece un vínculo de humanidad pues si bien el contractualismo es el tipo de relación que sirve para ordenar nuestra sociedad en muchos de sus ámbitos, en este caso, en que no queremos perder de vista la humanidad del consultante, no es una relación ideal puesto que el consultante siente que la relación se está dando "correctamente" pero de una manera fría e impersonal puesto que está operando dentro de un marco de legalidad más que un marco de humanidad. Un ambiente así se presenta formalmente cortés pero deshumanizado y desfavorable a la sanación por el distanciamiento y la falta de confianza mutua, quedando desplazada la relación persona a persona dado la indiferencia y el desinterés mutuo del uno por el otro, e incluso puede llegar a darse una cierta hostilidad por ambas partes y en el extremo el(la) terapeuta www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
6
puede llegar a ver al consultante como un potencial adversario del cual tiene que protegerse ante la posibilidad de conflictos legales. Tampoco un modelo de mercado va a favorecer una relación humana terapeuta-consultante. En esta relación, como decíamos, el ser humano como tal queda invisivilizado para dar paso a un consultante que se hace visible más como consumidor o cliente que como persona. 6. Principio de beneficencia El principio de beneficencia señala que el(la) terapeuta debe buscar siempre el bien del consultante, beneficiarlo en todo momento en vistas a lo que mejor convenga a éste, favorecer sus intereses, teniendo en cuenta que su principal interés es restablecer su salud. Sin embargo, ¿sabe el(la) terapeuta realmente "lo que es bueno" para el consultante? En este sentido se ha de saber conjugar lo que el(la) terapeuta cree "que es bueno" para el consultante con la condición de agente moral de éste. Es decir, conjugar el Principio de Beneficencia, sin caer en el paternalismo, con la condición de persona autodeterminante y con libre albedrío del consultante. Ambos principios no se excluyen, pueden conjugarse perfectamente En la práctica, hacer "lo que es bueno" para los consultantes, es dejar de lado la propia percepción sobre lo que los beneficia para tomar en consideración las creencias, preferencias e intereses de los propios consultantes sobre lo que es bueno para ellos. Aún en los casos en los que creemos que hay una clara discrepancia entre lo que el consultante desea autónomamente y lo que beneficia su propio interés, el(la) terapeuta debe ser extremadamente cuidadoso(a) al justificar la imposición de sus creencias por encima del interés de los consultantes, más aún cuando ellos explícitamente rechazan esa "ayuda". Lo que sí debe procurar en todo momento el(la) terapeuta, incluido como parte de la propia terapia, es una educación hacia el consultante para que alcance el más alto grado de Adulto Moral, es decir de persona inteligente, volente y libre, lo cual incluye, entre otras cosas, educarlo para que comprenda su dolencia a fin de que pueda participar en su propia sanación desde su propia comprensión, autonomía y libertad, evitando así un paternalismo que infantiliza y daña al consultante y lo deja en la condición de "paciente", es decir pasivo frente a su sanación. 7. Una ética de la vocación Dada la índole de la práctica de la terapia floral, cabe tener en cuenta también al interior del principio de beneficencia el tema de una Etica de la Vocación. En este caso de una vocación humanista y sanadora a la vez a fin de resguardar lo que este principio pide; hacer el bien en todo momento al consultante. www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
7
La dimensión ética de la vocación estriba en la exigencia de fidelidad a sí mismo y a las verdaderas capacidades y potencialidades, en ser fiel a lo que realmente se es y se quiere ser, dicho de otro modo, en ser consecuente con las propias capacidades vocacionales. La fidelidad al cumplimiento de las capacidades vocacionales está en directa relación con el sentido de vida y con el cumplimiento del proyecto de vida, y esto a su vez en directa relación con la felicidad y plenitud que conlleva el saber que se está realizando aquella labor para la cual se siente apto y en cuyo ejercicio todas las capacidades se están desplegando para la propia promoción, dignidad, excelencia humana y profesional de quien la ejerce, y para el bien de quien recibe dicho servicio. La felicidad y plenitud de saber que tal trabajo es producto de un ideal de vida, de algo fundamental por tanto, y no producto de una "urgencia" que impele a trabajar en "lo que venga" porque por el momento puede "sacarnos del apuro". No hay duda que esto será menos perjudicial en contextos en que no hay de por medio seres humanos en situación de dolor y vulnerabilidad. Ciertamente que en tal situación de "urgencia", no puede darse un compromiso vocacional de fondo y, tarde o temprano el ir a "contrapelo" consigo mismo cobrará su precio y en lugar de sentir que el ejercicio de la terapia floral es una oportunidad de servicio hacia los demás y de desarrollo y promoción de las propias potencialidades, se sentirá como una tarea agobiante, descomprometida e irritante porque en ella nuestras verdaderas capacidades no se están promoviendo, situación que al final de cuentas va a significar un costo psicológico demasiado alto, resultando dañino tanto para el(la) propio(a) terapeuta como para el consultante. El trabajar en el área de la salud, cualquiera sea la posición que allí se ocupe, por ser una labor que se ejerce hacia personas humanas, dolientes y vulnerables que confían y se entregan en busca del alivio a su dolor, debería significar mucho al interior del proyecto de vida de quien la practica. 8. Principio de no maleficencia La no maleficencia indica que el(la) terapeuta no debe hacer daño de ningún tipo al consultante, ni físico, ni psicológico ni moral. No exponerlo a riesgos innecesarios, ni mucho menos perjudicarlo intencionalmente, se trata de tener presente que se trata de otorgarle el mayor beneficio con el mínimo riesgo. El daño al consultante puede ocasionársele de múltiples maneras: -
por por por por por por por por por
lo que se hace como por lo que se deja de hacer lo que se dice como por lo que se deja de decir conocimientos profesionales insuficientes o no actualizados impericia o negligencia atenderlo en estado de drogadicción o ebriedad divulgar lo que se le ha confidenciado situaciones de "ensañamiento" terapéutico delegar la atención a personal insuficientemente preparado o inexperto someter al consultante a procedimientos sólo para adquirir experiencia www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
8
Todo lo anterior incluye la posibilidad de acciones que pueden estar sujetas a quejas, demandas y al ejercicio de acciones legales. 9. Principio de equidad y justicia distributiva Este principio exige al(la) terapeuta tratar de distribuir equitativamente las oportunidades de mejorar la vida que ofrece la Terapia Floral. Se comete injusticia cuando a una persona se le niega, por razones de discriminación un beneficio, en este caso el servicio de la Terapia Floral. El(la) terapeuta debe tratar a todas las personas con la misma consideración y respeto en el orden social, político, económico y cultural. Ofrecer las oportunidades de atención sin hacer distinciones, ni otorgar preferencias o privilegios por motivos de tales como: - Raza - orientación sexual - Género - condiciones de invalidez - Edad - condición política - condición social - condición legal o privación de libertad - condición económica: - referir al consultante cuando no cuente con los recursos para su atención pero nunca abandonarlo Es inaceptable una atención de menor calidad, eficiencia o calidez a personas ancianas, menores de edad o minusválidos ya sea por aislamiento, abandono o incapacidad para demandar una mejor atención o quejarse, pues no se valen por sí mismos. 10. Principio de Confidencialidad o Secreto Profesional El secreto profesional es la reserva o sigilo de lo que se conoce en razón del ejercicio de una profesión y cuya divulgación pudiera ocasionar perjuicios morales, materiales e espirituales al consultante o a personas que están relacionadas con él. Es la prohibición moral y legal de divulgar un secreto conocido en el ejercicio de la profesión. El secreto profesional nace del pacto implícito entre el(la) terapeuta y el consultante. Éticamente, el derecho al secreto es consecuencia de la facultad que tiene cada ser humano al uso libre, exclusivo e inviolable de su conciencia (Agente Moral) La razón del contacto entre el(la) terapeuta, el consultante y su familia descansa en la existencia de un problema o necesidad que demanda del servicio especializado para resolver tal problema o necesidad. Quien acude al(la) terapeuta, por tanto, está en una situación de dificultad, en la posición de necesitado de pedir ayuda. En ese contacto se establece una confianza implícita entre el consultante que confía al(la) terapeuta sus necesidades y problemas más íntimos y el(la) terapeuta tiene así la posibilidad de conocer al consultante en sus fueros más íntimos, penetrando en su sagrada intimidad la que es mostrada necesariamente a partir de una situación probablemente dolorosa y difícil la mayoría de las veces, lo cual la hace doblemente www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
9
respetable. El consultante, en esta situación, da por descontada la confidencialidad También es necesario tener presente que la condición de terapeuta no constituye suficiente poder como para exigir o violentar la entrega de secretos al consultante. El(la) terapeuta que divulgue los secretos que le confían, cosechará desconfianza entre sus consultantes, él(ella) mismo(a)a pierde honorabilidad, da mala imagen ante el público, deja de ser una persona confiable, afecta la credibilidad de su ejercicio profesional y de la Terapia Floral misma, haciéndose acreedora no sólo de una sanción moral sino también de una posible sanción legal. Cuando la vulneración involucra la conducta de una persona es muy difícil resarcir suficientemente del daño que se le hace. El honor, la fama, la dignidad, son aspectos de la vida que no se pueden recuperar con dinero, desmentidos o declaraciones. Causas que hacen lícita la manifestación del secreto: * Con consentimiento expreso del consultante. Como por ejemplo proporcionar una copia de la ficha a otros(as) terapeutas a solicitud del consultante. * Cuando la revelación es necesaria para el bien del mismo consultante como por ejemplo avisar a los padres y buscar apoyo familiar para derivar o instituir un tratamiento determinado para el consultante adolescente. Este apoyo debe equilibrarse con la confidencialidad y el respeto por la autonomía del adolescente. * Cuando lo requiere la ley. En tal caso sigue siendo un secreto, lo que se hace es traspasar su contenido a una autoridad competente. * Para impedir la comisión de un delito, daños al propio profesional, a terceras personas y al bien común, a inocentes indefensos como niños o ancianos. * Cuando la vida de alguien se encuentra en peligro. Ciertamente que la obligación moral de la confidencialidad no es tan radical como para arriesgar en su cumplimiento la vida de otras personas En estas situaciones sin embargo debe tenerse en cuenta variables como la real probabilidad y la severidad del daño. * La muerte de un paciente no excusa la divulgación de un secreto; éste es el derecho a la buena memoria de una persona. Antes de violar la confidencialidad, el(la) terapeuta debe compartir su inquietud con el consultante y hacer todo lo posible para hablar sobre el problema a fin de persuadirlo a que revele. Si fuese necesario violar la confidencialidad, debe hacerse en forma tal que se minimice las repercusiones para el consultante y se acaten las leyes. www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
10
Si bien la confidencialidad no es algo absoluto, es claramente un principio moral sólido que sólo podría violarse si prevalecieran razones morales más poderosas y, en la mayoría de los casos será posible guiar al consultante a que informe a los que deben conocer la situación o bien que permita que otros lo hagan. 11. Principio del Consentimiento Informado Es un derecho básico de los Adultos Morales a decidir lo que ha de hacerse con su persona. Ya sea en lo referente a su tratamiento como a la participación en protocolos de investigación, esto último es muy pertinente al momento por el que está pasando la Terapia Floral y las terapias complementarias en general, en que necesitan de diversas investigaciones para acreditarse. También es pertinente por el hecho de que muchos(as) terapeutas florales junto con la terapia floral aplican simultáneamente diversas prácticas complementarias de sanación, en tal caso es fundamental tomar el consentimiento del consultante y asegurarse si desea o no someterse a tales prácticas. Dentro de este principio se contempla entregar una información completa y actualizada al consultante si éste lo requiere, con lo cual se pretende: - Respetar su condición de Agente Moral - disminuir el nivel de ansiedad del consultante - obtener su cooperación en el proceso de atención - Incrementar su nivel de satisfacción - prevenir quejas y demandas por falta de comprensión del proceso de atención, sus resultados y sus expectativas. Los consultantes tienen derecho a saber lo que se encuentra en su ficha clínica. Este registro en sí pertenece al terapeuta o a la institución, pero la información contenida en el mismo pertenece al consultante. El consultante necesita informarse para conocer bien la realidad de la situación que le ocurre y poder así reflexionar junto con el(la) terapeuta y participar en la toma de decisiones acerca de la posibilidad de tratamiento. Podrá así someterse voluntaria e informadamente al tratamiento (o investigación), trabajando inteligentemente en colaboración con el(la) terapeuta participando de su propia sanación, dejando su condición de "paciente" para convertirse en "agente" de su propia sanación. El consultante debe dar su consentimiento en forma libre y sin coacción. Su decisión debe ser auténticamente suya y no manipulada. La mayoría de los consultantes adultos pueden participar en su atención terapéutica y por lo tanto compartir la responsabilidad de la misma. El(la) terapeuta tomará decisiones con y para el consultante, no en lugar del consultante. Como ya señalamos más arriba, el(la) terapeuta debe procurar incrementar las capacidades del consultante para tomar decisiones en la medida en que el grado de su dolencia lo permita por cierto. Se considera competente para tomar decisiones sobre atención terapéutica a todos los consultantes adultos -agentes morales- a menos que un tribunal los www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
11
haya declarado incompetentes. En caso de no competencia del consultante, determinada cuidadosamente por el terapeuta, éste y los familiares por lo general toman decisiones sin recurrir ante el tribunal. Una buena comunicación es relevante en el proceso del consentimiento informado, el(la) terapeuta debe hacer su presentación de forma tal que el consultante la entienda, debe cerciorarse que el consultante comprendió la información recibida. El consultante debe ser informado con veracidad, claridad, suficiencia e imparcialidad de todo lo relativo al proceso de su atención. No es lícito que en la información se exagere la gravedad del problema o las dificultades para su atención, con el propósito de obtener un mayor reconocimiento, mayor remuneración económica o justificar los malos resultados por falta de conocimiento e impericia. Además de que puede deprimir al consultante y desmotivarlo para participar de su recuperación. Los(as) terapeuta deben tratar de crear un ambiente en el que la honestidad pueda prosperar y en el que el consultante pueda presentar sus preguntas e inquietudes, permitir que el consultante haga preguntas cuando no está seguro de la información que reciben. En general, no puede llevarse a cabo un procedimiento diagnóstico o terapéutico en contra de la voluntad de un consultante que es Agente Moral, o en contra de la voluntad de su familia si no lo es. El(la) terapeuta debe también revelar al consultante la información sobre errores propios de procedimientos o criterios que haya adoptado durante la atención, en caso en que dicha revelación sea esencial para el bienestar del consultante. Los errores no necesariamente constituyen conducta impropia, negligente o no ética, pero el no revelarlos puede serlo. Hasta aquí las exigencias éticas básicas para el ejercicio de la terapia floral en su condición de medicina complementaria- han quedado insertas bajo los principios éticos universales de una deontología válida para quienes se desempeñan en el área de la salud en general. Sin embargo, el ejercicio de la terapia floral cuenta además con una ética propia, por así decirlo propuesta por su propio creador el Dr Edward Bach en sus escritos filosóficos. Allí Bach nos presenta una cosmovisión y una antropología filosófica al interior de la cual se inserta su propuesta ética, válida tanto para el(la) terapeuta como para el consultante y diríamos para el ser humano en general.
www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
12
III. LAS EXIGENCIAS ETICAS DEL DR. BACH PARA EL EJERCICIO DE LA TERAPIA FLORAL El marco teórico-filosófico que el Dr. Bach nos presenta, donde fundamenta y da sentido profundo al ejercicio de la terapia floral, se encuentra en su totalidad permeado por una ética de las virtudes y de la perfección al modo aristotélico. Al interior de este marco teóricofilosófico encontramos recomendaciones éticas que Bach ha dejado para quienes van a dedicarse a la tarea de sanar en general y, muy especialmente, a quienes han de practicar la terapia floral. El sello personal que el Dr. Bach imprime a este mensaje es de un profundo sentido de lo humano, destacando una y otra vez el sentido de compasión de quien ha optado por la misión de sanar el dolor humano. 1. Una ética de la compasión La compasión por el sufrimiento humano está presente en la vida y doctrina de Bach desde sus inicios, el sentido personal y profesional que imprime a su propia vida responde a este ideal de compasión. Desde su posición de médico bacteriólogo se ocupa de buscar vacunas que pudiesen mitigar el sufrimiento producido por las enfermedades crónicas, posteriormente esta misma inquietud lo lleva por los caminos de Hanemann y de la medicina antroposófica para finalmente completar su propio sistema terapéutico resuelto en las 38 esencias florales que conocemos hoy día, sistema cuyo poder sanador está concebido "para cura y consuelo de la humanidad" y "para alivio de aquellos que sufren". En este contexto es que Bach hace recomendaciones éticas fundamentales a quienes van a practicar la terapia floral como método de sanación, recomendaciones que examinaremos a continuación. 2. Consideración de la integridad y humanidad del consultante Lo primero que destaca en su propuesta es una visión del enfermo como un ser humano integral, inserto en un contexto de vida conformado por su realidad física, psicológica, espiritual y social. Así concebido el consultante, no bastará con tratar el síntoma o la enfermedad, dice Bach, habrá de tomarse como marco de acción a la persona en su integridad lo cual obliga a una práctica terapéutica más humana, en el entendido que la enfermedad no es algo externo o ajeno y con existencia propia e independiente de quien la padece, sino que forma parte del propio contexto de vida del consultante, de su forma de ver el mundo y a sí mismo. Incluso destaca que "un cambio de dirección" frente a la vida, es decir un cambio de perspectiva frente a la vida, puede llegar a significar, en algunos casos, la fuerza sanadora que el consultante necesita. Por lo tanto no basta con una reparación "mecánica" de la parte afectada ni con un estudio objetivo de su situación, sino que necesariamente esta visión exige una aproximación subjetiva al consultante en un búsqueda conjunta de los desequilibrios vitales-experienciales, emocionales y anímicos que han incidido en la génesis de la enfermedad. Es a estas dimensiones del ser humano precisamente donde las esencias florales dirigen su acción. www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
13
Así entendido entonces, para Bach el proceso de recuperación de la enfermedad va a consistir en la recuperación de la integridad física, emocional, mental y espiritual del consultante. Bach insiste en su obra en "tratar al paciente", "No es la enfermedad lo que importa … es el paciente" , "Al tratar los casos con estos remedios, no se tiene en cuenta la naturaleza de la enfermedad. Se trata al individuo, y al mejorar éste su enfermedad se marcha, expulsada por el aumento de la salud" Cabe entender, a partir de lo anterior, que por mucho conocimiento técnico que posea el(la) terapeuta, no será suficiente para esa aproximación a la subjetividad del consultante si no cuenta además con un verdadero interés por la dimensión humana de éste, más la vocación, interés, preparación y entrenamiento suficiente para comprender la condición humana. 3. Los requisitos éticos para el ejercicio de la terapia floral La exigencia ética de humanidad que Bach pide a quien va a dedicarse al arte de sanar queda expresada en las siguientes palabras. Como se verá requiere, por parte del(la) terapeuta, de un previo camino de sabiduría de vida, un conocimiento de la naturaleza humana, un verdadero interés por el consultante, capacitación, desarrollo personal y humano e incluso una vocación educadora. "ayudar al paciente a alcanzar un conocimiento de sí mismo y señalarle los errores fundamentales que puede estar cometiendo, los defectos de su carácter que tenga que remediar, los defectos de su naturaleza que tenga que erradicar y sustituir por las virtudes correspondientes" "… tendrá que haber estudiado profundamente las leyes que rigen a la humanidad y a la propia naturaleza humana, de forma de poder reconocer en todos lo que a él acuden los elementos que causan el conflicto entre el Alma y la personalidad" En la exigencia que Bach hace a continuación enfatiza el requerimiento de amor al ser humano, de compasión, responsabilidad y vocación a toda prueba por parte del(la) terapeuta para ejercer su labor; un texto digno del bronce y como portada en los establecimientos de salud privados y públicos. "Cada caso requerirá un cuidadoso estudio, y sólo quienes hayan dedicado gran parte de su vida al conocimiento de la humanidad, y en cuyos corazones arda el deseo de ayudar, podrán emprender con éxito esta gloriosa y divina labor en pro de la humanidad: abrir los ojos al que padece e iluminarle sobre la razón de su existencia, inspirarle esperanza, consuelo y fe que le permitan conquistar la enfermedad" Es sabido el rol central que puede jugar en la recuperación de la salud el contar con un sentido de vida claro, con las fuerzas de la fe y la esperanza como soportes espirituales en tanto fortalezas que permiten sobrellevar los aspectos más dolorosos y debilitantes de la dolencia, por otra parte los consultantes de alguna manera esperan que el(la) terapeuta no obvie el poder de esas fuerzas internas como parte de la terapia, ciertamente que esto www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
14
requiere que el(la) terapeuta sea sensible a ello personalmente e incluya en su formación también estos aspectos de la condición humana. Cerramos esta presentación con una cita del Dr. Bach refiriéndose al sentimiento de compromiso y dicha que embarga a quien realiza un trabajo desde su vocación, sentimiento que sin duda difiere mucho de una actividad realizada desde una situación de "urgencia". "Y cuando encontramos el trabajo para el que estamos hechos, forma parte de nosotros, hasta tal punto que resulta muy fácil y se convierte en una alegría. Nunca nos cansaremos de hacerlo, es nuestro "hobby". A través de ello se ponen de manifiesto todos nuestros talentos y capacidades que están a la espera de ser develados. Haciendo este trabajo nos encontramos como en casa y podemos sacar lo mejor del mismo si somos felices" © Marila García Puelpan Magíster Etica y Filosofía Política Universidad de Chile Terapeuta Floral Santiago, Marzo 2005
www.terapeutasflorales.cl
[email protected]
15