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ESTATUTOS No. O1 “MAYKA S.A.S” Facatativá, 27 de Febrero del 2017 TITULO I DE LA DENOMINACION, OBJETO, DURACION, DOMICILIO Y CAPITAL SOCIAL. Artículo 1: La sociedad que se constituye en una sociedad comercial de responsabilidad por acciones simplificadas, cuya denominación o razón social es “MAYKA S.A.S”. Artículo 2: Esta sociedad tiene por objeto social comprar y vender prendas de vestir, en general ropa interior al por mayor y menor sin limitación alguna a nivel regional y nacional. Artículo 3: Tendrá una duración indefinida, iniciando sus inscripción ante la Cámara de Comercio de Facatativá.

actividades a partir de su

Artículo 4: El domicilio de la sociedad es la cuidad de Facatativá, pudiendo establecer sedes o representaciones en cualquier lugar de la sociedad. Artículo 5: El capital social inicial de la sociedad es de $ 20.000.000 (pesos colombianos) divido en 2 particiones sociales, iguales, acumulables e indivisibles de un valor de $10.000.000(pesos colombianos) cada una. Este capital social inicial está conformado por un aporte efectivo de los socios en dinero. TITULO II DE LA ADMINNISTRACION DE LA SOCIEDAD Artículo 6: La administración de la sociedad está a cargo de la Junta general de socios y de la gerencia. CAPITULO I DE LA JUNIA GENERAL DE SOCIAS Artículo 7: La Junta General de Socias es el máximo órgano de gobierno de la sociedad y está conformada por todos los socias. Artículo 8: La Junta General de Socias se reúne en sesión ordinaria y extraordinaria, convocada y presidida en ambos casos por el gerente. La sesión ordinaria se llevara a cabo dos veces al año (en los meses de febrero y noviembre); y la extraordinaria cuando el gerente lo estipule conveniente a los intereses sociales o cuando lo solicite por escrito un número de socios que represente al menos la quinta parte del capital social pagado, expresando en la solicitud los asuntos a ser tratados en la sesión. Artículo 9: La convocatoria a Junta General de Socias se realizara por medio de citaciones con diez días de anticipación, no siendo necesario este requisito cuando están presentes o representados todos los socios. Artículo 10: La Junta General de Socias tiene las siguientes facultades: a) Aprobar y modificar el estatuto general.

b) c) d) e) f)

Aprobar el aumento o reducción del capital social. Nombrar y remover al Gerente. Emitir obligaciones. Disponen investigaciones y auditorias. Aprobar la gestión social, las cuentas, el estado de situación financiera y el proyecto de desarrollo institucional. g) Aprobar la transformación, fusión o disolución de la sociedad. h) Otorgar poder. Artículo 11: El quorum para las sesiones de la Junta General de Socias está constituido por la asistencia de más de la mitad de los socios y los acuerdos se adoptan por el voto conforme de más de la mitad de los presentes en la sesión. Artículo 12: Los socios podrán hacerse representar por otra persona en las juntas generales. La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para cada junta, salvo si se tratarse de poder otorgado por escritura pública. Artículo 13: Las sesiones de Junta General y los acuerdos adoptados en ellas deberán constar en un libro de actas legalizado conforme a ley. El acta una vez aprobada al término de la sesión deberá ser firmada por todos os socios asistentes. En la redacción del acta deberán tenerse en cuenta las normas Art. 140 de la Ley General de Socias y está representada por el gerente. CAPITULO II DE LA GERENCIA Artículo 14: La gerencia es el órgano de dirección y ejecución de la sociedad que depende jerárquicamente de la Junta General de Socias y está representada por el gerente. Artículo 15: El gerente es nombrado por la junta general de socios por un periodo de un año, pudiendo ser reelegido. Artículo 16: Son facultades de gerente: a) Representar a la sociedad en todo momento y circunstancia. b) Realizar los actos de gestión y administración necesarias para la buena marcha de la sociedad. c) Efectuar todo tipo de operaciones bancarias, firmar contratos y realizar todo tipo de actos tendentes a desarrollo del objeto social de la sociedad, sin imitación alguna. d) Dar cuenta de sus actos y gestiones a la Junta General de Socios. e) Ejercer las demás facultades conferencias por la ley, el presente estatuto y la Junta General. Artículo 17: El gerente no podrá dedicarse por cuenta propia ni ajena a la misma actividad que constituye el objeto social de la sociedad. Artículo 18: El cargo de gerente podrá ser remunerado según acuerdo de la Junta General Socias.

Artículo 19: El gerente podrá ser separado de su cargo por el voto favorable de la totalidad de las socias en Junta General. TITULO III DEL INGRESO, RENUNCIA Y EXCLUSION DE SOCIAS Artículo 21: El acuerdo de ingreso de nuevo socio a la sociedad se adoptará en Junta General por el voto favorable de la totalidad de los socios. Artículo22: Los socios podrán renunciar a la sociedad cuando lo deseen. Artículo 23: La sociedad podrá excluir al socio que infrinja el presente estatuto o que cometa actos dolorosos contra ella. TITULO IV DE LA MODIFICACION DEL ESTATUTO Y OTROS. Artículo 24: Los casos de modificación del estatuto y de transformación, fusión y liquidación de la sociedad se aprueban en junta general con el voto conforme, como mínimo, de los dos tercios (2/3) de los socios presentes en la sesión. DISPOSICONES FINALES PRIMERA: El capital social inicial de la sociedad se constituye con el aporte de los socias fundadoras Diana Catherine Martínez y María Fernanda Gamboa, quienes han dado en efectivo la suma de $10.000.000 cada una, la que ha sido depositada en su integridad en el Bancolombia de Facatativá, en la cuenta corriente No. 8-1278-0-56764-3 SEGUNDA: Se nombra como primera persona a cargo de la sociedad a la señora María Fernanda Gamboa.

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María Fernanda Gamboa

Diana Catherin Martínez

Gerente

Socia

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