Directiva Inventario 2008

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DIRECTIVA Nº 01-2008-UGEL-PACASMAYO/CGP INVENTARIO DEL PATRIMONIO MOBILIARIO DEL ESTADO AÑO 2008 DE LAS II.EE. DEL AMBITO DE LA UGEL PACASMAYO

1.- FINALIDAD a)

b)

Precisar los procedimientos técnicos para la realización del inventario Físico del Patrimonio Mobiliario del Estado en las Instituciones Educativas del ámbito de la Unidad de Gestión Educativa LocalPacasmayo, para su incorporación a los Estados Financieros de ésta; y su posterior remisión a la Superintendencia de Bienes Nacionales Establecer los Mecanismos y procedimientos para la toma del inventario y del saneamiento técnico legal de los Bienes del Estado a cargo de las Instituciones Educativas.

2.- ALCANCE 2.1 Instituciones Educativas de Nivel Inicial, Primaria, Secundaria, Instituciones Educativas Superiores, Instituciones Educativas Ocupacionales, Instituciones Educativas Especiales comprendidas dentro de la jurisdicción de la UGEL-PACASMAYO.

3.- BASE LEGAL 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14

4.-

Resolución Nº 158-97/SBN “Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado”. Resolución Nº 209-2000/SBN, Directiva para el Saneamiento de la Propiedad. Mobiliario del Estado Resolución Nº 039-98, “ Reglamento para el Inventario Nacional de Bienes Muebles del Estado”. Directiva Nº 004-2002-SBN Procedimientos para la Alta y la Baja de los Bienes Muebles de la Propiedad Estatal y su recepción por la SBN. Ley Nº 28628 que regula la participación de la Asociación de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas. Ley General de Educación Nº 28044. Decreto Supremo Nº 009-2008-Vivienda, disponen la ejecución de acciones tendentes a la baja y enajenación de Bienes Muebles de propiedad de las Entidades del Sector Público que se encuentren en calidad de chatarra. Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Decreto Supremo Nº 007-2008-Vivienda, Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley general del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Directiva Nº 004-2008/SBN, Procedimiento paral a Baja, venta por subasta pública y venta directa de los bienes muebles de propiedad de las Entidades del sector público que se encuentran en calidad de chatarra. Resolución Nº 0009-2008/SBN-GO, Aprueban modificación del Catalogo Nacional de Bienes del Estado Resolución Nº 028-2008/SBN, que aprueba la Directiva Nº 004-2007/SBN para el saneamiento de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Directiva Nº 004-2008-GRLL/GRA

DISPOSICIONES GENERALES: 4.1 El Patrimonio Mobiliario del Estado, está constituido por aquellos Bienes que de acuerdo al Código Civil y las leyes especiales son adquiridos por las Entidades Públicas en propiedad, bajo las diversas formas y modalidades jurídicas que estas disponen. También forman parte del Patrimonio Mobiliario del Estado todos los Bienes donados o transferidos a favor de la institución Educativa bajo diversas modalidades. 4.2 La Superintendencia de Bienes Nacionales es el Organo encargado de administrar, registrar, controlar, cautelar y fiscalizar el patrimonio Mobiliario del Estado, Así como de iniciar las acciones administrativas y judiciales a que hubiera lugar en caso de incumplimiento. 4.3 Saneamiento, son las acciones administrativas contables y legales que deben realizar las entidades públicas para regularizar la situación de los Bienes Muebles Patrimoniales, sobrantes(alta) y faltantes(baja) con los que se encuentran. 4.4 La presente Directiva establece las Disposiciones que deben cumplir las Instituciones Educativas, a fin de formular, previa verificación física, el inventario de su entidad y de esta manera asegurar el uso adecuado, integridad física y permanente de los bienes que constituyen el Patrimonio Mobiliario del Estado. 4.5 Los Directores de las Instituciones, para realizar el trabajo de Inventario, deberán formar necesariamente una comisión de Inventarios designada con Resolución Directoral Interna. La comisión de Inventarios al término de

su Trabajo presentara un informe final en donde precisara todo lo actuado, dirigido al Director de la Institución Educativa. 4.6 La UGEL-PACASMAYO, deberá remitir los Inventarios Físicos Generales al 31-12-08 a la Superintendencia de Bienes Nacionales SBN en CD-R y valorizados. Los Órganos Internos responsables en cada nivel administrativo son: 4.6.1 En la SEDE de la UGEL-Pacasmayo, la Jefatura de Administración a través de la designación del Comité de Gestión Patrimonial.. 4.6.2 En las Instituciones Educativas: El Director y la Comisión de Inventario, designada mediante Decreto Directoral. 5.

DISPOSICIONES ESPECIFICAS 5.1

6.

La verificación física In-Situ y la formulación del Inventario con su respectiva codificación de los bienes serán efectuadas bajo responsabilidad por : 5.1.1 Para el caso de Instituciones Educativas, por la Comisión de Inventario, designados por la Resolución Directoral Interna.

DISPOSICIONES TÉCNICAS 6.1 El Saneamiento de los Bienes. D e propiedad Estatal se entiende como las acciones Administrativas, contables y legales que deben realizar las Instituciones Educativas respecto a los Bienes Muebles que se encuentran en situación como. 6.1.1

FALTANTES : El Saneamiento de los Bienes. El saneamiento de Bienes Muebles faltantes, se realiza cuando los bienes que se encuentran incluidos en el inventario, no se encuentran físicamente o se desconoce su ubicación. En este caso se debe solicitar la baja de estos bienes muebles.

6.1.2

BIENES QUE HAN SIDO OBJETO DE PERDIDA O ROBO : El saneamiento de Bienes Muebles por perdida, robo o sustracción, debe sustentarse en la denuncia policial y el informe que emite el Director de la Institución Educativa.

6.1.3 BIENES SOBRANTES: El saneamiento de Bienes Muebles que se encuentran en condición de sobrantes, son Bienes que se encuentran físicamente pero no incluidos en el inventario. En este caso se debe proceder a realizar una alta e incluirlos en el Inventario. 6.2

Son Bienes del Activo Fijo. Aquellos bienes de la entidad que cumplan con alguna de las condiciones, que se detalla a continuación y serán registradas en el “Software Inventario Mobiliario Institucional” SIMI. Generado por la Superintendencia de Bienes Nacionales- SBN 6.2.1 6.2.2

Tienen una existencia útil estimada mayor de 1 año Su valor unitario es igual o mayor a 1/8 de UIT (para el año 2008, cada UIT es equivalente a S/. 3,500) 6.2.3 Sea sujeto a depreciación como consecuencia del uso o desgaste 6.2.4 Son objetos de mantenimiento y reparación 6.2.5 Se encuentran en cuenta del Activo Fijo y Cuentas de Orden 33 Inmuebles Maquinaria y Equipo 332.01 Maquinaria y Equipo 332.02 Equipo de Transporte 332.03 Muebles y Enseres 6.2.6 Son objeto de codificación por el Catalogo Nacional de Bienes Muebles elaborados por la Superintendencia de Bienes Nacionales.

6.3

Son Bienes No Codificables. Aquellos bienes de la entidad que cumplan con las Condiciones que se detallan a continuación; y serán consideradas o inventariados solo en el Registro Interno de la Institución Educativa, más no en el Software de la SBN.

6.3.1 Tienen una vida útil menos de 1 año 6.3.2 Su valor unitario es menor a 1/8 de la UIT.

6.3.3 No están sujetos a depreciación. 6.3.4 No son objetos de mantenimiento y reparación 6.3.5 No son objetos de codificación por el Catálogo Nacional de Bienes Muebles elaborados por la SBN. 6.4

6.5

Los bienes que constituyen el Patrimonio Mobiliario tendrán una codificación Permanente que los diferencie de cualquier otro bien. La codificación de los Bienes Nuevos o aquellos que se dan de Alta, se hará en el “Software Inventario Mobiliario Institucional” SIMI, que se encuentra instalado en la UGEL-Pacasmayo, y que, luego de actualizarlo, se les lacanzará a los Directores de las II.EE. a efectos que se haga la codificación adecuada

6.5.1

Dentro de la Institución Educativa, la Comisión de Inventario durante la toma de Inventarios, debe proceder al marcado con tinta indeleble del Código patrimonial en todos y cada uno de los Bienes Patrimoniales.

7.

EN LO REFERENTE A LA BAJA DE BIENES MUEBLES: El Director de la Institución Educativa, después de recibir el Reporte de su Inventario (con sus Incrementos) de parte del Comité de Gestión Patrimonial de la UGEL-PACASMAYO, procederá con su comité de Inventarios de su II.EE. a realizar un Inventario Físico e Identificar los Bienes Muebles que ya no se encuentren físicamente por las causales enumeradas líneas abajo, y remitirá a la Sede- UGEL PACASMAYO, los Expedientes conteniendo la relación de Bienes sujetos a baja, según su inventario, Por ningún motivo el Director de la Institución Educativa que solicita la baja de Bienes Muebles podrá modificar su Inventario sin haber recibido la Resolución Directoral que autoriza la baja de los Bienes Muebles solicitados. Para la solicitud de baja de los bienes se debe tener en cuenta lo siguiente: 7.1 Para la baja de Bienes por causal de perdida, robo o sustracción, deberá sustentar con la denuncia policial, informe del Director de la Institución Educativa determinando las responsabilidades a que diera lugar, detalle de los bienes perdidos robados o sustraídos, además el número de orden, código del bien, descripción del bien, fecha de adquisición, estado de conservación y valor monetario. Es decir todos los datos de cada bien consignados en su inventario. 7.2 Para la baja de los Bienes Muebles Patrimoniales, en estado de conservación Malo, debe presentar el detalle completo de los bienes que sean susceptibles de tramitar su baja, ante el Comité de Gestión Patrimonial de la UGEL-Pacasmayo, adjuntando también el informe técnico del Director de la Institución Educativa. 7.3 Baja de bienes por saneamiento, de Bienes Muebles faltantes, son bienes que figuran en el inventario pero no se encuentran físicamente en la Institución Educativa. Esta solicitud de baja, deberá ser refrendada con el respectivo informe del Director de la I.E. donde sustente la solicitud de baja. 7.4 Para el caso anterior también deberá presentar en forma detallada, de acuerdo a los datos del inventario; las características, detalle técnico, fecha de ingreso, valor del bien y su respectivo código patrimonial, de cada bien en forma individual. 7.5 Para los casos anteriores de las bajas, no se debe presentar expedientes, en forma genérica, indicando por ejemplo “solicito la baja de 03 computadoras robadas”, sino que los bienes o equipos, que se van a dar de baja por perdida, robo, estado de conservación malo, deben ser detallados claramente de acuerdo como están

descripción de bien por bien, como en el caso de Equipo de Computo, se detallara CPU, Monitor y teclado. expresadas en el inventario, es decir la

8.

REPORTE DE ALTAS DE BIENES-2008 El Director y la Comisión de Inventarios, después de haber elaborado el Inventario Físico de su Institución Educativa, juntamente con el mismo, presentara en la UGEL-Pacasmayo el Reporte de Altas de Bienes 2008 El Reporte antes citado, debe ser elaborado por la Comisión de Inventario y debe contener la relación detallada de los bienes adquiridos o recibidos en calidad de donación o transferencia durante el año 2008, indicando si fue compra directa, donaciones, transferencias, o por otra causal.

9.

REPORTE DE TRANSFERENCIAS DE BIENES Las Instituciones Educativas que durante el año 2008 o años anteriores, han realizado transferencias o entregas de Bienes a otras Instituciones Educativas, deberán presentar el reporte detallado en formato Excel, indicando con exactitud los detalles con los que estuvieron registrados en su Inventario Mobiliario Institucional al 2007, adjuntando además la copia del expediente sustentarlo de la transferencia.

Estas transferencias o entregas de bienes a otras Instituciones Educativas hasta que no se emitan la Resolución de baja, deberán seguir figurando en el Inventario de la Institución Educativa que ha realizado la transferencia. Es decir todas las transferencias de bienes será una baja para el que transfirió y una alta para la Institución Educativa que recibió.

10.

REPORTE FINAL INVENTARIO MOBILIARIO INSTITUCIONAL AÑO 2008 Los Directores de las diferentes Instituciones Educativas, comprendidos dentro de la jurisdicción de la Provincia de Pacasmayo, deberán de solicitar al Comité de Gestión Patrimonial de la UGEL-Pacasmayo, el Reporte de Inventario Mobiliario Institucional al 31-12-2008, para ello deberán traer su papel y un CD-R, dicho reporte contara con el VºBº del Comité de Gestión Patrimonial de la UGEL-Pacasmayo. Una vez recabados los Reportes de Inventario 2008, Los Directores y su comisión de Inventarios de su II.EE. se comprometerán a velar por el cuidado, buen uso y codificación de todos los Bienes que figuren en su Inventario, estando sujetos a verificación posterior por el Comité de Gestión Patrimonial de la UGEL-Pacasmayo. Los Directores de las Diferentes Instituciones Educativas deberán presentar sus Inventarios de acuerdo al Cronograma siguiente:

a) Presentación de Formato de Altas (Incrementos) del 18/11 al 26/11/2008 b) Recepción de Inventario Modificado de los Directores en la UGEL-P ……………………….del 02/12/ al 04/12/2008 c) Presentación de Relación de Bienes Muebles de cada II.EE. a ser dados de baja………………………..del 05/12 al 10/12/2008 11.

DISPOSICIONES FINALES Todas las Instituciones Educativas deberán cumplir estrictamente y bajo responsabilidad, con el cronograma de entrega los reportes de sus Inventarios en la UGEL-Pacasmayo, en las fechas señaladas en el numeral 10.3 Si alguna Institución Educativa presentara su Inventario con fecha posterior a la señalada en el punto 10.3, esta será considerada como Inventario Extemporánea y tendrá el valor de no presentada, porque no será incluida en la base de datos del Inventario de la UGEL-Pacasmayo, que tiene fecha definida de presentación. El director(a) de la Institución Educativa que no presente su Inventario Mobiliario Institucional año 2008 a la UGEL-Pacasmayo, será considerado(a) como omiso y acreedor a las sanciones correspondientes, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Los señores Funcionarios encargados de verificar la entrega de Reportes, Asesoría, Consultas, Orientaciones, etc. Son: el Ing. Civil. Lucio MEDINA CARBAJAL y el C.P.C Herbert CARRANZA MURGA.

“UGEL PACASMAYO, TRABAJANDO PARA UNA EDUCACION CON CALIDAD Y EQUIDAD”

San Pedro de Lloc, 23 de Noviembre del 2008

GOBIERNO REGIONAL “LA LIBERTAD” UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL - PACASMAYO

………….......................................................... LUCIO SIGIFREDO MEDINA CARBAJAL INGENIERO I CIP 76695

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