Demanda Civil De Rogelio

  • May 2020
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C. JUEZ DE LO CIVIL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL CON RESIDENCIAEN LA CIUDAD DEL CARMEN CAMPECHE P R E S E N T E.JUICIO ORDINARIO CIVIL ROGELIO SANTOS GARCIA Y GEISER VILLAS CARRILLO VS. HEVIL DEL GOLFO, S.A. DE C.V. Y OTROS. ROGELIO SANTOS GARCIA y GEISER VILLAS CARRILLO, por nuestros propios derechos, sin adeudos fiscales pendientes y con domicilio convencional para oír y recibir notificaciones en------------------------------, autorizando para el efecto de oír y recibir notificaciones al C. LIC. GUILLERMO GONZALEZ VAZQUEZ; ante Usted con el debido respeto comparezco a exponer: Que por medio del presente escrito, por nuestros propios derechos, documentos anexos y señalando como Representante Común de la parte Actora al C. ROGELIO SANTOS GARCIA, con tal carácter, ocurrimos en tiempo y forma a fin de promover JUICIO ORDINARIO CIVIL reclamando a la persona moral denominada como HEVIL DEL GOLFO, S.A. DE C.V., a través de quien legalmente lo represente y a os señores VIDAL HERRERA MORALES, LEOBARDO HERRERA MORALES y CRISTOBAL HERRERA OLIVEROS, todos ellos con domicilio en la calle 51 número 156 letra “A” entre la 38 letra “A” y 48 de la Colonia Santa Margarita de Ciudad del Carmen, Campeche; así como también a la C. Licenciada ESTELA RENE VAUGH MOSQUEDA, titular de la Notaría Pública número 7 de ésta Ciudad, con domicilio en la calle 20 entre la 17 y 19 de la Colonia El Guanal número 44, planta baja, en ésta Ciudad, de quienes reclamo las siguientes: P R E S T A C I O N E S.A).- La declaración de nulidad del Acta de Asamblea General Extraordinaria, por apócrifa , de fecha 30 de Octubre del 2005, presuntamente celebrada a las 9:00 de ese día en el domicilio social de la demandada HEVIL DEL GOLFO, S.A. DE C.V., ilícitamente a virtud de la cual los suscritos en calidad de accionistas renunciamos a tal carácter, además que supuestamente el suscrito GEISER VILLAS CARRILLO también renunciaba a mi cargo de GERENTE GENERAL de la persona moral HEVIL DEL GOLFO, S.A. DE C.V, así como la indebida revocación de facultades otorgadas por ser falsa dicha acta de asamblea, siendo que se falsificaron nuestras firmas y se suplantaron indiscutiblemente a los suscritos. B).- La Declaración de Nulidad de la Escritura Pública número 25, de fecha 17 de Febrero del 2006, pasada ante la fe de la Ciudadana Licenciada ESTELA RENE VAUGH MOSQUEDA, titular de la Notaría Pública número 7 de ésta Ciudad, con domicilio en la calle 20 entre la 17 y 19 de la Colonia El Guanal número 44, planta baja, en ésta Ciudad, y que contiene la protocolización ante dicha fedataria, del acta de Asamblea General Extraordinaria apócrifa, de fecha 30 de Octubre del 2005, por ser falsa dicha acta de asamblea, ya que se falsificaron nuestras firmas, y se suplantaron a los suscritos. C).- El pago de los daños y perjuicios que se nos han ocasionado con motivo del acto ilegal descrito en los incisos anteriores. D).- El pago de los gastos y costas que se causen en éste Juicio, toda vez que los demandados, actuaron con dolo en nuestro perjuicio.

Fundamos la presente demanda en los siguientes hechos y consideraciones de derecho. H E C H O S.1.- Los suscritos GEISER VILLAS CARRILLO y ROGELIO SANTOS GARCIA, constituimos en unión de los ahora demandados, señores VIDAL HERRERA MORALES y LEOBARDO HERRERA MORALES el día 15 de Febrero del año 2005, y mediante escritura pública número 53, pasada ante la Fe del Licenciado SERGIO AYALA FERNANDEZ DEL CAMPO, Titular de la Notaría Pública número 13 de ésta Ciudad, la persona moral denominada como HEVIL DEL GOLFO, S.A. DE C.V, quedando el capital social de la siguiente manera: ACCIONISTA LEOBARDO HERRERA MORALES VIDAL HERRERA MORALES GEISER VILLAS CARILLO ROGELIO SANTOS GARCIA

ACCIONES 25 25 25 25

VALOR $125,000.00 $125,000.00 $125.000.00 $125,000.00

2.- A virtud de la escritura pública número 53, de fecha 15 de febrero de 2005, pasada ante la fe del licenciado SERGIO AYALA FERNANDEZ DEL CAMPO, Titular de la Notaría Pública número 13 de ésta Ciudad, que contiene el acta constitutiva de la ente jurídica denominada HEVIL DEL GOLFO, S.A. DE C.V, el segundo de los actores fui designado como Gerente General de la sociedad, con poder y facultades para pleitos y cobranzas, actos de administración y de riguroso dominio. 3.- Es el caso que fuimos enterados por los demandados en el mes de Noviembre del año 2006, que ya no pertenecíamos más como accionistas y en lo particular como Gerente General de la Sociedad el suscrito GEISER VILLAS CARILLO, sin darnos mayor explicación, solo que fue un acuerdo tomado por ellos al constituirse en una Asamblea General Extraordinaria, que ésta se había pasado ante la fe de la Notaria Pública número 7 de ésta Ciudad, cuya titular es la LICENCIADA ESTELA RENE VAUGH MOSQUEDA, lo cual nos causo asombro y preocupación, ya que hasta esa fecha realizábamos labores propias de nuestras asignaciones. 4.- Ante la noticia señalada en el punto anterior, nos constituimos en el citado mes de Noviembre del 2006 la Notaria número 7 de ésta Ciudad, atendiéndonos personalmente la LICENCIADA ESTELA RENE VAUGH MOSQUEDA, quien nos confirmo que ante la notaria a su cargo, se había protocolizado el Acta de Asamblea General Extraordinaria, en fecha 30 de Octubre del 2005, celebrada presuntamente a las 9:00 horas, en el domicilio fiscal y convencional de la persona jurídica HEVIL DEL GOLFO, S.A. DE C.V., ha virtud de la cual los suscritos renunciábamos como accionistas, y GEISER VILLAS CARILLO renunciaba a mi cargo de Gerente General de la misma, revocando además todas mis facultades, así mismo nos percatamos que se nombro como nuevo socio al señor CRISTOBAL HERRERA OLIVEROS. 5.- Tal Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 30 de Octubre del 2005, ahora sabemos que se encuentra inscrita en la Escritura Pública número 25 de fecha 17 de Febrero del 2006, es nula de pleno derecho, en virtud de que la misma se constituyo de manera ilegal, ya que los ahora actores no concurrieron a la misma, por ende las firmas que aparecen en tal acta y protocolo no nos pertenecen, luego estas son falsas ya que no corresponden a nuestro puño y letra, e incluso ni siquiera hicimos acto de presencia cuando se celebro tal acto ilegal, es evidente que el orden del día que ostenta el acta que nos ocupa estas afectados de nulidad absoluta, por ende se debe de declara la nulidad de la Asamblea General Extraordinaria de fecha 30 de Octubre del 2005 y restituirnos de

nuestras facultades y nuestras acciones derivas del acta constitutiva debidamente registrada de la persona moral denominada como HEVIL DEL GOLFO S.A. DE C.V.. 6.- Y para justificar que el Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 30 de Octubre del 2005, que señalamos en punto anterior es nula de pleno derecho, ya que las firmas que supuestamente dicen que son nuestras, no pertenecen a nuestro puño y letra ya que jamás realizamos tal acto jurídico por lo que, anunciamos para justificar que tal acta es apócrifa la PRUEBA PERICIAL EN GRAFOSCOPIA Y DOCUMENTOSCOPIA. D E R E C H O.I.- Es Usted competente Ciudadano Juez para conocer del contenido del presente asunto y del escrito que le sirve de medio , en los términos de lo dispuesto por los artículos 137, 139 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado. II.- Se nos tenga por reconocida la personalidad con la que comparecemos por medio del presente escrito y documentos que acompañamos en lo términos de los artículos 1, 2, 21 y demás relativos del Código de procedimiento Civiles de éste Estado. III.- En cuanto al procedimiento, mediante el cual se debe de conducir el presente asunto se debe de aplicar lo establecido por los numerales 259, 260, 261, 262 y demás relativos del Código Procesal Civil de la Entidad. P R U E B A S.De conformidad a lo establecido por los artículo 262 fracción II , 287 y demás relativos al Código Procesal Civil de éste Estado, ofrecemos desde éste momento los siguientes medios de convicción de nuestra intención: INSTRUMENTAL PUBLICA Y POR ACTUACIONES.- Referente a todas aquellas actuaciones judiciales practicadas en éste Juicio, así como las que se sigan promoviendo o practicando, hasta el total esclarecimiento del procedimiento que nos ocupa en cuanto favorezca a nuestros intereses. Esta probanza la relacionamos con todos los puntos de hechos de éste escrito de demanda. DOCUMENTAL PUBLICA.- Constituida por la copia certificada del Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 30 de octubre del año 2005, celebrada en el domicilio convencional de la ente jurídica denominada HEVIL DEL GOLFO S.A. DE C.V., protocolizada por la licenciada ESTELA RENE VAUGH MOSQUEDA, Titular de la Notaria Pública número 7 en ésta Ciudad. Esta probanza la relacionamos con todos los puntos de hechos de éste escrito de demanda. DOCUMENTAL PUBLICA.- Relativa a la Escritura Pública número 25, de fecha 17 de Febrero del 2006, pasada ante la fe de la Licenciada ESTELA RENE VAUGH MOSQUEDA, Titular de la Notaria Pública número 7 en ésta Ciudad. Esta probanza la relacionamos con todos los puntos de hechos de éste escrito de demanda.

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