Deberes Formales Prueba 1.docx

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COT Artículo 27 Detalles Categoría: COT Título II Capítulo III Sección III De los Responsables Visto: 2246 Artículo 27. Son responsables directos, en calidad de agentes de retención o de percepción, las personas designadas por la ley o por la Administración previa autorización legal, que por sus funciones públicas o por razón de sus actividades privadas, intervengan en actos u operaciones en los cuales deban efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente. Los agentes de retención o de percepción, que lo sean por razón de sus actividades privadas, no tendrán el carácter de funcionarios públicos. Efectuada la retención o percepción, el agente es el único responsable ante el Fisco por el importe retenido o percibido. De no realizar la retención o percepción, responderá solidariamente con el contribuyente. El agente es responsable ante el contribuyente por las retenciones efectuadas sin normas legales o reglamentarias que las autoricen. Si el agente enteró a la Administración lo retenido, el contribuyente podrá solicitar de la Administración Tributaria el reintegro o la compensación correspondiente. Parágrafo Primero: Se considerarán como no efectuados los egresos y gastos objeto de retención, cuando el pagador de los mismos no haya retenido y enterado el impuesto correspondiente conforme a los plazos que establezca la ley o su reglamento, salvo que demuestre haber efectuado efectivamente dicho egreso o gasto. Parágrafo Segundo: Las entidades de carácter público que revistan forma pública o privada serán responsables de los tributos dejados de retener, percibir o enterar, sin perjuicio de la responsabilidad penal o administrativa que recaiga sobre la persona natural encargada de efectuar la retención, percepción o enteramiento respectivo.

Definición de Retención por redaccion 27/05/2018

La Hacienda Pública utiliza la modalidad de retención, con la finalidad de asegurar el pago en el futuro de los distintos impuestos, la retención es realizada generalmente por las empresas a los sueldos de sus trabajadores o a externos a través de sus facturas, garantizando de esta manera el cumplimiento del pago correspondiente a la Administración Pública, conozcamos de manera detalla la definición de retención.

Definición de Retención Consiste en conservar parte de una cantidad que debe ser pagada en el futuro, generalmente en forma de cobro anticipado de impuestos correspondientes al año fiscal, los cuales deberán ser presentados a la Hacienda Pública. Se trata de un porcentaje que se retiene sobre los sueldos y salarios de los trabajadores o sobre las facturas emitidas por autónomos, para garantizar el cumplimiento del pago de la obligación.

Objetivo de la Retención El objetivo fundamental de la retención es garantizar por parte del Estado el cumplimiento de las obligaciones tributarias del contribuyente, evitando las distorsiones que se puedan presentar en un momento dado.

Ventajas de la Retención 

Disminuye la posibilidad de la presencia de los fraudes fiscales.



Aumenta la eficacia recaudatoria de impuestos.



Además facilita la tributación al contribuyente.



Dota también a la Administración Pública, de los medios económicos oportunos para su buen funcionamiento.



Por lo tanto el Estado no necesita esperar que transcurra el tiempo para recaudar el tributo, sino que mediante la retención, puede obtener la liquidez necesaria para cubrir los gastos públicos.

Retención a cuenta de IRPF Las retenciones se hacen a cuenta de los ingresos obtenidos por las personas físicas, cuando se trata de trabajadores bajo relación de dependencia, la retención será realizada por la empresa sobre los sueldos y salarios de las nominas de los trabajadores. Cuando se trata de trabajadores autónomos, la retención se realizará sobre la factura de la persona física, estas retenciones no aplican para las empresas.

RECURSOS HUMANOS

La importancia de la retención del cliente interno Daniela Casas | 15/11/2016

El mito frente a la retención para muchos, aun en el siglo XXI, es que la mejor manera de retener talento es aumentos salariales, bonos y promociones. La realidad, es que se ha comprobado la importancia del salario emocional en la retención del cliente interno. En esta ocasión se resaltaran tres puntos claves de la importancia de generar un plan de retención de colaboradores, que no necesariamente debe ser caro, pero si debe requerir de un esfuerzo por invertir en el talento. Se considera una inversión

pues se ve el retorno de la misma al disminuir costos de rotación, selección, inducción, rampa de aprendizaje, ausentismo, presentismo, bajas de productividad, entre otros. Puede interesarle: 3 Beneficios del uso de Big Data para gestionar recursos humanos El primer punto a resaltar trata de la motivación extrínseca a los trabajadores. Por motivación extrínseca entendemos la motivación que proviene de incentivos externos que eventualmente nutren los incentivos internos también. Por más dinero que le entreguemos a un empleado, si este es bueno puede cambiar dinero por beneficios, por tener una mejor calidad de vida y oportunidades en el trabajo. Acá el punto clave de retención es saber conocer qué motiva a nuestros colaboradores e invertir en ello. Temas como la flexibilidad horaria es una fuente de retención como beneficio para los trabajadores, que al traducirla en números parece una gran pérdida monetaria el número de horas que dejarán de trabajar los colaboradores. Vea también: Servicio y empatía: dos valores necesarios en su organización. Ahora bien, al analizar el retorno de la inversión desde el aumento de productividad en las horas trabajadas por motivación, la disminución de pérdidas por ausentismo y rotación, empieza a verse desde una perspectiva más necesaria implementar estas medidas.

El segundo punto de interés sobre la importancia de la retención, es la construcción del “know how” empresarial que al rotar se demora más en consolidarse y disminuye la productividad. En este punto entra en juego la rampa de aprendizaje, pues se presume que un trabajador no genera una productividad óptima en los primeros meses de trabajo, pues está aprendiendo y entendiendo su rol y expectativas. Esto implica que al no tener un sistema de retención organizado y pensado de un modo proactivo y no reactivo, los tiempos en proactividad media por rampa de aprendizaje van a ser más recurrentes por los niveles de rotación. Lo que pasa con este punto, no es solo el tiempo de demora de la rampa de aprendizaje, es el aprendizaje perdido de la persona que se va en optimización de procesos, frente a la que se queda. Recomendado: Los retos del Employer Branding En este punto también debemos tener en cuenta el ausentismo y presentismo. En este caso, el ausentismo y presentismo juegan el papel de invertir tiempo que se debería invertir en aprendizaje para crecimiento de la organización desde los aportes del trabajador en excusas que surgen para faltar horas de trabajo o bien para estar en presencia pero no en consciencia ni ejerciendo la labor como se debe, pues la persona no siente incentivos claros que lo hagan sentir parte clave del proceso y querer estar involucrado en el mismo. El tercer y último punto sobre la importancia del mismo, es en términos de “employer branding”, una de las formas más efectivas de atraer talento a las organizaciones. Cuando el voz a voz de quienes trabajan o se retiran de una

organización es positivo frente a los beneficios e incentivos que se le ofrece a los colaboradores para que continúen trabajando por la empresa dando lo mejor, es un punto de motivación importante para nuevos talentos. Lea también: 4 Ventajas de la psicología positiva en las organizaciones. Entonces, al no generar ideas o inversión en retención de talento desde salario emocional, sin ignorar el impacto de los incentivos monetarios, no solo aumenta la rotación, también es más difícil los procesos de selección, porque el talento afuera entre las posibilidades también buscan no solo estabilidad sino la mejor oferta para ellos en incentivos y beneficios. Esas horas de más buscando el talento que no llega automotivado por employee branding, implica más gastos en tiempo y dinero en reclutamiento y selección. Es indispensable que las organizaciones y sobre todo de quienes dependen estas decisiones, comiencen a abrir los ojos a las exigencias y motivación del talento del siglo XXI en sus diferentes generaciones, para poder optimizar el crecimiento y progreso de la organización desde sus constructores, los colaboradores desde un programa definido de retención.

Fundamento legal de la retención del iva? Necesito saber en que ley se encuentra la retención de iva, y como se calcula, help me please!! (México) Seguir 5 respuestas Notificar abuso

Respuestas Calificación

Mejor respuesta: El fundamento es el artículo 1-A de la Ley del IVA, normalmente es de persona moral a persona física, o de moral a moral, la retención es dos terceras aprte del impuesto (10%, salvo zona fornteriza en donde la tasa es del 10%); tambien hay otra retención del 4% para transportistas: Para determinar la retención, simplemente es el monto a pagar por la tasa, ejemplo: Renta de oficina 10,000.00 Iva 15% 1,500.00 Subtotal 11,500.00 - retención de IVA 1,000.00 - Retención de ISR* 1,000.00 = neto a cobrar 9,500.00 *Para personas físicas también se les reteiene un 10% de ISR en casos de prestación de servicios (Honorarios) y arrendamiento Chipato · hace 1 década 0 Pulgar hacia arriba 0 Pulgar hacia abajo Notificar abuso Comentario



ES EL ART. 1A DE LA LEY DEL IVA ESTAN OBLIGADOS A RETENER EL IMPUESTO INSTITUCIONES DE CREDITO, PERSONAS MORALES (POR LOS CONCEPTOS DE HONORARIOS, ARRENDAMIENTO, ADQUIERAN DESPERDICIOS POR FLETES Y POR COMISIONES) ADQUIERAN USEN O GOCEN DE BIENES RESIDENTES EXTRANJEROS Y LAS PERSONAS MORALES QUE CUENTEN CON EL PROGRAMA PITEX. EL CALCULO DE LA RETENCION DEL IMPUESTO PARA HONORARIOS COMO ARRENDAMIENTO ES: SUBTOTAL $20,000.00 IVA $3,000.00 TOTAL $23,000.00 RETENCION IVA $2,000.00 (ES EL 10% DEL SUBTOTAL) RETENCION ISR $2,000.00

NETO A PAGAR $19,000.00 PARA FLETES ES EL 4% DEL SUBTOTAL SUBTOTAL $4000 IVA $600 RETENCION $160 NETO A PAGAR $4,440.00 BRIZA · hace 1 década 1 Pulgar hacia arriba 0 Pulgar hacia abajo Notificar abuso Comentario



Hola Osito Es el articulo 1A de la ley de Impuesto al Valor Agregado y se le retiene las dos terceras partes del subtotal que cobren y esta se tiene que presentar a mas tardar el 17 del siguiente mes

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