Cv8 Convenio Colectivo

  • November 2019
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Convenio colectivo

¿Qué es un convenio colectivo y para qué sirve? Un Convenio Colectivo es el acuerdo suscrito entre los representantes de los trabajadores y los empresarios para fijar las condiciones de trabajo y productividad en un ámbito laboral determinado.

P

ara tener validez, los convenios colectivos han de celebrarse por escrito y ser presentados ante la autoridad laboral, entrando en vigor desde el momento en el que así lo acuerden las partes. Es una norma que obliga a las partes firmantes y a sus representados.

Los convenios colectivos no sirven sólo para regular las condiciones de los trabajadores, son también un instrumento al servicio de la organización y gestión de las empresas.

¿CUÁL ES SU ÁMBITO DE APLICACIÓN? Será el que las partes acuerden y estén legitimadas para ello.

Cuestiones relativas a las condiciones laborales: jornada de trabajo (diaria, semanal, anual); descansos, permisos y vacaciones; categorías profesionales; duración y tipos de contratos de trabajo; rendimiento exigible a los trabajadores; las faltas laborales y sus sanciones; la formación;...

SINDICAL:

Comités de empresa, delegados de personal, etc.

CONDICIONES DE EMPLEO RELACIONES DE LOS TRABAJADORES Y SUS ORGANIZACIONES REPRESENTATIVAS CON EL EMPRESARIO Y LAS ASOCIACIONES EMPRESARIALES ASISTENCIAL

Una vez firmado será publicado en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la provincia, según el ámbito territorial al que afecte.

MEDIDAS DE PROMOCIÓN PROFESIONAL

¿QUÉ MATERIAS PUEDE REGULAR UN CONVENIO COLECTIVO?

Igualmente, el convenio colectivo puede establecer las medidas de prestación asistencial y de promoción profesional, la forma y plazos del preaviso previo a la extinción de la relación laboral, etc.

El convenio colectivo, entre otros, puede regular materias de índole: ECONÓMICA: Cuestiones relativas al salario o cualquier otro tipo de remuneración: cuantía, complementos salariales y extrasalariales, importe de las horas extraordinarias, remuneraciones indirectas... 50

LABORAL:

Marzo-Abril 2005

CONDICIONES DE TRABAJO Y PRODUCTIVIDAD

Los convenios colectivos son de obligado cumplimiento para los empresarios y trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación.

Convenio colectivo

• Un convenio es una norma obligatoria para los firmantes, equiparable a las normas legales de origen estatal. ¿CUÁL ES LA IMPORTANCIA DE UN CONVENIO COLECTIVO? La importancia de un convenio colectivo y su valor radican, por un lado en que constituyen una norma obligatoria para los firmantes del mismo que asumen el compromiso de cumplirlo. Por otro lado mejoran y concretan, mediante el acuerdo o pacto, muchos de los DERECHOS Y DEBERES previstos en la Ley (Estatuto de los Trabajadores).

¿QUIÉN PUEDE NEGOCIAR UN CONVENIO COLECTIVO? Los convenios colectivos pueden ser: 1. Convenios de empresa o de ámbito inferior. 2. Convenios colectivos sectoriales o de ámbito superior a empresa. En el caso de los convenios sectoriales o de ámbito superior a empresa la capacidad para negociar corresponde a: a) Sindicatos representativos a nivel estatal o a nivel de Comunidad Autónoma si es ese el ámbito de aplicación. b) Sindicatos que cuenten con un mínimo del 10 por 100 de los miembros del comité de empresa o delegados de personal. c) Asociaciones empresariales que cuenten con el 10 por 100 de los empresarios incluidos en el ámbito del Convenio y que además ocupen, al menos, el 10 por 100 de los trabajadores de dicho ámbito.

• El convenio colectivo es la expresión final o resultado del proceso de negociación colectiva, en forma de acuerdo y para un ámbito determinado: empresa, sector, etc. • Todo convenio debe recoger al menos: las partes que lo firman, el ámbito (personal, funcional, territorial y temporal), los contenidos concretos, la forma y condiciones de denuncia del mismo, la creación de una Comisión Paritaria para su interpretación y vigilancia, así como los procedimientos para resolver discrepancias dentro de dicha Comisión. • En los convenios de ámbito superior a la empresa debe incluirse el procedimiento y las condiciones para la no aplicación del régimen salarial del convenio (cláusula de descuelgue), que conviene detallar al máximo. • Para mantener los derechos y condiciones de trabajo, incluidos en convenios anteriores, estos deben incorporarse al nuevo convenio. Los pactos individuales no pueden ir en contra del convenio, sólo pueden mejorarlo favoreciendo al trabajador.

En cualquier caso será necesario que ambas partes se reconozcan como interlocutores. Marzo-Abril 2005

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Convenio colectivo

cación se enviará copia, a efectos de registro, a la autoridad laboral correspondiente en función del ámbito territorial del convenio. La parte receptora de la comunicación sólo podrá negarse a la iniciación de las negociaciones por causa legal o convencional establecida o cuando se trate de revisar un convenio ya vencido. En cualquier caso se deberá contestar por escrito y señalando sus alegaciones o motivos.

CONSTITUCIÓN Y COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA En el plazo máximo de un mes a partir de la recepción de la comunicación, se procederá a constituir la Comisión Negociadora. La parte receptora de la comunicación deberá responder a la propuesta de negociación y ambas partes podrán ya establecer un calendario o plan de negociación.

En la Comisión laboral de AMVAC se está preparando y estudiando un Borrador de Convenio Colectivo Sectorial para Clínicas Veterinarias. Al ser AMVAC una Asociación tanto de empresarios como de trabajadores contratados su misión a la hora de elaborar el Convenio es preparar un documento consensuado que sea después ratificado por los representantes con autoridad legal para ello. Es decir, una vez que se tenga un Borrador del Convenio será necesario crear dos representaciones, una de empresarios y otra de trabajadores (con o sin representantes de sindicatos) para que se proceda a iniciar legalmente la tramitación del Convenio Colectivo.

INICIACIÓN DEL CONVENIO La representación de los trabajadores o de los empresarios que promueva la negociación lo comunicará a la otra parte, expresando detalladamente en la comunicación, que deberá hacerse por escrito, la legitimación que ostenta, el ámbito del Convenio y las materias objeto de negociación. De esta comuni52

Marzo-Abril 2005

ACUERDOS

NEGOCIACIÓN Y ADOPCIÓN DE

Ambas partes están obligadas a negociar bajo el principio de buena fe. Los acuerdos de la Comisión requerirán el voto favorable de la mayoría de cada una de sus representaciones.

VIGENCIA DEL CONVENIO Lo será por el tiempo aprobado por las partes negociadoras. Los convenios se prorrogarán de año en año salvo pacto contrario.

ADHESIÓN A OTROS CONVENIOS Las partes legitimadas para negociar un convenio podrán adherirse, de común acuerdo, a la totalidad de un convenio colectivo en vigor, siempre que no estuviesen afectadas por otro, comunicándolo a la autoridad laboral competente a efectos de registro.•

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