Curso_ Auxiliares De Despacho

  • October 2019
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  • Words: 1,665
  • Pages: 45
Curso auxiliares de despacho Callao, 2005

Principios 

Los servicios aduaneros son esenciales y estàn destinados a facilitar el comercio exterior: - contribuyendo al desarrollo nacional y - velando por el interès fiscal

Estado promueve: 

La participación de los agentes económicos mediante la prestación de los servicios aduaneros, mediante delegación al sector privado.

Los Principios 

De Buena Fe



Presunción de Veracidad

El servicio aduanero  Se

presta a través de la SUNAT.  Los OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR cuando actúan por delegación El servicio aduanero adecua procesos sistema de gestión de calidad.

La presente ley rige 



 

PARA TODAS LAS ACTIVIDADES ADUANERAS DEL PERU Será aplicable a toda persona Mercancía Medio de transporte que crucen la frontera aduanera

POTESTAD ADUANERA  Es

el conjunto de facultades y atribuciones que tiene la SUNAT para controlar el ingreso, permanencia, traslado y salida de personas, medios de transporte hacia y desde territorio aduanero.  Así como para aplicar y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que regulan el ordenamiento jurídico aduanero.

Que acciones puede ejercer Podrá disponer la ejecución de acciones de control, antes y durante el despacho de las mercancías, con posterioridad a su levante o antes de su salida de territorio aduanero.  Como: Inmovilización, descarga desembalaje verificación 

ADUANAS  Organismo

del estado encargado de la administración, recaudación, control y fiscalización del tráfico internacional de mercancías, medios de transporte y personas, dentro del territorio aduanero.

Responsabilidad de los operadores Los operadores que intervienen en los procedimientos aduaneros son responsables:  Administrativa  Civil  Y penalmente Del cumplimiento de sus obligaciones

TERRITORIO ADUANERO  Es

la parte del territorio nacional que incluye el espacio acuático y aéreo, dentro del cual es aplicable la legislación aduanera.

ZONAS  Primaria.-

Parte del territorio aduanero que comprende los recintos aduaneros, espacios acuáticos o terrestres destinados o autorizados para las operaciones de desembarque, embarque, movilización o depósito de las mercancías; las oficinas locales o dependencias destinadas servicio de una aduana.

Zona Secundaria  Secundaria.-

que le corresponde a cada

Aduana. Art. 5º RLGA .- Los intendentes de aduana dentro de su circunscripción, son competentes para conocer y resolver los actos aduaneros y las consecuencias tributarias y técnicas que se deriven.

Llegada y Salida de Medios de Transporte  Todo

medio de transporte que ingresa o salga del territorio aduanero. - Deberá hacerlo por lugar habilitado - Dirigirse a la Aduana que ejerza competencia territorial correspondiente. A efecto de obtener autorización de descarga y carga de la mercancía.

Autorizaciòn de carga y descarga  Ninguna

autoridad bajo responsabilidad, permitirá la carga, descarga o movilización de mercancías sin la autorización de la autoridad aduanera, la que también será necesaria para permitir el ingreso y salida de todo medio de transporte.

Del arribo forzoso del medio de transporte  Se

entiende por arribo forzoso, el ingreso de cualquier medio de transporte, a un lugar del territorio aduanero, por causa fortuita o fuerza mayor debidamente comprobada.

Arribo forzoso  La

autoridad aduanera al tomar conocimiento de haberse producido un arribo forzoso, se constituye en el lugar de arribo y solicita la presentación de M/C. De no contar presentarlo plazo máximo de 24 horas.  La carga de naufragios, accidentes o salvamento, deben entregarse a la autoridad aduanera.

Descarga y Carga 





Se efectúa en zona primaria. Excepcionalmente en zona secundaria. El transportista o su representante en el país deberá comunicar a la autoridad aduanera la fecha de término de descarga o término de embarque de la mercancía.

Mercancía embarcada  Toda

mercancía que va a ser embarcada en cualquier puerto, aeropuerto o terminal terrestre, deberá ser presentada y puesta a disposicón de la Aduana, quedando sometida a su potestad, hasta que la autoridad respectiva autorice la salida del medio de transporte

Plazos  La

fecha del término del embarque es aquella en que se embarca el último bulto al medio de transporte.  Término de la descarga se entiende como el último día en el que se termina de descargar el vehículo transportador.

MANIFIESTO DE CARGA  Concepto.-

Documento en el cual se detalla la relación de la mercancía que constituyen carga de un medio o de una unidad de transporte, y expresa los datos comerciales de las mercancías.

Manifiesto de carga El transportista o su representante en el país deberá remitir la información del manifiesto de carga en medios magnéticos o transmisiones por enlaces. Asimismo se debe entregar a la autoridad aduanera el manifiesto de carga y los demás documentos.

Manifiesto de Carga  Que

transmite? El transportista o su representante transmite toda la información del M/C, de la guía de valija y envios postales al lugar de arribo.  En que momento? Dicha transmisión se efectúa hasta el momento de la recepción del medio de transporte.

Manifiesto de Carga En la vía marítima la transmisión electrónica se efectúa hasta 48 horas antes de la recepción del medio de transporte, cuando sea menor a ese plazo la información se envia antes del zarpe de la nave. Salida.- Dentro del plazo de un (01) día contado a partir del día siguiente de la fecha de término de embarque.

Manifiesto de Carga

En la vía aérea.- debe transmitir la información de los pasajeros y su equipajes y relación de tripulantes con sus efectos personales. - En la recepción hasta antes de 30 min antes de su arribo. - En la salida después de cerrada la lista o una hora antes de su salida

Responsabilidad Las compañías transportadoras serán responsables de la mercancías hasta su entrega a los almacenes aduaneros.

Cuando se entregan mercancías Las mercancías deberán ser entregadas y recepcionadas al término de la descarga y como constancia se confeccionará : - Relación de bultos faltantes y sobrantes. - Nota de Tarja - Actas de inventario de bultos arribados en mala condición exterior. Suscritas por el transportista y el almacenista.

Manifiesto de Carga

Transport tista

M/C plazo

Rectificación plazo de 15 días contados fecha término descarga

Cancelación 30 días a partir fecha descarga

Manifiesto de Carga 



Rectificación Es presentada sólo por el transportista o su representante en el país dentro del plazo de 15 días contados a partir de la fecha de término de la descarga o del término del embarque. Cancelación Es cancelado automáticamente una vez vencido el plazo de 30 días contados a partir de la fecha de término de la descarga, quedando concluida toda acción sobre el mismo por parte del transportista. La autoridad aduanera puede rectificar de oficio cuando detecte errores en la información.

Autorización Los transportistas o sus representantes y los agentes de carga internacional que cuenten con la autorización que cuenten con la autorización deberan acreditarse ante la SUNAT. Obligaciones: (art 38° LGA) - Mantener y cumplir con los requisitos establecidos para la acreditación - Comunicar a la autoridad aduanera el nombramiento y la revocación del representante legal....

Agente de Carga Internacional Persona que puede realizar y recibir embarques, consolidar y desconsolidar mercancías, actuar como operador de Transporte Multimodal sujetándose a las leyes de la materia y emitir documentos propios de su actividad, tales como conocimientos de embarque, guías áreas, certificados de recpción, certificados de transportes y similares.

Desconsolidación y Consolidación El agente de carga internacional debe transmitir electronicamente el M/C desconsolidado, dentro del plazo de tres (03) días contados a partir de la fecha de término de la descarga. Asimismo solicita la rectificación del manifiesto desconsolidado o consolidado, mediante solicitud de rectificación de errores, la que será presentada dentro del plazo de 15 días contados a partir de la fecha término de la descarga o término del embarque.

Los almacenes aduaneros Transmiten a la autoridad aduanera la información de la recepción de la carga y la conformidad por su recepción en el formato aprobado por SUNAT, dentro del plazo de 05 días contados a partir de la fecha de término de la descarga.

Durante el Almacenamiento  El

dueño o su representante puede con la sola autorización del responsable del almacen, someterlas a operaciones usuales y necesarias para su conservación o correcta declaración, tales como reconocimiento previo, pesaje, medición o cuenta, reacondicionamiento, reembalaje, retiro de muestras o las indispensables para facilitar su despacho.

La responsabilidad Cesa con la entrega de las mercancías al dueño o consignatario, o a su representante, previo cumplimiento de las formalidades de ley.

Acciones previas a la destinación aduanera -

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-

Reconocimiento previo.- Correcta declaración. Art 51° RLGA falta de mercancía puede formular declaración por la efectivamente encontrada. Clasificación arancelaria.aprobadas por resolución. Para acogerse a regímenes de admisión temporal, reposición de mercancías en franquicia y exportación temporal sujeta a perfeccionamiento pasivo, el beneficiario debe transmitir en forma electrónica la información de cuadro insumo producto.

Destinación aduanera -

Manifestación de voluntad del dueño, consignatario o remitente de la mercancía que, expresada mediante la declaración, indica el régimen, operación y/o destino aduanero que debe darse a las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera

REGIMENES ADUANEROS  REGIMES

DEFINITIVOS:  IMPORTACION  EXPORTACION

REGIMENES ADUANEROS REGIMENES

SUSPENSIVOS

 TRANSITO  TRANSBORDO  DEPOSITO

REGIMENES ADUANEROS REGIMENES TEMPORALES  IMPORTACION TEMPORAL  EXPORTACION TEMPORAL

REGIMENES ADUANEROS REGIMENES DE PERFECCIONAMIENTO  ADMISION TEMPORAL  DRAWBACK – RESTITUCION  REPOSICION DE MCIAS EN FRANQUICIA.

OPERACIONES Y DESTINOS OPERACIONES  REEMBARQUE DESTINOS ADUANEROS ESP. Art. 83° L.G.A.

Destinación aduanera -

Mediante declaración formulada en el documento aprobado por SUNAT se solicitará la destinación aduanera ante la aduana bajo cuya jurisdicción se encuentran las mercancías, dentro del plazo de treinta (30) días computados a partir del día siguiente al término de la descarga.

Destinación aduanera -

La declaración aceptada por la autoridad aduanera sirve de base para determinar la obligación tributaria aduanera, salvo las enmiendas que puedan realizarse de constatarse errores.

Reconocimiento Físico -

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La SUNAT señalará los porcentajes de reconocimiento físico. La regla general aplicable será de 5 % pudiendo la SUNAT aplicar porcentajes mayores, que en ingún caso podrá exceder de 15%. Este porcentaje no incluirá reconocimiento físcio de mercancías establecido por disposiciones legales.

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