AVICOLA EL MECHUDO SAS INÍRIDA NIT: 901055 CONTRATO DE OBRA CIVIL. NO _1_ DE 2017, SUSCRITO ENTRE
Entre los suscritos MONICA FERNANDA QUINTERO MEDINA, identificado con C.C 1.081.409.619 de La plata Huila, en calidad de representante legal del CENTRO DE ESTETICA & SPA HARMONY SAS, actuando en nombre y representación de CENTRO DE ESTETICA & SPA HARMONY SAS, empresa privada con NIT. 901158810-7 registrada en la Cámara y Comercio de Villavicencio con matricula número 328123 de 23/02/2018, con domicilio en el municipio de Inírida (Guainía), que de ahora se denomina el CONTRATANTE y de otra parte TIQUE BAQUERO DUAN ALFARO, identificado con C.C 1.121.863.653 de San José del Guaviare (Guaviare), persona natural residente en Inírida, que de ahora en adelante se denominara el CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DE OBRA CIVIL PARA ADECUACIONES LOCATIVAS, el cual se regirá por las normas civiles y comerciales vigentes que regulan la materia y las que las reformen o modifique durante la vigencia del mismo y en especial, por las siguientes clausulas. CLÁUSULA PRIMERA – OBJETO. A SAS. Contrata los servicios del CONTRATISTA y éste se obliga a ejecutar las Obras de ADECUACIONES para cumplimiento de los mínimos requisitos sanitarios Industriales y comerciales según la resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social. Para ejecutar las actividades de la Empresa CENTRO DE ESTETICA & SPA HARMONY SAS. Respecto con las ADECUACIONES del local comercial, para CENTRO DE ESTETICA & SPA HARMONY SAS. En la ciudad de Inírida. CLÁUSULA SEGUNDA – OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista se compromete a: a) A poner al servicio del CONTRATANTE toda sus conocimientos como Maestro de Obra civil en el desempeño de las funciones propias del oficio mencionado y en las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad con las órdenes e instrucciones que le imparta el representante legal o sus superiores inmediatos de acuerdo con la estructura organizacional de la Empresa b) A cumplir con el tiempo estipulado en el presente Contrato de entrega de las ADECUACIONES propuestas. c) A responder y velar por el buen uso y mantenimiento de los bienes y elementos que se encuentren en el Inmueble. d) A colocar todos sus conocimientos técnicos, prácticos e intelectuales al servicio de la labor a desempeñar. e) A entregar las ADECUACIONES y sus alrededores en perfecto estado libre de escombros y/o residuos de materiales que se generen durante el proceso de Obra y cumplir estrictamente con las normas de bioseguridad, acorde a lo establecido por la ley. PARÁGRAFO PRIMERO: Se establece un periodo de GARANTIA de calidad de 6 meses contados a partir de la fecha de terminación de las adecuaciones. CLÁUSULA TERCERA – ADECUACIONES. El CONTRATISTA se compromete a iniciar y finalizar las siguientes adecuaciones requeridas por el CONTRATANTE para el cumplimiento del OBJETO del CONTRATO. 1. a) Aplicación de pintura epóxica a paredes y superficies que la requieran. b) Instalar divisiones prefabricadas en superboard u otras que sean resistente al lavado, para realizar las diferentes secciones o áreas de trabajo que requiere la empresa. c) Cable e Instalación de cableado y puntos eléctricos con caja de mando. d) Diseño y elaboración de una trampa de grasas con conexión al alcantarillado y con rejilla de recolección de aguas servidas. e) Instalación del cielorraso en un material que resista la humedad y el lavado (pvc o superplaca). f) Tanque de agua e Instalación de la red de tubería y desagües de lavado interconectado a la trampa de grasas, g), acabado o unión curva entre paredes y piso h) Instalación de red de tubería o sistema de agua potable para lavado y red de tubería para la planta de purificado de agua, i) Instalación del sistema de Aire Acondicionado. PARÁGRAFO PRIMERO: EXCLUSIONES del CONTRATISTA, el CONTRATISTA está excluido de la compra de 1) La planta purificadora de Agua, 2) La CONTRATO DE OBRA CIVIL PARA ADECUACIONES No 1
Hoja 1 de 3
Commented [LB1]: Verificar cual es su profesión u oficio
Commented [LB2]: Cuantos meses le da de garantía del producto
AVICOLA EL MECHUDO SAS INÍRIDA NIT: 901055 CONTRATO DE OBRA CIVIL. NO _1_ DE 2017, SUSCRITO ENTRE máquina de Aire Acondicionado. Estos elementos serán entregados por el CONTRATANTE al CONTRATISTA según el cronograma de compra y en tiempo oportuno para garantizar el debido proceso de las ADECUACIONES. CLÁUSULA CUARTA – DURACIÓN: la ejecución del Contrato iniciara el día que se desembolse el primer acuerdo de pago correspondiente al 60% del valor total del contrato y tendrá una duración de (45) cuarenta y cinco días a partir de la fecha del primer pago. Las ADECUACIONES se entregaran completamente terminadas sin superar los (45) cuarenta y cinco días contados a partir de la fecha del primer desembolso. PARÁGRAFO PRIMERO. De no cumplirse con el tiempo determinado para la ejecución de la Obra se dará una prórroga de Diez (10) días para dar cumplimiento a la finalización de la Obra. CLÁUSULA QUINTA – MATERIALES. Los materiales que se utilizaran serán los exigidos y permitidos para las ADECUACIONES que cumplan con lo descrito en la Resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social y otros que el CONTRATISTA considere necesarios. Siendo los MATERIALES contemplados por parte del CONTRATISTA dentro del Valor del CONTRATO. CLÁUSULA SEXTA – HERRAMIENTAS. El contratista utilizará sus propias herramientas y equipos. CLÁUSULA SÉPTIMA – MANO DE OBRA. El CONTRATISTA contratara sus propios ayudantes, estos irán por cuenta y riesgo del CONTRATISTA, respecto a salarios, prestaciones sociales y riesgos laborales el CONTRATANTE no está obligado a pago de estas prestaciones, estas serán responsabilidad exclusiva del CONTRATISTA. CLÁUSULA OCTAVA – VALOR: El presente contrato tendrá un valor de Diez Millones de Pesos ($ 10.000.000). Donde van incluidos los pagos de Materiales y Mano de obra que requiera el CONTRATISTA y se generen durante su ejecución. PARAGRAFO PRIMERO: Las partes hacen constar que en el valor total del CONTRATO queda incluido el pago de los servicios que el CONTRATISTA se obliga a realizar durante el tiempo estipulado en el presente CONTRATO. PARÁGRAFO SEGUNDO. Que dentro del Valor del CONTRATO quedan incluidos los pagos por el material, herramientas y mano de obra que se requieran para la ejecución, objeto y terminación de la OBRA. PARÁGRAFO TERCERO. El CONTRATANTE no suministra ninguna clase de Material, herramienta o Ayudante para dar Objeto al contrato. CLÁUSULA NOVENA – FORMA DE PAGO: entre las partes se acuerda de un pago inicial del 60% igual a Seis Millones de Pesos ($ 6.000.000), correspondiente al primer incentivo para dar Inicio al Objeto del CONTRATO. El otro 40% (Cuatro millones de pesos $4.000.000) será pagado cuando la OBRA cumpla con el 100% de las ADECUACIONES o cuando obtenga el Aval o Paz y Salvo por parte del CONTRATANTE o por quien en su defecto este a cargo de la supervisión de la OBRA. PARAGRAFO PRIMERO. Los pagos se efectuaran por el CONTRATANTE al CONTRATISTA de acuerdo al cronograma definido en el presente contrato, en la cuenta de ahorros No 89081246433 de BANCOLOMBIA, cuyo titular es el CONTRATISTA. CLÁUSULA DECIMA – El CONTRATISTA será el responsable del manejo del Dinero pagado por el CONTRATANTE, y será el responsable de los cargos y retenciones que la ley establece.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA – PÓLIZA DE INCUMPLIMIENTO. Si el CONTRATISTA no cumple con las obligaciones adquiridas por este CONTRATO e incurre en la demora de las actividades económicas o en el cronograma establecido por la empresa y/o después de la fecha límite de entrega de las OBRAS establecidas
CONTRATO DE OBRA CIVIL PARA ADECUACIONES No 1
Hoja 2 de 3
AVICOLA EL MECHUDO SAS INÍRIDA NIT: 901055 CONTRATO DE OBRA CIVIL. NO _1_ DE 2017, SUSCRITO ENTRE por las partes, este se verá obligado al desembolso del uno (1%) diario del valor sujeto del CONTRATO al CONTRATANTE, CLAUSULA DECIMA SEGUNDA – Este contrato es un contrato de Obra Civil y permanecerá mientras subsistan las causas que le dieron origen a ese contrato. CLAUSULA DECIMA TERCERA – El presente contrato reemplaza en su integridad y deja sin efecto cualquier otro contrato verbal o escrito celebrado entre las partes con anterioridad. Las modificaciones que se acuerden al presente contrato se anotarán a continuación de su texto. Para constancia se firma en dos o más ejemplares del mismo tenor y valor. En la ciudad de Inírida a los 12 días del mes de Julio de 2017.
_______________________________ EL CONTRATANTE A SAS NIT: 901055 RICARDO Representante Legal
______________________________ EL CONTRATISTA F C.C. 17.
Revisado:
CONTRATO DE OBRA CIVIL PARA ADECUACIONES No 1
Hoja 3 de 3