Contrato En Parcialidades Foraneos.docx

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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, QUE EN LA CIUDAD DE MÉXICO A 19 DE MARZO DE 2019__, CELEBRAN POR UNA PARTE EL SEÑOR (A) ANGELINA CISNEROS HERNANDEZ_____ A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL CLIENTE” Y POR OTRA PARTE EL LICENCIADO JUAN FERNANDO PORTELA GOMEZ A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “El PRESTADOR DE SERVICIOS PROFESIONALES”, MISMOS QUE SE SUJETAN A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS. DECLARACIONES DECLARA “EL PRESTADOR DE SERVICIOS PROFESIONALES” I.- SER PROFESIONISTA, COMO LICENCIADO EN DERECHO CON CÉDULA PROFESIONAL NÚMERO 432213, EXPEDIDÁ POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONES. II.- TENER SU DOMICILIO UBICADO EN BAHIA DE GUANTANAMO No. 61, COLONIA VERONICA ANZURES, DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, C.P. 11300, EN ESTA CIUDAD. III.- QUE LE HA PROPORCIONADO A “EL CLIENTE” UN PRESUPUESTO APROXIMADO DE GASTOS Y HONORARIOS, EL CUAL SE AGREGA COMO ANEXO AL PRESENTE CONTRATO. IV.- QUE LE HA INFORMADO A “EL CLIENTE” QUE SU OBLIGACION BAJO EL PRESENTE CONTRATO ES UNA OBLIGACION DE MEDIOS Y NO DE RESULTADOS. DECLARA “EL CLIENTE” I.- SER MEXICANO (A), MAYOR DE EDAD, PENSIONISTA DEL ISSSTE Y TENER PLENA CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS DE ESTE CONTRATO. II.- SEÑALA

COMO

SU

DOMICILIO

EL

UBICADO

EN

*C 27 D SUR 13703ª, COL. SAN ISIDRO CASTILLOTLA, CP. 72498, PUEBLA PUEBLA.

.

III.- QUE SABE QUE LA OBLIGACIÓN DEL “PRESTADOR DE SERVICIOS”, ES UNA OBLIGACIÓN DE MEDIOS Y NO DE RESULTADOS. AMBAS PARTES CONVIENEN EN OTORGAR LAS SIGUIENTES: CLAUSULAS PRIMERA.- "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" SE OBLIGA A PRESTAR SUS SERVICIOS PROFESIONALES A "EL CLIENTE, RESPECTO DE TODOS LOS TRÁMITES Y GESTIONES QUE UNICAMENTE A SU CRITERIO LEGAL, SEAN NECESARIAS Y SE TENGAN QUE LLEVAR A CABO COMO LO SON: SOLICITUD DE AJUSTE DE PENSION, RECURSO DE INCONFORMIDAD, DEMANDA DE NULIDAD, AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA, ALEGATOS, QUEJA Y EN SU CASO POR SER PROCEDENTE EL JUICIO DE GARANTÍAS (AMPARO), ASÍ COMO CADA UNA DE LAS INSTANCIAS TANTO ADMINISTRATIVAS COMO JUDICIALES QUE SURGIERAN DENTRO DE LA MENCIONADA PROBLEMÁTICA, CUYO FIN PRIMORDIAL ES OBTENER UN INCREMENTO Y/0 CORRECCION DE PENSION, EN LA CUOTA DEL PENSIONISTA. SEGUNDA.- "EL CLIENTE" SE OBLIGA A PAGAR POR CONCEPTO DE RETRIBUCION, INCLUYENDO LOS GASTOS PROPIOS DE LOS MEDIOS DE DEFENSA ESCOGIDOS, DE LA SIGUIENTE MANERA:

A) LA CANTIDAD DE __$4,500.00__, CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS_00/100MN__, MISMOS QUE SERÁN CUBIERTOS EN 9 PAGOS MENSUALES.

B) EL 35% DE LA CANTIDAD QUE EL INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO PAGUE EN CONCEPTO DE RETROACTIVIDAD, O EN SU CASO, SI LA CANTIDAD DE RETROACTIVOS NO REBASA DE LOS $80,000.00, (OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) EL MONTO FINAL A PAGAR SERÁ DE $25,000.00,(VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), PAGO QUE DEBERÁ DE EFECTUARSE AL MOMENTO DE LA NOTIFICACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN, O HASTA TRES DÌAS POSTERIORES, LA CUAL LE SERÁ ENTREGADA DIRECTAMENTE POR DICHO INSTITUTO, MEDIANTE UN CHEQUE. TERCERA.- "EL CLIENTE" SE COMPROMETE A CUBRIR EN SU TOTALIDAD LAS CANTIDADES MENCIONADAS, EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN, CON EL CONOCIMIENTO DE QUE LA CANTIDAD CON RESPECTO AL INCISO A), EN NINGÚN MOMENTO ES REEMBOLSABLE, NI CONSIDERADA PARA EL PAGO FINAL DE LOS HONORARIOS CONVENIDO EN EL INCISO B), POR LOS SERVICIOS PRESTADOS. CUARTA.- EL PAGO DE LAS CANTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS A CARGO DE “EL CLIENTE” SERÁN PAGADOS EN EL DOMICILIO DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” ENTREGANDO ESTE ÚLTIMO, UN RECIBO POR LA CANTIDAD RECIBIDA. QUINTA.- PARA EL CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DEL PORCENTAJE CONVENIDO MISMO QUE SE

DESCRIBIO EN LA CLAUSULA SEGUNDA INCISO B), CORRESPONDIENTE A LOS RETROACTIVOS, SE COBRARA ADICIONALMENTE UN 35% SOBRE LAS DIFERENCIAS QUE SE GENEREN, PRODUCTO DEL JUICIO QUE A NOMBRE DEL CLIENTE SE LITIGUE. SEXTA.- EN CASO DE QUE “EL CLIENTE” SE QUISIERA DESISTIR DEL JUICIO HASTA ANTES DE QUE EXISTA LA SENTENCIA TENDRA QUE CUBRIR LA CANTIDAD ADICIONAL DE $3,000.00 PESOS (TRES MIL PESOS 00/100 M.N) ADICIONAL A LAS CANTIDADES QUE POR CONCEPTO DE ANTICIPO HAYAN SIDO CUBIERTAS. SEPTIMA.- “EL CLIENTE” SE OBLIGA A PROPORCIONAR A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” TODOS AQUELLOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL Y/O COPIA CERTIFICADA Y TANTAS COPIAS SIMPLES COMO SE LE REQUIERAN PARA LLEVAR ACABO EL FIN PROPUESTO. OCTAVA.- EL TIEMPO APROXIMADO PARA LA CONCLUSIÓN DE DICHAS GESTIONES SERA DE APROXIMADAMENTE 36 MESES, EN EL ENTENDIDO DE QUE LOS TÉRMINOS SE EMPEZARÁN A COMPUTAR DESDE LA FECHA DE LA RECEPCIÓN DE LAS AUTORIDADES ADMINSITRATIVAS Y JUDICIALES, SIN QUE SEA IMPUTABLE A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” CUALQUIER EXCESO EN EL TIEMPO PREVISTO, POR LAS CONTINGENCIAS, QUE DERIVADAS DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR PUEDAN PRESENTARSE DURANTE EL TRÁMITE. NOVENA.- EL CLIENTE SE OBLIGA A ABSTENERSE DE LLEVAR A CABO CUALQUIER GESTION INDIVIDUAL O CONJUNTA CON OTRO ABOGADO Y/O ASESORIA ANTE LAS INSTANCIAS QUE CONOZCAN DEL ASUNTO, A FIN DE EVITAR CUALQUIER COMPLICACIÓN QUE PUDIERA GENERARSE POR DICHAS GESTIONES Y/O ACCIONES SIN QUE SEA IMPUTABLE A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” EL RESULTADO DE DICHAS GESTIONES. DECIMA.- AMBAS PARTES ESTAN DE ACUERDO EN QUE LA DURACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SERA POR EL TIEMPO QUE DURE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO, HASTA LA OBTENCIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE INCREMENTE A FAVOR DE “EL CLIENTE”, SU CUOTA DIARIA Y SUS DIFERENCIAS POR RETROACTIVIDAD. DECIMA PRIMERA.- AMBAS PARTES SE SOMETEN AL FUERO Y COMPETENCIA DE LA JURISDICIÓN DE LOS TRIBUNALES DEL DISTRITO FEDERAL RENUNCIANDO A LAS QUE POR SU DOMICILIO PUDIERA CORRESPONDER. DECIMA SEGUNDA.- LAS PARTES MANIFIESTAN QUE HABIENDO LEIDO DETALLADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO, COINCIDEN EN QUE EN EL PRESENTE NO HAY ERROR, DOLO, MALA FE O VICIO ALGUNO DEL CONSENTIMENTO QUE PUDIERA INVALIDARLO, POR LO QUE LAS PARTES LO RATIFICAN FIRMANDOLO EN ESTE ACTO A SU ENTERA SATISFACCION Y CONSENTIMIENTO, OBLIGANDOSE A ESTAR Y PASAR POR EL EN TODO TIEMPO Y LUGAR.

*____________________________________________ FIRMA

________________________________________ JUAN FERNANDO PORTELA GOMEZ _____________________________ TESTIGO

_________________________ TESTIGO

UNICA.-EN EL CASO DE QUE EL CLIENTE NO EFECTUE EL PAGO CORRESPONDIENTE EN TERMINOS DE LAS CLAUSULAS SEGUNDA Y TERCERA, DEL PRESENTE CONTRATO SE HARA EFECTIVO EL TITULO DE CREDITO TIPO PAGARE INSERTADO EN LA PARTE FINAL DEL PRESENTE POR EL MONTO DEL ADEUDO MAS LOS INTERESES AL TIPO LEGAL DEL RETRASO DE SU PAGO. PAGARÉ NO.1 BUENO POR ____________________LA CIUDAD DE MÉXICO, A ______ DE __________DEL ____________; DEBO Y PAGARE INCONDICIONALMENTE POR ESTE PAGARE A LA ORDEN DEL LIC. JUAN FERNANDO PORTELA GOMEZ EN LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO EN MÉXICO D.F. CON FECHA DE PAGO EL ________________________________________LA CANTIDAD DE ______________________________________________________, VALOR RECIBIDO A MI ENTERA SATISFACCIÓN. DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE ESTE DOCUMENTO HASTA EL DIA DE SU LIQUIDACIÓN, CAUSARA INTERESES MORATORIOS AL TIPO DE 10% MENSUAL, PAGADERO EN ESTA CIUDAD JUNTAMENTE CON EL PRINCIPAL NOMBRE Y DATOS DEL DEUDOR; NOMBRE:________________________________________________________________________ DOMICILIO:______________________________________________________________________

*_____________________________________________ FIRMA

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